MULTA llevar cofre ULTRA BOX 320 en el portabicis (YA HAY RESOLUCION)

Iniciado por Edusargo, Diciembre 01, 2011, 19:39:07 pm

Tema anterior - Siguiente tema

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

albervespa

lo que pasa es que hay mucho elemento en la guardia civil!!! igual que abra buena gente por supuesto.pero mi experiencia es que para entrar en la G:C: solo pedian la EGB ni siquiera el bachillerato!! y para ahi se fueron muchos bandarras a buscarse una manera de ganarse la vida...no tienen ningun amor por su trabajo ni nada parecido....y si encima de eso les das un uniforme y una pistola pues se creen los amos del mundo y como su coeficiente intelectual deja mucho que desear pues por aburrimiento hacer unas risas pues llegan y te joden!!! varios chavales de los que en el instituto estaban todo el dia con el porro y la litrona en el parque de enfrente no pasaron de 2 de BUP....solucion a las opsiciones de la G.C. y el que aprobo pues ahi esta!!!
repito que no estoy generalizando....pero si que ahi una parte de la G:C. que funciona asi

fjerosa


esto es lo de siempre.... a mi me paso algo parecido... pero iba con un amigo mio teniente.. y mira por donde se cuadraron de lo lindo y siga usted su camino..un poco mas y nos escoltan...esto funciona asi...por eso os digo que todo depende del que te toque ,de las ganas que tenga de joder...y etc etc etc..muchos interpretan la norma como se la han contado... aunque pasen  30 años...la sigue tomando igual,,

corredor

Te recomiendo que te leas el manual de reformas revisión (Corrección 1) de abril del 2011. Mírate el Grupo 8 Carrocerías y el apartado 8.52, sobre todo, léete la zona que pone Información Adicional y específicamente la parte revisada en abril del manual, parte azul.
Extracto del manual:

"No se considera reforma: la instalación de portaequipajes salvo que no se utilicen los soportes previstos por el fabricante,
deflectores y parasoles instalados en cabinas que no superen las dimensiones de homologación en longitud y anchura; la
instalación de carenados laterales entre los ejes de tractoras; la instalación en camiones tractores, de grupos hidráulicos y
neumáticos para el accionamiento del basculante del semirremolque, embellecedores de carcasa de espejos retrovisores que no
oculten ninguna parte de la zona de visión, embellecedores de dispositivos de alumbrado y señalización luminosa que no afecten
a la zona de salida de la luz, molduras (salvo en la parte delantera de los vehículos), faldillas de rueda en vehículos M1,
deflectores de aire en ventanas, sensores de aparcamiento y retrovisores auxiliares para vehículos autoescuela. También
quedarán fuera del ámbito de aplicación de la reforma, para las autocaravanas y los vehículos vivienda, los toldos, antenas de
radio y televisión y portabicicletas o portamotos, siempre que no afecten a otras funciones del vehículo
. En el caso de aire
acondicionado exterior y siempre que la transformación no afecte a la estructura, tampoco se considerará reforma.
La desinstalación no será objeto de reforma, salvo en los siguientes casos: parachoques, carretillas elevadoras transportables
Una modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión efectuada en un vehículo que signifique la incorporación o
supresión de elementos o dispositivos cuya instalación o desmontaje, no requiera herramienta alguna o pueda realizarse con las
herramientas normales suministradas por el fabricante del vehículo en cuestión, no deben considerarse reformas
. ......."

Compañero mira si entras dentro de algo de esto y recurre. La GC por lo que leo indica que es una "REFORMA QUE AFECTA AL ACONDICIONAMIENTO EXTERIOR DEL VEHICULO AL INSTALAR UN BAUL EN UN DISPOSITIVO PORTABICICLETAS, CARECIENDO DE AUTORIZACION", el apartado 8.50 al 8.62 es el que engloba las reformas de exterior del vehículo y no indica nada de baúles en portabicicletas. (El manual lo puedes encontrar por el foro).

Aunque pierdas tiempo y dinero no lo dejes en el tintero, con esa moneda juegan.

No seamos vegetales, bajando la cabeza y aceptando todo!!

Saludos.


