Clasificación tras camperización:1048 (turismo) vs 3148 (mixto) vs 2448 (furgón)

Iniciado por COC-Homologation, Agosto 31, 2016, 20:25:50 pm

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perroflautero

En base a la tabla del manual de procedimiento yo entiendo que un mixto-adaptable es M1, pero también es verdad que si la contraseña empieza por "C" tiene que ser N1, así que hay dos normativas que se dan de palos... .loco2 pero supongo que la que se impone en estos casos sera la de rango superior ¿no? es decir la directiva está por encima del manual de procedimiento ¿no?.

Joder, como me alegro de no dedicarme a nada de esto...

jallacru

Ya no sé como será la norma, pero lo que yo entendí de mi ITV es que con mi furgo del 2004  al ser homologación europea e*. . . y 3100 podía pasarla a turismo 1000 por la razón de que el fabricante había homologado/ previsto 9 ocupantes con sus correspondientes cinturones de anclaje, aunque cuando la compré era para 6 (3 delante y tres en medio) por tanto me admitía el cambio a 1048 turismo/vivienda

Que si la furgo hubiera estado homologada directamente  por el fabricante para 6 plazas y no estuviera prevista la ampliación a 9, la homologación sería c* y no podría ser turismo, sino que se quedaría como furgón  3100 y al pasarla a vivienda sería 3148 furgón/vivienda

Luego estaban los furgones 2400 que no podían admitir más que los 3 asientos delanteros porque el fabricante no había homologado el resto de asientos.

Todo esto me llevo a comprar la homologación e* para evitar problemas futuros. . .  pero ya veo que cada ITV interpreta lo que puede.. . y que incluso los que trabajan en el sector tienen serias dificultades en aconsejarnos.

En mi ficha pone ahora turismo/vivienda 1048. . . A ver cuanto me dura la alegría.

Cristelly

Buenas a todos,yo acabo de pasar ahora mismo la ITV, la mía era M1, 3100 mixto adaptable y me la han homologado como 1048 vehículo turismo-vivienda.

URDULIZ

Lo siento, no puedo contestar mensajes privados, estoy muy ocupado.

Ledicia

Hola a todos,
Madre mía, tantas cosas que llevo aprendidas del foro pero tantas otras dudas que salen al saber sólo un poco, hay tanta información que se escapa... Entro en el tema porque estamos mirando furgos para comprar y una de las que vimos está como 3100, la contraseña de homologación empieza por C- pero en el número de plazas pone 3/9, ¿no se supone que aunque sea mixto adaptable si empieza por C- la contraseña debería estar delimitado el espacio de carga por ser N1? ¿Ó eso es sólo para los 24 furgón? En la ficha no aparece si es N1 ó M1 realmente, ¿quién podría decírmelo, la ITV ó la VW? Tengo un lío tremendo, porque en la ficha específica que es "furgón", la idea sería (si la adquiriésemos) pasarla a turismo pero si es C- solo se podría pasar a 3148 como mucho no? Vaya lío, perdonad el rollo y gracias de antemano si alguien puede aclararme semejante cristo...
Ride the spiral to the end and may just go where no one's been

Espartano

Cita de: Ledicia en Septiembre 09, 2016, 16:12:47 pm
Hola a todos,
Madre mía, tantas cosas que llevo aprendidas del foro pero tantas otras dudas que salen al saber sólo un poco, hay tanta información que se escapa... Entro en el tema porque estamos mirando furgos para comprar y una de las que vimos está como 3100, la contraseña de homologación empieza por C- pero en el número de plazas pone 3/9, ¿no se supone que aunque sea mixto adaptable si empieza por C- la contraseña debería estar delimitado el espacio de carga por ser N1? ¿Ó eso es sólo para los 24 furgón? En la ficha no aparece si es N1 ó M1 realmente, ¿quién podría decírmelo, la ITV ó la VW? Tengo un lío tremendo, porque en la ficha específica que es "furgón", la idea sería (si la adquiriésemos) pasarla a turismo pero si es C- solo se podría pasar a 3148 como mucho no? Vaya lío, perdonad el rollo y gracias de antemano si alguien puede aclararme semejante cristo...


