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Carga lateral: ¿es legal?

Iniciado por papolin, Noviembre 05, 2015, 19:55:47 pm

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0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

papolin

Mi Cali T4 es de techo alto, y en uno de los laterales lleva unas barras para poder montar un kayak, piragua o tabla de surf al que en principio habría que añadir unos ganchos, que son difíciles de encontrar y su precio un auténtico atraco.



Desde que tengo furgo llevo dando el coñazo con quererme hacer con una pequeña piragua y por fin, el mes pasado llegó ese momento, así que he ideado un sistema para poderla subir y asegurarla de manera segura (valga la redundancia) con unas cinchas y poder así prescindir de los putos ganchos de Westfalia.



La piragua apenas sobresale de la carrocería porque el techo se estrecha bastante en su parte superior, desde luego el espejo sobresale bastante más. Pero la duda que tengo es si este tipo de carga lateral en España es legal, tengo el recuerdo de algún post en el que se decía que no lo era y me gustaría viajar con tranquilidad con mi piragua.

En la página de la DGT no he encontrado nada al respecto y agradecería bastante si alguien me hiciera llegar algún tipo de escrito, normativa o RD que me proteja en ese sentido, para llevarlo impreso en la furgo y si en un momento dado me paran podérselo sacar al GC de turno .factura

Gracias a todos.

arkaizt

No te puedo ayudar pero me ninteresa saber el tema!

Enviado desde mi Aquaris M5 mediante Tapatalk

Oldie Motel*****
*Peugeot J5 2.5TD Euramobil 1991*
Presentacion y "restauracion" de la nueva bicheja!!

http://www.furgovw.org/index.php?topic=283082.0

esscapar

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23514

Capitulo II.- sección 2ª .- a partir del articulo 13

Creo que queda claro  .loco2.......sin aclarar nada  .panico

rgalindo33

...
1. En ningún caso, la longitud, anchura y altura de los vehículos y su carga excederá de la señalada en las normas reguladoras de los vehículos o para la vía por la que circulen.
...

y que pasa cuando llevas una barras en el techo?

trakamon

En principio y sobre lo que yo entiendo, mientras no salga mas que los espejos retrovisores (que son los que dan la medida de ancho del vehiculo) y siempre que vaya bien asegurada no deberia de suponer un problema.

Pero repito, es lo que yo entiendo....
  LOS HIJOS DEL SAHEL!

CAMPERVOY

Papolin
        Tu montaje no ocupa más allá de lo que sobresalen los ganchos que comentabas, que se usan bastante y nadie tiene problemas. De hecho, es la única forma de transportar piraguas en una gran volumen.
Un saludo,
Anton

gu78

Noviembre 06, 2015, 14:51:56 pm #6 Ultima modificación: Noviembre 06, 2015, 14:55:05 pm por gu78
Recurdo haberlo dado en la autoescuela en su dia.

En los vehiculos no destinados al transporte de mercancias, la carga/equipaje no puede sobresalir por los lados.

Yo entiendo lo mismo que trakamon, mientras no sobrepase el ancho del vehiculo que viene dado por los espejos... Claro que esto es aplicable a las ventanas abatibles y si abres una te fo..an.

http://www.conduccionresponsable.com/dimensiones-de-la-carga/

He encontrado este hilo en otro foro que puede resultarte interesante
http://www.kayakdemar.org/index.php?topic=9091.0

Mermeladadefuturo

Es lógico que no puedas sobrepasar el ancho del vehículo, supondría un peligro.


jallacru

Desde mi ignorancia, estoy de acuerdo con Mermelada.... ;D ,..... en un turismo no puedes llevar nada que sobresalga de la planta del vehículo.... pero sí por la parte superior ---(y creo recordar 1 metro siempre que esté sobre una baca homologada---- Vemos cantidad de coches a marruecos que van a "petar")   .loco2

En la segunda foto parece que aún puedes fijar el kayak unos 10-12 cm. más arriba y eso quizás dé para no salirse por el lateral ya que dices que "apenas sobresale"  8)

Te entiendo, yo tambien me pirro por ir legal....  "por ir legal y por no pagar el pato"   ;D

Saludos

beep-beep

Yo lo que veo logico es que se coñocasen en el lateral derecho del vehiculo. En el lado del copiloto entiendase. Por aquello de nuestro sentido de circulación.  En Uk al reves.

