Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.

Iniciado por Manolín, Febrero 05, 2008, 14:09:40 pm

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mendilore

Cita de: p en Abril 11, 2008, 23:57:24 pm
Bueno pues habra que empezar a hacer algo. Propongo tormenta de ideas y un ratico enla nacional para empezar con el tema. Estooo... antes de las cervezas....por cierto que tengo que inscribirme :-[


:)

DEBERIAMOS
"Cuando los valores morales en una sociedad son la codicia desaforada, el consumismo, la frivolidad, el sensacionalismo, el culto a la apariencia, el culto al cuerpo, el yo-mí-me-conmigo, el hedonismo,el solipsismo, el egoísmo, el ni-lo-sé-ni-me importa, ....http://neayaqui.blogspot.com.ar/2013/02/senor-rajoy-es-usted-tonto.html.

AlvaroT3

Abril 12, 2008, 12:40:39 pm #196 Ultima modificación: Abril 12, 2008, 17:37:26 pm por alvarogares
Me ha contesatdo el ayuntamiento de cadaques.
(recordar http://www.furgovw.org/index.php?topic=27931.msg376703#msg376703 )
En catalan, aunque yo les he escrito en español. Pero bueno. (Se entiende gracias a las lecciones de catalan que me han dado txetxo y perla negra)
me dicen (traduccion libre) que como cadaques es muy pequeñito y las autocaravanas muy grandes, se pasasn por el forro de los cojones la normativa nacional y que sigue la prohibicion de circular autocaravanas en su pueblo.
esto es un ejemplo de como es la sociedad. "hacemos las normas para los demas y las excepciones para nosotros"

Desde aqui propongo hacer el año que viene la III Quedada Nacional en cadaques. Y que se joda el alcalde. a parte de que esatria bien que cada uno de los 9000 foreros le mandase diez mails al alcalde. Y les colapsamos la cuenta de correo. Por chulo
EL HECHO DE QUE TENGAS RAZON, NO QUIERE DECIR QUE ESTOY EQUIVOCADO. SIMPLEMENTE NO HAS VISTO LA VIDA DESDE MI LADO

mendilore

Cita de: alvarogares en Abril 12, 2008, 12:40:39 pm
Me ha contesatdo el ayuntamiento de cadaques.
(recordar http://www.furgovw.org/index.php?topic=27931.msg376703#msg376703 )
En catalan, aunque yo les he escrito en español. Pero bueno. (Se entiende gracias a las lecciones de catalan que me han dado txetxo y perla negra)
me dicen (traduccion libre) que como cadaques es muy pequeñito y las autocaravanas muy grandes, se pasasn por el forro de los cojones la normativa nacional y que sigue la prohibicion de circular autocaravanas en su pueblo.
esto es un ejemplo de como es la sociedad. "hacemos las normas para los demas y las excepciones para nosotros"

Desde aqui propongo hacer el año que viene la III Quedada Nacional en cadaques. Y que se joda el alcalde. a parte de que esatria bien que cada uno de los 9000 foreros le mandase diez mails al alcalde. Y les colapsamos la cuenta de correo. Por chulo


Voooto por ello!
"Cuando los valores morales en una sociedad son la codicia desaforada, el consumismo, la frivolidad, el sensacionalismo, el culto a la apariencia, el culto al cuerpo, el yo-mí-me-conmigo, el hedonismo,el solipsismo, el egoísmo, el ni-lo-sé-ni-me importa, ....http://neayaqui.blogspot.com.ar/2013/02/senor-rajoy-es-usted-tonto.html.

aremaki

Hola a todos.

A mi me ha llegado también la respuesta típica de Principado. Como no quiero dar el asunto por cerrado, que es lo que ellos quieren, les he respondido para que por lo menos estén jodidos y tengan una respuesta pendiente que dar.
Os propongo que todos hagamos lo mismo. Ya que nos roban, por lo menos hacerles perder el tiempo...

"Buenos dias,

Sin entrar a valorar la legalidad del párrafo siguiente (que será recurrido en su dia) sobre la utilización privada y sin trascendencia hacia el exterior que se pueda hacer en un vehículo, contenido en su respuesta tipo


"la autocaravana como cualquier otro vehículo tiene por objeto el desplazamiento por carretera y "a priori" puede estar estacionada en un parking. Cuestión distinta es que en ese estacionamiento se le habilite para su uso como alojamiento vivienda, y menos en espacios de terreno delimitados que han sido autorizados exclusivamente para la actividad de estacionamiento de vehículos y no para alojamiento vivienda. Desde el mismo momento en que se estaciona o aparca el vehículo y se pernocta en el mismo, se ha de aplicar la normativa turística, siendo esta el Decreto 280/2007, de 19 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Campamentos de Turismo."


