Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.

Iniciado por Manolín, Febrero 05, 2008, 14:09:40 pm

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eneko

Febrero 05, 2008, 18:39:08 pm #75 Ultima modificación: Febrero 05, 2008, 18:56:33 pm por eneko
Datos objetivos en Andalucía:


  • 10 Áreas municipales de Autocaravanas contabilizadas por LAPACA

  • Unos cuantos campings "convenidos" con espacio para ac´s y tarifas especiales que rondan los 5 a 15€

  • 37 áreas de acampada susceptibles de ser visitadas con furgo camper. Osea entorno agradable e instalaciones disponibles.

  • Una red de orden de 70 gasolineras que prestan servicios para ac´s y permiten la pernocta itinerante. Gasolineras suscritas a un convenio de colaboración


En el 99% de los municipios de la comunidad puedes ir con tu camper o con tu ac sin el menor problema y siendo bien acogido.

Las áreas que he podido visitar, a excepción de la de Sierra Nevada, estaban siempre vacías. Claro es que se está mejor a pie de playa...

Para que se hagan más áreas de ac´s en primer lugar se hacen en pueblos pequeñitos a los que les interesa la promoción turística. De ahí a los grandes y después a las ciudades... pues si no vamos a las áreas existentes, los municipios que no las tienen contrastan datos con sus vecinos y desestiman su conveniencia. Por tanto debemos hacer lo posible por visitar aquellos municipios que nos acogen bien.

En este mismo foro están contabilizados lugares en los que pernoctar sin el más mínimo problema en las ciudades de Córdoba, Granada, Sevilla y Cádiz. Todas las propuestas en pleno centro y con problemas legales = 0

Creo que además no hay un punto turístico de interés de primer orden que se quede fuera de ser visitado por la presión institucional....

Ahora.. Sr. Manuel Chaves.... agarresé que en 4 días montamos una manifestación en el parque M Luisa de Sevilla!.... no fastidies...

Creo que estos datos son extrapolables a cualquier comunidad del resto del estado... aún hay "problema" pero no viene Stalin a por nosotros...


TRUMAM

Eneko, los mensajes lo tienes preparados? (madre mía) Es eso, no vale mandar hoy 8000 escritos (hay más de 8000 municipios) y  mañana tocarnos la barriga. Poquito a poco creo que es mejor. Un solo recurso puede hacer ilegales todas las Ordenanzas Municipales sobre esta materia. UNO SOLO. Un solo informe del Defensor de Pueblo puede hacer que los (pocos) Alcaldes y Presidentes de CCAA  que nos joden se lo piensen al resolver el recurso a una multa por estas cuestiones. (entiendo que la multa la seguirán poniendo hasta que un juzgado se pronuncie de forma clara) Ni todo está prohibido, ni todo permitido. Angeles, no te enfades, pero siguiendo tu ejemplo: si alguien propone una compra conjunta de portabicis, fusibles, placa solar, Wc, depósitos... todo junto, creo que no tendría ninguna aceptación. Por separado y bien definido ya lo has visto. Creo que te intentaban explicar eso. Definimos, concretamos, estudiamos y atacamos (el que quiera). Bueno y trabajamos que vaya tarde llevo y además con un tema que como se resuelva como espero...la que vamos a liar.

Saludos de truman (que es otro forero) TRUMAN y míos también, jaja

AlvaroT3

cartita que acabo de enviar al alcalde de cadaques

sr. Alcalde, ante la señal de trafico (ilegal) que ha puesto usted a la entrada de su municipio, le remito a que se lea la instruccion 08/v-74 del Ministerio del Interior referente a las autocaravanas. Por si no es capaz de encontrarla, le adjunto el enlace con el fin de facilitarle el trabajo:
http://www.aseicar.org/archivos/varios/Normativa%20Trafico%20Autocaravanas.pdf
  y si por lo que sea, no entiende esa normativa, estaré encantadisimo de ilustrarle y explicarsea.  Para hacerle un rapidisimo resumen, usted debe quitar esa señal.
Un cordialisimo saludo


apuestas a que no tiene la cortesia de contestarme
EL HECHO DE QUE TENGAS RAZON, NO QUIERE DECIR QUE ESTOY EQUIVOCADO. SIMPLEMENTE NO HAS VISTO LA VIDA DESDE MI LADO

shuke

Cita de: alvarogares en Febrero 05, 2008, 19:03:54 pm
cartita que acabo de enviar al alcalde de cadaques

sr. Alcalde, ante la señal de trafico (ilegal) que ha puesto usted a la entrada de su municipio, le remito a que se lea la instruccion 08/v-74 del Ministerio del Interior referente a las autocaravanas. Por si no es capaz de encontrarla, le adjunto el enlace con el fin de facilitarle el trabajo:
http://www.aseicar.org/archivos/varios/Normativa%20Trafico%20Autocaravanas.pdf
  y si por lo que sea, no entiende esa normativa, estaré encantadisimo de ilustrarle y explicarsea.  Para hacerle un rapidisimo resumen, usted debe quitar esa señal.
Un cordialisimo saludo


apuestas a que no tiene la cortesia de contestarme


.palmas .palmas .palmas
mis fotos:
www.juanjovega.com

EA1EF

Vamos a ver!     ¿es que a nadie le ha llamado la atencion esto?:

"estos límites serían aplicables a las autocaravanas que circulen sin remolque , clasificadas en su tarjeta de ITV con los siguientes códigos:

3148 (vehiculo mixto vivienda)
3200 (autocaravana sin especificar de MMA menor o igual a 3500 Kg.)
3248 (autocaravana vivienda de MMA menor o igual a 3500 Kg.)"


