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permisividad pernocta

Iniciado por underliz, Mayo 02, 2014, 13:25:21 pm

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lorenzor

Cita de: Canelita en Marzo 21, 2016, 19:42:24 pm
Bueno, a raiz de lo que he comentado anteriormente, me he entretenido en echar un vistazo rápido a lo que dice el Decreto 6/2015 al que hace referencia el papelito que me dio la policia y me he encontrado un par de cosas muy interesantes/indignantes...

1º El propio título y el objeto del Decreto

             DECRETO 6/2015, de 23 de enero, del Consell, regulador de los campings y de las áreas de pernocta en tránsito para autocaravanas de la Comunitat Valenciana.

           Artículo 1. Objeto

                 1. El presente decreto tiene por objeto la ordenación turística de las empresas y establecimientos que, dentro del ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, se dediquen a prestar, de forma profesional y habitual,   alojamiento mediante precio en las modalidades de:

a) Camping.

b) Área de pernocta en tránsito para autocaravanas.


Es decir un decreto que supuéstamente se desarrolla para regular la actividad de empresas privadas (campings y areas privadas de AC) es el que utilizan para prohibirnos pecnoctar fuera de cualquiera de ellas.


2º Definición de las ares para AC

               4. Se entiende por área de pernocta en tránsito para autocaravanas el espacio de terreno debidamente delimitado, dotado y acondicionado, abierto al público para la ocupación y uso exclusivo de autocaravanas, incluidos los campers, y de las personas que en ellas viajen, a cambio de precio y en el que se presten los servicios de mantenimiento propios de las autocaravanas, además de los de estacionamiento y pernocta.


Es decir, no solo nos remiten a campings o areas de AC, sino que además no contemplan la existencia de areas gratuitas

Creo que queda bastante claro quienes ha metido mano a la hora de redactar este decreto... .lengua2


En cuanto a lo que comentaba otro forero sobre controlar que los campings cumplan con todos los requisitos que les son exigibles tambien he encontrado algo bastante interesante, incumplido en el 90% de los campings (al menos en esta zona) y muy facil de comprobar.


4. Se prohíbe expresamente la instalación en las parcelas, por parte de los clientes, de elementos que no se correspondan con los de uso temporal, propio y habitual de la estancia en los campings o de elementos que perjudiquen la imagen turística del establecimiento.

Concretamente, no se podrán instalar en las parcelas suelos, vallas, fregaderos, electrodomésticos o cualquier otro elemento que por su fijación transmita una imagen de permanencia en el mismo, constituyendo su instalación por el cliente causa suficiente para la resolución del contrato cualquiera que fuere su modalidad, sin derecho a indemnización alguna. Dicha causa de resolución figurará en el Reglamento de régimen interior del establecimiento, y se podrá ejercer previa advertencia al usuario y ante su negativa a retirar lo instalado.

Otra cosa es que le digas algo al dueño del camping y te diga que él en su propiedad hace lo que le de la gana...


Efectivamente Canelita, La Consellería de Turismo de la Comunidad Valenciana tiene plenas competencias para regular las empresas turísticas; y un área de autocaravanas puede ser una empresa turística.

lorenzor

Cita de: manuelcastagnal en Marzo 21, 2016, 21:20:10 pm
pues si, lo de siempre, los campings(empresas privadas que solo tiene poder dentro de su empresa, aunque se ve que fuera tambien) que van a "opinar" cuando se elabora la normativa de la dgt, pero las asociaciones de acs y de campers, ni tampoco las de hosteleria pueden ir a opinar cuando se elabora su normativa.
luego las diferentes instituciones elaboran normas ilegales que favorecen economicamente a los campings (esos que van a la toma de decisiones a "opinar" sobre nosotros "por amor al aire"), y luego no solo elaboran normativa ilegal sino que hacen actuaciones ilegales la policia por su cuenta (sin que "influya nada el camping local" ejem ejem) para aplicar unas actuaciones ilegales que favorecen economicamente a los campings
aun pensais que es mejor quedarse mirando a ver como nos siguen fastidiando vulnerando nuestros derechos para lucrarse ¿no os entran ganas de hacer algo?por poco que sea entre muchos con un poco que haga cada uno igual podemos cambiar algo, elaborar un protocolo de cosas a vigilar en los campings, como las instalaciones fijas, o saber el numero de bungalows y despues ver la forma mas sencilla de denunciarlo (que igual podria ser escribir en su libro de reclamaciones porque un juicio es costoso ) y que los campings sepan porque lo hacemos, que ya esta bien digo yo es que me revienta este abuso


