¿Puede la policia registrar un vehiculo vivienda ?

Iniciado por Taka, Febrero 09, 2012, 22:11:30 pm

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Lur ta Alaia

Cita de: manuelcastagnal en Septiembre 11, 2017, 11:43:01 am
No te pueden registrar el vehiculo vivienda estes o no acampado. Pueden registrar la zona de alante destinada al conductor y copiloto y la de atras la pueden registrar cerca de las fronteras (7kms creo pero no se si eran 15 o cuantos) y en los mismos casos que una vivienda no rodante osea en fraglante delito o con autorizacion judicial.



Perdona qe e meta, pero alguoen que sabía algo de leyes me lo explicó una vez y no está de acierdo contigo, la catalogación de nuestras matrículas creo que es vehículo-vivienda y como tal tiene dos partes. Cuando estamos circulando y nos paran en un control pueden registrar cualquier parte del vehículo como pasa con el resto de vehículos de la vía. No en cambiao si l vehículo se encuentra estacionado, pernoctando o acampado, en este caso se entiende que no pueden acceder a la parte de la vivienda sin tu permiso o sin una orden de registro. Esto es pueden mirar lo que quieran en la cabina.

Ahora bien, no sé hasta que punto puede ser beneficioso ponerse chulesco delante de la autoridad y exigirles una oreden de registro para poder entrar en la zona trasera de la furgoneta.

Ya te digo que yo no soy ducho en la materia y hablo de lo que me contaron a mi, pero me parece que tiene más lógica que pensar que nuestra vivienda es inviolable en todos los casos.

Salu2 y kms

manuelcastagnal

Cita de: Elfossie en Septiembre 11, 2017, 15:35:21 pm
Pues más tiempo te retendrían en caso de que te niegues al registro.. .no?

Inmovilizarían la furgona, grúa... o esperar que diesen una orden de registro.
para parar un vehiculo y esperar una orden tienen que estar muy seguros porque si no es una buena cagada de ellos con sus superiores y con el juez, a ver una cosa es que con indicios vayan al juez y una vez se equivoquen que no seria algo importante, pero otra es que sin indicios vayan al juez y este no curse la orden o que se los inventen y el juez se entere, una vez no les pasaria nada pero no creo que quisiesen repetir y si repiten el juez se puede enfadar y los superiores de ellos tambien, asi que por la cuenta que les trae no lo haran a la lijera o serian muy inconscientes, igual lo hacen por motivos personales, sea como fuere no seria posible que fuese habitual que se dedicasen a pedir ordenes sin indicios, seria algo excepcional (o con indicios pero que luego no encuentren nada), tener un vehiculo parado con la policia impidiendo su puesta en marcha en via publica tampoco es bueno para la policia si no van a encontrar nada y lo hacen sin orden de un superior, una de las cosas que se intenta es que no se cree alarma social y para ello lo que se hace es que haya policia visible pero sin que tengan que actuar si no es necesario (algun control rapido o aleatoria que da sensacion de seguridad a la mayoria de la poblacion si que esta dentro de lo que se espera desde arriba),
lo de la alarma social igual lo puedo explicar mejor con las ambulancias, dos llamadas al 112 a la vez una es un chico que sangra mucho por la nariz en un parque sin que se haya dado ningun golpe y otra es un poco mas grave un corte profundo en un domicilio con una gran perdida de sangre y aunque no se teme por su vida si que es algo grave aunque puede esperar 20 minutos con las intrucciones de contencion del sangrado que dan los medicos del 112 (061) por telefono, pues la ambulancia si solo hay una disponible ira primero a por el chico que simplemente le sangra la nariz para que no se cree alarma social al ver a un chico en la calle sangrando desatendido esto crea inseguridad en las masas, el otro como esta en su domicilio y no lo ve nadie puede esperar, siempre y cuando estas decisiones no supongan un riesgo para la vida, pues la policia lo mismo en publico deberian de intentar no crear alarma social, no se si lo estoy liando mas con esto de las ambulancias
e= m*c^2
furgonetear sin parar es mi ideal, siempre quiero mas,

