No se nos puede echar por ser camper (Documentos Oficiales)

Iniciado por Nadja, Junio 15, 2007, 13:50:44 pm

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miguel.ovd

Pues mientras sacan la libretita hay que leerles todo y llevar los párrafos interesantes subrayados en fosforito (y aprendidos para ses ágiles) para rebatirles cualquier argumento, aunque nos echen , pero si todos les llenamos de nuestros derechos se iran desinflando a lo largo del tiempo.... hay que conseguir que ellos mismos se niegen a cumplir la orden del ayuntamiento de turno por que se dan cuenta que es ilegal... hay que aburrirlos aunque nos tengamos que ir, per que sepan que sabemos... y luego RECURRIR y RECURRIR y RECURRIR

Esmolante

 Miguel, un policía no necesita tener argumentos.Tiene la ley, la presunción de veracidad, y la libertad de interpretar la ley como le convenga para joderte si es que le apetece.

 Puedes recurrir, pero el recurso lo revisa ese mismo agente (juez y parte).

 Si no estás de acuerdo, puedes ir a juicio...pero a ninguno se nos ocurre meternos en pleitos por menos de 1000€, no compensa.

 Vamos, que tenemos que confiar en su buena voluntad (que en mucho confiar, sobre todo si va con órdenes de dar un escarmiento a los piojosos esos de las fragonetas).


volaor

vamos a ver, seamos consecuentes.......
hace treinta años, aprendí que con las mochilas no me dejaban pasar a todas partes, incluso en algunos bares nos prohibían entrar con las mochilas, y teniamos que jugar al escondite con los civiles o los municipales, para poder dormir en el suelo, dentro del saco. Ahora, treinta años más tarde, he subido de "status" y sigo llevando la casa a cuestas, pero ahora motorizado..... y como dice Angeles, "todo por una idea loca: LIBERTAD" ¿y vosotros os creeis que en este j...o país , a los que demuestran que su opción es la libertad, nos tienen algún tipo de respeto, por mínimo que sea? NO, NO y mil veces NO. Somos una especie a perseguir, a castigar, A SUPRIMIR.
Y tenemos que asumirlo, somos unos FURTIVOS....... que no pagamos Apartamento en la playa, ni Hotel de Agencia de viajes, ni queremos Viajes Organizados, ni estar más de X días en el mismo sitio........
¿pero no veis que cualquier "niñato" con el coche "tuneao" tiene más derechos que nosotros en un aparcamiento playero? A mi me han echado los picos de un aparcamiento de playa (de esos regulados pro la Ley de Costas...) a las tantas de la madrugada, mientras a su lado los niños de los coches tuneaos hacián el "macarra" dando trompos, o se estaban haciendo la vida sexual con sus novias, y los eñores de verde no les podían decir nada..... (palabras textuales....) mientras que lo que haciamos nostros en nuestra Vito (no adaptada, NORMAL) era "ACAMPAR" y eso NO se puede hacer... .nono .nono
Así pues, y perdonar por este rollo, podeís ir sacando todos los papeles que querais, todas las fotocopias de Leyes, Resoluciones, Consultas Ministeriales, etc. etc. etc, que mientras tanto el Guardián de Turno os clavará la multa, tendreis movida, os amargará el rato, o el día , y luego tendreis que recurrir, o patalear o cag...os en la p..a mad....e del los Alcaldes corruptos que echan a los turistas pobres y piojosos de las "fragonetas", por que no se quieren comprar un apartamento en primera línea de playa de los que construye su amiguete o ir al Camping de su suegro......
Mi propuesta es: VIVA EL FURTIVISMO, y usemos las leyes para nuestro beneficio, y la ilegalidad también (como hacen ellos...)
y mientras tanto recordemos que el mayor ecologista (por necesidad, claro) es el propio furtivo que no tira ni una colilla para que le huelan..

volaor

(Perdón, di a enviar sin querer)

que pasa sin dejar rastro ninguno.... como un fantasma.... que solo utiliza aquello que necesita y si puede menos de lo que necesita..... que nunca se hace notar.... que pone buena cara a las injusticias....
Si lee esto la parienta, dirá que soy un mentiroso, pues nunca me callo ante las injusticias y eso siempre me ha traído muchos problemas

