Furgovw

Zona Técnica => Papeleos => Mensaje iniciado por: KOYI en Noviembre 07, 2007, 00:09:35 am

Título: Fumar porros en la furgo
Publicado por: KOYI en Noviembre 07, 2007, 00:09:35 am
Si en casa se puede fumar cannabis legalmente, en mi California (furgón autovivienda) lo puedo hacer?
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: eneko en Noviembre 07, 2007, 00:11:02 am
aro.. pero recuerda ponerte un cenicerito...  .meparto
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: jalminha en Noviembre 07, 2007, 00:11:12 am
yo lo hago .meparto .meparto .meparto
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: injabulo en Noviembre 07, 2007, 00:13:09 am
Se puede. Es mas, puedes llevar todo el cannabis que quieras dentro, porque al ser vehiculo vivienda, en un control no te puede registrar la furgo sin orden judicial. Eso si, como tengan un permiso, la hemos liau....

salu2
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: jalminha en Noviembre 07, 2007, 00:15:55 am
A ver todo esto es muy relativo. Yo estoy seguro, que me paran y le digo al picoleto que si tiene orden de registro, y me empapela hasta por tener las ruedas de color negro. No te la podran registrar, pero si les tocas los cojones, te pueden denunciar por otras muchas cosas.
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: 4 en Noviembre 07, 2007, 00:19:11 am
donde queda dicho que el consumo de cannabis en el keli es legal???si el consumo de esa sustancia es ilegal,ya k es una sustancia ilegal,en tu casa,en el coche en la furgo y donde sea,k lo fumes,puedes hacerlo,pero no es legal,ahora con el cartoncillo en la boka en los controles,mas de uno vamos a tener sustos,y si a un verde,le dices no me registres pk es vehiculo vivienda,ya vera la gracia kle hace y te presinta el carro,va por una orden,el tiempo k tarde,el coche precintado y ya veras como te lo registra y como te lo trinke,jajajaja...no seamos locos,yocomo fumador,si fumo,pero no nos pongamos cabezones con los de verde,k nos puetan a sako sikieren,es mi opinion..k no la de los demas
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: injabulo en Noviembre 07, 2007, 00:24:27 am
Cita de: 4 en Noviembre 07, 2007, 00:19:11 am
te presinta el carro,va por una orden,el tiempo k tarde,el coche precintado y ya veras como te lo registra y como te lo trinke,jajajaja...no seamos locos,yocomo fumador,si fumo,pero no nos pongamos cabezones con los de verde,k nos puetan a sako sikieren,es mi opinion..k no la de los demas


Yo no fumo pero comparto tu opinion. Es mejor que cuando te paren vayamos (vayais en este caso) de majos y cuanto antes os largueis del control mejor.

De todas formas, nose mucho del tema, pero por lo poco que se, creo que hay bastante jaleo con el tema de la marihuana, y no parece que haya una ley my clara sobre el tema. Porque esque sino como tu dices: es una sustacia ilegal y se puede fumar en casa ??? Esque no me cuadra .confuso1

....... .botapeta           ;D

salu2
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: pixipu en Noviembre 07, 2007, 00:33:07 am
es ilegal comprar, vender o poseer drogas pero no consumirlas (solo puedes en tu casa)
en sitios publicos no se puede
el consumo propio te sale la multa por unos 300 euros
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: furgonesto en Noviembre 07, 2007, 00:46:35 am
lo mejor es ir de buen rollo y ser majetes y nunk tendras problemas
pero en el caso de q se complik el tema.casi siempre q ocurren controles suele ser fin de seman o horario no de curre en los juzgados.ya veras lo q le dize el jefe del guardia civil o el juez de guardia si le dize q necesita una orden porq cree q hay marihuana en un vehiculo vivienda.pues le manda a lamierda.....
estos datos me lo ha dicho gent q trabaja en juzgados......
aunq yo sigo viviendo en canarias eh.....jejejeejejejje
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: galis en Noviembre 07, 2007, 00:47:52 am
El consumo en España es legal desde el año 82 (creo :roll:) pero es una "falta administrativa" (no delito) hacerlo en lugares públicos.

En una vivienda o recinto privado ( o una furgo) puedes tener una cierta cantidad que regula la ley, consumir sin ningun problema e incluso cultivar para consumo propio ( mas allá de esa cantidad es lo que se llama "tenencia ilícita" , con una cantidad un poco más heavy te pueden acusar de tráfico.

En una furgo estacionada no puede entrar a ver que llevas ni el mismisimo "Dir. General de los cuerpos unificados" (o como sea ahora el cargo)sin una orden judicial y estas consumiendo en una vivienda.

Pero una furgo en movimiento es un vehículo y si te paran pueden mirar hasta los hongos del deposito de agua :-\ .
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: pixipu en Noviembre 07, 2007, 01:00:26 am
la cantidad que es consumo propio si te la pillan te la quitan y 300euros eso seguro
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: El_gitanito en Noviembre 07, 2007, 01:29:26 am
Cita de: KOYI en Noviembre 07, 2007, 00:09:35 am
Si en casa se puede fumar cannabis legalmente, en mi California (furgón autovivienda) lo puedo hacer?

Lo puede hacer pero te juro q como tires una china y que mes el sillo vera jejejejejej .meparto .meparto
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: perla en Noviembre 07, 2007, 01:51:50 am
 :o coño he leido kultivar!! pues ya sabeis,si peta la furgo y va para tiempo,a montar en ella un invernadero con tubos .meparto  con la garantia del estado. 8)
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: Bolboreto en Noviembre 07, 2007, 01:56:38 am
Cita de: injabulo en Noviembre 07, 2007, 00:13:09 am
Se puede. Es mas, puedes llevar todo el cannabis que quieras dentro, porque al ser vehiculo vivienda, en un control no te puede registrar la furgo sin orden judicial. Eso si, como tengan un permiso, la hemos liau....

salu2


Menudo chollo para los narcos!!!, peto la furgo de coca hasta las orejas y me piro a madrid, si me paran, de eso nada esto es una vivienda....  .nono .nono

Eso es mu equivocado, tengo visto empapelar a peña con dos chinas de mierda con mas de 600€. No nos olvidemos que es una sustancia ilegal y ya está.
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: fuertchk en Noviembre 07, 2007, 04:08:06 am
ayyyyyyyyyyyyyy dios mioooooooo....... .botapeta  se puee fumar y saltar a la vez y tooo
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: jamjam en Noviembre 07, 2007, 07:07:08 am
te pueen parar y registra donde y cuando les de la gana, no necesitan orden judicial (si ellos creen que hay motivo sufiiente), y si se pasan, a mi me desmontaron en una aduana media furgo y luego te la tienes que montar tu, clao, pues si creenque se pasan y tienes huevos denncialos, jejejej
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: nanix en Noviembre 07, 2007, 07:48:33 am
Sobre las drogas en la furgo, la problemàtica con los señores de la ley es un hecho que a los que fumamos nos afecta de la misma manera ya sea en la furgo, en un parque o caminando por la calle, pero... el jugársela con el tema de las drogas, legales o ilegales depende de cada uno, se podria abrir aquí el debate de como nos afectan estas sustancias a la conducción? no estamos solos en la carretera... como lo veis?
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: pollo en Noviembre 07, 2007, 10:03:11 am
Yo fumaba porros en todos los laos .loco2 .loco2
hasta que los hijos de puta de los verdes me pararon con la furgo y me pillaron 50g malescondidos en la furgo.

multa de 400eu por que el tio se enrollo y me puso 25g (despues de humillarme)

Lo de la furgo vivienda solo te sirve si te enpadronas en la furgo, entonces puedes alegar que no habia orden del judicial. y te anularian la multa.

la multa no es penal si no hay trafico

si llevas por ejmp.50g partidos en trocitos como pa vender ya puede ser trafico.

si esta junto y son 50 o 100g puedes alegar consumo propio, pero te recomiendo que te apuntes a yonkisanonimos para demostrar k esta pillao y es pa tu consumo, si no cagada

Yo os recomiendo que lo lleveis escondido y nunca fumeis en la furgo por que los polis son como los perros lo huelen todo y cualquier indicio te registran la furgo.

En Portugal son muyduras las leyes, y en Francia tambien.

En tu casa puedes fumar lo que quieras y plantar. Por que la ley corcuera se anulo, necesitan una orden judicial y como cuesta mucho jaleo, si no te estas pasando en  consumo, plantacion o trafico, no van a perdir dicha orden.




Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: injabulo en Noviembre 07, 2007, 10:04:40 am
Cita de: galis en Noviembre 07, 2007, 00:47:52 am
Pero una furgo en movimiento es un vehículo y si te paran pueden mirar hasta los hongos del deposito de agua :-\ .


.nono Creo que te equivocas. Que te puedan resgistrar o no, no tieen nada que ver con que vayas andando o estes parado. Que te puedan registrar o no es dependiendo del tipo de vehiculo, es decir; si esta matriculado como turismo pueden registrar sin ningun tipo de orden este parado o vyas andando, pero si esta matriculado como vehiculo vivienda, SOLO te pueden mirar con autorizacion judicial. Eso fijo.
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: pollo en Noviembre 07, 2007, 10:12:43 am
pues ami me registraron, y el vehiculo vivienda no te ampara de nada.
si no cuando Vienes de marruecos y te meten dos pastores alemanes, ¿pa que?
Y tengo una colega que para poder trpichear en la raves lo estubo mirando y le digeron que si no se empadronaba en la furgo no  puedes demotrar que vives alli
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: Normox en Noviembre 07, 2007, 10:23:00 am
Peligro: tremendo ladrillazo importado de www.cannabiscafe.net


... La Sentencia de la Audiencia Provincial de Navarra (Sección 1ª) de 19-10-1998, condenó al acusado Juan V. M. como autor de un delito contra la salud pública de tráfico de drogas a la pena de tres años de prisión y multa de 1.000.000 de pesetas.

Contra la anterior Resolución recurrió en casación el imputado, alegando los motivos que se estudian en los fundamentos de derecho.