manuelcastagnal

Cita de: Lur ta Alaia en Septiembre 11, 2017, 16:03:30 pm

Perdona qe e meta, pero alguoen que sabía algo de leyes me lo explicó una vez y no está de acierdo contigo, la catalogación de nuestras matrículas creo que es vehículo-vivienda y como tal tiene dos partes. Cuando estamos circulando y nos paran en un control pueden registrar cualquier parte del vehículo como pasa con el resto de vehículos de la vía. No en cambiao si l vehículo se encuentra estacionado, pernoctando o acampado, en este caso se entiende que no pueden acceder a la parte de la vivienda sin tu permiso o sin una orden de registro. Esto es pueden mirar lo que quieran en la cabina.

Ahora bien, no sé hasta que punto puede ser beneficioso ponerse chulesco delante de la autoridad y exigirles una oreden de registro para poder entrar en la zona trasera de la furgoneta.

Ya te digo que yo no soy ducho en la materia y hablo de lo que me contaron a mi, pero me parece que tiene más lógica que pensar que nuestra vivienda es inviolable en todos los casos.

Salu2 y kms
No tienes que pedir permiso para decir que me equivoco, es bueno que discrepemos (con educacion) para poder intentar ser rigurosos en la busqueda de la verdad.
No se quien te informo pero la jurisprudencia diciendo que ese vehiculo tiene una parte de vivienda ya sea andando o en parado, tu no dejas de tener ahi el lugar donde desarrollas tu vida intima porque este se mueva, si buscas sentenicas veras que es como digo, incluso sin la documentacion de vehiculo vivienda, osea un colchon y un cubo con una linterna y un par de mantas en la trasera de un furgon de carga si es donde desarrollas tu vida se considera que es tu vivienda (que el derecho a la vivienda tambien es de los primeros de la constitucion aunque no este dentro de los "garantizados")
Como ejemplo te puedo poner un caso que me sucedio a mi entrando en el pais vasco, de repente vemos que tienen cosos de eso para pinchar las ruedas si no paras y que varios vehiculos estan siendo registrados al milimetro en toooooooodas sus partes, ametralladoras, etc, nos hacen la señal de parar asi que paramos y el policia (o ertxaintxa que no me acuerdo o guardia civil no recuerdo el cuerpo la verdad pero es lo mismo) me pregunta si llevo armas o substancias a lo que le respondo con normalidad que llevo varios tipos de cuchillos y herramienta variada pero que lo llevo ("porque conozco la normativa" esto no lo digo si no que se sobreentiende)porque es un vehiculo vivienda y llevo enseres que es normal tener en una vivienda (aunque yo se que un turismo no puedes llevar en teoria ni un destornillador que pueda considerarse arma, aunque en la practica no te suelen decir nada), a lo que el agente me responde que si que es asi, proceden al cacheo mio y de mi copilota (el suyo lo hace una mujer como marca la normativa), me registran la parte de alante de la furgoneta de arriba a abajo, hasta levantan la goma del suelo, miran debajo del salpicadero de todo todo, pero de los respaldos de los asientos hacia atras no me miran nada, ni siquiera me pidieron que abriese el porton lateral (aunque podian echar una visual desde los asientos de alante), porque  ellos sabian la normativa y con mi respuesta les indique que yo tambien la sabia,
conozco mas historias mucho mas delirantes que hay en el foro en este sentido pero tampoco es necesario que escriba aqui la biblia
si viesen algo que les hubiese echo registrar mi vehiculo vivienda entero seguro que lo habrian echo, pero sin fraglante delito no, y para mi que estaban ahi por cosas serias, si hubiese indicios me podrian haber dicho que esperara y conseguir una orden judicial que en esos casos de macrorregistros ya esta el juez preparado si hay que firmar alguno
en fin, cada uno lo que vea, yo solo intento informar un poco
e= m*c^2
furgonetear sin parar es mi ideal, siempre quiero mas,

