Nueva ley Portugal: 300 € por pernoctar fuera de áreas autorizadas

Iniciado por fireman03, Diciembre 02, 2020, 17:14:40 pm

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charrok

Eso del plan de ordenamiento de la orla costera, por lo que he podido leer, cada municipio tiene el suyo, con sus características, asi que será ir viendo en cada lugar como limitan las zonas de costa, para las AC y las Campers.

https://apambiente.pt/agua/planos-e-programas-da-orla-costeira

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El sistema actúa con la división, pues sabe que el arma más peligrosa es el AMOR.

withthc


FMateus

Cita de: withthc en Agosto 04, 2021, 19:43:23 pmSabéis cómo está el tema por Peniche y Ericeira?

He estado una semana en Peniche. Las furgos estan pernoctando. He visto 3 o 4.. Pero hay órdenes de multar. Tienes un par de campings AC para tranquilidad. El camping municipal esta super tirado de precio también

Kiyo74

Agosto 09, 2021, 10:44:53 am #168 Ultima modificación: Agosto 09, 2021, 10:58:46 am por Kiyo74
He preguntado por las novedades al presidente de la CPA (Paulo) y me ha dicho lo siguiente:

El Presidente de la República ya promulgó la nueva ley.
Ahora tendrá que publicarse en el Diário da República, lo que podría suceder muy pronto.


Copio y pego dicha ley

COMITÉ DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
Página 1 de 5
TEXTO DE REEMPLAZO
Presentado por la Comisión de Economía, Innovación, Obras Públicas y Vivienda
Relativa a
PROYECTO N ° 770 / XIV / 2do (PCP)
Cambia y simplifica el régimen legal de estacionamiento y estacionamiento de autocaravanas
PROYECTO N ° 776 / XIV / 2do (PEV)
Establece las condiciones de prohibición de camping y aparcamiento.
(modificación del artículo 50-A del Código de Circulación, aprobado por Decreto Ley 114/94, de 3
de mayo y reeditado, en anexo a la Ley 72/2013, de 3 de septiembre
PROYECTO N ° 784 / XIV / 2do (BE)
Revocación del concepto de pernoctación y aclaración de estacionamiento en el Código de
Carretera (reforma de los artículos 48 y 50-a del Código de Carreteras, aprobado por Decreto-
Ley No 114/94, de 3 de mayo)
PROYECTO N ° 828 / XIV / 2do (PSD)
Cambia el régimen de estacionamiento y estacionamiento de autocaravanas (vigésimo primero
reforma al Código de Circulación, aprobada por Decreto Ley No 114/94, de 3 de mayo)
CAMBIA EL RÉGIMEN DE ESTACIONAMIENTO Y ESTACIONAMIENTO DE AUTOCARAVANAS
(VIGÉSIMO PRIMERA ENMIENDA AL CÓDIGO DE CARRETERA, APROBADA POR
DECRETO LEY N ° 114/94, DE 3 DE MAYO)
Articulo 1
Objeto
Esta ley hace la vigésima primera enmienda al Código de Carreteras, aprobada por la
Decreto Ley No. 114/94, de 3 de mayo, y modificado por Decreto Ley No.
s 214/96, de 20 de
2/98 de noviembre de 3 de enero de 162/2001 de 22 de mayo y 265-A / 2001 de 28 de septiembre de