los campings van a "opinar" cuando se elabora la normativa de la dgt,
Esto que dices no sé de dónde ñoco te lo sacas porque es rotundamente FALSA

y luego no solo elaboran normativa ilegal sino que hacen actuaciones ilegales la policia por su cuenta
Si tan convencido estás, tienes los Juzgados para denunciarles en lugar de hacerlo en un foro que no conduce a nada más que a la crispación en aquéllos compañeros que desconocen el funcionamiento de las Administraciones.

Ya te he pasado una Ley, y conseguir el resto es tan sencillo (a veces tedioso por la cantidad de páginas de los Decretos), como buscarlas en los Boletines Oficiales. Allí te dicen hasta las veces que puedes estornudar, aunque para decir una cosa sencilla,  .panico .loco1le den más vueltas que a una noria

lorenzor

Cita de: natytraffic en Marzo 21, 2016, 22:03:46 pm
Entiendo, es un foro donde algunos con furgos y acs han tenido problemas para pernoctar, ya sería cuestión de preguntar donde y por qué los han tenido. Lo que no entiendo es por qué en zonas de estacionamiento no podemos pernoctar o aparcar nuestra furgo o ac etc..., por qué te mandan a un camping si no estás acampado o por qué no podemos estar dentro si estás estacionado.

Tienes toda la razón, pero no encuentro otra alternativa para defenderte para que no te saquen de un sitio.

Poniendo un ejemplo, estábamos estacionados juntos a otros vehículos y me invitaron a irme solo a mí la GC, a los coches no les dijeron nada, aún hoy no sé por qué. Tampoco me dieron ningún argumento.
Dime en qué lugar concreto estabas estacionado y la hora, y posiblemente podamos aclarar los motivos por los que te "invitaron" a irte.

lorenzor

Cita de: Kiyo_74 en Marzo 22, 2016, 01:21:21 am
Hola de nuevo.
Quisiera empezar diciendo que Has dicho muy bien (entre parentesis) que no he omitido voluntariamente algunos párrafos de la 08/-V74......simplemente he ido a lo que yo quería resaltar, tal y como lo has hecho tú...
Repetiré una cosa que ya he dicho antes........aunque ahora mismo estamos hablando de autocaravanas o vehículos parecidos, yo me estoy centrando en las furgonetas camperizadas, que es lo que a mi y creo que al resto de forero nos interesa....
Y tampoco quiero comparar las autocaravanas con los turismos...teniendo en cuenta sus dimensiones, límites de velocidad y otras cosas.  He hablado de vehículos a motor. ¿A caso no lo es? Por eso dije lo de los burros, las gallinas y lagartijas. No mencioné los animales con ánimo de crítica. Simplemente lo dije no tengo nada en contra tuya ni quiero discutir.
como una metáfora....Lo que si he dicho es que tienen el mismo derecho de parar o estacionar que los turismos.
La corta vida que tengo me ha enseñado, que este sistema está podrido y corrompido hasta la médula. Y por muchas leyes o legislaciones que hagan, o por muy buenas intenciones que algunas personas tengan, al final TOOOOOOOOOOODO el mundo hace lo que le da la gana.
Me revienta la injusticia. Y me gustaría que las cosas se hicieran bien para poder disfrutar tranquilo de la vida. Y por cómo te expresas.....me da la impresión de que a ti también te gustaría que se hicieran bien las cosas....
La cuestión es que ni tú....ni yo.....lo vamos a arreglar....
Este sistema va de culo, cuesta abajo y sin frenos...
Ojalá todo saliera como debería....
Pero..........sabes qué dijo el sabio rey Salomón: "Todo esto he visto, toda la obra que se ha hecho bajo el sol, durante el tiempo que el hombre ha dominado al hombre para perjuicio suyo".
Lo que es lo mismo........Todo lo que el hombre hace es para perjudicarse a sí mismo...

