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ITV con 2 años de antigüedad?

Iniciado por eneko, Mayo 22, 2009, 21:47:07 pm

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eneko

Me acaba de llegar una carta de la Junta de Andalucía diciendo que tengo que pasar la ITV antes del 20 de Junio que es la fecha en la que mi furgo cumple 2 años.

Eso es así?

Tenía entendido que era cada 2 años pero al partir del 4º año o algo así... vaya que hasta el 4º año no debería pasarla... estoy equivocado yo o esta peña?

Por cierto... mi furgo es una california y creo que la categoría es mixto adaptable vivienda o algo así...

Joder que putagracia que pierdo una mañana por la cara


eneko

He leído lo de Frecuencia de la ITV.... parece que sí que la tengo que pasar... pero aún así, ¡¡cagonlaputaoros!!

georober


Manolín

Ni caso Eneko, tu furgo si es autocaravana o vehículo vivienda, la primera itv a los 4 años, diga lo que diga la Junta de Andalucía o el Concilio Vaticano II.

pepu

precisamente estoy estudiando ahora el capitulo de las ITV.
Según el reglamento:
los vehiculos de uso privado dedicados al transporte de personas, con capacidad de hasta 9 plazas incluido el conductor, incluyendo autocaravanas y vehículos viviendas:
     > hasta 4 años: exento
     > + 4 años: bienal
     > + 10 años: anual


Los vehículos para transportar mercancias o cosas hasta 3500 KG de MMA:
    > hasta los 2 años: exento
    > de 2 a 6 años: bienal
    > de 6 a 10: anual
    > + 10 años: semestral

Ahora creo que depende del codigo para considerarlo mixto o como vehiculo vivienda.

saludos

grandes riquezas, gran exclavitud...

eneko

He llamado y dice que lo van a mirar y que me llaman... según comentan hay varios errores de tráfico en estas clasificaciones así que tendré que esperar.
Se ve que mi furgo es la polémica 3148 que por un lado es vehículo mixto (31) y por otro vivienda (48) como explicaba manolín en el hilo ese que me han referido.
Yo creo que esto es al tuntún... lo mismo me dicen que la pase, que no.... a saber!

Lo que me jodería es que me dijeran que no la tengo que pasar y luego me multaran pero bueno eso ya sería otro cantar...

eneko

Me guardo esto de chuleta:
Cita de: pajal5 en Abril 22, 2009, 00:34:37 am
Perdón por el retraso, es k  ando así abeses, tengo la cabeza en todas parte menos donde debo.
Pero a lo k vamos, como veo k se sigue con el asunto de los vehículos mixto adaptables, y seguramente como no lo corrijan saldrán mas, pues  como ya dije, me hicieron en trafico un papel para k circulara sin problemas, pues este es.

Asunto:Vehículo matriculado con el código 3148:
Vehículo mixto adaptable a vivienda.

     Se comunica a los efectos oportunos que el vehículo ve California tipo 7HM con matricula.... y n. de bastidor .......  k se encuentra actualmente en posesion de D.  .......... se matriculo con el código 3148 como vehículo adaptable a vivienda. En virtud del real decreto 711/2006 de 9 de junio, por el que se modifican determinados reales decretos relativos a la ITV y a la homologación de vehículos, sus parte y piezas, y por k también se modifica, asimismo, el reglamento general de vehículos, aprobado por real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, dicho vehículo debe pasar las ITV periódicas con idénticas periodicidad que los vehículos vivienda o autocaravanas, correspondiendo pues la primera inspección técnica periódica a los 4 años. 

     El jefe de Servicio de Asuntos Administrativos

  y firma este jefe de bajo con el sello de la jefatura de trafico.

Pues esto es lo k me dieron y en el caso de k me parasen les entregara este escrito ala GC.

espero k sea de ayuda, saludos

pepu

pues entonces creo que a los 4 años,  .ereselmejor .ereselmejor
grandes riquezas, gran exclavitud...

Manolín

Esta es la chuleta que hay que llevar siempre en la furgoneta para evitar posibles pérdidas de tiempo:

http://www.furgovw.org/index.php?topic=163516.0

Ver página 5

Más información en http://www.furgovw.org/index.php?topic=4229.0

La primera carta que se recibe para recordarte el pasar la inspección la suele mandar la Comunidad Autónoma y puede contener errores como en este caso.

Los siguientes avisos son meras informaciones comerciales que son enviadas por las empresas (en su mayoria privadas) para acudir a sus establecimientos.

pepu

una curiosidad, estudiando el temario, me acabo de acordar de este hilo.

"Si fuera mixto adaptable, la frecuencia será la más restrictiva entre los correspondientes al transporte de personas o mercancías aplicable al vehículo de que se trate."

Será por eso que se pone los dos años eneko ??.

Manolín tu que le das al tema...  asi aprendemos todos jejeje
grandes riquezas, gran exclavitud...

Manolín

Exacto Pepu, yo opino que por ahí viene el error y la confusión, tanto de algunas itv como de algunos agentes de tráfico y demás, ven lo de vehículo mixto y ya no miran nada más.

pepu

y en el medio siempre estamos nosotros pagando los platos rotos.

Gracias manolin, eres un crack
grandes riquezas, gran exclavitud...

URDULIZ

Mayo 29, 2009, 01:05:46 am #12 Ultima modificación: Septiembre 27, 2018, 18:13:54 pm por URDULIZ
A
Lo siento, no puedo contestar mensajes privados, estoy muy ocupado.

eneko

Joder vaya mañanita llevo.....
En la Consejería de Innovación y Ciencia me han confirmado que es un error de tráfico y que con la ley de protección de datos ellos no pueden arreglarlo por lo que tengo que llamar a tráfico... cojonudo.. llevo más de una hora al p. teléfono marque 1 marque 2 marque 3 y la extensión no contesta.. así por la cara!!! panda vagos!!!

Ahora encima tendré que ir un día a tráfico con toda la documentación, perder toda la mañana y todo por su p. culpa...


kitelife

Pues yo fui el otro dia a trafico, para cambiar de nombre una fiat adria twin, arriba en la ficha tecnica pone 3248 autocaravana, pero debajo pone pasado a mixto vivienda 3148, y le pregunte lo de la itv y me dijeron a los 2 años.
Aunque no lo tenia muy claro y le pregunto tambien al chico que atendia en la ventana del lado.
Asi que..... para mi la confusion continua.
Suerte eneko