Pago impuesto de ITP de vehiculos en Navarra

Iniciado por Estitxu10, Marzo 06, 2018, 16:30:08 pm

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Estitxu10

Despúes de haber viajado en furgo de acompañante durante 8 años y enganchada totalmente a esta forma de vida, por cirscuntancias me he lanzado a la busqueda de mi primera furgo, ando mirando una T4 viejilla, que el presupuesto no está para tirar muchos cohetes...

Un tema que me está volviendo loca y generando muchas dudas a la hora de calcular los gastos a los que me tengo que enfrentar es el pago del impuesto de transmisión de vehículos si la compra-venta es entre particulares. He mirado en el foro, he preguntado al algunos de los vendedores, a algún conocido, por internet,  y cada respuesta era diferente... y me hacían pasar de la alegría al enfado cuando oía cifras desesperantes....asi que hoy he ido a la oficina de Hacienda de mi localidad y les he consultado... os cuento lo que he sacado en claro por si le puede venir bien a más gente, deciros que en mi busqueda de información anterior si que ví que de una comunidad autonoma a otra las cosas pueden variar.... yo los datos que aporto son de Navarra, al lio....

- Primer dato importante, el impuesto hay que pagarlo siempre en la comunidad autonoma en la que resida el comprador, da igual en que comunidad autónoma la compres.

- Los vehículos de más de 10 años están exentos de pagar este impuesto, pero las furgonetas "camper", yo he dado el dato de que buscaba una t4, no entran en esta exención... osea toca pagar :-[

- Sin el documento que acredite que has hecho ese pago en hacienda no puedes tramitar el cambio de nombre ni nada en tráfico. Osea, antes de nada toca pagar a hacienda.

- Así como de coches y otros vehículos en hacienda tienen unas tablas con el valor del vehículo sobre las que aplican el porcentaje a pagar teniendo en cuenta años, depreciación del vehículo, etc, con las furgonetas camper es otra historia, no hay tablas, y lo que hacen es aplicar un porcentaje sobre el valor de venta que aparezca en el contrato de compra-venta.

- Les pregunto el porcentaje a pagar y ahi surgen dudas y me dicen que depende del código que salga en la ficha técnica del vehículo, vamos de como esté catalogado, y que creen que  puede variar dependiendo de eso entre un 4 y un 10%...  :-[... para confirmar este dato me dan el teléfono  de Atención al contribuyente... :'(

Así que llamo....

- Me confirman todos los datos anteriores, y sobre el porcentaje a pagar me dan el siguiente dato, si la furgoneta está catalogada como vehículo mixto (codigo 3100) está exenta.... pero como este tipo de furgoneta suele estar como vehículo vivienda (código 2000) habría que pagar un 4% de precio que figure en el contrato de compraventa :'( :'(

Espero haber aclarado el tema para la gente que tenga las mismas dudas que yo... y si en algo me equivoco o me han informado mal .... agradeceré la información correcta... Saludos!!!

Noaizarrenhautsa

Mayo 16, 2018, 16:03:22 pm #1 Ultima modificación: Mayo 17, 2018, 16:19:23 pm por Noaizarrenhautsa
Buenas!
Yo un poco similar, he decidido dar el paso a furgo grande...
y aqui van mis dudas,
tengo ya apalabrada la compra de una T4 multivan, del 2000. El vendedor la tiene como mixto, pero me asegura que en la ITV le dijeron que puede pasarla a turismo; tiene la ITV vigente hasta octubre, cuando me convendria mas hacer el cambio? En el momento de la compra o esperar a octubre? ??? ??? ???
soy de Gipuzkoa

En el caso de que sea en el momento de la compra, deberia hacer el vendedor el cambio o yo?