Vespino en el Portabicis...

Iniciado por xamu29, Julio 01, 2010, 02:24:22 am

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txikipirata

Cita de: enricboss en Octubre 16, 2013, 13:48:43 pm
no se si con los años ha cambiado pero lo que decian mas arriba era cierto: un ciclomotor (que no es una moto) es una bici con motor, no una motocicleta y es por eso que tienes que circular por el arcén o lo mas pegado a la derecha posible y tienen que tener la velocidad limitada y todo eso, y creo que es por marcar bien la diferencia entre moto y bici. Otro dato que puede ser significativo es que para llevar una moto (ni que sea 74) necesitas carnete. Para un ciclomotor no.

Aunque todo esto cambia de un dia pa otro....

Eso es,el ciclomotor es considerado como de No motor.

*imagen borrada por el servidor remoto

La parte difícil es dejar ir tus sueños... la fácil es soñar otra vez.

lamebot

la verdad que es "ingenioso" .

que a temas legales los ciclomotores llevan ficha tecnica ahora y permiso de circulacion  aun siendo ciclos.
y necesitan de su propio seguro.

esto me a recordado a una pareja de jubilados italianos que llevaban una moto pequeña detras en su portamotos pero que llevaban un invento acoplado a la cadena (sin rueda) y era algun tipo de alternador.
la rueda trasera la llevaban con una cadena atada a la de delante y tenia el portamotos unas pletinas que fijaban la moto .

eso era un generador/moto a gasolina dos utilidades en una.

ideas que no falten....

caravelanxo

¿Entonces? Han multado a alguien ya o que?

Yo lo llevaría en una j5 de batalla corta.

CIMA

Cita de: txikipirata en Octubre 16, 2013, 14:02:32 pm
Eso es,el ciclomotor es considerado como de No motor.

*imagen borrada por el servidor remoto

No sé de donde sacas eso, la misma foto que pones dice: CICLOMOTOR: Tienen la consideración de ciclomotores los vehículos que se definen a continuación:
Ciclomotor de dos ruedas: Vehículo de dos ruedas, provisto de un motor de cilindrada no superior a 50 cm3 si es de combustión interna, y con una velocidad máxima por construcción no superior a 45 km/hora
".
Si son vehículos a motor, si necesitan seguro obligatorio, y si necesitas permiso o licencia para conducirlos.

caravelanxo

El otro día me multaron por llevar el perro en la Vespino. Le comenté que el perro estaba enseñado y que fue algo excepcional, me puso la multa mas pequeña con razon de que era un vehiculo a motor.

VALE ES UN VEHICULO A MOTOR.

¿quita eso de que vaya en un portabicis que pueda con sus kg y sea menos ancho que la furgoneta?

CIMA

Cita de: caravelanxo en Octubre 16, 2013, 19:01:11 pm
El otro día me multaron por llevar el perro en la Vespino. Le comenté que el perro estaba enseñado y que fue algo excepcional, me puso la multa mas pequeña con razon de que era un vehiculo a motor.

VALE ES UN VEHICULO A MOTOR.

¿quita eso de que vaya en un portabicis que pueda con sus kg y sea menos ancho que la furgoneta?

Pues seguro que sí, por algo se llama "portabicis" y no "portamotos" o "portaciclomotores"  ;D, mi mujer pesa menos de 50 kg y mide 1,50 mts. (no sobresale del ancho de la furgo), pero seguro que si la llevo en el portabicis (aparte de las ostias que me dé ella) la G.C. me denuncia fijo  .meparto
El portabicis tiene una homologación y en ella se especifica su uso, aparte de los pesos máximos y demás, no digo que me parezca mala idea el sitio para llevar un vespinillo (siempre y cuando se asegure uno 100% que no pueda caerse a la carretera incluso aunque se rompa el carril) pero sí que te pueden denunciar (y casi seguro que lo harán si te ven, ahora está la cosa recaudatoria muy mal).

papolin

Me gusta la idea de llevar a mi mujer en el portabicis .meparto .meparto .meparto

CIMA

Cita de: papolin en Octubre 16, 2013, 21:27:25 pm
Me gusta la idea de llevar a mi mujer en el portabicis .meparto .meparto .meparto

Pues a la suegra ya ni te cuento  .meparto

kukyguayo

pues yo no se si sera legal o no(usando la logica creo que no .nono).pero seguro que si te ven te denuncian(aunque no lo sepan usaran mi misma logica .nono ).y tu explicale lo que quieras.como te paren no dan su brazo a torcer.luego recurre.se que estan haciendo su trabajo pero tambien se que si a alguien les das autoridad...
y siento si alguien se puede sentir ofendido o señalado pero mis experiencias con los cuerpos de seguridad del estado ooooh autonomicos no son nada positivos. >:(
Caminante, no hay camino,
se hace camino al andar.

txikipirata

Cita de: CIMA en Octubre 16, 2013, 18:44:55 pm
No sé de donde sacas eso, la misma foto que pones dice: CICLOMOTOR: Tienen la consideración de ciclomotores los vehículos  que se definen a continuación:
Ciclomotor de dos ruedas: Vehículo de dos ruedas, provisto de un motor  de cilindrada no superior a 50 cm3 si es de combustión interna, y con una velocidad máxima por construcción no superior a 45 km/hora".
Si son vehículos a motor, si necesitan seguro obligatorio, y si necesitas permiso o licencia para conducirlos.

Lo pone en el encabezamiento cima,creo k no te has fijado,y despues desglosa cuales son,entre ellos el ciclomotor k cumpla esas caracteristicas.
La parte difícil es dejar ir tus sueños... la fácil es soñar otra vez.

ferre66

Mas que en las multas, deberias pensar en las consecuencias que podrian ocurrir en el caso de que te cayera la Vespino en medio de la calzada. A ti seguro que no te ocurriria nada, pero al de atrás......:(:(:(:(
Imagina que te entra una Vespino a 60 km/h por la luna delantera......, o tan solo que impactas contr ella..
Yo no lo haria..


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caravelanxo

Si pongo un vespino en un portabicis es por que no va caer. Estamos hablando de que me paren y el guardia vea que va seguro.... pero que aun asi pueda decir algo.... de si a alguien lo han multado o si es seguro que multaran.


¿Los portamotos son cosa muy cara no? Sobretodo sin tener gancho de remolque no?

CIMA

Cita de: txikipirata en Octubre 17, 2013, 07:36:04 am
Lo pone en el encabezamiento cima,creo k no te has fijado,y despues desglosa cuales son,entre ellos el ciclomotor k cumpla esas caracteristicas.

Disculpa, ahora sí que no te entiendo  .loco2

txikipirata

No hay k entender nada cima,son definiciones,y pone claramente vehiculos no considerados de motor.entre ellos,bicicleta,ciclomotor....
La parte difícil es dejar ir tus sueños... la fácil es soñar otra vez.

CIMA

Mi no comprender  .loco2, vamos a ver ¿Cómo van a ser "vehículos de no motor" cuando en su definición de ciclomotor dice textualmente "Ciclomotor de dos ruedas: Vehículo de dos ruedas, provisto de un motor  de cilindrada no superior a 50 cm3 si es de combustión interna..."
Por esa regla de tres ¿puedes llevar también un "cuadriciclo ligero" (lo que comúnmente llamamos coche sin carnet) en el portabicis?; Porque también vienen en el apartado "vehículos de no motor".
Para mí que al libro ese le falla algo....