El TS declara haber lugar al recurso y dicta segunda Sentencia en la que absuelve a dicho imputado del delito contra la salud pública de tráfico de drogas del que se le acusaba.

En la Villa de Madrid, a veintinueve de enero de dos mil uno.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO El Juzgado de Instrucción núm. 2 de Estella incoó Procedimiento Abreviado con el número 17 de 1998, contra Juan V. M., y una vez concluso lo remitió a la Audiencia Provincial de Navarra (Secc. 1ª) que, con fecha diecinueve de octubre de mil novecientos noventa y ocho, dictó Sentencia que contiene los siguientes Hechos Probados:

"Se declaran expresa y terminantemente probados los siguientes: Sobre las 10.10 h del día veintidós de marzo de 1998 la Guardia Civil de Lodosa observó a una pareja de jóvenes que fumaba porros en una furgoneta, en las inmediaciones de la discoteca "By-pass" de esa localidad. Al proceder al cacheo del muchacho, Juan V. M., mayor de veintiún años y sin antecedentes penales, encontraron en la riñonera que portaba 225.065 ptas., lo que les hizo sospechar, y procedieron al registro de la furgoneta sin que la pareja se negara al mismo. El vehículo mostraba externamente la apariencia de una furgoneta normal, y en su interior no se apreciaba elemento alguno que mostrara, a simple vista, que se trataba de una autocaravana. En el techo del vehículo localizaron 354 dosis de LSD, sustancia de las que causan grave daño a la salud; en un plástico se hallaron 58 comprimidos de "éxtasis"; en otra bolsa, 1,7 gramos de "speed"; dos trozos de "hachís22" que pesaban 21,5 gramos; y otra dosis de LSD en un envoltorio de cartón. Todas estas sustancias se poseían por el acusado en parte para su autoconsumo, y en parte para proceder a su venta. La droga ocupada ha sido tasada en 622.182 pesetas".

SEGUNDO La Audiencia de instancia dictó el siguiente pronunciamiento:

"Fallo: Debemos condenar y condenamos a Juan V. M., como autor responsable de un delito contra la salud pública, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad, a la pena de tres años de prisión y multa de un millón de pesetas, a las accesorias de suspensión de cargo público, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena por el delito y al pago de las costas procesales.

Y para el cumplimiento de la pena principal que se impone le abonamos todo el tiempo que ha estado privado de libertad por esta causa.

Las penas han sido impuestas a tenor del nuevo Código Penal (RCL 1995\3170 y RCL 1996, 777) establecido por la Ley Orgánica 10/1995".

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO Contra la Sentencia que le condena como autor responsable de un delito contra la salud pública, el acusado formaliza cuatro motivos de casación, de los que el segundo lo es al amparo del artículo 5.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (RCL 1985\1578, 2635 y ApNDL 8375) en relación con el artículo 24.2 de la Constitución Española (RCL 1978\2836 y ApNDL 2875) por vulneración del derecho a la presunción de inocencia, en relación a su vez con el artículo 18.2 de la Constitución Española y artículo 11.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Alega el recurrente que el hallazgo de la droga aprehendida en el interior de su furgoneta, se logró con vulneración del derecho a la inviolabilidad domiciliaria consagrado en el artículo 18.1 de la Constitución Española, ya que se trataba de una furgoneta-vivienda, que los Agentes de la Guardia Civil registraron sin autorización judicial, ni consentimiento previo de su morador, ni en virtud de flagrante delito. De donde se sigue a su juicio la ilegitimidad de la prueba obtenida durante el registro y la consiguiente invalidez de las declaraciones testificales prestadas por los Agentes en el Juicio Oral en virtud del efecto reflejo que originó la inicial ilicitud del registro sobre las pruebas derivadas del mismo (art. 11.1 LOPJ) que devienen nulas y sin efecto alguno; por lo que no existiendo prueba de cargo válida no quedó desvirtuada la presunción de inocencia.

SEGUNDO Esta Sala viene declarando de forma constante y reiterada que, en términos generales, los automóviles no son domicilios sino simples objetos de investigación, por lo que la actuación policial sobre ellos en nada afecta a la esfera de la persona, estando sólo sujeta a las exigencias procesales de regularidad establecidas en la legislación ordinaria (Sentencias de 31 de octubre de 1988 [RJ 1988\8810]; 28 de abril [RJ 1993\3293], 26 de junio y 19 de julio de 1993 [RJ 1993\6149]; 31 de enero de 1994 [RJ 1994\596]; 24 de enero de 1995 [RJ 1995\158]; 1 de abril de 1996 [RJ 1996\2845]; 17 de enero [RJ 1997\56] y 29 de diciembre de 1997 [RJ 1997\9220]; entre otras muchas). Las eventuales irregularidades cometidas no afectan al derecho fundamental reconocido en el artículo 18.2 de la Constitución Española.

Excepcionalmente, sin embargo, ocurre lo contrario en el caso de los domicilios móviles remolcados (roulottes) o autotransportados (autocaravanas) en lo que se refiere a la zona de habitación, para cuya entrada y registro se requieren el consentimiento del titular, o autorización judicial, salvo caso de flagrante delito (Sentencias de 18 de octubre de 1996 [RJ 1996\7186]; 19 de septiembre [RJ 1994\6996] y 21 de abril de 1994; 17 de marzo de 1993 [RJ 1993\2330]; etc.) lo que es extensible a las furgonetas aptas para constituir domicilio habitual o accidental (Sentencias de 24 de enero [RJ 1995\158] y 15 de noviembre de 1995 [RJ 1995\9376]).

En tal sentido la citada Sentencia de 21 de abril de 1994 declaró que una furgoneta-caravana, que tiene en su parte habitable todo lo necesario para el establecimiento en ella de la morada de los pasajeros -dormitorio, cocina, aseo, mobiliario- es apta para constituir el domicilio de una persona, como soporte básico del derecho a la intimidad personal y familiar, si ésta decide usarla a tal fin y sin que, en la actual concepción cultural de movilidad de las personas, su carácter itinerante pueda excluir tal condición domiciliaria. Y más recientemente la Sentencia de 15 de abril de 1998 (RJ 1998\3804) tiene dicho que el concepto de domicilio ha recibido una interpretación extensa en la moderna doctrina de esta Sala aplicándose a todo ámbito de intimidad personal, concepto de más amplitud incluso que los de habitación o morada, y que incluye lugares cerrados en lo que, aun temporal o accidentalmente, se desarrollen los aspectos íntimos de la vida individual o familiar, teniendo así el carácter de domicilio los remolques o automóviles en los que se habite. Y en el mismo sentido la Sentencia de 27 de febrero de 1997 (RJ 1997\1458).

TERCERO Sentada la anterior doctrina la cuestión clave de este recurso está en determinar si en este caso se trataba o no de una autocaravana utilizada como domicilio -temporal o permanente- del recurrente.

En este punto no podemos coincidir con el criterio de la Sala que rechaza la condición domiciliaria del vehículo registrado, atendiendo a su aspecto y sobrevalorando las declaraciones de los Agentes que no advirtieron se tratara de un espacio destinado a vivienda.

El examen de los autos pone de relieve justamente lo contrario: no se trata de un vehículo ordinario más o menos modificado luego por su dueño para dotarlo de ciertas comodidades para el descanso, sino de un modelo fabricado como autocaravana, y autorizado administrativamente para funcionar como tal. Al folio 30 figura el permiso de circulación expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico de Barcelona en que consta se trata de un vehículo marca "Volkswagen" y modelo "Kombi 1.6 TD vivienda", y al mismo folio vuelto figura el documento identificativo del vehículo expedido por el Departamento de Industria y Energía de la Generalidad de Cataluña que lo clasifica como "furgón vivienda".
A esto se añade que el informe remitido por la Guardia Civil reconoce que tenía equipamiento de armarios y una pequeña cocina. Y sobre todo el informe fotográfico del vehículo revela la condición de verdadera autocaravana destinada a vivienda, apreciándose con claridad meridiana los elementos que integran ordinariamente los vehículos de esa naturaleza. Es decir, las fotografías no hacen sino confirmar el carácter del vehículo que su propia documentación acredita como furgoneta vivienda.

Contra tales evidencias no cabe contraponer, en una valoración verdaderamente razonable de la prueba, el que los Agentes digan que "no se aprecia a simple vista mobiliario que pueda ser utilizado como dormitorio" y que el estado interior que reflejan las fotografías no se corresponde con el que tenía cuando se practicó el registro: lo primero resulta irrelevante por ser notorio que tales vehículos disponen, por elementales exigencias de espacio, de elementos plegables y abatibles de múltiples usos que no se manifiestan a simple vista como "dormitorio", dependiendo todo ello del tamaño y grado de confort de los distintos modelos existentes, sin que ninguno de ellos deje por eso de ser una verdadera autocaravana fabricada para ser vivienda. En cuanto a lo segundo, no cabe considerar siquiera lógicamente que el vehículo sufriera tal metamorfosis interior desde el día del registro hasta el del informe fotográfico porque desde el primer día quedó el furgón vivienda retenido por la Guardia Civil y puesto a disposición del Juzgado de Instrucción que denegó varias veces las peticiones del titular para que le fuera devuelto.

Por todo ello es claro que el vehículo registrado era una autocaravana o furgón vivienda, que ha de considerarse como domicilio en los términos ya expresados en el fundamento anterior, puesto que como tal lo usaba el propietario en el viaje que estaba realizando.

CUARTO A partir de esta premisa queda por determinar si se cumplieron o no las exigencias que condicionan la licitud del registro, que en este caso se practicó sin previa autorización judicial.

No se trataba de un delito flagrante. Resulta del atestado que los Agentes vieron al acusado fumando un "cigarrillo de liar" y ante la sospecha de que pudiera ser un "porro" le registraron encontrándole encima una cantidad de dinero que consideraron excesiva. Al infundirles sospecha este detalle decidieron entrar y registrar el interior de la furgoneta. Obvio es decir que ni el fumar ni el tener dinero encima representa nada que pueda considerarse un "flagrante delito" que legitimase la entrada y registro practicada.

