Mayo 23, 2024, 09:32:23 am


Vehículo Mixto Adaptable en la ITV

Iniciado por tuttilimondi, Enero 10, 2014, 14:36:25 pm

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+gvr

Cita de: yeyorm en Enero 10, 2014, 23:08:44 pm
fue obligatorio en los vehiculos de carga a partir de una determinada fecha pero no la sé, y en los vehiculos mixtos creo que no tendría mucho sentido y es probable que no sea obligatorio incluso ahora

Desde enero de 2000 las furgos de carga 2400 llevan separador.
Los mixtos adaptables hay dos posibilidades

SI tiene puntos de amarre en el suelo
a) La preinstalación o anclajes para disp. de retención es opcional para el fabricante
b) El Dispositivo de Retención (mampara, separador parcial o total) es opcion para el fabricante y para el usuario (para este último no es a voluntad el ponerlo o no, es en función de la normativa)

Si NO tiene puntos de amarre en el suelo
a) La preinstalación o anclajes para disp. de retención es obligatorio para el fabricante. Este caso no se suele dar porque casi todo proveen de argollas de amarre.
b) El Dispositivo de Retención (mampara, separador parcial o total) es opcion para el fabricante y pero obligatorio para el usuario.

Los asientos, de momento, se consideran como parte del sistema de retención, por lo que si la carga no sobrepara el plano hipotético que coincide con lal línea superior de los asientos no te exigiran teóricamente el separador (los asientos son separador parcial). Si te pasar es exigible llevar separator total o parcial que complemente el parcial formado por el plano trasero de los asientos.

La preinstalación en algunas son arriba los tornillos de los cinturones y abajo las argollas de amarre, por eso no se ve una preinstalación específica. Así cumplen como opción y obligación. Asi es en la T4 que solo dispone/ía de total.

Del Regalmento General de Vehículos:

3.3.1 Dispositivos de retención parcial:
Los vehículos mixtos adaptables opcionalmente podrán instalar un dispositivo de retención que proteja a los pasajeros de un desplazamiento eventual de la carga en la zona situada por encima del respaldo.
En los dispositivos de retención flexibles la deformación máxima hacia adelante producida por el elemento de prueba no deberá sobrepasar los 300 mm medidos desde el plano transversal vertical al eje longitudinal del vehículo que pasa por el borde posterior del respaldo en su posición de construcción. En el caso de dispositivos de retención rígidos se permitirán deformaciones justo hasta la aparición de grietas en la superficie.
Las pruebas de los dispositivos de retención parcial destinados a vehículos equipados con apoyacabezas en los asientos posteriores deberán realizarse con los apoyacabezas montados.

Teóricamente poner y sacar un separador de carga es una reforma.
Por otra parte los separadores tienen que superar una pruebas específicas que teoricamente solo lo superan las de los fabricantes.  .malabares

Llevar menos de tres plazas en una fila de asientos se puede interpretar como que no llevas dispositivo de retención parcial.
Llevar muebles ("carga" no amarrada a la carrocería, amarrada pero no legalizada),  delante o al lado de las plazas es ilegal.
Solo se puede llevar muebles al lado si están legalizados y cumplientos con requisitos (radios de aristas...).

Llevar instalación de 12 v depende de donde la saques la corriente por que modificas la instalación homologada de la furgo...

No os confieis. Por vuestra propia seguridad  ;)

un saludo!
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

tuttilimondi

Enero 14, 2014, 23:11:42 pm #16 Ultima modificación: Enero 14, 2014, 23:13:16 pm por tuttilimondi
 :P ..

Pasaré por la ITV a ver que dicen.. 
(Si es esclarecedor os cuento..)

Gracias por la información y los comentarios.. :) ..

WuWey

Buenas,  tengo casi las mismas dudas que tú, y aunque no tengo respuestas claras a dichas dudas, te comento mi opinion y caso por si ayuda.

En mi caso además intento saber si compensa pasar a turismo siendo las normas de separación de carga casi las mismas por lo que veo.