Les agradezco su respuesta pero debo decirles que no responde a ninguna de mis preguntas:


   1-En que momento del día se entiende que yo debo estar circulando y no
   aparcado para que no se me multe por pernoctar, es decir ; de que hora
   a que hora debo estar permanentemente circulando para que no se me 
   sancione por "pernoctar".                                           
                                                                       
   2-Que pruebas debe recabar el agente que inicia el proceso sancionador
   para demostrar el hecho de la pernocta.                             
                                                                       
   3-Cual es la solución que me dan si no hay ningún campamento de turismo
   autorizado abierto cuando pretendo junto a mi familia hacer uso de un
   vehículo perfectamente autorizado a circular, cosa que sucede en 
   Asturias sobre 8 meses al año.                                   
                                                                       
   3-¿Podría definirme pernocta según la ley de turismo?         
                                                                       
   4-¿Porque se me impide el libre uso y disfrute de mi vehículo homologado
   para tal fin, aun circulando exclusivamente por las vías y       
   estacionamientos homologados para todo tipo de vehículos?         
                                                                       
   5- ¿La prohibición es exclusiva para autocaravanas o es extensiva a
   otros vehículos?. Es decir, ¿la pernocta de transportistas en sus
   camiones es sancionable también?                                 
                                                                       
   6- ¿"Dormir la mona" en un vehículo después de haber consumido bebidas
   alcohólicas y obviamente sin poder conducir según la legislación de
   tráfico vigente es sancionable? ¿Como debería actuar un autocaravanista
   ante esta situación: conducir poniendo en peligro su vida y la de los
   demás o descansar y exponerse a una sanción por no respetar la 
   legislación existente en el Principado?                           
                                                                       
   7-La Dirección General de Tráfico recomienda descansar cada cierto
   tiempo durante la conducción. Para los conductores profesionales es
   incluso una obligación, susceptible de ser sancionada si se incumple. Le
   agradecería que me indicasen como debe actuar un autocaravanista que,
   habiendo conducido toda la jornada, se encuentre ya cerradas todas las
   recepciones de campings o encuentre estos completos al llegar a última
   hora de la tarde al P^rincipado.   



Por lo tanto sigo pendiente de una solución por su parte a las cuestiones concretas que he planteado, y no un fichero standard que es lo que me han hecho llegar"

Oli

Cita de: aremaki en Abril 15, 2008, 09:59:34 am
1-En que momento del día se entiende que yo debo estar circulando y no
   aparcado para que no se me multe por pernoctar, es decir ; de que hora
   a que hora debo estar permanentemente circulando para que no se me 
   sancione por "pernoctar".                                           
                                                                       
5- ¿La prohibición es exclusiva para autocaravanas o es extensiva a
   otros vehículos?. Es decir, ¿la pernocta de transportistas en sus
   camiones es sancionable también?                                 


Bien, bien Aremaki, esoy que me muero de impaciencia a ver que contestan a eso. Ya solo faltaba preguntar porque la siestecilla en pleno día no es sancionable. Sera porque no actuán con nocturnidad. .meparto ?

.palmas Oli..

Cuatroymiedo

Abril 15, 2008, 13:09:00 pm #200 Ultima modificación: Abril 15, 2008, 18:17:05 pm por Cuatroymiedo
El finde pasado en Tarifa otra vez lo mismo, tercera vez, un GC, me toma los datos, ojo hasta el seguro, por que estoy estacionado en un lugar prohibido, mentira, estaba rodeado de turismos, y por acampar, mentira, yo solo en mi furgo (lamentablemente) y sin nada afuera. Me dicen que me toman los datos y que a la proxima vez me empapelan.

¿En que momento ya muy cabreado puedo denunciar al denunciante por acoso, ya que no me deja ejercer mis libertades reconocidas en la legilacion vigente? fundamentalmente dormir.


cisne

Aremaki , yo en su dia tambien pedi expliciones al Principado por el motivo que nos ocupa y me ha contestado hace una semana en el mismo sentido que a ti. ¿me das permiso para plagiar tu contestacion y enviarsela , para que tambien tengan que molestarse  en una contestacion mas?

buenos viajes
Cantabria infinita

aremaki

Por supuesto cisne, si lo pongo aquí es precisamente pq creo que cuantos mas seamos mas les...molestaremos
Yo lo unico que hice fue volver a copiar las mismas preguntas que le había hecho en el primer correo. Y seguiré así hasta que me contesten

inamai

Esto es lo ke he enviado y no me cansare de enviar cada semana, lo mismo podriamos hacer con cada ayunta ke se ponga chulo y ke no desprecie de esta manera.