Tampoco hubo consentimiento por parte del titular. En el atestado que recoge su práctica no aparece que se pidiera al interesado autorización para el registro ni consta que lo consintiera. La autorización puede ser expresa cuando se explicita verbalmente y puede ser tácita cuando se manifiesta al exterior por comportamientos o actitudes que denoten un consentimiento prestado, de modo claro e indudable. Quien cacheado por la Policía se limita a presenciar el registro de su autocaravana no expresa consentimiento alguno, no sólo porque entender lo contrario equivaldría a presumir que se consiente salvo expresa manifestación en contrario ?lo que carece de fundamento alguno y se compadece mal con el tratamiento que merece este presupuesto condicionante de la licitud en el sacrificio del derecho fundamental consagrado en el art. 18.1 CE? sino porque tal comportamiento pasivo no es incompatible con una voluntad contraria de quien se limita a soportar el registro. El que pueda en tal caso expresar su oposición no autoriza a exigirle que lo haga, liberando a quien practica el registro de la carga de obtener lo que en definitiva condiciona su licitud.
QUINTO En consecuencia, siendo ilícito en este caso el registro de la autocaravana del acusado, resulta inválida la prueba del hallazgo de la droga, en su interior, y por efecto reflejo (art. 11.1 LOPJ) también los testimonios de los Agentes que lo practicaron en lo que atañe a la sustancia encontrada. No existe así prueba de cargo pues el acusado en sus declaraciones negó siempre haber vendido droga y afirmó poseerla sólo para su consumo. Cierto es que una cantidad elevada permite la inferencia de la preordenación al tráfico; pero en este caso los elementos probatorios sobre esa elevada cantidad son, o traen causa del registro ilícito practicado, careciendo por ello de validez probatoria alguna. En consecuencia, procede la estimación del motivo, pues al no existir ninguna otra prueba de cargo lícita y válida de contenido incriminador la presunción de inocencia no ha sido desvirtuada.

SEXTO La estimación del motivo segundo conduce necesariamente a la absolución por lo que los restantes motivos carecen de practicidad alguna.

PARTE DISPOSITIVA

FALLAMOS:

Que debemos declarar y declaramos haber lugar al recurso de casación por vulneración de preceptos constitucionales e infracción de Ley, interpuesto por el acusado Juan V. M., contra Sentencia, de fecha diecinueve de octubre de mil novecientos noventa y ocho, dictada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra, en causa seguida contra el mismo por delito contra la salud pública, estimando su motivo segundo por vulneración de preceptos constitucionales, y en su virtud casamos y anulamos la Sentencia dictada por dicha Audiencia con declaración de las costas de oficio.

SEGUNDA SENTENCIA NUM: 84/2001

En la Villa de Madrid, a veintinueve de enero de dos mil uno.

En la causa que en su día fue tramitada por el Juzgado de Instrucción núm. 2 de Estella, fallada posteriormente por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra y que por Sentencia de Casación ha sido casada y anulada en el día de la fecha, y que fue seguida por delito contra la salud pública contra Juan V. M., nacido el día 11 de junio de 1971, con DNI núm. ..., hijo de Joan y de Josefina, natural de Villafranca del Penedés (Barcelona), sin antecedentes penales, solvente, en libertad provisional por esta causa, de la que estuvo privado desde el día 22 de marzo de 1998 hasta el 4 de abril del mismo año; la Sala Segunda del Tribunal Supremo, integrada por los Excmos. Sres. expresados al margen y bajo Ponencia del Excmo. Sr. Don Adolfo Prego de Oliver y Tolivar, hace constar los siguientes:

UNICO Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho y hechos probados de las Sentencias de instancia y de Casación, salvo la siguiente parte del hecho probado: "El vehículo mostraba externamente la apariencia de una furgoneta normal, y en su interior no se apreciaba elemento alguno que mostrara, a simple vista, que se trataba de una autocaravana. En el techo del vehículo localizaron 354 dosis de LSD, sustancia de las que causan grave daño a la salud; en un plástico se hallaron 58 comprimidos de "éxtasis"; en otra bolsa, 1'7 gramos de "speed"; dos trozos de "hachís" que pesaban 21'5 gramos; y otra dosis de LSD en un envoltorio de cartón. Todas estas sustancias se poseían por el acusado en parte para su autoconsumo, y en parte para proceder a su venta. La droga ocupada ha sido tasada en 622.182 pesetas" que queda suprimido del relato histórico.


Ahora, que a nadie se le ocurra ir con la furgo por ahí lleno de cosas ilegales, si acaso un par de cigarritos de la risa y punto.
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: borjamozo en Noviembre 07, 2007, 10:29:35 am
yo kreo k da = k te empadrones o lo k kieras, jejje, si kieren t registran, y sino ir por jaca en invierno y dile al Gc de bigotes de todos los años k no entre en la furgo, coche o autobus, trailer o lo k kerais ja ja ja , haber kien tiene kojones, si kieren t registran, t ponen en bolas, inkluso t acen registro anal, jajja, porke aunke nos parezca mal es abuso de autoridad se sige dando en españa, si si españa.... lo mejor dejarles hacer su puto curro, y cuanto antes t dejen ir mejor... de todas formas ahora si k nos lo van a poner mas txungo, con los putos kontroles de estupefacientes k estan poniendo... pero bueno...echa la ley echa la trampa, de todas formas tiene kojnes k por fumar una plantita t multen, si eke tiene kojnoes la kosa....pero bueno...
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: gael160963 en Noviembre 07, 2007, 10:39:51 am
... ¿¡esto es del Supremo!? ... si es una casación supone una sentencia anterior idéntica con distinto fallo ... creo  :-\ ... no se menciona otra ... ¿o leo mal?
p.d.: si, leo mal: En tal sentido la citada Sentencia de 21 de abril de 1994 declaró que una furgoneta-caravana, que tiene en su parte habitable todo lo necesario para el establecimiento en ella de la morada de los pasajeros -dormitorio, cocina, aseo, mobiliario- es apta para constituir el domicilio de una persona, como soporte básico del derecho a la intimidad personal y familiar, si ésta decide usarla a tal fin y sin que, en la actual concepción cultural de movilidad de las personas, su carácter itinerante pueda excluir tal condición domiciliaria.
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: MASTER en Noviembre 07, 2007, 10:47:19 am
Lo mejor es fumartelo todo...y cuando llegas a otro sitio comprar mas.  ;D

Eso si, yo no fumo!!
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: t2dani en Noviembre 07, 2007, 11:50:22 am
El consumo de hachis/cannabis no es ilegal...pero tampoco es legal...es algo que esta "apartado" de las leyes por conveniencia propia de los "peces gordos"
la furgo-vivienda la pueden registrar perfectamente, pero, en ningun momento pueden entrar en la parte de vivienda de la misma...unicamente podrian registrar, vaciar o cotillear cualquier cosa que lleves en la parte de la cabina...
y el consumo propio dentro o fuera de casa es de 2gr MAXIMO...
estas leyes de hoy en dia son una autentica tonteria...
 

FUMAR TENDRIAA QUE SER LEGAL...
saludos  .meparto
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: t2dani en Noviembre 07, 2007, 11:52:21 am
y porcierto...es vuestra casa os podeis inflar a PORROS que por mucho que venga la policia (a no ser que tengan una orden de registro) no te pueden decir nada
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: euskovan en Noviembre 07, 2007, 11:58:38 am
kdd fumeta ya  ;D
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: borjamozo en Noviembre 07, 2007, 12:02:47 pm
apruebo la mocion euskovan. ;D
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: gael160963 en Noviembre 07, 2007, 12:11:37 pm
... diez dentro, uno fuma y los demas a hiperventilarse... ¡hala a aprovechar recursos!
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: marcel en Noviembre 07, 2007, 15:48:14 pm
parece que os olvidais que esta ya muy penado el conducir bajo los efectos de las drogas y ahi estan los nuevos controles que detectan (teoricamente) la coca y los petardillos y demas...

que no os pillen conduciendo bajo los efectos de ninguna sustancia... que dentro de poco va a ser de lo que se miren mas  ;)

y por decir un lugar nunca se os ocurra pasar a Andorra con "cositas" porque, si no ha cambiado, podeis tener un susto de los gordos .nono

lo de si pueden no pueden y demas pus id haciendo literatura... que solo sera eso...  cuando os encontreis con el fregado en directo ya nos contareis tanta ciencia ficcion....
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: jalminha en Noviembre 07, 2007, 15:51:04 pm
Cita de: marcel en Noviembre 07, 2007, 15:48:14 pm
parece que os olvidais que esta ya muy penado el conducir bajo los efectos de las drogas y ahi estan los nuevos controles que detectan (teoricamente) la coca y los petardillos y demas...

que no os pillen conduciendo bajo los efectos de ninguna sustancia... que dentro de poco va a ser de lo que se miren mas  ;)

y por decir un lugar nunca se os ocurra pasar a Andorra con "cositas" porque, si no ha cambiado, podeis tener un susto de los gordos .nono

lo de si pueden no pueden y demas pus id haciendo literatura... que solo sera eso...  cuando os encontreis con el fregado en directo ya nos contareis tanta ciencia ficcion....


Marcel, yo supongo que la gente se referira, a estar trankilo en tu furgo, por la tarde despues de haberte pegado el viaje, y fumarte un porrito, sabiendo que no vas a conducir despues, vamos digo yo.
Si no os referis a eso, pues la verdad es que el tema esta mas chungom, no se debe fumar porros, ni beber conduciondo, porque a parte de que la multa es gorda, te juegas la vida.
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: injabulo en Noviembre 07, 2007, 15:55:44 pm
Cita de: jalminha en Noviembre 07, 2007, 15:51:04 pm
.....te juegas la vida.


La tuya, y con la gente que vas dentro de la furgo.....

Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: furgonesto en Noviembre 07, 2007, 15:56:42 pm
si en la kdd fumeta hay redada esq tenemos un infiltrado .palmas .malabares
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: borjamozo en Noviembre 07, 2007, 15:59:47 pm
jajajaja, kreo k es mas peligroso un borracho al volante, k un fumador habitual de cannabis al volante, kreo k no entendeis muy bien la diferencia.... osea no se puede comparar, pero k nos van a joder kon los kontrolitos fijo....
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: josinho en Noviembre 07, 2007, 16:00:05 pm
Cita de: pollo en Noviembre 07, 2007, 10:03:11 am
Lo de la furgo vivienda solo te sirve si te enpadronas en la furgo, entonces puedes alegar que no habia orden del judicial. y te anularian la multa.

En tu casa puedes fumar lo que quieras y plantar. Por que la ley corcuera se anulo, necesitan una orden judicial y como cuesta mucho jaleo, si no te estas pasando en  consumo, plantacion o trafico, no van a perdir dicha orden.


jaja no lo digas muy alto que alguno se monta una furgobotanica.. .loco2
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: marcel en Noviembre 07, 2007, 16:02:12 pm
Cita de: injabulo en Noviembre 07, 2007, 15:55:44 pm
La tuya, y con la gente que vas dentro de la furgo.....


y con la que puedas colisionar  ;)
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: injabulo en Noviembre 07, 2007, 16:03:13 pm
Cita de: borjamozo en Noviembre 07, 2007, 15:59:47 pm
jajajaja, kreo k es mas peligroso un borracho al volante, k un fumador habitual de cannabis al volante, kreo k no entendeis muy bien la diferencia.... osea no se puede comparar, pero k nos van a joder kon los kontrolitos fijo....


Hombre esta claro que un borracho es mucho mas peligroso.

Pero yo toda esa gente que diga que lleva fumando desde hace nose cuanto y que ya no le afecta pues no creo que sea asi. Yo creo que un porro, sea a quien sea, le afecta. A algunos mas y a otros menos, esta claro, pero TODOS notamos algo....
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: injabulo en Noviembre 07, 2007, 16:03:40 pm
Cita de: marcel en Noviembre 07, 2007, 16:02:12 pm
y con la que puedas colisionar  ;)


Eso, que se me olvidaba...... ;)
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: marcel en Noviembre 07, 2007, 16:09:07 pm
Cita de: borjamozo en Noviembre 07, 2007, 15:59:47 pm
jajajaja, kreo k es mas peligroso un borracho al volante, k un fumador habitual de cannabis al volante, kreo k no entendeis muy bien la diferencia.... osea no se puede comparar, pero k nos van a joder kon los kontrolitos fijo....


tu lo has dicho: mas peligroso... con lo que coincidimos que un tio colocado tambien es peligroso... menos, pero peligroso al fin y al cabo..

a pedar de no fumar (me da taquicardias) una de las cosas mas entrañables de la nacional fue estar envuelto la noche del sabado por la bruma ciegerrera de covaleda...

entiendo y apoyo al que fuma y al que bebe y al que se tira cuescos... bueno: a este ultimo si no estoy delante  .meparto .meparto
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: Nowiex en Noviembre 07, 2007, 16:16:43 pm
Ante todo seamos responsables...cuando conducimos tenemos la responsabilidad de mantener intactas todas nuestras facultades. Un porro altera más o menos...pero es un hecho ya que es una droga y como tal te altera y te cambia...sino no lo fumariamos, no?? En la carretera cualquier detalle es importante y quizas algunos crean que conducir emporrado se puede, pero aunque no sea determinante, puede aumentar el riesgo en la conducción y un pequeño detalle sin importancia puede ser un accidente. Yo he fumado alguna vez y he cojido el coche...aún asi hace ya mucho que no lo hago y creo que no se debe hacer. Me parecen perfectos los controles de "drogas al volante" (que no registros para ver si llevas hierba que te vas a fumar en casa o en la KDD)...y que a todos los irresponsables que ponen en peligro (por poco que sea) la vida de los demas, incluso la mia, reciban su merecido. Quizas nadie a tenido accidentes pero no quiero imaginarme si por una casualidad alguien se fuma un porro y tiene un accidente y mata a alguien... no se lo deseo a nadie... pero como se te queda el cuerpo?? Yo no quiero arriesgarme a que me pase...por tanto consumo libre si, pero consumo responsable tambien!!
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: borjamozo en Noviembre 07, 2007, 16:23:03 pm
ufffff, pos soy un irresponsable hace 15 años, jajajjaajaja....
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: borjamozo en Noviembre 07, 2007, 16:24:17 pm
porcierto kuidao en mirar el kulo de la de la acera, k = t pasas a mi carril y me das de frente, jjeejejeje...en serio, k no estoy nada de avuerdo kon vosotros, pero bueno...oeoeoeoeoeoe, paz y amor, ejejejeje
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: furgonesto en Noviembre 07, 2007, 16:32:38 pm
Cita de: Nowiex en Noviembre 07, 2007, 16:16:43 pm
Ante todo seamos responsables...cuando conducimos tenemos la responsabilidad de mantener intactas todas nuestras facultades. Un porro altera más o menos...pero es un hecho ya que es una droga y como tal te altera y te cambia...sino no lo fumariamos, no?? En la carretera cualquier detalle es importante y quizas algunos crean que conducir emporrado se puede, pero aunque no sea determinante, puede aumentar el riesgo en la conducción y un pequeño detalle sin importancia puede ser un accidente. Yo he fumado alguna vez y he cojido el coche...aún asi hace ya mucho que no lo hago y creo que no se debe hacer. Me parecen perfectos los controles de "drogas al volante" (que no registros para ver si llevas hierba que te vas a fumar en casa o en la KDD)...y que a todos los irresponsables que ponen en peligro (por poco que sea) la vida de los demas, incluso la mia, reciban su merecido. Quizas nadie a tenido accidentes pero no quiero imaginarme si por una casualidad alguien se fuma un porro y tiene un accidente y mata a alguien... no se lo deseo a nadie... pero como se te queda el cuerpo?? Yo no quiero arriesgarme a que me pase...por tanto consumo libre si, pero consumo responsable tambien!!


estoy deacuerdo pero tambien tendrian q controlar las drogas legales,medicamentos etc... hay muchas cosas  q disminuyen la concentracion,hay gent enganchada a los medicamentos y muchas otras medicinas legales..
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: Nowiex en Noviembre 07, 2007, 16:32:57 pm
Cita de: borjamozo en Noviembre 07, 2007, 16:24:17 pm
porcierto kuidao en mirar el kulo de la de la acera, k = t pasas a mi carril y me das de frente, jjeejejeje...en serio, k no estoy nada de avuerdo kon vosotros, pero bueno...oeoeoeoeoeoe, paz y amor, ejejejeje


No generalices, en este hilo hay muchisimas opiniones y esto es lo grande de un foro...que se pueda opinar! Yo defiendo mi punto de vista y ya esta!
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: marcel en Noviembre 07, 2007, 16:35:22 pm
Cita de: furgonesto en Noviembre 07, 2007, 16:32:38 pm
estoy deacuerdo pero tambien tendrian q controlar las drogas legales,medicamentos etc... hay muchas cosas  q disminuyen la concentracion,hay gent enganchada a los medicamentos y muchas otras medicinas legales..


tambien tambien

creo que ya en todos los farmacos advierte expresamente de cuales de ellos son peligrosos para realizar determinadas tareas incluso la conduccion..

otra cosa es que el "yo controlo, a mi no me afecta" simepre acaba pudiendo mas  .malabares
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: borjamozo en Noviembre 07, 2007, 16:39:35 pm
yo tb defiendo mi punto de vista, es mi opinion = k la tuya, no?
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: injabulo en Noviembre 07, 2007, 16:45:14 pm
Cita de: borjamozo en Noviembre 07, 2007, 16:39:35 pm
yo tb defiendo mi punto de vista, es mi opinion = k la tuya, no? kien eres tu pa saber si yo m koloko al fuarme un porro...


Nadie es nadie para decir nada, y muchos menos para decirte lo que tienes que hacer o decir....

Simplemente, estamos hablando, estamos debatiendo. Esta claro que cada uno defiende lo que el cree correcto. Pero lo que no puedes decir es que un porro no te afecta. En algo lo tienes que notar, porque sino te daria igual fumartelo o no. Algo se tiene que notar....

Cita de: Nowiex en Noviembre 07, 2007, 16:16:43 pm
Ante todo seamos responsables...cuando conducimos tenemos la responsabilidad de mantener intactas todas nuestras facultades. Un porro altera más o menos...pero es un hecho ya que es una droga y como tal te altera y te cambia...sino no lo fumariamos, no?? En la carretera cualquier detalle es importante y quizas algunos crean que conducir emporrado se puede, pero aunque no sea determinante, puede aumentar el riesgo en la conducción y un pequeño detalle sin importancia puede ser un accidente. Yo he fumado alguna vez y he cojido el coche...aún asi hace ya mucho que no lo hago y creo que no se debe hacer. Me parecen perfectos los controles de "drogas al volante" (que no registros para ver si llevas hierba que te vas a fumar en casa o en la KDD)...y que a todos los irresponsables que ponen en peligro (por poco que sea) la vida de los demas, incluso la mia, reciban su merecido. Quizas nadie a tenido accidentes pero no quiero imaginarme si por una casualidad alguien se fuma un porro y tiene un accidente y mata a alguien... no se lo deseo a nadie... pero como se te queda el cuerpo?? Yo no quiero arriesgarme a que me pase...por tanto consumo libre si, pero consumo responsable tambien!!


De acuerdisimo .palmas .palmas

salu2
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: jalminha en Noviembre 07, 2007, 16:45:35 pm
Cita de: borjamozo en Noviembre 07, 2007, 16:39:35 pm
yo tb defiendo mi punto de vista, es mi opinion = k la tuya, no? kien eres tu pa saber si yo m koloko al fuarme un porro...


