Bajada del 30% en el impuesto de matriculación para el 2009

Iniciado por Albertucho, Diciembre 18, 2008, 20:54:36 pm

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Cantabriavanas

Cita de: ALTAN en Enero 21, 2009, 17:55:58 pm
...joer pues debe ser esta, la california que tenia antes era 3248 y correspondia con autocaravana, la de 1048 es turismo vivienda y por eso no se puede uno beneficiar del decuento, digo yo que sera por eso, pero bueno no creo que haya problema en que matriculemos californias y marco polos como 3248, cumplen los requisitos de autocaravana....

A ver, me lio.... No se de donde ahora he sacado 3200 pero algún vehículo mariculé así..... Pero llevas razón 3248 es autocaravana....

Cantabriavanas

Enero 21, 2009, 18:52:27 pm #106 Ultima modificación: Enero 21, 2009, 18:54:26 pm por Cantabriavanas
Cita de: charlypro en Enero 21, 2009, 18:02:59 pm
Si es que el problema reside en que la catalogación 1048, viene escrita en los papeles y creo que no podemos cambiarla, si me equivoco que alguien me lo diga.



CREO que se puede cambiarla pero con un informe favorable de un ingeniero.... El año pasado costaron 250 Euros más IVA.... Pero era de 3248 a vehículo mixto adaptable vivienda...

Que hable algún entendido del tema...

e_izdo

No entiendo nada  ??? ??? ???, a mi me la han matriculado como 1048 y me han aplicado la reducción de echo el viernes voy a por el talon de la devolución al concesionario...
me estoy acojonando con este tema, a ver si ahora van a venir diciéndome que no...

No entiendo na, de na  .confuso2
Porque una vez que hayas probado el vuelo, caminarás sobre la tierra con la mirada levantada hacia el cielo; porque ya has estado allí y quieres volver. L. Da Vinci

Cantabriavanas

Lo que te puede pasar es que te vienen en cualquier día en los siguientes 4 años y te piden la diferencia....

ALTAN

e-izdo a lo mejor estamos elucubrando y el de scuento lo hacen con 1048 tb ya que el indicativo 48 es el de vivienda.....espero que sea asi!!! buff

charlypro

Creo que lo de 48 no tienen nada que ver, con respecto a lo que te puede pasar segun la gestoría es que hacienda te lo reclame, que casi seguro lo hará rápido porque no tienen un chapo y por lo visto van a mirar con lupa todos y cada uno de los vehículos de estas caracteristicas que se matriculen, es lo que me ha contado el comercial... a mi lo que me parece demencial es que algunos concesionarios oficiales apliquen el descuento y en otros no... me parece que vw España se va a cabrear y nosotros más... esto es un mareo, un jefe de ventas de un concesionario que ya ha aplicado el descuento le ha dicho a mi comercial que lo consultó a vw España y todavía, a día de hoy no le habian contestado.. esto huele a chamusquina... que hable alguien que sepa. Esto  .nono está bien.

Manolín

Cita de: TRUMAM en Diciembre 21, 2008, 23:50:18 pm
Perdón, ya lo he visto.

Tres.--Se añade un nuevo apartado 5 al artículo
66, «Exenciones, devoluciones y reducciones», con
la siguiente redacción:
«5.--La base imponible del impuesto, determinada
conforme a lo previsto en el artículo 69, será objeto
de una reducción del 30 por ciento de su importe respecto
de los siguientes vehículos:
a)--Vehículos definidos como "autocaravanas" en
la versión vigente al día 30 de junio de 2007 del
Anexo II del Reglamento General de Vehículos,
aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de
diciembre.
b)--Vehículos acondicionados para ser utilizados
como vivienda a los que se refieren el último párrafo
del número 1.º y el último párrafo del número 8.º,
ambos del apartado 1.a) del artículo 65.»



Tal y como dice Truman 4 páginas atras, en mi opinión (ojo, es MI opinión) tanto 3248 como 1048 estaría sujeta a esta rebaja en la base imponible del impuesto puesto que el primero es "autocaravana vivienda" y el segundo" turismo vivienda". Será cuestión de leerse los decretos que menciona.

adolfunk

Hola a todxs!!!!

