Reportaje "Vivo en la carretera" en TVE

Iniciado por fagus, Septiembre 11, 2014, 12:30:05 pm

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urbanoII

Cita de: Pape en Octubre 07, 2014, 14:55:00 pm
Entre pernoctar y acampar la diferencia está clara. Que denuncien a todos los que acampan y que nos dejen tranquilos a los que respetamos las normas.


No te creas que está tan clara.

Hay acampadas legalmente clarísimas, si abres el toldo opones los calzos, por ejemplo.

Pero si pones sólo  una mesa al lado de la furfo ya no está tan claro: para algunos estás acampado pero el perimetro del vehiculo no se ve sobrepasado, está apoyado sobe las ruedas y no salen fluídos.

Enviado desde el móvil, disculpa la brevedad y los errores.


Lur ta Alaia

Octubre 07, 2014, 17:51:04 pm #31 Ultima modificación: Octubre 08, 2014, 09:31:34 am por Lur ta Alaia
Cita de: urbanoII en Octubre 07, 2014, 15:24:21 pm
No te creas que está tan clara.

Hay acampadas legalmente clarísimas, si abres el toldo opones los calzos, por ejemplo.

Pero si pones sólo  una mesa al lado de la furfo ya no está tan claro: para algunos estás acampado pero el perimetro del vehiculo no se ve sobrepasado, está apoyado sobe las ruedas y no salen fluídos.

Enviado desde el móvil, disculpa la brevedad y los errores.


Siento discrepar, pero si no recuerdo mal los calzos están permitidos por la directriz de la DGT y se consideran elementos para el buen estacionamiento del vehículo. Cualquier elemento externo ya puede ser considerado acampada. Pero aquí entra como en todo la subjetividad, es dicir, todos hemos visto domingueros con sillas y mesas colocadas a escasos centrimetros de su coche y nunca les multarán por estar acampados, pero por desgracia para nosotros, dependiendo del agente de la autoridad nos pueden multar a las dos de la tarde pir estar camiendo y nisiquiera tener intención de pernoctar en el lugar.
Mi duda está en los que como nosotros tienen techo elevable. En principio no sobresale de los límites del vehículo, porque se supone que se tiene en cuenta largo y ancho, de no ser así, se podría multar a todos los vehículos que circulan con cofre en la baca.
Alguien está capacitado para respomderme si con techo elevado, según la DGT estoy estacionado o acampado?, se lo agradecería infinitamente y me quitaría muchos quebraderos de cabeza.

urbanoII

Cita de: Lur ta Alaia en Octubre 07, 2014, 17:51:04 pm
Siento discrepar, pero si no recuerdo mal los calzos están permitidos por la directric de la DGT y se consideran elementos para el buen estacionamiento del vehículo. Cualquier elemento externo ya puede ser considerado acampada. Pero aquí entra como en todo la subjetividad, es dicir, todos hemos visto domingueros con sillas y mesas colocadas a escasos centrimetros de su coche y nunca les multarán por estar acampados, pero por desgracia para nosotros, dependiendo del agente de la autoridad nos pueden multar a las dos de la tarde pir estar camiendo y nisiquiera tener intención de pernoctar en el lugar.
Mi duda está en los que como nosotros tienen techo elevable. En principio no sobresale de los límites del vehículo, porque se supone que se tiene en cuenta largo y ancho, de no ser así, se podría multar a todos los vehículos que circulan con cofre en la baca.
Alguien está capacitado para respomderme si con techo elevado, según la DGT estoy estacionado o acampado?, se lo agradecería infinitamente y me quitaría muchos quebraderos de cabeza.


Yo creo que lo que están permitidas son las cuñas de seguridad pero, por lo general, en las ordenanzas municipales restrictivas siempre suele poner que el perimetro no se puede alterar y que el vehículo tiene que estar apoyado en el suelo sobre las ruedas.

Por lo demás, me das la razón: hay muchas circunstancias en las que no está claro cuando un vehículo está o no correctamente estacionado o está acampado. Para unos lo está y para otros no. Para unos comer al lado de la furgo es acampar, para otros no, para unos levantar el techo lo es y para otros no.