A ver, esta claro qeu si eres un fumador asiduro, no te afectan como a una persona que fumo ocasionalmente (algunos amigos mios fuman en el curro, conduciendo, cagando...) y dicen que no les afecta. Pero yo creo, y respetando todas las opiniones, que algo si afecta, sobre todo a la concentracion. No quiero decir que solo afecten los porros, tambien las tias buenas de las aceras, los farmacos, el alcohol...
Y si yo me fumo 2 porros, me bebo una cucharada de iniston (porque tengo tos), me casco un par de birras, y de paso mira a la pedazo de tia que pasa por la acera? .meparto .meparto .meparto

Bueno, conclusion: Fumemos, bebamos, miremos a xorbas...mejor sentados en nuestro asiento giratorio, con los pies en el mueble para el potty, y conversando con amigos (si puede ser). A que mola mucho mas?

Un saludo y salut para tod@s
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: marcel en Noviembre 07, 2007, 16:48:12 pm
jalminha:

tu si que sabes  .ereselmejor .ereselmejor .ereselmejor
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: furgonesto en Noviembre 07, 2007, 16:51:01 pm
si hacemos una kdd .la q sigue a este hilo .hariamos ruta????,jejejejejejeje.
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: borjamozo en Noviembre 07, 2007, 16:52:14 pm
visto lo visto, = mejor k no, jajajajajaja...
jalminha  ;)
Nowiex  ;D ;D
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: marcel en Noviembre 07, 2007, 16:56:32 pm
lo que yo tenia entendido que fumar un porrillo relajaba.. .malabares .malabares

usease que mejor que antes de publicar otras respuestas hagamos terapia fumandonos uno  .sombrero .sombrero
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: Nowiex en Noviembre 07, 2007, 16:58:52 pm
 .meparto una ruta... jajajaja

Borjamozo yo no digo nada a nadie...y respeto tu opinion...simplemente me he referido a que mi punto de vista no esta compartido por todos cuando tu te referias a que no estavas de acuerdo con el resto. Ahora ya nos entendemos!!

Cita de: jalminha en Noviembre 07, 2007, 16:45:35 pm

Bueno, conclusion: Fumemos, bebamos, miremos a xorbas...mejor sentados en nuestro asiento giratorio, con los pies en el mueble para el potty, y conversando con amigos (si puede ser). A que mola mucho mas?


Totalmente de acuerdo  .palmas
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: injabulo en Noviembre 07, 2007, 17:00:26 pm
Conclusion: cada uno tiene su punto de vista respetable, pero no compartidos por todos.

.brinda .brinda .brinda .brinda

Todos amig@s
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: borjamozo en Noviembre 07, 2007, 17:01:30 pm
bueno k me habeis konvencido, ejejeje, luego vuelvo en buseto, ajajjaajjaajaja.....
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: marcel en Noviembre 07, 2007, 17:01:52 pm
Cita de: injabulo en Noviembre 07, 2007, 17:00:26 pm
Conclusion: cada uno tiene su punto de vista respetable, pero no compartidos por todos.

.brinda .brinda .brinda .brinda

Todos amig@s
compartire esas birricas por solidaridad, que ya sabes que mas de 2 dan positivo....
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: berny en Noviembre 07, 2007, 18:46:34 pm
Creo que pecamos un poco de ingenuos,para que se considerase vivienda de verdad primero habra que hacer que figure como domicilio fijo en el d.n.i.,y a continuacion estar empadronados con ese domicilio,donde te puedan mandar una citacion judicial,papeles de la junta electoral etc..no nos llamemos a engaño si te quieren registrar la furgo ya les puedes cantar milongas,la poli nunca pierde y cuando pierde empata.Siempre nos quedara el derecho a pataleta.
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: argento en Noviembre 07, 2007, 19:26:01 pm
Cita de: furgonesto en Noviembre 07, 2007, 00:46:35 am
estos datos me lo ha dicho gent q trabaja en juzgados......
aunq yo sigo viviendo en canarias eh.....jejejeejejejje


Hombre....vives por aquí y no eres capaz de invitar ni  .rasta ni una  .brinda   .meparto .meparto
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: jalminha en Noviembre 07, 2007, 19:27:27 pm
Cita de: berny en Noviembre 07, 2007, 18:46:34 pm
Creo que pecamos un poco de ingenuos,para que se considerase vivienda de verdad primero habra que hacer que figure como domicilio fijo en el d.n.i.,y a continuacion estar empadronados con ese domicilio,donde te puedan mandar una citacion judicial,papeles de la junta electoral etc..no nos llamemos a engaño si te quieren registrar la furgo ya les puedes cantar milongas,la poli nunca pierde y cuando pierde empata.Siempre nos quedara el derecho a pataleta.


A ver mi madre tiene una apartamento y no consta en mi dni, e igual es una vivienda, no? Digo yo que no hace falta estar empadronado pare considerarase una vivienda. Poruqe una caseta en la montaña de mi colega raul es una vivienda y no estamos nadie empadronados alli. Que pensais de esto? Es un poco confuso el temita
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: GOMEROT4 en Noviembre 07, 2007, 19:31:43 pm
pues yo creo que se debe tener cuidadito con eso de los canutos, pues si están pa joderte , te joden sin más, asi que no enciendas el canuto solo en tu furgo y comparte que es de solidarios... .botapeta .rasta
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: HoSs en Noviembre 07, 2007, 21:03:00 pm
El consumir "se puede".
Pero no puedes tener algo ilegal multa mínima 300 euros a mi me pillaron y por royos administrativos al final no pagué la multa. En internet hay milyun recursos para salvarte de pagar aunque tambien depende de la cantidad!
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: KOYI en Noviembre 07, 2007, 23:31:44 pm
Oye Gomerot4, voy paya en el puente de diciembre, algùn sitio pa kedarse con la furgo?
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: t2dani en Noviembre 08, 2007, 08:28:07 am
yo, sinceramente...me los fumo solo arreglando mi futura furgo... .rasta .bebe2 .bebe2
saludos a TODOS
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: euskovan en Noviembre 08, 2007, 08:39:45 am
...he oído que los controles estos antidroga los está haciendo la GC.. sabe alguien si la Ertzaintza también se ha puesto manos a la obra o no?
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: Nowiex en Noviembre 08, 2007, 11:32:04 am
En Catalunya tambien estan puestos los Mossos... asi que podria ser que la Ertzaintza estuviera en el fregao...
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: euskovan en Noviembre 08, 2007, 11:40:33 am
...vaya pues habrá que tener cuidado los findes, que supongo que será cuando más controles hagan
a este paso te pararán para soplar, luego a 100 m. te paran para el control antidroga, luego control de documentación jejejejeje
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: urkomendi en Noviembre 08, 2007, 11:49:52 am
PARA EUSKOVAN: los zipis ya hazen,,,la prueba:fiestas de Durango el mes pasao en el peaje de Iurreta y la subida a Trabacua
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: furgonesto en Noviembre 08, 2007, 13:45:14 pm
he oido q esto de los controles es muy relativo ya q puedes dar positivo incluso despues de habert fumado un peta hace tres dias
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: calitraum en Noviembre 08, 2007, 14:01:22 pm



             (http://i5.tinypic.com/7xwu06v.gif)  bien bien bien voy tomando nota de los nikis tos ustedes me van poniendo nº de dni  .meparto
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: fleky en Noviembre 08, 2007, 14:22:47 pm
Y por la banda derecha aparece el abogado del diablo,con su habitual sarcasmo...........


Que altera mas a un yonki,tomar o no tomar su dosis.... .meparto



Yo creo que cada persona es un mundo,y es obvio que lo notas,pero igual borjamozo nota mas no fumarse ese porro,no se si me explico.....
Un saludo
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: calitraum en Noviembre 08, 2007, 14:27:14 pm
Cita de: fleky en Noviembre 08, 2007, 14:22:47 pm
Y por la banda derecha aparece el abogado del diablo,con su habitual sarcasmo...........


Que altera mas a un yonki,tomar o no tomar su dosis.... .meparto



Yo creo que cada persona es un mundo,y es obvio que lo notas,pero igual borjamozo nota mas no fumarse ese porro,no se si me explico.....
Un saludo
tas llamando llonki a borjamozo...uyuyuyuy  .meparto
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: jalminha en Noviembre 08, 2007, 14:28:11 pm
Cita de: furgonesto en Noviembre 08, 2007, 13:45:14 pm
he oido q esto de los controles es muy relativo ya q puedes dar positivo incluso despues de habert fumado un peta hace tres dias


Asi es, te da positivo aunque te los hayas fumado hace 2 o 3 dias, eso si no te multan. Te hacen otro analisis para ver hace cuanto te lo has fumado. Eso si el cuadro y la perdida de tiempo no te la quita nadie.
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: marcel en Noviembre 08, 2007, 14:31:16 pm
Cita de: jalminha en Noviembre 08, 2007, 14:28:11 pm
Asi es, te da positivo aunque te los hayas fumado hace 2 o 3 dias, eso si no te multan. Te hacen otro analisis para ver hace cuanto te lo has fumado. Eso si el cuadro y la perdida de tiempo no te la quita nadie.


segun la "publicidad" que han enseñado por la tele, primero salivas en el aparato y si das positivo te "invitan" a entrar a una furgo medicalizada para un segundo control... .malabares

el chico que salio en la tele como "conejillo de indias" dio en el aparato positivo por porro y cocaina (reconocio abiertamente haberse fumado uno) y en la prueba posterior salio negativo de porro y cocaina pero dio positivo en alcohol  .meparto .meparto .meparto
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: fleky en Noviembre 08, 2007, 14:33:34 pm
Cita de: calitraum en Noviembre 08, 2007, 14:27:14 pm
tas llamando llonki a borjamozo...uyuyuyuy  .meparto


