Poner una claraboya necesita homologación?

Iniciado por barrancat, Septiembre 17, 2014, 09:02:58 am

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perroflautero

Necesitas certificado del taller que lo monte, si lo haces tu tendras que "comprar" dicho certificado de taller.

barrancat

Joder... vaya negocio, no? Preguntaré cuanto me costaría la broma. Gracias!


La llibertat no és fer el que vulguis; és no haver de fer allò que volen els altres.

-Manuel de Pedrolo-

proingetec

Es curioso la respuesta de "reforma pequeña y no hay que homologar". Pues es una reforma, y como tal se debe legalizar su instalación. Ya lo hemos comentado en otros post. Sí hay que legalizar su instalación, independientemente si el vehículo es turismo, todoterreno, furgoneta o camión.

Si alguien busca la documentación actualizada del manual de reformas, la puede descargar gratuitamente en el apartado de descargas de nuestra web.

Un saludo

Kernnel

Hola!

Yo la homologe junto con el proyecto entero pero me informe en su día y Si hace falta homologar. Hace unos años era lo mismo que tintar unos cristales pero ya no es así. Cuidado con algunos ingenieros de Itv...

Un saludo!
Si no persigues aquello que quieres jamas lo conseguirás, si no preguntas la respuesta siempre será no, si no das un paso adelante siempre estarás en el mismo lugar.

Mi furgo: Opel Vivaro -> http://www.furgovw.org/index.php?topic=291205.0

barrancat



La llibertat no és fer el que vulguis; és no haver de fer allò que volen els altres.

-Manuel de Pedrolo-

RyB

Hola todos, hoy he preguntado al ingeniero de la itv que tengo cerca de casa, y me ha dicho que la instalación de la claraboya no necesita homlogación, siempre y cuando el vehiculo sea vivienda,claro. Que lo único que se debe hacer es instalarla en una zona que no afecte a la estructura del vehiculo, nervios y demás.
Después me he ido a otro ingeniero que conozco de la zona donde vivo, que se dedica a la preparación de furgos  y me ha dicho exactamente lo mismo que el otro, mas que nada por contrastar, ya que en esto de las claraboyas hay una polémica brutal.

Asi que según lo que me han dicho si tenies un vehiculo con la catalogación de vivienda, la claraboya no necesita homologación. Esto según DOS ingenieros.
Ahí queda eso.

URDULIZ

Noviembre 04, 2014, 07:59:55 am #21 Ultima modificación: Octubre 03, 2018, 18:03:01 pm por URDULIZ
A
Lo siento, no puedo contestar mensajes privados, estoy muy ocupado.

richard v

Cita de: URDULIZ en Noviembre 04, 2014, 07:59:55 am
pues en su día yo tuve la siguiente polémica,


Una cliente entró en un garaje que en señal decía que medía 2 metros con una furgoneta que en papeles decía 1,94m.
Como entraba todos los días nunca pasaba nada, (las alturas exactas no tengo ahora, sería buscar). Su vehículo tenía algo arriba que nunca nadie dijo nada.

Pero un buen día se encontró su plaza ocupada y se metió en la plaza de enfrente, pero pego arriba y rompió. Ella argumentaba que en el garaje debía de medir 2m por todo él.  Ella daba por hechas muchas cosas, y daba por hecho que solo los demás tienen obligaciones.

Ella denunció y ¿que pasó?

Pues que su vehículo no media lo que decía.
Así que se metió en un follón del copón y no lo arregló con 60 euros. Ponle dos ceros más.

Por lo tanto en papeles debe poner lo que mide, para ello tienes que ponerlo en proyecto y solicitar reforma de cambio de altura y eso es reforma guste o no, y a eso se le llama homologar la reforma que no la claraboya.

Cuando se abre una claraboya en la furgo y luego tapamos, al tapizar, no se sabe lo que has hecho.
Algunos vehículos no se les puede cortar nada del techo.
Y a otros vehículos se les puede cortar algunas partes del techo, pero no todo y no en cualquier parte, esto es homologar.

Estas tres cosas deben de aparecer en el proyecto, y pudiera ser que en algún caso no tengan que aportar ninguna documentación, pero pudiera ser que si.

