cuanto pagais por vuestro impuesto de circulacion?

Iniciado por adrix, Abril 09, 2011, 18:02:06 pm

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panxe

Cita de: Speed Master en Mayo 27, 2013, 17:14:56 pm
ojo, no te creas todo panxe...

yo los tenia en mi anterior domicilio/pueblo hasta que un ertzina se apiado de mi, y me dejo marchar soilo con un tiron de orejas y la advertencia de que no lo demorara mas si no queria tener problemas...


Todas estas cosas en mi familia nos las lleva una gestora así que supongo que en algo se basará... Tenemos allí todos los coches particulares, los de empresa si que es obligatoria tenerlos donde la empresa

valerico

En Elche yo pago 86 € de una T4 2.4 84 CV.  Creo que no es mucho si lo comparamos con Madrid o Barcelona.  .palmas

kayamba

Mayo 30, 2013, 11:28:43 am #362 Ultima modificación: Mayo 30, 2013, 11:31:01 am por kayamba
De nada vale  quejaros ,,,T4 2400...como autocaravana 117 €uracos en Salvaterra de Miño ,,,pueblo de la provincia de Pontevedra...y se quedan tan ANCHOS los Hi..Puutassss  .ametralla .ametralla .hacha .hacha .hacha .joder .joder

Coerlo ai

Se puede saber cuanto se paga de impuestos en tu provincia???
Me explico, hay forma de saber de antemano cuanto se paga de impuesto segun donde tengas empadronada la furgo???
Lo pregunto ya que vivo en un pueblo y quizas salga mas barato que en la capital.....

Dame pan y dime tonto!!!

Carl

La regulación de este impuesto se encuentra en el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo).

Artículo 95. Cuota.
1. El Impuesto se exigirá con arreglo al siguiente cuadro de tarifas: Potencia y clase de vehículo Cuota. - Euros A) Turismos:
•   De menos de ocho caballos fiscales 12,62
•   De 8 hasta 11,99 caballos fiscales 34,08
•   De 12 hasta 15,99 caballos fiscales 71,94
•   De 16 hasta 19,99 caballos fiscales 89,61
•   De 20 caballos fiscales en adelante 112,00
Si tienes la furgo como mixto adaptable te cobran por carga útil (diferencia entre PMA o MMA peso máximo y Tara(peso en vacío) de la furgo. Cada ayuntamiento también regula la carga mínima para considerarlo camión, normalmente más de 550kg o más de 750kg (creoque para evitar a las Berlingo Kangoo etc)
C) Camiones:
•   De menos de 1.000 kilogramos de carga útil 42,28
•   De 1.000 a 2.999 kilogramos de carga útil 83,30
•   De más de 2.999 a 9.999 kilogramos de carga útil 118,64
•   De más de 9.999 kilogramos de carga útil 148,30
•   4. Los ayuntamientos podrán incrementar las cuotas fijadas en el apartado 1 de este artículo mediante la aplicación sobre ellas de un coeficiente, el cual no podrá ser superior a 2(esto significa que multiplican la cuota fijada por la ley estatal por un número entre 1 y 2 (por ejemplo De 12 hasta 15,99 caballos fiscales 71,94 x 1.2= 86,33) . Los ayuntamientos podrán fijar un coeficiente para cada una de las clases de vehículos previstas en el cuadro de tarifas recogido en el apartado 1 de este artículo, el cual podrá ser, a su vez, diferente para cada uno de los tramos fijados en cada clase de vehículo, sin exceder en ningún caso el límite máximo fijado en el párrafo anterior
5. En el caso de que los ayuntamientos no hagan uso de la facultad a que se refiere el apartado anterior, el impuesto se exigirá con arreglo a las cuotas del cuadro de tarifas.
6. Las ordenanzas fiscales podrán regular, sobre la cuota del impuesto, incrementada o no por la aplicación del coeficiente, las siguientes bonificaciones:
1.   Una bonificación de hasta el 75 % en función de la clase de carburante que consuma el vehículo, en razón a la incidencia de la combustión de dicho carburante en el medio ambiente.
2.   Una bonificación de hasta el 75 % en función de las características de los motores de los vehículos y su incidencia en el medio ambiente.
3.   Una bonificación de hasta el 100 % para los vehículos históricos o aquellos que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años, contados a partir de la fecha de su fabricación o, si ésta no se conociera, tomando como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar.
La regulación de los restantes aspectos sustantivos y formales de las bonificaciones a que se refieren los párrafos anteriores se establecerá en la ordenanza fiscal.

urbanoII

Carl, muchas gracias por la información que nos ofreces!

Solo me queda una duda,,,¿qué pasa con los que tenemos la furgo clasificada como Autocaravana?



fonso666

qué bueno, Carl!!

por cierto, alguien sabe algo del aumento de la fiscalidad para vehículos que consuman mucho....me ha dicho el mecánico que a lo mejor este año me suben el IC por eso....y ya basta que yo pago 100 i pico largos en Mallorca y es turismo y sin caballos...

Carl

Cita de: urbanoII en Junio 13, 2013, 11:02:51 am
Carl, muchas gracias por la información que nos ofreces!

Solo me queda una duda,,,¿qué pasa con los que tenemos la furgo clasificada como Autocaravana?


como esa categoría no está reflejada en la citada ley, normalmente lo incluyen como turismo (lo mismo que hacen con las furgos pequeñas)

Es un tributo injusto y anticuado

urbanoII

Hace algunos post se comentó lo de las direcciones, si se podía tener una dirección diferente al empadronamiento.

Por lo general ellos, los de tráfico, para actualizar la dirección piden una justificación, normalmente el padrón me dijeron. Yo ahora tengo una dirección en tráfico y otra en el DNI y no me dijeron nada, no le dieron importancia.


Carl

el único problema puede ser que las multas de tráfico te las mandan a la dirección que consta en la DGT y si no te enteras a tiempo llegan al embargo...y hacienda siempre te localiza :-\

Elfossie

Cita de: Carl en Junio 27, 2013, 23:05:41 pm
el único problema puede ser que las multas de tráfico te las mandan a la dirección que consta en la DGT y si no te enteras a tiempo llegan al embargo...y hacienda siempre te localiza :-\



Pero en estos tiempos es muy muy recomendable darse de alta en las notificaciones de multas de tráfico en la página de la dgt. Ya que la notificiación se puede perder...etc y todos tenemos la obligación de leernos todos los días el BOE mientras tomamos café para informarnos.  ;D
La resurrección de los mamuts conducirá, afortunadamente, a la revolución iconoclasta.
Gran porra Denunciados Cabo de Gata 2016 a pesar de las advertencias:
Elfossie +10 y subo otros +10
GLazcano +15

Carl

Junio 28, 2013, 22:21:36 pm #371 Ultima modificación: Junio 28, 2013, 22:23:10 pm por Carl
Tienes razón Elfossie
Parece más cómodo pero......cada uno tiene su estrategia y en estos tiempos donde las máquinas lo manejan todo espero agazapado un error que me beneficie :roll:

perdón por el desvío del tema

davide8280

172,05 euro en Barcelona capital pone veh. habitatge  en el recibo. menudo sin verguenza!! A lo mejor esta gente que nos hace pagar estas cifras son los mismo que se quejan de pagar demasiado impuesto a Madrid porqué veas...

RaulSosa

76,10 euros Mercedes viano marco polo 2.0 , Telde ( Gran Canaria )


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urbanoII

En Vigo he pagado 126 euros por la Renault Master 2.5 120 Cv.

Y 66 euros por un kia Ceed 1.6 90 CV (creo)