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Zona Técnica => Papeleos => Tema pernocta/acampada => Mensaje iniciado por: Manolín en Febrero 05, 2008, 14:09:40 pm

Título: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: Manolín en Febrero 05, 2008, 14:09:40 pm
MUY IMPORTANTE:



Con fecha 28 de Enero de 2008, el Director general de Tráfico D. Pere Navarro ha emitido y enviado a todas las unidades de la DGT la instrucción 08/V-74, donde recoge en un único documento todos aquellos aspectos normativos relacionados con el autocaravanismo, especialmente IMPORTANTE lo relativo al estacionamiento habitado. Este documento, fruto de los trabajos de la Mesa de Tráfico, formará parte de un amplio MANUAL DE BUENAS PRACTICAS, que la DGT y la Fed. Española de Municipios y Provincias editará en los próximos meses y que será válido para usuarios y para las distintas administraciones locales, autonómicas y a nivel del Estado

Para seguir el hilo
http://www.furgovw.org/index.php?topic=27931.msg376309#msg376309

Para descargar la Instrucción:
http://www.furgovw.org/index.php?topic=163516.0
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Blanco en Febrero 05, 2008, 14:20:22 pm
Bueno, han vuelto a bajar el limite de velocidad >:(

Por lo demás sigue mas o menos. :(

Gracias Manolin
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: manué en Febrero 05, 2008, 14:30:16 pm
ya me lo he imprimido
entiendo que puedo estacionar sin problema en vía urbana "A juicio de esta DGT es indiscutible que la exclusión de determinados usuarios debe ser motivada y fundamentada en razones objetivas como pueden ser las dimensiones exteriores de su vehículo o MMA, pero no por su criterio de construcción o utilización ni por razones subjetivas...etc etc"
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: arnoldo en Febrero 05, 2008, 14:31:39 pm
Pues me queda bastante claro el tema de velocidades, de inspecciones tecnicas y una frase que referente a la parada y estacionamiento referia a "no por su criterio de construccion o utilizacion ni por razones subjetivas varias".

Aunque tambien decia que esto lo regulará la ordenanza municipal y mas tarde decia que la ordenanza municipal no podrá oponerse a este reglamento en cuestion. No se, yo con esto de las leyes me pierdo en la terminologia, pero me da que se queda al azar caprichoso de los alcaldes...
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: manué en Febrero 05, 2008, 14:34:14 pm
ese es el problema para mi queda claro que puedo estacionar/pernoctar en cualquier vía urbana puesto que este reglamento es superior ua una ordenanza municipal, en el caso de nuestras camper deberían inventarse algo para no dejarte estacionar, no PMA p.e. que no fuese contra este reglamento
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Yudealf en Febrero 05, 2008, 14:45:52 pm
entonces que paza, lo que ha sacado Asturias ya no les vale, porque aquí lo pone bien clarito, sobre todo en el ultimo parrafo:

"Por ello, a juicio de esta Dirección General de Tráfico es indiscutible que la exclusión de determinados usuarios debe ser necesariamente motivada y fundamentada en razones objetivas como pueden ser las dimensiones exteriores de un vehiculo o su masa máxima autorizada, pero no por su criterio de construcción o utilización ni por razones subjetivas como pueden ser los posibles comportamientos incivicos de algunos usuarios tales como ruidos nocturnos, vertido de basura o de aguas usadas a la vía pública, monopolización de un espacio público mediante la colocación de estructuras y enseres u otras situaciones de abuso contra las cuales las autoridades locales disponen de herramientas legales eficaces que deben ser utilizadas de forma no discriminatoria contra todos los infractores, ya sean usuarios de autocaravanas o de cualquier otro tipo de vehículo.

Las autocaravanas pueden, por tanto, efectuar las maniobras de parada y estacionamiento en las mismas condiciones y con las mismas limitaciones que cualquier otro vehiculo."



Me lo imprimo pero ya para llevarlo en la furgo!!!!!
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: p en Febrero 05, 2008, 15:05:10 pm
Hala, a enviarlo al principado. .suda
atencionciudadano@princast.es
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: shuke en Febrero 05, 2008, 15:12:19 pm
el tema está claro: muchos ayuntamientos no cumplen la Ley.  como podemos hacer que a todos les llegue este documento???
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Kimu en Febrero 05, 2008, 15:24:09 pm
Me imprimo el documento echando chispas..., pero a mí no me aclara todo; yo huyo de las vías urbanas.
¿Qué pasa con las interurbanas y rurales?
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: firewer en Febrero 05, 2008, 15:27:34 pm
Ese fax se lo deberiamos mandar todos y cada uno de este foro por fax al ayuntamiento de asturias, junto al de barcelona.
Mas de uno sabra que al lado de las "dos torres" osea mapfre y hotel ARS al ladito de la playa tienen prhibido el estacionamiento a las furgonetas, carabanas y autocarabanas.
Vamos q solo pueden aparcar coches..
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: shuke en Febrero 05, 2008, 15:30:26 pm
Cita de: angeles en Febrero 05, 2008, 15:28:34 pm
Para hacerles llegar el documento hay dos maneras( una no va a funcionar)  que la federación de municipios haga su trabajo que no creo que haga y la otra: que todos los usuarios la hagan llegar a su municipio. Unas copias y a entregar via registro. Si en Valencia hay tres que se molesten lo recibirán por partida triple y si se hace por el registro y sellan la copia de lo entregado ya con esa copia sellada tenemos el trabajo hecho.
Si cada uno se encargara de su alcaldía y de otra cercana en dos semanas todos los alcaldes se darían por enterados...



estoy de acuerdo contigo. Seremos capaces de movilizarnos de una p.. vez y empezar a entrar copias por registro en todos los Ayuntamientos???

Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: shuke en Febrero 05, 2008, 15:31:22 pm
Yo me voy a hacer una pila de copias y por cada Ayuntamiento que pase, copia que enchufo.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: p en Febrero 05, 2008, 15:32:00 pm
Hala, a enviarlo al principado.
atencionciudadano@princast.es
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Dortoka en Febrero 05, 2008, 15:32:05 pm
OK.
¿Y como podemos hacer para hacernos, valga la redundancia, con una cópia legible de esa instrucción?
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: shuke en Febrero 05, 2008, 15:32:17 pm
si nos organizamos estaría bien hacer una lista con los Ayuntamientos a los que ha entrado copia. Como lo veis???
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Kimu en Febrero 05, 2008, 15:36:19 pm
Cita de: Dortoka en Febrero 05, 2008, 15:32:05 pm
OK.
¿Y como podemos hacer para hacernos, valga la redundancia, con una cópia legible de esa instrucción?


¿Ilegible? Pero si dándole  al zoom, se lee hasta el plus ultra del escudo...
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Halleck en Febrero 05, 2008, 15:36:46 pm
Cita de: angeles en Febrero 05, 2008, 15:28:34 pm
Para hacerles llegar el documento hay dos maneras( una no va a funcionar)  que la federación de municipios haga su trabajo que no creo que haga y la otra: que todos los usuarios la hagan llegar a su municipio. Unas copias y a entregar via registro. Si en Valencia hay tres que se molesten lo recibirán por partida triple y si se hace por el registro y sellan la copia de lo entregado ya con esa copia sellada tenemos el trabajo hecho.
Si cada uno se encargara de su alcaldía y de otra cercana en dos semanas todos los alcaldes se darían por enterados...


entonces, para los que no estamos muy familiarizados con la burocracia:
1) Imprimimos el informe
2) Vamos al ayuntamiento
3) les decimos queeee....  .confuso2 .confuso2
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: shuke en Febrero 05, 2008, 15:36:53 pm
Ok Angeles. En la página de la PACA habrá alguna manera de visualizar en que Ayuntamientos se ha registrado el documento??. Creo que seria útil porque con tantos Ayuntamientos mejor llegar a muchos que no repetir....
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: shuke en Febrero 05, 2008, 15:37:24 pm
Cita de: Halleck en Febrero 05, 2008, 15:36:46 pm
entonces, para los que no estamos muy familiarizados con la burocracia:
1) Imprimimos el informe
2) Vamos al ayuntamiento
3) les decimos queeee....  .confuso2 .confuso2




Dices que quieres entrar por Registro este documento. Te sellan tu copia y hasta luego Lucas.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: shuke en Febrero 05, 2008, 15:37:47 pm
Si se lo leen o no es problema suyo, pero tu tienes constancia de que ha entrado en el Ayuntamiento!!
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: shuke en Febrero 05, 2008, 15:38:19 pm
Me estan entrando unas ganas de ir este fin de semana a Cadaqués.....


Los sábados abren los Ayuntamientos?  .meparto
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Yudealf en Febrero 05, 2008, 15:40:02 pm
eyyyyyyyy!!!!!!! Quién se apunta a surfear en TARIFAAAAAA???????, jajajajajaj

Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Halleck en Febrero 05, 2008, 15:41:20 pm
Cita de: shuke en Febrero 05, 2008, 15:37:24 pm

Dices que quieres entrar por Registro este documento. Te sellan tu copia y hasta luego Lucas.

.bien

ale, a hacer el trabajo por el que pagan a otros  .lengua2 .lengua2

a ver si esta vez nos movilizamos todos!!!!
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Yudealf en Febrero 05, 2008, 15:42:33 pm
Pero para que es el pasarlo por el registro de cada ayuntamiento??? No entiendo, si desconocen la ley es problema de ellos, o no le dicen eso al ciudadano.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Manolín en Febrero 05, 2008, 15:43:45 pm
El comunicado es de Tráfico, de momento nada más y por lo tanto es de aplicación tan solo para la red vial de toda España. No tiene nada que ver con la Ley de Costas por ejemplo. Pero el primer paso está dado, ya vendrán otros.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Oli en Febrero 05, 2008, 15:47:19 pm
Cita de: Dortoka en Febrero 05, 2008, 15:32:05 pm
OK.
¿Y como podemos hacer para hacernos, valga la redundancia, con una cópia legible de esa instrucción?


Me he mirado la web de la DGT para informarme sobre disponibilidad publica de dicho documento, y pedir una copia oficialmente, porque entiendo que el escaneado de un fax no tiene ningún valor frente a un agente de la autoridad que viene a tocarte las narices.

Pues bien, no hay en la web de la DGT ningún mail de contacto  >:( Sabe alguien como se les puede contactar?

Gracias Manolin  .bien

Oli..  :)
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Yudealf en Febrero 05, 2008, 15:47:53 pm
Cita de: Manolín en Febrero 05, 2008, 15:43:45 pm
El comunicado es de Tráfico, de momento nada más y por lo tanto es de aplicación tan solo para la red vial de toda España. No tiene nada que ver con la Ley de Costas por ejemplo. Pero el primer paso está dado, ya vendrán otros.


Pero podemos aparcar en un pueblo costero, verdad????
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: p en Febrero 05, 2008, 15:48:27 pm
 .palmas este hilo esta que arde, no consigo esntrar. .meparto
Gracias Manolin, ya envié el archivo a la consejería y mañana o pasado lo registraré pero a ver si conseguimos que el documento sea uno oficial.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Dortoka en Febrero 05, 2008, 15:49:19 pm
Cita de: Oli en Febrero 05, 2008, 15:47:19 pm
Me he mirado la web de la DGT para informarme sobre disponibilidad publica de dicho documento, y pedir una copia oficialmente, porque entiendo que el escaneado de un fax no tiene ningún valor frente a un agente de la autoridad que viene a tocarte las narices.
[...]


A eso me refería...
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Yudealf en Febrero 05, 2008, 15:51:01 pm
esto deberia estar EN PORTADA YA, donde hay algun administrador????
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: inamai en Febrero 05, 2008, 15:51:10 pm
Si pero hay un apartado ke dice:
"Otros conceptos de alguna manera asociados al estacionamiento de autocaravanas como el de acampada y pernocta no tienen acogida en la normativa sobre trafico, circulacion de vehiculos y de seguridad vial, por lo que este organismo no puede pronunciarse sobre su definicion  ni sobre sus implicaciones"
Por lo ke estacionar si ke se puede pero ¿pernoctar? no keda claro.
agur   .adios
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: EdoNork en Febrero 05, 2008, 15:51:48 pm
Estoooo, el documento habla de aparcar y parar e, incluso, de estar dentro del vehículo. En cuanto a pernoctar y acampar se lava las manos.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: ooznak en Febrero 05, 2008, 15:52:30 pm
Cita de: Yudealf en Febrero 05, 2008, 15:51:01 pm
esto deberia estar EN PORTADA YA, donde hay algun administrador????


está en portada ... yudealf ...
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Yudealf en Febrero 05, 2008, 15:53:04 pm
Cita de: inamai en Febrero 05, 2008, 15:51:10 pm
Si pero hay un apartado ke dice:
"Otros conceptos de alguna manera asociados al estacionamiento de autocaravanas como el de acampada y pernocta no tienen acogida en la normativa sobre trafico, circulacion de vehiculos y de seguridad vial, por lo que este organismo no puede pronunciarse sobre su definicion  ni sobre sus implicaciones"
Por lo ke estacionar si ke se puede pero ¿pernoctar? no keda claro.
agur   .adios


Pero aquí pone justo lo contrario:

esta Dirección General de Tráfico considera que mientras un vehiculo cualquiera está correctamente estacionado, sin sobrepasar las marcas viales de delimitación de la zona de estacionamiento, ni la limitación temporal del mismo, si la hubiere, no es relevante el hecho de que sus ocupantes se encuentren en el interior del mismo y la autocaravana no es una excepción, bastando con que la actividad que pueda desarrollarse en su interior no transcienda al exterior mediante el despliegue de elementos que desborden el perímetro del pehiculo tales como tenderetes, toldos, dispositivos de nivelación, soportes de estabilización, etc
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: p en Febrero 05, 2008, 15:53:20 pm
Ahg,se me olvidaba, habra que agradecer de alguún modo a director y a los que le señalaron el problema y a...Angeles? su desvelo y respuesta.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Manolín en Febrero 05, 2008, 15:56:06 pm
Youdealf, la noticia está en portada. Y por otro lado veo que no has leido la Ley de Costas, te lo recomiendo, es una lectura apasionante ;) y así no confundimos a la gente ;)
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Oli en Febrero 05, 2008, 15:58:27 pm
Cita de: Yudealf en Febrero 05, 2008, 15:53:04 pm
por lo que este organismo no puede pronunciarse sobre su definicion  ni sobre sus implicaciones"


No te dicen si Si o si No, te dicen que Tráfico no entiende ni regula acerca de estos temas. Se limitan a decir que correctamente estacionado, puedes hacer en tu vehiculo lo que te venga en gana.

Oli..  ;)
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: inamai en Febrero 05, 2008, 15:58:52 pm
Cita de: Manolín en Febrero 05, 2008, 15:56:06 pm
Youdealf, la noticia está en portada. Y por otro lado veo que no has leido la Ley de Costas, te lo recomiendo, es una lectura apasionante ;) y así no confundimos a la gente ;)


¿donde lo podriamos leer?
Lo he mirado en el  buscador y no me aparece nada.
agur  .adios
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Yudealf en Febrero 05, 2008, 15:59:44 pm
Cita de: Manolín en Febrero 05, 2008, 15:56:06 pm
Youdealf, la noticia está en portada. Y por otro lado veo que no has leido la Ley de Costas, te lo recomiendo, es una lectura apasionante ;) y así no confundimos a la gente ;)


oki, gracias, la ley de costas de refilon, pero en estas cosas siempre salen dudas. Y yo de letras poco, mas bien tecnologia es lo mio. jeje, enga que al final nos vamos a surfear a Tarifa.  .palmas .palmas
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: inamai en Febrero 05, 2008, 16:07:59 pm
Este finde a laga con los papeles en mano por si aparecen los de heineken  .meparto .meparto .meparto
agur  .adios
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Kimu en Febrero 05, 2008, 16:09:59 pm
Cita de: inamai en Febrero 05, 2008, 15:51:10 pm
Si pero hay un apartado ke dice:
"Otros conceptos de alguna manera asociados al estacionamiento de autocaravanas como el de acampada y pernocta no tienen acogida en la normativa sobre trafico, circulacion de vehiculos y de seguridad vial, por lo que este organismo no puede pronunciarse sobre su definicion  ni sobre sus implicaciones"
Por lo ke estacionar si ke se puede pero ¿pernoctar? no keda claro.
agur   .adios


Pero eso se refiere a las vías interurbanas; en las urbanas queda claro que es posible la pernocta donde está autorizado el estacionamiento.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Yudealf en Febrero 05, 2008, 16:14:43 pm
La verdad yo no me entero de na. Entonces lo que es la guardia civil mientras estes en suelo urbano ( con asfalto por decirlo de alguna manera) no nos van a molestar???
Pero la local si podria??

Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: AlvaroT3 en Febrero 05, 2008, 16:22:44 pm
ya esta plastificado y en la furgo, y laspartes que nos atañen, subrayados con fosforito
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Yudealf en Febrero 05, 2008, 16:28:57 pm
Cita de: Kimu en Febrero 05, 2008, 16:09:59 pm
Pero eso se refiere a las vías interurbanas; en las urbanas queda claro que es posible la pernocta donde está autorizado el estacionamiento.


Me acabas de mostrar la luz... No me habia dado cuenta que ese parrafo esta dentro de las interurbanas.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: p en Febrero 05, 2008, 16:33:53 pm
Cita de: Kimu en Febrero 05, 2008, 16:09:59 pm
Pero eso se refiere a las vías interurbanas; en las urbanas queda claro que es posible la pernocta donde está autorizado el estacionamiento.


"son de aplicación a la parado y el estacionamiento en vías interurbanas las normas relativas al modo y forma de ejecución contenidos en el art 91 del reglamento General de Circulación recogido en el punto anterior, así como las consideraciones hechas en relación con el estacionamiento en vías urbanas acerca del la presencia de personas en el interior del vehículo correctamente estacionado, ello sin perjuicio  de la posibilidad de estacionar en áreas de estaciones de servicio o en terrenos privados..."
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Yudealf en Febrero 05, 2008, 16:37:13 pm
Cita de: p en Febrero 05, 2008, 16:33:53 pm
"son de aplicación a la parado y el estacionamiento en vías interurbanas las normas relativas al modo y forma de ejecución contenidos en el art 91 del reglamento General de Circulación recogido en el punto anterior, así como las consideraciones hechas en relación con el estacionamiento en vías urbanas acerca del la presencia de personas en el interior del vehículo correctamente estacionado, ello sin perjuicio  de la posibilidad de estacionar en áreas de estaciones de servicio o en terrenos privados..."


P traduce.... que quieres decir al poner eso???
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: inamai en Febrero 05, 2008, 16:37:41 pm
Cita de: angeles en Febrero 05, 2008, 16:24:10 pm
álvaro.. antes de plastificarlo haces unas copias y las repartes por los municipios que tengas cerca.. registro y copia sellada.

Ya lo siento ser un poco torpe, pero el tema cual es?
-Llevar estas copias al ayuntamiento y luego ke?
agur  .adios
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Dortoka en Febrero 05, 2008, 16:38:00 pm
Esto está que arde!!! .macarra

A ver quien se anima a estacionar correctamente y pernoctar dentro de la fula hoy mismo en algunos de los, hasta hoy, lugares prohibidos y nos cuenta mañana que tal con los de verde y/o azul...
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Yudealf en Febrero 05, 2008, 16:39:27 pm
Cita de: Dortoka en Febrero 05, 2008, 16:38:00 pm
Esto está que arde!!! .macarra

A ver quien se anima a estacionar correctamente y pernoctar dentro de la fula hoy mismo en algunos de los, hasta hoy, lugares prohibidos y nos cuenta mañana que tal con los de verde y/o azul...


eso eso, haber quien le hecha huevos y duerme delante de Turismo del Principado.. jaja.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: p en Febrero 05, 2008, 16:40:25 pm
Cita de: Yudealf en Febrero 05, 2008, 16:37:13 pm
P traduce.... que quieres decir al poner eso???


Nose, pero parece decir, el punto 3.2 que es de aplicación en esas vías interurbanas  lo del punto 3.1
No?

Y con respecto a lo de pernoctar delante de turismo abro la lista.
1.-p .meparto
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Kimu en Febrero 05, 2008, 16:55:12 pm
Cita de: p en Febrero 05, 2008, 16:40:25 pm
Nose, pero parece decir, el punto 3.2 que es de aplicación en esas vías interurbanas  lo del punto 3.1
No?

Y con respecto a lo de pernoctar delante de turismo abro la lista.
1.-p .meparto


(http://img262.imageshack.us/img262/4959/artkl9.png) (http://imageshack.us)

Intuyo que se diferencia entre "estar dentro" o "estar pernoctando"; se supone que puedes estar dentro de día  y no puedes estar dentro de noche. Lo que no sé es si pernoctar es dormir o es hacer "gaupasa" o cualquiera de las dos cosas...
Me queda la duda de la siesta...  .loco2

Dormir delante de Turismo:  .meparto .meparto
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: shuke en Febrero 05, 2008, 16:57:45 pm
yo nunca acampo en mi furgo. Yo siempre estaciono  ;)
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Yudealf en Febrero 05, 2008, 16:58:07 pm
Pues si fuera eso... con no abrir la puerta es suficiente.

Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: inamai en Febrero 05, 2008, 17:11:27 pm
Cita de: Yudealf en Febrero 05, 2008, 16:58:07 pm
Pues si fuera eso... con no abrir la puerta es suficiente.


