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DUDA HOMOLOGACIÓN CLARABOYA!!

Iniciado por louup, Noviembre 16, 2014, 21:40:24 pm

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louup

hola buenas, escribo porque tengo una duda que me tiene algo preocupadillo :( :( compre a un amigo hace poco mas de un mes una ford transit del 92 minimamente"camperizada" con una claraboya ya instalada del propietario anterior propietario a mi amigo y en la ficha tecnica no pone nada de que este homologada ni nada, sin embargo a pasado las itvs correspondientes desde la instalacion de dicha claraboya, la duda me viene ahora que me gustaria recamperizarla incluiendole electricidad y homologarla como vehiculo vivienda, ahi viene la duda: como legalizo/homologo esa claraboya si ya venia instalada de hace  años?  ??? ??? ???

riki1980

X eso no te preocupes cuando hagas la homologacion incluyes la claraboya y ya esta ellos no te van a preguntar si la as puesto tu o estaba antes asi k no tengas pegas.

Saludos
Hasta la po... pero con ganas de acabar

louup

Pero nose ni la marca ni nada de esa claraboya no es necessaria?

riki1980

Si pero busca una parecida en la itv tampoco se fijan mucho en la caraboya x lo menos a mi
Hasta la po... pero con ganas de acabar

louup

Cita de: riki1980 en Noviembre 16, 2014, 22:15:38 pm
Si pero busca una parecida en la itv tampoco se fijan mucho en la caraboya x lo menos a mi


muchas gracias riki1980 aver si yo tengo la misma suerte!

sam3

Si el de la itv tiene ganas de trabajar, y el ingeniero también.... Te requerirán una marca CE (creo que se escribe así) osea una identificación europea con su numerito, para saber que no te la has echo en casa, si no tienen ganas de currar..... Pues suerte

perroflautero

No hay que confundir las claraboyas con los techos solares. Un techo solar se considera ventana y por tanto tiene que tener el marcado CE de homologacion. Una claraboya se considera aireador y por tanto no tiene ningun tipo de marcado CE puesto que los aireadores y rejillas de ventilacion no tienen por ahora ningun tipo de homologacion especifica.

URDULIZ

Noviembre 30, 2014, 11:16:33 am #7 Ultima modificación: Octubre 04, 2018, 09:41:43 am por URDULIZ
A
Lo siento, no puedo contestar mensajes privados, estoy muy ocupado.

sam3

Por lo poco que llevo en este foro, me estoy dando cuenta de una cosa, "perroflautaperroflauta" una cosa es ir, y otra cosa es ir"como dios manda" y a ti te gusta mucho ir a pelo.
Una claraboya, como si es un cimbrel del nachovidal, sobreoasa !siempre! (Estando en el techo, y salvo que sea artesanal y muy tuning) la altura legal del vehiculo.
Por lo tanto, debate de cosas de barrio.... Hay que homologar al 100% y debe de ser fabricado según unos estándares, que para eso la gente como yo trabaja todo el pi...... Año en una cosa que se llama Calidad.

perroflautero

Creo que no has leido/entendido bien lo que he escrito, releelo otra vez, no he dicho en ningun momento que no haya que legalizar la instalacion de la claraboya, he hablado sobre esa supuesta marcacion CE que tiene que tener la claraboya para estar homologada segun tu.
Que yo sepa las claraboyas no tienen marcado CE correspondiente a una directiva europea concreta, pero ya que tu si la conoces podrias ilustrarnos a todos ¿que directivas europeas ha de cumplir una claraboya?, ¿donde y como ha de llevar el correspondiente marcado segun tu? es que como yo voy a pelo no conozco nada de estas cosas...

Cita de: URDULIZ en Noviembre 30, 2014, 11:16:33 am
Perroflautero, aunque tienes razón en una parte, el problema no es ese.

Por esa regla de tres podríamos poner un plátano, un vela de barco plegada, la hélice de un avión, o el turboreactor.
Podríamos poner cualquier perfíl de goma, pegado con nosequé,....o sea cualquier cosa.
Esta cualquier cosa, se desprende a alta velocidad y se convierte en proyectil, eso me ha pasado a mí con un baúl y con una goma de un parachoques delantero de un coche tuneado, que se le soltó, rebotó en el suelo por debajo del coche y salió volando hasta mi foco delantero, el cual rompió, y que pudo ser peor.
Y en el caso del baúl que tampoco requiere homolgación, como ya os conté en su día, se abrió y todo bragas y gallumbos.
O sea, yo he tenido dos casos y han sido personales.

El tema es que para poner algo en un vehículo, este debe de estar homologado.

Sï hay homologaciones para exteriores, y también para interiores.

Cualquier fabricante tiene que por lo menos hacer alguna referencia a algún planteamiento de fabricación, donde, como, quién, etc. Estas no tienen nada. Ante esto lo más fácil es decir que no se requiere ninguna documentación por lo tanto se podrá poner cualquier cosa.


La claraboyas resulta ser que es de uno de aquellos elementos que  no salen de ningún lado, aparecen en los arboles.