Cuando ya creía haber visto la luz con el trámite de modificacion de mi VW T4 TDI 102CV de 3148 (vehiculo vivienda) a 3248 (turismo vivienda) me doy el ostion de bruces contra esta curiosa interpretacion. Yo me planteo si aun queda algun resquicio de optimismo:

1º -Se supone que el reglamento de circulacion cuando limita las velocidades  habla de "turismos" por un lado y de "vehiculos derivados del turismo y vehiculos mixtos adaptables" en el texto se habla de autocaravanas, pero tambien se habla de que "su longitud oscila habitualmente entre los 5,5m y los 8 m, y su altura media esta en torno a los 3 m y su MMA es frecuentemente 3.500kg incluso superior, caracteristicas constructivas que nada tienen que ver con un turismo medio...."

2º en el escrito sorprendentemente se habla de las "camper" y aqui queda depositada toda nuestra esperanza: "Por todo ello, sin perjuicio de la existencia de furgones de serie cuyo interior ha sido acondicionado como vivienda comúnmente conocidos como "camper", puede concluirse que las autocaravanas son normalmente "vehiculos especiales de la caregoría M1"..."

Por tanto y como conclusion, cabe revisar todo este asunto para tratar de esclarecer donde estan los límites entre las "camper" o "furgos" y las autocaravanas. En mi caso que estoy en pleno cambio de mixto a turismo necesitaría saber que codigo pedir para poder alcanzar las velocidades de turismo. Creo que es legítimo diferenciar ambos casos en cuanto a las velocidades, todo ello a pesar de que suelo ajustar mi tempomat entre 100 y 110Km/h, pero de cara a rádares y demas lo veo muy importante.

Imagino que el camino está por las medidas exteriores, MMA, equipo de seguridad, neumáticos, etc...
www.meteocampoo.es

No es síntoma de buena salud estar plenamente adaptado a una sociedad enferma (Jiddu krishnamurti)
http://www.youtube.com/watch?v=mponpV_GZG0&feature=player_embedded

Esmolante

 Creo que estáis vendiendo la piel del oso antes de cazarla.

Lo único que hemos conseguido es que ningún municipal nos pueda echar de un sitio durante el día por el mero hecho de ser caravana.

Ni tan siquiera hemos conseguido, con esta redacción, que sea legal el dormir dentro en vías urbanas. Puedes estacionar, permanecer dentro...pero dormir NO (según la ley de Costas y de Turismo del Principado...entre otras).

En vías urbanas, que en interurbanas (lo que más interesa) no se ha conseguido nada.

Hasta ahora, sobre todo las camper, que pasamos más desapercibidas, podíamos dormir en poblado sin problemas.

De verdad, creo que esto ha sido un avance muy muy pequeño. A las furgos casi que ni nos afecta respecto a la situación anterior.

Seguimos fuera de la ley, teniendo que ocultarnos o confiar en la permisividad de la Guardia Civil.

No veo el motivo de alegría por ninguna parte, la verdad.


minero

 ??? bueno, e leído todo lo referente a lo publicado sobre estacionamiento y parada (pernocta), y claro está, lo que nos afecta como usuarios de furgonetas-camper, así, que me explico:
*   primero, no soy abogado ni experto en esta materia legislativa.
*   tengo mucha experiencia sobre parar, estacionar, y acampar , con furgo-camper.
*   llevo años con este eterno problema, pero...  (por ejemplo) de 100 veces, dos, me e tenido que largar.
*   motivos de esas 2 veces, una, el agente manifestó, "que el, solo cumplía órdenes, la otra... el agente manifestó, "si no está usted conforme, primero obedezca, y luego haga un escrito al ayuntamiento, con su queja.
*   las 98 restantes... no nos han dicho nada, eran agentes-personas, eran agentes con criterio própio, y sobre todo... nunca acampo cerca de un camping, y si no tengo otra solución, procuro estar lo mas camuflado posible.
*   lo que no haré nunca es, discutir o entrar en polémica con los agentes (sean del cuerpo que sean), por que hay muchas leyes, viejas y nuevas, pero lo que no puedes hacer, es, desobedecer las órdenes del agente de la autoridad, por que se incurre en delito, y por un delito, hasta te pueden detener.
*   tened paciencia, es un proceso lento, pero los pocos ayuntamientos que no entiende eso de que también es turismo, lo que portan las autocaravanas, y las furgocampers, lo irán entendiendo, y no tardarán mucho, por que en españa actualmente, y mas en futuro, solo viviremos del turismo, no tenemos nada que no sea de las multinacionales, y las multinacionales... se están yendo a países donde aún existe esclavitud, aunque esa esclavitud la adornen con danzas y músicas típicas.  
"la distancia puede causar nostalgia, pero nunca olvido"

