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denuncia falsa, de locos!!!

Iniciado por MoriendiArs, Junio 02, 2015, 13:50:21 pm

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CIMA

A ver, lo del defensor del pueblo aunque pueda presentar la queja al final para el tema de la multa no le servirá de nada porque ese aspecto es totalmente independiente del trato, la persecución o lo que sea objeto de la queja, la ITV se tiene o no se tiene pasada y el vehículo está en circulación (en sentido amplio) o nó, y eso se determinará en el procedimiento administrativo o, en su caso, ante el Juez.
Insisto, PIDELE EL JUSTIFICANTE AL TALLER, es lo principal, que recoja que "el vehículo matricula xxxx estuvo en sus instalaciones ininterrumpidamente desde xxx hasta xxx fecha, para reparar xxxx (lo que sea) y volver a inspección técnica", algo así debería ser suficiente, con eso, los justificantes de la ITV (los de no haberla superado y el que si la superó) envíaselos al seguro para que te hagan el recurso correspondiente, pero estate encima de ellos y que te envíen copia para saber lo que alegan.

ttakunttakun

Me he leído todo el hilo y como te dicen muchos...no es por la ITV si no por algun otro asunto y te van a ir a machete,como se enteren de que te libras de la multa mas a machete te van a ir,y si la pagas tambien asique...yo la pagaría y a bailar y eso que no soy de los que dejan que se salgan con la suya tan facil pero esque tienes todas las de perder,si el mecanico se portan tan bien contigo..dejalo en paz...
p.d. como te dice arrano beltza,vente para euskal herria que aqui pasas desapercibido.
Ostiak eman edo hartu..bakarrik bi bide daude

http://www.furgovw.org/index.php?topic=296233.0

manuelcastagnal

Cita de: CIMA en Junio 10, 2015, 19:10:46 pm
A ver, lo del defensor del pueblo aunque pueda presentar la queja al final para el tema de la multa no le servirá de nada porque ese aspecto es totalmente independiente del trato, la persecución o lo que sea objeto de la queja, la ITV se tiene o no se tiene pasada y el vehículo está en circulación (en sentido amplio) o nó, y eso se determinará en el procedimiento administrativo o, en su caso, ante el Juez.
Insisto, PIDELE EL JUSTIFICANTE AL TALLER, es lo principal, que recoja que "el vehículo matricula xxxx estuvo en sus instalaciones ininterrumpidamente desde xxx hasta xxx fecha, para reparar xxxx (lo que sea) y volver a inspección técnica", algo así debería ser suficiente, con eso, los justificantes de la ITV (los de no haberla superado y el que si la superó) envíaselos al seguro para que te hagan el recurso correspondiente, pero estate encima de ellos y que te envíen copia para saber lo que alegan.

entonces cuando en la itv te dan un papel oficial (tan oficial como el de haber pasado la itv) diciendote que tienes un plazo para una gestion y un recorrido del que no puedes salirte te estan mintiendo?
e= m*c^2
furgonetear sin parar es mi ideal, siempre quiero mas,

+gvr

Cita de: manuelcastagnal en Junio 10, 2015, 23:48:49 pm
entonces cuando en la itv te dan un papel oficial (tan oficial como el de haber pasado la itv) diciendote que tienes un plazo para una gestion y un recorrido del que no puedes salirte te estan mintiendo?


Imagino que lo que la ITV transmite a las bases de datos de vehículos es el hecho de superar la inspección. Supongo que si no la superas a la GC le salta por la fecha ya que no se actualiza por no superarla y entonces figura como sin ITV. Con el papel de la ITV justificas el trayecto ITV/taller/ITV.
MoriendiArs está en este caso: sin ITV favorable y no está en taller al estar en la "via pública" donde no tiene respaldo legal.
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

manuelcastagnal

Cita de: +gvr en Junio 11, 2015, 00:09:35 am
Imagino que lo que la ITV transmite a las bases de datos de vehículos es el hecho de superar la inspección. Supongo que si no la superas a la GC le salta por la fecha ya que no se actualiza por no superarla y entonces figura como sin ITV. Con el papel de la ITV justificas el trayecto ITV/taller/ITV.
MoriendiArs está en este caso: sin ITV favorable y no está en taller al estar en la "via pública" donde no tiene respaldo legal.

