homologar calefa ITV dice que es imposible hacer eso

Iniciado por goiriz, Octubre 31, 2017, 19:13:08 pm

Tema anterior - Siguiente tema

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

goiriz

Noviembre 07, 2017, 19:01:01 pm #60 Ultima modificación: Junio 19, 2021, 12:46:54 pm por goiriz
.


JP Auclair


De España? mejor fuera! no veo el dia que se pueda pasar itv en cualquier punto de europa, les iban a dar a todas dos duros. Y este tema de andalucia me recuerda a cosas como asientos y otras reformas, que se pueden hacer en toda europa excepto en España, y andalucia es el extremo  .meparto por no llorar!
_________________________________Esta es la linea marcada____si la quieres seguir, bien____sino, estas fuera_________________________________

Gracias a todxs

roKopep

Cita de: goiriz en Noviembre 07, 2017, 19:01:01 pm
Pues me dicen que al ser ellos una empresa privada, los que les supervisan de la junta extremadura, son mas exigentes y les tiran los proyectos y pierden puntos del sello de calidad y que les supone un trabajo arduo el revisar todo el papeleo para nada y cosas asi... Nah que les den
¿Algun sitio de España que pase facil??????? me cojo vacaciones y voy :-[


menudo peazo chorradón!!!!!!  .meparto en serio ya no saben que inventarse,  no se si reirme o ahogarme en llantos .. .meahogo

por otro lado, a manera de consolación... he leido en otro hilo de un forero que está en Inglaterra y que ha tramitado todo el papeleo para legalizar la camperización que ha hecho a la furgo para pasar de furgon mixto a autocaravana y dice que por ahí el procedimiento es totalmente diferente: que tras tenerlo todo listo, sacas tus fotitas y documentacion y lo envias todo a la DGT de allá y por correo. en el plazo de dos o tres semanas te mandan la nueva documentación a tu casa y todo esto GRATIS  .panico .panico
por otro lado, al haber hecho este cambio de clasificación, aparte no tener las limitaciones de velocidad vigentes para un mixto, pues tanto el impuesto de circulación como el seguro le salen más baratos..

en fin, igualito que aqui..
"Lo esencial es invisible a los ojos"

ursus_cr

La junta de Extremadura puede ser dura, pero lo que no puede hacer es saltarse la normativa, ni pedir mas de lo que dicta esa normativa, y si les tiran el proyecto para atras y les quitan puntos, no sera porque ellos no pueden pedir que el proyecto vaya como debe y ciñendose a esa normativa, por lo que si se los tiran, es porque probablemente hayan aceptado proyectos que no estaban como debian....y supongo que no quieren complicarse la vida ya.
A ver si el problema puede venir por otras causas, y no estoy defendiendo a las itv ni nada por el estilo.
Prueba con castilla la mancha, a ver que pasa. No se, esto ya es mas que extraño.
Lo que no puedes hacer es desanimarte, tienes que seguir adelante, y te lo digo porque yo sentí en su momento esa sensacion!.
Salud

elrayo

Cita de: ursus_cr en Noviembre 01, 2017, 19:12:58 pm
La calefaccion estacionaria en principio no se ha legalizado nunca, independientemente que haya itv que lo indiquen tras una reforma o no en la ficha tecnica. Se puede suponer que la instalacion de una calefaccion estática, si se hace por espadin, afecta al deposito de gasoil, por lo que hay un acto reglamentario que habla de ello, el 2.2 de modificacion de sistema de combustible, sin embargo si se hace con t, en principio no se considera que afecta a nada, porque aunque tocas tuberias, no hay nada que hable de ello en el acto reglamentario. Por otro lado, el colocar el propio aparato calefactor, si se hace en el interior, segun sea un M o N, pues si que existen actos reglamentarios que hablan de reforma del interior para cada caso, que afectan a espacio de carga o a espacio de pasajero, que pueden segun que ITV tener o no en cuenta. Por ultimo, al colocar la bomba, el silencioso, los tubos de admision y escape, e incluso si se coloca el propio calefactor en el exterior, hay otro acto reglamentario que se refiere al acondicionamiento exterior, y que repito, que segun que ITV, puede o no tener en cuenta.
En cuanto a que hay que desmontarla, pues tambien queda en manos de lo que quieran la ITV concretamente, porque haciendo alusion a que comentaba antes un compañero que decia de llevar a Valdepeñas la furgo para legalizar, pues si es un 2400 de origen y lo trae sin mampara de separacion, pasandola a 2448, se puede ahorrar el paseo, o si lo trae a otra que siendo un N (por ejemplo 2400) y quiere pasarlo a 2448, directamente le dicen que no porque un N no puede ser un M, porque debe ser que la clasificacion del 2448 para esa itv era un M, o vete a saber y tiran el proyecto. Ambas circunstancias, se me dieron a mi en el momento de legalizar la mia en el 2015.
Yo ahora me ha apuntado en una compra conjunta de la webasto, y quisiera que figurara en la ficha, que no es lo mismo que legalizar la calefaccion, para la furgo que me he comprado y que estoy en espera de que me la entreguen. Se que deberia tener el certificado de taller y el de conformidad por un laboratorio, porque de antemano el certificado de conformidad el fabricante no me lo va a dar salvo que me la instale de fabrica por el modico precio de 2000€. Para empezar a evitar gastos de laboratorio y eso, pues tendre que investigar, si ese aparato puedo llevarlo montado como el que lleva los plasticos de las lunas tintadas, o si se debe legalizar aquellos puntos que ese aparato puede afectar en cuanto a los actos reglamentarios que he comentado antes, y teniendo en cuenta, que ese aparato debe estar homologado y cumplir con la normativa R10 y la R122, segun tengo entendido. Es decir, como cuando me miran las lunas tintadas con los plasticos, si esos plasticos son homologados o no con el sellito que te ponen!
Personamente veo duro el tema que no se pueda montar una calefaccion estática en un vehiculo, tal y como dicen en andalucia, y que si lo haces, despues te hagan de quitarla cada itv que pases, es de ser un poco absurdos. Lo normal es que la lleves montada y que cumple con los actos reglamentarios que se pueden ver afectados.
Salud