un N nunca podrá pasar a ser M con una reforma, ya que esta clasificación es por criterio de fabricación.

un N como máximo podrás pasarlo a Mixto 3100 y parece ser que a 3148 ya no los están pasando...al menos yo no lo consegúi en julio pasado. Según el tema del hilo,...en enero ya ni por casualidad

como opción podrás pasar a 3100 con modificaciones,..obligándote el asunto a dejer libres todas las anillas de carga y sus posibilidades de transfromación "con erraminetas sencillas y rapidamente"...no vale mucho la pena, creo, mejor pasar a 2448

habla con el ingeniero que te vaya a llevar la reforma...otra cosa es volverse loco/a



no hace falta divertirse para beber

COC-Homologation

Septiembre 09, 2016, 19:32:15 pm #66 Ultima modificación: Septiembre 09, 2016, 19:36:33 pm por COC-Homologation
Hola a todos,

Vamos a ver, cada uno tira para su ascua e intenta justificar sus argumentos de la mejor manera, por lo que creo que es conveniente hacer un repaso general de la situación, para que cada uno saque sus propias conclusiones.

El 26 de Enero de 1999 se publica el Reglamento General de Vehiculos (RGV). En su anexo II encontramos las diferentes  clasificaciones que me tomo la libertad de copiar:

•   24 Furgón/furgoneta MMA ≤ 3.500 kg. - Automóvil destinado al transpone de mercancías cuya cabina está integrada en el resto de la carrocería con masa máxima autorizada igual o inferior a 3.500 kg.
•   30 Derivado de turismo   - Vehículo automóvil destinado a servicios o a transporte exclusivo de mercancías, derivado de un turismo del cual conserva la carrocería y dispone únicamente de una fila de asientos.
•   31 Vehículo mixto adaptable - Automóvil especialmente dispuesto para el transporte, simultáneo o no, de mercancías y personas hasta un máximo de 9 incluido el conductor, y en el que se puede sustituir eventualmente la carga, parcial o totalmente, por personas mediante la adición de asientos.

Ahora ya sabemos lo que es cada vehículo.

Posteriormente el 09-10-2007, se le ocurrió a un señor/es publicar una directiva comunitaria, la 46/2007/CE que regula la homologación de vehículos y de obligado cumplimiento en todos los estados miembros.

Al señor/es que la redactaron, le suena a chino lo de Mixto, Furgón........ Puesto que el RGV es una norma española. Que quiere decir esto, que ambas normas NO tienen relación en su redacción.

Pues bien, la directiva 46/2007/CE tiene el anexo II que nos habla de" Definición de categorías y tipos de vehículos " y nos dice:

Categoría M1: Vehículos de ocho plazas como máximo (excluida la del conductor) diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros.
Categoría N1: Vehículos cuya masa máxima no supere las 3,5 toneladas diseñados y fabricados para el transporte de mercancías.

Pues bien, la directiva además nos define las carrocerías:

Dentro de los M1
AF Multiuso - Vehículo de motor no mencionado de AA a AE destinado al transporte de pasajeros y su equipaje o mercancías en un compartimento único. No obstante, si reúne los dos requisitos siguientes:
i) el número de plazas de asiento, excluida la del conductor, no es superior a seis; se considerará que hay una «plaza de asiento» si el vehículo dispone de anclajes para asiento «accesibles»; por «accesibles» se entenderán los anclajes que pueden ser utilizados. Para que
unos anclajes no sean «accesibles», el fabricante deberá impedir físicamente su uso, por ejemplo, soldando encima unas placas que los cubran o instalando unas piezas permanentes similares que no puedan quitarse utilizando herramientas disponibles normalmente;

ii) P - (M + N × 68) > N × 68
siendo:
P = masa máxima en carga técnicamente admisible (kg),
M = masa en orden de marcha (kg),
N = número de plazas de asiento excluida la del conductor,

no se considerará que este vehículo pertenece a la categoría M1.