manuelcastagnal

el baul del vehiculo me parece que no se considera acampado, porque creo recordar (creo) que no se puede exceder el perimetro que ocuparia el vehiculo en movimiento, y si circulas con el debidamente señalizado no creo que tengas problemas
tambien si no recuerdo mal (que puede ser que si que esto lo recuerdo peor) el vehiculo se considera aparcado si lo esta sobre las ruedas u otros elementos permitidos como lo haria normalmente, que son los calzos(pero es cierto que hay dos tipos de calzos aunque digo yo que los dos inmovilizan pero otros ademas nivelan e igual puede haber confusion)
lo del techo elevable si que esta un poco en el aire, desde perpectiva caballera (visto desde arriba) no aumentas el perimetro, pero visto desde un lado si, creo que se hablo de esto en las reuniones de la paca la feaa y demas con la dgt pero en principio creo que no se entro en detalles dando a entender que se puede levantar el techo pero siempre quedara a la interpretacion del agente que nos toque y como segun recuerdo no se puntualizaba sera dificilmente recurrible
e= m*c^2
furgonetear sin parar es mi ideal, siempre quiero mas,

Lur ta Alaia

Octubre 08, 2014, 09:35:45 am #34 Ultima modificación: Octubre 09, 2014, 17:50:28 pm por Lur ta Alaia
Cita de: manuelcastagnal en Octubre 07, 2014, 18:12:11 pm
el baul del vehiculo me parece que no se considera acampado, porque creo recordar (creo) que no se puede exceder el perimetro que ocuparia el vehiculo en movimiento, y si circulas con el debidamente señalizado no creo que tengas problemas
tambien si no recuerdo mal (que puede ser que si que esto lo recuerdo peor) el vehiculo se considera aparcado si lo esta sobre las ruedas u otros elementos permitidos como lo haria normalmente, que son los calzos(pero es cierto que hay dos tipos de calzos aunque digo yo que los dos inmovilizan pero otros ademas nivelan e igual puede haber confusion)
lo del techo elevable si que esta un poco en el aire, desde perpectiva caballera (visto desde arriba) no aumentas el perimetro, pero visto desde un lado si, creo que se hablo de esto en las reuniones de la paca la feaa y demas con la dgt pero en principio creo que no se entro en detalles dando a entender que se puede levantar el techo pero siempre quedara a la interpretacion del agente que nos toque y como segun recuerdo no se puntualizaba sera dificilmente recurrible


Pues seguimos en las mismas. Dependemos de la interpretación del agente de "inseguridad" del pueblo en cuestión y de las cervezas o refrescos gratis que se tome en el bar del camping de la zona. Es lo que tiene Spañistan. Y luego me preguntar porque escapo a Europa en verano.

manuelcastagnal

Cita de: Lur ta Alaia en Octubre 08, 2014, 09:35:45 am
Pues seguimos en las mismas. Dependemos de la interpretación del agente de "inseguridad" del pueblo en cuestión y de las cervezas o refrescos gratis que se tomo en el bar del camping de la zona. Es lo que tiene Spañistan. Y luego me preguntar porque escapo a Europa en verano.

conozco gente que le han multado por ir sin cinturon y ellos lo llevaban,
puedes estar bien aparcado y que el policia te multe, solo que si lo llevas todo correcto es mucho mas improbable y en el caso de que suceda igual te admiten unas fotos en el recurso (o igual no)
de hecho segun la normativa mas alta que es la que se tendrian que adaptar los ayuntamientos y comunidades... pero lo de hacer leyes ilegales es lo que se lleva aqui
e= m*c^2
furgonetear sin parar es mi ideal, siempre quiero mas,

Pape

Los calzos creo que no están permitidos, se considera acampada.

Los que están permitidos son para los camiones en cuestas, pero no para el resto de vehículos.

IRONVAN

Dice la norma que están permitidos si debido a las características de la zona de aparcamiento se utilizan para mejorar la seguridad.

Vamos, que si aparcas en una cuesta con mucha inclinación y le pones los calzos nadie te va a decir que estas acampado, pero si los pones para nivelar te lo pueden decir. Es sencillo, si hay mucha inclinación por muchos calzos que pongas la furgo seguirá sin estar nivelada y si lo está te la juegas a que alguien entienda que estas acampado según la normativa.
Mercedes SPRINTER larga (7m) "Mark I" Camperizacion completa Gas free:
http://www.furgovw.org/index.php?topic=312913.0

Nosotros nunca nos retiramos, sencillamente giramos 180 grados y continuamos avanzando!!!

MARC76

Cita de: Pape en Octubre 14, 2014, 14:39:02 pm
Los calzos creo que no están permitidos, se considera acampada.

Los que están permitidos son para los camiones en cuestas, pero no para el resto de vehículos.


Cualquier vehiculo puede calzarse, imaginate que te quedas sin freno de mano, pues para aparcarlo lo dejas calzado que no pasa nada. Lo que pasa es que no tiene nada que ver un calzo de esos, con los que son para nivelar la camper. Estos ultimos si se ponen son los que se considera acampada.