Espero ayudar, después de haber leido los decretos de los que hablan os indico que:

En cuanto a la primera parte :

"a)--Vehículos definidos como "autocaravanas" en
la versión vigente al día 30 de junio de 2007 del
Anexo II del Reglamento General de Vehículos,
aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de
diciembre.

La clasificación es:

"A efectos de este Reglamento, se considerarán las siguientes definiciones:

Autocaravana: Vehículo construido con propósito especial, incluyendo alojamiento vivienda y conteniendo, al menos, el equipo siguiente: asientos y mesa, camas o literas que puedan ser convertidos en asientos, cocina y armarios o similares. Este equipo estará rígidamente fijado al compartimento vivienda: los asientos y la mesa pueden ser diseñados para ser desmontados fácilmente."

"B. Clasificación por criterios de construcción
(primer grupo en cifras)

32 Auto-caravana MMA <= 3.500 kg.: Vehículo construido con propósito especial, incluyendo alojamiento vivienda y conteniendo, al menos, el equipo siguiente: asientos y mesa, camas o literas que puedan ser convertidos en asientos, cocina y armarios o similares. Este equipo estará rígidamente fijado al compartimento vivienda: los asientos y la mesa pueden ser diseñados para ser desmontados fácilmente.

33 Auto-caravana MMA > 3.500 kg.: Vehículo construido con propósito especial, incluyendo alojamiento vivienda y conteniendo, al menos, el equipo siguiente: asientos y mesa, camas o literas que puedan ser convertidos en asientos, cocina y armarios o similares. Este equipo estará rígidamente fijado al compartimento vivienda: los asientos y la mesa pueden ser diseñados para ser desmontados fácilmente."

La segunda parte dice:

"b)--Vehículos acondicionados para ser utilizados
como vivienda a los que se refieren el último párrafo
del número 1.º y el último párrafo del número 8.º,
ambos del apartado 1.a) del artículo 65."

Y lo que pone es estos dos parrafos es:

"No obstante, estará sujeta al impuesto la primera matriculación definitiva en España de estos vehículos cuando se acondicionen para ser utilizados como vivienda."

A mi me parece que con esto queda algo mas claro, al menos para mi que me he pillado una furgo Cali Trenline. Espero que os sirve también a vosotrxs.
un saludo
ADOLFUNK






Oooooooooommmmhhhh!! La purruneta.

ALTAN

adolfunk, segun lo que pones tanto la 1048 como la 3248 entrarian dentro de la bajada entiendo yo........tu cali se acogió al descuento?

adolfunk

ME la dan para finales de Febrero y espero que se acoja claro. No he llamado al conce por que quiero tener la información yo. Con un poco de suerte hay mas medidas antes de que la matricule. ESPERO.

Un saludo. Adolfunk
Oooooooooommmmhhhh!! La purruneta.

J. Ignacio

Enero 21, 2009, 23:05:19 pm #115 Ultima modificación: Enero 22, 2009, 00:33:49 am por J. Ignacio
Vamos a ver; por partes. Respecto al Impuesto de Matriculación, esta tarde me ha llamado el comercial de Astur Wagen para comentarme que la delegación de Hacienda en Gijón no admite un 1048 como beneficiario en la reducción sobre el Impuesto de Matriculación pero en cambio, su gestor, entiende que dicho vehículo si se puede acoger a la " polémica " reducción... .loco1 Me ha explicado que la redacción de la Ley resulta muy confusa y que puede ser interpretada de diferentes maneras. La solución pasa por pedir un informe a Madrid por parte de la gestoría.

En cuanto al tema de la financiación; yo tengo pagado el vehículo desde el 29 de diciembre, excepto el Impuesto de Matriculación y la cantidad a financiar ( 21.000 € ). Ese mismo día acepto las condiciones de financiación y presento la documentación exigida para que  mi caso sea estudiado por parte de Volkswagen Credit. Cuando viene aprobada la financiación ya estamos en la primera semana de enero y durante este mes las condiciones han cambiado. El comercial intenta grabar la financiación de diciembre pero el sistema informático no  lo permite. Como solución  me ofrecen esperar a febrero ya que la financiera ha asegurado que para ese mes volverá a haber una oferta pero desconocemos las condiciones.