Cita de: tuttilimondi en Enero 10, 2014, 14:36:25 pm
Abro un hilo nuevo sobre los Vehículos Mixtos e ITVs porque aún habiendo leído algo sobre este tema por el foro, no me quedan claras ciertas cosas que ahora me hacen falta..

Tengo un Vehículo Mixto Adaptable (dos filas de asientos). Hasta la fecha nunca he tenido problemas para pasar la ITV habiendo cambiado por mi cuenta el módulo de copiloto doble original por un asiento individual, no teniendo puesto el asiento individual de la fila trasera (aunque siempre han comprobado su cinturón de seguridad que está recogido abajo) y llevando una arcón-cama en la parte de carga sin anclar al suelo.
En la tarjeta constan 6 plazas (que siguen aseguradas) y siempre he usado 4.


CIRCULACION: Yo he circulado siempre con los 2 asientos traseros bajados (o levantados en ocasiones) y cuando me han parado la GC no han mirado atrás al detalle ni me comentaron nada de la carga etc.  Tengo intención de sacar estos asientos y aprovechar este espacio y las mismas dudas sobre si al circular he de instalar una reja separatoria homologada, y que rejeas hay en el mercado y donde. Lo ideal una de quita y pon.

ITV.  Tengo muebles amarrados(no legalmente) que superan la altura de los asientos, tambien tengo los pasaruedas cubiertos con mueble y unas cortinas con soportes de madera. Para pasar ITV he desmontado siempre la carga principal. (mueble alto) pero no lo demás, y nunca ví que mirasen más que los cinturones sin prestar atención a la carga. Esto en dos ITVs distintas en la comunidad de Madrid.

Citar
Ahora voy a hacer remodelación quitando todos los asientos traseros para dejar la furgo únicamente con las dos plazas delanteras y  me surgen algunas dudas importantes (para circular y s/t de cara a la ITV que ya tiene que pasar cada 6 meses);

  • En la parte destinada a carga (osea, tercio trasero donde no hay asientos):
    ¿puedo poner los muebles que me de la gana, siempre y cuando respete la máxima de no llevarlos anclados al suelo pero sí "sujetos con "pulpos" cuando proceda (ITV p.e.)?
    ¿podrían superar la altura de los asientos llegando el lateral al techo sin tener que poner rejilla?



CIRCULACION: Creo que has de poner rejilla, y así podrás anclarlos como quieras.

ITV y quizas CIRCULACION: Te queda solventar una ilegalidad: Los anclajes al chasis permitidos solo son los homologados, si atornillas en otro sitio, o con otro tipo de tornillo etc etc. es ilegal, pero bueno, con la reja separación parece un tema menor.

Citar
  • Como ya he dicho, quiero quitar todos los asientos para poner en la parte media el típico mueble lateral (cocina+fregadero) pegado a la ventana izquierda y dejar el habitáculo trasero sólo para "estar":
    ¿Ese mueble tengo que quitarlo cada vez que pase la ITV? (supongo que es conveniente por el hecho de que no vean la cocina de gas..y contaba con ello).
    Si lo quito, ¿puedo pasar la ITV sólo con los muebles de atrás tal como he dicho (sin anclar y con los cinturones de seguridad de la segunda fila recogidos)?
    En alguno de los supuestos de que tenga que poner rejilla para separar con el espacio delantero ¿De qué tipo tendría que ser (rígida-de tela) y dónde?




Te aconsejo desmontar y sacar Gas. Yo no llevo gas. Bueno un camping gas en su bolsa correspondiente, pero creo que tanto para circular como en Itv, si tienes una istalación de gas puesta, puede ser el origen de empezar a ponerte pegas.


Saludos.
---------------------------------------------------------
Ferdy siempre adelante ...

WuWey

Gracias +gvr por este mensaje tan clarificador.


Comentas:
CitarLlevar muebles ("carga" no amarrada a la carrocería, amarrada pero no legalizada),  delante o al lado de las plazas es ilegal.
Solo se puede llevar muebles al lado si están legalizados y cumplientos con requisitos (radios de aristas...).


