Duda con homologación mueble

Iniciado por JanLenú, Enero 25, 2019, 18:23:19 pm

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roKopep

Cita de: JanLenú en Enero 29, 2019, 17:33:36 pm
Yo voy a homologar sí o sí,ya que va a ir alguna cosilla más. Y obviamente lo que quiero es seguir conservando lo de "turismo" como así salió la furgo.

Leí el apartado y claro,no deja especificado sí al superar la altura ya es reforma o eso,que puedes tener algo de menor altura y si la supera pasaría a ser reforma. Mayormente es que el mueble se está haciendo y la respuesta que me dan es que debe ser así,superando la altura (entre otro concepto) y a mí particularmente no me gusta así o no era el plan que tenía. Antes de emprender nada,saber si debo ceder porque salvo estos,ninguna otra empresa me ha comentado nada a ese respecto,claro está que estos me lo homologan y el resto no habíamos hablado de eso aún.

En la ITV no me dicen nada hasta que no lleve la furgo...


En la normativa te especifica todo esto y mas, pero hay q tener paciencia... entenderla bien a veces cuesta bastsnte. Como te dijo +gvr, es uns cuestion de interpretacion inversa.

Respecto al hecho de q el mueble que vayas a poner supere o no la.altura de los.asientos tu furgo quedará igualmente un turismo, no vas a perder en ningún caso la.clasificacion actual, 1000. No hay q darle tantas vueltas. Se vas a poner algo q se considera reforma, éste se te anotará en ficha técnica previo proyecto y papeleos varios (de ello lo de turismo "con reformas"). 

Ahora bien,  el hecho q ese mueble supere o no supere la altura depende sólo de ti, de lo que quieras.  Faltaria mas. No entiendo esto q te dicen que el mueble "debe ser asi"... ??? Si tu no lo quieres alto pues diles q no lo quieres, pero no hay ninguna obligación para q tenga q ir así.... Ni para un turismo ni para ninguna otra clasificación o categoría de vehículo. Tu decides.

Saludos  ;)
"Lo esencial es invisible a los ojos"

francisn

Cita de: JanLenú en Enero 29, 2019, 19:34:48 pm
En tu caso,si son las fotos que aparecen tuyas,tienes un mueble que supera en altura los asientos.

Yo no veo muebles altos... ¿Es esta? https://www.furgovw.org/index.php?topic=354304.msg4503212#msg4503212
En cambio el mueble delantero me da un "noseque" desde el punto de vista legal :-)

roKopep

Cita de: francisn en Enero 29, 2019, 21:46:33 pm

.....
En cambio el mueble delantero me da un "noseque" desde el punto de vista legal :-)


Eso mismo he pensado yo...  Asi puesto parece pasarse por alto el punto H de uno de los tres pasajeros q viajaría en este asiento ???
"Lo esencial es invisible a los ojos"

+gvr

Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

JanLenú

Pues no,no era esa. He debido de colarme. La que vi tenía un mueble lateral hasta el techo. Mi idea más o menos era esa,unos arcones, sin necesidad de que haya ningún elemento (tipo respaldo,cajón o lo que sea) que superara la altura de los asientos.

A ver si consigo hablar con alguien de la ITV o ingeniero y si me confirman esto, obviamente decirle a la empresa que naranjas.

SergioPrado

Cita de: JanLenú en Enero 29, 2019, 19:34:48 pm
En tu caso,si son las fotos que aparecen tuyas,tienes un mueble que supera en altura los asientos.


Joer las primeras imágenes que aparecen en mi galería no son de mi furgo (las que tienen fregadero y demás NO SON de mi furgo) no se por qué aparecen ahi la verdad.

Honguneta

Cita de: roKopep en Enero 29, 2019, 21:23:28 pm
Si, así lo establece la.normativa (Manual de Reformas) para los vehículos de categoria M1. Si pones un arcon, por ejemplo, en la.zona de equipaje, separada de la de los pasajeros, y siempre y cuando no sobrepase la.altura del respaldo de los asientos traseros (que funcionan como un dispositivo de retencion), su presencia NO se considera reforma. Y si no se considera reforma no hay AR a cumplir. Si no hay AR para cumplir, entonces no hay q legalizar. Y si no hay q legalizar, entonces  el hecho que vaya amarrado o anclado queda sujeto a tu discreción y sentido común.

Saludos  :)


Gracias por la aclaración, porque tenía entendido lo contrario (que todo lo que se fije a la estructura del vehículo hay que legalizarlo sí ó sí) y está bien saber que no es necesario .palmas

Cita de: SergioPrado en Enero 30, 2019, 10:25:36 am
Joer las primeras imágenes que aparecen en mi galería no son de mi furgo (las que tienen fregadero y demás NO SON de mi furgo) no se por qué aparecen ahi la verdad.


Están cambiando las fotos y los servidores ó algo así y a veces aparecen en la galería de uno fotos que no son propias, no te asustes, es algo que está pasando en todo el foro, han informado los administradores.

De todas formas, si tu furgo es la Kekoneta, el mueble de nevera etc sigue sin cumplir la distancia de seguridad con la plaza que está a la izquierda en el asiento trasero
Life's a journey, not a destination

SergioPrado

Cita de: Honguneta en Enero 30, 2019, 11:25:42 am
Gracias por la aclaración, porque tenía entendido lo contrario (que todo lo que se fije a la estructura del vehículo hay que legalizarlo sí ó sí) y está bien saber que no es necesario .palmas

Están cambiando las fotos y los servidores ó algo así y a veces aparecen en la galería de uno fotos que no son propias, no te asustes, es algo que está pasando en todo el foro, han informado los administradores.