Y con el techo levantado?
En teoria no sobresale del perimetro de la furgo por lo ke entiendo ke estamos aparcados o estacionados. ¿no?
agur   .adios
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Yudealf en Febrero 05, 2008, 17:13:57 pm
uffff, mejor buscar la definición exacta de perimetro. porque en 2D no habria problema, pero en las 3 dimensiones vete tu a saber que dice el perimetro que es.


edito: pone:

perímetro

   1. m. Contorno de una superficie:
      perímetro exterior de un edificio.
   2. geom. Contorno de una figura:
      perímetro de un trapecio.
   3. Longitud del contorno de una figura o superficie:
      esta sala tiene 50 m de perímetro.

y ahora busco contorno:

contorno

   1. m. Conjunto de líneas que limitan una figura:
      como estaba a contraluz solo distinguía su contorno.


uffff que mal rollo, a mi me da que no se puede.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: elmaridodelola en Febrero 05, 2008, 17:16:02 pm
perímetro=borde, lindero, siempre en proyección vertical
Para mí eso no tiene discusión, ni científica, ni lingüística, y espero que tampoco legal...
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: mahou1979 en Febrero 05, 2008, 17:25:40 pm
No acabo de entender la finalidad de presentar copia en los ayuntamientos  .confuso2
Gracias manolin  ;)
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Manolín en Febrero 05, 2008, 17:27:37 pm
Cita de: inamai en Febrero 05, 2008, 17:11:27 pm
Y con el techo levantado?
En teoria no sobresale del perimetro de la furgo por lo ke entiendo ke estamos aparcados o estacionados. ¿no?
agur   .adios


Mucho se ha hablado de este tema en el foro. Yo soy de la opinión de que SI estás acampado con el techo abierto, pero es tan solo una opinión, hay bastantes otras.

De momento yo dejaría el tema del techo arriba, techo abajo, aparcado hasta esclarecer un poco otros temas.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: TRUMAM en Febrero 05, 2008, 17:32:54 pm
No es cuestión de hacer copias y presentarlas en los Ayuntamientos. Si se presenta algo en un Registro Público es por algo. Yo tengo una Constitución en mi casa y como he leido que hay libertad de circulación, cojo y la presento por Registro en el Ayto. Que venía a registrar la Constitución y quiero una copia sellada. Es una broma, pero presentar la Resolución o lo que sea sin más no tiene sentido y además no lo admitirán sin los requisitos legales (ahora los pongo). Creo que cuando hay tanta gente hay que explicar un poquito mejor las cosas. Por otro lado, no todos los Aytos, CCAA, nos ponen pegas. Hay que atacar sólo a los que nos atacan, juntar toda la fuerza contra esos (es mi opinión). Que un forero ha tenido problemas por aparcar en .......a por ese y con todos los instrumentos posibles. Pongo los requisitos que se requieren en cualquier solicitud:

Ley 30/1992.

Artículo 70 . Solicitudes de iniciación.

1. Las solicitudes que se formulen deberán contener:

A) Nombre y apellidos del interesado y, en su caso, de la persona que lo represente, así como la identificación del medio preferente o del lugar que se señale a efectos de notificaciones.

B) Hechos, razones y petición en que se concrete, con toda claridad, la solicitud.
C) Lugar y fecha.

D) Firma del solicitante o acreditación de la autenticidad de su voluntad expresada por cualquier medio.

E) Organo, centro o unidad administrativa a la que se dirige.

2. Cuando las pretensiones correspondientes a una pluralidad de personas tengan un contenido y fundamento idéntico o sustancialmente similar, podrán ser formuladas en una única solicitud, salvo que las normas reguladoras de los procedimientos específicos dispongan otra cosa.

3. De las solicitudes, comunicaciones y escritos que presenten los interesados en las oficinas de la Administración, podrán éstos exigir el correspondiente recibo que acredite la fecha de presentación, admitiéndose como tal una copia en la que figure la fecha de presentación anotada por la oficina.

4. Las Administraciones Públicas deberán establecer modelos sistemas normalizados de solicitudes cuando se trate de procedimientos que impliquen la resolución numerosa de una serie de procedimientos. Los modelos mencionados estarán a disposición de los ciudadanos en las dependencias administrativas. Los solicitantes podrán acompañar los elementos que estimen convenientes para precisar o completar los datos del modelo, los cuales deberán ser admitidos y tenidos en cuenta por el órgano al que se dirijan.


¿Y si preparo unos modelitos y cuando un forero tenga problemas nos unimos para un buen contraataque?

Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: inamai en Febrero 05, 2008, 17:34:37 pm
Cita de: elmaridodelola en Febrero 05, 2008, 17:16:02 pm
perímetro=borde, lindero, siempre en proyección vertical
Para mí eso no tiene discusión, ni científica, ni lingüística, y espero que tampoco legal...


Si pero yo entiendo ke aun con el techo levantado no sobresale el perimetro por lo tanto estoy legal al igual ke con el techo levantado ya ke es un vehiculo vivienda y por lo tanto puedo levantar el techo y habitar el ella.

agur   .adios
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: inamai en Febrero 05, 2008, 17:36:38 pm
Cita de: TRUMAM en Febrero 05, 2008, 17:32:54 pm
No es cuestión de hacer copias y presentarlas en los Ayuntamientos. Si se presenta algo en un Registro Público es por algo. Yo tengo una Constitución en mi casa y como he leido que hay libertad de circulación, cojo y la presento por Registro en el Ayto. Que venía a registrar la Constitución y quiero una copia sellada. Es una broma, pero presentar la Resolución o lo que sea sin más no tiene sentido y además no lo admitirán sin los requisitos legales (ahora los pongo). Creo que cuando hay tanta gente hay que explicar un poquito mejor las cosas. Por otro lado, no todos los Aytos, CCAA, nos ponen pegas. Hay que atacar sólo a los que nos atacan, juntar toda la fuerza contra esos (es mi opinión). Que un forero ha tenido problemas por aparcar en .......a por ese y con todos los instrumentos posibles. Pongo los requisitos que se requieren en cualquier solicitud:

Ley 30/1992.

Artículo 70 . Solicitudes de iniciación.

1. Las solicitudes que se formulen deberán contener:

A) Nombre y apellidos del interesado y, en su caso, de la persona que lo represente, así como la identificación del medio preferente o del lugar que se señale a efectos de notificaciones.

B) Hechos, razones y petición en que se concrete, con toda claridad, la solicitud.
C) Lugar y fecha.

D) Firma del solicitante o acreditación de la autenticidad de su voluntad expresada por cualquier medio.

E) Organo, centro o unidad administrativa a la que se dirige.

2. Cuando las pretensiones correspondientes a una pluralidad de personas tengan un contenido y fundamento idéntico o sustancialmente similar, podrán ser formuladas en una única solicitud, salvo que las normas reguladoras de los procedimientos específicos dispongan otra cosa.

3. De las solicitudes, comunicaciones y escritos que presenten los interesados en las oficinas de la Administración, podrán éstos exigir el correspondiente recibo que acredite la fecha de presentación, admitiéndose como tal una copia en la que figure la fecha de presentación anotada por la oficina.

4. Las Administraciones Públicas deberán establecer modelos sistemas normalizados de solicitudes cuando se trate de procedimientos que impliquen la resolución numerosa de una serie de procedimientos. Los modelos mencionados estarán a disposición de los ciudadanos en las dependencias administrativas. Los solicitantes podrán acompañar los elementos que estimen convenientes para precisar o completar los datos del modelo, los cuales deberán ser admitidos y tenidos en cuenta por el órgano al que se dirijan.


¿Y si preparo unos modelitos y cuando un forero tenga problemas nos unimos para un buen contraataque?


Perfecto  .bien .bien  .palmas .palmas
agur
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Manolín en Febrero 05, 2008, 17:39:10 pm
Joer Truman, mensajes como el tuyo son los que hacen falta y dejar de especular.

Cita de: inamai en Febrero 05, 2008, 17:34:37 pm
Si pero yo entiendo ke aun con el techo levantado no sobresale el perimetro por lo tanto estoy legal al igual ke con el techo levantado ya ke es un vehiculo vivienda y por lo tanto puedo levantar el techo y habitar el ella.

agur   .adios


Yo pienso que no, es más, te diría que por el hecho de tener una ventanilla bajada ya se considera acampada. Pero como digo, por favor, dejemos esto para otros hilos.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Vitus en Febrero 05, 2008, 17:41:36 pm
Cita de: TRUMAM en Febrero 05, 2008, 17:32:54 pm

¿Y si preparo unos modelitos y cuando un forero tenga problemas nos unimos para un buen contraataque?



me parece perfecto!! si señor  .palmas .palmas

Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: eneko en Febrero 05, 2008, 17:49:01 pm
Opino igual que mahou, manolín y truman...

Un apunte.. antes teníamos unos papeles con leyes y ordenanzas preparados en las furgos. Un día en el palmar vinieron a echarnos y si no nos íbamos nos multaban. Creo recordar que Nadja los enseñó y explicó a los policías que vinieron.

El hecho es que dijeron que sí que bien pero que tenían orden de "desalojarnos" por lo tanto puerta para otro sitio.

Debemos recordad que vamos a disfrutar y no a amargarnos... intentemos en la medida de lo posible no sofocarnos con estos temas. Si viene alguien a echarnos, les explicamos como no está en poder de la razón, si lo entiende bien y si no pues también.. a otro sitio...

Tampoco es plan de "encabronarnos". A mí me tocó el forestal de turno que me despertó bajho ningún motivo y casi le agarro del cuello lo que no me hubiera valido de nada, al revés... hay que respirar 3 veces, agarrar el portante y tirar a otro lado y luego el lunes en casita tranquilamente escribimos a quien estimemos oportuno para quejarnos de la situación vivida.

Lo mismo si nos sancionan en el acto. Cosa que nunca ocurre...o casi nunca...

pasito a pasito se cría el arbolito...

Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: eneko en Febrero 05, 2008, 17:55:29 pm
Citar¿Si fuera posible que, por una vez, hagamos algo en común  que no tiene que ver con compras y quedadas y que no beneficia a alguien en particular y sí a todos en general ?


Eso lo verás tú así.. lo siento... pero creo que se han hecho y se hacen muchas cosas por el bien común desde hace más de 4 años.

Es que ya he leído esto del orden de 4 ó 5 veces y vaya....

Que lo mande quien estime oportuno y ya está!
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Vitus en Febrero 05, 2008, 18:01:04 pm
Cita de: eneko en Febrero 05, 2008, 17:49:01 pm

tenían orden de "desalojarnos" por lo tanto puerta para otro sitio.



esas órdenes de desalojo o de registro deben presentarlas ellos y (creo) tienen que estar firmadas por un juez
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: ooznak en Febrero 05, 2008, 18:09:03 pm
mande?

o sea ... en mi pueblo no aparca ni una mísera autocaravana... ni hay problemas.... y quieres que lleve un documento al ayuntamiento?

no es más lógico hacer las cosas con más "cabeza" ??
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: mahou1979 en Febrero 05, 2008, 18:11:17 pm
querida angeles,la demagogia para los politicos, q ya esta bien lo suyo
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Cuatroymiedo en Febrero 05, 2008, 18:13:40 pm
Esta Instruccion sirve sobre todo, para hacer recursos con fundamento legal, querer informar a los ayuntamientos acerca de una Instruccion de trafico no servira de mucho, seguiran haciendo lo que les parezca bien en defensa del interes general y denunciando por si acaso, eso si con esta Instruccion tenemos un recurso de mucho peso practicamente listo para firmar y eso si nos es de mucha utilidad.

Una vez un GC me dijo que estar durniendo dentro de la furgo sin nada fuera y en lugar habilitado como aparcamiento de uso general lo estaban considerando acampada, lo flipe y me tube que joder, el GC me seguira denunciando igualmente pero el recurso ahora es mucho mas defendible, eso es lo util de este asunto.

Por lo demas, lamento interrumpir, pero ¿solo a mi me jode lo del limite de velocidad?, pa que te quiero 6ª marcha, el que la tenga, ahi van puntos y sanciones directas de mucho dinero.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Tycho en Febrero 05, 2008, 18:15:43 pm
Truman,

Me parece bien la idea de tener un modelo, ya medio preparado. En el caso de que en un municipio tengamos problemas, sobre la marcha podemos presentarlo.

Saludos
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: TRUMAM en Febrero 05, 2008, 18:16:23 pm
El Defensor del Pueblo (Estatal y Autonómicos), es una (otra) buena opción, no os imagináis el por...lo que da (a los Aytos) y siempre contesta y pide informes, eleva propuestas a las Cortes, es gratis... Este será unos de los modelos que redactaré para que el forero que libremente lo/s quiera, me lo/s pida  y encantado se los remitiré a título personal. Ahora estoy con otras cosas pero en cuanto pueda me pongo a recopilar información (que hay mucha en el foro) y me pongo con ello. Saludos.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: fordfita en Febrero 05, 2008, 18:19:41 pm
Mil gracias TRUMAN  .palmas .palmas .palmas
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Tycho en Febrero 05, 2008, 18:20:05 pm
Gracias Truman

Saludos,
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: eneko en Febrero 05, 2008, 18:21:14 pm
Cita de: angeles en Febrero 05, 2008, 18:04:34 pm
Gracias...


De nada hombre...

Es que por repetir todo el rato lo mismo no se adquiere más razón. Ya ha quedado claro la conveniencia que estiman algunos en enviar dicho documento a nuestros ayuntamientos y por otro lado la visión de que pueda parecer innecesario.

Yo en la comarca que vivo soy consciente de la permisividad actual que hay e incluso el deseo de promover la creación de áreas de autocaravanas al igual que en comarcas adyancentes y por tanto no estimo oportuno "alertar" a los ayuntamientos.

Si estuviera en el caso de vivir en un municipio con problemas de interpretación de la ley sí que me acercaría para hablar del tema con el concejal de turismo sin problema alguno y como yo creo que mucha gente lo hará o lo haría sin necesidad de hacer un llamamiento general a filas...

El problema es el que es.. por un lado se arregla y por otro se rompe más.. entiendo que el proceso es lento y se avanza aunque pensemos que no pues es lo que difunden las asociaciones de autocaravanismo.

En Andalucía hay una ley similar a la de Asturias si no estoy equivocado, a través de Asandac se ha interpuesto con éxito el único recurso al único socio denunciado este año en huelva por "pernoctar".

Hay alarma infundada o real? es que es lo que debemos ser conscientes. Nos echan, nos toman los datos, etc.. pero llegan las denuncias? en que %? creo que en un % muy bajo y en municipios muy concretos de España y que se pueden contar con los dedos de una mano.

Más ejemplos....En la zona de Motril o costa tropical granadina, se ha confirmado institucionalmente que las señales de prohibido Ac´s están fuera de ordenanza y empiezan a comprender el "problema"

En la zona del campo de gibraltar hay un plan de sostenibilidad para con el turismo en autocaravana

Existe un pacto de convivencia asumido por los autocaravanistas andaluces del que se tiene constancia en multitud de municipios y del que se está teniendo una gran acogida

Por suerte vivo en una comunidad que vive por y para el turismo sea de la forma que sea. Tenemos poco a poco áreas de ac´s en muchos lugares de nuestra geografía y si bien es cierto que de unos sitios te echan, en otros te esperan con los brazos abiertos

El otro día comentamos que hay que empezar por uno mismo a cuenta de lo del civismo y parecíamos tontos por proponer un decálogo de buena práctica del turismo camper... pues bien señores si yo estoy en una playa de cádiz con todos los colegas con toldos, mesas, etc y vienen a echarme pues no me mosqueo ni los que vienen son brazos del estado opresor fascista... kojones que rara vez estás con tu furgo tranquilito sin nada por medio y vienen a multarte.. seamos también serios en lo que decimos.

Que yo sepa soy el único que ha contado en el foro que le hayan tomado los datos en un parking a las 10 de la mañana con la furgo cerrada a cal y canto ni techo ni historias... para una vez que no estoy haciendo el rumano vienen a por mí.... casos similares? pues la verdad que no me constan... el resto de veces que me han echado.. por dominguero y así lo asumo

Las cosas de palacio van despacio y como miembro de la paca lo sabes y estás al tanto.... creo que esta vez se está armando un jaleo desmedido sobre este tema llevados por las ganas de atajar el asunto a la voz de ya y que a nosotros creo que nos pilla un poco tarde o a destiempo como poco.




Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Yudealf en Febrero 05, 2008, 18:22:36 pm
Cita de: TRUMAM en Febrero 05, 2008, 18:16:23 pm
El Defensor del Pueblo (Estatal y Autonómicos), es una (otra) buena opción, no os imagináis el por...lo que da (a los Aytos) y siempre contesta y pide informes, eleva propuestas a las Cortes, es gratis... Este será unos de los modelos que redactaré para que el forero que libremente lo/s quiera, me lo/s pida  y encantado se los remitiré a título personal. Ahora estoy con otras cosas pero en cuanto pueda me pongo a recopilar información (que hay mucha en el foro) y me pongo con ello. Saludos.


eso si que es verdad, nosotros tuvimos un problema con la Timofonica, y tras acudir a ellos nos dejaron en paz.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: eneko en Febrero 05, 2008, 18:39:08 pm
Datos objetivos en Andalucía:



En el 99% de los municipios de la comunidad puedes ir con tu camper o con tu ac sin el menor problema y siendo bien acogido.

Las áreas que he podido visitar, a excepción de la de Sierra Nevada, estaban siempre vacías. Claro es que se está mejor a pie de playa...

Para que se hagan más áreas de ac´s en primer lugar se hacen en pueblos pequeñitos a los que les interesa la promoción turística. De ahí a los grandes y después a las ciudades... pues si no vamos a las áreas existentes, los municipios que no las tienen contrastan datos con sus vecinos y desestiman su conveniencia. Por tanto debemos hacer lo posible por visitar aquellos municipios que nos acogen bien.

En este mismo foro están contabilizados lugares en los que pernoctar sin el más mínimo problema en las ciudades de Córdoba, Granada, Sevilla y Cádiz. Todas las propuestas en pleno centro y con problemas legales = 0

Creo que además no hay un punto turístico de interés de primer orden que se quede fuera de ser visitado por la presión institucional....

Ahora.. Sr. Manuel Chaves.... agarresé que en 4 días montamos una manifestación en el parque M Luisa de Sevilla!.... no fastidies...

Creo que estos datos son extrapolables a cualquier comunidad del resto del estado... aún hay "problema" pero no viene Stalin a por nosotros...

Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: TRUMAM en Febrero 05, 2008, 18:55:02 pm
Eneko, los mensajes lo tienes preparados? (madre mía) Es eso, no vale mandar hoy 8000 escritos (hay más de 8000 municipios) y  mañana tocarnos la barriga. Poquito a poco creo que es mejor. Un solo recurso puede hacer ilegales todas las Ordenanzas Municipales sobre esta materia. UNO SOLO. Un solo informe del Defensor de Pueblo puede hacer que los (pocos) Alcaldes y Presidentes de CCAA  que nos joden se lo piensen al resolver el recurso a una multa por estas cuestiones. (entiendo que la multa la seguirán poniendo hasta que un juzgado se pronuncie de forma clara) Ni todo está prohibido, ni todo permitido. Angeles, no te enfades, pero siguiendo tu ejemplo: si alguien propone una compra conjunta de portabicis, fusibles, placa solar, Wc, depósitos... todo junto, creo que no tendría ninguna aceptación. Por separado y bien definido ya lo has visto. Creo que te intentaban explicar eso. Definimos, concretamos, estudiamos y atacamos (el que quiera). Bueno y trabajamos que vaya tarde llevo y además con un tema que como se resuelva como espero...la que vamos a liar.

Saludos de truman (que es otro forero) TRUMAN y míos también, jaja
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: AlvaroT3 en Febrero 05, 2008, 19:03:54 pm
cartita que acabo de enviar al alcalde de cadaques

sr. Alcalde, ante la señal de trafico (ilegal) que ha puesto usted a la entrada de su municipio, le remito a que se lea la instruccion 08/v-74 del Ministerio del Interior referente a las autocaravanas. Por si no es capaz de encontrarla, le adjunto el enlace con el fin de facilitarle el trabajo:
http://www.aseicar.org/archivos/varios/Normativa%20Trafico%20Autocaravanas.pdf
  y si por lo que sea, no entiende esa normativa, estaré encantadisimo de ilustrarle y explicarsea.  Para hacerle un rapidisimo resumen, usted debe quitar esa señal.
Un cordialisimo saludo


apuestas a que no tiene la cortesia de contestarme
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: shuke en Febrero 05, 2008, 19:09:07 pm
Cita de: alvarogares en Febrero 05, 2008, 19:03:54 pm
cartita que acabo de enviar al alcalde de cadaques

sr. Alcalde, ante la señal de trafico (ilegal) que ha puesto usted a la entrada de su municipio, le remito a que se lea la instruccion 08/v-74 del Ministerio del Interior referente a las autocaravanas. Por si no es capaz de encontrarla, le adjunto el enlace con el fin de facilitarle el trabajo:
http://www.aseicar.org/archivos/varios/Normativa%20Trafico%20Autocaravanas.pdf
  y si por lo que sea, no entiende esa normativa, estaré encantadisimo de ilustrarle y explicarsea.  Para hacerle un rapidisimo resumen, usted debe quitar esa señal.
Un cordialisimo saludo


apuestas a que no tiene la cortesia de contestarme


.palmas .palmas .palmas
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: EA1EF en Febrero 05, 2008, 19:41:05 pm
Vamos a ver!     ¿es que a nadie le ha llamado la atencion esto?:

"estos límites serían aplicables a las autocaravanas que circulen sin remolque , clasificadas en su tarjeta de ITV con los siguientes códigos:

3148 (vehiculo mixto vivienda)
3200 (autocaravana sin especificar de MMA menor o igual a 3500 Kg.)
3248 (autocaravana vivienda de MMA menor o igual a 3500 Kg.)"