a ver yo en vez de imaginar y suponer lo que hago es fiarme de un papel que da la itv permitiendote un recorrido en un plazo, y entiendo que si pasase como tu dices que solamente existen la opcion A (itv pasada) y la opcion b(itv caducada) y que no existe la C (itv pendiente de reparacion en un plazo segun los criterios de la itv ,) a pesar de venir claramente expresada en el papel de la itv la opcion c, pues si no tuviesen los agentes la opcion C (cosa rara que una opcion legal no venga entre sus opciones,pero que a ciencia cierta no lo se) para eso esta el papel de la itv con el que recurrir la multa, ya que si te denuncian por estar en X calle y se ve que esta al lado de un taller con ese papel de la itv te tendrian que quitar la multa.
yo tambien hago alguna suposicion, pero me parece mucho mas logico que sea como yo digo (pues es lo que expresa por escrito la entidad encargada que es la itv y precisamente te denuncian por no llevarla).
lo que espero es que se libre de la multa y no creo que la gc tenga que saber nada del tema si tu no cuestionas lo que dice (tu cuestionas un error que documentas y que no contradice lo que dijo el gc de que estaba aparcada en tal sitio)
espero que todo acabe de la mejor manera posible
e= m*c^2
furgonetear sin parar es mi ideal, siempre quiero mas,

+gvr

Mi suposición se basa en que cuando el resultado de al inspección no es favorable no puedes circular con el vehículo. Se te permite ir con él hasta el taller y volver con él a la estación de ITV. Esta cuestión, dado que el vehículo no es apto para circular (excepto ese trayecto hipotético -una vez que te pasa a lo mejor no sabes ni a que taller llevarlo-) dudo que se transmita a la bases de datos. Lo que salta es que tiene la ITV caducada por haber excedido la fecha de vigencia de la anterior y no haberla superado de nuevo. Dudo que si el día que verificaron si la furgo estaba en regla o no estuviese dentro en periodo de vigencia de la anterior, le pudiesen multar por "circular" sin ITV.

El papel solo te sirve para justificar y argumentar el porque el coche circula sin cumplir total la legalidad. No es un salvoconducto para circular hasta el día límite para volver al la estación de inspección. Por eso se multa.

En este caso seguro que la GC podría suponer que el coche lo saco el mecánico a la vía pública, lo cual les permitió que MoriendiArs recibiera una multa porque eso era lo que pretendían. No pretendían evitar la circulación de un vehículo con irregularidad mecánica/administrativa.
Lo único que se puede hace es lo que aconseja CIMA y esperar que el supervisor que revise el recurso exima a MoriendiArs de una multa que entienda que es por el error del mecánico por mucho que el propietario del vehículo es el responsable de escoger el mecánico adecuado que entienda que no puede poner sus vehículos en la vía pública y menos si tiene la ITV caducada y en moratoria  ;)

A ver si tiene suerte!

Un saludo!
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manuelcastagnal

Segun la itv yo estoy legal en ese caso, y a el le multan por no cumplir con la itv, yo no digo que vaya hasta el limite pero salio ese dia de la itv y el coche estaba aparcado delante de un taller. Si no estuvieses legal te dirian tu coche no puede circular para nada, pero aqui ponen tu coche puede circular este recorrido y tiene este plazo para cumplir.... que la policia no tiene este dato? yo no lo se , como lo sabes tu? lo que si esta claro es que tenia autorizacion de la itv para lo que estaba haciendo y que con ese papel y la ubicacion del vehiculo y del taller deberian de exonerarle de la multa.
Y si que esta claro que la gc lo quiere fastidiar pero es que no tiene porque dejarse, en el patio del colegio, la carcel o cualquier sociedad si te dejabas machacar te iban a seguir machando, yo no digo que les monte un  juicio por acoso pero que se defienda de pagar una multa que el dinero no esta para regalarlo a la gc y en este caso menos.
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CIMA

Cita de: manuelcastagnal en Junio 10, 2015, 23:48:49 pm
entonces cuando en la itv te dan un papel oficial (tan oficial como el de haber pasado la itv) diciendote que tienes un plazo para una gestion y un recorrido del que no puedes salirte te estan mintiendo?