Lur ta Alaia

Cita de: manuelcastagnal en Septiembre 11, 2017, 16:24:33 pm
No tienes que pedir permiso para decir que me equivoco, es bueno que discrepemos (con educacion) para poder intentar ser rigurosos en la busqueda de la verdad.
No se quien te informo pero la jurisprudencia diciendo que ese vehiculo tiene una parte de vivienda ya sea andando o en parado, tu no dejas de tener ahi el lugar donde desarrollas tu vida intima porque este se mueva, si buscas sentenicas veras que es como digo, incluso sin la documentacion de vehiculo vivienda, osea un colchon y un cubo con una linterna y un par de mantas en la trasera de un furgon de carga si es donde desarrollas tu vida se considera que es tu vivienda (que el derecho a la vivienda tambien es de los primeros de la constitucion aunque no este dentro de los "garantizados")
Como ejemplo te puedo poner un caso que me sucedio a mi entrando en el pais vasco, de repente vemos que tienen cosos de eso para pinchar las ruedas si no paras y que varios vehiculos estan siendo registrados al milimetro en toooooooodas sus partes, ametralladoras, etc, nos hacen la señal de parar asi que paramos y el policia (o ertxaintxa que no me acuerdo o guardia civil no recuerdo el cuerpo la verdad pero es lo mismo) me pregunta si llevo armas o substancias a lo que le respondo con normalidad que llevo varios tipos de cuchillos y herramienta variada pero que lo llevo ("porque conozco la normativa" esto no lo digo si no que se sobreentiende)porque es un vehiculo vivienda y llevo enseres que es normal tener en una vivienda (aunque yo se que un turismo no puedes llevar en teoria ni un destornillador que pueda considerarse arma, aunque en la practica no te suelen decir nada), a lo que el agente me responde que si que es asi, proceden al cacheo mio y de mi copilota (el suyo lo hace una mujer como marca la normativa), me registran la parte de alante de la furgoneta de arriba a abajo, hasta levantan la goma del suelo, miran debajo del salpicadero de todo todo, pero de los respaldos de los asientos hacia atras no me miran nada, ni siquiera me pidieron que abriese el porton lateral (aunque podian echar una visual desde los asientos de alante), porque  ellos sabian la normativa y con mi respuesta les indique que yo tambien la sabia,
conozco mas historias mucho mas delirantes que hay en el foro en este sentido pero tampoco es necesario que escriba aqui la biblia
si viesen algo que les hubiese echo registrar mi vehiculo vivienda entero seguro que lo habrian echo, pero sin fraglante delito no, y para mi que estaban ahi por cosas serias, si hubiese indicios me podrian haber dicho que esperara y conseguir una orden judicial que en esos casos de macrorregistros ya esta el juez preparado si hay que firmar alguno
en fin, cada uno lo que vea, yo solo intento informar un poco


Pues se agradece la información. Yo espero no tener que encontrarme en la situación de tener que negarle la entrada a mi vivienda a un agente de la autoridad, pero lo que si tengo claro que si un día me quieren multar por estar acampado cuando estoy pernoctando y se me ponen chulos al intentar explicarles la diferencia no les dejo entrar y revolver todo. O una cosa o otra pero ya te digo que prefiero seguir imaginandome la situación a tener que vivirla.
Salu2 y kms