Tengo 29.770,88 € invertidos en una furgoneta desde finales de diciembre que únicamente he visto un par de veces en un almacén de Astur Wagen y los huevos muy hinchados de esperar por ella...  ;D

Altan, lo que voy a contar no te servirá de consuelo pero yo compré un Volkswagen California como segunda opción. Mi idea inicial era un Viano Marco Polo 3.5i pero las fechorías que me hicieron los distintos concesionarios Mercedes con los que traté me llevaron a  descartarlo. En Alicante el comercial me insultó por conocer mejor que él un Viano Marco Polo. En Asturias me cobraban más de 6.000 € por el mismo coche y en Elche, que resultó ser la mejor oferta de todos los concesionarios consultados, me exigieron el 75 % del valor del coche en el momento de hacer el pedido ( mas de 43.000 € )

He disfrutado hasta el pasado mes de agosto de un magnífico BMW 525i que yo mismo importé de Luxemburgo en 1999. Al mismo tiempo he llegado a ser propietario de hasta cuatro coches ( todos usados ) y nunca, jamás, he tenido el más mínimo contratiempo con ellos ni con el proceso de adquisición ni con su uso. Es la primera vez en mis 37 años que compro un coche nuevo y me encuentro con todo esto... Sinceramente, no entiendo que está pasando... .confuso1

Ánimo para todos.

Un saludo.
" Hay personas que nos hablan y nos las escuchamos; hay personas que nos hieren y no dejan cicatriz pero hay personas que simplemente aparecen y nos marcan para siempre. " ( Cecília Meireles )

ALTAN

Enero 21, 2009, 23:21:23 pm #116 Ultima modificación: Enero 21, 2009, 23:23:47 pm por ALTAN
J.Ignacio , entiendo como te sientes , yo pedi la Marco POlo el 9 de julio, me hicieron pagar 3000 euros de señal para pedirla y me hicieron firmar unas clausulas abusivas si queria que pidieran la furgo.Verbamente el comercial(y yo lo crei de buena fe o como gilipollas) me dijo que vendria en Octubre porque en agosto la fabrica cerraba.Acepte y quedamos en que les entregaria un 4x4 como parte del pago cuando llegara la furgo pero me insistieron mucho en que intentara ender el 4x4 por mi cuenta, que era un marron para ellos.Asi lo hice y lo vendi.Bien en Octubre empiezo a llamar a ver que pasaba con la furgo y me comentan no se que problema con los windowbags que se iba a demorar pero no sabian cuanto.Bien nulo interes, ni una llamada de ellos pa decirme como estaba el tema, sigo llamando, Noviembre...largas...Diciembre...largas y el dia de reyes llamo ya un poco mosca y me dicen que la furgo lleva un mes en Belgica esperando pa embarcar......me canso y le digo a mi abogada (empiezo a asesorarme) que les mande un burofax pidiendole que me den una fecha por escrito que si n rompo el contrato.La respuesta del gerente del concesionario ACMedin de Santiago de compostela es..."el cliente es el que nos esta causando perjuicio porque en el contrato me tenia que entregar un 4x4x y lo ha vendido por su cuenta lo que nos perjudica" ...no comments..... a lo que me presento alli y rectifica porque no tiene huevos a decirmelo a la cara otra vez....segun sus palabras a finales de enero estara aqui la furgo y matriculariamos en febrero(siete meses) y eso si no comtemplan ni una sola compensacion por la espera..nada de nada...lo tomas o lo dejas....por lo que tengo tress opciones, perder los 3000 euros y que se coman la furgo, pagar lo que ellos quieran por la furgo aunque me hayan jodido las vacaciones los fines de semana, pagar una plaza de garaje de una furgo que no tengo...buscarme la vida pa ir a currar o demandarlos y pedirles daños y perjuiciso para recuperar la pasta(opcion esta que me saldria un riñon y no compensa segun palabaras de la abogada)....asi que pos una verguenza lo de Mercedes.......mi anterior furgo la pillara en asturvan y nin un problema, todo genial y era una cali con 17 años ...asi que asi andamos, por cierto de lo la matriculacion no se coscan ellos tampoco!!!!!



