Dudas con mueble cocina casero (itv)

Iniciado por oscaritosgarci, Agosto 12, 2018, 14:44:55 pm

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roKopep

Cita de: oscaritosgarci en Septiembre 02, 2018, 01:57:44 am
Bueno tomando medidas del minusculo hueco que tengo entre el asiento-cama y la puerta del maletero.... poco puedo meter ahi  y ahora la mujer dice que el potty lo.necesitamos para noseque de mear cuando lo necesite  a las noches asique el potty ahi tiene que ir y como con el potty solo llevaria las sillas y cosas asi..... la nevera no puede ir ahi , el hornillo no puede ir alado del potty ....... que dificil es todo

Si lo paso a turismo con reformas o algo asi , que pasos hay que seguir?????  El lunes voy a la itv y a un camperizador con lo que me digan en la itv y para lo de la instalacion electrica haber que me dicen pero vaya que si no puedo poner una nevera la placa de poco me vale

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.meparto  .meparto perdona Oscar, pero mas q unas risas se trata de unas grandes sonrisas de complicidad! Todos hemos pasado por ello y los quemaderos de coco son muchos, sobre todo cuando hay que hacer feliz a la pareja !

Pues mira, creo q pasarlo a turismo con reformas es lo mas conveniente y práctico. Lo único es que antes que todo tienes/tenéis q tener muy claro lo que necesitáis en la furgo y como disponerlo todo. Mírate todo lo que puedas por el foro, lo que han hecho otra gente con tu misma furgo y vete sacando ideas. Hazte un proyecto y una vez lo tengas claro pues lo consultas con un camperizador y te dará presupuesto. Normalmente suelen hacerlo todo, no tendrás q preocuparte por la parte burocrática porque te dejaran la Furgo lista con los muebles etc y el papeleo ya hecho.

En cambio si te la camperizas tu mismo (y te invito a ello si es q tienes el tiempo, las ganas y el espacio para hacerlo), pues antes de ponerte manos a la obra contacta con un ingeniero de reformas (por el foro hay varios y muy buenos) y consulta con él cada detalle de tu proyecto para ver si es viable y toda la documentación q necesitas, q no es poca.

Lo suyo sería aprovechar un único proyecto para legalizar todas las reformas, q en tu caso no son muchas: solo es el mobiliario interior y una placa exterior. Si haces conexión a 12v no necesitas ningún certificado de instalación, lo mismo vale si no haces instalación de gas.

Cualquier duda pregunta, saludos  ;)
"Lo esencial es invisible a los ojos"

oscaritosgarci

Esque ir a un camperizador me da cosa...... por que haber es hacer un mueble con un modulo para meter la nevera , hornillo de cartucho , un cajon para los platos y fregadero con depositos , no parece complicado de hacer ...... la furgo tiene una edad y el camperizador me va a dar en tol morro , pero claro no tengo sitio donde hacer los muebles y nunca he echo muebles mas que alguna balda y cajones de madera......

y necesito el tema de la electricidad asique por el camperizador hay que pasar

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+gvr

Cita de: llovarro en Agosto 31, 2018, 07:40:07 am
Buenas a vueltas con el tema de muebles en la zona de carga y su fijacion al vehiculo, ¿alquien puede indicarme donde estan las normativas que indiquen como se ha de estibar la carga? Es que no encuentro en ningun sito eso de que si va atornillada es reforma y si va con eslingas es carga.

Saludos


Complementando lo que te dice roKopep...

Al respecto de la carga todos los vehículos tienen que cumplir el Reglamento General de Circulación https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23514 , en especial, la Sección 2.ª Transporte de mercancías o cosas (Artículos 13 a 16).
En todos los vehículos se tienen que tener en cuenta en los estipulado en la documentación propia á efecto de donde y como cargar el vehículo, limites de peso por ejes, si puedes o no portar cosas sobre el techo, carga máxima en techo y cuales son los anclajes de fijación de barras de carga o de bacas, si puedes ó no instalar un portabicicletas en el portón o no...
En los vehiculos en los que el espacio de carga es compartido por el de pasajeros en el mismo volumen de la carrocería se tiene que cumplir los que estipula el ANEXO VI: DISPOSITIVOS DE RETENCIÓN Y ASEGURAMIENTO DE LA CARGA EN VEHÍCULOS QUE PUEDAN TRANSPORTAR SIMULTÁNEAMENTE PERSONAS Y CARGA EN UN MISMO HABITÁCULO del Reglamento General de Vehículos https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1999-1826
Este último es el que más nos afecta a no sel para las furgos de cabina simple o doble y caja a parte. Indica donde y como se fija la carga y en que condiciones de debe proteger a los pasajeros.
Lo que va transportado así es, técnicamente, carga y que ademas tiene que cumplir otros muchos requisitos adminsitrativos derivados del RGC, RGV (clasificación), Ley de Ordenación de Transportes Terrestres (tienes que estar contemplado en una de las excepciones para no ser considerado transporte profesional), UNE 12195...

