Circular con una t4 que esta como turismo y con muebles, esta prohibido?

Iniciado por caman62, Diciembre 25, 2012, 22:06:42 pm

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caman62

Pues, eso,tengo una T4(recien comprada) que esta como turismo y quiero hacerle unos muebles peques y poner estructura para montar una cama. Para esto debo sacar una fila de asientos...Eso lo puedo hacer sin tener problemas?
Lo que compras, no lo pagas con dinero, lo haces con horas de tu vida dedicada a ganarlo...

bodik77

De verdad siempre sera inlegal...
Un turismo tiene que circular con TODOS asientos y nada de muebles.
Puede llevar carga en el maletero,pero nada en el interior.
Saludos.

caman62

Lo que compras, no lo pagas con dinero, lo haces con horas de tu vida dedicada a ganarlo...

T4Power

Dale gas!

dany.harley

Si la homologas no tienes ningún problema, de hecho muchas de las furgos de este foro están homologadas como turismo-vivienda (código 1048)

proingetec

Buenas

Pues lamentablemente no es legal, puesto que si atendemos a la definición de turismo (vehículo concebido para transporte de pasajeros con equipaje pertenecientes a éstos) pues ya verás que no. Desde hace ya muchos meses, no se está haciendo tampoco la clasificación de 1048 turismo vivienda (o al menos que nosotros tengamos constancia), puesto que por la definición de ambas cosas, por fin se han dado cuenta que son incompatibles. También es cierto, que eso se está dejando de hacer, al igual que el tema de vehículo mixto vivienda 3148, puesto que entraba también en conflicto y ya había temas con impuestos, etc. Ahora (al menos hasta donde yo sé) el 95% de los casos se tramita la legalización como furgón vivienda, con las ventajas e inconvenientes que ésto plantea. Lo que está claro, que si llevas cualquier cosa anclada en tu vehículo sin legalizar, puedes tener problemas.

Un saludo

papichulo


proingetec

Pues la ITV la pasas anualmente al ser vivienda. Los impuestos de un furgón son más baratos que los de un turismo. De los seguros no sé, eso ya cada compañía te podrá decir. Y el límite de velocidad para un furgón es inferior al de un turismo. Un saludo

papichulo

Gracias por la velocidad, me habia asistado pensando en una itv cada 6 meses, si la unica pega es la velocida, parA mi no es ninguma pega.
Gracias por la aclaracion y feliz año.
Salu2

Baifo

Hola Proingetec, tal vez sepas algo de esto, a ver si puedes confirmarlo o desmentirlo:

Tengo entendido, que si se trata de un vehículo mixto, los muebles no llegan a la altura de los cristales y están ubicados en la zona destinada a la carga, se encuentran perfectamente anclados de tal forma que NO se necesiten herramientas adicionales de las que posea el vehículo (es decir, que se haga mediante trinquetas o elementos de sujeción similares sujetas a las argollas de amarre que disponga el vehículo), se puede considerar en este supuesto que dichos muebles cumplen con el requisito para ser considerados carga y por lo tanto, no incurrir en ilegalidad alguna.

Algo tal que así:



proingetec

Yo lo único que te puedo decir, es que la definición de vehículo mixto adaptable, es aquel en el que eventualmente se pueden transportar a pasajeros y/o carga. Obviamente, la carga puede ir sujeta con algún sistema que permita ser desmontado para evitar desplazamientos innecesarios. Pero de ahí, a decir que si vas con los muebles así cogidos, puedes "librarte", creo que es mucha diferencia y que yo no podría decirte que así podrías circular legalmente.

Aunque penséis que es arrimar el ascua a mi sardina, considero que lo mejor es que si váis a camperizar una furgo, lo mejor es legalizar la instalación y dejarte de complicaciones, puesto que todo lo demás son interpretaciones y conclusiones que tienen que tener los guardias, la ITV, etc.