Y Dentro de los N1

BB Furgoneta Camión con la cabina integrada en la carrocería

-- Sin embargo, si un vehículo perteneciente al tipo BB con una masa máxima técnicamente admisible no superior a 3 500 kg:
tiene más de seis plazas de asiento, excluido el conductor,
o
reúne estas dos condiciones:
i) el número de plazas de asiento, excluida la del conductor, no es superior a seis, y
ii) P - (M + N × 68) ≤ N × 68,
no se considerará que este vehículo pertenece a la categoría N.
donde para los vehículos de AF (vehículos multipropósito) se los clasifica

Por tanto, ya podemos sacar algunas conclusiones:

Si el vehículo tiene 8 o 9 plazas es M1
Con estas definiciones tenemos claras unas cosas:
24 Furgón/furgoneta MMA ≤ 3.500 kg. -  Sera N1
30 Derivado de turismo -  Sera N1

31 Vehículo mixto adaptable-  ¿Qué será N1 o M1? ¿Qué priorizo carga o ocupantes?

Ahora imaginemos un vehiculo con 5-7 plazas tipo furgoneta, de las cuales la segunda fila se desmonta o puede plegarse para llevar carga.
Si cogemos la definición del RGV esta claro. 31 Vehículo mixto adaptable
Si este vehículo tienen una:

P = masa máxima en carga técnicamente admisible (kg) = 3500 Kg
M = masa en orden de marcha (kg) = 1200 Kg
N = número de plazas de asiento excluida la del conductor = 6
Y aplicamos la formula es un N1

En cambio si tiene:

P = masa máxima en carga técnicamente admisible (kg) = 2000 Kg
M = masa en orden de marcha (kg) = 1200 Kg
N = número de plazas de asiento excluida la del conductor = 6

Y aplicamos la formula en un M1.

Pues bien, acabamos de ver siguiendo estrictamente la normativa en vigor, como un vehículo mixto puede ser M1 y N1.

Para los puristas, podéis repasar el texto completo, para ver si en algún momento se ha hablado de Mamparas de separación de la carga. (ya os lo adelanto, NO)

Por tanto, como podéis ver la realidad, y la normativa son tozudas.

Un detalle, el "Manual de procedimiento de Inspección de las Estaciones de I.T.V" es eso, un manual que regula el procedimiento para inspeccionar los vehículos en las estaciones correspondientes, y NO es ninguna normativa que regule la homologación de vehículos ni las reformas, que en España las regulan el RD 750/2010 y el RD 866/2010.

Es mas, en dicho manual, explicando el procedimiento, en la sección I (vehículos M y N), punto 1 "Identificación", la ficha 1-1 documentación dice textualmente en método:

"Mediante inspección visual se comprobará la coincidencia de los datos de identificación reflejados en la documentación presentada con el vehículo a inspeccionar, esto es, su número de bastidor y su número de matrícula, y en su caso, su marca y denominación comercial."

Por tanto, en la inspección periódica, NO se revisa la clasificación del vehículo.

Por último, las contraseñas de homologación nacionales, para los M1 empiezan por B igual que las homologaciones unitarias a M1 empiezan por HIB. En el caso de los N1 es C.

Espero haya quedado aclarado.