Lo que no va de acuerdo a lo anterior siempre es susceptible de ser considerado instalción y como tal ser reforma por afectar a alguna de las condiciones que garantizan la aptitud del vehículo para circular. Si es así le es de aplicación el Manual de Reformas de Vehículos en vigor en ese momento.


Aquí tienes la justificación de porque hay que utilizar los mecanismos de aseguramiento certificados:

Cita de: +gvr en Junio 05, 2016, 23:58:00 pm
Parece que Furgomanía evoluciona... http://www.furgovw.org/index.php?topic=300776.30

Antes ocultaban los anclajes y ahora quedan a la vista  .malabares lo cual está muy bien porque eso de vestir un santo desvistiendo otro es como poco útil.

Siendo Kits (entendiendo como tal los muebles y los dispisitivos de amarre) los que se venden y del que se tiene que responsabilizar el propietario de su correcta sujección entiendo que la situacióbn es delicada ya que los tensores, cadenas y mosquetones no son los indicados para ese fin.

Siendo un kit para autoinstalar en venta debería ser un producto seguro y ateniéndonos a la legislación vigente, y a pesar del juego de dual carga/mueble transportado vs instalación no fija y desmontable, entiendo que al no tener norma específica pues le es de aplicación, al igual que infinidad de productos, el artículo 3 del Real Decreto 1801/2003, de 26 de diciembre, sobre seguridad general de los productos.

Artículo 3. Evaluación de la seguridad de un producto.

1. Se considerará que un producto que vaya a comercializarse en España es seguro cuando cumpla las disposiciones normativas de obligado cumplimiento en España que fijen los requisitos de salud y seguridad.

2. En los aspectos de dichas disposiciones normativas regulados por normas técnicas nacionales que sean transposición de una norma europea armonizada, se presumirá que también un producto es seguro cuando sea conforme a tales normas.

3. Cuando no exista disposición normativa de obligado cumplimiento aplicable o ésta no cubra todos los riesgos o categorías de riesgos del producto, para evaluar su seguridad, garantizando siempre el nivel de seguridad que los consumidores pueden esperar razonablemente, se tendrán en cuenta los siguientes elementos:

a) Normas técnicas nacionales que sean transposición de normas europeas no armonizadas.

b) Normas UNE.


Habiendo Norma EN 12195, aun cuando esta misma no tenga recogida la aplicación expresa para el caso, está todo más que claro.

Uno compra el kits, te venden los "dispositivos de amarre/fijación" pero te responsabilizas tu del uso y correcta colocación pero estos no son los adecuados para estos menesteres. Si estos fallan o se aflojan el responsable principal es quien transporta y asegura la carga. Se instalan sin herramientas, esa es la virtud, pero esos tensores se aflojan solitos con las vibraciones.

Como dicen que el sistema de enganche está patentado intuyo que algún cálculo habrán hecho, pero si forma un conjunto (mueble/tensores) casi medio hablamos de una instalación  .meparto

El punto 2.2 del Anexo VI "DISPOSITIVOS DE RETENCIÓN Y ASEGURAMIENTO DE LA CARGA EN VEHÍCULOS QUE PUEDAN TRANSPORTAR SIMULTÁNEAMENTE PERSONAS Y CARGA EN UN MISMO HABITÁCULO" define el Dispositivo de amarre como: "Son aquellos dispositivos que permiten asegurar la carga en el vehículo (cintas, cables, etc.) y que su instalación dependerá del tipo de carga que manipule el usuario.". Lo que proporciona Furgomanía es un conjuntos de elementos metálicos montados a conveniencia para asegurar los muebles. Habiendo una Norma EN 12195 creo que no hay más que decir...

Con todo me parecen unos muebles chulísimos y una combinación acertada en funcionalidad y diseño. Que conste  ;)

Un saludo!