Mi duda sobre esto es, ¿y detrás de los asientos delanteros si no sobrepasa la altura de los mismos?


Sobre las rejillas homologadas. ¿Sabes donde puedo consultar que modelos hay en el mercado para plantearme instalar una que pueda quitar al llegar a destino? y montar solo para circular? y así poder circular con solo las dos plazas delanteras sin llevar más asientos montados.


Gracias



Cita de: +gvr en Enero 11, 2014, 00:01:13 am
Desde enero de 2000 las furgos de carga 2400 llevan separador .

Los mixtos adaptables hay dos posibilidades

SI tiene puntos de amarre en el suelo
a) La preinstalación o anclajes para disp. de retención es opcional para el fabricante
b) El Dispositivo de Retención (mampara, separador parcial o total) es opcion para el fabricante y para el usuario (para este último no es a voluntad el ponerlo o no, es en función de la normativa)

Si NO tiene puntos de amarre en el suelo
a) La preinstalación o anclajes para disp. de retención es obligatorio para el fabricante. Este caso no se suele dar porque casi todo proveen de argollas de amarre.
b) El Dispositivo de Retención (mampara, separador parcial o total) es opcion para el fabricante y pero obligatorio para el usuario.

Los asientos, de momento, se consideran como parte del sistema de retención, por lo que si la carga no sobrepara el plano hipotético que coincide con lal línea superior de los asientos no te exigiran teóricamente el separador (los asientos son separador parcial). Si te pasar es exigible llevar separator total o parcial que complemente el parcial formado por el plano trasero de los asientos.

La preinstalación en algunas son arriba los tornillos de los cinturones y abajo las argollas de amarre, por eso no se ve una preinstalación específica. Así cumplen como opción y obligación. Asi es en la T4 que solo dispone/ía de total.

Del Regalmento General de Vehículos:

3.3.1 Dispositivos de retención parcial:
Los vehículos mixtos adaptables opcionalmente podrán instalar un dispositivo de retención que proteja a los pasajeros de un desplazamiento eventual de la carga en la zona situada por encima del respaldo.
En los dispositivos de retención flexibles la deformación máxima hacia adelante producida por el elemento de prueba no deberá sobrepasar los 300 mm medidos desde el plano transversal vertical al eje longitudinal del vehículo que pasa por el borde posterior del respaldo en su posición de construcción. En el caso de dispositivos de retención rígidos se permitirán deformaciones justo hasta la aparición de grietas en la superficie.
Las pruebas de los dispositivos de retención parcial destinados a vehículos equipados con apoyacabezas en los asientos posteriores deberán realizarse con los apoyacabezas montados.

Teóricamente poner y sacar un separador de carga es una reforma.
Por otra parte los separadores tienen que superar una pruebas específicas que teoricamente solo lo superan las de los fabricantes.  .malabares

Llevar menos de tres plazas en una fila de asientos se puede interpretar como que no llevas dispositivo de retención parcial.
Llevar muebles ("carga" no amarrada a la carrocería, amarrada pero no legalizada),  delante o al lado de las plazas es ilegal.
Solo se puede llevar muebles al lado si están legalizados y cumplientos con requisitos (radios de aristas...).

Llevar instalación de 12 v depende de donde la saques la corriente por que modificas la instalación homologada de la furgo...

No os confieis. Por vuestra propia seguridad  ;)

un saludo!
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Ferdy siempre adelante ...

WuWey

Pasaste ITV?  cuentanos.

Gracias

Cita de: tuttilimondi en Enero 14, 2014, 23:11:42 pm
:P ..

Pasaré por la ITV a ver que dicen.. 
(Si es esclarecedor os cuento..)

Gracias por la información y los comentarios.. :) ..
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Ferdy siempre adelante ...

+gvr

Enero 22, 2014, 14:16:17 pm #20 Ultima modificación: Enero 22, 2014, 21:14:17 pm por +gvr
Cita de: WuWey en Enero 22, 2014, 11:32:26 am

Mi duda sobre esto es, ¿y detrás de los asientos delanteros si no sobrepasa la altura de los mismos?



