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permisividad pernocta

Iniciado por underliz, Mayo 02, 2014, 13:25:21 pm

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manuelcastagnal

en zona de costas, parajes protegidos etc entiendo que no podamos aparcar, siempre y cuando no pueda aparcar nadie, porque si puede un turismo tendre que poder yo tambien, o es que somos peores?,¿de verdad es tan dificil conseguir un mismo  trato ante la ley que el resto de vehiculos y que no se nos considere potenciales delincuentes porque tengamos una cama dentro? que solo se discrimine a los vehiculos por medidas peso y tiempo, medidas objetivas.
e= m*c^2
furgonetear sin parar es mi ideal, siempre quiero mas,

manuelcastagnal

y digo yo que si las asociaciones de hoteles no van a la toma de decisiones de la normativa de los campings porque ya van industria, urbanismo, medio ambiente y los organismos diversos que abarquen todo lo necesario, ¿porque no pueden esos organismos o los necesarios decidir sin que vayan los campings a esa reunion, al igual que a la de los campings no van los de los hoteles porque ya hay unos organismos que pueden decidirlo?
que no veo logico de ninguna que ayuden a elaborar la normativa quienes se van a lucrar mas o menos segun la normativa que elaboran, ¿que cuando se trata de tratar temas de campers ya no son suficientes los organismos que no se van a lucrar con lo que se decida?
de verdad no entiendo como hay gente que lo acepta,
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lorenzor

Cita de: manuelcastagnal en Marzo 20, 2016, 23:11:27 pm
de ninguna manera veo logico que los campings tengan que opinar en la toma de decisiones de donde comete delitos la gente, son empresas privadas que sacan beneficio de lo que se acuerde ahi, eso pensaba que era ilegal, lo que veo es que los campings se meten a la toma de decisiones por todos lados,
vuelvo a preguntar¿van las asociaciones de hoteles o de vecinos a decidir como y cuanta gente puede  estar en un camping, cuantos metros de parcela, las multas que se les deben de poner por estar en linea de costa o por tener mas bungalows de lo permitido?(que hace un bungalow en un camping eso no deberia ser un hotel o pension, ay que me parece que tributan menos y asi estafan al estado?)
yo lo de empezar a ir a buscar y denunciar las ilegalidades de los campings que nos tocan las narices lo digo en serio, yo en cuanto sepa la normativa (ya que sabes tanto de leyes podrias comentarlas) me ofrezco a ir a visitar el de bayona (que esta encima del mar) y el de santiago de compostela (que el dueño es un mafioso) y ya de paso el de vigo (que los campers y acs tienen una señal en la playa al lado del camping que nos prohibe estacionar, nosotros amigos no podemos ir a la playa de Samil), en cuanto sepamos la normativa y como actuar pues empezamos, habra que crear un hilo a ver cuanta gente se anima y como se hace de momento espero a saber mas. Pero esto es lo poco que podemos hacer.
la 08/v-74 dice que podemos estacionar (sea de dia o de noche) igual que el resto de vehiculos, y que lo que hagamos en su interior es cosa nuestra mientras no molestemos o ensuciemos, y eso es lo que yo y creo que casi todos pensamos que es lo justo,  y ya hay leyes y mecanismos para que esto se cumpla,
yo no quiero areas de pernocta obligatoria (guetos con toque de queda), si quiero areas de pernocta voluntaria tanto gratis como de pago segun el gusto de cada uno pero espero que haya mas gratuitas, pero que si quiero aparcar de dia o de noche en cualquier parte se me apliquen las mismas normas que al resto ¿estoy diciendo algo injusto o injusta es la manera en que nos tratan?
por cierto lo de invitar a westafalia, lulukabaraca, ciudad camper, reimo, etc , etc a estas reuniones para cuando? porque ya esta bien de que los campings opinen yo creo que les toca a estos


Vuelvo a repetir que los campings NO deciden nada en las reuniones a las que son invitados por parte de la Administración para CONOCER SUS OPINIONES sobre las acampadas ilegales, lo mismo que la de las Asociaciones Autocaravanistas.

En tu intervención metes a las tiendas de accesorios, y no sé qué tienen que ver en esas acampadas, cuando lo que se ha pedido es la opinión de los asistentes para atajarlas sin causar perjuicio a nadie.

