REUNIÓN DE LA P.A.C.A., F.E.A.A. y ASEICAR, con la DGT

Iniciado por P.A.C.A., Marzo 05, 2013, 12:34:59 pm

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jose07

Yo soy socio de la PACA , y pienso lo siguiente mi viano tiene cuatro plazas para viajar y para dormir y así esta declarada, porque cuando la compre en alemania estaba matrculada como turismo y al matricular en españa y pagar el I V A mas el famoso 14% de impuesto la pusieron el ingeniero del ITV en 3248 autocaravana.
también e sido camionero y por eso digo que las áreas no te dicen nada por pernoctar, estaría de acuerdo con que pusiran algunas limitaciones igual que otros países por ejemplo en los cascos urbanos de las ciudades. (por eso mi voto es si al techo 

OPCIÓN PEDIR LO DEL TECHO.
1-manuelcastagnal
2- jose07
3-

OPCIÓN NO MENCIONARLO.
1- Piernodoyuna
2- Moxk
3- +gvr
4- fernanil
5- RUDIBIKE

Piernodoyuna

Cita de: DeimiaN en Marzo 11, 2013, 15:39:44 pm
en cuanto se habla de perimetro de la furgo entiendo todo su volumen, si dice que no salga de la plataforma o de la planta entiendo el toldo por ejemplo.


Para evitar estas distintas interpretaciones se podría pedir que sustituyeran lo del perímetro, por dimensiones en planta del vehículo. Pero habría que plantearlo de algún modo que no les pusiera en guardia. ¿Qué razón podríamos tener para pedir tal cosa sin mencionar los techos elevables...?

Por ahora sólo se me ocurren las claraboyas, diciendo que por seguridad, ya que es habitual que haya bombonas de gas (para la cocina y la calefacción) , es conveniente forzar esa ventilación que se consigue con las claraboyas. Esto, que es conveniente en una casa, lo es más en un espacio tan pequeño como es una autocaravana. Añadiendo que tal como está dicho, hay algunos agentes que entienden que una claraboya aumenta el perímetro del vehículo, y es señal de estar acampado.

Cita de: +gvr en Marzo 11, 2013, 14:31:54 pm
Es que lo del techo es mucho más que eso. Para la DGT, por la aplicaicón del Regalmento General de Circulación, no es problema. Para Costas, Parques Naturales... lo pueden llamar acampada por mucho que para la DGT no lo sea...y el Seprona (Guardia Civil) te puede denunciar y de hecho lo hace.


Habría que conseguir que digan que si estamos bien aparcados sólo estamos aparcados, y que serán necesarios otros "síntomas" para poder decir que el vehículo está acampado. No controlo de rangos de leyes, pero supongo que si la ley de tráfico dice eso, será algo que tendrán que acatar las leyes de acampada que tenga cada comunidad, y mucho mas las ordenanzas municipales.

En lo de costas y parques naturales, creo, lo que está prohibido es pernoctar, sea donde sea. Ahí no hay nada qué hacer. No es una cuestión de furgos ni autocaravanas. Tampoco se puede en un coche, o simplemente haciendo vivac. En esos casos, aunque la DGT dijera eso, te dirían: estás bien aparcado, no estás acampado, que no has superado las dimensiones en planta de tu vehículo, pero estas pernoctando, así que por eso si te que te multamos. Creo que es eso, que se trata de pernocta, sea como sea. Y la verdad es que es de risa la obsesión con eso de no dejar pernoctar, con lo inofensiva y poco dañina es la gente cuando está dormida. Yo para proteger un parque natural haría lo contrario, sólo permitiría estar allí dormido.

Brikoman

Yo creo que todo cuanto mas claro mejor, entiendo que los que tienen techo elevable etc... Prefieren malo conocido que bueno por conocer, pero que pasa con los que estan para comprar una furgo con techo? o el que le quiere ponerle una? Cuanto mas claro este mejor, asi cada uno sabe lo que es legal hacer y lo que esta dispuesto a jugarsela. Lo mismo pienso de lo " preferible" esa palabra tiene un "peligro".... En mi opinion lo mas importante es que sea totalmente claro, que sepamos como rebatir con un agente cuando el esta confundido, porque las interpretaciones personales de la ley es lo mas injusto que hay y da pie a abusos.
Es como poner que no se puede correr en la autopista, como se interpreta eso? Si tengo un ferrari? Pues se pone a 120 y listo, pues asi con todo. La ley van a poner como ellos quieran, porque se reunen con los que estan a favor de prohibir (campings, hostales etc...) y con los que estan en contra (nosotros) quedan bien con todos pero luego hacen lo que a ellos les interesa. Parami que lo pongan todo lo mas claro posible y cada uno que sea lo ilegal que quiera pero que intenten que no les pille.
Si no se pone lo del techo o cualquier cosa juegas a la ruleta rusa, hoy no te multan y mañana si, y encima no vas a estar tranquilo porque no sabes cuando puedes y cuando no.