Cuando ya creía haber visto la luz con el trámite de modificacion de mi VW T4 TDI 102CV de 3148 (vehiculo vivienda) a 3248 (turismo vivienda) me doy el ostion de bruces contra esta curiosa interpretacion. Yo me planteo si aun queda algun resquicio de optimismo:

1º -Se supone que el reglamento de circulacion cuando limita las velocidades  habla de "turismos" por un lado y de "vehiculos derivados del turismo y vehiculos mixtos adaptables" en el texto se habla de autocaravanas, pero tambien se habla de que "su longitud oscila habitualmente entre los 5,5m y los 8 m, y su altura media esta en torno a los 3 m y su MMA es frecuentemente 3.500kg incluso superior, caracteristicas constructivas que nada tienen que ver con un turismo medio...."

2º en el escrito sorprendentemente se habla de las "camper" y aqui queda depositada toda nuestra esperanza: "Por todo ello, sin perjuicio de la existencia de furgones de serie cuyo interior ha sido acondicionado como vivienda comúnmente conocidos como "camper", puede concluirse que las autocaravanas son normalmente "vehiculos especiales de la caregoría M1"..."

Por tanto y como conclusion, cabe revisar todo este asunto para tratar de esclarecer donde estan los límites entre las "camper" o "furgos" y las autocaravanas. En mi caso que estoy en pleno cambio de mixto a turismo necesitaría saber que codigo pedir para poder alcanzar las velocidades de turismo. Creo que es legítimo diferenciar ambos casos en cuanto a las velocidades, todo ello a pesar de que suelo ajustar mi tempomat entre 100 y 110Km/h, pero de cara a rádares y demas lo veo muy importante.

Imagino que el camino está por las medidas exteriores, MMA, equipo de seguridad, neumáticos, etc...
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Esmolante en Febrero 05, 2008, 20:13:03 pm
 Creo que estáis vendiendo la piel del oso antes de cazarla.

Lo único que hemos conseguido es que ningún municipal nos pueda echar de un sitio durante el día por el mero hecho de ser caravana.

Ni tan siquiera hemos conseguido, con esta redacción, que sea legal el dormir dentro en vías urbanas. Puedes estacionar, permanecer dentro...pero dormir NO (según la ley de Costas y de Turismo del Principado...entre otras).

En vías urbanas, que en interurbanas (lo que más interesa) no se ha conseguido nada.

Hasta ahora, sobre todo las camper, que pasamos más desapercibidas, podíamos dormir en poblado sin problemas.

De verdad, creo que esto ha sido un avance muy muy pequeño. A las furgos casi que ni nos afecta respecto a la situación anterior.

Seguimos fuera de la ley, teniendo que ocultarnos o confiar en la permisividad de la Guardia Civil.

No veo el motivo de alegría por ninguna parte, la verdad.

Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: minero en Febrero 05, 2008, 20:18:25 pm
 ??? bueno, e leído todo lo referente a lo publicado sobre estacionamiento y parada (pernocta), y claro está, lo que nos afecta como usuarios de furgonetas-camper, así, que me explico:
*   primero, no soy abogado ni experto en esta materia legislativa.
*   tengo mucha experiencia sobre parar, estacionar, y acampar , con furgo-camper.
*   llevo años con este eterno problema, pero...  (por ejemplo) de 100 veces, dos, me e tenido que largar.
*   motivos de esas 2 veces, una, el agente manifestó, "que el, solo cumplía órdenes, la otra... el agente manifestó, "si no está usted conforme, primero obedezca, y luego haga un escrito al ayuntamiento, con su queja.
*   las 98 restantes... no nos han dicho nada, eran agentes-personas, eran agentes con criterio própio, y sobre todo... nunca acampo cerca de un camping, y si no tengo otra solución, procuro estar lo mas camuflado posible.
*   lo que no haré nunca es, discutir o entrar en polémica con los agentes (sean del cuerpo que sean), por que hay muchas leyes, viejas y nuevas, pero lo que no puedes hacer, es, desobedecer las órdenes del agente de la autoridad, por que se incurre en delito, y por un delito, hasta te pueden detener.
*   tened paciencia, es un proceso lento, pero los pocos ayuntamientos que no entiende eso de que también es turismo, lo que portan las autocaravanas, y las furgocampers, lo irán entendiendo, y no tardarán mucho, por que en españa actualmente, y mas en futuro, solo viviremos del turismo, no tenemos nada que no sea de las multinacionales, y las multinacionales... se están yendo a países donde aún existe esclavitud, aunque esa esclavitud la adornen con danzas y músicas típicas.  
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: CARPEDIEM en Febrero 05, 2008, 20:22:23 pm
Buenasss
Perdonad que irrumpa en este optimismo general pero, que el hecho de que por parte de tráfico traten de aclarar a través de una instrucción un tema es algo que les honra y que muestra cierta buena intención pero os recuerdo que las competencias de tráfico en los municipios son exclusivas de los ayuntamientos, es decir, si por ejemplo mi ayuntamiento (castrillón-Asturias), recibe esa instrucción y decide pasarsela por el arco del triunfo pues perfectamente puede hacerlo. Se ordena a la policia local sancionar por la ley de turismo famosa y carretera.
¿Que es recurrible? pues venga recurre una ley en principio vigente y legal con una instrucción de tráfico.
Que les podemos tocar los cojones con la circular?, tambien le daremos a algún ayuntamiento la solución definitiva para que no aparquemos, vale con que coloquen una señal perfectamente legal, por ejemplo "prohibido estacionar excepto turismos en bateria". Les cuesta una mierda y ya tiene la excusa, perfectamente  legal, regulado por ordenanza y no contraria a la ley de tráfico... o no....
¿Que les costaria, y hablo para los que conozcan la playa de salinas por ejemplo, colocar este tipo de señales desde el nautico a los gauzones? ¿seria ilegal?.
Pa los que no sepan de donde hablo que se hagan a la idea de un paseo de playa de 1km de largo con sus edificios y sus 500 plazas de estacionamiento vacias 8 meses al año.
Luego le añadimos la "discrecionalidad policial" es decir que denuncien cuando se les mande o que no denuncien en verano o... lo que sea, y ya tenemos el problema resuelto a dormir al interior.
Con esto quiero decir que no es solución ir a los ayuntamientos con la circular, soy mas partidario del "buen rollito", llevarla en la furgo, que vienen a denunciarte, pues la enseñas le dices que te la paso un colega que es local en benidorm y que con toda la buena intención creias que se podía.
Lo que queria decir más o menos en resumen es que las instrucciones de tráfico en los municipios.... a voluntad de Alcalde o del Agente de la Local correspondiente
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: T3Power en Febrero 05, 2008, 20:42:15 pm
Cita de: angeles en Febrero 05, 2008, 17:53:17 pm
¿Si fuera posible que, por una vez, hagamos algo en común  que no tiene que ver con compras y quedadas y que no beneficia a alguien en particular y sí a todos en general ?


Noto una cierta persecución a las compras conjuntas... Ya lo he leído varias veces y no entiendo esa aceptación negativa a una compra conjunta...
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Yudealf en Febrero 05, 2008, 20:46:26 pm
Siempre me han dicho, que las multas que te ponen la policia local de una ciudad en la que no estas empadronado no llegan, una vez me ocurrio. Es esto cierto? O eso pasaba antes y ya no??
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: T3Power en Febrero 05, 2008, 20:51:07 pm
Cita de: Yudealf en Febrero 05, 2008, 20:46:26 pm
Siempre me han dicho, que las multas que te ponen la policia local de una ciudad en la que no estas empadronado no llegan, una vez me ocurrio. Es esto cierto? O eso pasaba antes y ya no??


Yo no estoy empadronado en Vigo y tengo 2 multas encima de la mesa sin pagar todavía...

Con eso te lo digo todo  :D

saludos.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: eneko en Febrero 05, 2008, 20:52:02 pm
Cita de: Yudealf en Febrero 05, 2008, 20:46:26 pm
Siempre me han dicho, que las multas que te ponen la policia local de una ciudad en la que no estas empadronado no llegan, una vez me ocurrio. Es esto cierto? O eso pasaba antes y ya no??


Da igual que las envíen que no.. si salen publicadas en el boletín oficial de la provincia donde te sancionan ten seguro que te la sacarán vía declaración IRPF más tarde o más temprano.

Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Citroen 8 en Febrero 05, 2008, 20:57:23 pm
pues eso de las multas no es exactamente asi: las multas pueden llegar pero si no las pagas ,los ayuntamientos no tienen capacidad ejecutiva para hacerlas cobrar si no eres residente en esa comunidad autonoma o provincia o municipio ( esto ultimo no lo tengo muy claro)
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: T3Power en Febrero 05, 2008, 21:04:57 pm
Cita de: Citroen 8 en Febrero 05, 2008, 20:57:23 pm
pues eso de las multas no es exactamente asi: las multas pueden llegar pero si no las pagas ,los ayuntamientos no tienen capacidad ejecutiva para hacerlas cobrar si no eres residente en esa comunidad autonoma o provincia o municipio ( esto ultimo no lo tengo muy claro)


Pero ya lo explicado eneko en el mensaje anterior...

si no pagas, se publica en el Boletín Oficial y como muy tarde en la declaración "se las cobran".

A mi me pasaron una por la cuenta despues de unos 9 meses. Ni cortos ni perezosos. Cargo en cuenta y chao...

Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: pollo en Febrero 05, 2008, 21:06:19 pm
A mi multas de otras regiones y municipios me las han cobrado via recaudacion publica, o se ase Hacienda que es de todos.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: marcosgeol en Febrero 05, 2008, 21:09:31 pm
creo que muchos estais confundidos con las competencias de los ayuntamentos en cuanto al estacionamiento. los ayuntamientos solo pueden regular el trafico de dos maneras: la primera limitando el tiempo de aparcamiento para que los vehiculos roten (zona azul, las de aparcar solo en una quincena, etc...) y otra para no entorpecer el trafico limitando el aparcemiento a vehiculos en funcion de su MMA o de sus dimensiones exteriores. estas cosas ya se expecifican en el codigo de circulacio. este codigo tiene un rango superior a las leyes de las comunidades autonomas y  a las ordenanzas municipales. por lo tanto siempre ha estado permitido estacionar la autocavana en los pueblos, pero los ayuntamientos, siguiendo las directrices de algunos empresarios del turismo, hacia caja con las multas. la diferencia ahora es que si la GC ya no entra en este juego, se supone que los verdes no multaran y los locales seguiran haciendo lo que les ordene el alcalde de turno.
otra cosa es lo que hemos hecho muchas veces, estar a pie de playa. si no es una zona delimitada como estacionamiento, ahi puede haber problemas con la ley de costas.... si estamos en aparcamiento delimitado no deberian multarnos por muy cerca que estemos del mar.

de todas formas, esto es muy util para los recursos porque en en solo documento aclara perfectamente que las ordenanzas municipales y las leyes autonomicas, se estan metiendo en cuestiones sobre las que no tiene competencia. pero lo ideal seria que no tuvieramos que desalojar ciertos sitios y pasar por el aro de la autoridad de turno, que nos dejaran disfrutar de nuestra velada.

tener en cuenta, que en ocasiones es nuestro comportamiento el que induce a que nos echen de ciertos sitios aunque legalmente podamos estar.

yo creo que este documento es un paso importantisimo para que nuestros derechos sean respetados, pero todo lleva su tiempo.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: marcosgeol en Febrero 05, 2008, 21:12:40 pm
en cuanto a lo de las multas, a mi me embargaron el sueldo en alicante por una multa de aparcamiento en oviedo de hacia casi tres años.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: TRUMAM en Febrero 05, 2008, 21:16:42 pm
Cita de: Citroen 8 en Febrero 05, 2008, 20:57:23 pm
pues eso de las multas no es exactamente asi: las multas pueden llegar pero si no las pagas ,los ayuntamientos no tienen capacidad ejecutiva para hacerlas cobrar si no eres residente en esa comunidad autonoma o provincia o municipio ( esto ultimo no lo tengo muy claro)


No es del todo correcto lo que dices. Lo más fácil es embargo de cuenta. Lo que comentas puede aplicarse, por ejemplo, cuando tienes que hacer un precinto de un vehículo en otro término municipal. La Policía Local no puede hacerlo pero solicitas la colaboración (regulada por ley) del pueblo en el que se encuentra el vehículo y listo (aunque esto no lo he visto nunca). Como sea multa de GC te llega por Hacienda seguro. Los municipios funcionan más sobre cuentas bancarias. Y no pongo artículos que se aburre el personal.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: eneko en Febrero 05, 2008, 21:41:44 pm
Me temo que los ayuntamientos lo tienen bien fácil... pueden regular el aparcamiento en dependencia de horario.

Si se pone de moda el prohibir el estacionamiento en parkings de zonas turísticas, playas, etc de 00:00 a 8:00 ya sí que podemos dormir de pie...

Pero vamos que es lo que hablaba minero y simplemente los locales vienen a donde nosotros "porque les han enviado" les enseñas papeles y argumentas tu situación como legal y sencillamente se encogen de hombros.

Eso sucede pero en puntos concretos de elevada afluencia de furgos y ac´s y no es ni mucho menos la generalidad. Sigo diciendo que no existe persecución alguna.

Estamos pasando de vender 10 ac´s al año a vender 10mil... pues todo llevará su tiempo y se regulará con precisión como puede ocurrir en Francia que consta de infinitas instalaciones para pernoctar pero donde es imposible hacerlo por libre fuera de dichas instalaciones bajop amenaza de sanción.

Sobre las multas... sí cierto.. los municipios embargan las cuentas y tráfico la renta...


Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Malagacamper en Febrero 05, 2008, 22:09:44 pm
Cita de: EA1EF en Febrero 05, 2008, 19:41:05 pm
Vamos a ver!     ¿es que a nadie le ha llamado la atencion esto?:

"estos límites serían aplicables a las autocaravanas que circulen sin remolque , clasificadas en su tarjeta de ITV con los siguientes códigos:

3148 (vehiculo mixto vivienda)
3200 (autocaravana sin especificar de MMA menor o igual a 3500 Kg.)
3248 (autocaravana vivienda de MMA menor o igual a 3500 Kg.)"


Cuando ya creía haber visto la luz con el trámite de modificacion de mi VW T4 TDI 102CV de 3148 (vehiculo vivienda) a 3248 (turismo vivienda) me doy el ostion de bruces contra esta curiosa interpretacion. Yo me planteo si aun queda algun resquicio de optimismo:

1º -Se supone que el reglamento de circulacion cuando limita las velocidades  habla de "turismos" por un lado y de "vehiculos derivados del turismo y vehiculos mixtos adaptables" en el texto se habla de autocaravanas, pero tambien se habla de que "su longitud oscila habitualmente entre los 5,5m y los 8 m, y su altura media esta en torno a los 3 m y su MMA es frecuentemente 3.500kg incluso superior, caracteristicas constructivas que nada tienen que ver con un turismo medio...."

2º en el escrito sorprendentemente se habla de las "camper" y aqui queda depositada toda nuestra esperanza: "Por todo ello, sin perjuicio de la existencia de furgones de serie cuyo interior ha sido acondicionado como vivienda comúnmente conocidos como "camper", puede concluirse que las autocaravanas son normalmente "vehiculos especiales de la caregoría M1"..."

Por tanto y como conclusion, cabe revisar todo este asunto para tratar de esclarecer donde estan los límites entre las "camper" o "furgos" y las autocaravanas. En mi caso que estoy en pleno cambio de mixto a turismo necesitaría saber que codigo pedir para poder alcanzar las velocidades de turismo. Creo que es legítimo diferenciar ambos casos en cuanto a las velocidades, todo ello a pesar de que suelo ajustar mi tempomat entre 100 y 110Km/h, pero de cara a rádares y demas lo veo muy importante.

Imagino que el camino está por las medidas exteriores, MMA, equipo de seguridad, neumáticos, etc...


En la tarjeta tecnica de mi California aparece como clasificación 1048 Turismo Vivienda

1048 no aparece en esta normativa de tráfico, ¿debo suponer que mi furgo tiene el mismo trato que un coche normal y corriente?
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Malagacamper en Febrero 05, 2008, 22:21:01 pm
Me contesto a mí mismo. Acabo de bajar al garaje a por los papeles de nuestro otro coche y no coinciden.

Es un VW Golf normal y corriente y pone clasificacion 1000 Turismo así que con mi clasificación 1048 turismo vivienda en la California no sé donde me quedo porque no aparezco.  :-[
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Manolín en Febrero 05, 2008, 22:23:56 pm
Cita de: Malagacamper en Febrero 05, 2008, 22:09:44 pm
En la tarjeta tecnica de mi California aparece como clasificación 1048 Turismo Vivienda

1048 no aparece en esta normativa de tráfico, ¿debo suponer que mi furgo tiene el mismo trato que un coche normal y corriente?


Tu furgo es a todos los efectos exactamente igual que un coche normal y corriente, las velocidades serían las genéricas de la vía.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: TRUMAM en Febrero 05, 2008, 22:25:26 pm
Cita de: marcosgeol en Febrero 05, 2008, 21:09:31 pm
creo que muchos estais confundidos con las competencias de los ayuntamentos en cuanto al estacionamiento. los ayuntamientos solo pueden regular el trafico de dos maneras: la primera limitando el tiempo de aparcamiento para que los vehiculos roten (zona azul, las de aparcar solo en una quincena, etc...) y otra para no entorpecer el trafico limitando el aparcemiento a vehiculos en funcion de su MMA o de sus dimensiones exteriores. estas cosas ya se expecifican en el codigo de circulacio. este codigo tiene un rango superior a las leyes de las comunidades autonomas y  a las ordenanzas municipales. por lo tanto siempre ha estado permitido estacionar la autocavana en los pueblos, pero los ayuntamientos, siguiendo las directrices de algunos empresarios del turismo, hacia caja con las multas. la diferencia ahora es que si la GC ya no entra en este juego, se supone que los verdes no multaran y los locales seguiran haciendo lo que les ordene el alcalde de turno.
otra cosa es lo que hemos hecho muchas veces, estar a pie de playa. si no es una zona delimitada como estacionamiento, ahi puede haber problemas con la ley de costas.... si estamos en aparcamiento delimitado no deberian multarnos por muy cerca que estemos del mar.

de todas formas, esto es muy util para los recursos porque en en solo documento aclara perfectamente que las ordenanzas municipales y las leyes autonomicas, se estan metiendo en cuestiones sobre las que no tiene competencia. pero lo ideal seria que no tuvieramos que desalojar ciertos sitios y pasar por el aro de la autoridad de turno, que nos dejaran disfrutar de nuestra velada.

tener en cuenta, que en ocasiones es nuestro comportamiento el que induce a que nos echen de ciertos sitios aunque legalmente podamos estar.

yo creo que este documento es un paso importantisimo para que nuestros derechos sean respetados, pero todo lleva su tiempo.


Empezamos, como en otros temas sobre el mismo asunto, a tocar todo y parece más bien un foro de abogados que de furgoneteros. Yo creo que no deberíamos "discutir" sobre competencias, ilegalidades, cobro de multas...pues por mucho que se ponga aquí de poco servirá, y lo único que conseguiremos es que el tema esté en el olvido en poco tiempo, con cabreo de alguno/a de nosotros. Yo se que en el foro hay un recurso muy bueno sobre acampada, información concreta para fundamentar un buen escrito, recurso o conversación. Podemos, entre todos, buscar esa información y la vamos poniendo aquí que seguro que es más productivo.

El tema que estamos viendo no está claro. Se está trabajando, aclarando.. y fruto de ello ha sido esta Instrucción de la que deberíamos hablar y armonizar con lo que ya sabemos. Que no está claro, cualquiera a título particular le escribe a la Ministra o Director de turno y puede que se aclare un poco más. Como empecemos con competencias ....no llegaremos a ningún sitio.

Pongo parte de un artículo, del que hay bastantes libros   dedicados en exclusiva a su estudio. Unos autores dicen una cosa, otros otras..y sólo cuando hay jurisprudencia se puede afirmar que algo es lo que es o es lo que ha dicho un Tribunal.

LEY DE BASES DE REGIMEN LOCAL
Artículo 25.

1. El Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal.

2. El Municipio ejercerá, en todo caso, competencias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las siguientes materias:

a. Seguridad en lugares públicos.

b. Ordenación del tráfico de vehículos y personas en las vías urbanas.


Alguien puede afirmar que entra y que no entra dentro de esa ordenación del tráfico y como debe interpretarse una vez visto el  desarrollo por leyes sectoriales. Pues menudo tema para una tesis. Señales, pues ya sabemos que no, aparcamiento limitado, pues sabemos que sí, los resaltos o pasos esos que ponen, (vacío normativo), que pintan lo pasos de peatones blancos y rojos o blancos y azules (ilegal), que nos multa un GC en casco urbano con Policía Local, también ilegal....Pero que repito que esto no nos interesa. Vamos a lo nuestro, intentemos que regulen nuestra afición con más claridad, con más difinición, con más rango normativo que una Instrucción...pero adelanto que eso no es cuestión de días, es un trabajo de todos, poquito a poco, empresas, constructores del sector, aficionados....




Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: GOFIO en Febrero 05, 2008, 22:36:40 pm
 Estoy alucinando con todo esto ??? .loco2 .confuso2
Creo a ver leído las seis paginas, me podéis aclarar si con mi Viano 150CV y 6ª no puedo pasar de 100Km/h.?  .llorando
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Malagacamper en Febrero 05, 2008, 22:44:44 pm
Cita de: Manolín en Febrero 05, 2008, 22:23:56 pm
Tu furgo es a todos los efectos exactamente igual que un coche normal y corriente, las velocidades serían las genéricas de la vía.

Gracias Manolin, y ya puestos....
Si mi Golf clasificacion 1000 no tendría problemas para circular por....Cadaques por poner un ejemplo jodío, mi California 1048 (a todos los efectos igual que un turismo) ¿tendría problemas?
Es más, llegado el caso que me multasen ¿podría recurrir la multa aduciendo mi condicion de vehiculo 1048 turismo?

No es por dar la murga a estas horas es que me parece un temas interesante este tinglaillo que se ha montado con el documento que has puesto al principio del hilo (que ya he imprimido).

Un abrazo.

Malagacamper.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Malagacamper en Febrero 05, 2008, 22:55:49 pm
Respecto de los derechos y su defensa estoy de acuerdo, hay que luchar por tenerlos y que se respeten, pero soy más de la opinión de Eneko, en plan tranquilo.

No seré yo quien monte un pitote delante de mi familia discutiendo con un guardia civil o un policia del tipo que sea si me quedo o no en un sitio.
No  .nono, sería amargarle el día a mi familia y coger un cabreo que seguramente me estropearía un bonito día de asueto.

Se intenta razonar amablemente y si no cuela, meto la llave y me voy 25 kilometros más adelante y punto. Bajar el techo y meter las sillas es cuestion de 5 minutos y nos vamos cantando y felices a otro sitio.

Será por pais....si viviesemos en Mónaco pues mira porque 25 kilometros adelante y te sales de pais, pero en España...." adios agente, que pase un buen día"  .lengua2   y me voy a otro sitio.

No quiero decir con todo esto que no respete vuestra opinion y formas de actuar, al contrario, pero las discusiones no van conmigo, sea un guardia o un macarra (a veces coinciden  .meparto)

Saludos.

Malagacamper.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Andrius en Febrero 05, 2008, 23:21:35 pm
alguien puede mandarme la normativa a mi correo no me deja abrirla

muchas gracias

saludos
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Esmolante en Febrero 05, 2008, 23:42:43 pm
 Malagacamper...si no es cuestión de ponerse a discutir con un madero. Para qué, si no es nadie. Él no va a cambiar la ley, sólo hace lo que le mandan.

Pero es que si te multa, por mucho que optes por esa solución tan civilizada que es recoger los bártulos e irte...LA MULTA TE LLEGA IGUAL!!! No es que te multen si discutes. Te multan o te multan, por muy cariñoso que te pongas con ellos.

Eso es lo que hay que cambiar, la ley.

En especial lo de estacionar = pernoctar = acampar. Que no es ni remotamente lo mismo, como cualquiera que haya hecho un poco de montaña sabe (se puede pernoctar en Parques Naturales por encima de 1800m, levantando la tienda antes de las 9:00...lo que no se puede es acampar).

Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Malagacamper en Febrero 05, 2008, 23:42:50 pm
Te la acabo de enviar Andrius.

suerte.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Andrius en Febrero 05, 2008, 23:48:08 pm
mil gracias malagacamper

ahora si que si aunque me vuelvan a multar por lo menos podre darle un rato la lata se van a cagar les van a salir los 60 e caros por que los voy abrasar con un buen discurso jejeje

saludos
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Malagacamper en Febrero 05, 2008, 23:57:45 pm
Cita de: Esmolante en Febrero 05, 2008, 23:42:43 pm
Malagacamper...si no es cuestión de ponerse a discutir con un madero. Para qué, si no es nadie. Él no va a cambiar la ley, sólo hace lo que le mandan.

Pero es que si te multa, por mucho que optes por esa solución tan civilizada que es recoger los bártulos e irte...LA MULTA TE LLEGA IGUAL!!! No es que te multen si discutes. Te multan o te multan, por muy cariñoso que te pongas con ellos.

Eso es lo que hay que cambiar, la ley.

En especial lo de estacionar = pernoctar = acampar. Que no es ni remotamente lo mismo, como cualquiera que haya hecho un poco de montaña sabe (se puede pernoctar en Parques Naturales por encima de 1800m, levantando la tienda antes de las 9:00...lo que no se puede es acampar).




Dudo que si me muestro amable y educado (como soy) me multen por estar en algún sitio, pero si como tú dices la multa me la ponen o me la ponen de cualquier manera y me llega igual. ¿Para que discutir?
Prefiero multa sola a multa + berrinche y descontento familiar. Ya habrá tiempo de recurrir la multa, pero el día no me lo estropean.
Ya digo que respeto otras actitudes. Muchas veces los que teneis otras actitudes mas "luchadoras" conseguís logros de los que todos nos beneficiamos y es de agradecer. Pero hay otra forma más pausada y tranquila y que muchas veces hace más efecto a la larga que montar un pollo con un poli. Como tú bien dices hay que ir a cambiar la ley y entonces el que manda al poli a molestarte no lo mandará y todos ganaremos a largo plazo.

Venga, un saludo.

Malagacamper.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: eneko en Febrero 06, 2008, 00:30:17 am
eso es....

y de verdad... que rara vez sacan la libreta para multar y más rara vez ni siquiera tramitan la denuncia.. vienen a echarte y ya está..

Si te encabronas con ellos además del mal rato lo mismo te llevas un guantazo o te llevan arrestado... o dicen: cómo? a ver: papeles de la furgo? sopla aquí? pon el culo aquí que voy a mirar que llevas dentro.. etc etc...

Repito que en el 99,9% de las ocasiones viene a comunicarte que según instancias superiores no puedes estar donde estás que te vayas 500m para el fondo o al parking de no sé dnd o a tu casa.... y la cosa se queda ahí.

Como dice malagacamper, cuando a esos señores nadie les mande a dar morcillas o vengan con una solución a nuestra situación pues será otro cantar.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Mikelo en Febrero 06, 2008, 00:38:37 am
Cita de: EA1EF en Febrero 05, 2008, 19:41:05 pm
Vamos a ver!     ¿es que a nadie le ha llamado la atencion esto?:

"estos límites serían aplicables a las autocaravanas que circulen sin remolque , clasificadas en su tarjeta de ITV con los siguientes códigos:

3148 (vehiculo mixto vivienda)
3200 (autocaravana sin especificar de MMA menor o igual a 3500 Kg.)
3248 (autocaravana vivienda de MMA menor o igual a 3500 Kg.)"


Cuando ya creía haber visto la luz con el trámite de modificacion de mi VW T4 TDI 102CV de 3148 (vehiculo vivienda) a 3248 (turismo vivienda) me doy el ostion de bruces contra esta curiosa interpretacion. Yo me planteo si aun queda algun resquicio de optimismo:

1º -Se supone que el reglamento de circulacion cuando limita las velocidades  habla de "turismos" por un lado y de "vehiculos derivados del turismo y vehiculos mixtos adaptables" en el texto se habla de autocaravanas, pero tambien se habla de que "su longitud oscila habitualmente entre los 5,5m y los 8 m, y su altura media esta en torno a los 3 m y su MMA es frecuentemente 3.500kg incluso superior, caracteristicas constructivas que nada tienen que ver con un turismo medio...."

2º en el escrito sorprendentemente se habla de las "camper" y aqui queda depositada toda nuestra esperanza: "Por todo ello, sin perjuicio de la existencia de furgones de serie cuyo interior ha sido acondicionado como vivienda comúnmente conocidos como "camper", puede concluirse que las autocaravanas son normalmente "vehiculos especiales de la caregoría M1"..."

Por tanto y como conclusion, cabe revisar todo este asunto para tratar de esclarecer donde estan los límites entre las "camper" o "furgos" y las autocaravanas. En mi caso que estoy en pleno cambio de mixto a turismo necesitaría saber que codigo pedir para poder alcanzar las velocidades de turismo. Creo que es legítimo diferenciar ambos casos en cuanto a las velocidades, todo ello a pesar de que suelo ajustar mi tempomat entre 100 y 110Km/h, pero de cara a rádares y demas lo veo muy importante.

Imagino que el camino está por las medidas exteriores, MMA, equipo de seguridad, neumáticos, etc...



Para poder circular a 120km/h tiene que estar como turismo.Yo la mia la tengo como turismo vehículo vivienda 1048 todas las demás denominaciones citadas anteriormente(autocaravana) están limitadas en velocidad,o yo por lo menos así lo entiendo...Si alguien tiene mas conocimiento sobre el tema que opine...
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Malagacamper en Febrero 06, 2008, 00:47:22 am
Cita de: Mikelo en Febrero 06, 2008, 00:38:37 am

Para poder circular a 120km/h tiene que estar como turismo.Yo la mia la tengo como turismo vehículo vivienda 0048 todas las demás denominaciones citadas anteriormente(autocaravana) están limitadas en velocidad,o yo por lo menos así lo entiendo...Si alguien tiene mas conocimiento sobre el tema que opine...


0048 turismo vehiculo vivienda?

La mia pone Turimo vivienda y es 1048. Que lío de numeros, no?   .loco1
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Mikelo en Febrero 06, 2008, 00:51:09 am
Cita de: Malagacamper en Febrero 06, 2008, 00:47:22 am
0048 turismo vehiculo vivienda?

La mia pone Turimo vivienda y es 1048. Que lío de numeros, no?   .loco1


1048 perdon me habia equivocado...
el 10 es como el1000 de turismo.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Malagacamper en Febrero 06, 2008, 00:55:43 am
Cita de: Mikelo en Febrero 06, 2008, 00:51:09 am
1048 perdon me habia equivocado...
el 10 es como el1000 de turismo.


Ah, pues entonces nos vemos a 120 km/h, no?  ;)

Saludos.

Malagacamper.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Mikelo en Febrero 06, 2008, 00:57:18 am
Cita de: Malagacamper en Febrero 06, 2008, 00:55:43 am
Ah, pues entonces nos vemos a 120 km/h, no?  ;)

Saludos.

Malagacamper.

eso espero,con esa intención lo hice...
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Malagacamper en Febrero 06, 2008, 01:13:04 am
Cita de: Mikelo en Febrero 06, 2008, 00:57:18 am
eso espero,con esa intención lo hice...


Y pasar menos ITV.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Esmolante en Febrero 06, 2008, 02:08:13 am
Cita de: eneko en Febrero 06, 2008, 00:30:17 am
y de verdad... que rara vez sacan la libreta para multar y más rara vez ni siquiera tramitan la denuncia.. vienen a echarte y ya está..


Pues yo debo tener la ostia de suerte, porque a mi nunca me habían levantado por la mañana para echarme de ningún sitio. Y la primera vez que me pasó...mira, sí que tramitaron la denuncia. Claro que yo cometí el error...de ir a Asturias. Debí ser de los primeros que pillaron.

Es más, no me dijeron que me iban a multar, sólo me "tomaron los datos" e "informaron" de que no se podía pernoctar. La sorpresa vino después.

No hubo ni enfrentamiento ni malos modos (al menos de mi parte, por la suya...el matonismo de siempre). Me pidieron la documentación, se lo dí, buenos días, buenos días.


MalagaCamper, creo que me has entendido mal. No te reprocho tu actitud: la elogio. Es una pérdida de tiempo cabrearse y discutir con quien no es nadie, un perro al servicio de su amo. Les mandan que den un escarmiento, y ellos lo hacen. De hecho la benemérita es un cuerpo con doscientos años de historia dando escarmientos.

Hay que luchar por cambiar la ley. Con urbanidad y con razón, no a gritos. Y cuando y donde corresponda.

Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: vidainutil.com en Febrero 06, 2008, 09:14:55 am
Cita de: eneko en Febrero 06, 2008, 00:30:17 am
eso es....

y de verdad... que rara vez sacan la libreta para multar y más rara vez ni siquiera tramitan la denuncia.. vienen a echarte y ya está..

Si te encabronas con ellos además del mal rato lo mismo te llevas un guantazo o te llevan arrestado... o dicen: cómo? a ver: papeles de la furgo? sopla aquí? pon el culo aquí que voy a mirar que llevas dentro.. etc etc...

Repito que en el 99,9% de las ocasiones viene a comunicarte que según instancias superiores no puedes estar donde estás que te vayas 500m para el fondo o al parking de no sé dnd o a tu casa.... y la cosa se queda ahí.

Como dice malagacamper, cuando a esos señores nadie les mande a dar morcillas o vengan con una solución a nuestra situación pues será otro cantar.

jajaj,eneko vienes poco por Asturias no?....jajajaj porque aqui tienen la libreta floja..te lo aseguro...avisan despues de disparar..
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: periko.iko en Febrero 06, 2008, 09:28:27 am
Mi MP tiene un código 2448 - Furgón Vivienda.   Entonces, según esto, ¿la velocidad máxima es de 100 km/h?!!!!!    vaya fiasco!!

que si me pillan a 130 me despluman vivo, no?
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Manolín en Febrero 06, 2008, 09:38:49 am
Sobre los códigos de clasificación de los vehículos, teneis este hilo
http://www.furgovw.org/index.php?topic=4142.0

y una vez que sepais el vehículo que teneis, podeis consultar los límites de velocidad en este otro hilo http://www.furgovw.org/index.php?topic=4118.0
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: eneko en Febrero 06, 2008, 09:39:29 am
Cita de: vidainutil.com en Febrero 06, 2008, 09:14:55 am
jajaj,eneko vienes poco por Asturias no?....jajajaj porque aqui tienen la libreta floja..te lo aseguro...avisan despues de disparar..


Ya ya.. yo hablaba de la generalidad socio. Es evidente que el tema en Asturias al igual que por ejemplo, Cadaqués, tiene miga.

En ambos sitios se está presionando por parte de las asociaciones para reajustar la ley y habrá que tener calma a ver por donde salen los tiros.

Cuando dices que echan mano de la libreta supongo que te refieres también a que las denuncias luego las tramitan y demás verdad? es que aquí en muchos sitios sacan la libreta y luego no llega nada al "infractor"...

Lo que sí que es cierto es que en las asociaciones de ac´s ayudan a los socios a interponer recursos y parece que no lo llevan mal, por lo que en zonas "conflictivas" quizás sea bueno estar apuntado a una asociación de ac´s para cuando tengamos estas movidas....

Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: FURGOPIN en Febrero 06, 2008, 14:47:37 pm
2448 furgon vivienda, segun la nueva norma 90 Kmh en autopista, aunque eso ya biene de antes.

Furgon vivienda, 24 es furgon, 48 vivienda, porlo tanto furgon adactado a vivienda, pero no deja de ser su primera clasificacion 24 furgon, clasificado como de carga, por lo cual a 90 Kmh, como los camiones, aumque os pese.

Para vuestro consuelo, llevais mas seguridad, a 90 .
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: San Paulo en Febrero 06, 2008, 15:25:18 pm
Cita de: Malagacamper en Febrero 06, 2008, 01:13:04 am
Y pasar menos ITV.


Tambien dice algo en la instruccion sobre la ITV para los vehiculos vivienda, que yo entiendo que se aplica las camper con codigo 3148 y 3248 en particular:

(https://www.furgovw.org/galeria/fotos/San_Paulo/ITV_vehiculos_vivienda.jpg)

O sea, que a efectos de ITV da igual que tengas el codigo 1048, 3148, 3248 o cualquiera que acabe en 48, ¿no? ¿alguien lo puede aclarar?
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: FURGOPIN en Febrero 06, 2008, 15:37:11 pm
Eso de la ITV como los turismos, no es de ahora, eso ya esta cambiado desde mediados del 2006

Ya especifica la fecha 9 de Junio del 2006
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Malagacamper en Febrero 06, 2008, 15:37:34 pm
Y un turismo normal cada cuanto al principio?

A los 5 años?
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Vitus en Febrero 06, 2008, 15:40:05 pm
a los 4, creo
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Malagacamper en Febrero 06, 2008, 15:40:18 pm
Leyendo las barbaridades que pasan en sitios como Cadaques (como para vivir ahí y tener una camper...) o Asturias.
Aquí hay gente que viaja y ha viajado por toda Europa.

¿Hay muchos paises donde estemos tan mal vistos como aquí?

Gracias.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Cantabriavanas en Febrero 06, 2008, 16:26:50 pm
Cita de: Malagacamper en Febrero 06, 2008, 15:40:18 pm
¿Hay muchos paises donde estemos tan mal vistos como aquí?
Gracias.

Yo tengo mis experiencias con Holanda. Fue mi destino de todos los fines de semana y TODOS los fines de semana tenía que buscarme otro escondite para no me multen con 90 Euritos....En el pueblo mismo era imposible y en las afueras tenaís que buscarte algún sitio resguardado por arbustos o algo similar

No puedo hablar en general, igual iba a la parte "Asturiano" de Holanda. Allí había mucho turismo y MUCHOS campings...... Y parece que la relación camping-ayuntamiento siempre está muy amable....
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Malagacamper en Febrero 06, 2008, 16:48:17 pm
Cita de: Cantabriavanas en Febrero 06, 2008, 16:26:50 pm
Yo tengo mis experiencias con Holanda. Fue mi destino de todos los fines de semana y TODOS los fines de semana tenía que buscarme otro escondite para no me multen con 90 Euritos....En el pueblo mismo era imposible y en las afueras tenaís que buscarte algún sitio resguardado por arbustos o algo similar

No puedo hablar en general, igual iba a la parte "Asturiano" de Holanda. Allí había mucho turismo y MUCHOS campings...... Y parece que la relación camping-ayuntamiento siempre está muy amable....

Pues si en Holanda andan así... :(
Por eso se vienen los holandeses aquí con sus magníficas autos.
Yo sé que en Noruega, Suecia y Finlandia no suele haber problemas (por lo que he leido), es normal, les sobra sitio, bosques y lagos, un pais como Finladia de grande para menos gente de la que vive en Madrid...
Pero no es plan de tirar el viernes pa Finlandia y volverse el domingo por la noche  ;D está un poco lejos.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: periko.iko en Febrero 06, 2008, 17:46:36 pm
flipo!!!   90 km/h!!!! con mi bicho de 122 CV...


¿hay manera de cambiar la tarjeta de itv y ponerla como turismo vivienda?
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Malagacamper en Febrero 06, 2008, 17:53:45 pm
Cita de: periko.iko en Febrero 06, 2008, 17:46:36 pm
flipo!!!   90 km/h!!!! con mi bicho de 122 CV...


¿hay manera de cambiar la tarjeta de itv y ponerla como turismo vivienda?



No depende de los caballos que tengas, sino de los impuestos de matriculacion que pagues.

Como siempre, el dinero.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: pipeferr en Febrero 06, 2008, 18:05:42 pm
pues vale, cuando voy con mi caravana, alias la vaga enganchada al coche voy entre 100-120 y mientras no superas esa velocidad no salta el radar, me refiero en autopista, y si no hay foto no hay constatacion de denuncia no?. Pues con la furgo lo mismo

  Aqui esta el penco

(https://www.furgovw.org/galeria/fotos/pipeferr/hvq8tv_big.jpg)

Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: lola-t2 en Febrero 06, 2008, 18:13:22 pm
si no me equivoco, hay radares con control de gálivo.
A alguien de aqui le habían crujido por ese motivo, no??
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Malagacamper en Febrero 06, 2008, 18:18:43 pm
Lo peor y más absurdo del asunto es que si a dos furgos identicas pero de distinta clasificacion de ITV las pillan a 140 por una autovía pasa:
La turismo (1048) comete una infraccion leve por exceso de velocidad de 20 km/h y la mixta vivienda ó furgón vivienda (3148 ó 2448) una grave por exceso de velocidad en más de 40 km/h.

Resultado:
-Al conductor de la mixta-vivienda o furgon vivienda (3148 ó 2448) le quitan 4 puntos, multa de hasta 300 euros y posible retirada de carnet por 3 meses por considerarse  infraccion grave (exceso de la velocidad permitida en más de 40 km/h).

-Al conductor de la turismo (1048) una multa más pequeña (menos de 90 euros) por ser infracción leve (superar el limite de velocidad hasta 20 km/h)

Anda que no tiene migas la cosa.... :o
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: pipeferr en Febrero 06, 2008, 18:24:45 pm
por eso os comentaba que mientras no pases del limite de velocidad sera complicado que te sancionen
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: FURGOPIN en Febrero 06, 2008, 18:27:23 pm
Ya la que nos faltaba, tambien les llego la crisis a los caballos, ahora resulta que nos sobran caballos.  Caballos pal paro, a engordarlo..

A mi, con los cuatro burros que tengo me valen, asi no se desbocan,  .baba .nono
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Malagacamper en Febrero 06, 2008, 18:43:19 pm
Cita de: pipeferr en Febrero 06, 2008, 18:24:45 pm
por eso os comentaba que mientras no pases del limite de velocidad sera complicado que te sancionen


Pues no sé, pero al menos las T5 con lo suavecitas que van, están en más de 120 y no te das ni cuenta.

En autovías el tempomat a 115 y una buena música en la radio.