Hola, si detrás de los muebles no hay plazas entiendo que sí. O sea si las plazas disponibles son las de cabina entiendo que sí, pero siempre si el transporte cumple con el reglamento respeto a que esté correctamente acondicionada y amarrada, con lo cual hay que garantizar que no pueda sobrepasar por encima de esa línea.

Imagina que el típico remolque pequeño lleno de leña (por decir un "granel" sólido genérico...), a la carretera no caerá..pero en caso de bache, accidente...quien te garantiza que no sale disparado y de puede dañas a tí o a otro que circulen cerca o que depues pase por encima. Para mi esto es multable, pero me dá que en pocas ocasiones de da a no ser que sea carga pulverulenta (típico de áridos....)

Con la carga dentro pasa lo mismo pero con más razón.

No se si miraste estos hilos:

http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

http://www.furgovw.org/index.php?topic=272083.30

http://www.furgovw.org/index.php?topic=277373.15


Cita de: WuWey en Enero 22, 2014, 11:32:26 am

Sobre las rejillas homologadas. ¿Sabes donde puedo consultar que modelos hay en el mercado para plantearme instalar una que pueda quitar al llegar a destino? y montar solo para circular? y así poder circular con solo las dos plazas delanteras sin llevar más asientos montados.



De principio no creo que exista ninguna diseñada previamente para sacar facilmente (lo cual no quiere decir que no sea fáctibles desmontarla con facilidad). Todo depende del modelo de tu furgo, de si tiene preistalación y de los accesorios y modelos de rejillas que haya disponibles a día de hoy.

Si metes una del fabricante no tendrás problemas, porque se supone que pasó las pruebas...otra cosa es que fuese instalada en fábrica o no.

Si tienes que meterle una "fuera de catálogo del fabricante" o incluso una del fabricante pero que requira reequipamiento que suponga por ejemplo meterle unos remaches roscado para instalarla....entiendo que has de legalizar porque poner o sacar separador de carga implica reforma.


No tengo ni idea como hacen las pruebas de resistencia que dermina el Reglamento General de Vehículos....EDITO: como se hacen las pruebas viene como anexo en el reglamento general de vehículos pero estas pruebas son para las mamparas montadas de fábrica porque solo se montan las obligatorias para poder vender. Las proporcionadas como accesorio por el fabricante se entiende que son capaces de superar esas pruebas....y las demás ni idea como se "certifica su fortaleza".
Si googleas imágenes con "cargo barrier" te saldran rejillas australianas con un etiquetaje acreditativo de su resistencia y un martillo "picacristales"  por si llevas a alguien enjaulado  ;D

Lo de sacar la rejilla en destino, pues siempre podrás hacerlo....asumiendo que realizas una reforma de importancia al desinstalarla, cosa multable aunque muy dificilmente se dará que te venga la GC a decirte semejante cosa (creo y dudo que lleven en manual de reformas de importancia con ellos), y que no circulas sin ella (correctamente estacionado y sin encender el motor) ya que si carga sobrepasa la altura de los asientos lo multan de hecho (entiendo que pones la rejilla por eso).

Al final despues de tanto lio normativo para mi caso solo me encaja una solución personalizada que consiste en rocktonizar mi T4  ;D con una rejilla multiposición anclada a los punto de amarre dispuestos por el fabricante, porque de ser atornillada estaría reformando cada dos por tres y me imagino que tendría que realizar tres homologaciones/legalizaciones para poner la rejilla detrás de cualquiera de las tres filas....con lo que realmente iria ilegal porque el montaje sería sin cerificado de taller y habría hecho dos reformas al no haber rejillas detrás de las otras dos filas  .meparto pero eso si...con rejilla!!




¿Qué furgo llevas?

Un saludo!
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

Argibay

Y para liarla un poco mas,vehículo mixto adaptable con 8 plazas,en configuración,conductor,acompañante,una plaza detrás del conductor y otra detrás de esa plaza,para aprovechar todo el largo del espacio de carga,yo no he visto un mamparo o rejilla que ocupe todo el largo del espacio de carga ???