Página 2 de 5
por la Ley N ° 20/2002, de 21 de agosto, por los Decretos-Leyes N ° 44/2005, de 23 de febrero,
113/2008, de 1 de julio, y 113/2009, de 18 de mayo, por las Leyes 78/2009, de 13 de agosto, y
46/2010, de 7 de septiembre, por los Decretos Leyes No 82/2011, de 20 de junio, y 138/2012, de 5
de julio, por las Leyes 72/2013, de 3 de septiembre, y 116/2015, de 28 de agosto, por Decreto-
Ley N ° 40/2016, de 29 de julio, por Ley N ° 47/2017, de 7 de julio, y por Decretos-Leyes No.
151/2017, del 7 de diciembre, 107/2018, del 29 de noviembre, 2/2020, del 14 de enero y 102-
B / 2020, de 9 de diciembre y Decreto Reglamentario No. 22-A / 98, de 1 de octubre, que tiene como objetivo
aplicación del Reglamento de señalización de tráfico.
Artículo 2
Alcance
Artículos 48 y 50-A del Código de Circulación, aprobado por Decreto Ley No. 114/94, de 3 de
May, en su redacción actual, se sustituyen por la siguiente redacción:
"Artículo 48
(...)
1 - (...).
2 - El estacionamiento es la inmovilización de un vehículo, con o sin ocupantes, que
no constituye una parada y no está motivado por circunstancias específicas de la circulación.
3 - (...).
4 - (...).
5 - (...).
6 - Se prohíbe el estacionamiento de autocaravanas y similares en las áreas de la Red Natura 2000
áreas de paisaje protegido y áreas cubiertas por los Planes de Desarrollo Costero,
fuera de las áreas de estacionamiento de vehículos autorizados.
7- El aparcamiento de autocaravanas o similar, en las mismas condiciones que las demás
vehículos, deberán cumplir acumulativamente con lo dispuesto en la normativa municipal de
estacionamiento y tráfico y las siguientes prohibiciones:
a) La práctica de acampar y cualesquiera otras actividades asociadas a él en la vía y el espacio.
público;
b) Eliminación de aguas y desechos orgánicos, fuera de los sistemas de disposición final previstos
a tal efecto en la legislación específica aplicable;
c) Ocupación de la vía y epacio público por encima del perímetro de la autocaravana.

Página 3 de 5
8 - Quien viole lo dispuesto en los párrafos 4 y 5, y en los incisos a), b) yc) del párrafo 7, será sancionado con
multa de (euro) 30 a (euro) 150.
9 - Cualquiera que viole las disposiciones del apartado 6 será sancionado con una multa de (euros) 60 a (euros) 300.
10 - Con posterioridad a la notificación de las infracciones previstas en los párrafos 8 y 9, realizadas por la entidad con
competencia para tramitar la infracción, el infractor podrá proceder al pago
ofrezca la multa de inmediato.
11 - El pago voluntario en el momento de la verificación de la infracción corresponde a la liquidación
de la multa al menos, pudiendo ser ejecutado por todos los medios legalmente admitidos como
medios de pago, y se deben privilegiar los métodos de pago electrónico disponibles.
Artículo 50-A
(Estacionamiento nocturno y de autocaravanas)
1 - Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 49 y 50, quedan prohibidas las pernoctaciones y el estacionamiento.
de autocaravanas o similares, en áreas de la Red Natura 2000, áreas y zonas protegidas
cubiertos por los Planes de Ordenación del Litoral, salvo que expresamente
autorizado para este fin.
2 - En el resto del territorio y en ausencia de normativa municipal para la actividad, se permite
pernoctación en autocaravanas homologadas por el IMT - Instituto de Movilidad y Transporte,
por un plazo máximo de 48 horas en el mismo municipio, salvo que expresamente
autorizado a tal efecto, para lo cual no se establece límite de pernoctaciones.
3 - (antiguo número 2)
El) (...)
B) (...)
c) 'Pernoctación', la estancia de una autocaravana o similar, con ocupantes, entre las 22:00
horas y 7:00 horas.
4 - El incumplimiento de las disposiciones del apartado 2 será sancionado con una multa de (euros) 60 a (euros) 300,
salvo que se trate de pernoctación o aparcamiento en áreas de la red Natura 2000, áreas protegidas
y áreas cubiertas por los Planes de Desarrollo Costero, de acuerdo con las disposiciones
en el apartado 1, donde la multa es de (euros) 120 a (euros) 600.
5 - Tras la notificación de las infracciones previstas en el apartado 4, efectuada por la entidad competente
para la tramitación de la infracción, el infractor puede proceder con el pago voluntario
de la multa inmediatamente.

Página 4 de 5
6 - El pago voluntario en el momento de la verificación de la infracción corresponde a la liquidación de la
multa al menos, y puede llevarse a cabo por todos los medios legalmente admitidos como
medios de pago, y se deben privilegiar los métodos de pago electrónico disponibles.
7 - ¿Puede el gobierno promover la regularización de permisos de estacionamiento y pernoctación?
referido en el número 2 sujeto a registro diario en una plataforma electrónica gratuita que validará la
geolocalización y mantendrá este registro por un período máximo de 60 días. Esta plataforma
también debe ser utilizado para el registro electrónico de la validación de los lugares de
descarga regular de agua sucia de estos vehículos. Incumplimiento del precepto aquí dispuesto
dará lugar a un aumento del 50% de la sanción prevista en el apartado 4. »
Articulo 3
(Adición del párrafo c15a) al artículo 24 y adición del párrafo H14e) al artículo
34 del Decreto Reglamentario No. 22-A / 98, de 1 de octubre, que tiene como objetivo aplicar la
Reglamento de señalización de tráfico)
«Artículo 24
[...]
[...]
C15a - pictograma de autocaravana más paneles adicionales para identificar
Prohibición de uso fuera de los estacionamientos exclusivos de Autocaravanas y sus respectivos
restricciones de tiempo, así como las áreas de servicio de autocaravanas
[...]
Articulo 34
[...]
[...]
H14e - Pictograma de autocaravana más paneles adicionales para identificar el
Parking Exclusivo para Autocaravanas, Áreas de Servicio para Autocaravanas;