En la ITV te dan un justificante de que la inspección ha sido desfavorable y el plazo que tienes para volver a pasarla, no te dicen que recorrido puedes hacer ni que un vehículo estacionado en la vía pública tiene que tener pasada la ITV, eso se supone que lo debes saber ya tú (la ignorancia de la ley no excusa de su incumplimiento, de las pocas cosas que recuerdo de cuando estudié la carrera), no entiendo además que tiene que ver eso con que te quejes al Defensor del Pueblo.

manuelcastagnal

Cita de: CIMA en Junio 11, 2015, 08:59:51 am
En la ITV te dan un justificante de que la inspección ha sido desfavorable y el plazo que tienes para volver a pasarla, no te dicen que recorrido puedes hacer ni que un vehículo estacionado en la vía pública tiene que tener pasada la ITV, eso se supone que lo debes saber ya tú (la ignorancia de la ley no excusa de su incumplimiento, de las pocas cosas que recuerdo de cuando estudié la carrera), no entiendo además que tiene que ver eso con que te quejes al Defensor del Pueblo.

te dicen que podras circular hasta el taller ese es el recorrido. Y que yo sepa si un taller esta cerrado o lleno tienes que esperar fuera y ese aparcamiento entra dentro de la circulacion que tu realizas para llegar hasta alli (o si estamos circulando no podemos aparcar debido a la imposibilidad de continuar???)
No hay porque mezclar cosas, por un lado esta que la propia itv te autoriza a esto (es que yo no acabo de entender porque suponeis que la autorizacion de la itv es falsa en este caso y autentica cuando nos dicen puedes circular lo que quieras o no puedes circular) y por otro lado https://www.defensordelpueblo.es/es/Quienes/Que/index.html donde se puede leer al principio de todo
El Defensor del Pueblo es el Alto Comisionado de las Cortes Generales encargado de defender los derechos fundamentales y las libertades públicas de los ciudadanos mediante la supervisión de la actividad de las administraciones públicas.

El Defensor del Pueblo es elegido por el Congreso de los Diputados y el Senado, por una mayoría de tres quintos. Su mandato dura cinco años y no recibe órdenes ni instrucciones de ninguna autoridad. Desempeña sus funciones con independencia e imparcialidad, con autonomía y según su criterio. Goza de inviolabilidad e inmunidad en el ejercicio de su cargo.

Cualquier ciudadano puede acudir al Defensor del Pueblo y solicitar su intervención, que es gratuita, para que investigue cualquier actuación de la Administración pública o sus agentes, presuntamente irregular. También puede intervenir de oficio en casos que lleguen a su conocimiento aunque no se haya presentado queja sobre ellos.
y es por esto que a mi no me parece mala idea el defensor del pueblo, que no vale para tu caso ya te lo dicen ellos, yo lo requerido alguna vez y o me dicen que no les corresponde o actuan muy bien (aunque algo lentos) pero desde luego no pierdes nada y como a mi esta me parece una actuacion irregular de los agentes pues por eso le doy la idea.
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CIMA

Cita de: manuelcastagnal en Junio 11, 2015, 08:59:24 am
Segun la itv yo estoy legal en ese caso, y a el le multan por no cumplir con la itv, yo no digo que vaya hasta el limite pero salio ese dia de la itv y el coche estaba aparcado delante de un taller. Si no estuvieses legal te dirian tu coche no puede circular para nada, pero aqui ponen tu coche puede circular este recorrido y tiene este plazo para cumplir.... que la policia no tiene este dato? yo no lo se , como lo sabes tu? lo que si esta claro es que tenia autorizacion de la itv para lo que estaba haciendo y que con ese papel y la ubicacion del vehiculo y del taller deberian de exonerarle de la multa.
Y si que esta claro que la gc lo quiere fastidiar pero es que no tiene porque dejarse, en el patio del colegio, la carcel o cualquier sociedad si te dejabas machacar te iban a seguir machando, yo no digo que les monte un  juicio por acoso pero que se defienda de pagar una multa que el dinero no esta para regalarlo a la gc y en este caso menos.

Insisto en que no se de donde sacas eso, lo primero que la Inspección Técnica de Vehículos que es una concesión administrativa a una empresa privada, no es quien para decir si tu vas legal o no, su función se limita a la inspección de los vehículos y comprobación de que se encuentran aptos para circular (aparte de otro tipo de inspecciones para legalizaciones, matriculaciones etc., que no vienen al caso), en este caso considera que el vehículo no está apto, da como desfavorable la revisión y le da un plazo para que vuelva a pasarla, absolutamente nada mas, desde ese momento el vehículo solo puede hacer el recorrido al taller donde vaya a repararse y de vuelta a la estación ITV, en la base de datos de la GC únicamente constará que el vehículo no ha superado la inspección, no que se ha llevado a tal taller o que tiene tal plazo, eso deberá justificarlo el propietario en caso de que le paren circulando o, como en este caso, le denuncien.
El hecho de que esté estacionado delante de un taller no implica en absoluto que esté reparándose en ese taller, muchos días tengo mi vehículo estacionado a la puerta del taller de un amigo que frecuento y casi siempre (por suerte  ;D) estoy solo tomando café y no reparando el vehículo, precisamente el motivo del Recurso es tratar de justificar que el vehículo no estaba circulando (estacionado delante del taller) sino que se encontraba en reparación en ese taller.