+gvr

Cita de: argibay en Enero 22, 2014, 22:40:48 pm
Y para liarla un poco mas,vehículo mixto adaptable con 8 plazas,en configuración,conductor,acompañante,una plaza detrás del conductor y otra detrás de esa plaza,para aprovechar todo el largo del espacio de carga,yo no he visto un mamparo o rejilla que ocupe todo el largo del espacio de carga ???


Dándole vueltas a eso que preguntas...seguro que hay impedimentos indirectos:

-Las plazas precisan de ventanillas laterales, si llevas mamparo lateral no cumples aunque sea temporalmente mientras la llevas.
-Los mamparos están pensado para ser colocados detrás de los asientos, no al lado. Las pruebas de resistencia están pensadas para eso, cuanto y como tiene que resistir y como se calcula la resistencia lateral de un mamaparo.
-Como no existe modelo homologado por el fabricante (la homologaría al instalarla de fábrica) la tienes que instalar y entonces supone reformar, y para aceptar la instalación te pedirían que anulases plazas y para anular plazas tendrías que ir de atrás a adelante, no de un lado a otro.

Me dá que es inviable o, al menos, muy difícil.

Un saludo!
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+gvr

Cita de: tuttilimondi en Enero 14, 2014, 23:11:42 pm
:P ..

Pasaré por la ITV a ver que dicen.. 
(Si es esclarecedor os cuento..)

Gracias por la información y los comentarios.. :) ..


¿que pasó?
¿no fue esclarecedor?
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

Argibay

Es necesario homologar un a rejilla de separacion de carga,es decir vehiculo mixto (8 plazas en mi caso),usando las 2 delanteras,llevo carga(hasta el techo),necesito separador.Llego a mi destino descargo vuelvo y pongo las plazas.Mi pregunta es necesito homologar la rejilla separadora?,(si) ,pero si no la utilizo la tengo que (dehomologar).Esto lo pregunto porque yo en su dia tenia un Terrano con enganche de remoloque  venia en ficha,lo compre de segunda mano,y lo quite  al pasar la ITV tube que pagar para que lo anularian de la ficha tecnica.Mi furgo venia con 8 plazas,generalmente llevo 2,ysolo tengo 4,(el resto las vendi) al pasar la itv nunca me han exigido llevarlas todas,tambien tenia asiento doble de copiloto y lo cambie por uno individual y no he tenido problemas ,ademas en la ficha no pone la configuracion de lo asientos pone que tiene 8 pero no como esta dispuestos en el vehiculo.

Toñín Veganin

Cita de: argibay en Enero 24, 2014, 10:32:14 am
Es necesario homologar un a rejilla de separacion de carga,es decir vehiculo mixto (8 plazas en mi caso),usando las 2 delanteras,llevo carga(hasta el techo),necesito separador.Llego a mi destino descargo vuelvo y pongo las plazas.Mi pregunta es necesito homologar la rejilla separadora?,(si) ,pero si no la utilizo la tengo que (dehomologar).Esto lo pregunto porque yo en su dia tenia un Terrano con enganche de remoloque  venia en ficha,lo compre de segunda mano,y lo quite  al pasar la ITV tube que pagar para que lo anularian de la ficha tecnica.Mi furgo venia con 8 plazas,generalmente llevo 2,ysolo tengo 4,(el resto las vendi) al pasar la itv nunca me han exigido llevarlas todas,tambien tenia asiento doble de copiloto y lo cambie por uno individual y no he tenido problemas ,ademas en la ficha no pone la configuracion de lo asientos pone que tiene 8 pero no como esta dispuestos en el vehiculo.


Está claro que hay montones de cosas que, cuando las intentas razonar, no tienen razonamiento posible... pero así es la burrocracia!!