Y después de ocho años viajando así por toda Europa, con mi Vito del alma.... he tenido muy poquitos problemas, y eso sí: Siempre más en España que en cualquier otro país...(excepto Chequia, pero eso es otra historía.... muy vieja ya)




furgonesto

esq en españa somos unos chungos del copon, ;D :)
nos gusta joderrrrrrrrrrrrrrrrrrr .meparto

furgonesto

perdond por la ultima palabra si hay niños lo siento ...
chavales a ver los lunis,dejad el internete q es para adultos,a hacer el cuaderno de vacaciones santillana todos.ale ale

Esmolante

 Muy de acuerdo con Volaor...hasta en el modelo de frago.

 Tanta VW, tanta VW...que aún hay clases!  .sombrero

jrapas

Saludos furgueros

Ayer mismo tuve un problema en uno de los sitios furgoperfectos, en el de Punta Paloma (Tarifa). Toda la zona está supervigilada por la gc y se pasan de buena mañana, a eso de las 8, a despertar al personal a base de multas. Unos días antes veía en un programa de televisión al presidente de la asociación de campings de tarifa (o algo así), precisamente cargando las tintas contra los que vamos por libre, achacando la basura que pueda haber en las playas de la zona a los que no pagan el impuesto campinguero.

La historia: decidimos pagar los 17 euros y pico de rigor por una parcela sin toma de luz en el Camping La Paloma. Conforme dimos la cantidad exigida nos abrieron la cancela de la entrada sin más información que el nº de parcela. Tras una duchita rápida, cenamos y volvemos a coger la furgo para plantarnos en Tarifa y conocer el ambiente nocturno. A la vuelta, encontramos la cancela echada y sin posibilidad de acceder al camping. Al rato aparece el guarda y nos dice que no se permite el paso de vehículos a partir de las 12 de la noche hasta las 8 de la mañana siguiente. No nos ofrece ninguna posibilidad y decidimos buscar un sitio donde dormir. Encontramos una pequeña zona en la que ya había un par de ac's y otra furgo.

A las 8 teniamos alli a la gc despertándonos. Menos mal que guardamos la factura del camping y nos libramos por eso, le contamos la historia y le convenció. Qué hubiera ocurrido si le digo que están aplicando la teoría del punto gordo, que están practicando desviación de poder y que no se pueden matar moscas a cañonazos, a pesar de estar repleto de razones? Pues que la multa me la llevo, y ya me está obligando a recurrir y a esperar a que finalice un procedimiento sancionador que en ningún momento debería haberse iniciado.

Ahm, volvimos al camping y nos devolvieron el dinero, era la primera vez que íbamos a un camping y desconocíamos que se cerrara la entrada durante la noche ni en qué horario. No fuimos informados por ningún medio de ese ni de cualquier otra norma del camping y por tanto consideramos que nos hicieron una putada de las gordas.

Yo voto por una "manifestación silenciosa": acudir tod@s a un sitio donde se estén "dando palos" y hacerles saber que la ley está de nuestro lado, siempre que cumplamos todos los requisitos que (MUCHAS GRACIAS) ya sabemos. No sé en otras comunidades, pero en Andalucía, Chamizo funciona bastante bien (a pesar del lapsus de "calles adyacentes") y creo que tendríamos una buena cobertura para "manifestarnos" y hacer que se respeten nuestros derechos.

aleja

Julio 01, 2007, 21:48:18 pm #68 Ultima modificación: Julio 01, 2007, 22:00:03 pm por aleja
este sabado en le palmar
un colegui con una autocarabana llega y le pregunta a los municipales si se puede quedar alli
y  el munipa le dice q de la zaorra para tras sin problemas
pues cuando cambian de turno por la tarde hechan a todas las autocarabana

le pregunto al otro munipa q si con mi furgo pasa algo  y me dice q no
pues su  compañero entra por otro lado y me dice q si no recojo el toldo y bajo el techo me multa
total
lo baje y sin problemas cuando se fueron los domingueros  sobre las 9  toldos fueras y techos arriba
y hasta hace una hora q sali de alli
a por cierto las furgos q estaban solitas con techos arribas o toldos 300 eurazos de multas
otra cosa nada de hacer coritos
quieren q aparquemos bien

bea

Por lo que parece cada vez hay más sitios controlados por la pasma donde ponen multas, que esta claro se pueden recurrir.
Siendo prácticos: ¿a alguien le han cobrado la multa? ¿cuanto? ¿prosperan los recursos? o te la meten igual

