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El nuevo Impuesto de Matriculación

Iniciado por francisco, Noviembre 17, 2006, 13:06:14 pm

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francisco

Noviembre 17, 2006, 13:06:14 pm Ultima modificación: Noviembre 17, 2006, 13:47:30 pm por Manolín
Hola a todos:
  Supongo que habréis leido esto:  http://www.furgovw.org/index.php?topic=3383.0.
  A partir de ahora el que quiera matricular como autocaravana y beneficiarse del último cambio de la ley en la que se igualan a los turismos en velocidad e ITV, tendrá que pagar el impuesto de matriculación. Si no quieres pagarlo, pues mixto adaptable vivienda y a respetar más el limite de velocidad y soltar mas pasta en las ITVes. En la VW ya estan cambiando todas las documentaciones de las Califas, dejan de ser 3248 para ser, creo, 3148 (mixto adaptable vivienda). Al loro los que la tengáis matriculada como autocaravana y no pagasteis el impuesto, ya que la ley es del año 1986 y alguien ya está hablando de cobrarlo de forma retroactiva.
  Un saludo.

Manolín

Noviembre 17, 2006, 13:23:28 pm #1 Ultima modificación: Noviembre 17, 2006, 13:26:27 pm por Manolín
Hola Francisco. ¿Donde has escuchado eso de que la ley tiene caracter retroactivo?

Porque Hacienda tiene 5 años para poder reclamar. Pero de ahí a que apliquen retroactividad a algo de lo que ni ellos mismos se han dado cuenta, no sé.

francisco

http://www.campingsalon.com/foros/tema_mostrar.asp?idTema=43870&pagina=11
y en otro foro, pero ahora no lo encuentro. Ten en cuenta que tengo la mía parada en el conce por la movida esta y me he leido todos los foros que he podido.
Un saludo.

Manolín

Te respondo también algo leido por internet, no se decirte donde, pero que lo guardé.

Sobre el impuesto de matriculación para autocaravanas
Por webmaster
Publicado 3-11 2006
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03-11-06.Málaga.
Una vez he podido contrastar la información con representantes de asiecar y greimcar paso a explicaros en que situación se encuentra actualmente el asunto del impuesto de matriculación sobre autocaravanas.

Para comprender la situación actual hemos de hacer un poco de historia.

Desde los inicios de la venta de autocaravanas en nuestro pais los importadores debían de pasar por las estaciones de I.T.V para pasar la homologación. Esta Homologación daba como resultado el encuadramiento de las autocaravanas en la tipografía de vehiculos 24.48 (vehiculo vivienda) que estaba exenta del impuesto de matriculación

A partir de 1998 se aplica una directiva comunitaria que valida la homologación a nivel europeo, anulando la obligación de la homologación "local" y cambiando de tipificación de vehiculo al tipo 32.48 para las de menos de 3500 kg y 33.00 para las de más de 3500 kg. Este cambio de tipología dejaba a las autocaravanas encuadradas en una definición que según la ley 38/1992 de impuestos especiales hubiese supuesto la tirbutación del impuesto de matriculación. Sin embargo las delegaciones de hacienda siguieron concendiendo la exención de dicho impuesto como habían echo hasta esa fecha.

Aunque el impuesto de matriculación lo cobran las comunidades autónomas, para no pagarlo se necesita una certificación de exención o de "no sujeción" de parte de la delegación de hacienda correspondiente.

Hace unos días un particular residente en la islas Canarias hizo una pregunta al funcionario de hacienda correspondiente acerca de la obligación o no del pago del impuesto. El funcionario elevó internamente la pregunta al departamento correspondiente. Como consecuencia de ello el día 16 de Octubre se envía a todas las delegaciones de hacienda una circular informativa con el siguiente título "Asunto: Peticición de informe sobre el impuesto especial sobre determinados medios de transporte, en relación con la tributación de determinados vehículos". El informe de 4 páginas no sólo se refiere a las autocaravanas sino tambien a otros tipos de vehiculos como por ejemplo son los quads.

Del informe se desprenden dos conclusiones que transcribo literalmente:

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A) Matriculación de autocaravanas (32.00 y 33.00)

Constatado que las autocaravanas (32.00 y 33.00) no están comprendidas en los apartados 22 (turismos) y 26( vehiculos mixtos) del anexo al que alude el párrafo transcrito ni en las definiciones correlativas del anexo II del reglamento general de vehículos (turismos y vehiculos misxtos adaptables) cabe concluir que no tienen la condición de "vehiculos automoviles de turismo" y que, en la misma medida, tributan en el IDEMT al tipo del 12 %.

B) Matriculación de vehiculos mixtos destinados a vivienda (31.48)

Al tener la consideración de vehiculo mixto y por tanto estar comprendido en el apartado 26 del anexo del real decreto legislativo 339/1990 su matriculacion estará sujeta del IEDMT y no exenta salvo que puedan acogerse al supuesto de no sujeción previsto en el articulo 65.1.a )º de la ley de impuestos especiales siempre que cumplan todos los requisitos establecidos en dicho artículo.

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A la vista de este informe está ocurriendo que en algunos delegaciones de hacienda ya no expiden el certificado de exención o "no sujeción" para los trámites de matriculación.

El pasado día de 25 un miembro de la aseicar se dirige personalmente a la delegación de hacienda de Barcelona para tratar de aclarar la situación actual. Se le informa de que efectivamente según la ficha tecnica de las autocaravanas se debería tributar pero que dicha delegación entiende que se trata de un problema administrativo y que el espíritu de la ley es la no sujeción de las autocaravanas a dicho impuesto por lo que se seguirían expediendo el certificado de "no sujeción".