Se hace para que te pierdas, te líes, y cuando creas que eres un burro, te la meten doblá  .nono

.loco1

+gvr

Cita de: argibay en Enero 24, 2014, 10:32:14 am
Es necesario homologar un a rejilla de separacion de carga,es decir vehiculo mixto (8 plazas en mi caso),usando las 2 delanteras,llevo carga(hasta el techo),necesito separador.Llego a mi destino descargo vuelvo y pongo las plazas.Mi pregunta es necesito homologar la rejilla separadora?,(si) ,pero si no la utilizo la tengo que (dehomologar).Esto lo pregunto porque yo en su dia tenia un Terrano con enganche de remoloque  venia en ficha,lo compre de segunda mano,y lo quite  al pasar la ITV tube que pagar para que lo anularian de la ficha tecnica.Mi furgo venia con 8 plazas,generalmente llevo 2,ysolo tengo 4,(el resto las vendi) al pasar la itv nunca me han exigido llevarlas todas,tambien tenia asiento doble de copiloto y lo cambie por uno individual y no he tenido problemas ,ademas en la ficha no pone la configuracion de lo asientos pone que tiene 8 pero no como esta dispuestos en el vehiculo.


Me estoy releyendo em RGV y el manual de reformas....contesto más tarde.
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

richard v

yo en la mia he pasado la itv con asientos de menos (creo que ya es lo que tiene "mixto adaptable") y no me han dicho nada, otra cosa ya es el tema de la regilla, que desconozco.
la mia viene con los papeles para 7 plazas y yo solo tengo 6 asientos y la itv la pase con 5

tuttilimondi

Enero 24, 2014, 22:50:28 pm #28 Ultima modificación: Enero 24, 2014, 22:55:15 pm por tuttilimondi
Cita de: WuWey en Enero 22, 2014, 11:33:34 am
Pasaste ITV?  cuentanos.

Cita de: +gvr en Enero 24, 2014, 08:23:49 am
¿que pasó?
¿no fue esclarecedor?


Sí..pasé el otro día la ITV e hice las preguntas de rigor al chaval que me atendió...pero no me esclareció mucho la verdad.. :P

Al ser vehículo mixto me dijeron que..,
+Puedo llevar puestas las plazas y asientos que quiera, siempre que lleve los cinturones de seguridad en las ubicaciones originales..,
+En el tercer espacio puedo llevar los muebles que quiera (incluso pudiendo superar la altura del asiento trasero) siempre y cuando no vayan anclados al suelo (   de hecho me recomendó anclajes rápidos con mosquetón en los amarres de fábrica..fáciles de quitar en la ITV para que ellos vean que no van fijos..),
+En el supuesto de tener muebles traseros (3º espacio), de no llevar los asientos de la segunda fila me comentó que no habría problemas para pasar la ITV, De hecho ni necesitaría rejilla separadora de ningún tipo por ser vehículo de antes del 2003.. ???
+Incluso me comentó que creía que podría no tener problema aunque pasase la inspección con el mueble de en medio puesto, siempre que no fuera anclado..

De la GC en circulación me dijo que él tenía una furgo en situación similar y nunca le habían puesto problemas....

En fin...! :-X  :-X

La verdad es que, visto lo visto hasta ahora, cuidando siempre de mantener la máx. seguridad posible en la furgo para circular (y me refiero a fijar los muebles y la carga..), lo que más me preocupa de todo es la cobertura del seguro en caso de un nunca deseado accidente,  porque lo que es la valoración de la aplicación de la ley en estos términos.. (que todavía no llego a conocer a ciencia cierta) está claro que depende más de la persona con la que nos vayamos encontrando que de otra cosa.. :roll:

Seguiré investigando.. y sigo agradeciendo vuestros comentarios.  :)

Lo que se me olvidó preguntarles es dónde puedo ir a consultar yo todas esas especificidades, ya sea para ciercular o para pasar la ITV.....¿Lo sabríais vosotr@s?

Toñín Veganin

Yo pensaba consultarlo a LEGALITAS, ya que soy asegurado suyo, cuando tuviera la furgoneta...  .sombrero

.loco1