....perdonad por el ladrillazo pero ando de muy malas pulgas..........siete meses son muchos meses....

charlypro

¿Pedir un informe a Madrid? ¿Que es Madrid? ¿Un ente? Perdonad por esta socarronería barata, pero es que me estoy cansando de esperar algo que cada vez se está complicando más... según el texto la reducción del impuesto está muy clara, pero según las gestorías y las distintas delegaciones de hacienda no?, ¿como es posible que una ley se pueda interpretar? ¿A que están jugando? ¿a ver si pagamos de más, y si cuela bien y si no también?.
Por si os sirve de algo yo he mandado un email a VW ESPAÑA, comentando el tema a ver si me contestan, en cuanto sepa algo os lo escribo... yo lo único que se es que estoy esperando la furgo que está en Barcelona y no acabo de firmar la operación ¿Como es posible tantos problemas para gastarte 48000 napos?

Cantabriavanas

Cita de: Cantabriavanas en Enero 20, 2009, 19:32:26 pm
"5. La base imponible del impuesto, determinada conforme a lo previsto en el articulo 69, será objeto de una reducción del 30 por ciento de su importe respecto de los siguientes vehículos:
a).....
b) Vehículos acondicionados para ser utilizados como vivienda a los que se refieren el último párrafo del número 1.º y el último párrafo del número 8.º, ambos del apartado 1.a) del artículo 65"

Ley 38/1992, artículo 65
1.a)

"Los vehículos comprendidos en las categorías N1, N2 y N3 establecidas en el texto vigente al día 30 de junio de 2007 del anexo II de la Directiva 70/156/CEE, del Consejo, de 6 de febrero de 1970, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre la homologación de vehículos a motor y de sus remolques, siempre que, cuando se trate de los comprendidos en la categoría N1, se afecten significativamente al ejercicio de una actividad económica.
...
No obstante, estará sujeta al impuesto la primera matriculación definitiva en España de estos vehículos cuando se acondicionen para ser utilizados como vivienda."

"Los vehículos mixtos adaptables cuya altura total desde la parte estructural del techo de la carrocería hasta el suelo sea superior a 1.800 milímetros, siempre que no sean vehículos todo terreno y siempre que se afecten significativamente al ejercicio de una actividad económica.
.....
No obstante, estará sujeta al impuesto la primera matriculación definitiva en España de estos vehículos cuando se acondicionen para ser utilizados como vivienda."

Así los vehículos N1, N2 y N3  acondicionados como vivienda más los vehículos mixtos adaptables vivienda deberían haber bajado el 30" (=10,325%)



Cita de: adolfunk en Enero 21, 2009, 22:27:10 pm
Y lo que pone es estos dos parrafos es:

"No obstante, estará sujeta al impuesto la primera matriculación definitiva en España de estos vehículos cuando se acondicionen para ser utilizados como vivienda."

A mi me parece que con esto queda algo mas claro, al menos para mi que me he pillado una furgo Cali Trenline. Espero que os sirve también a vosotrxs.
un saludo
ADOLFUNK


Aunque en el últmino parráfo solo pone eso, los números 1 y 8 se refieren a vehículos de las clases N1,N2,N3 y vehículos mixtos así en ninguna parte están mencionados los turismos....

charlypro

De momento estoy a la espera de que la gestoría hable con Madrid y confirme lo peor o lo mejor, y con respecto a la consulta hecha al departamento de atención al cliente de vw, han acusado el mensaje y me han dicho que me contestaran lo más rápido posible, en cuanto sepa algo lo cuelgo, por cierto parece que se han aprobado un nuevo modelo de financiación con unas condiciones superbuenas, por lo visto con un interés entre un 5 y un 6%, como veis  la crisis aprieta también a los grandes... un saludo