+gvr

Cita de: corredor en Diciembre 04, 2011, 13:38:28 pm
Te recomiendo que te leas el manual de reformas revisión (Corrección 1) de abril del 2011. Mírate el Grupo 8 Carrocerías y el apartado 8.52, sobre todo, léete la zona que pone Información Adicional y específicamente la parte revisada en abril del manual, parte azul.
Extracto del manual:

"No se considera reforma: la instalación de portaequipajes salvo que no se utilicen los soportes previstos por el fabricante,
deflectores y parasoles instalados en cabinas que no superen las dimensiones de homologación en longitud y anchura; la
instalación de carenados laterales entre los ejes de tractoras; la instalación en camiones tractores, de grupos hidráulicos y
neumáticos para el accionamiento del basculante del semirremolque, embellecedores de carcasa de espejos retrovisores que no
oculten ninguna parte de la zona de visión, embellecedores de dispositivos de alumbrado y señalización luminosa que no afecten
a la zona de salida de la luz, molduras (salvo en la parte delantera de los vehículos), faldillas de rueda en vehículos M1,
deflectores de aire en ventanas, sensores de aparcamiento y retrovisores auxiliares para vehículos autoescuela. También
quedarán fuera del ámbito de aplicación de la reforma, para las autocaravanas y los vehículos vivienda, los toldos, antenas de
radio y televisión y portabicicletas o portamotos, siempre que no afecten a otras funciones del vehículo
. En el caso de aire
acondicionado exterior y siempre que la transformación no afecte a la estructura, tampoco se considerará reforma.
La desinstalación no será objeto de reforma, salvo en los siguientes casos: parachoques, carretillas elevadoras transportables
Una modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión efectuada en un vehículo que signifique la incorporación o
supresión de elementos o dispositivos cuya instalación o desmontaje, no requiera herramienta alguna o pueda realizarse con las
herramientas normales suministradas por el fabricante del vehículo en cuestión, no deben considerarse reformas
. ......."

Compañero mira si entras dentro de algo de esto y recurre. La GC por lo que leo indica que es una "REFORMA QUE AFECTA AL ACONDICIONAMIENTO EXTERIOR DEL VEHICULO AL INSTALAR UN BAUL EN UN DISPOSITIVO PORTABICICLETAS, CARECIENDO DE AUTORIZACION", el apartado 8.50 al 8.62 es el que engloba las reformas de exterior del vehículo y no indica nada de baúles en portabicicletas. (El manual lo puedes encontrar por el foro).

Aunque pierdas tiempo y dinero no lo dejes en el tintero, con esa moneda juegan.

No seamos vegetales, bajando la cabeza y aceptando todo!!

Saludos.


La cuestión es que no le multan por llevar el portabicis, si no por instalar el cofre en él y entonces crear una "estuctura" formada por la unión de portabicis y cofre que podríamos llamarle "cofre colgable de portón" y como el  "cofre colgable de portón" no esta en las exenciones recogidas en el manual de reformas pues le multan. Creo que por ahí van los fundamentos (creencias) personales del agente de la GC.

Igual era la primera vez que veía algo así y le chocó, no se... pero creo que la táctica correcta es "desacreditar" el concepto instalar como cuestion de técnica y mecánica y defender que lo que se ha hecho es poner el baúl en el portabicis tal y como dicen los fabricantes de ambos elementos y siempre siguiendo los artículos 14 y 15 del RGC. Si los fabricantes del portabicis y baúl no lo explican o si solo lo contemplan en el caso de ser de la misma marca, que no sería de extraña para fomentar la venta de sus productos, no pasa nada ya que uno siempre es el responsable de su correcta instalación colocación y no lo denuncia porque se haya caído y originado un accidente...

Cuando le llamo carga no quiero hacer la equivalencia de mercancia. Es carga respecto a la definición de Regalmento general de circulación. Que si dentro de baúl iva medio pallet de ladrillo para una obra es otro tema (e independinetemente del exceso de peso) del reglamento de transportes, de fiscalidad...
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

Quiksi

Yo opino como muchos de vosotros, solo estan ahi y se ponen pesados para recaudar... para el resto no aparecen nunca.

El dia que compre la Furgo, tenia el espejo astillado. Nada arranco la furgo para ir para casa... y me para la guardia civil... Vaya ganas me quedaban 600 km para llegar y me paran... Pues nada que no me perdonaba lo del retrovisor aun viendo que acababa de comprar la furgo hace 30 minutos...

Pues nada para casa con 200 euros de multa y calentito. Menos mal que no me quitaron puntos ya era lo que faltaba

VKamper

Y esto??