Extraido de este hilo https://www.furgovw.org/index.php?topic=307188.105

No se si estos otros te ayudarán a aclararlo  .malabares

https://www.furgovw.org/index.php?topic=302781.0

https://www.furgovw.org/index.php?topic=341712.0

Un saludo!
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

roKopep

Cita de: +gvr en Septiembre 02, 2018, 10:30:24 am
Complementando lo que te dice roKopep...

Al respecto de la carga todos los vehículos tienen que cumplir el......



Genial, muchas gracias por el aporte tan completo, y ahora a estudiar .panico .panico  .panico
"Lo esencial es invisible a los ojos"

roKopep

Cita de: oscaritosgarci en Septiembre 02, 2018, 09:45:11 am
Esque ir a un camperizador me da cosa...... por que haber es hacer un mueble con un modulo para meter la nevera , hornillo de cartucho , un cajon para los platos y fregadero con depositos , no parece complicado de hacer ...... la furgo tiene una edad y el camperizador me va a dar en tol morro , pero claro no tengo sitio donde hacer los muebles y nunca he echo muebles mas que alguna balda y cajones de madera......

y necesito el tema de la electricidad asique por el camperizador hay que pasar

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Sí, tienes razón.. és altamente probable q muchos camperizadores te den largas, si no ven un proyecto de miles de euro difícilmente lo aceptan. Pero oyes, no son todos iguales, inténtalo. Sino busca a un carpintero en tu zona y que te haga algo sencillo de madera y ya. Tampoco hace falta pasar por un camperizador para lo de la electricidad, si se trata de meterle una segunda batería y unas tomas de mechero mas algún punto luz, eso te lo hace también un buen electrauto sin problema alguno. Si pones 220v recuerda pedir un certificado de la instalación realizada. Lo necesitaras para legalizar la reforma.

Saludos!
"Lo esencial es invisible a los ojos"

llovarro

Bueno pues despues de leer y releer los fotos y la normativa la cosa sigue sin quedarme clara. De entrada tengo claro que la carga ha de ir fijada con elementos homologados, tanto los amarres como los dispositivos de amarre independientemete de si para quitar los dispositivos necesitas herramientas o no en este hilo
https://www.furgovw.org/index.php?topic=302781.0 el forero +gvr dice


    y que no tenga necesidad de fijar a la carrocería mediante sistemas que requieran de herramientas para hacerlo, estaré dentro de la legalidad ¿ no?


Esto es un mito...es como si te dicen que te pongas a andar en linea recta y si no eres capaz es que estás borracho  .meparto

Es hecho de que puedas desmontar sin herramientas es la versión inversa a que si tienes que usar herramientas es que has hecho una reforma. Hay dispositivos de amarre que requieren de herramientas para poder ser usadas pero la mayoría se diseñan para prescindir de ellas por una cuestión de practicidad.


Con lo cual entiendo que si el vehiculo tiene remaches roscados (que son considerados como disposirtivos de amarre) no hay problema en atornillar la carga a ellos. Tambien en el reglamento de reformas inidica que si el elemento no supera la fila de asientos no se considera modificacion

"La reforma consistente en modificación o instalación de elementos en la zona de equipaje se aplicará cuando se sobrepase la altura de los respaldos de los asientos traseros. "


Visto lo visto entiendo yo que si llevas un mueble que no supera la altura de los asientos anclado a los puntos de amarre dispuestos por el fabricante del vehiculo con los disposivos de amarre homologados no se considera reforma independientemente de si necesitas herramientas para sacar los dispositivos de amarre.

Menudo lio .lengua2 .lengua2 .lengua2 .lengua2

aremaki

Hola
Yo veo el catálogo de la Citroen spacetourer camper que fábrica tinkervan y lo que venden son módulos de quita y pon anclados a la guía de los asientos. Quitan uno de la segunda fila y ponen el mueble en su sitio. Venden que es de quita y pon y entiendo que van con pomos roscados para desmontar sin herramientas.
¿Alguien conoce el sistema en detalle? Me he chupado todas las reviews y eso no lo enseñan. Tiene que estar bien atado legalmente porque lo venden así en los concesionarios para Citroen, Peugeot,Opel y Toyota.
Es que justo ese sistema quiero yo para mi viano😊
Eternamente agradecido si alguien aporta luz sobre el tema