CARPEDIEM

Buenasss
Perdonad que irrumpa en este optimismo general pero, que el hecho de que por parte de tráfico traten de aclarar a través de una instrucción un tema es algo que les honra y que muestra cierta buena intención pero os recuerdo que las competencias de tráfico en los municipios son exclusivas de los ayuntamientos, es decir, si por ejemplo mi ayuntamiento (castrillón-Asturias), recibe esa instrucción y decide pasarsela por el arco del triunfo pues perfectamente puede hacerlo. Se ordena a la policia local sancionar por la ley de turismo famosa y carretera.
¿Que es recurrible? pues venga recurre una ley en principio vigente y legal con una instrucción de tráfico.
Que les podemos tocar los cojones con la circular?, tambien le daremos a algún ayuntamiento la solución definitiva para que no aparquemos, vale con que coloquen una señal perfectamente legal, por ejemplo "prohibido estacionar excepto turismos en bateria". Les cuesta una mierda y ya tiene la excusa, perfectamente  legal, regulado por ordenanza y no contraria a la ley de tráfico... o no....
¿Que les costaria, y hablo para los que conozcan la playa de salinas por ejemplo, colocar este tipo de señales desde el nautico a los gauzones? ¿seria ilegal?.
Pa los que no sepan de donde hablo que se hagan a la idea de un paseo de playa de 1km de largo con sus edificios y sus 500 plazas de estacionamiento vacias 8 meses al año.
Luego le añadimos la "discrecionalidad policial" es decir que denuncien cuando se les mande o que no denuncien en verano o... lo que sea, y ya tenemos el problema resuelto a dormir al interior.
Con esto quiero decir que no es solución ir a los ayuntamientos con la circular, soy mas partidario del "buen rollito", llevarla en la furgo, que vienen a denunciarte, pues la enseñas le dices que te la paso un colega que es local en benidorm y que con toda la buena intención creias que se podía.
Lo que queria decir más o menos en resumen es que las instrucciones de tráfico en los municipios.... a voluntad de Alcalde o del Agente de la Local correspondiente

T3Power

Cita de: angeles en Febrero 05, 2008, 17:53:17 pm
¿Si fuera posible que, por una vez, hagamos algo en común  que no tiene que ver con compras y quedadas y que no beneficia a alguien en particular y sí a todos en general ?


Noto una cierta persecución a las compras conjuntas... Ya lo he leído varias veces y no entiendo esa aceptación negativa a una compra conjunta...
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Yudealf

Siempre me han dicho, que las multas que te ponen la policia local de una ciudad en la que no estas empadronado no llegan, una vez me ocurrio. Es esto cierto? O eso pasaba antes y ya no??

T3Power

Cita de: Yudealf en Febrero 05, 2008, 20:46:26 pm
Siempre me han dicho, que las multas que te ponen la policia local de una ciudad en la que no estas empadronado no llegan, una vez me ocurrio. Es esto cierto? O eso pasaba antes y ya no??


Yo no estoy empadronado en Vigo y tengo 2 multas encima de la mesa sin pagar todavía...

Con eso te lo digo todo  :D

saludos.
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eneko

Cita de: Yudealf en Febrero 05, 2008, 20:46:26 pm
Siempre me han dicho, que las multas que te ponen la policia local de una ciudad en la que no estas empadronado no llegan, una vez me ocurrio. Es esto cierto? O eso pasaba antes y ya no??


Da igual que las envíen que no.. si salen publicadas en el boletín oficial de la provincia donde te sancionan ten seguro que te la sacarán vía declaración IRPF más tarde o más temprano.


Citroen 8

pues eso de las multas no es exactamente asi: las multas pueden llegar pero si no las pagas ,los ayuntamientos no tienen capacidad ejecutiva para hacerlas cobrar si no eres residente en esa comunidad autonoma o provincia o municipio ( esto ultimo no lo tengo muy claro)

T3Power

Cita de: Citroen 8 en Febrero 05, 2008, 20:57:23 pm
pues eso de las multas no es exactamente asi: las multas pueden llegar pero si no las pagas ,los ayuntamientos no tienen capacidad ejecutiva para hacerlas cobrar si no eres residente en esa comunidad autonoma o provincia o municipio ( esto ultimo no lo tengo muy claro)


Pero ya lo explicado eneko en el mensaje anterior...

si no pagas, se publica en el Boletín Oficial y como muy tarde en la declaración "se las cobran".

A mi me pasaron una por la cuenta despues de unos 9 meses. Ni cortos ni perezosos. Cargo en cuenta y chao...

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pollo

A mi multas de otras regiones y municipios me las han cobrado via recaudacion publica, o se ase Hacienda que es de todos.