CIMA

Cita de: manuelcastagnal en Junio 11, 2015, 09:09:24 am
te dicen que podras circular hasta el taller ese es el recorrido. Y que yo sepa si un taller esta cerrado o lleno tienes que esperar fuera y ese aparcamiento entra dentro de la circulacion que tu realizas para llegar hasta alli (o si estamos circulando no podemos aparcar debido a la imposibilidad de continuar???)
No hay porque mezclar cosas, por un lado esta que la propia itv te autoriza a esto (es que yo no acabo de entender porque suponeis que la autorizacion de la itv es falsa en este caso y autentica cuando nos dicen puedes circular lo que quieras o no puedes circular) y por otro lado https://www.defensordelpueblo.es/es/Quienes/Que/index.html donde se puede leer al principio de todo
El Defensor del Pueblo es el Alto Comisionado de las Cortes Generales encargado de defender los derechos fundamentales y las libertades públicas de los ciudadanos mediante la supervisión de la actividad de las administraciones públicas.

El Defensor del Pueblo es elegido por el Congreso de los Diputados y el Senado, por una mayoría de tres quintos. Su mandato dura cinco años y no recibe órdenes ni instrucciones de ninguna autoridad. Desempeña sus funciones con independencia e imparcialidad, con autonomía y según su criterio. Goza de inviolabilidad e inmunidad en el ejercicio de su cargo.

Cualquier ciudadano puede acudir al Defensor del Pueblo y solicitar su intervención, que es gratuita, para que investigue cualquier actuación de la Administración pública o sus agentes, presuntamente irregular. También puede intervenir de oficio en casos que lleguen a su conocimiento aunque no se haya presentado queja sobre ellos.
y es por esto que a mi no me parece mala idea el defensor del pueblo, que no vale para tu caso ya te lo dicen ellos, yo lo requerido alguna vez y o me dicen que no les corresponde o actuan muy bien (aunque algo lentos) pero desde luego no pierdes nada y como a mi esta me parece una actuacion irregular de los agentes pues por eso le doy la idea.

Si hubiera sido el mismo día y pocos minutos (u horas) después de que la ITV le denegó la inspección podría tener un pase eso que dices, pero un par de semanas después ¿le decimos al agente que el taller seguía lleno?
Lo del defensor del pueblo lo único que digo (aparte de que creo que no es competente) es que no le va a solucionar el tema de la multa, que es lo que nos pregunta aquí, y respecto del supuesto "acoso" como no le facilites algo mas que tu palabra creo que tampoco.
Y ya no digo mas, todo es opinable y discutible pero mi opinión y mis razonamientos ya los he dado, ahora el compañero es el que tiene que decidir que considera conveniente para el y actuar en consecuencia.

manuelcastagnal

Cita de: CIMA en Junio 11, 2015, 09:09:52 am
Insisto en que no se de donde sacas eso, lo primero que la Inspección Técnica de Vehículos que es una concesión administrativa a una empresa privada, no es quien para decir si tu vas legal o no, su función se limita a la inspección de los vehículos y comprobación de que se encuentran aptos para circular (aparte de otro tipo de inspecciones para legalizaciones, matriculaciones etc., que no vienen al caso), en este caso considera que el vehículo no está apto, da como desfavorable la revisión y le da un plazo para que vuelva a pasarla, absolutamente nada mas, desde ese momento el vehículo solo puede hacer el recorrido al taller donde vaya a repararse y de vuelta a la estación ITV, en la base de datos de la GC únicamente constará que el vehículo no ha superado la inspección, no que se ha llevado a tal taller o que tiene tal plazo, eso deberá justificarlo el propietario en caso de que le paren circulando o, como en este caso, le denuncien.
El hecho de que esté estacionado delante de un taller no implica en absoluto que esté reparándose en ese taller, muchos días tengo mi vehículo estacionado a la puerta del taller de un amigo que frecuento y casi siempre (por suerte  ;D) estoy solo tomando café y no reparando el vehículo, precisamente el motivo del Recurso es tratar de justificar que el vehículo no estaba circulando (estacionado delante del taller) sino que se encontraba en reparación en ese taller.