Pides también que traiga la Normativa; aquí tienes la de Galicia:
http://www.xunta.es/dog/Publicados/2013/20130917/AnuncioG0244-090913-0002_es.pdf

lorenzor

Cita de: manuelcastagnal en Marzo 20, 2016, 23:16:28 pm
en zona de costas, parajes protegidos etc entiendo que no podamos aparcar, siempre y cuando no pueda aparcar nadie, porque si puede un turismo tendre que poder yo tambien, o es que somos peores?,¿de verdad es tan dificil conseguir un mismo  trato ante la ley que el resto de vehiculos y que no se nos considere potenciales delincuentes porque tengamos una cama dentro? que solo se discrimine a los vehiculos por medidas peso y tiempo, medidas objetivas.


La Ley de Costas ha cambiado (No su Reglamento), y quienes tenían la mejor oportunidad por anterior prestigio y medios de solicitar una reunión, han dejado pasar la oportunidad.

Ahora toca esperar la formación de nuevo Gobierno porque mientras esto no se produzca, no podemos hacer nada.

manuelcastagnal


y vuelvo a repetir que tienen que opinar en esas reuniones los campings? a ellos les afecta solo economicamente, si ven alguna ilegalidad (ruidos, basuras, ocupar espacio con mesas,) que la denuncien como particulares, pero ellos no pintan nada en esa reunion de decidir la normativa, es sobre un tema que sucede fuera del camping y por ello no pintan nada y repito¿van las asociaciones de hoteles a reuniones sobre la normativa del camping? pues aqui lo mismo, y los fabricantes de campers tendran mucho que decir pues les afectara la normativa que salga(misma logica que los campings), si nos restringen los movimientos con guetos y toques de queda menos gente se los comprara, no tiene sentido gastarse la pasta y el esfuerzo de un vehiculo asi (para ir a aparcar donde te mandan de forma discriminatoria), para ir a dormir a un camping no hace falta pagar una furgo y su mantenimiento, sale mas barato el bungalow que es lo que quieren los campings.
si se puede elaborar una normativa del camping sin hoteles, se podra elaborar una normativa de como aparcar sin que vayan los del camping (que tampoco hace falta ser un superexperto para decir que se aparque sin contaminar, ni exceder dimensiones, ni tiempo)
e= m*c^2
furgonetear sin parar es mi ideal, siempre quiero mas,

manuelcastagnal

la normativa sobre campings tienes un resumen?
ya que mientras analizo las 45 paginas de esa forma de expresion tan legalista igual en ese tiempo ya es muy tarde
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lorenzor

Cita de: manuelcastagnal en Marzo 20, 2016, 23:45:00 pm
la normativa sobre campings tienes un resumen?
ya que mientras analizo las 45 paginas de esa forma de expresion tan legalista igual en ese tiempo ya es muy tarde


Lamentablemente no porque los resúmenes son tan particulares que a unos les puede interesar unos apartados, y a otros, otros muy diferentes, pero donde se les puede meter un buen aprieto es en las revisiones de las canalizaciones de agua para prevenir la legionella; tema de sanidad en wcs; ley anti-tabaco en locales cerrados; venta de bebidas alcohólicas a menores en las tiendas; mantenimiento de equipos contra incendios; nº máximo de bungalows; instalaciones eléctricas y un largo etc. que daría para poner nerviosos a más de uno, como la apertura de las piscinas sin el preceptivo V.B. de Sanidad. Y si se negasen a facilitar el Libro de Reclamaciones, llamada a la GC para que levante acta de su negativa.

En cuanto a la Normativa, cada CA tiene la suya menos Canarias que es la Estatal.

manuelcastagnal

Cita de: lorenzor en Marzo 21, 2016, 00:01:22 am
Lamentablemente no porque los resúmenes son tan particulares que a unos les puede interesar unos apartados, y a otros, otros muy diferentes, pero donde se les puede meter un buen aprieto es en las revisiones de las canalizaciones de agua para prevenir la legionella; tema de sanidad en wcs; ley anti-tabaco en locales cerrados; venta de bebidas alcohólicas a menores en las tiendas; mantenimiento de equipos contra incendios; nº máximo de bungalows; instalaciones eléctricas y un largo etc. que daría para poner nerviosos a más de uno, como la apertura de las piscinas sin el preceptivo V.B. de Sanidad. Y si se negasen a facilitar el Libro de Reclamaciones, llamada a la GC para que levante acta de su negativa.