Esto no está ocurriendo en otras delegaciones por lo que, al momento actual, en unas comunidades se exige el pago del impuesto de matriculación y en otras no.

Dado lo grave de esta situación el pasado lunes se reunieron los integrantes de la Aseicar (asociación española del comercio del caravaning) para estudiar la situación. De esta reunión se desprende que existe la suficiente base jurídica para que las autocaravanas sigan estando "no sujetas" a la tributación del impuesto de matriculación.

Probablemente esta misma mañana se produzca una reunión entre representantes del la Aseicar, CEOE y fomento con altas instancias del ministerio de Hacienda.

Del resultado de esta reunión procuraré informaros en cuanto me sea posible.

Quiero decir para tranquilidad de todos aquellos que habeis comprado una autocaravana y estais esperando su entrega que , despues de haber hablado personalmente con varios distribuidores del sector, todos me han transmitido un mensaje optimista referente a la resolución rápida y favorable de este problema.


Una cosa está clara, DE MOMENTO TODO SON ESPECULACIONES.

Manolín

Francisco, te he creado este hilo nuevo porque lo considero interesante  ;D

francisco

Mosquis, y yo buscando los mensajes. Ya estaba dudando si los había escrito. .meparto

argento

Diganme a mi lo del impuesto...2 semanas esperando la p...ficha tecnica.Yo contento era autocaravana,no pago matriculacion,En trafico dicen  .nono 12%,o pago o a cambiar la ficha tecnica otra vez y seguir esperando.Estoy desesperadooooooo por volver a usar mi furgui :-\
Que esta haciendo la gente????? .confuso2
No sueñes tu vida....vive tus sueños...

francisco

Estamos esperando, como tú. Esta tarde me dicen que puede que tenga la ficha técnica para el Lunes. .meparto
Paciencia.
Un saludo ;)

cesardeuve

hablais del impuesto de matriculación y la ficha técnica... que diferencia hay respecto al 12% si figura como autocaravana o como vehiculo mixto? hablais de vehiculos nuevos o usados? en mi caso la duda gira entorno a una furgo usada...

argento

francisco como vehiculo mixto??,mi california segun la ficha tecnica tiene 1,97mde altura y creo que se necesitan 1,98 para estar exento como mixto no???
No sueñes tu vida....vive tus sueños...

galis

Cita de: francisco en Noviembre 17, 2006, 13:06:14 pm
Al loro los que la tengáis matriculada como autocaravana y no pagasteis el impuesto, ya que la ley es del año 1986 y alguien ya está hablando de cobrarlo de forma retroactiva.
  Un saludo.


Eso , si no recuerdo mal mis dos añitos de facultad de Derecho no es posible. En el ordenamiento jurídico español exsiste el llamado "principio de irretroactividad de las normas jurídicas", es decir, que no se puede hacer.
Sigue aquí la resurrección de mi furgo

Francachela f. col. Reunión de varias personas para comer, beber y divertirse desordenadamente.

francisco

Argento tío, no me des más sustos  .nono .nono. Creo que la altura mínima es 1,8 metros ;) http://www.jluis37.com/2005abr/c-mixtos.htm
Galis: con lo de la retroactividad quiero decir que si, por ejemplo, matriculaste la furgo el 18 de octubre como autocaravana y no pagaste el impuesto, estos perros  .lengua2 .lengua2 te lo pueden revisar y reclamar. Espero estar equivocado por que es una chapuza.
Un saludo ;)

Nakus

Cita de: galis en Noviembre 17, 2006, 17:57:44 pm
Cita de: francisco en Noviembre 17, 2006, 13:06:14 pm
Al loro los que la tengáis matriculada como autocaravana y no pagasteis el impuesto, ya que la ley es del año 1986 y alguien ya está hablando de cobrarlo de forma retroactiva.
  Un saludo.


Eso , si no recuerdo mal mis dos añitos de facultad de Derecho no es posible. En el ordenamiento jurídico español exsiste el llamado "principio de irretroactividad de las normas jurídicas", es decir, que no se puede hacer.

El problema es que la ley no es nueva, lo que es nuevo es la interpretación que estan haciendo ahora de ella. ???, por lo tanto entiendo que no se trata de aplicar una ley retroactivamente, si no de corregir un error administrativo, provocado por ellos mismos, eso si. Me da la impresión, y espero que así sea, que con la que hay montada no se atreverán a hacer esto, pero todos sabemos del voraz apetito de Hacienda. .cubiertos

francisco

Hacienda piensa asi:

     Muchas autos matriculadas este año, a tanto de impuesto cada furgo=mucho dinero €€€€;D ;D

Manolín

Noticia que aparece hoy en la página de La Paca

INFORMACIÓN SOBRE EL IMPUESTO DE MATRICULACIÓN

Acerca de la crisis suscitada en el sector de la autocaravana por la intención del Ministerio de Hacienda de gravar las matriculaciónes con un 12%, las asociaciones profesionales ASEICAR, VIAJALIBRE e ICA que representan a la práctica totalidad de distribuidores y fabricantes, están manteniendo contactos al más alto nivel para intentar dar una solución al problema.
En los próximos días, la P.A.C.A., cuyos socios son usuarios de autocaravanas, y
de los que algunos se han visto afectados por esta decisión, aportará notícias sobre como se desarrollan las negociaciones y las soluciones adoptadas por este mismo medio.