karpintxiki

Cita de: aremaki en Julio 28, 2020, 00:03:04 amHola
Yo veo el catálogo de la Citroen spacetourer camper que fábrica tinkervan y lo que venden son módulos de quita y pon anclados a la guía de los asientos. Quitan uno de la segunda fila y ponen el mueble en su sitio. Venden que es de quita y pon y entiendo que van con pomos roscados para desmontar sin herramientas.
¿Alguien conoce el sistema en detalle? Me he chupado todas las reviews y eso no lo enseñan. Tiene que estar bien atado legalmente porque lo venden así en los concesionarios para Citroen, Peugeot,Opel y Toyota.
Es que justo ese sistema quiero yo para mi viano😊
Eternamente agradecido si alguien aporta luz sobre el tema
Vayan donde vayan anclados en realidad podrias llevarlo legalmente en función de la categoría que tengas tu furgoneta.  Si la tienes como turismo no podrías llevar ningún mueble ya que sería carga y no estás autorizado a no ser de que este incluido en la ficha del vehículo.  Otra cosa es que a veces no nos digan nada pero legalmente no podemos en un turismo más que llevar equipaje(ropa, material deportivo o comida). En realidad no podríamos llevar ni una caja de herramientas

aremaki

Pues esa es mi pregunta porque hasta donde yo se los venden con homologación de turismo en los concesionarios 🤔

Carmen ·HiruKa·

joder...se me había pasado por la cabeza hacer un invento para cambiar mi mueble cama por uno más estrecho y lateral, y tras empollarme todo lo que habéis dicho aquí me he quedado a cuadros....¡mi gozo en un pozo! Mi furgo es turismo M1

A ver si he entendido bien: siendo turismo no se puede llevar carga. Pero en caso de que se lleve (como suele pasar....) tendría que ir en el hueco del maletero, detrás de los asientos traseros, por el tema de la seguridad vial ¿no?

Pero...¿y si no tengo asientos? Es decir, he quitado el asiento doble y dejado solo el individual, para tener más espacio interior.  llevo el mueble cama detrás del asiento individual, en el hueco del maletero (que es la tercera fila de asientos pero sin asientos), con lo cual no se puede mover en caso de accidente, porque el asiento individual lo sujeta.
Y para que no se escapen las cosas que van debajo de la cama, he puesto una red, que aunque no es un gran invento, algo sujeta...

Circulo ilegal total ¿verdad??????   :-\  :-\  :-\

Y si encima circulo con la cama extendida, que ocupa todo el espacio desde los asientos delanteros hasta el portón, más ilegal todavía ¿no???? 

Al menos no llega hasta la altura del reposacabezas; si no, no entraría en la furgo, jajajajajajaja
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Prancer

Cita de: Carmen ·HiruKa· en Julio 28, 2020, 21:09:05 pmjoder...se me había pasado por la cabeza hacer un invento para cambiar mi mueble cama por uno más estrecho y lateral, y tras empollarme todo lo que habéis dicho aquí me he quedado a cuadros....¡mi gozo en un pozo! Mi furgo es turismo M1

A ver si he entendido bien: siendo turismo no se puede llevar carga. Pero en caso de que se lleve (como suele pasar....) tendría que ir en el hueco del maletero, detrás de los asientos traseros, por el tema de la seguridad vial ¿no?

Pero...¿y si no tengo asientos? Es decir, he quitado el asiento doble y dejado solo el individual, para tener más espacio interior.  llevo el mueble cama detrás del asiento individual, en el hueco del maletero (que es la tercera fila de asientos pero sin asientos), con lo cual no se puede mover en caso de accidente, porque el asiento individual lo sujeta.
Y para que no se escapen las cosas que van debajo de la cama, he puesto una red, que aunque no es un gran invento, algo sujeta...

Circulo ilegal total ¿verdad??????   :-\  :-\  :-\

Y si encima circulo con la cama extendida, que ocupa todo el espacio desde los asientos delanteros hasta el portón, más ilegal todavía ¿no???? 

Al menos no llega hasta la altura del reposacabezas; si no, no entraría en la furgo, jajajajajajaja

Al final si esta amarrado con cintas homologadas, se conservan los anclajes del asiento y los cinturones. Podrías ir de legal. Ahora, la interpretación del policía de turno es otra cosa... Si le pillas a buenas o no.
 Si se da cuenta que por mucho que sea carga, es mobiliario para una furgoneta camper...

Aunque en todo esto lo más grave no es la multa del policía de turno, es que por desgracia tengas un accidente y el seguro no se haga cargo porque llevas carga que no deberías.

Todo es jugársela, si puedes homologar, hazlo. Te ahorrarás problemas, dudas y miedo.