"A la espera de la publicación en el BOE de la resolución de grupo de trabajo GT-53 me gustaría una aclaración por vuestra parte de una serie de preguntas.

Buenos días,

Sin entrar a valorar la legalidad del párrafo siguiente (que será recurrido en su día) sobre la utilización privada y sin trascendencia hacia el exterior que se pueda hacer en un vehículo, contenido en su respuesta tipo


"la autocaravana como cualquier otro vehículo tiene por objeto el desplazamiento por carretera y "a priori" puede estar estacionada en un parking. Cuestión distinta es que en ese estacionamiento se le habilite para su uso como alojamiento vivienda, y menos en espacios de terreno delimitados que han sido autorizados exclusivamente para la actividad de estacionamiento de vehículos y no para alojamiento vivienda. Desde el mismo momento en que se estaciona o aparca el vehículo y se pernocta en el mismo, se ha de aplicar la normativa turística, siendo esta el Decreto 280/2007, de 19 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Campamentos de Turismo."


Les agradezco su respuesta pero debo decirles que no responde a ninguna de mis preguntas:


   1-En que momento del día se entiende que yo debo estar circulando y no
   aparcado para que no se me multe por pernoctar, es decir ; de que hora
   a que hora debo estar permanentemente circulando para que no se me 
   sancione por "pernoctar".                                           
                                                                       
   2-Que pruebas debe recabar el agente que inicia el proceso sancionador
   para demostrar el hecho de la pernocta.                             
                                                                       
   3-Cual es la solución que me dan si no hay ningún campamento de turismo
   autorizado abierto cuando pretendo junto a mi familia hacer uso de un
   vehículo perfectamente autorizado a circular, cosa que sucede en 
   Asturias sobre 8 meses al año.                                   
                                                                       
   3-¿Podría definirme pernocta según la ley de turismo?         
                                                                       
   4-¿Porque se me impide el libre uso y disfrute de mi vehículo homologado
   para tal fin, aun circulando exclusivamente por las vías y       
   estacionamientos homologados para todo tipo de vehículos?         
                                                                       
   5- ¿La prohibición es exclusiva para autocaravanas o es extensiva a
   otros vehículos?. Es decir, ¿la pernocta de transportistas en sus
   camiones es sancionable también?                                 
                                                                       
   6- ¿"Dormir la mona" en un vehículo después de haber consumido bebidas
   alcohólicas y obviamente sin poder conducir según la legislación de
   tráfico vigente es sancionable? ¿Como debería actuar un autocaravanista
   ante esta situación: conducir poniendo en peligro su vida y la de los
   demás o descansar y exponerse a una sanción por no respetar la 
   legislación existente en el Principado?                           
                                                                       
   7-La Dirección General de Tráfico recomienda descansar cada cierto
   tiempo durante la conducción. Para los conductores profesionales es
   incluso una obligación, susceptible de ser sancionada si se incumple. Le
   agradecería que me indicasen como debe actuar un autocaravanista que,
   habiendo conducido toda la jornada, se encuentre ya cerradas todas las
   recepciones de campings o encuentre estos completos al llegar a última
   hora de la tarde al P^principado.   



Por lo tanto sigo pendiente de una solución por su parte a las cuestiones concretas que he planteado, y no un fichero standard que es lo que me han hecho llegar"
Walk on, walk on, with hope in your heart and you´ll never walk alone.
Turismo en Santander

GR11

Cita de: CARPEDIEM en Febrero 05, 2008, 20:22:23 pm
¿Que es recurrible? pues venga recurre una ley en principio vigente y legal con una instrucción de tráfico.






no es una instrucción cualquiera sin más, .nono, es una instrucción que cita a una Ley de rango superior  .ereselmejor, que no es lo mismo  ;)


Yuyuya

Este es el forero jperchita??
Me parece bien lo que dice, sobretodo algunas puntualizaciones
Ella le pidió que la llevara al fin del mundo
Él puso a su nombre todas las olas del mar


wernermolders

Este chico de la noticia de La Nueva España expresa tan bien el asunto, y me toca tan de cerca por lo que muchos sabéis, que he enlazado la noticia directamente a mi perfil de Facebook.
Soy hijo del camino, caravana es mi patria y mi vida la más inesperada travesía. - León el Africano

GOFIO


Anacoreta