"No heredamos la tierra de nuestros padres, la tomamos prestada de nuestros hijos"

www.aticgrafic.com
www.infomapas.com

Manolín

Asociación Nacional Sectorial de Usuarios y Profesionales de Autocaravanas
http://www.aspa-psa.org/detalleNoticia.asp?id=24

05/07/2007 - ACAMPAR VERSUS ESTACIONAR

Las leyes y Reglamentos sobre tráfico regulan la parada y estacionamiento de vehículos en las vías públicas. Estos textos legales garantizan a una autocaravana, en tanto que es un vehículo, un lugar donde estacionar en igualdad de condiciones que otro vehículo de la misma clase. (vehículo de categoría M = destinado al transporte de pasajeros. Normativa 116/2001/CE)

Además, una autocaravana es un vehículo de uso múltiple que está homologado para utilizarse como albergue. Una autocaravana es simultánea e indistintamente un vehículo y un albergue y, como albergue, puede ser también un medio de acampada.

Como vehículo, en lo referente a la circulación, parada y estacionamiento, en las vías públicas, está sometido a las leyes de tráfico. Cuando se utiliza como albergue estaría sometido a las leyes de acampada.

La cuestión es cuándo una autocaravana pasa de ser un vehículo para convertirse en un albergue. La legislación vigente en países como Francia, Italia y Alemania, consideran que son la forma de fijación al suelo y el modo de utilización de la autocaravana los criterios que condicionan el sometimiento a las leyes de tráfico o de acampada.

En estos países, si una autocaravana descansa sobre sus neumáticos, en una plaza de estacionamiento público autorizado, sin verter fluidos procedentes del habitáculo, sin desplegar elementos propios que desborden el perímetro del vehículo y durante un tiempo limitado, estaría estacionada y sometida a las leyes de tráfico, cualquiera que sea el uso interior del vehículo.

Sin embargo, en respuesta a una consulta evacuada a la Dirección General de la Guardia Civil indica que, para éste Cuerpo, el simple hecho de que haya personas pernoctando en el interior de una autocaravana está considerado como acampada, aun estando correctamente estacionada.

Existe una clara contradicción entre la interpretación del mismo hecho entre diferentes estamentos, especialmente entre las Asociaciones de Usuarios y los textos legales de países como Francia, Italia y Alemania, por un lado, y los propietarios de camping y las diferentes administraciones españolas por otro.

Además, en España, el mismo hecho: pernoctar en el interior de un vehículo, tiene diferentes interpretaciones y actuaciones entre las mismas policías, si se produce en el interior de un turismo, de un furgón, de un camión o de una autocaravana.

Leyes de acampada.

En nuestro país la acampada libre está considerada en los textos legales, generalmente, como aquella que se realiza fuera de los Campamentos de Turismo y está prohibida o regulada en diferentes ámbitos legislativos.

Sin embargo, ninguno de estos textos precisa o define con claridad cuales son las condiciones que hacen que una autocaravana pueda considerarse indudablemente acampada y cuya primera interpretación invade frecuentemente las leyes de tráfico que amparan, como vehículo, el derecho a una plaza de estacionamiento.

Tres son los ámbitos legislativos sobre acampada:

- Reglamentos de Campamentos de Turismo que desarrollan diferentes leyes sobre turismo cuyas competencias legislativas están transferidas a las Comunidades Autónomas.
- La Ley de Costas.
- Los Planes de Ordenación de Recursos Naturales o El Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) que desarrollan las diferentes Leyes Medioambientales que también están transferidos a la Comunidades Autónomas y que están vigentes en los Parques Naturales y demás espacios protegidos.