Tened en cuenta que no todos los radares fijos de las autovías saltan a más de 120, los hay incluso en tramos a 90, y los radares móviles, los de trípode, los coches camuflados... .lengua2

Además ahora los radares fijos los están colocando sobre todo en las carreteras secundarias porque es donde más accidentes hay. Ahí saltan por debajo de 120, y en las circunvalaciones de ciudades y pueblos grandes o en las travesías están marcados a 50km/h.

Cuidado pues con los caballos que como bien dice el compañero nos van sobrando unos pocos.

Saludos.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: pipeferr en Febrero 06, 2008, 18:50:03 pm
un apunte si me lo permitis, en logroño el limite en la ciudad es 40 km/h, cuidadin, sera de las pocas ciudades con este limite
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: plata en Febrero 06, 2008, 18:54:26 pm
Gracias,documento impreso y guardado en la furgo para enseñar a los munipas,todos debemos llevarlo encima...un saludo
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Esmolante en Febrero 06, 2008, 20:46:59 pm
Cita de: Malagacamper en Febrero 06, 2008, 15:40:18 pm
Leyendo las barbaridades que pasan en sitios como Cadaques (como para vivir ahí y tener una camper...) o Asturias.
Aquí hay gente que viaja y ha viajado por toda Europa.
¿Hay muchos países donde estemos tan mal vistos como aquí?
Gracias.


Bueno, Francia, Alemania e Italia están muy bien para viajar con la furgo. Somos BIEN vistos, como algo romántico y aventurero. Hay multitud de sitios donde dormir, especialmente en zonas turísticas (Bretaña es el paraíso, en casi cada pueblo tienes áreas habilitadas).

Había oído que en Eslovenia estaba prohibido fuera de camping. Lo que pasa es que la multa era tan poca cosa que te convenía arriesgarte.

Por cierto, ¿qué sabéis de Suiza? ¿Esta permitido?
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: marcel en Febrero 06, 2008, 20:51:49 pm
pues la verdad es que leo el tema y cada vez estoy mas  .confuso1 .confuso1

mis noticias es que hay avances significativos en Asturias y por lo que decis quizas aun no sea el momento de manifestarse ¿o si?

y lo de hacer cada uno la guerra por su lado aun lo entiendo menos ???

a ver si mañana tengo un rato y lo comentamos .malabares
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: shuke en Febrero 06, 2008, 20:53:31 pm
la verdad es que entre todos nos estamos haciendo la picha un lio y mezclando muchos temas....

Pater un poco de orden!!
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: CARPEDIEM en Febrero 06, 2008, 21:24:49 pm
Cita de: pipeferr en Febrero 06, 2008, 18:50:03 pm
un apunte si me lo permitis, en logroño el limite en la ciudad es 40 km/h, cuidadin, sera de las pocas ciudades con este limite

Je je, lo bueno es que si te fijas estos días estan las pantallas de los radares pintadas a spray verde fosforito.... supongo que lo pondría el señor concejal por el carnaval  .meparto
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Yudealf en Febrero 07, 2008, 09:16:03 am
Cita de: marcel en Febrero 06, 2008, 20:51:49 pm
pues la verdad es que leo el tema y cada vez estoy mas  .confuso1 .confuso1

mis noticias es que hay avances significativos en Asturias y por lo que decis quizas aun no sea el momento de manifestarse ¿o si?

y lo de hacer cada uno la guerra por su lado aun lo entiendo menos ???

a ver si mañana tengo un rato y lo comentamos .malabares


Es todo especulación, pero casi que lo mejor es esperar a que "lapaca" se pronuncie, ya que... que yo sepa aún no han dicho nada, y ellos han sido participes. A mi parecer todo va por buen camino, y podremos aparcar en Asturias sin problema mientras respetemos otras leyes.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Yudealf en Febrero 07, 2008, 09:31:11 am
Bueno, la feaa ya se ha pronunciado:

http://www.feaa.es/Documentos/Comunicado_FEAA_Instruccion_DGT.pdf
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: inamai en Febrero 07, 2008, 09:47:12 am
Leyendo esto parece ke poco a poco se va por el camino de la esperanza.
agur  .adios
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: eneko en Febrero 07, 2008, 10:06:19 am
Citarmis noticias es que hay avances significativos en Asturias y por lo que decis quizas aun no sea el momento de manifestarse ¿o si?


Tus noticias son las mismas que tiene casi todo el mundo referente a que la consejería de turismo de Asturias tras tener conocimiento de la existencia de la instrucción de la DGT aquí referido, es posible que anule o modifique la ley Asturiana que tanto revuelo a generado?

Esa es tu noticia? es que como lo dices con tanto misticismo igual sabes más cosas y sería bueno que las compartieras en vez de hacerte el interesante no?  .lengua2

Si eso finalmente es cierto y ocurre, es evidente que no hay motivo para manifestarse... tampoco lo había antes porque las asociaciones de autocaravanismo ya informaron de que estaban en negociaciones con todos estos temas... pero bueno como se ve que hay mucha gente dispuesta a echarse a la calle a no sé sabe bien qué.....

Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: wernermolders en Febrero 07, 2008, 11:18:04 am
CitarEsa es tu noticia? es que como lo dices con tanto misticismo igual sabes más cosas y sería bueno que las compartieras en vez de hacerte el interesante no?  Lengua 2


Joé, eneko, ¿qué has desayunado hoy? ;)
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: eneko en Febrero 07, 2008, 11:30:27 am
pringles  .lengua2

amenazado quedas pandemolder de que voy a poner fotos de tu furgo por dentro hala
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: wernermolders en Febrero 07, 2008, 11:38:18 am
Citaramenazado quedas pandemolder de que voy a poner fotos de tu furgo por dentro hala

Y tú, si no alargaras tanto las siestas, no te perderías las tapas de jamóndebellota que sí probaron otros en mi furgo por dentro  ;D
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Anacoreta en Febrero 07, 2008, 12:37:46 pm
Gracias por esta alegria que me habéis dado.

Poco a poco todo va llegando, este es un primer paso. Terminaremos siendo más europeos.

Salu2
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Esmolante en Febrero 07, 2008, 16:12:40 pm
 Leyendo atentamente el comunicado de la FEAA  (gracias Yudealf) observo que hace una lectura igual que la mía: lo único que deja claro esta directiva (además del tema de velocidades) es que un Ayuntamiento no puede prohibir aparcar a las autocaravanas, haya o no gente dentro.

Lo cual es un avance, aunque a nosotros ni nos va ni nos viene.

Y luego, en el caso de pernocta, da unas razones para poder recurrir las sanciones (están aparcadas, haya o no gente dentro)...pero no deja claro (porque no es competencia de Tráfico) si es legal o no. Quiere decir, es legal que estén estacionadas, y de hecho no te van a multar por estacionamiento indebido. Puedes estar dentro pero...lo que no puedes es dormir dentro.

Ni tan siquiera en casco urbano. Cuanto menos fuera del casco urbano, en el que la propia directiva de Tráfico se lava las manos explícitamente en el tema de acampada y pernocta.

Es un pasito adelante en el reconocimiento de nuestros derechos, y en ese sentido, que no sea un paso atrás, lo valoro. Ahora, ventajas reales para las furgos, este documento no nos aporta NINGUNA.


Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: marcosgeol en Febrero 07, 2008, 16:29:40 pm
hombre, yo creo que deberiais leerlo un poco mas detenidamente, yo creo que queda claro que, si esta permitido aparcar (y esta bien aparcada) el uso que se le de al vehiculo es irrelevante. habla claramente de campers y autocaravanas. lo que dice es que el concepto de acampada no es una asunto que le corresponda a trafico, pero si estas aparcado sin exceder el contorno del vehiculo, no estas acampado. eso es lo que entiendo yo...
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: AlvaroT3 en Febrero 07, 2008, 16:44:22 pm
el alcalde de cadaques no me ha contestado.
Que raro
;D
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: shuke en Febrero 07, 2008, 16:46:11 pm
Cita de: alvarogares en Febrero 07, 2008, 16:44:22 pm
el alcalde de cadaques no me ha contestado.
Que raro
;D


es que esta semana esta montando una kdda... .meparto .meparto .meparto
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: FURGOPIN en Febrero 07, 2008, 17:54:45 pm
 Entre la 3148 y la 2448 si les pillan a las dos a 140kmh
Aqui hay una pequeña diferencia, que la 3148 llevaria 40 klm de diferencia y la 2448 llevaria 50 klm de diferencia, y la multa no seria igual, para las dos, la 3148 es a 100kh y la 2448 es a 90kh hablamos de autopista y autovia.

Si ponemos ejemplos, ponerlos bien,y asi iremos solucionado las dudas que algunos puedan tener.

Sin animo de ofender, solo es una reflesion.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: CARPEDIEM en Febrero 07, 2008, 18:51:05 pm
Con respecto a las velocidades:
No tendríamos problema con los fijos si circulamos a la velocidad que marca la via o dentro del margen que dan, me explico, por ejemplo si con la 3148 que es la mia voy por la autopista a 120 o a 133 apurando mucho, el radar no va a distinguirme de un turismo normal y no va a saltar por lo tanto no hay multa.
Con los moviles que no te paran, seria casi parecido si es en poblado(Policias Locales), no asi en carretera(GC Trafico), Los primeros para tramitar las denuncias casi en todas las poblaciones solo establece diferencia Turismo/Camión, los de GC tráfico, creo, tienen el programilla de gestión algo más avanzado y cruza la matricula con el vehiculo y la velocidad. (Esto estaria bien q lo confirmase alguno de los de tráfico que seguro que los hay por el foro  ;).

El problema gordo es que te paren para notificar y que el señor agente de turno se de cuenta de que eres un mixto/camión....

O claro, que te cojan con un radar fijo a 140, exceso de 40 km-50km en vez de los 20, de leve a grave.

De todas formas, a 100 se ve mucho mejor el paisaje y se va más seguro  :)
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Malagacamper en Febrero 07, 2008, 20:07:13 pm
En el post mío anterior me refería a un ejemplo de lo que podía pasar en un caso muy concreto con dos vehiculos exactamente iguales para hacer notar que en realidad la diferncia no es del conductor, del vehiculo ni de la carretera y sí del impuesto que se has pagado. Por eso ponía al final lo del dinero. No es más que eso.
Desde luego lo mejor es no sobrepasar la velocidad que marca la vía, mirar el paisaje y que al evitar así accidentes otros tambien puedan mirarlo mucho tiempo. Sí, lo mío no era más que una reflexión también.

Respecto de las velocidades de los vehiculos con código 3148 y 2448, sí, es cierto que uno puede circular 10km/h por encima del otro.

Los tramos de sancion por exceso de velocidad son:

-Exceder la velocidad permitida entre 20 y 30 km/k--->Grave -2 puntos
-Exceder la velocidad permitida entre 30 y 40 Km/h--->Grave -3 puntos
-Exceder la velocidad permitida en más de 40 km/h--->Grave -4 puntos
-Sobrepasar en un 50% la velocidad permitida y en 30km/h el límite máximo---> Muy grave -6 puntos (retirada de carnet segura)

Saludos y disculpas por el error.

Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Esmolante en Febrero 08, 2008, 06:24:34 am
Cita de: marcosgeol en Febrero 07, 2008, 16:29:40 pm
si estas aparcado sin exceder el contorno del vehiculo, no estas acampado. eso es lo que entiendo yo...


Si, eso es también lo que yo entiendo. Pero no lo pone en la directiva de Tráfico.

No es lo importante como tú lo entiendas, o como yo lo entienda. Sino si hay espacio legal para que la Guardia Civil lo entienda de forma diferente, y te multe.


Citar[...]yo creo que queda claro que, si esta permitido aparcar (y esta bien aparcada) el uso que se le de al vehiculo es irrelevante.


No, eso tampoco lo dice. Es una interpretación tuya. Lo que dice es que estás si estás correctamente aparcado, no te pueden denunciar por mal aparcamiento o echar...aunque estés dentro.

Pero es que las multas que están poniendo en Asturias y algunos ayuntamientos del litoral NO SON POR APARCAMIENTO. Son por pernoctar. Tema en el que la directiva de tráfico se lava expresamente las manos.

Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Oli en Febrero 08, 2008, 11:05:03 am
Cita de: Esmolante en Febrero 08, 2008, 06:24:34 am
Pero es que las multas que están poniendo en Asturias y algunos ayuntamientos del litoral NO SON POR APARCAMIENTO. Son por pernoctar. Tema en el que la directiva de tráfico se lava expresamente las manos.


Si y no, porque al mismo tiempo que te multan por "pernocta" te dicen que te pires. Con esto te estan diciendo que ellos no autorizan lo que estás haciendo en tu vehiculo correctamente aparcado, y además entre ciertas horas solamente. Entonces qué, si te quedas despierto, te podrías quedar, no? Y si no estás bien aparcado, la multa que sea por ese concepto.

Es que no se aguanta por ninun sitio, y si no a  .follando , que eso no pone que está prohibido, no suelen multar a los demás vehiculos en esas circunstancias, y se parece bastante a la pernocta  .meparto

Oli..  :)
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: marcosgeol en Febrero 08, 2008, 16:40:07 pm
citas textuales de la instruccion 08/V-74:

"en ningun caso podran las ordenanzas municipales oponerse, alterar desvirtuar o incidir a confusion con los preceptos de este reglamento."


"....a juicio de esta Direccion General de trafico es indiscutible que la exclusion de determinados usuarios debe ser necesariamente motivada y fundamentada en razones objetivas como pueden ser las dimensiones exteriores de un vehiculo o su masa maxima autorizada, pero no por su criterio de construccion o utilizacion ni por razones subjetivas como pueden ser los posibles comportamientos incivicos de algunos usuarios tales como ruidos nocturnos, vertidos de basuras..."

"...mientras un vehiculo cualquiera esta correctamente estacionado, sin sobrepasar las marcas viales de delimitacion de la zona de estacionamiento, ni la limitacion temporal del mismo, si la hubiere, no es relevante el hecho de que sus ocupantes se encuentren en el interior del mismo y la autocaravana no es una excepcion, bastando con que la actividad que pueda desarrollarse en su interior no trascienda al exterior mediante el despliegue de elementos que desborden el perimetro del vehiculo del vehiculo tales como tenderetes, toldos, dispositivos de nivelacion soportes de estabilizacion, etc."

creo que no son interpretaciones mias en absoluto, ni tampoco lo he sacado de leer entre lineas...
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: onibay en Febrero 09, 2008, 17:45:19 pm
yo,fotocopia en la guantera y cartelito en el parabrisas:aparcar,no es acampar-08/v-74.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: p en Febrero 09, 2008, 18:54:57 pm
Hoy la PACA en la SER ASTURIAS un 10. Si SEÑOR; Intervención bien argumentada, educada y con la información resumida y precisa en la exposición, .palmas
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: cukiyo25 en Febrero 09, 2008, 19:55:43 pm
"...mientras un vehiculo cualquiera esta correctamente estacionado, sin sobrepasar las marcas viales de delimitacion de la zona de estacionamiento, ni la limitacion temporal del mismo, si la hubiere, no es relevante el hecho de que sus ocupantes se encuentren en el interior del mismo y la autocaravana no es una excepcion, bastando con que la actividad que pueda desarrollarse en su interior no trascienda al exterior mediante el despliegue de elementos que desborden el perimetro del vehiculo del vehiculo tales como tenderetes, toldos, dispositivos de nivelacion soportes de estabilizacion, etc."

y ahora pregunto yo,levantar el techo se consideraria acampar?porque lo que es perimetro es largo y ancho del vehiculo no altura,no? .confuso1
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Yudealf en Febrero 10, 2008, 11:26:48 am
Cita de: p en Febrero 09, 2008, 18:54:57 pm
Hoy la PACA en la SER ASTURIAS un 10. Si SEÑOR; Intervención bien argumentada, educada y con la información resumida y precisa en la exposición, .palmas



hay algun enlace para poder oirlo??
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: manué en Febrero 10, 2008, 14:31:14 pm
Cita de: CARPEDIEM en Febrero 07, 2008, 18:51:05 pm
Con respecto a las velocidades:
No tendríamos problema con los fijos si circulamos a la velocidad que marca la via o dentro del margen que dan, me explico, por ejemplo si con la 3148 que es la mia voy por la autopista a 120 o a 133 apurando mucho, el radar no va a distinguirme de un turismo normal y no va a saltar por lo tanto no hay multa.


cuidado que ya hay radares de galibo y discriminatorios,que yo sepa en la N-IV hay uno para automóviles con caravana; y ya hay post en el foro sobre multas por esta razón así que ya es decisión de cada uno....
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Esmolante en Febrero 11, 2008, 02:06:06 am
Cita de: angeles en Febrero 08, 2008, 10:10:27 am
tráfico dice... que en la acampada y la pernocta fuera de su competencia, el asfalto, no se pronuncia. Fuera de su competencia:  las playas, dentro : los paseos marítimos y los aparcamientos. Fuera  de sus competencias: los parques naturales y espacios protegidos, dentro: los aparcamientos para turismos que existan en esos lugares, donde pueda llegar un turismo por vías asfaltadas que terminen en un aparcamiento, y si el parcamiento tiene límite de estancia será ese límite lo que hay que respetar. Una calle con o sin casas en linea de playa sea asfaltada o de hormigón es competencia de tráfico.


Lo siento Ángeles, pero creo que estás equivocada. Es competencia de la Dirección General de Tráfico y de su legislación la circulación por vías públicas, da igual que estén asfaltadas o no. En una pista de tierra también puede haber cedas, y hay que respetar prioridades de paso, etc.

De hecho, en los Parques Naturales y otras figuras de protección existen vías públicas, incluso carreteras. La circulación por ellas compete a Tráfico.

Por otra parte, lo de que:
Cita de: angeles en Febrero 08, 2008, 10:10:27 am
tráfico dice... que en la acampada y la pernocta fuera de su competencia, el asfalto, no se pronuncia

te lo has inventado tú.

Lo que dice la Directiva es, textualmente:

"Otros conceptos de alguna manera asociados al estacionamiento de autocaravanas como el de acampada y pernocta no tienen acogida en la normativa sobre tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial, por lo que este organismo no puede pronunciarse sobre su definición ni sobre sus implicaciones."

Quiere decir lo que dice, ni más ni menos. No imaginemos que pone lo que no pone. Después de hablar en todo el punto 3. de aparcamiento (3.1 en urbanas y 3.2 en interurbanas) termina recordando que sobre lo único que puede sentenciar tráfico es en el tema de estacionamiento (esta directiva no es más que una aclaración de la legislación de Tráfico sobre ciertos puntos). Que sobre acampada o pernocta no es quien de pronunciarse para decir qué es y qué no es.

Simplemente: no es su competencia.

Así pues, con este documento, puedes evitar que te echen de un sitio por ser autocaravana (a nosotros plin). Vamos, que te protege de las multas DE APARCAMIENTO.

Pero este documento, expresamente ni pincha ni corta en temas de ACAMPADA o PERNOCTA. Y a nosotros las multas no nos llegan por aparcamiento, sino por acampada.


Dicho de otra forma. Tráfico nos dice que:

3.1 En vías urbanas...
3.2 En vías interurbanas...
...podéis aparcar como cualquier otro vehículo.

Ahora...lo de dormir dentro...ahí no me meto, porque no es mi competencia.

¿Me explico? Tráfico puede aclarar cosas sobre ESTACIONAMIENTO, pero no sobre ACAMPADA. Puede decir lo que es o no es estacionamiento correcto, pero sobre si ese aparcamiento (correcto) se puede considerar ACAMPADA o PERNOCTA...se lava las manos, PORQUE NO ES SU ÁMBITO COMPETENCIAL.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Esmolante en Febrero 11, 2008, 02:25:39 am
Cita de: marcosgeol en Febrero 08, 2008, 16:40:07 pm
citas textuales de la instruccion 08/V-74:
[...]
creo que no son interpretaciones mias en absoluto, ni tampoco lo he sacado de leer entre lineas...


Marcos, los textos que pones son en un epígrafe (3º) que se refiere a PARADA Y ESTACIONAMIENTO.

No hace falta que interpretes: los textos que citas dejan bien claro que no podrán ser discriminadas las autocaravanas, siempre que no rebasen el perímetro, etc, etc....independientemente que haya alguien dentro o no...EN LAS MANIOBRAS DE PARADA Y ESTACIONAMIENTO.

Te repito lo mismo que a Ángeles: Tráfico te dice que estás bien aparcado, que no puede venir un municipal a echarte porque seas autocaravana y ahí no se pueden aparcar autocaravanas...Y YA. No dice más. No puede decir más. Si te multan por ACAMPADA...Tráfico ahí ni pincha ni corta. No puede.

Entendámonos:

Puedes estar correctamente estacionado según Tráfico --> legal
Y AL MISMO TIEMPO
Puedes estar acampado según la CCAA de turno --> ilegal

Una cosa no quita la otra. Yo, de verdad, ya me gustaría estar equivocado, pero me temo que no. Después de releer el texto no me cabe ninguna duda al respecto.

Y si cogéis las leyes de Turismo de Asturias o Aragón al respecto (las que he leído, habrá más), os daréis cuenta que todo lo que no sea dormir en campings es ACAMPADA, y por lo tanto, ilegal. Por mucho que estemos correctamente estacionados, que es otra cuestión y no nos van a multar por eso.

Y es ACAMPADA en vías urbanas, interurbanas y en cualquier parte de todo el Principado.