En cuanto a la Normativa, cada CA tiene la suya menos Canarias que es la Estatal.

tendriamos que centrarnos en las cosas que podemos ver facilmente como el numero maximo de bungalows, cercania a la costa, ver si hay suficientes estintores y cual es la fecha de revision que tienen que tener, cosas que podamos apreciar sin ser expertos ni pedirles papeles que no nos daran.¿eso se puede resumir?
y vuelvo a lo de que los campings opinen en esas reuniones¿las asociaciones de autocaravanas y campers opinan cuando se realizan las reuniones para redactar la normativa de los campings? porque nosotros si somos usuarios de los campings, si que tendriamos mucho que opinar, yo por ejemplo pediria que tuviesen plazas de aparcamiento gratuitas para vehiculos que solo aparcan durante 24 horas maximo(sin sacar mesas ni nada) y con aceso al wc (no ducha) y que pudiesemos pagar una ducha por 2 euros, igual que los bares tienen que poner un servicio publico como para que les den la licencia
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furgonetear sin parar es mi ideal, siempre quiero mas,

Kiyo74

Marzo 21, 2016, 09:13:32 am #113 Ultima modificación: Marzo 21, 2016, 13:40:34 pm por Kiyo_74
Cita de: lorenzor en Marzo 20, 2016, 20:57:00 pm
Siento desilusionarte que te lleves un chasco, pero la Ley de Tráfico NADA dice de lo subrayado.
Es más, en la Inst. 08/V-74 lo especifica muy claro: "Otros conceptos de alguna manera asociados al estacionamiento de autocaravanas como el de acampada y pernocta no tienen acogida en la normativa sobre, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, por lo que este organismo no puede pronunciarse sobre su definición ni sobre sus implicaciones".


Vamos a ver Lorenzor.....
Creo que hasta ahora sé leer....
Te pegaré aquí parte de la Instrucción 08/V-74, a ver si la PARADA O ESTACIONAMIENTO no forma parte de las leyes de tráfico para vehículos a motor (creo que no es una ley para burros, gallinas, cerdos o lagartijas)
Dicha instrucción dice lo siguiente:
   Por todo ello, sin perjuicio de la existencia de furgones de serie cuyo interior ha sido acondicionado como
vivienda comúnmente conocidos como "camper"
, puede concluirse que las autocaravanas son normalmente
"vehículos especiales de la categoría M1", a cuya existencia se refiere, entre otros, el artículo 2.2 de la directiva
2001/116/CE de la comisión, distintos de los turismos y acreedores por tanto de una regulación específica en
algunos aspectos puntuales como es el caso de la determinación de sus velocidades máximas en vías fuera de
poblado. Por el contrario, en otros aspectos como circulación, parada y estacionamiento, se rigen por las
normas aplicables con carácter general a todos los vehículos.

    Bajo el título "Parada y estacionamiento", el Reglamento General de Circulación regula en su capítulo VIII
(artículos 90 a 94), las normas aplicables a estas maniobras, relativas a lugares en que deben efectuarse, modo
y forma de ejecución, colocación del vehículo, ordenanzas municipales y lugares prohibidos, que deberán ser
observadas por todos los vehículos con carácter general.


   1. El régimen de parada y estacionamiento en vías urbanas se regulará por ordenanza municipal, y podrán
adoptarse las medidas necesarias para evitar el entorpecimiento del tráfico, entre ellas, limitaciones horarias de
duración del estacionamiento, así como las medidas correctoras precisas, incluida la retirada del vehículo o su
inmovilización cuando no se halle provisto del título que habilite el estacionamiento en zonas limitadas en
tiempo, o excedan de la autorización concedida hasta que se logre la identificación del conductor.

   2. En ningún caso podrán las ordenanzas municipales oponerse, alterar, desvirtuar, o inducir a confusión con
los preceptos de este reglamento."


  Estas regulaciones se realizan al amparo del artículo 7 del texto articulado de la LEY SOBRE TRÁFICO, Circulación
Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo,
que
atribuye a los municipios, en el ámbito de esa Ley, una serie de competencias, y entre ellas:

   b) La regulación mediante Ordenanza Municipal de Circulación, de los usos de las vías urbanas, haciendo
compatible la equitativa distribución de los aparcamientos entre todos los usuarios, con la necesaria fluidez del
tráfico rodado, así como el establecimiento de medidas de estacionamiento limitado, con el fin de garantizar la
rotación de los aparcamientos, ..."