Para establecer una regulación adecuada a las necesidades del turismo a bordo de una autocaravana, en la controversia del estacionamiento versus acampada, es necesario promover iniciativas legales que se puedan derivar de las actuaciones de la Mesa del Senado.

En el ámbito de las leyes de tráfico es imprescindible establecer con precisión la situación de estacionamiento de una autocaravana cuya orientación es el artículo 185 del código de la carretera italiano (Consecuencia de la derogada Ley Fausti) que indica que la parada de una autocaravana en un lugar autorizado de la vía pública, no constituye acampada cuando:

- descansa únicamente sobre sus ruedas
- no vierte fluidos mas que los procedentes del propulsor mecánico
- no ocupa un espacio de la vía pública que exceda el propio perímetro del vehículo.

Estimamos imprescindible que, como mínimo, se debería elaborar una iniciativa Parlamentaria para que un texto en este sentido, se incorpore al artículo 92 del Reglamento General de Circulación, "Colocación del vehículo".

La definición del estacionamiento de una autocaravana en las leyes de tráfico, delimitaría con precisión la situación en la que el vehículo estaría fuera del ámbito de las leyes de acampada, "sensu contrario", garantizando el uso como albergue en las condiciones establecidas.

Ley de Costas

La Ley 22/88, de 28 julio, de Costas es una Ley de ámbito Estatal que, entre otras cuestiones de mayor interés social, regula la acampada y constituye una fuente constante de conflictos para los autocaravanistas por la interpretación restrictiva que de ella hacen algunas administraciones y policías.

Las referencias al uso de vehículos en el domanio marítimo terrestre están en:

Artículo 30:

"a) En tramos con playa y con acceso de tráfico rodado, se preverán reservas de suelo para aparcamientos de vehículos en cuantía suficiente para garantizar el estacionamiento fuera de la zona de servidumbre de tránsito"

Artículo 33, referido a las playas:

"5) Quedarán prohibidos el estacionamiento y la circulación no autorizada de vehículos, así como los campamentos y acampadas"

El Reglamento General para el desarrollo y ejecución de la Ley de Costas, aprobado por RD 1471/89, de 1 de diciembre, las referencias al tránsito y estacionamientos de vehículos y la acampada son las siguientes:

Artículo 58:

"a) En tramos con playa y con acceso de tráfico rodado, se preverán reservas de suelo para aparcamientos de vehículos en cuantía suficiente para garantizar el estacionamiento fuera de la zona de servidumbre de tránsito. (Artículo 30.a de la Ley de Costas)"

Artículo 68:

"1. Quedarán prohibidos el estacionamiento y la circulación no autorizada de vehículos, así como los campamentos y acampadas. (artículo 33.5 de la Ley de costas).
2. Dichas prohibiciones se aplicaran a todo el dominio público marítimo-terrestre, salvo la de estacionamiento y circulación de vehículos, que afectara solamente a las playas.
3. Se entenderá por acampada la instalación de tiendas de campaña o de vehículos o remolques habitables. Se entenderá por campamento la acampada organizada dotada de los servicios establecidos por la normativa vigente.
4. Quienes vulneren las prohibiciones establecidas en este artículo deberán desalojar de inmediato, a requerimiento verbal de los agentes de la administración, el dominio publico ocupado, sin perjuicio de la Instrucción de expediente sancionador cuando sea procedente. El servicio periférico de costas podrá interesar del delegado del Gobierno o gobernador civil la colaboración de la fuerza publica cuando ello sea necesario."

De la lectura de los textos legales se puede deducir que dentro del domanio existen lugares donde se permite estacionar vehículos. Estos lugares son las vías públicas existentes entre los límites y las reservas de suelo que garantizan el estacionamiento fuera de la zona de servidumbre de tránsito (artículo 30.a de la Ley de Costas).

La prohibición de acampada se refiere a todo el domanio pero su definición requiere un análisis mas detallado:

El texto sintetizado y aplicado a una autocaravana se podría transcribir como:

"3. Se entenderá por acampada la instalación de autocaravanas (vehículos)."