Que quiere decir esto. La homologacion es el marcado CE? El r10 y r122 a que se refiere.?

ursus_cr

Noviembre 13, 2017, 18:19:18 pm #66 Ultima modificación: Noviembre 13, 2017, 18:22:23 pm por ursus_cr
Cita de: elrayo en Noviembre 13, 2017, 13:32:20 pm
Que quiere decir esto. La homologacion es el marcado CE? El r10 y r122 a que se refiere.?


El aparato por si mismo debe estar homologado y valido para nuestro pais al menos, es decir, que no vale uno que alguien se pueda fabricar, esto a modo de ejemplo. Debe traer el CE, es decir, que no vale el de los estados unidos, la homologacion debe ser europea. Los otros son son reglamentos de la union europea, uno refernte a temas de compatibilidad electromagnetica, y el otro lo referente al sistema de calefaccion que lleven los vehiculos. Las tres cosas deben venir en el etiquetado de la calefaccion, junto con otras cosas mas.
Salud

mumino

Pues yo he llamado a la itv de salamnca y me ha comentado un ingeniero que le mande toda la documentacion para que lo estudie con detenimiento, pero que realmente no aparece en ningun punto del codigo de reformas la instalacion de una calefaccion auxiliar en un turismo o vehiculo mixto y por lo tanto si no aparece en principio no se puede llevar a cabo... Esto es asi? en algun punto se recoge informacion para esta adaptacion? entonces que puntos alegan los laboratorios para cursar estas homologaciones? por que donde he preguntado me dicen que si se puede homologar....en fin me tengo un cacao...

gu78

Cita de: mumino en Noviembre 15, 2017, 18:48:03 pm
Pues yo he llamado a la itv de salamnca y me ha comentado un ingeniero que le mande toda la documentacion para que lo estudie con detenimiento, pero que realmente no aparece en ningun punto del codigo de reformas la instalacion de una calefaccion auxiliar en un turismo o vehiculo mixto y por lo tanto si no aparece en principio no se puede llevar a cabo... Esto es asi? en algun punto se recoge informacion para esta adaptacion? entonces que puntos alegan los laboratorios para cursar estas homologaciones? por que donde he preguntado me dicen que si se puede homologar....en fin me tengo un cacao...


No se como va el royo legal del reglamento, pero lo mismo si no aparece es que ni siquiera es una reforma.

JP Auclair

Noviembre 16, 2017, 03:01:54 am #69 Ultima modificación: Octubre 12, 2018, 23:36:52 pm por JP Auclair
_________________________________Esta es la linea marcada____si la quieres seguir, bien____sino, estas fuera_________________________________

Gracias a todxs

eltoni

Vamos, que poner una calefaccion o unas alfombrillas nuevas a efecto de ITV es lo mismo? .meparto

roKopep

Noviembre 16, 2017, 11:35:14 am #71 Ultima modificación: Noviembre 16, 2017, 11:42:49 am por roKopep
Cita de: mumino en Noviembre 15, 2017, 18:48:03 pm
Pues yo he llamado a la itv de salamnca y me ha comentado un ingeniero que le mande toda la documentacion para que lo estudie con detenimiento, pero que realmente no aparece en ningun punto del codigo de reformas la instalacion de una calefaccion auxiliar en un turismo o vehiculo mixto y por lo tanto si no aparece en principio no se puede llevar a cabo... Esto es asi? en algun punto se recoge informacion para esta adaptacion? entonces que puntos alegan los laboratorios para cursar estas homologaciones? por que donde he preguntado me dicen que si se puede homologar....en fin me tengo un cacao...


Y vuelta la burra al trigo  .meparto .meparto Si es que ya lo dijimos varias veces en los mensajes anteriores ...
Las ITV te pueden contar el cuento que les da la gana, pero hay una dichosa normativa NACIONAL (Manual de Reformas, 3ª Revisión) y si es que no quieren aplicarla o no se la conocen el problema es de ellos y no nuestro, y son ellos que deben de solucionarlo.

a ver, que la instalacion de la calefa, segun como y donde la montes.....