Que es una mierda?. PUES CLARO QUE LO ES!!!! Pero esto es lo que hay, contra lo que hay que luchar, no creemos falsas expectativas con este papel que a las furgos no nos afecta en nada (bueno sí, deja claro de una vez el tema de las velocidades, que ya es algo).
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: inamai en Febrero 11, 2008, 09:22:07 am
Eso es ni mas ni menos Esmolante, aparcar o estacionar esta claro pero el tema ke nos preocupa es el de la pernocta y en ese tema estamos jodidos otra cosa es ke al dia de hoy salvo en ciertos sitios (asturias, tarifa ...) suelen ser permisivos pero a la larga no se como andaremos.
agur   .adios
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: tajokeli en Febrero 11, 2008, 10:13:18 am
ver Informe jurídico sobre el derecho a aparcar de las autocaravanas
en http://www.pacocostas.com/motor/blog/opinion/con-la-ley-en-la-mano/

Dice PacoCostas.com

Queridos amigos autocaravanistas: Ante la arbitrariedad y la intervención caciquil de muchos ayuntamientos españoles sobre el derecho a aparcar nuestras autocaravanas dentro de la más absoluta legalidad, he solicitado de la asesoría juridica de CEA(Comisariado Europeo del Automóvil ) el informe que os incluyo tal cual lo acabo de recibir.

El letrado de esta entidad, Fernando J. Gonzalez Iturbe, es una auténtica autoridad en materia de reclamaciones a la Aministración y considero un documento muy valioso lo que aquí me manifiesta al respecto.

Paco Costas

--------- Forwarded message ----------
From: Fernando González Iturbe
Date: 03-ene-2008 17:12
Subject: RE: Comunicado de Prensa PacoCostas.com
To: "PacoCostas.com"

Buenas tardes Paco:

En relación con la consulta que me hiciste ayer, relativo al estacionamiento de las autocaravanas, paso a realizarte las siguientes consideraciones:

En primer lugar, hay que tener en cuenta que ni la Ley de Seguridad Vial ni el Reglamento de Circulación contienen precepto alguno que prohiba de manera expresa el estacionamiento de este tipo de vehículos en las vías urbanas. Ambas normas, recogen una serie de criterios y supuestos en los que se considera que tanto las paradas como los estacionamientos no se pueden realizar; sin perjuicio de un criterio genérico de limitación que se refiere a que los vehículos estacionados o parados nunca pueden constituir un peligro para el resto de usuarios u obstaculiar gravemente el tráfico de vehículos, peatones o animales.

A partir de estar reglas generales, en segundo lugar, es necesario no olvidar la capacidad normativa que se reconoce a los Ayuntamientos para regular el régimen de paradas y estacionamientos en las correspondientes vías públicas de las que son titulares; si bien, "en ningún caso podrán las ordenanzas municipales oponerse, alterar, desvirtuar o inducir a confusión con los preceptos de este reglamento". Por tanto, si bien es posible que un Ayuntamiento pueda prohibir el estacionamiento de este tipo de vehículos, habría que entrar a dilucidar si dicha norma local contradice lo recogido en las dos normas antes mencionadas (Ley de Seguridad Vial y Reglamento General de Circulación). En caso de que así fuera, la prohibición sería nula (pero hay que ver caso por caso).

Lo normal es que los Ayuntamientos prohiban el estacionamiento de este tipo de vehículos en función de su peso y medidas. Pero para que dicha normativa sea legal, debería aplicarse no sólo a las autocaravanas por serlo, sino a todo tipo de vehículo que cumplan con esas características de peso y medidas. Si bien, tengo que insistir en que esa regulación legal no puede nunca ir en contra de los principios del Reglamento General de Circulación.

Fernando J. González Iturbe


:::::::::: Final ::::::::::::


Saludos
tajokeli




Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: wernermolders en Febrero 11, 2008, 10:36:37 am
Señores, que hay un concepto legal llamado "leyes de rango superior"...
Y en todo lo que concierne a la circulación de vehículos por vía pública, las leyes de rango superior son la Ley de Seguridad Vial y Reglamento General de Circulación. ¿Que las normativas municipales o hasta autonómicas las contradicen? Pues se paga la multa y recurso al canto. Y si se está con ánimo guerrero, se discute con los representantes de la ley y el orden con papeles en la mano. Ahí ya cada uno decide.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: txapel en Febrero 11, 2008, 14:11:02 pm
este mismo correo lo he publicado en el tema de velocidades y ahora lo pongo aqui porque creo que es donde se esta comentando el documento de trafico.
leyendo el documento de trafico, en la pagina 2 hacia la mitad del documento, este da a entender que las campers, aunque esten matriculadas con el codigo 32, quedan excluidas de la consideracion de vehiculo especial de la categoria M1, por lo que las velocidades serian las de turismo.

Si alguien puede confirmarlo fehacientemente sabriamos a que atenernos todos.
   
                                                                                Agur bat.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Esmolante en Febrero 11, 2008, 15:40:11 pm
Cita de: wernermolders en Febrero 11, 2008, 10:36:37 am
Señores, que hay un concepto legal llamado "leyes de rango superior"...


Efectivamente compañero, en las leyes existe una jerarquía.

Pero las leyes de Tráfico no pueden obligar en nada a las de Turismo y Medio Ambiente. Son otra cosa.

Efectivamente, un ayuntamiento no puede inventarse normas o señales porque le sale de los webs (que es lo que algunos venían haciendo) para impedir aparcar a las AC: tiene que respetar el Código de la Circulación, que es una ley estatal de rango superior.

Ahora, para lo de acampada, no existe tal contraposición, porque se refieren a conductas distintas. Una estacionar, otra acampar.

Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: wernermolders en Febrero 11, 2008, 20:19:05 pm
CitarPero las leyes de Tráfico no pueden obligar en nada a las de Turismo y Medio Ambiente. Son otra cosa.


Las obligan cuando se intentan aplicar en terreno jurisdiccional de las primeras. Hecha la ley, hecha la trampa, compañero: lo que se pueder hacer, entonces, es pernoctar en aparcamientos que formen parte de la vía pública. Porque lo que es costas, ya está la Ley de Costas para ser aplicada a gustos del consumidor (sea la Administración que sea).
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Esmolante en Febrero 11, 2008, 21:12:35 pm
 No lo veo, compi, no lo veo. Y de verdad que me gustaría... :-[

Es que la ley de turismo de Asturias no enmienda al código de circulación. No dice que no puedas estacionar. Aparca, aparca cuanto quieras. Pero a la que duermas en ella, se considera acampada.

Y lo mismo para la ley de costas. Si estás en un aparcamiento a menos de 500m, te pueden aplicar la ley de costas para que no duermas, por mucho que estés correctamente estacionado según Tráfico.

Pero vamos, es mi opinión. Sería mejor conocer la opinión de alguien que haya estudiado leyes y, sobre todo, la de un juez que al fin y al cabo es quien debe dirimir estas diferencias.



Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: wernermolders en Febrero 12, 2008, 08:05:07 am
Por experiencia personal: si estás en un aparcamiento debidamente señalizado, ya no se aplica la Ley de Costas (franja de dominio marítimo-terrestre).
Y si tu vehículo es un vehículo vivienda, como el mío (clasificación autocaravana, 3248) ni Dios te puede pedir que abras la puerta del mismo para ver si estás durmiendo o no si:
a) estás debidamente estacionado
b) no estás en comisión de un delito flagrante, y
c) no estás estacionado en zona fronteriza, donde la GC sí puede acceder al interior de la misma por muy vivienda que sea.
De ahí para abajo, que digan lo que quieran los ayuntamientos y CCAA.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Esmolante en Febrero 12, 2008, 11:44:35 am
 Si werner, si eso ya lo había pensado yo: no abrir la puerta.

Y aunque la abrieses. Es evidente que una vez que la abres YA NO ESTÁS DURMIENDO.  .meparto

¿Como demuestran que antes sí que lo estabas? Pues porque no necesitan demostrar nada (esa es la gracia de nuestra legislación, que destruye el principio de presunción de inocencia, con la presunción de veracidad del policía).

De hecho, te multarían aunque no abrieses la puerta y luego tendrías tú que demostrar que no estabas dumiendo. No hace falta que abras la puerta: tienen tu matrícula, de ahí llegan al propietario. Ellos presuponen que, en ciertos sitios y a ciertas horas, estás durmiendo dentro.

Además, como te niegues a salir y enseñarles tu documentación, puedes estar seguro que:

1) Acabas saliendo
2) La multa va a ser la más alta.
3) Tu recurso se lo va a pasar por el ojo músico. (los recursos los atiende el propio agente que te puso la multa, juez y parte, en otra burla a la justicia y a la teoría del derecho).


Bueno. Todo esto tampoco es inútil. Así se nos van ocurriendo ideas, entre todos, para poder hacer frente a la guerra que ciertos politicuchos neofranquistas nos han declarado.  .lengua2
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: marcosgeol en Febrero 12, 2008, 12:15:49 pm
las leyes de turismo son de rango inferior al codigo de circulacion, por lo tanto no puede meterse en nada que diga el codigo de circulacion. de todas formas, repito que la instruccion dice claramente que es irrelevante el criterio de construccion (no se por que a nosotros no nos afecta) y el uso que se le de al vehiculo, por lo tanto da igual que tu duermas en el o que estes de cañas en el bar.
la ordenanza no se mete el el termino de acampada porque para trafico, un vehiculo no esta acampado esta bien o mal estacionado.
las leyes de turismo que habla de acampadas, son leyes para las zonas de acampada y las "acampadas libres" (eso es lo que yo creo) que se estan utilizando, en muchos casos de manera ilegal para desalojar al, bajo su punto de vista, "turismo de baja calidao o indeseado" o como lo querais llamar. pero estas leyes no se pueden meter en cuestionen que competen exclusivamente al codigo de circulacion.
lo mismo pasa con la ley de costas, la zona de proteccion no se mete en las zonas urbanizadas.
otro cosa es que te pongan la multa estando bien aparcado en base a las ordenanzas municipales o a las leyes de trafico y te tengas que joder y recurrirla, pero es ilegal.
esta claro que de primeras, la autoridad hara lo que le ordene el superior de turno, pero tambien esta totalmente claro que nosotros podemos aparcar correctamente nuestro vehiculo y dormir sin ser multados, da igual que durmamos en un coche, en un furgon, o en una autocaravana.
y repito, que esta ordenanza no hace mas que esclarecer lo que ya estaba reflejado en la legislacion española.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: GR11 en Febrero 12, 2008, 17:59:22 pm
Cita de: txapel en Febrero 11, 2008, 14:11:02 pm
este mismo correo lo he publicado en el tema de velocidades y ahora lo pongo aqui porque creo que es donde se esta comentando el documento de trafico.
leyendo el documento de trafico, en la pagina 2 hacia la mitad del documento, este da a entender que las campers, aunque esten matriculadas con el codigo 32, quedan excluidas de la consideracion de vehiculo especial de la categoria M1, por lo que las velocidades serian las de turismo.

Si alguien puede confirmarlo fehacientemente sabriamos a que atenernos todos.
   
 

Tiene razón Txapel, esto es de interes, pero.....

Veo que nadie de momento ha contestado esto y es un punto de gran interes:
1º el partado dice: "sin perjuicio de la exstencia de furgones de serie cuyo interior ha sido acondicionado como vivienda comúnmente conocidos como camper..........
2º pero en la velocidades máximas en su apartado a) 4º, comenta los códigos de ITV, como el 2448 (furgón vivienda) y el 3148 (vehículo mixto vivienda), con lo cual las velocidades son las mismas que obliga a las autocaravanas, por que lo que vale a fin de cuentas es la ficha técnica, en la cual nada dice, por lo menos en mi caso de CAMPER.
Venga desarrollemos este tema .loco2, que me estoy poniendo jili...

Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: FURGOPIN en Febrero 15, 2008, 16:13:31 pm
Cita de: txapel en Febrero 11, 2008, 14:11:02 pm
2º pero en la velocidades máximas en su apartado a) 4º, comenta los códigos de ITV, como el 2448 (furgón vivienda) y el 3148 (vehículo mixto vivienda), con lo cual las velocidades son las mismas que obliga a las autocaravanas, por que lo que vale a fin de cuentas es la ficha técnica, en la cual nada dice, por lo menos en mi caso de CAMPER.
Venga desarrollemos este tema .loco2, que me estoy poniendo jili...





     En la ficha técnica hay un numero que lo dice, que clase de vehículo es y darle mas vueltas es enrrollarlo mas, es lo que hay de momento, lo negro es negro y no se va a convertir en blanco por un milagro.

Tu lo has dicho la ficha es la que vale, con su correspondiente numero de clase de vehículo y no hay que dar mas vueltas,
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Manolín en Febrero 15, 2008, 19:57:28 pm
De momento, en cuanto a velocidades se refiere, estamos más perdios que el alambre del pan bimbo.

Dependerá de la clasificación y en algunos casos como los de autocaranas y vehículos vivienda, de momento no lo sabe ni tráfico ni la madre que los trajo.

Así que habrá que esperar. Hoy se ha publicado en este foro algún enlace sobre este tema.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: eneko en Febrero 15, 2008, 20:16:04 pm
jejeje circulamos sin límites tipificados por la ley.....  .ovni

que nos metan en categoría UFO
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: CARPEDIEM en Febrero 15, 2008, 20:22:08 pm
Cita de: manué en Febrero 10, 2008, 14:31:14 pm
cuidado que ya hay radares de galibo y discriminatorios,que yo sepa en la N-IV hay uno para automóviles con caravana; y ya hay post en el foro sobre multas por esta razón así que ya es decisión de cada uno....

Lo del galibo es cierto cualquier radar lo discrimina, a lo que me refiero es que el galibo de mi MP osea mixto adaptable vivienda, es exactamente igual que el de la viano robinson, por ejemplo, monovolumen turismo. Por lo que o les salta con cada viano, o no les salta con ninguna. Cosa diferente es una caravana, creo .malabares
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: ritacan en Febrero 16, 2008, 22:34:20 pm
¿ pero bueno esto es ciencia ficcion o que, si yo voy a una ciudad ,teniendo plaza en un camping ,que logicamente esta en las afueras ,tendre que ir con la furgo y aparcarla en algun lado no? o tengo que ir a pata a todos los sitios y dejar la furgo en el camping?
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: GR11 en Febrero 16, 2008, 22:53:03 pm
Cita de: ritacan en Febrero 16, 2008, 22:34:20 pm
¿ pero bueno esto es ciencia ficcion o que, si yo voy a una ciudad ,teniendo plaza en un camping ,que logicamente esta en las afueras ,tendre que ir con la furgo y aparcarla en algun lado no? o tengo que ir a pata a todos los sitios y dejar la furgo en el camping?



creo que camperdien se refiere a la velocidad que es el tema que se traía, quiere decir que segun el volumen del vehículo le aplican la velocidad correspondiente, eso lo hacen incluso con radares móviles, en salidas de puentes etc, que alen muchas autocaravanas, caravanas etc
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: ritacan en Febrero 16, 2008, 23:15:03 pm
perdon he leido lo de mas arriba y he creido que seguia el hilo del aparcar y acampar ;D
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: j.menocal en Febrero 20, 2008, 18:59:00 pm
Cita de: Esmolante en Febrero 12, 2008, 11:44:35 am
Si werner, si eso ya lo había pensado yo: no abrir la puerta.

Y aunque la abrieses. Es evidente que una vez que la abres YA NO ESTÁS DURMIENDO.  .meparto

¿Como demuestran que antes sí que lo estabas? Pues porque no necesitan demostrar nada (esa es la gracia de nuestra legislación, que destruye el principio de presunción de inocencia, con la presunción de veracidad del policía).

De hecho, te multarían aunque no abrieses la puerta y luego tendrías tú que demostrar que no estabas dumiendo. No hace falta que abras la puerta: tienen tu matrícula, de ahí llegan al propietario. Ellos presuponen que, en ciertos sitios y a ciertas horas, estás durmiendo dentro.

Además, como te niegues a salir y enseñarles tu documentación, puedes estar seguro que:

1) Acabas saliendo
2) La multa va a ser la más alta.
3) Tu recurso se lo va a pasar por el ojo músico. (los recursos los atiende el propio agente que te puso la multa, juez y parte, en otra burla a la justicia y a la teoría del derecho).


Bueno. Todo esto tampoco es inútil. Así se nos van ocurriendo ideas, entre todos, para poder hacer frente a la guerra que ciertos politicuchos neofranquistas nos han declarado.  .lengua2


tienes toda la razon a mi me pusieron una multa en asturias por pernoctar en la playa, en mi pliego de descargo les dije que me estaba cambiando de ropa y ellos me contestaron que no habia aportado ninguna pruebva que corroborase el hecho de que me estaba cambiando de ropa y que la palabra de un agente se toma como prueba segun el articulo 137 de la ley 30/92, los hechos constatados por funcionarios a los que se reconoce la condicion de autoridad y que se formalicen en documento publico observando los requisitos legales pertinenten tendran valor probatorio    
eso es lo que me ponen a mi en la denuncia
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Kimu en Febrero 20, 2008, 21:27:05 pm
Cita de: j.menocal en Febrero 20, 2008, 18:59:00 pm
tienes toda la razon a mi me pusieron una multa en asturias por pernoctar en la playa, en mi pliego de descargo les dije que me estaba cambiando de ropa y ellos me contestaron que no habia aportado ninguna pruebva que corroborase el hecho de que me estaba cambiando de ropa y que la palabra de un agente se toma como prueba segun el articulo 137 de la ley 30/92, los hechos constatados por funcionarios a los que se reconoce la condicion de autoridad y que se formalicen en documento publico observando los requisitos legales pertinenten tendran valor probatorio    
eso es lo que me ponen a mi en la denuncia


A mí me paso algo parecido, pero cotejando con el horario de sevicio de los agentes, el instructor del caso concluyó que según el horario de servicio, era imposible que pudieran certificar la pernocta. (los agentes empezaban el turno por la mañana temprano)
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: withthc en Febrero 21, 2008, 22:17:39 pm
Ahí la has clavado ! y felicitaciones al legislador por la independencia,
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: EA1EF en Marzo 01, 2008, 11:08:20 am
retirado en mensaje original debido a que no era informacion confirmada a pesar de que respondía a la realidad de mi paso por la ITV, pero ya sabemos lo "puestos" que estan en las ITV como para hacerles mucho caso

lo siento si confundi a alguien
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: Kimu en Marzo 01, 2008, 14:01:22 pm
...y digo yo: ¿se podrá participar de alguna manera en la elaboración del decreto ese?
¿Quién lo redacta? ¿Con quién se consulta? ¿las normas no deben ser consensuadas?
... ¿o sólo tenemos que tragar con lo que se decreta?

Me dá que se avecina otro chaparrón. .lluvia
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: FURGOPIN en Marzo 02, 2008, 19:14:33 pm
Cita de: EA1EF en Marzo 01, 2008, 11:08:20 am
Parece ser que hay un borrador nuevo que va a modificar bastante el tema de las "autocaravanas" que actualmente esta poco regulado. En dicho borrador parece que se va a imponer unos periodos de revision indistintos para todos los vehiculos vivienda acabados en 48 como 1048 3248 3148 2448 etc. Ayer en una ITV basandose en esto no han querido modificarme el vehiculo de 3148 a 1048 a pesar del informe de la VW

el mismo ingeniero de la ITV me ha comentado esto del borrador y segun el los limites de velocidad aunque figure 1048 son los reducidos y no los de turismo.


suerte



Creo que la ultima normativa de periodos de paso las ITV de las autocaravanas, salio mas o menos en Septiembre de el 2006, se a vuelto a exponer en el ultimo comunicado de trafico, de la velocidad de las autocaravanas, y todavia hay gente o ingenieros que no se enteran, parece que lo suyo es confundir a la gente, como coño van a llevar bien los temas de las ITV,s si no se enteran de las nuevas normas.

Acaban de hacer una pequeña modificacion hace cuatro dias y parece que segun algun ingeniero, la van a volver a cambiar otra vez, no me lo creo, lo poco que han echo les a costado mucho tiempo como para modificarlo en dos dias.
Cuando no se esta seguro es mejor no levantar polemicas, es mejor enterarse de las noticias diarias para estar al dia y estando ante el publico mas para estar seguro de lo que se dice.

Saludos
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: mindango en Marzo 21, 2008, 17:15:39 pm
Con respecto a estas prohibiciones que algunos aytos se sacan de la manga, hay que tener en cuenta además que las señales que en ocasiones utilizan (señal R-307 con la silueta de una AC de fondo) NO EXISTE en el apartado SEÑALES del bloque de NORMATIVA TECNICA del Reglamento General de Circulación.
A mi aún no me han entregado la furgo, una FIAT DUCATO sloop 1, pero ya he imprimido el documento y será lo primero que entre en la guantera, debidamente subrayado con fosfo pa que el guardia de turno no se pierda.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: p en Abril 07, 2008, 18:51:20 pm
Mola que te cagas la respuesta del principado.

Estimado Sr/a: me dirijo a usted al objeto de dar contestación a las pre-guntas formuladas ante el Servicio de Atención al Ciudadano, con rela-ción al nuevo Decreto 280/ 2007, de 19 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Campamento de Turismo.
Analizadas las cuestiones expuestas por usted, que con carácter general abarcan normas competencialmente distintas como son Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo. y el Decreto 280/2007, de 19 de diciembre por el que se aprueba el Re-glamento de Campamentos de Turismo, paso a detallarle lo siguiente:

Los artículos 90 a 94 del Reglamento General de Circulación  regulan las norma aplicables a las maniobras de parada y estacionamiento relativas a los lugares en que deben de efectuarse, modo y forma de ejecución, co-locación del vehículo, ordenanzas municipales y lugares prohibidos, que deberán de ser observadas por todos los vehículos con carácter general.