La interpretación de acampada como la instalación de una autocaravana en un parking público entre los lindes del domanio marítimo terrestre, supone la prohibición de estacionamiento de la misma en una vía pública, en clara contradicción con las leyes de tráfico que, como vehículo, le garantizan el derecho a estacionar en las mismas condiciones que otros vehículos del mismo tipo.

Una autocaravana como otros vehículos (turismos o furgones) no requieren la instalación de ningún elemento para ser utilizado como albergue y sin embargo es el único homologado y que dispone de medios para recoger y gestionar sus propios residuos.

Una autocaravana estacionada legalmente en la vía pública o en una reserva de suelo para estacionamiento autorizado, que no despliega elementos propios que ocupen espacio público exterior al perímetro del vehículo, no está instalada acampando, sino estacionada.

Es necesario precisar que los espacios de reserva de suelo para aparcamiento de vehículo constituyen vías públicas y están, por lo tanto, bajo la jurisdicción de las leyes de tráfico.

En el ámbito de la Ley de Costas, consideramos imprescindible una iniciativa cerca del Ministerio de Medio Ambiente, para que se añada al Reglamento General para el desarrollo y ejecución de la Ley de Costas un apartado en el que se especifique que, a efectos de esta Ley, se considerará que una autocaravana parada o estacionada en zonas autorizadas no está acampada cuando no supera o amplía su perímetro mediante la transformación o despliegue de elementos de aquella, se sustente sobre sus propias ruedas o calzos y no vierta sustancias o residuos a la vía.

En esta definición se podría establecer un período de tiempo máximo legal para permanecer estacionada una autocaravana en la misma plaza, aplicable a todo el domanio marítimo terrestre.

Esta redacción permitiría mantener un criterio unificado entre las diferentes administraciones y policías que facilitaría la interpretación de los usos permitidos en el ámbito de la Ley de Costas y que haría compatible la reprensión de las conductas abusivas de los usuarios de cualquier vehículo con el respeto a los derechos de los usuarios de autocaravanas.

Las autocaravanas son vehículos autónomos y disponen de los medios necesarios para recoger y gestionar sus propios residuos y pueden ser encuadrados dentro de un turismo sostenible respetuoso con el medio ambiente.

Otras leyes autonómicas sobre acampada.

Los mismos argumentos avalan la necesidad de precisar los textos que tratan la acampada en ámbitos cuyas competencias legislativas están transferidas a las Comunidades Autónomas, tales como las leyes de Turismo y su desarrollo en los Reglamentos sobre Campamentos de Turismo, los Planes de Ordenación de Recursos Naturales y los Planes Rectores de Uso y Gestión (PRUG) de los espacios naturales protegidos.


furgonesto

a mi me ha despertado la poli y nunca me han multado ni me hanb dicho nada ,solo por otras razones como una manifa q paso por donde tenia aparcada la furgo
entonces es mejor tener el techo alto como la mia??,de fibra====????,jejej y como no tengo toldo nunca me podrian decir na..

Manolín

Bueno, pues yo sigo con mi rollo por si le interesa a alguien

Ahora os pongo un comunicado de Aseicar que es la Asociación Española del Comercio del Caravanig en referencia a la famosa Mesa de Trabajo del Senado. Allá va.


09/07/2007 - COMUNICADO SOBRE LOS TRABAJOS EN LA MESA DE AUTOCARAVANAS DE LA DGT

De nuevo se convocó la mesa de Tráfico el 20 de Junio de 2007 para desarrollar los diferentes puntos de la Moción sobre la promoción del sector autocaravanista en España y en particular, con el siguiente Orden del Día:



1. Situación del autocaravanismo en España y en otros países de la Unión Europea. Experiencias más destacables.

2. Señalización y homologación pictograma.

3. Clarificar los términos de estacionar, acampar y pernoctar.

4. El estacionamiento de las autocaravanas, su problemática y regulación en carretera y zona urbana.



El primer punto fue sobre todo descriptivo. Fue desarrollado en base a una presentación en Power Point y se pusieron de manifiesto carencias típicas y diferencias con respecto a Europa (tanto de concepto como de uso), pero también notables incrementos y potencialidades del sector en nuestro país, con la proyección de gráficas de evolución. La exposición correspondió al representante de la PACA y de ASEICAR.