Articulo 4
Entrada en vigor
Esta ley entra en vigor al día siguiente de su publicación.
Palacio de São Bento, el 21 de julio de 2021

kangrena

https://natura2000.eea.europa.eu/

Mapa interactivo para poder localizar las áreas protegidas, en unos días entramos a Portugal, está la cosa complicada para ir por libre.

Kiyo74

Cita de: kangrena en Agosto 09, 2021, 12:29:57 pmhttps://natura2000.eea.europa.eu/

Mapa interactivo para poder localizar las áreas protegidas, en unos días entramos a Portugal, está la cosa complicada para ir por libre.


Ahora la pregunta es....¿Se puede aparcar y pernoctar en algun pueblo o ciudad que esté en algunos de esos áreas?  .malabares Ese es nuestro fastidio...

Elfossie

pufff.... le va a hacer bastante daño a la economía portuguesa esa ley.

Yo de momento ya he descartado Portugal como destino turístico... y mira que me gusta. Pero no voy donde no me quieren.
La resurrección de los mamuts conducirá, afortunadamente, a la revolución iconoclasta.
Gran porra Denunciados Cabo de Gata 2016 a pesar de las advertencias:
Elfossie +10 y subo otros +10
GLazcano +15


carterroto

Cuando multaban o prohibían el paso lo hacían a autocaravanas o similares y ahí entraban furgos con cama, ahora cambiarán el criterio para permitir la pernocta?

withthc

Cita de: FMateus en Agosto 08, 2021, 23:38:45 pmHe estado una semana en Peniche. Las furgos estan pernoctando. He visto 3 o 4.. Pero hay órdenes de multar. Tienes un par de campings AC para tranquilidad. El camping municipal esta super tirado de precio también

Gracias FMateus!

withthc

En Portugal esto tenía que pasar porque era un desfase total.

Solía ir al Ocean spirit en Santa Cruz y lo que hacían allí a mi me alarmaba, barbacoas diarias en la playa, basura a saco.

Pero pasa como siempre se criminaliza a todo un colectivo y no a individuos particulares.

Los cacos también hacían el agosto....

withthc

Cita de: Kiyo74 en Agosto 09, 2021, 10:44:53 amHe preguntado por las novedades al presidente de la CPA (Paulo) y me ha dicho lo siguiente:

El Presidente de la República ya promulgó la nueva ley.
Ahora tendrá que publicarse en el Diário da República, lo que podría suceder muy pronto.


Copio y pego dicha ley

COMITÉ DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
Página 1 de 5
TEXTO DE REEMPLAZO
Presentado por la Comisión de Economía, Innovación, Obras Públicas y Vivienda
Relativa a
PROYECTO N ° 770 / XIV / 2do (PCP)
Cambia y simplifica el régimen legal de estacionamiento y estacionamiento de autocaravanas
PROYECTO N ° 776 / XIV / 2do (PEV)
Establece las condiciones de prohibición de camping y aparcamiento.
(modificación del artículo 50-A del Código de Circulación, aprobado por Decreto Ley 114/94, de 3
de mayo y reeditado, en anexo a la Ley 72/2013, de 3 de septiembre
PROYECTO N ° 784 / XIV / 2do (BE)
Revocación del concepto de pernoctación y aclaración de estacionamiento en el Código de
Carretera (reforma de los artículos 48 y 50-a del Código de Carreteras, aprobado por Decreto-
Ley No 114/94, de 3 de mayo)
PROYECTO N ° 828 / XIV / 2do (PSD)
Cambia el régimen de estacionamiento y estacionamiento de autocaravanas (vigésimo primero
reforma al Código de Circulación, aprobada por Decreto Ley No 114/94, de 3 de mayo)
CAMBIA EL RÉGIMEN DE ESTACIONAMIENTO Y ESTACIONAMIENTO DE AUTOCARAVANAS
(VIGÉSIMO PRIMERA ENMIENDA AL CÓDIGO DE CARRETERA, APROBADA POR
DECRETO LEY N ° 114/94, DE 3 DE MAYO)
Articulo 1
Objeto
Esta ley hace la vigésima primera enmienda al Código de Carreteras, aprobada por la
Decreto Ley No. 114/94, de 3 de mayo, y modificado por Decreto Ley No.
s 214/96, de 20 de
2/98 de noviembre de 3 de enero de 162/2001 de 22 de mayo y 265-A / 2001 de 28 de septiembre de

