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Carga lateral: ¿es legal?

Iniciado por papolin, Noviembre 05, 2015, 19:55:47 pm

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Maikel

Entiendo que puede sobresalir no siendo vehículo destinado al transporte de mercancías si se señaliza la anchura excedente con paneles de señalización (según la norma) .loco2)
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trakamon

Cita de: agustmaiz en Noviembre 06, 2015, 22:10:37 pm
Yo creo que los retrovisores no cuentan para el ancho del vehículo, porque son plegables.

El ancho del vehículo, no se incluye los retrovisores!, si no, mira la ficha técnica.

Saludos

Agustín.


El ancho lo da el vehiculo en orden de marcha, y asi los retrovisores estan desplegados. Es lo mismo de cuando hablamos con los portabicis. El ancho en ficha tecnica es con los retrovisores incluidos
  LOS HIJOS DEL SAHEL!

+gvr

Por el reglamento general de circulación vas bien ya que entiendo que no sobrepasas la anchura que figura en la ficha técnica (en mi T4 vienen dos medidas con 4 cm de diferencia  ??? pero eso es otro tema...). Estás cumpliendo el artículo 15.3, que es el que te corresponde por la clasificación del vehículo.

Pero... por otra parte entiendo que no es una instalación fija de fábrica y que tampoco es una instalación desmontable realizada en los puntos establecida por el fabricante. Por lo tanto es una reforma, en concreto la 8.52 que dice:

Esta reforma se aplica a la sustitución o incorporación de elementos en el exterior del vehículo tales como:
...
Portaequipajes anclados en lugares distintos a los previstos por el fabricante del vehículo.
...


y lo tuyo es equipaje vacacional...   :roll:

No digo que sea inseguro (desconozco como está hecho...) pero como se sale de ensayos y normas (homologación y manual de uso del vehículo...) pues precisa legalización para certificar su seguridad y funcionalidad.

Un saludo!!
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

gu78

Te ha faltado el punto más importante:

Cita de: Maikel en Noviembre 06, 2015, 23:25:37 pm
Os dejo unos apuntes de lo que he encontrado en el tema de cargas. "Lo legal de reglamento" vamos.

Dimensiones de la carga

La carga no sobresaldrá de la proyección en planta delvehículo salvo en los casos y las condiciones previstas en los apartados siguientes:

En los vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías, tratándose de cargas indivisibles y siempre que se cumplan las condiciones establecidas para su estiba y acondicionamiento, podrán sobresalir:
En el caso de vigas, postes, tubos u otras cargas de longitud indivisible:
En vehículos de longitud superior a 5 metros, 2 metros por la parte anterior y 3 metros por la posterior.
En vehículos de longitud igual o inferior a 5 metros, el tercio de la longitud del vehículo por cada extremo, anterior y posterior.
En estos casos la carga que sobresalga por detrás de los vehículos deberá ser señalizada por medio de un panel de 50 por 50 centímetros de dimensión, pintado con franjas diagonales alternas de color rojo y blanco. El panel se deberá colocar en el extremo posterior de la carga, de manera que quede constantemente perpendicular al eje del vehículo.
En el caso de que la dimensión menor de la carga indivisible sea superior al ancho del vehículo, podrá sobresalir hasta 40 centímetros por cada lateral, siempre que el ancho total no sea superior a 2,55 metros.

En el resto de los vehículos no destinados exclusivamente al transporte de mercancías la carga podrá sobresalir por la parte posterior hasta un 10 por ciento de su longitud y, si fuera indivisible, un 15 por ciento.

Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura del material que sobresalga.

En los vehículos de anchura inferior a 1 metro, la carga no deberá sobresalir lateralmente más de 50 centímetros a cada lado del eje longitudinal del mismo. No podrá sobresalir por la extremidad anterior ni más de 25 centímetros por la posterior.
Cuando el vehículo circule entre la puesta y la salida del sol bajo condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, la carga deberá ir señalizada, además, con una luz roja.