Árbol


slainrub

Cita de: manuelcastagnal en Septiembre 11, 2017, 16:24:33 pm
No tienes que pedir permiso para decir que me equivoco, es bueno que discrepemos (con educacion) para poder intentar ser rigurosos en la busqueda de la verdad.
No se quien te informo pero la jurisprudencia diciendo que ese vehiculo tiene una parte de vivienda ya sea andando o en parado, tu no dejas de tener ahi el lugar donde desarrollas tu vida intima porque este se mueva, si buscas sentenicas veras que es como digo, incluso sin la documentacion de vehiculo vivienda, osea un colchon y un cubo con una linterna y un par de mantas en la trasera de un furgon de carga si es donde desarrollas tu vida se considera que es tu vivienda (que el derecho a la vivienda tambien es de los primeros de la constitucion aunque no este dentro de los "garantizados")
Como ejemplo te puedo poner un caso que me sucedio a mi entrando en el pais vasco, de repente vemos que tienen cosos de eso para pinchar las ruedas si no paras y que varios vehiculos estan siendo registrados al milimetro en toooooooodas sus partes, ametralladoras, etc, nos hacen la señal de parar asi que paramos y el policia (o ertxaintxa que no me acuerdo o guardia civil no recuerdo el cuerpo la verdad pero es lo mismo) me pregunta si llevo armas o substancias a lo que le respondo con normalidad que llevo varios tipos de cuchillos y herramienta variada pero que lo llevo ("porque conozco la normativa" esto no lo digo si no que se sobreentiende)porque es un vehiculo vivienda y llevo enseres que es normal tener en una vivienda (aunque yo se que un turismo no puedes llevar en teoria ni un destornillador que pueda considerarse arma, aunque en la practica no te suelen decir nada), a lo que el agente me responde que si que es asi, proceden al cacheo mio y de mi copilota (el suyo lo hace una mujer como marca la normativa), me registran la parte de alante de la furgoneta de arriba a abajo, hasta levantan la goma del suelo, miran debajo del salpicadero de todo todo, pero de los respaldos de los asientos hacia atras no me miran nada, ni siquiera me pidieron que abriese el porton lateral (aunque podian echar una visual desde los asientos de alante), porque  ellos sabian la normativa y con mi respuesta les indique que yo tambien la sabia,
conozco mas historias mucho mas delirantes que hay en el foro en este sentido pero tampoco es necesario que escriba aqui la biblia
si viesen algo que les hubiese echo registrar mi vehiculo vivienda entero seguro que lo habrian echo, pero sin fraglante delito no, y para mi que estaban ahi por cosas serias, si hubiese indicios me podrian haber dicho que esperara y conseguir una orden judicial que en esos casos de macrorregistros ya esta el juez preparado si hay que firmar alguno
en fin, cada uno lo que vea, yo solo intento informar un poco


Es justo lo que me miraron a mi, ya lo comente unas paginas atrás. Les dije con educación que era un vehiculo vivienda y me dijo que entonces solo me iban a registrar cabina y maletero (t5). A mi si que me hicieron abrir la puerta lateral y ni pisaron la tarima, desde fuera miraron el bolsillero que tengo puesto en el respaldo del asiento del copitolo y ya esta. Ni cajones, ni muebles, ni nada que no estuviera al alcance desde fuera de la furgo.

atuk

Cita de: Árbol en Septiembre 12, 2017, 01:24:55 am
y si la furgo la tienes puesta como turismo?


La jurisprudencia establece que la calificación de domicilio, en relación al tema que  nos ocupa,  no tiene carácter legal ni fiscal, sino funcional, esto es, de forma que contenga los elementos indispensables para considerarse morada (digamos un asiento cama o un colchón para dormir, un hornillo para cocinar, etc...) unido a la decisión de usarla como morada temporal o permanente.