Teniendo en cuenta este planteamiento inicial, como tal vehículo esta sometido a las leyes de tráfico en todo lo relacionado a la circulación y a las maniobras de parada y estacionamiento en las vías publicas.
A este respecto conviene aclarar el termino estacionamiento regulado en el Anexo de la Ley de Trafico, Circulación de vehículos a motor y Segu-ridad Vial aprobado por real Decreto 339/1990 de 2 de marzo que lo de-fine como Inmovilización de un vehículo que no se encuentra en situación de detención ( inmovilización de un vehículo por emergencia, por necesi-dades de la circulación o para cumplir algún precepto reglamentario) o parada ( por un tiempo inferior a 2 minutos y sin que el conductor pueda abandonarlo.
Por otro lado el Anexo II de definiciones y categorías de vehículos del Reglamento General de Vehículos aprobado por real Decreto 2822/1998 de 23 de diciembre define la autocaravana como vehículo construido con propósito especial incluyendo alojamiento vivienda y conteniendo al me-nos el equipo siguiente; asientos, mesas, camas o literas que puedan ser convertidas en asientos, cocina y armarios o similares. Este equipo esta-rá fijado al compartimiento vivienda: los asientos y la mesa pueden ser diseñados para ser desmontados fácilmente.
No obstante en cuanto a la consideración de tal vehículo especial de ca-tegoría M dispone como hemos dicho de una serie de elementos que le permiten la utilización del mismo para comer, descansar, pernoctar...etc. por lo que en su consideración como alojamiento debe de estar sometido a la legislación turística.
Finalmente el artículo tres apartado uno del Decreto 280/2007, de 19 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Campamentos de Tu-rismo define la Acampada Libre como la instalación eventual de tiendas de campaña, caravanas u otros albergues móviles, con intención de per-manecer y pernoctar en lugares distintos a los campamentos de turismo autorizados.
Concluyendo, y sin perjuicio de las competencias de los Ayuntamientos, la autocaravana como cualquier otro vehículo tiene por objeto el despla-zamiento por carretera y "a priori" puede estar estacionada en un par-king. Cuestión distinta es que en ese estacionamiento se le habilite para su uso como alojamiento vivienda, y menos en espacios de terreno deli-mitados que han sido autorizados exclusivamente para la actividad de estacionamiento de vehículos y no para alojamiento vivienda. Desde el mismo momento en que se estaciona o aparca el vehículo y se pernocta en el mismo, se ha de aplicar la normativa turística, siendo esta el De-creto 280/2007, de 19 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Campamentos de Turismo.

LA JEFA DE SERVICIO DE ORDENACIÓN EMPRESAS Y ACTIVIDADES TURISTICAS
Carmen Ocio Fernández      


Recibido el dia de hoy.
Alguien quiere una furgo?
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: Dortoka en Abril 07, 2008, 19:19:10 pm
Que jeta tiene la tía... fijate la respuesta que me dió a un escrito mío hace unos días:

Cita de: Dortoka en Abril 03, 2008, 15:18:20 pm
"Estimado Sr/a: me dirijo a usted al objeto de dar contestación  a las pre-guntas formuladas ante el Servicio de Atención al Ciudadana, con relación al nuevo Decreto 280/ 2007, de 19 de diciembre, por el que se aprueba el  Reglamento de Campamento de Turismo.
Analizadas las cuestiones  expuestas por usted, que con carácter general abarcan normas  competencialmente distintas como son  Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo. y el  Decreto 280/2007, de 19 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Campamentos de Turismo,  paso a detallarle lo siguiente:

Los artículos 90 a 94 del Reglamento General de Circulación   regulan las norma aplicables a las maniobras de parada y estacionamiento relativas a los lugares en que deben de efectuarse, modo y forma de ejecución, co-locación del  vehículo, ordenanzas municipales y lugares prohibidos, que deberán de ser observadas por todos los vehículos con carácter general. 

Teniendo en cuenta este  planteamiento inicial,  como tal vehículo esta sometido a las leyes de tráfico en todo lo relacionado a la circulación y a las maniobras de parada y estacionamiento en las vías publicas.
A este respecto conviene aclarar el termino estacionamiento regulado en el Anexo de la Ley de Trafico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial aprobado por real Decreto 339/1990 de 2 de marzo que lo define como Inmovilización de un vehículo que no se encuentra en situación de detención ( inmovilización de un vehículo por emergencia, por necesidades de la circulación o para cumplir algún precepto reglamentario) o parada ( por un tiempo inferior a 2 minutos y sin que el conductor pueda abandonarlo.
Por otro lado el Anexo II de definiciones y categorías de vehículos del Reglamento General de Vehículos aprobado por real Decreto 2822/1998 de 23 de diciembre define la autocaravana como vehículo construido con propósito especial incluyendo alojamiento vivienda y conteniendo al menos el equipo siguiente; asientos, mesas, camas o literas que puedan ser convertidas en asientos, cocina y armarios o similares. Este equipo estará fijado al compartimiento vivienda: los asientos y la mesa pueden ser diseñados para ser desmontados fácilmente.
No obstante  en cuanto a la consideración de tal vehículo especial de categoría M dispone como hemos dicho de una serie de elementos que le permiten la utilización del mismo para comer, descansar, pernoctar...etc por lo que en su consideración como  alojamiento debe de estar sometido a la legislación turística.
Finalmente el articulo tres apartado uno  del Decreto 280/2007, de 19 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Campamentos de Turismo define la Acampada Libre como la instalación eventual de tiendas de campaña, caravanas u otros albergues móviles, con intención de permanecer y pernoctar en lugares distintos a los campamentos de turismo autorizados.
Concluyendo, y sin perjuicio de las competencias de los Ayuntamientos, la autocaravana como cualquier otro vehículo tiene por objeto el despla-zamiento por carretera y "a priori" puede estar estacionada en un parking. Cuestión distinta es que en ese estacionamiento  se le habilite para su uso como alojamiento vivienda, y menos en espacios de terreno delimitados que han sido autorizados exclusivamente para la actividad de estacionamiento de vehículos y no para alojamiento vivienda. Desde el mismo momento en que se estaciona o aparca el vehículo y se  pernocta en el mismo,  se ha de aplicar la normativa turística, siendo esta  el  Decreto 280/2007, de 19 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Campamentos de Turismo.

LA JEFA DEL SERVICIO DE ORDENACIÓN DE EMPRESAS Y ACTIVIDADES TURISTICAS
Carmen Ocio Fernández      
03.04.2008"


¿Te suena algo?
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: mindango en Abril 11, 2008, 16:25:04 pm
 .confuso2"Cuestión distinta es que en ese estacionamiento  se le habilite para su uso como alojamiento vivienda, y menos en espacios de terreno delimitados que han sido autorizados exclusivamente para la actividad de estacionamiento de vehículos y no para alojamiento vivienda. Desde el mismo momento en que se estaciona o aparca el vehículo y se  pernocta en el mismo,  se ha de aplicar la normativa turística, siendo esta  el  Decreto 280/2007, de 19 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Campamentos de Turismo."

Creo que esta señora no se ha leido el documento, mas concretamente el primer parrafo de la página seis donde dice muy claro que siempre que la actividad desarrollada dentro del vehiculo no trascienda al exterior del mismo y siempre que esté estacionado correctamente NO ES RELEVANTE EL HECHO DE QUE SUS OCUPANTES SE ENCUENTREN EN EL INTERIOR DEL MISMO Y LA AUTOCARAVANA NO ES UNA EXCEPCIÓN.
Creo que está bastante claro tal y como lo dice el Sr Director General de Tráfico
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: mendilore en Abril 11, 2008, 23:51:01 pm
Cita de: mindango en Abril 11, 2008, 16:25:04 pm
.

Creo que esta señora no se ha leido el documento, mas concretamente el primer parrafo de la página seis donde dice muy claro que siempre que la actividad desarrollada dentro del vehiculo no trascienda al exterior del mismo y siempre que esté estacionado correctamente NO ES RELEVANTE EL HECHO DE QUE SUS OCUPANTES SE ENCUENTREN EN EL INTERIOR DEL MISMO Y LA AUTOCARAVANA NO ES UNA EXCEPCIÓN.
Creo que está bastante claro tal y como lo dice el Sr Director General de Tráfico


El señor director de tráfico esta muy bien que diga, pero yo le creo al señor boletin oficial del estado, alias BOE y por ahora éste no ha dicho ni muuu!.

Y encima la señorita chacon pasa a defensa......
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: p en Abril 11, 2008, 23:57:24 pm
Bueno pues habra que empezar a hacer algo. Propongo tormenta de ideas y un ratico enla nacional para empezar con el tema. Estooo... antes de las cervezas....por cierto que tengo que inscribirme :-[
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: mendilore en Abril 12, 2008, 00:04:07 am
Cita de: p en Abril 11, 2008, 23:57:24 pm
Bueno pues habra que empezar a hacer algo. Propongo tormenta de ideas y un ratico enla nacional para empezar con el tema. Estooo... antes de las cervezas....por cierto que tengo que inscribirme :-[


:)

DEBERIAMOS
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: AlvaroT3 en Abril 12, 2008, 12:40:39 pm
Me ha contesatdo el ayuntamiento de cadaques.
(recordar http://www.furgovw.org/index.php?topic=27931.msg376703#msg376703 )
En catalan, aunque yo les he escrito en español. Pero bueno. (Se entiende gracias a las lecciones de catalan que me han dado txetxo y perla negra)
me dicen (traduccion libre) que como cadaques es muy pequeñito y las autocaravanas muy grandes, se pasasn por el forro de los cojones la normativa nacional y que sigue la prohibicion de circular autocaravanas en su pueblo.
esto es un ejemplo de como es la sociedad. "hacemos las normas para los demas y las excepciones para nosotros"

Desde aqui propongo hacer el año que viene la III Quedada Nacional en cadaques. Y que se joda el alcalde. a parte de que esatria bien que cada uno de los 9000 foreros le mandase diez mails al alcalde. Y les colapsamos la cuenta de correo. Por chulo
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: mendilore en Abril 14, 2008, 00:59:09 am
Cita de: alvarogares en Abril 12, 2008, 12:40:39 pm
Me ha contesatdo el ayuntamiento de cadaques.
(recordar http://www.furgovw.org/index.php?topic=27931.msg376703#msg376703 )
En catalan, aunque yo les he escrito en español. Pero bueno. (Se entiende gracias a las lecciones de catalan que me han dado txetxo y perla negra)
me dicen (traduccion libre) que como cadaques es muy pequeñito y las autocaravanas muy grandes, se pasasn por el forro de los cojones la normativa nacional y que sigue la prohibicion de circular autocaravanas en su pueblo.
esto es un ejemplo de como es la sociedad. "hacemos las normas para los demas y las excepciones para nosotros"

Desde aqui propongo hacer el año que viene la III Quedada Nacional en cadaques. Y que se joda el alcalde. a parte de que esatria bien que cada uno de los 9000 foreros le mandase diez mails al alcalde. Y les colapsamos la cuenta de correo. Por chulo


Voooto por ello!
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: aremaki en Abril 15, 2008, 09:59:34 am
Hola a todos.

A mi me ha llegado también la respuesta típica de Principado. Como no quiero dar el asunto por cerrado, que es lo que ellos quieren, les he respondido para que por lo menos estén jodidos y tengan una respuesta pendiente que dar.
Os propongo que todos hagamos lo mismo. Ya que nos roban, por lo menos hacerles perder el tiempo...

"Buenos dias,

Sin entrar a valorar la legalidad del párrafo siguiente (que será recurrido en su dia) sobre la utilización privada y sin trascendencia hacia el exterior que se pueda hacer en un vehículo, contenido en su respuesta tipo


"la autocaravana como cualquier otro vehículo tiene por objeto el desplazamiento por carretera y "a priori" puede estar estacionada en un parking. Cuestión distinta es que en ese estacionamiento se le habilite para su uso como alojamiento vivienda, y menos en espacios de terreno delimitados que han sido autorizados exclusivamente para la actividad de estacionamiento de vehículos y no para alojamiento vivienda. Desde el mismo momento en que se estaciona o aparca el vehículo y se pernocta en el mismo, se ha de aplicar la normativa turística, siendo esta el Decreto 280/2007, de 19 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Campamentos de Turismo."


Les agradezco su respuesta pero debo decirles que no responde a ninguna de mis preguntas:


   1-En que momento del día se entiende que yo debo estar circulando y no
   aparcado para que no se me multe por pernoctar, es decir ; de que hora
   a que hora debo estar permanentemente circulando para que no se me 
   sancione por "pernoctar".                                           
                                                                       
   2-Que pruebas debe recabar el agente que inicia el proceso sancionador
   para demostrar el hecho de la pernocta.                             
                                                                       
   3-Cual es la solución que me dan si no hay ningún campamento de turismo
   autorizado abierto cuando pretendo junto a mi familia hacer uso de un
   vehículo perfectamente autorizado a circular, cosa que sucede en 
   Asturias sobre 8 meses al año.                                   
                                                                       
   3-¿Podría definirme pernocta según la ley de turismo?         
                                                                       
   4-¿Porque se me impide el libre uso y disfrute de mi vehículo homologado
   para tal fin, aun circulando exclusivamente por las vías y       
   estacionamientos homologados para todo tipo de vehículos?         
                                                                       
   5- ¿La prohibición es exclusiva para autocaravanas o es extensiva a
   otros vehículos?. Es decir, ¿la pernocta de transportistas en sus
   camiones es sancionable también?                                 
                                                                       
   6- ¿"Dormir la mona" en un vehículo después de haber consumido bebidas
   alcohólicas y obviamente sin poder conducir según la legislación de
   tráfico vigente es sancionable? ¿Como debería actuar un autocaravanista
   ante esta situación: conducir poniendo en peligro su vida y la de los
   demás o descansar y exponerse a una sanción por no respetar la 
   legislación existente en el Principado?                           
                                                                       
   7-La Dirección General de Tráfico recomienda descansar cada cierto
   tiempo durante la conducción. Para los conductores profesionales es
   incluso una obligación, susceptible de ser sancionada si se incumple. Le
   agradecería que me indicasen como debe actuar un autocaravanista que,
   habiendo conducido toda la jornada, se encuentre ya cerradas todas las
   recepciones de campings o encuentre estos completos al llegar a última
   hora de la tarde al P^rincipado.   



Por lo tanto sigo pendiente de una solución por su parte a las cuestiones concretas que he planteado, y no un fichero standard que es lo que me han hecho llegar"
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: Oli en Abril 15, 2008, 12:02:48 pm
Cita de: aremaki en Abril 15, 2008, 09:59:34 am
1-En que momento del día se entiende que yo debo estar circulando y no
   aparcado para que no se me multe por pernoctar, es decir ; de que hora
   a que hora debo estar permanentemente circulando para que no se me 
   sancione por "pernoctar".                                           
                                                                       
5- ¿La prohibición es exclusiva para autocaravanas o es extensiva a
   otros vehículos?. Es decir, ¿la pernocta de transportistas en sus
   camiones es sancionable también?                                 


Bien, bien Aremaki, esoy que me muero de impaciencia a ver que contestan a eso. Ya solo faltaba preguntar porque la siestecilla en pleno día no es sancionable. Sera porque no actuán con nocturnidad. .meparto ?

.palmas Oli..
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: Cuatroymiedo en Abril 15, 2008, 13:09:00 pm
El finde pasado en Tarifa otra vez lo mismo, tercera vez, un GC, me toma los datos, ojo hasta el seguro, por que estoy estacionado en un lugar prohibido, mentira, estaba rodeado de turismos, y por acampar, mentira, yo solo en mi furgo (lamentablemente) y sin nada afuera. Me dicen que me toman los datos y que a la proxima vez me empapelan.

¿En que momento ya muy cabreado puedo denunciar al denunciante por acoso, ya que no me deja ejercer mis libertades reconocidas en la legilacion vigente? fundamentalmente dormir.

Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: cisne en Abril 17, 2008, 20:12:02 pm
Aremaki , yo en su dia tambien pedi expliciones al Principado por el motivo que nos ocupa y me ha contestado hace una semana en el mismo sentido que a ti. ¿me das permiso para plagiar tu contestacion y enviarsela , para que tambien tengan que molestarse  en una contestacion mas?

buenos viajes
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: aremaki en Abril 18, 2008, 08:14:32 am
Por supuesto cisne, si lo pongo aquí es precisamente pq creo que cuantos mas seamos mas les...molestaremos
Yo lo unico que hice fue volver a copiar las mismas preguntas que le había hecho en el primer correo. Y seguiré así hasta que me contesten
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: inamai en Abril 18, 2008, 08:59:15 am
Esto es lo ke he enviado y no me cansare de enviar cada semana, lo mismo podriamos hacer con cada ayunta ke se ponga chulo y ke no desprecie de esta manera.

"A la espera de la publicación en el BOE de la resolución de grupo de trabajo GT-53 me gustaría una aclaración por vuestra parte de una serie de preguntas.

Buenos días,

Sin entrar a valorar la legalidad del párrafo siguiente (que será recurrido en su día) sobre la utilización privada y sin trascendencia hacia el exterior que se pueda hacer en un vehículo, contenido en su respuesta tipo


"la autocaravana como cualquier otro vehículo tiene por objeto el desplazamiento por carretera y "a priori" puede estar estacionada en un parking. Cuestión distinta es que en ese estacionamiento se le habilite para su uso como alojamiento vivienda, y menos en espacios de terreno delimitados que han sido autorizados exclusivamente para la actividad de estacionamiento de vehículos y no para alojamiento vivienda. Desde el mismo momento en que se estaciona o aparca el vehículo y se pernocta en el mismo, se ha de aplicar la normativa turística, siendo esta el Decreto 280/2007, de 19 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Campamentos de Turismo."


Les agradezco su respuesta pero debo decirles que no responde a ninguna de mis preguntas:


   1-En que momento del día se entiende que yo debo estar circulando y no
   aparcado para que no se me multe por pernoctar, es decir ; de que hora
   a que hora debo estar permanentemente circulando para que no se me 
   sancione por "pernoctar".                                           
                                                                       
   2-Que pruebas debe recabar el agente que inicia el proceso sancionador
   para demostrar el hecho de la pernocta.                             
                                                                       
   3-Cual es la solución que me dan si no hay ningún campamento de turismo
   autorizado abierto cuando pretendo junto a mi familia hacer uso de un
   vehículo perfectamente autorizado a circular, cosa que sucede en 
   Asturias sobre 8 meses al año.                                   
                                                                       
   3-¿Podría definirme pernocta según la ley de turismo?         
                                                                       
   4-¿Porque se me impide el libre uso y disfrute de mi vehículo homologado
   para tal fin, aun circulando exclusivamente por las vías y       
   estacionamientos homologados para todo tipo de vehículos?         
                                                                       
   5- ¿La prohibición es exclusiva para autocaravanas o es extensiva a
   otros vehículos?. Es decir, ¿la pernocta de transportistas en sus
   camiones es sancionable también?                                 
                                                                       
   6- ¿"Dormir la mona" en un vehículo después de haber consumido bebidas
   alcohólicas y obviamente sin poder conducir según la legislación de
   tráfico vigente es sancionable? ¿Como debería actuar un autocaravanista
   ante esta situación: conducir poniendo en peligro su vida y la de los
   demás o descansar y exponerse a una sanción por no respetar la 
   legislación existente en el Principado?                           
                                                                       
   7-La Dirección General de Tráfico recomienda descansar cada cierto
   tiempo durante la conducción. Para los conductores profesionales es
   incluso una obligación, susceptible de ser sancionada si se incumple. Le
   agradecería que me indicasen como debe actuar un autocaravanista que,
   habiendo conducido toda la jornada, se encuentre ya cerradas todas las
   recepciones de campings o encuentre estos completos al llegar a última
   hora de la tarde al P^principado.   



Por lo tanto sigo pendiente de una solución por su parte a las cuestiones concretas que he planteado, y no un fichero standard que es lo que me han hecho llegar"
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico bastante esclarecedor.
Publicado por: GR11 en Abril 20, 2008, 22:17:39 pm
Cita de: CARPEDIEM en Febrero 05, 2008, 20:22:23 pm
¿Que es recurrible? pues venga recurre una ley en principio vigente y legal con una instrucción de tráfico.






no es una instrucción cualquiera sin más, .nono, es una instrucción que cita a una Ley de rango superior  .ereselmejor, que no es lo mismo  ;)
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: p en Abril 21, 2008, 10:31:21 am
http://www.lne.es/secciones/noticia.jsp?pRef=2008042100_36_628856__Aviles-Minipiso-sobre-ruedas
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: Yuyuya en Abril 21, 2008, 12:46:32 pm
Este es el forero jperchita??
Me parece bien lo que dice, sobretodo algunas puntualizaciones
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: wernermolders en Abril 21, 2008, 15:00:45 pm
Este chico de la noticia de La Nueva España expresa tan bien el asunto, y me toca tan de cerca por lo que muchos sabéis, que he enlazado la noticia directamente a mi perfil de Facebook.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: GOFIO en Abril 21, 2008, 17:02:09 pm
  .palmas si señor, algo es algo .palmas
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: Anacoreta en Abril 23, 2008, 00:10:05 am
Muy curioso, y el problema muy bien explicadito.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: furgometal en Junio 02, 2008, 13:48:29 pm
noticias frescas:

PERE NAVARRO PRESENTA EL MANUAL 'LA MOVILIDAD EN AUTOCARAVANA' 
Escrito por Onda Caravaning     
lunes, 02 de junio de 2008 
Tras la conclusión de la actividad de la Mesa de Tráfico GT.53, el Director General de Tráfico, Pere Navarro, ha presentado hoy, 2 de junio, en Madrid el manual "La Movilidad en Autocaravana". El acto ha tenido lugar en el Hotel Puerta de América, bajo el marco del 20º Aniversario de ASEICAR (Asociación Española de Comercio del Caravaning).