Página 2 de 5
por la Ley N ° 20/2002, de 21 de agosto, por los Decretos-Leyes N ° 44/2005, de 23 de febrero,
113/2008, de 1 de julio, y 113/2009, de 18 de mayo, por las Leyes 78/2009, de 13 de agosto, y
46/2010, de 7 de septiembre, por los Decretos Leyes No 82/2011, de 20 de junio, y 138/2012, de 5
de julio, por las Leyes 72/2013, de 3 de septiembre, y 116/2015, de 28 de agosto, por Decreto-
Ley N ° 40/2016, de 29 de julio, por Ley N ° 47/2017, de 7 de julio, y por Decretos-Leyes No.
151/2017, del 7 de diciembre, 107/2018, del 29 de noviembre, 2/2020, del 14 de enero y 102-
B / 2020, de 9 de diciembre y Decreto Reglamentario No. 22-A / 98, de 1 de octubre, que tiene como objetivo
aplicación del Reglamento de señalización de tráfico.
Artículo 2
Alcance
Artículos 48 y 50-A del Código de Circulación, aprobado por Decreto Ley No. 114/94, de 3 de
May, en su redacción actual, se sustituyen por la siguiente redacción:
"Artículo 48
(...)
1 - (...).
2 - El estacionamiento es la inmovilización de un vehículo, con o sin ocupantes, que
no constituye una parada y no está motivado por circunstancias específicas de la circulación.
3 - (...).
4 - (...).
5 - (...).
6 - Se prohíbe el estacionamiento de autocaravanas y similares en las áreas de la Red Natura 2000
áreas de paisaje protegido y áreas cubiertas por los Planes de Desarrollo Costero,
fuera de las áreas de estacionamiento de vehículos autorizados.
7- El aparcamiento de autocaravanas o similar, en las mismas condiciones que las demás
vehículos, deberán cumplir acumulativamente con lo dispuesto en la normativa municipal de
estacionamiento y tráfico y las siguientes prohibiciones:
a) La práctica de acampar y cualesquiera otras actividades asociadas a él en la vía y el espacio.
público;
b) Eliminación de aguas y desechos orgánicos, fuera de los sistemas de disposición final previstos
a tal efecto en la legislación específica aplicable;
c) Ocupación de la vía y epacio público por encima del perímetro de la autocaravana.

Página 3 de 5
8 - Quien viole lo dispuesto en los párrafos 4 y 5, y en los incisos a), b) yc) del párrafo 7, será sancionado con
multa de (euro) 30 a (euro) 150.
9 - Cualquiera que viole las disposiciones del apartado 6 será sancionado con una multa de (euros) 60 a (euros) 300.
10 - Con posterioridad a la notificación de las infracciones previstas en los párrafos 8 y 9, realizadas por la entidad con
competencia para tramitar la infracción, el infractor podrá proceder al pago
ofrezca la multa de inmediato.
11 - El pago voluntario en el momento de la verificación de la infracción corresponde a la liquidación
de la multa al menos, pudiendo ser ejecutado por todos los medios legalmente admitidos como
medios de pago, y se deben privilegiar los métodos de pago electrónico disponibles.
Artículo 50-A
(Estacionamiento nocturno y de autocaravanas)
1 - Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 49 y 50, quedan prohibidas las pernoctaciones y el estacionamiento.
de autocaravanas o similares, en áreas de la Red Natura 2000, áreas y zonas protegidas
cubiertos por los Planes de Ordenación del Litoral, salvo que expresamente
autorizado para este fin.
2 - En el resto del territorio y en ausencia de normativa municipal para la actividad, se permite
pernoctación en autocaravanas homologadas por el IMT - Instituto de Movilidad y Transporte,
por un plazo máximo de 48 horas en el mismo municipio, salvo que expresamente
autorizado a tal efecto, para lo cual no se establece límite de pernoctaciones.
3 - (antiguo número 2)
El) (...)
B) (...)
c) 'Pernoctación', la estancia de una autocaravana o similar, con ocupantes, entre las 22:00
horas y 7:00 horas.
4 - El incumplimiento de las disposiciones del apartado 2 será sancionado con una multa de (euros) 60 a (euros) 300,
salvo que se trate de pernoctación o aparcamiento en áreas de la red Natura 2000, áreas protegidas
y áreas cubiertas por los Planes de Desarrollo Costero, de acuerdo con las disposiciones
en el apartado 1, donde la multa es de (euros) 120 a (euros) 600.
5 - Tras la notificación de las infracciones previstas en el apartado 4, efectuada por la entidad competente
para la tramitación de la infracción, el infractor puede proceder con el pago voluntario
de la multa inmediatamente.