Saludos

no tengo nada en contra tuya ni quiero discutir. Y yo tampoco. Sólo pretendo dar información dentro de la mayor cordialidad y totalmente alejado de malos rollos y encrespamiento porque tanto el mal rollo como el encrespamiento están en las antípodas de mi estado de ánimo cuando respondo. Sí es verdad que en alguna ocasión he sentido la sensación de cansino por ver una y otra vez lo mismo como si repitiéndolo se pudiera cambiar algo y lamentablemente no es así.

aunque ahora mismo estamos hablando de autocaravanas o vehículos parecidos, yo me estoy centrando en las furgonetas camperizadas
Lo sé Kiyo; lo sé.
Permíteme indicarte que mires la ficha técnica del vehículo, y en función de su clasificación tendrás unas limitaciones u otras.
Tan simple como eso.

....Lo que si he dicho es que tienen el mismo derecho de parar o estacionar que los turismos.
Siento decirte que estás en un error porque con la señal S-17. Estacionamiento.
Indica un emplazamiento donde está autorizado el estacionamiento de vehículos. Una inscripción o un símbolo, representando ciertas clases de vehículos, indica que el estacionamiento está reservado a esas clases. Una inscripción con indicaciones de tiempo limita la duración del estacionamiento señalado, si lleva la leyenda "Turismos", los que tenemos autocaravanas o campers con clasificación diferente a 1000 nos podrán impedir estacionar y no nos quedará más remedio que buscar otro aparcamiento.
No porque sea una ilegalidad, sino porque está contemplado en el RGC

Sobre el resto y con referencia al sistema actual, qué te voy a decir que no sepamos ya. Podrido no; podridísimo.

lorenzor

Cita de: manuelcastagnal en Marzo 22, 2016, 01:34:12 am
El 3.6 de Santa pola es ilegal.
A mi me parece claro q por q tengamos unas velocidades distintas , furgones, mixtos, acs o turismos se indica clarisimamente en la 08-v/74 que para limitar el estacionamiento será por razones objetivas ( peso, medidas y tiempo) y q entiendo yo q habrá una razón objetiva para las limitaciones


¿Porqué es ilegal?
¿Puedes explicarnos tus razonamientos para esa afirmación?
Porque la DGT no puede invadir competencias Municipales, y de tu explicación dada a continuación, así se deduce.
Clarísima invasión de competencias.

Rafas

Cita de: lorenzor en Marzo 22, 2016, 12:56:40 pm
¿Porqué es ilegal?
¿Puedes explicarnos tus razonamientos para esa afirmación?
Porque la DGT no puede invadir competencias Municipales, y de tu explicación dada a continuación, así se deduce.
Clarísima invasión de competencias.


Mas bien es que el municipio invade competencias de la DGT, no??
O esque un ayuntamiento puede decidir que en su municipio puedas conducir con 10añitos de edad, sin carnet, o sin itv??

lorenzor

Cita de: Rafas en Marzo 22, 2016, 01:38:22 am
Con permiso comento las cosas que no veo claras
Claro que se permite, lo contrario seria ilegal pero de cajón vamos, y además ya empieza intentando legislar discriminando por tipo de vehículo o uso, que tampoco se puede hacer, solo se puede en función de parámetros objetivos como el peso, longitud...
Obviedad...
Obviedad...
Prohibida la acampada conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal tal y tal... Osea que son ellos los que definen cuando un vehículo está acampado?? No es la dgt la que lo define??
A saber lo que quiere decir esto... porque si me agacho y me pongo en el ángulo adecuado hasta una bici aparcada me puede tapar el letrero del "bar Pepe"....
Discrimina por tipo de vehículo o uso, y que yo sepa no se puede.
Pues muy bien, pero como se desprende del (estúpido) punto 1.1 puedo estar aparcado fuera de dichas áreas. A no ser que apliquen el punto 3.6, que no lo veo nada legal ya que no discrimina por parámetros objetivos, pero aunque lo fuese hay muchas incógnitas; cuantas son masificación?? si por ejemplo 5 vehiculos pegados son masificación, el quinto que sobra a que distancia se ha de separar de los otros 4 para no ser masificación?? 10mt?? 100mt??, 1km??
Osea, lo mismo que no puedes hacer aparcado en la calle.
Quien determina que es una pendiente o inclinación pronunciada?? Cuantos grados??.


lo contrario seria ilegal
¿Estás seguro?
¿Sabes a que hace referencia la Ordenanza de donde se han sacado los artículos expuestos?

empieza intentando legislar discriminando por tipo de vehículo o uso, que tampoco se puede hacer,
¿De verdad que crees eso?
Los taxis son turismos, ¿no? Pues eso.