Haciendo señales de humo

Una vez le pegué una patada a una lampara, salió el genio y como deseo le pedí mucha y buena salud. El cabrón me hizo autónomo.

beep-beep

Perdón.  Colocasen

Haciendo señales de humo

Una vez le pegué una patada a una lampara, salió el genio y como deseo le pedí mucha y buena salud. El cabrón me hizo autónomo.

Espartano

Cita de: beep-beep en Noviembre 06, 2015, 18:52:38 pm
Perdón.  Colocasen

Haciendo señales de humo


..en qué estarias pensando, :-X
no hace falta divertirse para beber

vitu101

compañero

yo creo q no tienes problema com eso mientras no sobresalga de los retrovisores.

te  pediria que compartieras el brico y sobre todo explicaras donde has anclado los ganchos, si son los agujeros que vienen hechos o has hecho nuevos y donde.

y tambien el sistema que utilizas para subirlo

gracias compañero!
**** Se vende Camper McLouis Menphys 2015 con 29 000 km prácticamente nueva :

https://www.furgovw.org/foro/index.php?topic=387484.0

No  llevas alarma de gas en la furgo? Compra una y vive =)
https://www.google.com/search?q=alarma+gas+12v&ie=utf-8&oe=utf-8

agustmaiz

Yo creo que los retrovisores no cuentan para el ancho del vehículo, porque son plegables.

El ancho del vehículo, no se incluye los retrovisores!, si no, mira la ficha técnica.

Saludos

Agustín.
Mi paginilla de bricos:

http://picasaweb.google.com/108474959811368681058?feat=email%3Cbr%20/%3E

Maikel

Os dejo unos apuntes de lo que he encontrado en el tema de cargas. "Lo legal de reglamento" vamos.

Dimensiones de la carga

La carga no sobresaldrá de la proyección en planta delvehículo salvo en los casos y las condiciones previstas en los apartados siguientes:

En los vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías, tratándose de cargas indivisibles y siempre que se cumplan las condiciones establecidas para su estiba y acondicionamiento, podrán sobresalir:
En el caso de vigas, postes, tubos u otras cargas de longitud indivisible:
En vehículos de longitud superior a 5 metros, 2 metros por la parte anterior y 3 metros por la posterior.
En vehículos de longitud igual o inferior a 5 metros, el tercio de la longitud del vehículo por cada extremo, anterior y posterior.
En estos casos la carga que sobresalga por detrás de los vehículos deberá ser señalizada por medio de un panel de 50 por 50 centímetros de dimensión, pintado con franjas diagonales alternas de color rojo y blanco. El panel se deberá colocar en el extremo posterior de la carga, de manera que quede constantemente perpendicular al eje del vehículo.
En el caso de que la dimensión menor de la carga indivisible sea superior al ancho del vehículo, podrá sobresalir hasta 40 centímetros por cada lateral, siempre que el ancho total no sea superior a 2,55 metros.

En el resto de los vehículos no destinados exclusivamente al transporte de mercancías la carga podrá sobresalir por la parte posterior hasta un 10 por ciento de su longitud y, si fuera indivisible, un 15 por ciento.

Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura del material que sobresalga.

En los vehículos de anchura inferior a 1 metro, la carga no deberá sobresalir lateralmente más de 50 centímetros a cada lado del eje longitudinal del mismo. No podrá sobresalir por la extremidad anterior ni más de 25 centímetros por la posterior.
Cuando el vehículo circule entre la puesta y la salida del sol bajo condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, la carga deberá ir señalizada, además, con una luz roja.


Cuando la carga sobresalga por delante, la señalización deberá hacerse por medio de una luz blanca y de un dispositivo reflectante de color blanco.

Cuando la carga sobresalga de la proyección en planta del vehículo, se deberán adoptar todas las precauciones convenientes para evitar daños o peligros y deberá ir resguardada en la extremidad saliente para aminorar los efectos de un posible roce o choque.

Las cargas que sobresalgan lateralmente del gálibo del vehículo de tal manera que su extremidad lateral se encuentre a más de 40 centímetros del borde exterior de la luz delantera o trasera de posición del vehículo, entre la puesta y la salida del sol, así como cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, deberán estar señalizadas por medio de una luz blanca y un dispositivo reflectante de color blanco por la parte delantera y, en la parte trasera, de una luz roja y un dispositivo reflectante de color rojo.

Saludos
Mi medicina: Fania All Star y salsero de vocación
La ciudad donde vivo es un monstruo de siete cabezas...
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