   Por ello, a juicio de esta Dirección General de Tráfico es indiscutible que la exclusión de determinados usuarios
debe ser necesariamente motivada y fundamentada en razones objetivas como pueden ser las dimensiones
exteriores de un vehículos o su masa máxima autorizada, pero no por su criterio de construcción o utilización ni
por razones subjetivas como pueden ser los posibles comportamientos incívicos de algunos usuarios tales como
ruidos nocturnos, vertido de basura o de aguas usadas a la vía pública, monopolización del espacio público
mediante la colocación de estructuras y enseres u otras situaciones de abuso contra las cuales las autoridades
locales disponen de herramientas legales eficaces que deben ser utilizadas de forma no discriminatoria contra
todos los infractores, ya sean usuarios de autocaravanas o de cualquier otro tipo de vehículo.
Las autocaravanas pueden, por tanto, efectuar las maniobras de parada y estacionamiento en las mismas
condiciones y con las mismas limitaciones que cualquier otro vehículo.


  No establece el Reglamento General de Circulación otras condiciones que deban cumplirse al efectuar la parada
o el estacionamiento de un vehículo, por lo que esta DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO considera que MIENTRAS UN VEHÍCULO CUALQUIERA ESTÁ CORRECTAMENTE ESTACIONADO, SIN SOBREPASAR LAS MARCAS VIALES DE DELIMITACIÓN DE LA ZONA DE ESTACIONAMIENTO, NI LA LIMITACIÓN TEMPORAL DEL MISMO, si la hubiere, NO ES RELEVANTE EL HECHO DE QUE SUS OCUPANTES SE ENCUENTREN EN EL INTERIOR DEL MISMO Y LA AUTOCARAVANA NO ES UNA EXCEPCIÓN, BASTANDO CON QUE LA ACTIVIDAD QUE PUEDA DESARROLLARSE EN SU INTERIOR NO TRASCIENDA AL EXTERIOR MEDIANTE EL DESPLIEGUE DE ELEMENTOS QUE DESBORDEN EL PERÍMETRO DEL VEHÍCULO tales como tenderetes, toldos, dispositivos de nivelación, soportes de
estabilización, etc.


Y ahora te pregunto Lorenzor....¿como que no aplica la ley de tráfico a una autocaravana o camper?? ¿Has leido bien?
Yo tengo una furgoneta camperizada, vehículo mixto adaptable, y no tiene ninguna modificación que se deba homologar, tiene unos arcones sin anclar a la carrocería.
Por lo tanto....puedo aparcar donde me de la gana siempre y cuando esté dentro de la LEY DE TRÁFICO, leyes de costa o leyes medio ambientales. No me sobra el dinero para estar pagando multas...

Saludos

manuelcastagnal

Pues eso digo yo, que no queremos que nos regulen la acampada (pues eso ya esta regulado y la via publica no es un lugar para acampar), queremos poder aparcar como el resto y si aparcados dormimos, o nos comemos una fabada no le importa a nadie mientras no hagamos ruidos ni tiremos basura ni acaparemos el espacio de aparcamiento o transito con mesas y sillas.
Y como somos igual de personas que el resto, no vemos razon para guetos (lugares de aparcamiento obligatorio prohibiendonos aparcar como a otros vehiculos de iguales medidas, peso, o tiempo) ni para los toques de queda (que por la ciudad no podamos aparcar de noche).
La instruccion dice que ellos no regulan la acampada ni la pernocta, pero es que nostros lo que queremos es APARCAR, no pedimos un camping gratis para poner las sillas en la acera de nadie, ni cosas asi.
e= m*c^2
furgonetear sin parar es mi ideal, siempre quiero mas,

andarrios

Buenos dias, en Almuñecar nos quieren ..... solo " DURANTE UNAS HORAS".

Sin mas comentarios.

manuelcastagnal

Cita de: andarrios en Marzo 21, 2016, 10:44:50 am
Buenos dias, en Almuñecar nos quieren ..... solo " DURANTE UNAS HORAS".