El segundo punto fue igualmente desarrollado en base a una proyección que resultó útil para ilustrar las realizaciones en España en las áreas inauguradas hasta el momento. No sólo fueron expuestos los ejemplos de señalización para la homologación del pictograma, sino también aquellos casos que se pueden definir como de "malas prácticas" por parte de Ayuntamientos, entre los que se han de contemplar el uso de barras de alturas como impedimentos de acceso, cuando deben servir para señalar la presencia de un obstáculo para el gálibo de los vehículos.



Se dio luz verde para el estudio y adopción de este logotipo para la señal S-122 y para su posterior inclusión en el listado de señales españolas. La exposición corrió a cargo del representante de la PACA.

El tercer punto fue defendido conjuntamente y de forma coordinada por el representante de ASPA y de la PACA. Era de crucial importancia dar a entender la necesidad de definir la diferencia entre acampar y estacionar, el derecho de nuestros vehículos para realizar un estacionamiento habitado y los numerosos casos en los que muchos ayuntamientos desarrollan bandos municipales que no se atienen a lo que creemos nuestro derecho.



Por parte del Subdirector de Normativa de la DGT se señaló la dificultad para reformular los textos de los artículos 92 y 93 del Reglamento General de Circulación.



La DGT se comprometió a realizar un estudio del preámbulo del RGC para establecer un texto que defina en lo posible las condiciones y los derechos que amparan a nuestros vehículos para realizar el estacionamiento conforme a sus características legales y la FEM (Federación Española de Municipios), se comprometió a realizar una publicación editorial a modo de directrices para la confección de las Ordenanzas Municipales de Tráfico que representara un Manual de buenas prácticas para el uso y correcta forma de acoger a las autocaravanas en los municipios.

Durante el desarrollo del tercer punto, fueron abordados múltiples aspectos del cuarto punto del Orden del día. Se pasó revista a muchas malas prácticas, susceptibles de ser denunciadas ante las administraciones.

La reunión transcurrió en un ambiente distendido, de la que emanan dos importantes acuerdos, que como usuarios y distribuidores, valoramos muy positivamente.

Más allá de dicha reunión, deseamos destacar el buen entendimiento y la muy correcta coordinación entre los representantes del sector de usuarios ASPA y PACA, así como la asociación española de comercio del caravaning (ASEICAR), lo cual crea un clima proclive a nuevas acciones conjuntas entre las tres Asociaciones para el logro de objetivos concretos que beneficien a todos.



La Mesa de Autocaravanas es uno de los activos mas importantes como consecuencia de la Moción del Senado que tan brillantemente defendió la senadora doña Ana Mª Chacón y es una oportunidad histórica para todo el sector de sacar el máximo provecho a favor de todos los usuarios de autocaravanas.



En los primeros días de septiembre volveremos a presentar iniciativas para dinamizar los trabajos y aportar nuestra visión de los problemas.


gael160963

Julio 11, 2007, 23:09:11 pm #73 Ultima modificación: Julio 11, 2007, 23:38:15 pm por gael160963
... no se no se no se.... esto de que nos regulen.... a ver si al final vamos a tener que llevar el carnet y certificado de pago de cuotas al día de la paca esa en la guantera para poder aparcar y los derechos de la sgae pagados para escuchar música...  ;D Y HALA que nos reencgulen que nos regulen...
... lo siento, me sale esta vena de vez en cuando  :roll:

Esmolante

 Pero...¿qué se ha conseguido hasta ahora?

Que van a escribir en una revista una guía de buenas prácticas para que la policía municipal no apalee y sodomice a los hipis piojosos que duermen en caravanas o aún peor...en furgallas?

Lo que diga la revis esa de la Federación de Municipios es de obligado cumplimiento? Me da a mi que no, que si los Ayuntamientos y CCAA se pasan el relgamento de la DGT por el arco de triunfo, lo que diga una revistilla...

Me parece que están mareando la perdiz. Este verano se van a poner las botas. Espero que no me vuelva a tocar.  .lengua2