Si cumples esos requisitos, tu furgo es también tu domicilio aunque en los papeles no figure como vehículo-vivienda

Un saludo

manuelcastagnal

Cita de: Lur ta Alaia en Septiembre 11, 2017, 22:15:24 pm
Pues se agradece la información. Yo espero no tener que encontrarme en la situación de tener que negarle la entrada a mi vivienda a un agente de la autoridad, pero lo que si tengo claro que si un día me quieren multar por estar acampado cuando estoy pernoctando y se me ponen chulos al intentar explicarles la diferencia no les dejo entrar y revolver todo. O una cosa o otra pero ya te digo que prefiero seguir imaginandome la situación a tener que vivirla.
Salu2 y kms
aqui ya cada uno y segun la situacion actuara de una manera u otra, igual con decirles "miren llevos cuchillos de cocina porque este vehiculo es mi vivienda temporalmente, yo no quiero infringir la ley y se que los puedo llevar porque este vehiculo es mi vivivienda temporalmente (o por vacaciones o algo asi) si fuese un simple vehiculo para desplazarme no los llevaria"  que entiendan que conoces la normativa pero que tampoco te niegas a lo que ellos te dicen porque te adelantas y se lo dices ya al principio no cuando se ve que van a revisar, porque aunque tienes razon y se lo puedes decir en cualquier momento pueden excederse en sus funciones (cosa que aunque luego ganemos un posible juicio es mejor que no llegue a suceder) o si estan aburridos y nunca han pedido una orden al juez (o las han pedido con exito) igual te inmovilizan y a esperar, yo personalmente ante la autoridad armada busco siempre la prevencion y la no confrontacion (aunque sabiendo mis derechos y lo que puede o no pasar pues a lo mejor en algun caso si que se lo digo aunque mejor no confrontarse), si no se lo dices y actuan mal tu siempre puedes denunciarlos sabiendo lo que han hecho mal pues muchas veces lo que hacen es estar mas atentos a normas y protocolos con gente que ven que conocen las normas y protocolos
e= m*c^2
furgonetear sin parar es mi ideal, siempre quiero mas,

niyako

Aunque creo que ya se ha dicho, pero realmente en puridad no pueden registrar sin orden judicial (a excepción del flagrante delito) un domicilio.
Y ¿Qué se entiende por domicilio? pues lo que todos sabemos, una parte delimitada perteneciente a nuestra esfera privada en el cual se hace vida, se duerme, come, etc.
¿Habría diferencia entre un vehículo vivienda y un turismo? Yo entiendo que no puesto que la connotación de vivienda la da el uso que se hace de la misma.
¿Puede entrar la policía o guardia civil sin más y registrar? Pues como siempre sí y no. Primero entrarán porque desconocen muchos la ley, pero no deberían, y si les niegas el acceso lo más probable es que te retengan hasta que consigan una autorización judicial, cosa complicada si no tienen suficientes indicios de la comisión de un delito.
Yo no he encontrado ninguna Sentencia relativa al registro de un vehículo vivienda, pero sí he visto varias de cuando se registra una habitación de hotel, incluso una tienda de campaña en un camping, y en ambas se solicita al Juzgado de Instrucción la entrada y registro en los mismos.
Uno de los casos más extendidos y que hace poco el Tribunal Supremo decretó la nulidad del registro, es el caso de los barcos y veleros. Hay una parte común como sala de máquinas, o cubierta, y la parte de los camarotes que necesitan de una habilitación especial por el Juez Instructor para poder acceder a los mismos.

En definitiva, el 18.2. de la Constitución Española creo que nos ampara, pero los Jueces se pronuncian de forma contradictoria en la mayoría de los casos, y la policía y guardia civil no suelen conocer demasiado bien el Derecho. Mi consejo es informarles de nuestros derechos y si se ponen farrucos que pasen, o sino esperar a que venga un Letrado de la Administración de Justicia, para el caso que acordaran la entrada y registro.