Saludos,


J. Luis

Espartano

peazo explicación,  ;)

gracias por tu tiempo y compartir conocimientos..,
;)
no hace falta divertirse para beber

Ledicia

Cita de: COC-Homologation en Septiembre 09, 2016, 19:32:15 pm

Por tanto, ya podemos sacar algunas conclusiones:

Si el vehículo tiene 8 o 9 plazas es M1



Es decir, que en el caso concreto de la furgo que miramos, como en el número de asientos pone 3/9 y es 3100 puede ser M1 ó N1 dependiendo de los asientos que lleve montados, o eso entiendo...
Lo que me queda claro es que en la ITV se limitan a revisar el vehículo y listo, pero supongo que ellos podrán informar/saber si es posible hacer un cambio de homologación y otro dependiendo del vehículo que se parta y a lo que se quiera llegar. Muchísimas gracias por la explicación, en caso de decidirnos por esa furgo lo consultaré bien antes para después no llevarnos sorpresas... Un saludo a todos
Ride the spiral to the end and may just go where no one's been

Ledicia

Gracias también a jjota y Espartano por sus respuestas, realmente no sé si la furgo es N1 ó M1, actualmente tiene 9 asientos por lo que presupongo sería M1, pero al no especificarlo en la ficha técnica (es el único documento del vehículo que pude ver) no tengo más manera de aclararlo... Un saludo
Ride the spiral to the end and may just go where no one's been

Luixi

Pues sí que queda claro. Soy 3100 M1, o sea, a partir de enero me olvido de poder pasar a 3148  :'(

Gracias por compartir tanta información

Salud,
"Viu plenament qui permet que el seu destí sigui un misteri" Stefan Sweig.

URDULIZ

Lo siento, no puedo contestar mensajes privados, estoy muy ocupado.

COC-Homologation

Cita de: -dAnTe- en Septiembre 10, 2016, 13:41:53 pm
Pues sí que queda claro. Soy 3100 M1, o sea, a partir de enero me olvido de poder pasar a 3148  :'(

Gracias por compartir tanta información

Salud,


Hola,

no vas atener ningún problema. El problema estará para los 1000 turismo. En tu caso sin problemas.

saludos,
J. Luis

COC-Homologation

Cita de: URDULIZ en Septiembre 10, 2016, 13:53:54 pm

O sea, decir que un mixto pueder ser M1 y N1 es ya una invención.


No es ninguna invención, un M1 puede ser clasificado como mixto, y un N1 también, cumpliendo sobradamente las definiciones de clasificación y categoría.

No se deben mezclar cosas diferentes de normativas diferentes sin relación. Una cosa es la categoría (directiva Europea) y otra la clasificación. (normativa española)

Cita de: URDULIZ en Septiembre 10, 2016, 13:53:54 pm
Así que si ahora quieres hacer una reforma en el vehículo lo estarás haciendo o en un M1 o en un N1. Y eso ya no lo cambia nadie excepto algunos casos donde pasas de M1 a N1, o sea de capacidad de transportar personas a capacidad de transportar mercancía. Donde esto último ya chirría por todos los lados.

De nuevo si haces esto último, hay que seguir cumpliendo la fórmula, pero aquí ya hay algo importante, las pruebas de N1 ya están superadas, o sea , esto es fácil. Fácil si vas a transportar mercancía.

Sin embargo si pretendes hacer al revés, pasar de N1 a M1, te encuentras que las pruebas de M1 no están realizadas. Y son pruebas que un particular no puede costear y tampoco lo pueden hacer muchas empresas.


Siento discrepar nuevamente. Para pasar de M1 a N1 no suele haber mayor problema al ser mas restrictivos los ensayos de un M1. Para el caso contrario de N1 a M1 en muchas ocasiones el propio fabricante tiene el mismo vehículo en ambas categorías (por ejemplo VW T5) y el cambio igualmente es posible, aunque en este supuesto no en todos los casos.

Saludos,
J. Luis

Luixi

Cita de: COC-Homologation en Septiembre 10, 2016, 14:14:07 pm
Hola,

no vas atener ningún problema. El problema estará para los 1000 turismo. En tu caso sin problemas.

saludos,

Gracias, por la aclaración.
Un dato, sin querer liarla más, según la fórmula tengo una M1 pero ahora repasando papeleo de la ITV, en la factura (el papelito con el código de barras) me salen todos los datos y pone que es N1  .meparto

Salud,

"Viu plenament qui permet que el seu destí sigui un misteri" Stefan Sweig.