En otro hilo y respecto a esta idea que teneis en la cabeza, a otro forero que pregunta por la homologación de un techo seta le he contestado que no le llame techo, que le llame claraboya, dado que no hay diferencia alguna. Así que siendo vivienda o autocaravana  podría poner cualquier "claraboya"

Una parte de la normativa dice que  se puede instalar cosas debidamente homologadas y te hacen el listado. Y no aquellas que no aparecen y que no tienen ningún tipo de control.

Para mi, y dado que suelen ser elementos fabricados en el "extranjero" , que les den, y que homologuen, no vaya a ser que seamos los más tontos de toda Europa.

Pon claraboya, pero con documentación.

Si lo que estamos hablando es del plan B, entonces no digo nada.

Saludos,
 


Claro que para vender una claraboya el fabricante ha de cumplir una normativa, en este caso supongo que como minimo se le exige que cumpla con la 16 y 16a del 74/483/CEE desarrollada en el reglamento 214/2004 sobre la directiva 2007/46/CE, es decir "la de salientes exteriores" para abreviar, ademas de las comunes sobre materiales, produccion etc. Por supuesto que no puedes poner una claraboya casera ni cualquier cosa, solo hablaba de una supuesta marcacion CE que segun sam3 han de llevar las claraboyas y que por supuesto no esta recogida en el reglamento ni en la directiva.


sam3

Vamos a ver, entonces si he entendido bien tus mensajes, me e equivocado en lo de CE, que como en mi mismo mensaje había puesto entre paréntesis, no estaba del todo seguro.
Tiene que tener un sello de homologación. Si o sí? Te e entendido bien no?
Tu que has escrito previamente?

Que al no ser ventana no esta sujeto a marcadores CE ni a ningún tipo de homologación especifica. Acaso continuo leyendo mal?
Un saludo, que parece que nos debemos dinero!

perroflautero

No, no tiene que tener sello de homologación, y no, no tienen homologación especifica. Creo que sigues sin entenderlo.

Y no nos debemos dinero, pero me molesta que digas que voy a pelo cuando me paso muchas horas leyendo y estudiando la normativa para poder llevar lo que llevo como lo llevo, o darle información correcta a otros.

saludos

sam3

Jo...er entonces, mis bases durante mucho tiempo, que han sido ESTE FORO y su gente deben de ser de confianza baja. Puesto que si tecleas leyes homologación claraboyas o algo del pelo, en Google te rédirige  a esta web. Y en ella desde hace dos años en todos sus mensajes se indica la Obligatoriedad de una seña de calidad en el producto a instalar.
Quizás he elegido mal mis fuentes y aqui hay gente muy mal informada?????
Pues ya paso de seguir discutiendote, ya que mi base de informacion no es veraz. Perdona las molestias y buen domingo.

sam3



No voy a seguir, es solo pa que no me tomeis por loco.
Esta claro entonces que no me puedo fiar de todo el mundo.

perroflautero

Este es un foro publico formado por todo tipo de personas, los hay mas informados y menos. Ademas las legislaciones cambian casi a diario y lo que ayer era blanco hoy es negro, y por otra parte la legislación de cada país tiene que ir convergiendo en una sola para toda Europa pero por ahora cada país va a su ritmo, por lo que no creo que el foro sea ni lo que creías que era ni lo que ahora crees, es un foro, no un compendio legislativo. La información mas actual y veraz la podrás conseguir de algun profesional del sector (y no de todos).
Lo que si hacemos es publicar y debatir (que no discutir) las interpretaciones de dicha legislación, lo que creo que es muy sano y normal.

No hay una homologacion especifica para claraboyas, lo que hay es una serie de artículos reglamentarios basados en directivas europeas que los elementos de un vehículo tienen que cumplir, por lo que por ahora las claraboyas no pueden llevar una marcacion especifica al no haber dicha normativa unificada para dicho elemento. En Alemania si que existe dicha homologacion por tener ellos una normativa nacional mas "evolucionada".

Sobre la citada foto de Thirn, el certificado de taller es exigible puesto que se ha intervenido en la carrocería del vehículo perforándola, y dicha intervención solo puede ser realizada por personal especializado (chapista) que lo haga conforme a la normativa vigente (no cortar zonas estructurales).
El informe de conformidad puede ser expedido por el fabricante del vehículo o por un laboratorio autorizado, que son quienes certifican que la zona cortada no afecta a la estructura del vehículo y que el producto instalado (claraboya) es adecuado a dicho vehículo y uso. El certificado de homologacion que le exigen es un fallo por parte de los señores de la itv que han oído campanas pero no saben de donde vienen, ya que dicho certificado no existe en España, es sustituido por el informe de conformidad del laboratorio ya que Fiamma no puede homologar sus claraboyas en España al no tener una reglamentación especifica.

Todo esto viene recogido en el manual de reformas, segunda revisión de Marzo de 2014, sección 1, grupo 8.51

No creo que nadie te haya tomado por loco, por mi parte ya te he dicho que solo me ha molestado que digas que mi opinión es la de alguien que va "a pelo" y no lleva las cosas "como dios manda" (supongo que por "dios" debo entender la ley).

saludos