durruti1

Cita de: niyako en Septiembre 12, 2017, 14:31:06 pm
Aunque creo que ya se ha dicho, pero realmente en puridad no pueden registrar sin orden judicial (a excepción del flagrante delito) un domicilio.
Y ¿Qué se entiende por domicilio? pues lo que todos sabemos, una parte delimitada perteneciente a nuestra esfera privada en el cual se hace vida, se duerme, come, etc.
¿Habría diferencia entre un vehículo vivienda y un turismo? Yo entiendo que no puesto que la connotación de vivienda la da el uso que se hace de la misma.
¿Puede entrar la policía o guardia civil sin más y registrar? Pues como siempre sí y no. Primero entrarán porque desconocen muchos la ley, pero no deberían, y si les niegas el acceso lo más probable es que te retengan hasta que consigan una autorización judicial, cosa complicada si no tienen suficientes indicios de la comisión de un delito.
Yo no he encontrado ninguna Sentencia relativa al registro de un vehículo vivienda, pero sí he visto varias de cuando se registra una habitación de hotel, incluso una tienda de campaña en un camping, y en ambas se solicita al Juzgado de Instrucción la entrada y registro en los mismos.
Uno de los casos más extendidos y que hace poco el Tribunal Supremo decretó la nulidad del registro, es el caso de los barcos y veleros. Hay una parte común como sala de máquinas, o cubierta, y la parte de los camarotes que necesitan de una habilitación especial por el Juez Instructor para poder acceder a los mismos.

En definitiva, el 18.2. de la Constitución Española creo que nos ampara, pero los Jueces se pronuncian de forma contradictoria en la mayoría de los casos, y la policía y guardia civil no suelen conocer demasiado bien el Derecho. Mi consejo es informarles de nuestros derechos y si se ponen farrucos que pasen, o sino esperar a que venga un Letrado de la Administración de Justicia, para el caso que acordaran la entrada y registro.


Muy interesante porque no tengo nada que esconder pero alguna vez que las formas no acompañan lo mismo les digo que no.
Que habría que hacer si aunque te niegues registran?

manuelcastagnal

Cita de: durruti1 en Septiembre 12, 2017, 15:00:42 pm
Muy interesante porque no tengo nada que esconder pero alguna vez que las formas no acompañan lo mismo les digo que no.
Que habría que hacer si aunque te niegues registran?

seguramente tampoco tendras nada que esconder en tu casa, pero tampoco te haria gracia que te la registrasen cuando quieran y estas en tu derecho de que no la registren.
si te registran yo manifestaria mi desacuerdo amablemente ya que la ley te ampara, y si aun asi lo hacen yo denunciaria a sus superiores esta actuacion y algun organismo mas, aunque tengo entendido que para que la denuncia funcione lo mas efectivo es el juzgado de guardia(aunque en teoria tendria que ser igual de efectiva en ambos sitios), si te registran y "encuentran" algo casi seguro que eso no podra ser usado en tu contra (digo casi porque aqui en España puede pasar de todo, pero en teoria no deberia de pasar el que la prueba sea valida)
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atuk

Cita de: durruti1 en Septiembre 12, 2017, 15:00:42 pm
Muy interesante porque no tengo nada que esconder pero alguna vez que las formas no acompañan lo mismo les digo que no.
Que habría que hacer si aunque te niegues registran?


Como dice el compañero, si de forma educada se advierte de que el vehículo tiene carácter de vivienda dudo mucho que procedan al registro sin tu autorización. 
Su actuación supondría la comisión  por parte de los agentes de un delito tipificado en el CP y castigado con penas de multa e inhabilitación, y en función de las circunstancias con penas de prisión.   

ANDREUVI

  Es un tema que creo que tiene más complejidad de la que parece, pero resumiendo  un control preventivo no es lo mismo que en zona de acampada.!!!!!!!