A borjamozo,a mi,a ti,atod@s,porque el que este libre de culpa (y no me refiero solo a los porros....)que tire la primera piedra(aunque aqui ha habido lapidacion ya.... :roll:
Por cierto calitraum aun no has contestado a mi pregunta....... .meparto .meparto
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: calitraum en Noviembre 08, 2007, 14:37:50 pm
Cita de: fleky en Noviembre 08, 2007, 14:33:34 pm
A borjamozo,a mi,a ti,atod@s,porque el que este libre de culpa (y no me refiero solo a los porros....)que tire la primera piedra(aunque aqui ha habido lapidacion ya.... :roll:
Por cierto calitraum aun no has contestado a mi pregunta....... .meparto .meparto
perdona fleky cual es tu pregunta? .confuso1
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: marcel en Noviembre 08, 2007, 14:40:47 pm
toma pedrada .bici .bici
!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
.meparto .meparto
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: jalminha en Noviembre 08, 2007, 14:41:20 pm
Cita de: marcel en Noviembre 08, 2007, 14:31:16 pm
segun la "publicidad" que han enseñado por la tele, primero salivas en el aparato y si das positivo te "invitan" a entrar a una furgo medicalizada para un segundo control... .malabares

el chico que salio en la tele como "conejillo de indias" dio en el aparato positivo por porro y cocaina (reconocio abiertamente haberse fumado uno) y en la prueba posterior salio negativo de porro y cocaina pero dio positivo en alcohol  .meparto .meparto .meparto


Lo que no se que nivel de fumada tienes que tener. Si hace 8 horas que no fumas, 10 horas, si importa la cantidad... es todo un poco confuso.
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: marcel en Noviembre 08, 2007, 14:43:43 pm
Cita de: jalminha en Noviembre 08, 2007, 14:41:20 pm
Lo que no se que nivel de fumada tienes que tener. Si hace 8 horas que no fumas, 10 horas, si importa la cantidad... es todo un poco confuso.


el chaval reconocia abiertamente que se habia fumado un cigerrete hacia poco...
lo cojonudo es que le pillaron por lo otro  .meparto .meparto
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: jalminha en Noviembre 08, 2007, 14:45:28 pm
Cita de: marcel en Noviembre 08, 2007, 14:43:43 pm
el chaval reconocia abiertamente que se habia fumado un cigerrete hacia poco...
lo cojonudo es que le pillaron por lo otro  .meparto .meparto


Yo lo vi, y el tio llevaba un careto que pa que. Encima decia: Si he fumao porros y me da igual por que mi madre ya lo sabe .meparto .meparto  y el tio estaba bastante crecidito. Como dicen en mi pueblo: Ja ho tenia pelut.
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: tatxen en Noviembre 08, 2007, 14:48:31 pm
............................
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: calitraum en Noviembre 08, 2007, 14:50:15 pm
Cita de: fleky en Noviembre 08, 2007, 14:22:47 pm
Que altera mas a un yonki,tomar o no tomar su dosis.... .meparto

Un saludo
supongo te refieres a esta...no?

weno pos yo pienso ke ambas dos alteran a un yonki....pero en el caso de los petas es algo distinto no crees? si hablamos de yonki tamos refiriendonos a drogas denominas duras el costo u la hierva no lo son con lo cual se pue prescindir de ellas sin el mal rollito del mopno..usease ke yo si no fumo ke me pasa muchas veces no me altero....creo haberte contestao no?.... y yo no me siento yonki ...ya lo deje  .meparto .confuso2 (http://i5.tinypic.com/8amiwjc.gif)
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: marcel en Noviembre 08, 2007, 14:53:46 pm
hombre Cali: entre colegas.... .malabares

cuando no fumas ni bebes la verdad que un pelin mas insoportable si que estas... .malabares .loco1
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: calitraum en Noviembre 08, 2007, 14:57:02 pm
Cita de: marcel en Noviembre 08, 2007, 14:53:46 pm
hombre Cali: entre colegas.... malabares

cuando no fumas ni bebes la verdad que un pelin mas insoportable si que estas... .malabares .loco1
y una polla gilipollas!!!! uy perdona es ke toy dejando de fumar... .meparto .fumando
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: furgonesto en Noviembre 08, 2007, 15:35:47 pm
cali t echamos en falta en la rioja,donde t metist maxo,faltabas tu
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: borjamozo en Noviembre 08, 2007, 15:37:02 pm
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tas llamando llonki a borjamozo...uyuyuyuy

joder me habeis lapidado agusto, ehhhhh, porfavor, borrar esos mensajes, k esto lo lee mucha gente y mi nombre sale ahi, ... jejeje, haber si va haber confusiones, k yo no soy yonki, acaso vosotros no tomais cafe?, chocoloate, medicamentos etc de sustancias LEGALES k tb son drogas.....o os pensais k la drogas solo son las k marca la ley española? porfavor....

pero sobre todo  ;D
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: BBird en Noviembre 08, 2007, 16:36:31 pm
Cita de: borjamozo en Noviembre 08, 2007, 15:37:02 pm
acaso vosotros no tomais cafe?, chocoloate, medicamentos etc de sustancias LEGALES k tb son drogas.....o os pensais k la drogas solo son las k marca la ley española? porfavor....



ahí le has dado.... que le quiten el tabaco a la gente, y ya veras tu lo que es estar en peligro en la carretera.... o quitame el chocolate... vamos...
yo creo que lo peor que tiene un porro es el tabaco que lleva, que mucha gente se ha enganchado a fumar por culpa de los porros... y en dejar la maria no han tenido problema, si no tenían no fumaban y ya está,  pero con el tabaco no han podido... pero como la maria no paga impuestos, pues está prohibida y el tabaco no
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: fleky en Noviembre 08, 2007, 18:46:49 pm
Hay queria yo llegar,en mayor o menor medida el ser humano es vicioso por naturaleza,y sea cual sea la naturaleza de tal vicio,no disponer del mismo creara cierta inestabilidad en el individuo,  :roll:
.nono .nono Tampoco me vale la de que son duras o blandas,sabes la de gente de corbata que consume?? y no porros precisamente,como decia una indigena de bolivia:
Nosotros plantamos la hoja de coca desde hace miles de años,nos da vigor,nos quita los dolores,nos quita el hambre,es propia de nuestra cultura,nosotros no tenemos la culpa de que estados unidos haga cocaina..........
Ale un saludo a tod@s
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: calitraum en Noviembre 08, 2007, 19:55:31 pm
 
Cita de: furgonesto en Noviembre 08, 2007, 15:35:47 pm
cali t echamos en falta en la rioja,donde t metist maxo,faltabas tu
ke way ke me echarais de - eso mola.....(http://i12.tinypic.com/8amiwjc.gif)  la verdad es ke me kede fumandome unos petas con unos coleguitas de toa la vida... ;D
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: marcel en Noviembre 08, 2007, 20:08:18 pm
Cita de: calitraum en Noviembre 08, 2007, 19:55:31 pm
 ke way ke me echarais de - eso mola.....(http://i12.tinypic.com/8amiwjc.gif)  la verdad es ke me kede fumandome unos petas con unos coleguitas de toa la vida... ;D


espero que fuera en la furgo, para no desviar el post... .malabares .sombrero
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: fuertchk en Noviembre 08, 2007, 20:10:32 pm
a veces me digo............ porque huele asi mi furgo.... ejejejeje y me digo despues....... ahhhhh es que  anoche pues...... y claro....... todo lleva a lo mismo no?........ EL CASO ES QUE............... humo y Furgo..............no van muu bie nque digamos......... pero claro.... no vamos a vivir para por la furgo no..... ??? .meparto .meparto .botapeta
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: calitraum en Noviembre 08, 2007, 20:21:42 pm
Cita de: marcel en Noviembre 08, 2007, 20:08:18 pm
espero que fuera en la furgo, para no desviar el post... .malabares .sombrero
claro claro.....
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: marcel en Noviembre 08, 2007, 20:25:27 pm
Cita de: fuertchk en Noviembre 08, 2007, 20:10:32 pm
a veces me digo............ porque huele asi mi furgo.... ejejejeje y me digo despues....... ahhhhh es que  anoche pues...... y claro....... todo lleva a lo mismo no?........ EL CASO ES QUE............... humo y Furgo..............no van muu bie nque digamos......... pero claro.... no vamos a vivir para por la furgo no..... ??? .meparto meparto .botapeta
cuando este sereno me lo cuente que no me entero de nada .meparto
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: calitraum en Noviembre 08, 2007, 20:33:01 pm
por favor ñores dejen el post pa los drogatas y no lo contaminen mas.. .meparto
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: fuertchk en Noviembre 08, 2007, 22:26:16 pm
y alos drogatas.......... dejen la droga que es muy mala y somos muchos..... ya demas hay poca...  .meparto
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: ETXABUIRO en Noviembre 08, 2007, 22:37:26 pm
Cita de: fuertchk en Noviembre 08, 2007, 22:26:16 pm
y alos drogatas.......... dejen la droga que es muy mala y somos muchos..... ya demas hay poca...  .meparto
el día k tu viejo se meta en el foro y lea esto, te va atirar de las orejas, pero bién, dejarás de ser fuertchk y serás conocido como dumbo!
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: KOYI en Noviembre 09, 2007, 00:50:08 am
Fuertkch me alegro k fumes porros, así en nuestra primera cita nos fumaremos algo. .meparto .meparto .meparto
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: fuertchk en Noviembre 09, 2007, 19:40:00 pm
Cita de: ETXABUIRO en Noviembre 08, 2007, 22:37:26 pm
el día k tu viejo se meta en el foro y lea esto, te va atirar de las orejas, pero bién, dejarás de ser fuertchk y serás conocido como dumbo!



cayaaaaaaaaaaaaaaaaa que ya lo sabe....... y no creas que s elo tomó muybienñ.. que digamos
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: fuertchk en Noviembre 09, 2007, 19:41:25 pm
Cita de: KOYI en Noviembre 09, 2007, 00:50:08 am
Fuertkch me alegro k fumes porros, así en nuestra primera cita nos fumaremos algo. .meparto .meparto .meparto

por mi bien, el problema es que conquien vamos, ejemplo: en la kedd gran canaria, habia una niña pequeña, pues yo no fume en toda la quedada, por respeto a la pequeña y alos padres... que no quiero que ni huela ni vea ni tome, nada nadie que no quiera, eso si... si nos arrimamos un poquito pa yá!!!! y no molestamos a nadie..... en tonces..... uno caerá seguro....   .meparto
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: KOYI en Noviembre 09, 2007, 19:43:44 pm
Siempre hay un hueco Fuertkch...
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: fuertchk en Noviembre 09, 2007, 19:44:58 pm
Cita de: KOYI en Noviembre 09, 2007, 19:43:44 pm
Siempre hay un hueco Fuertkch...


nos vamos a un veríl de esos.. por ahiii .meparto .meparto     y a hacer mas humo que <Unelco>   ;D ;)
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: KOYI en Noviembre 09, 2007, 19:57:42 pm
Oye sabes algo de la furgo del gitano?
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: fuertchk en Noviembre 09, 2007, 19:59:37 pm
Ojalá........ es que no da señales de vida, no teng la matricula entera.. y lo unico que puedo hacer ya lo he hecho.... 3esta noche voy a estar en triana..... a lo mejor tiene la sangre fria el que se la robo de pasar or ahi.-... y lo mato....
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: canido29 en Noviembre 10, 2007, 02:20:49 am
yo como cultivador y fumador

una vez por ej estando en mal aparkado tirado dentro fumandome uno de maria vi la luz naranja de al grua y arranke ,,para irme enotnces vinieron los polis a la ventana y...klaro tube ke bajar la ventana y ,,...zassssss
se kedaron ....mirando y ooliendo....:
menudos ojitos..a donde va..., ke hacia aki?mal aprkado ...podria irse a otro lado....