Osea que son ellos los que definen cuando un vehículo está acampado?? No es la dgt la que lo define??
A la pregunta que haces, decirte que SÍ, conjuntamente con la Consellería de Turismo Valenciana.
Sobre el otro punto, decirte que la DGT NO tiene competencias para definir lo que es acampar, y lo dice en la Inst. 08/V-74

Para finalizar, decirte que en la Ordenanza se ha pretendido evitar perjudicar a otros sectores como los comerciantes, ya que si con tu autocaravana tapas el escaparate de una tienda de ropa, con toda seguridad el propietario notará de forma negativa la posible entrada de clientes.

¿Te gustaría que teniendo tú un comercio cuyas ventas se reflejarán por la vista del producto en el escaparate, se te planten 85 autocaravanas todas seguidas en 1ª línea de playa durante Julio y Agosto?
Eso ha ocurrido en Conil, y eso es lo que se pretendía con ese párrafo; no que se haga la puñeta a los autocaravanistas, ya que cuando se elaboró, desde la P. Local se hizo especial hincapié en acoger al colectivo y no discriminarle bajo ningún concepto, siendo en su día la mejor Ordenanza para autocaravanas, de toda España.
Tal es así, que los agentes tienen la orden de que ante alguna irregularidad, en lugar de sancionar hagan de pater pidiendo que se cambie de emplazamiento para que todos puedan disfrutar de Santa Pola.

lorenzor

Cita de: Rafas en Marzo 22, 2016, 13:02:19 pm
Mas bien es que el municipio invade competencias de la DGT, no??
O esque un ayuntamiento puede decidir que en su municipio puedas conducir con 10añitos de edad, sin carnet, o sin itv??

Porque el Ayuntamiento tiene transferidas las competencias del RGC en los artículos 90-94, y plena capacidad para organizar el tráfico y estacionamiento de vehículos, dentro de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local.

tibet

Buenos días,  después de leer todos los comentarios y opiniones, sigo creyendo que por mucha normativa que exista, en este colectivo podemos calcular que un gran tanto % de las camper están sin homologar,  con lo cual en los municipios cuyas ordenanzas están claras y delimitadas tampoco va a ser posible pernoctar,  si voy a un área de Ac legalmente no puedo pernoctar ya que mi vehículo es una furgoneta no homologada como vehículo vivienda y fuera de la zona de Ac tampoco puedo por prohibir la pernocta,  solución ???
Rezar para que el agente de la autoridad no te despierte a la 4 de la mañana para multarte ya que considera que es una furgoneta correctamente aparcada.
La normativa  esta dirigida a vehículos vivienda con lo cual el resto de vehículos sean furgonetas camper o no estamos en manos de como intérprete el agente de la autoridad el uso de ese vehículo.
Yo personalmente tengo claro que si voy con la Fiat dobló nunca se fijan en el uso de la furgoneta incluso pernoctando a  la puerta de algún camping,  cosa que no haría con una furgoneta más grande.

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Rafas

Cita de: lorenzor en Marzo 22, 2016, 13:21:34 pm
lo contrario seria ilegal
¿Estás seguro?
¿Sabes a que hace referencia la Ordenanza de donde se han sacado los artículos expuestos?

OM de tráfico, circulación y estacionamiento como tu mismo indicas, no?

Cita de: lorenzor en Marzo 22, 2016, 13:21:34 pm
empieza intentando legislar discriminando por tipo de vehículo o uso, que tampoco se puede hacer,
¿De verdad que crees eso?
Los taxis son turismos, ¿no? Pues eso.

SUPONGO que las diferencias que puedan existir en cuanto a legislación se deben a que son utilizados para realizar una actividad económica, como transportes de mercancias y otras actividades.
Sino, donde he leído yo eso de que solo se puede discriminar por razones objetivas??