Cuando la carga sobresalga por delante, la señalización deberá hacerse por medio de una luz blanca y de un dispositivo reflectante de color blanco.

Cuando la carga sobresalga de la proyección en planta del vehículo, se deberán adoptar todas las precauciones convenientes para evitar daños o peligros y deberá ir resguardada en la extremidad saliente para aminorar los efectos de un posible roce o choque.

Las cargas que sobresalgan lateralmente del gálibo del vehículo de tal manera que su extremidad lateral se encuentre a más de 40 centímetros del borde exterior de la luz delantera o trasera de posición del vehículo, entre la puesta y la salida del sol, así como cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, deberán estar señalizadas por medio de una luz blanca y un dispositivo reflectante de color blanco por la parte delantera y, en la parte trasera, de una luz roja y un dispositivo reflectante de color rojo.

Saludos

jallacru

Pero pone....

"En el caso de que la dimensión menor de la carga indivisible" .......    Puede sobresalir  si la carga no es divisible... pero se trata de una carga total encima del vehículo,  no como añadido en el lateral.  (nada, son mis reflexiones)

+gvr

El reglamento general de circulación habla de exceder la planta. No de si va sobre el techo o no, otra cosa es si va bien asegurada y cómo...

Artículo 15. Dimensiones de la carga.

1. La carga no sobresaldrá de la proyección en planta del vehículo, salvo en los casos y condiciones previstos en los apartados siguientes. En los de tracción animal, se entiende por proyección la del vehículo propiamente dicho prolongada hacia adelante, con su misma anchura, sin sobrepasar la cabeza del animal de tiro más próximo a aquél.
CUMPLE SI NO EXCEDE LA PROYECCIÓN EN PLANTA. SE SABE CON NIVEL Y METRO  ;D

2. En los vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías, tratándose de cargas indivisibles y siempre que se cumplan las condiciones establecidas para su estiba y acondicionamiento, podrán sobresalir:
a) En el caso de vigas, postes, tubos u otras cargas de longitud indivisible:
1.º En vehículos de longitud superior a cinco metros, dos metros por la parte anterior y tres metros por la posterior.
2.º En vehículos de longitud igual o inferior a cinco metros, el tercio de la longitud del vehículo por cada extremo anterior y posterior.
b) En el caso de que la dimensión menor de la carga indivisible sea superior al ancho del vehículo, podrá sobresalir hasta 0,40 metros por cada lateral, siempre que el ancho total no sea superior a 2,55 metros.
NO ES EL CASO

3. En el resto de los vehículos no destinados exclusivamente al transporte de mercancías la carga podrá sobresalir por la parte posterior hasta un 10 por ciento de su longitud, y si fuera indivisible, un 15 por ciento.
ES EL CASO Y CUMPLE PORQUE NI SIQUIERA SOBRESALE POR LA PARTE POSTERIOR.

4. En los vehículos de anchura inferior a un metro la carga no deberá sobresalir lateralmente más de 0,50 metros a cada lado de su eje longitudinal. No podrá sobresalir por la extremidad anterior, ni más de 0,25 metros por la posterior.
NO ES EL CASO, LA T4 TIENE 1884 O 1888 mm DE ANCHO.

5. Cuando la carga sobresalga de la proyección en planta del vehículo, siempre dentro de los límites de los apartados anteriores, se deberán adoptar todas las precauciones convenientes para evitar daños o peligros a los demás usuarios de la vía pública, y deberá ir resguardada en la extremidad saliente para aminorar los efectos de un roce o choque posibles.
SI NO SOBRESALE, CUMPLE.