De todas formas, si tu furgo es la Kekoneta, el mueble de nevera etc sigue sin cumplir la distancia de seguridad con la plaza que está a la izquierda en el asiento trasero



Si, es la kekoneta, ya me lo dijo el amigo que me la camperizó que igual no daba la medida (creo que eran 80 cm la distancia que hay) y que igual me lo tendría que rehacer. Esta semana iba a hablar con el ingeniero y me comentaba. Ya os contaré

URDULIZ

Enero 30, 2019, 12:21:21 pm #23 Ultima modificación: Febrero 12, 2019, 11:21:40 am por URDULIZ
Recomendación: Pesar los vehículos antes de hacer nada.
Lo siento, no puedo contestar mensajes privados, estoy muy ocupado.

roKopep

Cita de: URDULIZ en Enero 30, 2019, 12:21:21 pm
A ver,

En el manual de reformas, en el último, en el preámbulo, dice: casillas con una X, es que no se permite esa reforma en ese vehículo.

¿que nos permiten hacer? Lo que no marque una X.
¿que consideran no reforma? lo que no supere la altura de los asientos.
¿que es reforma y cuando se aplica?
    .-Cuando haces un mueble más alto, o
    .-Que altera alguno de los AR que se indican.

¿se altera algún AR?

1.-NO, porque cumplo lo que indica la directiva de masas. No, porque no modifico acondicionamiento interior. No porque.....asi con todos los AR.
2.-Si, por porque el mueble es bajo, pero es de plomo, aun asi  cumplo la directiva de masas pero la modifico. Entonces necesitas informe de laboratorio porque modificas la homologación del vehículo sobre masas y como estás dentro, es reforma, te dan afirmativo y listo.

3.-Si,porque no es un mueblecito, sino cuatro y son un poco pesaditos, no cumplo la directiva de masas. Entonces necesitas informe de laboratorio. Pero este te lo da negativo ya que incumples. Por lo tanto tienes que corregir hasta que estés dentro de directiva de nuevo. Esto no pasaría si el conjunto de mueblecitos estuviese previamente constatado por el taller y el laboratorio. Casualmente a algo que se constata
previamente con un laboratorio comunmente se le llama homologación.
4.- ¿te has metido con tu mueble en la zona de pasajeros? SI, porque alteras el AR de acondicionamiento interior...........
5.- Asi con todos los AR.

Entonces lo que te dice roKopep, si es con sentido común no es reforma.
Si haces algo extraordinario, entonces ten en cuenta que es un turismo, y es muy fácil tocar algún AR, comprueba lo que tocas.

Un conjunto de muebles, bajos, algo pesados, fijos, en una furgoneta de 9 plazas, puede ser inviable cuando vayan 9 personas.
Por lo tanto, o el conjunto no es fijo, o si lo fijas tienes que reducir el número de plazas.
Ojo, se pueden dar muchos casos.

Recomendación: Pesar los vehículos antes de hacer nada.


Cristalino. Mejor explicado imposible. 
Gracias por (volver a) aclararlo.. .ereselmejor

Saludos ;)
"Lo esencial es invisible a los ojos"

URDULIZ

Febrero 06, 2019, 10:39:50 am #25 Ultima modificación: Febrero 12, 2019, 11:22:39 am por URDULIZ
¿Qué?, ¿cómo va el tema?

Gracias roKopep.


Lo siento, no puedo contestar mensajes privados, estoy muy ocupado.

Argibay

Febrero 06, 2019, 14:13:05 pm #26 Ultima modificación: Febrero 07, 2019, 12:10:10 pm por argibay
Entonces ,mi vehiculo M1 1000,peso segun ficha tecnica"Masa en Orden de marcha (MOM) 2067
Masa Maxima en carga Tecnicamente Admisible(MMTA) 3050.

3050-2067=983.
A eso habría que restarle 75kg por plaza.Solo tengo 2.
983-150=833.
Ese seria el margen para poder cargar.

Esto es correcto?

roKopep

Cita de: argibay en Febrero 06, 2019, 14:13:05 pm
Entonces ,mi vehiculo M1 3200,peso segun ficha tecnica"Masa en Orden de marcha (MOM) 2067
Masa Maxima en carga Tecnicamente Admisible(MMTA) 3050.

3050-2067=983.
A eso habría que restarle 75kg por plaza.Solo tengo 2.
983-150=833.
Ese seria el margen para poder cargar.

Esto es correcto?


Depende. En esas dos plazas que dices incluyes o no la del conductor? O sea son dos o tres en total?
"Lo esencial es invisible a los ojos"


roKopep

Febrero 06, 2019, 18:46:59 pm #29 Ultima modificación: Febrero 06, 2019, 19:03:20 pm por roKopep
Cita de: argibay en Febrero 06, 2019, 17:58:40 pm
Dos con el conductor


Entonces te quedan 75kg de más, es decir en la.MOM ya está incluido el.peso estimado del conductor (69kg) más su equipaje (6kg), o sea 75kg.

Por.lo tanto sería 983 - 75 = 908

ahora bien, solo añadir una cosa importante a lo que ya explico muy bien URDULIZ: que esos KG de "carga" tope, si van bajo forma de elementos fijos, no se pueden cargar de.cualquier forma sino q hay q repartir los kg por el 1er y 2do eje,  pero no en partes iguales, sino sin sobrepasar la MMTA de cada eje.

Saludos  ;)
"Lo esencial es invisible a los ojos"