-vale vale ya marchaba....;)a donde va con esos ojitos? ....
pues marcho no? o me kedo? xd

marche marche pal castro
xd


cultivar es legr el autocultivo y el atuoconsumoo
se hacen palntaciones colectivas se anucnian en los juzgados
y rekisaron una plantaicon comunal ke han teniedoke devolverles toda la marihuana
y como se hga estropeado
tienen ke indemnizarles poir el alor de la maria


LEWGALIZACIONNNNNNNNNNNN

eso se esta haciendo en todas las ciudades comunidades plantciones ke se comunikan a los juzgados..normalmente asociaciones de pro canabis

en fin
el delito es trafikar

lo dificl es donde esta el limite de plantas a tener
entre 6 y 12 ..segun tamaños....en exterior
o en indor con 600Wfumas todo el año

plantante


si algun dia os multan ...declararos adictos y os mandan a reahbilitacion
dos semanas .test , te kitan la multa y sakabo

y hay casos donde la gente reclama lo incautado y es devuelto incluso   cantidades como 500 g de    grifa ke un barcelones iva a pillar a cadiz...para tener pa fumar cosa buena y barata durante un año o 6 meses....
se lo pillaron en un control..--el espliko ke era adicto y blablabla ke es pa autoconsumo ke el no trafika , kosa ke tendrian ke demsontrar....

en fin
mcuha censura

cannabiscafe.net
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: fuertchk en Noviembre 10, 2007, 04:50:48 am
(http://i1.tinypic.com/6yft1fs.jpg) (https://www.furgovw.org/galeria/fotos/fuertchk/85el6yf_big.jpg) *imagen borrada por el servidor remoto *imagen borrada por el servidor remoto       .botapeta
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: moboncio en Diciembre 31, 2008, 13:29:16 pm
Hola furgonetereos....casi que hago mal en presentarme y hacerlo en este hilo.... .baba, yo no tengo furgona aunque lo he empezado a mirar y como no he derivado en este maravilloso foro. como podreis comprender ya estoy enganchadisimo y a la busqueda de mi vehiculo. No soy experto en estos temas ya que como digo no he viajado nunca en vehículos vivienda, pero veo que hay mucho mito en estas cuestiones. En primer lugar creo que tendriamos que tener claro, que el domicilio es inviolable...excepto delito flagrante, orden judicial o consentimiento del propietario, esto es impepinable......pero que se protege realmente en este supuesto, el habitaculo, las paredes? el local?.....pues no, hay  que tener claro lo que realmente se protege es el derecho a la intimidad, este es el bien protegido, cualquier lugar donde una persona ejerza su intimidad no puede ser violado y punto, no me voy a perder en el mar de sentencias que justifican este extremo, por lo cual si en un vehículo, en una tienda de campaña, en una chabola ...... se ejerce la intimidad, nadie excepto en los tres supuestos puede entrar, si alguien lo hace estará cometiendo un delito ya digo que no me quiero perder en terminologia juridica (tpco soy un lince ni letrado).
consti española articulo 18.

Artículo 18.

1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en el sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.

3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.

4. La Ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.

Este derecho fundamental no está redactado en un panfletillo y creo que no deberia ofrecer muchas dudas.
Me gustaria hacer ver que tenemos deberes y obligaciones como ciudadanos y que como no tenemos derechos (cada vez menos) pero en este caso es un derecho fundamental, no es un asunto banal. Leo por aqui muchas experiencias con los agentes y su actitud, no entiendo por que tanta historia, yo lo tendria claro, me da igual que el agente venga borde , que venga subido de tono...cualquier agente tiene mucho mas que perder que un turista que no haya cometido ningun ilicito, tu como turista te expones a una sanción, recurrible en todos los casos y siempre que no haya nada sancionable por medio.
Matizar que un agente no sanciona, un agente propone, la ley gracias a dios no la hacen ellos. Esto lelva en mucha ocasiones a que el agente interprete la norma a su gusto y conveniencia desconociendo en muchos casos la aplicacion de la misma.
Si el agente entiende que debe acceder al habitaculo, en este caso el mio, debera saber que esta cometiendo un delito, ya le informare ya de que tengo un sistema de grabacion en el interior, puede parecer una fantasmada, pero el agente debera saber que está cometiendo un delito ya que no cumple ninguno de los tres supuestos mencionados anteriormente, a partir de aqui entiendo que el tono de la conversacion puede ser otro. Pero si el es consciente de que tu te arreisgas a la sancion que el proponga, siempre recurrible, a entender que además de enfrentarse a una posible denuncia, el primero que le azotará será su propio regimen discilplinario.

Art. 6.º De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27.3 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, son faltas muy graves:

1. El incumplimiento del deber de fidelidad a la Constitución en el ejercicio de las funciones.

2. Cualquier conducta constitutiva de delito doloso.

CAPITULO IV. SANCIONES DISCIPLINARIAS

Art. 12. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28.1, de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo (RCL 1986\ 788), de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, por razón de las faltas a que se refiere este Reglamento, podrán imponerse a los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía las siguientes sanciones:

Por faltas muy graves:

a) Separación del servicio.

b) Suspensión de funciones de tres a seis años.

Asímismo el articulo 21 de la ley 1/92 de seguridad ciudadana en su articulo 21 dice:
Artículo 21.

1. Los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad solo podrán proceder a la entrada y registro en domicilio en los casos permitidos por la Constitución y en los términos que fijen las Leyes.



3. Será causa legítima suficiente para la entrada en domicilio la necesidad de evitar daños inminentes y graves a las personas y a las cosas, en supuestos de catástrofe, calamidad, ruina inminente u otros semejantes de extrema y urgente necesidad.

En tales supuestos, y para la entrada en edificios ocupados por organismos oficiales o entidades públicas, no será preciso el consentimiento de la autoridad o funcionario que los tuviere a su cargo.

4. Cuando por las causas previstas en el presente artículo las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad entrasen en un domicilio, remitirán sin dilación el acta o atestado que redactaren a la autoridad judicial competente.

Todo esto seria muy extensible, pero lo que quiero dar a entender es que, en muchas ocasiones la amenaza por desconocimeinto de la norma hace que el ciudadano se acongoje y asuma situaciones que son denigrantes para él, las normas están para todos, para el agente también y si tu te arriesgas a que te sancionen, cualquier agente se arriesga a tres años de suspension de empleo y sueldo y a una acusacion por un delito grave.
Querria matizar, que un agente no es la ley y me quedo con un parrafo que describe el preambulo de la ley de fcsde, que lo describe como un servicio publico orientado a la defensa de la comunidad mediante la aplicacion del ordenamiento democratico.
Respecto al consumo deberiamos ir a la ley 1/92 de seguridad ciudadana

Artículo 25.

1. Constituyen infracciones graves a la seguridad ciudadana el consumo en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos, así como la tenencia ilícita, aunque no estuviera destinada al tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, siempre que no constituya infracción penal, así como el abandono en los sitios mencionados de útiles o instrumentos utilizados para su consumo.

2. Las sanciones impuestas por estas infracciones podrán suspenderse si el infractor se somete a un tratamiento de deshabituación en un centro o servicio debidamente acreditado, en la forma y por el tiempo que reglamentariamente se determine.

Esto es impepinable he aqui el vacio legal, la tenencia y el consumo esta sancionada en lugares, vias, establecimientos o transportes publicos, no esta sancionado la tenencia y el consumo en un domicilio (o lugar donde ejerzamos la intimidad) y siempre que no haya indicios de delito (balanzas, droga cortada para vender...) nadie puede quitarte tus porritos si estan dentro de tu domicilio, va a parecer una barbaridad, pero si yo me fumo un porro dentro de la furgoneta homologada como vivienda, domicilio......y el guardia me esta viendo desde fuera, no podria sancionarme, bueno si que pueden, pueden proponer, pero no hay mucho mas.En el caso de que hubiese una entrada y registro, deberia estar perfectamente especificado que la entrada y registro es para tal fin.

Joer que ladrillo os estoy metiendo, admito que la normativa es interpretable y que estas interpretaciones nos harian divagar mucho, a ver si un dia me compro una furgo y discutimos estos extremos con una birrita que da mas juego  ;D. Pero si me gustaria matizar, que violar un domicilio no es pasarte 20 km/h en un radar, es un derecho fundamental y que la libertad policial para ejercer esa autoridad discrecional esta mucho mas limitada de lo que pensais, hay una cárcel en logroño con muchos agentes de la autoridad detras de la reja.
Mi intencion es únicamente de informar, no de animar a provocar a nadie, la normativa esta para todos, todos somos responsables de nuestros actos y los agentes también pero de tanto aplicar la norma muchas veces olvidan realmente en las responsabilidades que ellos tienen como tal y de vez en cuando no esta de mas que se enfrenten a sus responsabilidades como nosotros nos hacemos cargo de las nuestras.
Ya os digo que esto seria muy extenso, no pretendo favorecer el consumo de nada, pero si tengo claro que el tabaco el cual tiene mas de 400 agentes cancerigenos PROBADOS  y solo con el impuesto del mismo se paga el presupuesto del ministerio del interior o el alcohol una de las drogas mas adictivas y destructivas que hay  no me cabe mas que entender que los tetrahidrocarburos estan prohibidos por una cuestion cultural y a conveniencia de las autoridades.