Cita de: lorenzor en Marzo 22, 2016, 13:21:34 pm
Osea que son ellos los que definen cuando un vehículo está acampado?? No es la dgt la que lo define??
A la pregunta que haces, decirte que SÍ, conjuntamente con la Consellería de Turismo Valenciana.
Sobre el otro punto, decirte que la DGT NO tiene competencias para definir lo que es acampar, y lo dice en la Inst. 08/V-74

Pues debo estar muy liado pero juraría que he visto la definición de lo que se considera acampada por parte de la DGT, luego busco a ver.
Pero entonces como podemos saber que se considera acampada en cada sitio?? Tenemos que hacer de detectives a cada 50km que avancemos??
De todas formas esto de "considerar acampada" es un poco....mmmm.... no se como definirlo, es como decir "se considerará agua todo fluido que tal y tal y que sea de color rojo" en otro sitio ""se considerará agua todo fluido que tal y tal y que sea de color verde y tenga una temperatura de tal" y podrían establecer todas las consideraciones que se quiera en cada sitio, pero el agua siempre SERÁ H2O.
Vamos, que no creo que se deba considerar acampada una cosa en un sitio y en otro no, o lo es o no lo es, en todas partes.

Cita de: lorenzor en Marzo 22, 2016, 13:21:34 pm
Para finalizar, decirte que en la Ordenanza se ha pretendido evitar perjudicar a otros sectores como los comerciantes, ya que si con tu autocaravana tapas el escaparate de una tienda de ropa, con toda seguridad el propietario notará de forma negativa la posible entrada de clientes.

Si al lado de la tienda de ropa abren otra tienda de ropa entonces si que va a notar el descenso de clientela, y no por ello se va a impedir abrir a la segunda tienda.
Tener una tienda tampoco te hace dueño de la calle.

Cita de: lorenzor en Marzo 22, 2016, 13:21:34 pm
¿Te gustaría que teniendo tú un comercio cuyas ventas se reflejarán por la vista del producto en el escaparate, se te planten 85 autocaravanas todas seguidas en 1ª línea de playa durante Julio y Agosto?

Bueno, si eso ocurre está claro que has elegido mal sitio para la tienda, pero ya se ocupará el municipio de pisar los derechos de los demás para que no sufras las consecuencias de tu mala elección.
Cuando entren a comprar los de las autocaravanas no creo que les moleste, no?

Cita de: lorenzor en Marzo 22, 2016, 13:21:34 pm
Eso ha ocurrido en Conil, y eso es lo que se pretendía con ese párrafo; no que se haga la puñeta a los autocaravanistas, ya que cuando se elaboró, desde la P. Local se hizo especial hincapié en acoger al colectivo y no discriminarle bajo ningún concepto, siendo en su día la mejor Ordenanza para autocaravanas, de toda España.
Tal es así, que los agentes tienen la orden de que ante alguna irregularidad, en lugar de sancionar hagan de pater pidiendo que se cambie de emplazamiento para que todos puedan disfrutar de Santa Pola.

lorenzor

Cita de: Rafas en Marzo 22, 2016, 14:28:56 pm
OM de tráfico, circulación y estacionamiento como tu mismo indicas, no?
SUPONGO que las diferencias que puedan existir en cuanto a legislación se deben a que son utilizados para realizar una actividad económica, como transportes de mercancias y otras actividades.
Sino, donde he leído yo eso de que solo se puede discriminar por razones objetivas??
Pues debo estar muy liado pero juraría que he visto la definición de lo que se considera acampada por parte de la DGT, luego busco a ver.
Pero entonces como podemos saber que se considera acampada en cada sitio?? Tenemos que hacer de detectives a cada 50km que avancemos??
De todas formas esto de "considerar acampada" es un poco....mmmm.... no se como definirlo, es como decir "se considerará agua todo fluido que tal y tal y que sea de color rojo" en otro sitio ""se considerará agua todo fluido que tal y tal y que sea de color verde y tenga una temperatura de tal" y podrían establecer todas las consideraciones que se quiera en cada sitio, pero el agua siempre SERÁ H2O.
Vamos, que no creo que se deba considerar acampada una cosa en un sitio y en otro no, o lo es o no lo es, en todas partes.
Si al lado de la tienda de ropa abren otra tienda de ropa entonces si que va a notar el descenso de clientela, y no por ello se va a impedir abrir a la segunda tienda.
Tener una tienda tampoco te hace dueño de la calle.
Bueno, si eso ocurre está claro que has elegido mal sitio para la tienda, pero ya se ocupará el municipio de pisar los derechos de los demás para que no sufras las consecuencias de tu mala elección.
Cuando entren a comprar los de las autocaravanas no creo que les moleste, no?


ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE PARADA Y ESTACIONAMIENTO DE AUTOCARAVANAS EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE SANTA POLA

Del resto no voy a entrar en más discusiones. Si crees que tienes razón y te resulta ético tapar con tu autocaravana a una persona que trata de ganarse la vida, tú mismo. ÉL no te perjudica; tú a él, sí.

Y no; descuida que si hay una tienda de ropa o pescadería en el sitio, difícilmente en la lonja de al lado se va a poner otra para hacerse la competencia y salir los dos perjudicados, pero "cosas veredes amigo Sancho, que harán falar las piedres"

manuelcastagnal

Cita de: lorenzor en Marzo 22, 2016, 12:56:40 pm
¿Porqué es ilegal?
¿Puedes explicarnos tus razonamientos para esa afirmación?
Porque la DGT no puede invadir competencias Municipales, y de tu explicación dada a continuación, así se deduce.
Clarísima invasión de competencias.

pues deberias de verlo igual de claro que lo veo yo, no entiendo como no lo ves, es ilegal porque dice que un numero de autocaravanas no podran aparcar juntas, con lo que esta discriminando vehiculos por criterios de construccion y/o utilizacion, en vez de por dimensiones, peso y tiempo. (ademas de que no concreta el numero de vehiculos y las normas y leyes no deben de ser de aplicacion subjetiva)
Ademas la dgt no esta invadiendo competencias municipales, es el ayuntamiento el que esta violando leyes y/o reglamentos de mayor herarquia, REPITO los ayuntamientos podran ordenar el aparcamiento en funcion de unas competencias sin discriminar por razones subjetivas, solo por peso, tamaño y tiempo, y aqui esto se incumple claramente, esta delegacion para ordenar el aparcamiento de los ayuntamientos atendiendo a su idiosincracia particular, no quiere decir que cada ayuntamiento pueda regular como le venga en gana, sino en base a unas normas, que se saltan a la torera, esto es para poner un ejemplo sencillo que en calles estrechas sean de un sentido, que si hay muchas motos pongan mas aparcamientos de motos o que si son callejas con mala calzada no puedan circular vehiculos de un ancho superior a 2,5 nin que superen las 3T.
Tampoco seria legal que prohibiesen aparcar a coches azules, ni a personas de otras razas, ni a gente en paro, ni a vendedores ambulantes (aunque si pueden prohibir la venta, pero no que aparquen).
e= m*c^2
furgonetear sin parar es mi ideal, siempre quiero mas,

manuelcastagnal

Para empezar si que me perjudica el de la tienda que esta consiguiendo que yo no pueda ejercer mi derecho a aparcar como los demas, y yo a el no le prohibo aparcar, si quiere que se le vea mas que pongo un luminoso, yo le enseño a instalar los leds si quiere.
Lo de que va a perder clientes es subjetivo, porque igual se acerca mucha gente a ver la caravana y de paso entra en la tienda, los negocios son asi, no vamos a perder derechos porque alguien abra una tintoreria, si quiere que se le vea que ponga un portal y un vado(esto ultimo del vado ya se que no es asi).
Y ahora vamos a un punto que deberia de zanjar un poco la polemica.
Que cada ayuntamiento es libre de decidir que es acampada? no lo veo logico pero me da igual porque ES LA DGT LA QUE DEFINE LO QUE ES APARCAMIENTO, Y SI ESTOY APARCADO NO ESTOY ACAMPADO PORQUE A LA VEZ NO PUEDES ESTAR, y si esta aparcado segun la normativa de la dgt por muchas idas de olla que tenga el ayuntamiento con las acampadas me da igual porque no estoy acampado, estoy aparcado, es mas si me apuras yo no pernocto yo APARCO despues de la puesta del sol  y antes de la salida del sol.
No pienso aceptar por lo menos a nivel teorico nada diferente a esto, otra cosa es que venga la policia con su pistola, su libreta, y su presuncion de veracidad, ahi igual me tengo que mover pero no porque no este en mi derecho de estar aparcado sino porque me puede pasar algo malo, ya que las instituciones en vez de cumplir las leyes (atendiendo a su herarquia y coherencia) y proteger al ciudadano creen mas importante que alguien tenga un escaparate con muchas vistas a que yo conserve mis derechos.
e= m*c^2
furgonetear sin parar es mi ideal, siempre quiero mas,

lorenzor


manuelcastagnal

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furgonetear sin parar es mi ideal, siempre quiero mas,