6. En todo caso, la carga que sobresalga por detrás de los vehículos a que se refieren los apartados 2 y 3 deberá ser señalizada por medio de la señal V-20 a que se refiere el artículo 173 y cuyas características se establecen en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos. Esta señal se deberá colocar en el extremo posterior de la carga de manera que quede constantemente perpendicular al eje del vehículo. Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura del material que sobresalga. Ambos paneles deberán colocarse de tal manera que formen una geometría de «v» invertida.
Cuando el vehículo circule entre la puesta y la salida del sol o bajo condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, la carga deberá ir señalizada, además, con una luz roja. Cuando la carga sobresalga por delante, la señalización deberá hacerse por medio de una luz blanca.
NO ES EL CASO

7. Las cargas que sobresalgan lateralmente del gálibo del vehículo, de tal manera que su extremidad lateral se encuentre a más de 0,40 metros del borde exterior de la luz delantera o trasera de posición del vehículo, deberán estar entre la puesta y la salida del sol, así como cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, respectivamente, señalizadas, en cada una de sus extremidades laterales, hacia adelante, por medio de una luz blanca y un dispositivo reflectante de color blanco, y hacia atrás, por medio de una luz roja y de un dispositivo reflectante de color rojo.
NO ES EL CASO, PERO EN OTROS DISTINTOS A LA T4 PUEDE SER

8. En el caso de circulación de vehículos en régimen de transporte especial, se estará a lo dispuesto en su autorización.
NO ES EL CASO.

Un saludo!
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

jallacru

Papolin......  te has quedado mudo..... ;D......  parece que nos ha dado tema por comentar nuestros pensamientos pero tú pides un papal para presentar a los guardias que te paren..

Dinos algo por tu parte. .meparto


MENTE FRIA

Muy interesante... yo tenia en mente montar algo lateral para las tablas

serapio

Yo tambien busco una baca lateral para llevar las tablas,allá donde voy veo un monton de furgos,alemanes en su mayoria que llevan este tipo de baca. No se por donde mirar,o se podria hacer una artesanal?

beep-beep

Al final me da la impresion que es menos ilegal llevarlas arriba que en un lateral

Haciendo señales de humo

Una vez le pegué una patada a una lampara, salió el genio y como deseo le pedí mucha y buena salud. El cabrón me hizo autónomo.

papolin

Cita de: jallacru en Noviembre 07, 2015, 16:08:50 pm
Papolin......  te has quedado mudo..... ;D......  parece que nos ha dado tema por comentar nuestros pensamientos pero tú pides un papal para presentar a los guardias que te paren..

Dinos algo por tu parte. .meparto


No no, que estoy aquí, es que he estado unos días sin poderme conectar.
Vamos, que en realidad la normativa se puede interpretar para bien o para mal, y lo mismo podrá hacer el PGC de turno .malabares.
Creo que lo primero que voy a hacer es imprimir las normativas que habéis mandado y llevarlas en la guantera, y lo segundo será acercarme a una oficina de la DGT (para lo cual es fácil que pierda toda una mañana y ni aun así me lo dejen claro). La duda parece que es si el espejo cuenta para la anchura o no, no lo tengo claro... .loco2

+gvr

Un GC no tiene memorizado todos los modelos de furgos y los accesorios de cada una. Te mirará que van bien fijada al carga y te mirará a ojo si sobre sale en planta o no.
Creo que lo mejor que puedes hacer es verificar si sobresale o no. Mira el abcho en la ficha técnica y coje un palo con esa medida. Colócalo centrado sobre el techo y, con la furgo nivelada, traza una vertical desde el extremo del palo para saber si la carga está dentro de la proyección en planta o no.

Que está dentro? Pues estupendo, entonces legaliza porque merece la pena.
Que no? pues desmonta todo y listo. Si te pasa algo con la carga puedes tener problemas y es lógico, porque nunca se sabrá si es porque estaba mal asegurada por falta de capacitación tuya o por la falta de adecuación del portaequipajes. Recuerda que los productos se entregan los manuales de uso, aunque sean mínimos y solo con gráficos (estilo Ikea), pesos máximos admisibles... cosa que evidentemente no tienes porque para eso hay que asegurar (calcular las cosas). A lo mejor esas barras están "pensadas" para soportar un peso X en determinados midelos de furgo con techo de chapa... y la fibra de la tuya no tiene esa capacidad  .malabares
Los fabricantes de los vehículos determinan la capacidad de carga sobre el techo y sobre el portón, los puntos de fijación de los dispositivos de acondicionamiento de la carga, lo que no cumpla con esto y con los máximos totales y sobre cada eje no va legal.