Un saludo a todos y FELIZ AÑO y que bajen los precios leñe¡¡
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: Manolín en Enero 01, 2009, 19:23:58 pm
Hola Moboncio, bienvenido al foro.

Como te veo muy puesto en estos temas, aquí en el foro se ha hablado de ellos en multiples hilos y uno de los cuales hace referencia muy directa a este tema que te aconsejo que nos aconsejes ;) http://www.furgovw.org/index.php?topic=21685.0

Manolín.
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: LOCO999 en Enero 01, 2009, 21:21:11 pm
El primer interesado yo , pero en vez desde el lado juridico-administrativo, yo voy a lo practico. Mi pregunta es,¿la prueva de la tira de la saliba ,etc ...  que canta ? cuanto ?hasta donde ?
La prueva que cantidad si la mide, si ayer fume uno hoy canta? Que mar de dudas
saludos
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: LOCO999 en Enero 02, 2009, 20:17:40 pm
curiosa pagina
http://www.policiajudicial.com/foros/viewtopic.php?f=25&t=22990&start=0&sid=01152b19e84f46c5be8af368e39e0073
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: LOCO999 en Enero 02, 2009, 20:33:01 pm
http://www.policiajudicial.com/foros/viewtopic.php?f=25&t=32131&start=0&sid=e5a672bc389b288ad612287d17250282 :o :o :o
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: camioneta en Enero 09, 2009, 02:21:51 am
hati  te van a denunciar por tenerlo no por fumarlo. fumarlo fumalo donde quieras pero si te pillan la multa es por tenencia , como si es una colilla , lo mandan a analizar y te denunciaran por esas michras,
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: bendermovil en Enero 09, 2009, 03:04:43 am
Pues yo, aprovechando que ha empezado el año nuevo, me he propuesto no fumar mas porros, y voy a ser bueno para siempre...+
tomad ejemplo y no complicaros la vida con cannavis sativa, ni con birras peleonas...
vamos tooodos a hacer deporte y senderismo, bici y piragua
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: hullk en Enero 09, 2009, 03:29:46 am
moboncio, que sea veiculo vivienda no significa que sea domicilio. para eso hay que estar empadronao o algo asi. como la tipica casa del pueblo, solo estas en una, en la habitual y no en la de vvacaciones, hay por algunos pos sobre el tema ese.es un poco lioso .loco2 y como siempre acabaran por hacer lo que les de la p...a gana :(
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: galtzagorri en Enero 09, 2009, 14:22:11 pm
No lieis las cosas, si tu estas en una habitación de hotel tampoco te pueden registrar, y no estás empadronado en ella. Lo importante es que se considere vivienda y/o morada, el coche por ejemplo no se considera domicilio y naturalmente con orden o delito flagrante te pueden registrar.

Pero es que es más si tu furgo es vivienda y te registran y te encuentran una cantidad considerada para consumo propio, ni siquiera te pueden multar administrativamente.
Otra cosa es que luego se puedan inventar que tu bajaste de la furgo que lo llevabas encima, que ese moratón que tienes fue que resbalaste etc etc

Pd: Yo he dejado de fumar tabaco este año, y solo fumo canutos fuera del trabajo y lo llevo un poco mal, espero aguantar.
PD 2:  Un saludo amuriotarra esta misma mañana he estado en tu pueblo currando.
Pd3 Ya lo puese en el otro hilo y creo que esta en este hilo también pero por si acaso: vais a flipar:
http://salon.cannabiscafe.net/contenidos/caravana.htm
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: Eva_furgo en Marzo 02, 2009, 19:37:53 pm
Madre mia veo el hilo y me deprimo..en lo k llevamos de año casi van dos multas..jejejeje.."me rio por no llorar"... ??? :roll:

en una se llevaron el grinder y multa.. a lo que tengo que decir esto:  ES UN ROBO!!ME HAN QUITADO UN OBJETO PERSONAL..ES MIOOO!!
no me parecio nada bien... .lengua2

La verdad que creo que las leyes y la justicia esta fatal..es normal esto es España...no estas haciendo nada y te paran te registran y encima te multan y pa colmo editado ellos..que esa es otra..

Te quitan algo que tu has comprado en un lugar que esta abierto por que ellos no lo han cerrado...k es lo que tienen k hacer..y k saben perfectamente donde venden...P.D:caso del grinder que esta comprado en una tienda y es legal (ya se como contiene sustancias ilegales se lo llevan..pues que arrasquen y se lleven lo k salga cojones-----)

Te quitan algo k tu has comprado con tu dinero del trabajo...que me lo gasto donde me salga de los hu...y eso que no tengo...

Ahora que dentro de la furgo el dia que me paren sin k lleve nada..se la lio parda..al que le toque por todos los k me han multado antes....no me parece bien que te registren la furgo si es vivienda y estas de viaje..me ven la ropa interior es como te gustan las de florecitas!!! jejeje..o las de rallas te gustan mas!! y bueno esto es para hacer un monologo..por que pueden pasarte cosas peores..que te saque una revista de los luniiisss o algo de eso k palo..señor agente eso no es mio!!jejeje..

bueno k se me va la pinza..jejeje
Saludosss..


Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: nomellamescarlitos en Marzo 02, 2009, 19:53:35 pm
a más de uno se le va la pinza pero claro con los psicoactivos....  .baba 

Dejé de fumar tabaco de la noche al día y muy de vez en cuando (cada mes o dos o tres meses) me fumo un cigarrito.
Dejé de fumar canutos y muy de vez en cuando (cada mes o dos o tres meses) me fumo un canutito.
Cualquier día lo dejo todo (mi mujer, mis hijos, mi trabajo...) y vuelvo a fumar canutos y tabaco!!!
estoy que no puedo más!! No me minéis la moral con que no puedo fumar en la fregonetaaaa!!

Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: larotorero en Marzo 03, 2009, 11:15:56 am
Cita de: 4 en Noviembre 07, 2007, 00:19:11 am
donde queda dicho que el consumo de cannabis en el keli es legal???si el consumo de esa sustancia es ilegal,ya k es una sustancia ilegal,en tu casa,en el coche en la furgo y donde sea,k lo fumes,puedes hacerlo,pero no es legal,ahora con el cartoncillo en la boka en los controles,mas de uno vamos a tener sustos,y si a un verde,le dices no me registres pk es vehiculo vivienda,ya vera la gracia kle hace y te presinta el carro,va por una orden,el tiempo k tarde,el coche precintado y ya veras como te lo registra y como te lo trinke,jajajaja...no seamos locos,yocomo fumador,si fumo,pero no nos pongamos cabezones con los de verde,k nos puetan a sako sikieren,es mi opinion..k no la de los demas
No se si sera legal o no pero el consumo esta permitido y no se sanciona,se sanciona la posesion.El problema viene por los dichosos test de drogas.¿quien tiene el valor moral de prohibirme fumar el-los porritos de buenas noches en mi casa con mi mujer y mis hijas? palabras de sanchez drago...
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: Eva_furgo en Marzo 03, 2009, 12:28:34 pm
Una cosa que me llama la atencion que pone por aqui es que si salvo que estes en una frontera o un deligo flagrante no te pueden registrar...vale bien....

Se considera delito fumar un porro en la furgo..o es una falta administrativa y por ello el que te pillen con un meil no es delito..

por que puede darse el caso de k te paren y te quieran registrar porque si..o que te vean consumiendo y te registren..es k es diferente la cosa...tengo un tio GCV...a la vez de que le quiero mucho pues le tengo un cierto asco por serlo..por k me lo imagino haciendo lo que muchos me han hecho y me entra la vena..pero bueno a ver si le pregunto a ver que me dice el...
Título: Re: Fumar porros en la furgo
Publicado por: deluis en Marzo 05, 2009, 15:26:41 pm
hola nunca imagine lo de no registrar si es vivienda en ciudad.pero si para fumar yerba tengo que ir asustado por calle,que este mal visto por una parte de la sociedad, o tener alteradas las mis facultades y mas cosas como la salud nono ,para eso esta el vaporizador y las neuronas te moriras con mas de las que necesitas. tengo que decir con mis facultades alteradas por fumar que soy plenamente consciente de sus perjuicios tanto como sus beneficios y si dios quiere me morire siendo un porreta 8).alguien sabe si es mejor que te cogan teniendolo encima o escondido en la furgo?un saludo
Título: Re:Fumar porros en la furgo
Publicado por: bribriblibli en Enero 07, 2011, 21:02:58 pm
Hace años que no fumo porros (lo dejé junto con el tabaco  ;D), pero hasta donde yo se, no es ilegal consumir ninguna droga. Esto se basa en que, evidentemente, cada unx puede hacer con su salud lo que crea oportuno; si a alguien le diera por beber sosa cáustica las únicas sirenas que vería serían las de la ambulancia, no las de la policía, ¿no?, pues lo mismo. Los delitos relacionados con drogas normalmente son trartados cómo delitos contra la salud pública; es decir, se juzgan por el peligro y los efectos perjudiciales que suponen para el resto de la sociedad. Es aquello que todxs hemos oído de "si te pillan con el bollo entero y alegas consumo propio lo tienes mucho más facil que si te pillan el mismo bollo a posturas (por que entienden que la diferencia es que uno es para consumir y el otro para pasar)". Sintetizando, lo ilegal es el tráfico, pero no la tenencia (según cuanto y donde...) ni el consumo. Si se penaliza a aquellxs a quienes se les encuentra en posesión de drogas es por la cantidad que llevan y donde se encuentran en ese momento. Vamos, que en tu vivienda, aunque tenga ruedas (y mientras sea considerada cómo tal), puedes consumir tranquila y felizmente.