el hecho de estar enfrente del taller implica que esta en el recorrido para llegar al taller desde la itv, que es una concesion administrativa que decide si podemos circular o no, o si solo para ir al taller,(y que le multan porque esa concesion administrativa no les da su visto bueno, asi que que lo que diga la itv me parece que si tiene mucho que decir) porque si esto no fuese asi tendrian que decir que no podemos circular.
pero vamos que yo lo veo como que le han dado una autorizacion para ir al taller, que esta en ese recorrido y que se puede demostrar en funcion de donde ha sido denunciado y de donde esta el taller, si desde la itv al taller no contemplasen que el taller puede estar cerrado o lleno pues en vez de 15 dias darian las horas justas para ir al taller reparlo y volver (sin esperas a que te atiendan ni a que lleguen las piezas)
Para mi que aqui tiene la clave.
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manuelcastagnal

yo del acoso no he dicho nada porque es muy dificil, casi imposible de demostrar.
lo de valorar la gc si es mucho o poco tiempo no les corresponde, para eso esta el papel que te dice el plazo que tienes, la policia no valora si vas rapido por una opinion subjetiva si no por si vas por encima de lo que marcan las normas (ellos estan para que se cumplan las normas no para adaptarlas a su opinion).
Y a mi aunque no lo veo determinante el tiempo mientras este dentro del plazo, creo que acababa de ir ese dia o el anterior a la itv.
Yo tambien espero que entre todos le podamos ayudar y no que le hagamos un lio. Que es de lo que se trata claro (me equivoque yo o no lo importante es ayudarlo, aunque creo que no me equivoco ;D )
e= m*c^2
furgonetear sin parar es mi ideal, siempre quiero mas,

+gvr

Cita de: CIMA en Junio 11, 2015, 09:09:52 am
Insisto en que no se de donde sacas eso, lo primero que la Inspección Técnica de Vehículos que es una concesión administrativa a una empresa privada, no es quien para decir si tu vas legal o no, su función se limita a la inspección de los vehículos y comprobación de que se encuentran aptos para circular (aparte de otro tipo de inspecciones para legalizaciones, matriculaciones etc., que no vienen al caso), en este caso considera que el vehículo no está apto, da como desfavorable la revisión y le da un plazo para que vuelva a pasarla, absolutamente nada mas, desde ese momento el vehículo solo puede hacer el recorrido al taller donde vaya a repararse y de vuelta a la estación ITV, en la base de datos de la GC únicamente constará que el vehículo no ha superado la inspección, no que se ha llevado a tal taller o que tiene tal plazo, eso deberá justificarlo el propietario en caso de que le paren circulando o, como en este caso, le denuncien.
El hecho de que esté estacionado delante de un taller no implica en absoluto que esté reparándose en ese taller, muchos días tengo mi vehículo estacionado a la puerta del taller de un amigo que frecuento y casi siempre (por suerte  ;D) estoy solo tomando café y no reparando el vehículo, precisamente el motivo del Recurso es tratar de justificar que el vehículo no estaba circulando (estacionado delante del taller) sino que se encontraba en reparación en ese taller.


Totalmente claro, iba a poner el caso de quien tiene por vecino un taller mecánico...
+1

Puede ser que la GC fuera a por el, que no lo dudo, pero la multa es legal y recurrirla también. El acoso y la persecución es otro tema, y la multa es seguramente una consecuencia. Si se mezclan los temas para salir bien no sigues una buena estrategia...

Un saludo!
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

Palleter

Cita de: manuelcastagnal en Junio 11, 2015, 09:22:13 am(ellos estan para que se cumplan las normas no para adaptarlas a su opinion).


Ahí has dado en el clavo. Para que se cumplan las normas: "vehículo sin itv en vigor en vía pública, denuncia.
                                              No para adaptarlas a su opinión: "está en la puerta de un taller, ¿lo irán a reparar? ¿está fuera porque está lleno? ¿lo van a llevar hoy a pasar la itv? y más cuestiones que no tienen porqué "adaptarlas a su opinión" ni sacar conclusiones.
El rango es la medida de dispersión más sencilla. Es la diferencia entre el valor máximo y mínimo de un conjunto.