Lo dicho, una autocaravana o caravana si tiene la consideración de domicilio y se debe cumplir al menos uno de estos casos para poder entrar:

Consentimiento del titular.
Resolución judicial.
Acometimiento de un delito flagrante.
Sí se pueden registrar sin orden judicial y/o sin conentimiento del titular y/o sin mediar delito flagrante:

- Los vehículos que no sean vivienda, en todo momento
- La parte delantera de los vehículos-vivienda, a criterio del agente de la autoridad
- La totalidad de los vehículos-vivienda en las franjas fronterizas y aduanas

No se pueden registrar sin orden judicial y/o sin consentimiento del titular y/o sin mediar delito flagrante:

- La parte trasera de los vehículos-vivienda cuando no estén en franjas fronterizas

eltoni

Cita de: ANDREUVI en Septiembre 12, 2017, 19:55:49 pm
  Es un tema que creo que tiene más complejidad de la que parece, pero resumiendo  un control preventivo no es lo mismo que en zona de acampada.!!!!!!!

Lo dicho, una autocaravana o caravana si tiene la consideración de domicilio y se debe cumplir al menos uno de estos casos para poder entrar:

Consentimiento del titular.
Resolución judicial.
Acometimiento de un delito flagrante.
Sí se pueden registrar sin orden judicial y/o sin conentimiento del titular y/o sin mediar delito flagrante:

- Los vehículos que no sean vivienda, en todo momento
- La parte delantera de los vehículos-vivienda, a criterio del agente de la autoridad
- La totalidad de los vehículos-vivienda en las franjas fronterizas y aduanas

No se pueden registrar sin orden judicial y/o sin consentimiento del titular y/o sin mediar delito flagrante:

- La parte trasera de los vehículos-vivienda cuando no estén en franjas fronterizas


Y eso cuanto es, algún mapa?

Y si tengo un chalet en esa franja?

maxbs

Cita de: ANDREUVI en Septiembre 12, 2017, 19:55:49 pm
  Es un tema que creo que tiene más complejidad de la que parece, pero resumiendo  un control preventivo no es lo mismo que en zona de acampada.!!!!!!!

Lo dicho, una autocaravana o caravana si tiene la consideración de domicilio y se debe cumplir al menos uno de estos casos para poder entrar:

Consentimiento del titular.
Resolución judicial.
Acometimiento de un delito flagrante.
Sí se pueden registrar sin orden judicial y/o sin conentimiento del titular y/o sin mediar delito flagrante:

- Los vehículos que no sean vivienda, en todo momento
- La parte delantera de los vehículos-vivienda, a criterio del agente de la autoridad
- La totalidad de los vehículos-vivienda en las franjas fronterizas y aduanas

No se pueden registrar sin orden judicial y/o sin consentimiento del titular y/o sin mediar delito flagrante:

- La parte trasera de los vehículos-vivienda cuando no estén en franjas fronterizas


Interesante.
Por lo tanto un vehiculo de cualquier clasificacion en la ficha de inspeccion tecnica que no sea de los "vehiculos vivienda"  usado como vivienda, cuando esta circulando no se considera domicilio habitado y por lo tanto en ese caso si puede ser registrado completamente.

Por otro lado. Poner en conocimiento de unos hechos delictivos por un agente de la Autoridad tiene diferentes resultados: en conocimiento de los superiores dara resultado de consecuencias disciplinarias en cambio una denuncia ante la Autoridad dara resultado de consecuencias legales. Lo normal es que uno comunique con el otro y asi el agente se coma los dos marrones a la vez.

En todos los establecimientos policiales tiene que existir un libro de recogida de quejas y reclamaciones y es el camino correcto para ir al tema disciplinario.
Logicamente lo que reflejemos aqui da lugar a una investigacion, nunca van a expedientar a un policia solo por lo que se nos ocurra manifestar y el tiene derecho a defenderse....

El chalet en la franja fronteriza no da pie a registro. Da pie a derribo por estar construido en territorio del Estado  .meparto .meparto .meparto aunque imagino que habra excepciones como la del pueblo aragones en la supuesta frontera con territorio catalan. La cocina y el wc estan en cataluña y el resto en territorio oscense  ;D
Pandora abrió un ánfora que contenía todos los males y bienes, liberando todas las desgracias humanas. El ánfora se cerró justo antes de que la esperanza fuera liberada (Trabajos y días 90-105)