Sin mas comentarios.

muy buena tu respuesta,
estas son las ilegalidades, discriminaciones y abusos que quieren que vayamos aceptando poco a poco, hasta que sea normal, y  el que se hagan areas de obligada pernocta ayuda a que el problema crezca, despues diran en todos lados que no podemos aparcar porque no hay area, o no habra sitio en el area, o estara muy lejos de donde quiero estar (parece que si queremos ir a ver a un familiar o amigo, acompañar a alguien en el hospital, trabajar, hacer turismo o lo que sea nuestro vehiculo no puede estar aparacado ahi porque tenemos menos derechos que el resto a pesar de que la 08-v/74 diga lo contrario)
e= m*c^2
furgonetear sin parar es mi ideal, siempre quiero mas,

Rafas

El siguiente paso seria contactar con la policía local de allí para que indiquen donde dice que no esté permitido alojarse en el interior del vehículo.
Si resulta ser ordenanza municipal pues a pedir explicaciones al ayuntamiento.

Como se denunciaria en caso de ser ordenanza municipal ilegal??

Kiyo74

Marzo 21, 2016, 13:48:11 pm #118 Ultima modificación: Marzo 21, 2016, 15:36:16 pm por Kiyo_74
Cita de: Rafas en Marzo 21, 2016, 11:24:58 am
El siguiente paso seria contactar con la policía local de allí para que indiquen donde dice que no esté permitido alojarse en el interior del vehículo.
Si resulta ser ordenanza municipal pues a pedir explicaciones al ayuntamiento.

Como se denunciaria en caso de ser ordenanza municipal ilegal??


Hola Rafas.
Te pego aquí la parte final de la conclusión de la Instrucción 08/V-74

    Lo más importante: Si un funcionario tiene que aplicar una Ley, así, "a pelo" y se equivoca, no pasa nada. La interpretó erróneamente y de buena fe, pero se equivocó. Pero si un funcionario o agente de la autoridad actúa en contra de una INSTRUCCIÓN, está DESOBEDECIENDO UNA ORDEN DIRECTA de su superior jerárquico en la administración y puede exponerse inmediatamente a un procedimiento disciplinario.
   
   Si un agente de la autoridad os dice que no podéis estacionar vuestra autocaravana en un lugar en el que lo están otros vehículos sin ser molestados, le mostráis una copia de la INSTRUCCIÓN 08/V-74. Y si tras su lectura persiste en su actitud, le decís que pondréis los hechos en conocimiento se sus superiores jerárquicos y de la Dirección General de Tráfico y que si sigue insistiendo en echaros tendréis que mover vuestra autocaravana, pero para encaminaros directamente al Juzgado de Guardia a poner una denuncia por un delito de coacciones.




Elfossie

Cita de: Kiyo_74 en Marzo 21, 2016, 13:48:11 pm
Hola Rafas.
Pincha en este hilo y si no lo tienes, descargate la interpretación de la instrucción 08/V-74....
De todas maneras, te pego aquí la parte final de la conclusión:

    Lo más importante: Si un funcionario tiene que aplicar una Ley, así, "a pelo" y se equivoca, no pasa nada. La interpretó erróneamente y de buena fe, pero se equivocó. Pero si un funcionario o agente de la autoridad actúa en contra de una INSTRUCCIÓN, está DESOBEDECIENDO UNA ORDEN DIRECTA de su superior jerárquico en la administración y puede exponerse inmediatamente a un procedimiento disciplinario.
   
   Si un agente de la autoridad os dice que no podéis estacionar vuestra autocaravana en un lugar en el que lo están otros vehículos sin ser molestados, le mostráis una copia de la INSTRUCCIÓN 08/V-74. Y si tras su lectura persiste en su actitud, le decís que pondréis los hechos en conocimiento se sus superiores jerárquicos y de la Dirección General de Tráfico y que si sigue insistiendo en echaros tendréis que mover vuestra autocaravana, pero para encaminaros directamente al Juzgado de Guardia a poner una denuncia por un delito de coacciones.


A lo que él te responderá que recibe órdenes directas de su alcalde. Que es quien le da las órdenes.


En foropolicía ya se habló mucho de ese tema.


https://www.foropolicia.es/foros/prohibido-autocaravanas-que-hacer-t79802.html

La resurrección de los mamuts conducirá, afortunadamente, a la revolución iconoclasta.
Gran porra Denunciados Cabo de Gata 2016 a pesar de las advertencias:
Elfossie +10 y subo otros +10
GLazcano +15