Un saludo!
 
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Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

Txuan

Cita de: jallacru en Noviembre 07, 2015, 13:18:19 pm
Pero pone....

"En el caso de que la dimensión menor de la carga indivisible" .......    Puede sobresalir  si la carga no es divisible... pero se trata de una carga total encima del vehículo,  no como añadido en el lateral.  (nada, son mis reflexiones)




Eso mismo pienso yo, la piragua puede ir sobre el techo y no sobresalir de la planta del vehiculo, de mofo que llevarla asi seria ilegal.
Si currar fuese algo bueno los ricos no nos dejarian ni acercarnos al trabajo.

vitu101

Además hay un tema que estamos pasando por alto,

yo creo que papolin instala un sistema " artesano" de portaequipajes, pero lo pone justo en los anclajes que el fabricante (VW o westfalia) ha destinado para portaequipajes. Si no me equivoco papolin, estás usando los agujeros que trae el techo alto de Westfalia hechos de fábrica para montar esos " sherpas" que llaman los alemanes, no es así?

Esos agujeros, hasta donde yo sé, sí que están hechos no donde hay sólo fibra, sino donde la fibra tiene debajo un refuerzo de metal (la fibra del techo alto tiene como varios "arcos" de metal de refuerzo a lo largo del techo). Cada "par" de agujeros para cada sherpa, lleva uno lateral, y otro en la parte superior del techo, en horizontal, para evitar cargar sobre la vertical del techo todo el peso.

Con estos agujeros de anclaje "ya homologados" de serie por VW, no tengo claro si habría que homologar las barras portaequipajes "artesanas" o no (no digo ni que sí ni que no, simplemente que no sé  ??? ). Pero en todo caso si las barras tienen buena pinta y están ancladas a estos anclajes originales, no tendría por qué haber problema a nivel estructural, pues alguien de VW o de Westfalia ya ha echado sus cálculos hace algunos años. Claro, sin pasarse de peso (convendría mirar las instrucciones del accesorio original de Westfalia y ver el límite de peso lógicamente, que no creo que pase de los 25 kg, que viene a pesar un kayak de los menos ligeros, aunque eso ya es una apuesta mía  :roll: ...). En realidad el peso de la carga, al ir en vertical, lo soportan los agujeros de VW- westfalia, no las barras artesanas.

Por cierto papolin, lo dicho varios post más arriba: comparte ese brico que estamos ansiosos; no sólo me interesa las barras sino el sistema que utilizas para subir la carga y bajarla cómodamente...  .baba

gracias compañero!
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+gvr

Si los agujero (todos ellos) son de fábrica y son los destinados al anclaje de las barras y estas son para montarlas como hace Papolín pues no hay problema. El fabricante, VW que es quien te vende la furgo, en su manual tienen que decir cuanto peso admiten...uniformemente repartido y todas esas cosas. Alguien lo podría mirar para salir de dudas?

Otra cosa es que las barras no sean instalación fija o que sean desmontables. Si es desmontable no se homologa, si es fija y en un sitio distinto al previsto por el fabricante pues se legaliza (si los cálculos sale, claro).

La artesanía deriva en responsabilidad.  Que te lo haces para ti en tu furgo y se te cae a tí propietario conductor pues es una cosa. Que lo hagas para un amigo y se le cae pues depende. Que lo haces de modo profesional porque los cobre, pero sin cumplir con la normativa, y al que lo lleva se le cae pues lo tienes muy complicado.

Hay una ISO que determinan una prueba de estabilidad para estos dispositivos para la fijación y acondicionamiento de la carga pero no creo que sea obligatoria pues muchos fabricantes de accesorios no indican que la superan...

Un saludo
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

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