Las cosas claras que asi seremos menos bulnerables, y si prohiben los techos en la siguiente reunion se hace fuerza en ese campo y ya se arreglara...
Estos son mis principios, si no te gustan, tengo otros...

v 230 td
Mi furgo: http://www.furgovw.org/index.php?topic=298019.msg3623420#msg3623420

Vielvagén

Cita de: REMBRANDT en Marzo 11, 2013, 14:01:41 pm
Diosssss....por fin he acabado el hilo... .loco2 .loco2
Bueno...después de ver respuestas argumentadas perfectamente por los foreros respectivos....que tengo que decir que es muy triste pedir unión cuando a la hora de la verdad son los mismos los que se preocupan por ciertas cosas y el resto calla/mos ( me incluyo en algunas cosas pero no en todas....que algo he hecho yo tb... .malabares)

Espero que después del último mensaje de la P.A.C.A. pidiendo datos del foro para que podamos salir en el escrito...no haya ningún inconveniente...

Agradecer  .ereselmejor .ereselmejor .ereselmejor a la P.A.C.A. el trabajo realizado hasta ahora y la deferencia de comunicar en este foro sus intenciones (sabiendo que no está obligada, a pesar de ser miembro)

Yo, personalmente, lo del techo no lo tengo del todo claro. Sí que es verdad que habla de perímetro, pero como alguien más ha tenido la duda:hablamos en 3D o en 2D?...Como muchos decís es algo interpretable...y si mi estancia en un lugar depende de la interpretación de un agnte del que desconozco su implicación en el tema ni su conocimiento del reglamento ( no todos los policías se saben todas las normativas...ni deben...) pues prefiero que quede claro.
Para lo bueno o para lo malo. Igual que todos sabemos los límites de velocidad ( a unos les gustan más que a otros, pero al final los acatan) pues creo que debería quedar claro este tema.

Es realmente cierto...CIERTÍSIMO....(lo digo con conocimiento de causa) que a los camioneros no se les dice nada por dormir dentro de la cabina ni por cocinar comida de su cajón allá donde esté aparcado....
Es cierto también que cualquier persona puede aparcar su coche en el centro de BCN y ponerse a comer un bocata estando bien estacionado. Por este motivo POR QUÉ YO EN MI FURGONETA TURISMO O AC NO PUEDO HACER LO MISMO SI ESTOY BIEN ESTACIONADO??

Pues por el desconocimineto, en muchos casos, de los mismos agentes de la instrucción de la DGT.
Por este motivo, sería una buena opción enviar desde el foro, desde donde sea menester, a los ayuntamientos más beligerantes en este apecto una fotocopia de la instrucción donde se remarque el párrafo que nos permite hacer lo que he comentado. Así seguramente se evitará más de un malentendido o mala interpretación...o interpretación aleatoria...como lo querais llamar...


Un saludo a todos y sigo atento al tema!


Totalmente de acuerdo Rembrant, el colectivo Camper, tiene la oportunidad de mostrar sus necesidades en esa mesa, y tenemos la suerte de contar con el apoyo de La P.A.C.A. para ello.

Parte del camino ya está hecho, La DGT, no se meterá a definir lo que es el término campada, sencillamente redactará la norma de lo que puede ser una autocaravana correctamente estacionada.

Si cogemos el texto que ya tienen en la instrucción:

No establece el Reglamento General de Circulación otras condiciones que deban cumplirse al efectuar la parada
o el estacionamiento de un vehículo, por lo que esta Dirección General de Tráfico considera que mientras un
vehículo cualquiera está correctamente estacionado, sin sobrepasar las marcas viales de delimitación de la zona de estacionamiento, ni la limitación temporal del mismo, si la hubiere, no es relevante el hecho de que sus
ocupantes se encuentren en el interior del mismo y la autocaravana no es una excepción, bastando con que la
actividad que pueda desarrollarse en su interior no trascienda al exterior mediante el despliegue de elementos
que desborden el perímetro del vehículo tales como tendederos, toldos, dispositivos de nivelación, soportes de
estabilización, etc.


Bastaría con que hicieran esta norma de caracter general sin que ninguna ordenanza municipal o autonómica  pueda cambiarla o interpretarla de otra forma, aclarando eso del "perímetro del vehículo".