Esto es muy normal por las carreteras de este pais y no lo pongo para que multen a esta gente (que ya tienen lo suyo...) si no para que se vean las injusticias a la hora de multar :-\

xfulanox

pues al loro con las normativas que afectan a los portabicis, porque en octubre, al pasar la itv con el portabicis puesto, el hombre que me atendio, me comento como que estaban mirando para sancionar el uso del portabicis en vacio, es decir, si no llevas bicis, lo quitas. se que es absurdo, comosi se pusieran a multar a todos aquellos coches que llevan las barras en el techo sin llevar carga, equipaje o lo que sea!!!

todo por la pasta!!!

corredor

Cita de: +gvr en Diciembre 04, 2011, 15:39:36 pm
La cuestión es que no le multan por llevar el portabicis, si no por instalar el cofre en él y entonces crear una "estuctura" formada por la unión de portabicis y cofre que podríamos llamarle "cofre colgable de portón" y como el  "cofre colgable de portón" no esta en las exenciones recogidas en el manual de reformas pues le multan. Creo que por ahí van los fundamentos (creencias) personales del agente de la GC.

Igual era la primera vez que veía algo así y le chocó, no se... pero creo que la táctica correcta es "desacreditar" el concepto instalar como cuestion de técnica y mecánica y defender que lo que se ha hecho es poner el baúl en el portabicis tal y como dicen los fabricantes de ambos elementos y siempre siguiendo los artículos 14 y 15 del RGC. Si los fabricantes del portabicis y baúl no lo explican o si solo lo contemplan en el caso de ser de la misma marca, que no sería de extraña para fomentar la venta de sus productos, no pasa nada ya que uno siempre es el responsable de su correcta instalación colocación y no lo denuncia porque se haya caído y originado un accidente...

Cuando le llamo carga no quiero hacer la equivalencia de mercancia. Es carga respecto a la definición de Regalmento general de circulación. Que si dentro de baúl iva medio pallet de ladrillo para una obra es otro tema (e independinetemente del exceso de peso) del reglamento de transportes, de fiscalidad...


Entiendo que no lo multa por llevar el portabicis, pero el agente cita a la reforma de importancia del exterior del vehículo. Lo que digo es que el manual de reforma indica todo lo que es reforma y el proceso para legalizarla.
Según pone el compañero la multa dice:

"La multa dice tal cual:
EFECTUAR EN EL VEHICULO RESEÑADO UNA REFORMA DE IMPORTANCIA SIN AUTORIZACION. - REFORMA QUE AFECTA AL ACONDICIONAMIENTO EXTERIOR DEL VEHICULO AL INSTALAR UN BAUL EN UN DISPOSITIVO PORTABICICLETAS, CARECIENDO DE AUTORIZACION.      IMPORTE 200€ "

Esto no se recoge en el manual de reformas = No es un reforma. La autorización la tiene que otorgar la ITV y no puede otorgar nada que no se recoja en el manual de reformas.
El agente se ha equivocado de normativa para aplicar y se le tiene que recurrir la denuncia. La sanción que se indica en la multa no sirve para este caso, tiene que buscar otro tipo de sanción para multar este caso.
Saludos.

Rderemoto

Cita de: pakitovk en Diciembre 04, 2011, 18:32:37 pm
Y esto??




Esto es muy normal por las carreteras de este pais y no lo pongo para que multen a esta gente (que ya tienen lo suyo...) si no para que se vean las injusticias a la hora de multar :-\


Lleva suficiente cinta de embalar como para que aguante un largo viaje. No creo que eso se caiga. Además lleva protección de espuma entre el coche y la carga. Está realmente aprovechado el espacio.
Ni tanta furgoneta ni tanta tonteria, nos tenemos que arreglar con lo que tenemos.
.malabares .malabares .malabares .malabares
Qué bien vienen los malabares en este caso.
.meparto .meparto .meparto


Edusargo

Gracias de verdad a todos por el cable que me estais tirando, os lo agradezco de verdad.
Me parece que la semana que viene me la voy a tener que pedir de vacaciones para ponerme al dia con todo lo que me comentais por aqui  :).
Pero lo que tengo claro es que voy a intentar recurrirla como sea y aunque no lo consiga pienso seguir montando el arcon de la misma manera que lo tenia porque por culpa de este GC sin razón no pienso yo cambiar mi modo de entender los viajes con furgo.

godzy49

Cita de: Edusargo en Diciembre 04, 2011, 20:15:41 pm
Gracias de verdad a todos por el cable que me estais tirando, os lo agradezco de verdad.
Me parece que la semana que viene me la voy a tener que pedir de vacaciones para ponerme al dia con todo lo que me comentais por aqui  :).
Pero lo que tengo claro es que voy a intentar recurrirla como sea y aunque no lo consiga pienso seguir montando el arcon de la misma manera que lo tenia porque por culpa de este GC sin razón no pienso yo cambiar mi modo de entender los viajes con furgo.