Página 4 de 5
6 - El pago voluntario en el momento de la verificación de la infracción corresponde a la liquidación de la
multa al menos, y puede llevarse a cabo por todos los medios legalmente admitidos como
medios de pago, y se deben privilegiar los métodos de pago electrónico disponibles.
7 - ¿Puede el gobierno promover la regularización de permisos de estacionamiento y pernoctación?
referido en el número 2 sujeto a registro diario en una plataforma electrónica gratuita que validará la
geolocalización y mantendrá este registro por un período máximo de 60 días. Esta plataforma
también debe ser utilizado para el registro electrónico de la validación de los lugares de
descarga regular de agua sucia de estos vehículos. Incumplimiento del precepto aquí dispuesto
dará lugar a un aumento del 50% de la sanción prevista en el apartado 4. »
Articulo 3
(Adición del párrafo c15a) al artículo 24 y adición del párrafo H14e) al artículo
34 del Decreto Reglamentario No. 22-A / 98, de 1 de octubre, que tiene como objetivo aplicar la
Reglamento de señalización de tráfico)
«Artículo 24
[...]
[...]
C15a - pictograma de autocaravana más paneles adicionales para identificar
Prohibición de uso fuera de los estacionamientos exclusivos de Autocaravanas y sus respectivos
restricciones de tiempo, así como las áreas de servicio de autocaravanas
[...]
Articulo 34
[...]
[...]
H14e - Pictograma de autocaravana más paneles adicionales para identificar el
Parking Exclusivo para Autocaravanas, Áreas de Servicio para Autocaravanas;

Articulo 4
Entrada en vigor
Esta ley entra en vigor al día siguiente de su publicación.
Palacio de São Bento, el 21 de julio de 2021

Parece una ley española, todo abierto , poco claro , permitiendo y prohibiendo a la vez... dejando todo a la interpretación de un agente , generalmente un analfabeto funcional.

Pues nada, no iremos a Portugal.

Rhunas

Agosto 10, 2021, 11:48:14 am #177 Ultima modificación: Agosto 10, 2021, 11:49:47 am por Rhunas
Tu no te quejarás de que llamen guarros a todos los furgoneteros verdad?
Yo no soy funcionario pero llamarles a todos "analfabetos funcionales" no dice mucho de ti, cuidemos nuestras palabras seguramente haya muchos de estos entre nosotros, funcionarios, no analfabetos funcionales.

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withthc

Agosto 10, 2021, 12:25:26 pm #178 Ultima modificación: Agosto 10, 2021, 12:36:40 pm por withthc
Desde mi punto de vista un funcionario que hace una lectura parcial, interesada, por presión política, lo defino así.

 Persona sin criterio e influenciable por el poder no debería estar en esa función.

Igual hubiera estado mejor definirlo como prevaricador...

Pd: lamentablemente guarros hay muchos y sus actos nos hacen pagar al resto.

WRAITH

Cita de: withthc en Agosto 10, 2021, 12:25:26 pmDesde mi punto de vista un funcionario que hace una lectura parcial, interesada, por presión política, lo defino así.

 Persona sin criterio e influenciable por el poder no debería estar en esa función.

Igual hubiera estado mejor definirlo como prevaricador...

Pd: lamentablemente guarros hay muchos y sus actos nos hacen pagar al resto.

Venga chabal tomate algo, relajate se ve tu tolerancia en la vida y el rencor que arrastras, pero porfa que eso  no haga que te cortes las venas.  La vida es vella enfocala desde otro prisma.

Un estatutario y no funcionario
KOLDO
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