Un saludo

Baifo

Cita de: proingetec en Diciembre 28, 2012, 16:55:05 pm
Yo lo único que te puedo decir, es que la definición de vehículo mixto adaptable, es aquel en el que eventualmente se pueden transportar a pasajeros y/o carga. Obviamente, la carga puede ir sujeta con algún sistema que permita ser desmontado para evitar desplazamientos innecesarios. Pero de ahí, a decir que si vas con los muebles así cogidos, puedes "librarte", creo que es mucha diferencia y que yo no podría decirte que así podrías circular legalmente.

Aunque penséis que es arrimar el ascua a mi sardina, considero que lo mejor es que si váis a camperizar una furgo, lo mejor es legalizar la instalación y dejarte de complicaciones, puesto que todo lo demás son interpretaciones y conclusiones que tienen que tener los guardias, la ITV, etc.

Un saludo


Gracias por la respuesta

Saludos

T4Power


Seria bonito tener la clasificacion

10314800

q seria mixto de lunes a viernes, turismo el viernes por la noche y vivienda el finde, pero no existe.

Si tienes muy claro cual sera tu uso, trabajo, viajar con pasajeros, vivienda... pues la haces o la compras 2400, 1000, o 2448.

pero y los que usamos la furgo para varios fines? pues para eso esta el 3100 y no somos alegales, ilegales o como quieran llamarnos, es una clasificacion que existe y hay que aceptar sis limitaciones y ventajas y si lo haces, no tendras problemas ni en ITV, ni verdes, ni seguros encaso de accidente ni nada por el estilo

sl2 y a disfrutar
Dale gas!

ta

Cita de: proingetec en Diciembre 28, 2012, 11:09:21 am
Buenas

Pues lamentablemente no es legal, puesto que si atendemos a la definición de turismo (vehículo concebido para transporte de pasajeros con equipaje pertenecientes a éstos) pues ya verás que no. Desde hace ya muchos meses, no se está haciendo tampoco la clasificación de 1048 turismo vivienda (o al menos que nosotros tengamos constancia), puesto que por la definición de ambas cosas, por fin se han dado cuenta que son incompatibles. También es cierto, que eso se está dejando de hacer, al igual que el tema de vehículo mixto vivienda 3148, puesto que entraba también en conflicto y ya había temas con impuestos, etc. Ahora (al menos hasta donde yo sé) el 95% de los casos se tramita la legalización como furgón vivienda, con las ventajas e inconvenientes que ésto plantea. Lo que está claro, que si llevas cualquier cosa anclada en tu vehículo sin legalizar, puedes tener problemas.

Un saludo


Hola, pero el que ha comprado la furgo como turismo no va a pasarla ahora a furgo vivienda , para perder dinero que costo el sobreprecio como turismo y ahora bajar de 120 a 100 ¿ Es correcto ?
Me han dicho que ahoramsimeres turismo y quieres homologar un mueble en el salón y un techo seta por ejemplo en una que sea turismo ahora se pone a turismo con modificación  ¿ Es posible ?
Un saludo .
Llevo años leyendo y aún no hay quien se aclare .

proingetec

Depende de los casos, pero en la mayoría de los casos sí es posible pasar de turismo a furgón vivienda, puesto que casi todos los fabricantes legalizaron en su momento el coche con multitud de opciones, y lo más normal es que sí se pueda.

Los límites de velocidad es algo que según el borrador del nuevo reglamento de circulación parece ser que va a cambiar en breve.

Lo de "turismo con modificación de interior", es un truco que mucha gente ha utilizado para colar cosas, pero ya no está empezando a colar ni en las ITVs ni en los laboratorios. Montar un techo a un turismo es posible, ahora, "amueblar" un turismo, como ya he dicho otras veces, choca de frente con la definición de turismo, que es un vehículo para transporte de pasajeros. Si se camperiza, lo natural es que se haga el cambio a furgón vivienda, como se viene haciendo en la mayoría de los casos. Un saludo