Mira a ver si tu seguro tiene rescurso de multas... te deberían hacer ellos la gestión. Si el baul esta homoogado para montar en el portabicicletas y así lo pone en el manual de usuario del baul, no deberías tener ningun problema. Adjunta una copia al recurso

Por cierto los Mossos hacen campaña todos los veranos para que los Magrebies no vayan pasados de peso, pero los culplables de esto son los gendarmes franceses que les dejan salir así de sus casas...

(perdonad si lo habeis dicho antes pero no me he leido el mensaje entero)

4.g0m3z

Cita de: xfulanox en Diciembre 04, 2011, 18:33:18 pm
pues al loro con las normativas que afectan a los portabicis, porque en octubre, al pasar la itv con el portabicis puesto, el hombre que me atendio, me comento como que estaban mirando para sancionar el uso del portabicis en vacio, es decir, si no llevas bicis, lo quitas. se que es absurdo, comosi se pusieran a multar a todos aquellos coches que llevan las barras en el techo sin llevar carga, equipaje o lo que sea!!!

todo por la pasta!!!


Lo que faltaba ya pero no me extrañaria nada. Hasta que no salgamos a las calles a armarla esto no lo cambia ni dios.

URDULIZ

Diciembre 05, 2011, 08:38:15 am #102 Ultima modificación: Octubre 01, 2018, 15:59:19 pm por URDULIZ
A
Lo siento, no puedo contestar mensajes privados, estoy muy ocupado.

Kimu

Adelante con el recurso, porque las tienes todas contigo...
.palmas

Parking is not a crime

francisn

Diciembre 05, 2011, 18:24:02 pm #104 Ultima modificación: Diciembre 06, 2011, 11:53:31 am por francisn
A riesgo de que pase como "predice" Urduliz  ;)
Cita de: URDULIZ en Diciembre 03, 2011, 17:52:00 pm
Realmente no sé que es mejor si pagar la multa o recurrirla.
Si se recurre puede ser hasta que se estudie el caso y aparezca otra circular de esas.
En esa circular puede poner que se admiten los baules, pero también pueden poner que no se admiten ni los portabicicletas. Porque estas cosas se escriben dependiendo de quien presente los argumentos.
No se que es mejor.

Según leo, la denuncia dice que  "EFECTUAR EN EL VEHICULO RESEÑADO UNA REFORMA DE IMPORTANCIA SIN AUTORIZACION. - REFORMA QUE AFECTA AL ACONDICIONAMIENTO EXTERIOR DEL VEHICULO AL INSTALAR UN BAUL EN UN DISPOSITIVO PORTABICICLETAS, CARECIENDO DE AUTORIZACION. IMPORTE 200€"
Creo que el nudo del asunto está en lo de Vehículo Mixto Adaptable, porque ahi no vale tan directamente la norma de reformas, pero si tu furgo es Mixto Vivienda, se puede aplicar al pie d ela letra el "No se considera reforma: ...
También quedarán fuera del ámbito de aplicación de la reforma, para las autocaravanas y los vehículos vivienda, los toldos, antenas de radio y televisión y portabicicletas o portamotos, siempre que no afecten a otras funciones del vehículo.
"
Por tanto problema está (como ya se indica) en el baul. Entonces, creo que si vas a recurrir debería constar también que, a tenor de lo que aparece en la modificación de la instrucción 3.6.1 que habéis publicado
http://carris.files.wordpress.com/2010/09/modificacion-punto-3-6-1-instruccion-dgt-10tv-67.pdf  "
se ha de velar porque la instalación reuna, a juicio del Sr. Agente, las suficientes garantias que eviten un peligro para el resto de los vehículos".
Bien, aqui el juicio del Sr Agente le indicaba que el montaje del baul es peligroso, pero Fiamma, la empresa fabricante de ambos elementos (portabicis y baul) los comercializa con la intención de montarlos conjuntamente, como aparece citado en sus catálogos
http://www.fiamma.it/products/QMP.asp?Fam=P00,
donde dice "Se instalan sobre el porta-bicis con el kit ya incluido" lo cual implicitamente es la autorización para que ambos elementos se monten conjuntamente, a falta de otra, según cita el mismo Director General de Tráfico, Pere Navarro, "realizadas las oportunas gestiones, y puesto que no consta la existencia de homologación de este tipo de aparejos" (aunque se refiere a los portabicis y portaesquies, sobreentiendo ;) que los accesorios para estos elementos también entran en el lote...)
A ver si te sirve de algo.