Estas 5 últimas frases obligan a "declarar" la colocación, que eso no implica que esté prohibido, y eso es homologar.
En algún caso no podrá hacerse.

Cuando a alguién le digan que no puede hacerlo es que no presenta documentación de la obra, y ello quiere decir que: ha cortado un nervio, ha cortado donde no debe, ha aumentado una altura que no permite el tipo de vehículo y ese tipo de cosas.
Y al resto no nos dicen nada, porque está metido en el proyecto y se "supone" que cumple con lo que le requieren con lo cual solo hay que anotar.

O sea colocar una claraboya depende de varias cosas, por lo tanto no puedes generalizar y por ello hay que homologar.

Pero ya que conoces al de la ITV dile que altura debe haber entre el suelo y el techo, no de tu furgoneta sino de un t5 por ejemplo, con plazas.
También ya que conoces a un ingeniero que hace, pregúntale a ver que debe haber encima de las plazas de la T5 y como debe ser, y de que materiales.
A ver si se sabe la altura mínima del interior de un vehículo a la altura de una plaza. Por ejemplo una T5.

A ver que te cuenta.


En consecuencia si se podría pone el techo solar como opción, ya que no varia la altura del vehículo y se puede poner sin tocar los nervios, no?? .confuso2 .confuso2

perroflautero

Un techo solar es una ventanilla, una claraboya es un aireador, se parecen fisicamente y tienen usos parecidos pero no tienen nada que ver a la hora de legalizar. Una ventanilla tiene que cumplir una serie de requisitos legales que los aireadores no, como es el cristal homologado. No altera la altura pero requiere legalizar por ser una ventanilla.

URDULIZ

Noviembre 05, 2014, 08:38:14 am #24 Ultima modificación: Octubre 03, 2018, 18:03:49 pm por URDULIZ
A
Lo siento, no puedo contestar mensajes privados, estoy muy ocupado.

ildefonso36

Despues de leer entero el hilo me queda la duda... o soy muy torpe y no me entero. Tengo en mente desde hace algún tiempo "sustituir" el aireador tipo seta del wc por una claraboya de las pequeñas, de 25x25, ya que el aireador no me está dando un buen resultado y quería poner la claraboya pensando que será mas efectiva en el tema aireación.  Sería quitar el aireador y el hueco de 12 cms ampliarlo hasta 25cms para colocar la claraboya, sin tocar nada mas, ni nervios ni refuerzos. Todo fue homologado en su día como furgón-vivienda, incluido el aireador. La pregunta es ¿se puede sustituir sin más, o hay que comunicarlo simplemente en la ITV o hace falta certificado de conformidad de laboratorio y certificado de taller? ??? ??? ???

ta

Yo ponía la claraboya y ya está .
No creo que tengas problema , una claraboya es un aireador  ;D
Ademas estás homologado y no se darán cuenta .
Que se ha roto y no había el que tenías .
Si se dan cuanto que o creo , pues que lo pongan en la ficha  :roll: un homólogas .
Si es vivienda es posible que no te digan nada .
Y si le pones uno como el que tienes con ventilador ? Creo que hay , ademas solares .
Suerte

ildefonso36

Gracias por tu respuesta TA. Sí, sé que hay aireadores con ventilador, precisamente al que tengo le tenía puesto uno que funcionaba cuando encendia la luz de aseo, pero no me gusta, la verdad. Prefiero una claraboya. Saludos

Craftero

entonces colocar una baca es ilegal? porque supera las medidas que muestra la ficha de nuestra furgoneta...

+gvr

Marzo 02, 2015, 22:02:54 pm #29 Ultima modificación: Marzo 03, 2015, 19:52:29 pm por +gvr
No si el fabricante no lo prohíbe (hay modelos de coche que no pueden llevar) y la fijas a los puntos indicado por el fabricante. En caso contrario si que sería discutible, pero sino los dispositivos desmontables para acondicionar la carga fijados donde el fabricante dice pues no precisan de homologación porque non son instalación fija ni alteras el vehículo.

Un saludo!
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0