Durante más de un año, la Mesa GT.53 contó con la presencia de diversas instituciones públicas capitaneadas por el Observatorio Nacional de Seguridad Vial de la DGT, representantes de usuarios y con la Asociación Española de comercio del Caravaning (ASEICAR) e ICA, Industrias del Caravaning Asociadas en representación de los empresarios; así como otras instituciones públicas, que analizaron la situación del sector autocaravanista en España, buscando una regulación de esta actividad. Las sucesivas reuniones dieron como resultado el manual de Movilidad en Autocaravana que hoy en Madrid se ha presentado, el cual se distribuirá entre usuarios, agentes de tráfico, municipios, empresarios del sector y medios de comunicación, y que permitirá dotar de unas recomendaciones efectivas para el correcto desarrollo de una actividad en constante crecimiento en España y en el resto de Europa.

Tras la presentación del citado Manual, los asistentes al acto, entre los que cabe destacar, el propio Director General de Tráfico, Pere Navarro, la ex-senadora y actual diputada Ana Chacón (impulsora de la moción presentada en el Senado para la regularización de la actividad de las Autocaravanas), el Presidente de ASEICAR, José Manuel Jurado, y los presidentes de la Plataforma Autonóma Autocaravanista (PACA) y de la Federación Española de Clubes y Asociaciones Campistas, entre otros, tomarón parte en la entrega de galardones por el 20º Aniversario de ASEICAR, para posteriormente celebrar un almuerzo organizado por la citada asociación donde medios de comunicación especializados y los representantes anteriormente mencionados, compartieron mesa y mantel.


sacado de aqui:
http://www.ondacaravaning.es/app/index.php
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: tutatis en Junio 02, 2008, 13:57:00 pm
se sabe cual es el manual donde esta publicado???
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: furgometal en Junio 02, 2008, 20:35:10 pm
pues ya se puede descargar:

http://www.ondacaravaning.es/app/media/manual.pdf

creo q todos deberiamos llevar este manual en la furgo,no estaria de mas q se pusiera en un lugar mas visible para q llegara a todos.
por otro lado deberiamos empezar hacerselo llegar a los ayuntamientos sobre todo en asturias.
importante lo q dice relativo a estacionar y acampar, y tb lo relativo a la ley de costas

un saludo a todos
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: Kimu en Junio 02, 2008, 21:18:59 pm
Eskerrikasko!

Voy a imprimirlo en el curro, y de paso lo encuaderno...

Eman ta zabal zazu!

http://www.ondacaravaning.es/app/media/manual.pdf
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: Manolín en Junio 02, 2008, 21:26:08 pm
Lo he puesto en la portada. Muchas gracias Furgometal.

También lo podeis descargar en http://www.furgovw.org/index.php?action=tpmod;dl=item94

Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: lola-t2 en Junio 08, 2008, 23:43:21 pm
Vale, todo esto es ``mu bonito´´ pero...
que pasa si me pasa otra vez, que me viene un munipo de Santander y me dice que tengo que sacar la AC de un parking de del sardinero?
3 de la terde, sin hace NADA.
Explicacion del tio: segun ordenanza municipal, esta prohibido estacionar autocaravanas en todo el termino municipal de Santander.
Que hariais???
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: Esmolante en Junio 09, 2008, 12:09:32 pm
 Lola, para empezar, sacarla de ahí para evitar la multa.

Pero antes, pedir al pitufo que se identifique. Y luego, presentar una queja a ese número de la Policía Municipal porque está obligado, antes que por las ordenanzas, por el Código de Circulación. Y este documento deja claro que no puede haber discriminaciones entre los vehículos.

Lo óptimo sería que alguna asociación de ACs (roulottes, campers o lo que sea, que para mi somos todos lo mismo) presentase un recurso contra esa ordenanza por considerarla incompatible con una ley de rango superior y, por lo tanto, ilegal.



Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: lola-t2 en Junio 09, 2008, 13:55:12 pm
Cita de: Esmolante en Junio 09, 2008, 12:09:32 pm
Lola, para empezar, sacarla de ahí para evitar la multa.

Pero antes, pedir al pitufo que se identifique. Y luego, presentar una queja a ese número de la Policía Municipal porque está obligado, antes que por las ordenanzas, por el Código de Circulación. Y este documento deja claro que no puede haber discriminaciones entre los vehículos.

Lo óptimo sería que alguna asociación de ACs (roulottes, campers o lo que sea, que para mi somos todos lo mismo) presentase un recurso contra esa ordenanza por considerarla incompatible con una ley de rango superior y, por lo tanto, ilegal.





Ya, ya, si estamos de acuerdo.
El tio la verdad es que fué muy amable, pero como siempre recurren al:  ``siyosoyunmandao´´, que me pone de más mala leche aun.
Lo que más me da por saco, es que esté con mi chica y mi hija, pequeñita, y me traten como si fuera un delincuente. Pues ya te han jodido el día, asi de simple.
Si no me largo, la tenemos liada, y si me largo pues tambien...
POLITICOS DE MIERDA.
Saludos.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: Esmolante en Junio 09, 2008, 17:20:56 pm
Cita de: lola-t2 en Junio 09, 2008, 13:55:12 pm
Lo que más me da por saco, es que esté con mi chica y mi hija, pequeñita, y me traten como si fuera un delincuente. Pues ya te han jodido el día, asi de simple.


Ya...

  :(

Es una putada. Yo la única solución que veo inmediata es planificar las vacaciones fuera del estado español. Y los municipios y regiones más anticaravanistas...ni pisarlos. A los necios no hay mayor castigo que darles lo que quieren: si no nos queréis, no vamos.

Y para un futuro, organizarnos y protestar.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: cisne en Junio 16, 2008, 21:16:08 pm
os escaneo dos notificaciones del Principado certificadas y con acuse de recibo una  Osi  y otra a mi son contestacion a la peticion de explicaciones que hicimos en su dia unos cuantos , concernientes al tema que nos ocupa. En esta notificacion creo entender que se puede recurrir la norma por via CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA. Esta misma resolucion supongo que se la habran enviado a los afiliado a la Paca que tambien presentaron en esas fechas la peticion de explicaciones.

GOBIERNO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
CONSEJERíA DE CULTURA y TURISMO


Dirección General de Turismo



ADMÓN. PRINCIPADO DE ASTURIAS Reg, Salida N ~2D08705000013152 05•06•2008 11: 21 : 01


A G, PEDRO
CANTABRIA



N° EXPTE: 2008/009326
ASUNTO: RESOLUCIÓN RECURSO DECRETO 280/2007
TRASLADOUERESOLUCIÓN DE RECURSO
Adjunto remito copia del Acuerdo del Consejo de Gobierno, por el que se declara inadmisible el recurso de reposición interpuesto contra el Decreto 280/2007, de 19 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Campamentos de Turismo.
Lo que le notifico para su conocimiento y efectos, significándole que contra dicho acuerdo puede interponerJos recursos en él mencionados.
Oviedo, a 05 dejunio de 2008
La lefa del Servicio de Ordenación, Empresas y Actividades Turísticas


Calle Eduardo Herrera "Herrerita" sin, la planta, 33006, Oviedo. Tfno.: 985 106425, Fax: 9SS 1064 21

Recursos de reposición nOs 08-0005-161 a 170 David .............., Manuel ..........., Julio .............., Begoña .............., María V............................, Luis ..............., Luis F........................., Pedro ..........., David A.......... y María T.......................







COMISION DE SECRETARIOS GENERALES TECNICOS

Examinada la propuesta ,en la reunión celebrada
dia 15-05-2008. es infonnada favorablemente,
GeucJ3fo/E--t-



PRINCIPADO DE ASTURIAS
CONSEJO DE GOBIERNO
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E IGUALDAD
SECRETARIADO DEL GOBIERNO
Asunto: Recursos de reposlclOn interpuestos por don David ............... don Manuel ..........., don Julio ............., doña Begoña .............., doña María V............................, don Luis ..............., don Luis F........................., don Pedro ............, don David ............ y doña María T......................., todos ellos actuando en su propio nombre y derecho, contra Decreto 280/2007, de 19 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Campamentos de Turismo
Texto del Acuerdo que se propone: son examinados por el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias los recursos de reposición interpuestos por don David ,,,,,,,,,,,,,,, don Manuel ,,,,,,,,,,,, don Julio ,,,,,,,,,,,,,,, doña Begoña ,,,,,,,,,,,,,,, doña María V,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,........, don Luis ..............., don Luis F........................., don Pedro ..........., don David ............ y doña María T......................., todos ellos actuando en su propio nombre y derecho, contra Decreto 2.80/2007 , de 19 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Campamentos de Turismo.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Con fecha 4 de enero de 2008 se publica en el Boletín Oficial del Principado de Asturias el Decreto 280/2007, de 19 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Campamentos de Turismo.

Segundo.- Frente a dicho Decreto se interponen, con fecha 31 de enero de 2008, recursos de reposición por don David ............... don Manuel ............ don Julio .............., doña Begoña..............., doña María V............................, don Luis ................ don Luis .........................., don Pedro
..........., don David ............y doña María Teresa ................., actuando todos ellos en nombre y derecho propio, en los que solicitan que se incluya un nuevo apartado en el texto del artículo 3, apartado tercero, del Decreto 20812007, de 19 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Campamentos de Turismo.

Tercero.- Con fecha 5 de marzo de 2008, la Jefa del Servicio de Ordenación, Empresas y Actividades Turísticas de la Consejería de Cultura y Turismo emite informe en el que propone, por las razones que invoca, que los recursos deben ser declarados inadmisibles.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Los recursos interpuestos por los recurrentes mencionados, si bien son independientes entre sí, son coincidentes en su planteamiento y pretensión, 10 que permite su acumulación para resolver, en aplicación del artículo 73 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, ya que guardan entre sí identidad sustancial e íntima conexión.

Segundo.- Con carácter previo a cualquier otra valoración debe analizarse la posible inadmisibilidad de los recursos interpuestos ya que, de ser apreciada, haría innecesario un pronunciamiento sobre el fondo del asunto.

La cuestión que se plantea se circunscribe a determinar si procede interponer recursos de reposición contra un Decreto aprobado por el Consejo de Gobierno. En este sentido, resulta de aplicación 10 dispuesto en el artículo 107.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, según el cual: "Contra las disposiciones administrativas de carácter general no cabrá recurso en vía administrativa".

Teniendo la consideración de disposición administrativa de carácter general el Decreto 280/2007, de 19 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Campamentos de Turismo, no cabe otra cosa que declarar la inadmisibilidad de los recursos interpuestos.

POR LO EXPUESTO, el Consejo de Gobierno acuerda declarar inadmisibles por improcedentes los recursos de reposición interpuestos por don David .............., don Manuel............, don Julio .............., doña Begoña .............., doña María ............................., don Luis ..............., don Luis F........................., don Pedro .........., don David ........... y doña M T......................., actuando todos ellos en su propio nombre y derecho, contra Decreto 280/2007, de 19 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Campamentos de Turismo.


Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación. Todo ello, sin perjuicio de la posibilidad de interponer cualquier otro recurso que se estime procedente.

Notifiquese el presente Acuerdo en los términos previstos en el artículo 58 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

                                     Oviedo, a 8 de Abril de 2008

LA SECRETARIA  DEL CONSEJO DE GOBIERNO


Maria Jose Ramos Rubiera
   
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Aprobada la anterior propuesta por el Consejo de obierno en su reunión de
   
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: Esmolante en Junio 17, 2008, 02:18:16 am
 Cisne, como cualquier otra multa.

La cuestión es que nadie se mete en esos berenjenales por una multa. Ahora, todos juntos sí que podríamos recurrirla. Yo, si hay que poner pasta para que uno de nosotros recurra hasta el final, la pongo.

O si creéis que es mejor asociarse a la PACA y que sean ellos. ¿Alguien sabe si van a presentar recurso en el juzgado? Yo, si veo que hay una asociación que va a guerrear por nuestros derechos en los juzgados...estupendo.

Ahora, pagar por que me redacten un recurso-tipo y, si no surte efecto, recomendarte que pagues y desentenderse del tema...vaya asistencia jurídica.

¿Cómo va la PACA en eso? ¿Estáis más informados? Parece interesante el asunto.
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: EA1EF en Julio 10, 2008, 00:20:27 am
buf!

la resolucion parece correcta, si recurres al contencioso administrativo solo se trataría la cuestion última que te comunican y no la ley que recurriste. Una ley o norma de caracter general no puede ser objeto de "recurso de reposicion" salvo rarísimas excepciones. La figura legal para recurrir una Ley va mas bien por el Constitucional, creo que el supremo puede declarar nulidad en algunos casos, y otros caminos muy áridos... puede plantearse nulidad si contraviene otras leyes de rango superior (leyes básicas estatales, leyes orgánicas, etc) Ten en cuenta que las autonomias pueden aprobar lo que les plazca y por lo general solo el estado u otra autonomia plantean cuestiones de tipo constitucional. No hay mas que ver las transferencias de costas y aguas a quienes han incluido estas competencias en sus estatutos de autonomía.

Un camino alternativo mas asequible es el defensor del pueblo y la Comunidad Europea

suerte
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: chino2 en Agosto 20, 2008, 12:48:26 pm
HOLA

Esto aparece en el perididico DIARIO DE AVISOS Canario:

http://www.diariodeavisos.com/diariodeavisos/content/222013/ (http://www.diariodeavisos.com/diariodeavisos/content/222013/)

Parece que no nos ponemos de acuerdo,esto es un tira y afloja de nunca acabar... .confuso2

Saludos
chino2
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: Cantabriavanas en Agosto 20, 2008, 13:01:27 pm
Pues, ya sabemos con quien es la ley y como de legal es su señalización vertical.... PEro eso hay que recurrir delante de los jueces..... ???
Título: Gracias por el documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: lexgp en Noviembre 06, 2008, 21:56:35 pm
Antes de nada comentaros que tengo una marco polo de dos años y medio.
Os cuento mi experiencia de esta mañana, al salir de casa a unos cincuenta metros me paran los mossos, me piden la ficha y me quieren multar por el tema de la itv, les digo que tengo entendido que es cada 4 años la primera vez y el tio me suelta que no, que  nuestras furgos tienen que ir a los dos años y despues una vez al año, le insisto que eso no es lo que tengo entendido, y me pega la bronca porque no se la normativa del vehiculo que conduzco, se va al coche patrulla y empieza con la receta, pero entonces... tachan me acuerdo del documento que hace unos meses imprimi y llevo en la guantera, voy se lo entrego y el tio se lo lee entero, despacito pero entero, y me contesta que no me va a poner la multa, sin reconocer su error, y que no esperare que el sepa todas las normativas desde el 98. En definitiva que ellos que son profesionales no estan obligados a conocer las normas de trafico, y nosotros como usuarios si. Por suerte esta vez me he salvado de una buena, ;D ;D ;D y ha sido gracias a vosotros, asi que solo me falta deciros  GRACIAS
Título: Re: Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: filiprim en Noviembre 06, 2008, 22:19:27 pm
buff, y si no llevas el documento luego a perder tiempo en recurir,aunque te la quiten.
deberian tener algun sistema informatizado instantaneo para proceder sin errores.
Título: Re:Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: lafurgonetasimoneta en Abril 14, 2009, 01:40:11 am
Hola a todos. Me temo que la cosa no sirve para nada. Hace unos días me pusieron un multazo de 150 euros en Cadaqués, no por pernoctar, sino simplemente ¡¡¡por estar aparcado en un parking!!!. Supongo que lo recurriré inútilmente... no sé si no sería mejor pagar pronto y ahorrarme una parte... Desde luego el asunto de intentar ir de buen rollo y dialogar no sirvió de nada.
Título: Re:Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: Manolín en Abril 14, 2009, 06:50:23 am
Cadaques es para gente con clase, nosotros no podemos ir ni siquiera al supermercado. Ese pueblo está en la lista negro desde hace muchos años.

Pues pa ellos.
Título: Re:Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: abereo en Abril 06, 2010, 13:55:05 pm
Buenas esta mañana al despertar................................SORPRESA!!!!!!!!!!!!!! 60.01Euritos por dormir en la playa de Los Lances tarifa en el mes de enero
Hechos Estacionar el vehiculo furgoneta marca ................... , modelo.............matricula.................... entre el ocaso y la salida del sol en el interior del parque natural del estrecho, encontrandose pernoctando en el interior del mismo. La cosa es como carajo saben k yo estoy dentro ????? si la furgo esta perfectamente cerrada
Título: Re:Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: Cantabriavanas en Abril 06, 2010, 15:19:06 pm
Cita de: abereo en Abril 06, 2010, 13:55:05 pm
Buenas esta mañana al despertar................................SORPRESA!!!!!!!!!!!!!! 60.01Euritos por dormir en la playa de Los Lances tarifa en el mes de enero
Hechos Estacionar el vehiculo furgoneta marca ................... , modelo.............matricula.................... entre el ocaso y la salida del sol en el interior del parque natural del estrecho, encontrandose pernoctando en el interior del mismo. La cosa es como carajo saben k yo estoy dentro ????? si la furgo esta perfectamente cerrada


Lo siento que te ha tocado.... pero esto no es una sorpresa!!! Allí ya están multando desde hace MUCHOS años! Y en un paraje natural tienes todas las de perder....
Título: Re:Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: FURBO en Agosto 18, 2010, 18:33:36 pm
Pero en un paruqe natural,es que no s epuede pernoctar entre la salida y el ocaso de sol?¿o no se puede ni siquiera estacionar??o tampoco se puede estacionar de dia???me puedes indicar la ley dond especifica todo esto por favor??quiero tener las cosas un poco claras cuando discuta con algun agente sobre este tema,gracias
Título: Re:Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: pelao en Septiembre 15, 2010, 13:30:53 pm
a impirmirloooo
Título: Re:Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: p en Octubre 02, 2010, 11:39:33 am
http://www.elcomerciodigital.com/v/20101002/gijon/reclama-creacion-areas-para-20101002.html
Título: Re:Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: FURBO en Octubre 04, 2010, 22:17:32 pm
abereo,en la playa donde dices que te han multado es en el aparcamiento este que ahi en lo slances que ahi una señal que pone prohibido a vehiculos de mas 2,20 m??es que dentro ahi un cartelito con un dibujito de la zona donde especifica que zona es de baño y cual para hacer deporte,y pone que esa zona es parking,si es parking...que pasa??no se puede aparcar alli????de noche?
Título: Re:Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: ermigué en Octubre 05, 2010, 09:21:11 am
Cita de: FURBO en Agosto 18, 2010, 18:33:36 pm
Pero en un paruqe natural,es que no s epuede pernoctar entre la salida y el ocaso de sol?¿o no se puede ni siquiera estacionar??o tampoco se puede estacionar de dia???me puedes indicar la ley dond especifica todo esto por favor??quiero tener las cosas un poco claras cuando discuta con algun agente sobre este tema,gracias


por desgracia  aquí (http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/web/Bloques_Tematicos/Patrimonio_Natural._Uso_Y_Gestion/Espacios_Protegidos/PORN/PORN_PRUG_Cabo_Gata_Nijar/porn_prug_2008/2b_porn_cabo_cata_nijar.pdf) lo tienes (punto 5.3.7.6f) y aunque éste sea del cabo de gata, vale para toda andalucía  :-\

Citar6. Queda prohibido para el desarrollo de actividades de uso público:....

f) La acampada y el aparcamiento permanente o temporal fuera de los campamentos de turismo y áreas de acampada, entre el ocaso y la salida del sol, de vehículos habilitados como viviendas, y la construcción de habitáculos con cualquier tipo de materiales.
Título: Re:Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: FURBO en Octubre 09, 2010, 23:05:13 pm
Me podrias decir que ley es la que hace referencia a este articulo???
Título: Re:Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.
Publicado por: ramplin en Noviembre 18, 2010, 12:26:10 pm
lo que tenemos que empezar a hacer gasto donde nos quieren, yo este año he estado 4 meses por la maravillosa Murcia y no he tenido ningun tipo de problema, solo una noche me despertaron con toda la educacion del mundo por que no les cuadraba la matricula con el modelo de furgoneta, bien hecho porque si me la hubiesen robado les habrian pillado ( les felicite y se lo agradeci de corazon, tambien les avise que se robaban muchas furgonetas preparadas), por lo demas cuando veia a la guardia civil dormia mas tranquilo ( como debe de ser, yo no soy un delincuente)
se me ocurrio ir a conocer Almeria y no habia hecho mas que parar cuando ya les tenia alli amenazandome para que me fuese, con una falta de educación impropia del cuerpo al que pertenecen, por supuesto me pire a toda leche
esto en sitios donde de diario entran alijos de hachis, en definitiva que para algunos guardias es mas facil recaudar a cuenta del ciudadano honrado que perseguir delincuentes...
no se dedican ahora a perseguir los bingos y las partidas de cartas en los hogares del juvilado... .loco2 y la pantoja y el otro y la otra y el otro..... llevandose nuestro dinero a sacos, lo llevamos claro compañeros  :-\