Cita de: roKopep en Noviembre 01, 2017, 20:00:42 pm
.... es una reforma que queda contemplada y recogida por el CR 8.52 del mencionado manual (ACONDICIONAMIENTO EXTERIOR - Estructura del vehículo - 8.52.- Modificación, incorporación o desinstalación de elementos en el exterior del vehículo).

Segun el CR 8.52, se contemplan dos posibilidades: 1) cuando la instalación de la calefaccion en el exterior no afecta a la estructura del vehiculo, NO se precisa ni de proyecto tecnico, ni mucho menos de certificado de obra; 2) si la instalación sí afecta a la estructura, pues SI es necesario presentar ambos documentos. Sin embargo, en ambos casos es necesario reflejar su instalación en el Informe de Conformidad y aportar el certificado de taller que ha instalado la calefaccion. Cito textualmente:

Cuando la sustitución o instalación del equipo de frío/calor de vehículos de temperatura dirigida y equipos de aire acondicionado en el exterior no afecte a la estructura, esta reforma se tramitará sin necesidad de proyecto técnico, ni certificado de ejecución de obra. Quedando reflejado de forma explícita en el informe de conformidad.

En otras palabra, se trata de una reforma que en muchos casos queda fuera del proyecto porque asi lo establece la normativa correspondiente y por lo tanto no es "legalizable", porque no esta en el proyecto propiamente dicho. Pero si llevas informe de conformidad y certificado de taler donde se explicita que llevas esta calefaccion y no otra, sí que en ITV deben incluirte la calefacción en la nueva ficha tecnica con su nuemro de referencia (..marca y modelo y tal), como si fuera una bola de remolque vamos (y tenerla en FT te vale por si un dia, durante otra ITV, te vienen a contar otro cuento.., pero sobre todo para no tener tonterías con el seguro por si pasa algo).


ahora bien, en la mayoría de los casos en nuestras furgo la calefa la instalamos de forma permanente -y segura-, no de quita y pon, que encima sería una faena del copon. Y en la mayoría de las veces no modificamos de nada la estructura del vehiculo, pero si que vamos a tocar o el deposito de combustible, o bien uno de sus conductos para sacar el combustible que necesitan quemar las calefas que van a gasoil por ejemplo. Este ultimo punto también implica recurrir a otro CR (codigo de reforma), el 2.2. Por lo tanto, el la gran mayoria de casos hablamos de una reforma que contempla dos CR, el 2.2 y el 8.52. Pues eso, dile a los de la ITV que se lo miren....

saludos ;)
"Lo esencial es invisible a los ojos"

roKopep

aquí tienes más...

Cita de: ursus_cr en Noviembre 02, 2017, 13:48:56 pm
Simplemente, que te indique exactamente donde pone eso, porque eso no es cierto, la legislacion en esto de calefacciones no ha cambiado en absoluto, antes no se legalizaban y ahora tampoco, lo unico y reitero lo que dije en otro post anterior y lo que han dicho otros compañeros es que quieran, y repito, quieran anotarlo como observacion en la ficha tecnica.
La instalacion de la calefaccion, en caso de espadin afecta al tema deposito en el 2.2, si o si, y despues segun que itv, pueden considerar que hay modificacion del interior, y/o modificacion del exterior.
Partiendo de esto, ahora que la ITV diga donde pone que no se puede instalar, y que indique parrafo exacto que no se pueda instalar.
Si se me apura mas, si la instalacion se hiciera por ejemplo en el exterior, y se pudiera quitar sin herramientas, ni se cosidera reforma, y eso lo pone en la 8.52 (acondicionamiento exterior):
Una modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión efectuada en un vehículo que signifique la incorporación o supresión
de elementos o dispositivos cuya instalación o desmontaje, no requiera herramienta alguna o pueda realizarse con las herramientas
normales suministradas por el fabricante del vehículo en cuestión, no deben considerarse reformas.


Algunas ITV, se pueden inventar lo que quieran inventarse, para ello tambien está nuestro derecho a reclamarlo en las hojas correspondientes que debe haber en todas las ITV a disposicion del cliente, y reitero dicho de otro modo, que indiquen, donde antes sí ponia que sí se podia "legalizar" una calefaccion, que ahora no lo pone en el manual de reformas, o en que directiva o real decreto.
Salud
"Lo esencial es invisible a los ojos"

rubenlbj

Yo siendo de Andalucía tuve que ir a Murcia y creo que en Madrid tampoco te la reflejaban en la ficha técnica, cada comunidad tiene diferentes competencias.

gu78

A ver, estoy divagando.
La calefaccion en si si no aparece en el reglamento, pero si aparecen otros puntos como el espadín en el depósito de combustible y agujeros en la chapa. Se supone que para montar una rejilla de ventilación hay que homologar, pues imagino que esto igual, el cacharro en si no, pero los agujeros que se hagan, etc, si