El tema del techo es delicado, pero como se ha dicho, es mejor una norma clara para saber a qué atenerte, y saber a ciencia cierta donde lo puedes desplegar y donde no. Ahora hay una oportunidad para que aclaren si el techo elevado es irrelavante en una camper estacionada, siempre que se cumplan los otros requisitos claro.
Yo creo que aunque no lo concedan, tampoco lo prohibirán expresamente, lo dejarán en un ambiguo "perímetro del vehículo", como hasta ahora. Es una ingenuidad pensar que hasta ahora no lo han prohibido expresamente porque se les haya "olvidado", sencillamente no lo han hecho porque es un accesorio que ni invade, ni obstaculiza...ni nada de eso. Y desde luego si lo hicieran, sería la hora de una concentración de techos levantados en la Puerta del Sol.
También creo que es una ingenuidad culpar de una cosa que está prohibida, a quienes piden que se legalice, sería algo así como culpar de que la marihuana es ilegal, porque hay gente que ha pedido su legalización.

De todas formas, lo del techo digamos que sería un "extra", porque lo verdaderamente importante es el  punto de la permanencia en el vehículo, que desde luego no sería poco. Aún así, yo voto para que lo aclaren.


OPCIÓN PEDIR LO DEL TECHO.
1-manuelcastagnal
2- jose07
3-Vielvagén

OPCIÓN NO MENCIONARLO.
1- Piernodoyuna
2- Moxk
3- +gvr
4- fernanil
5- RUDIBIKE

P.A.C.A.

A medio día recibíamos la noticia de que mañana se reúne la DGT por lo que se nos acaba el plazo para debatir el tema del techo que, por otra parte, consideramos está definido con una clara disposición a no tocarlo.

De la comunicación que nos llegaba, nos indicaban que lo mejor y más "saludable", es incluir los mínimos anexos posibles para evitar una reacción contraria a la que esperamos, confiando que con la nueva Normativa queden superadas todas las trabas que hasta ahora se nos han estado poniendo en los estacionamientos.

Dentro de la comunicación nos llegaba  esto:

Veinte.
Se añaden al artículo 92 los apartados 4 y 5 con la siguiente redacción:

"4. El estacionamiento de las autocaravanas deberá efectuarse en las siguientes condiciones:

a) Sin extender elementos propios que desborden el perímetro del vehículo.

b) Descansando sobre los neumáticos o cuñas de seguridad.

c) Sin verter fluidos procedentes del habitáculo ni conectarse a suministros de agua o a otros no autorizados.

Si se cumplen las condiciones anteriores, el estacionamiento de las autocaravanas sólo podrá verse limitado por restricciones genéricas de masas y dimensiones que afecten a todos los vehículos.




En cualquier caso hemos solicitado se incluya en el texto de sugerencias a enviar, lo siguiente:


-. El estacionamiento de las autocaravanas deberá efectuarse conforme a lo establecido en el RGC para vehículos de hasta 3.500 k. y, ateniéndonos a sus especiales características,

-. Sin extender elementos propios que desborden el perímetro del vehículo.
-. Descansando sobre sus neumáticos ó cuñas de seguridad
-. Sin verter fluidos procedentes del habitáculo ni conectarse a suministros de agua ó a otros no autorizados.
-. Sin que la actividad que pudieran desarrollar sus ocupantes en el interior de la autocaravana,  trascienda al exterior.

Si se cumplen las condiciones anteriores, el estacionamiento de las autocaravanas sólo podrá verse limitado por restricciones genéricas de masas y dimensiones que afecten a todos los vehículos.

urbanoII

¿De la actividad interior no se va a decir nada?

Como se les ocurra decir que no podemos estar dentro de los vehículos estamos buenos.


belenek

Cita de: urbanoII en Marzo 11, 2013, 17:30:30 pm
¿De la actividad interior no se va a decir nada?

Como se les ocurra decir que no podemos estar dentro de los vehículos estamos buenos.
Ya lo dice

Enviado desde mi GT-N7000 usando Tapatalk 2


MOXK

Cita de: urbanoII en Marzo 11, 2013, 17:30:30 pm
¿De la actividad interior no se va a decir nada?

Como se les ocurra decir que no podemos estar dentro de los vehículos estamos buenos.

Ya lo pone en el ultimo punto, Que hay que leer mas despacio que ya andamos todos nerviosos ;D
A mi me parece bien, aunque en lo de sin extender elementos propios que desborden el perimetro del vehiculo.
No se podria cambiar por algo como sin extender elementos propios que se excedan de la planta del vehiculo o algo asi (pero bien escrito).

Bueno aiooo
La primera virtud es saber frenar la lengua, y es casi un dios quien teniendo razón sabe callarse.

Palleter


Y con lo que propone la DGT, lo escrito en rojo en el mensaje anterior de la P.A.C.A, ¿no es suficiente?, sin hacer referencia a la actividad interior que trascienda, etc.....Es como lo del techo, parece que quede un vacío, sin concretar nada.

¿Qué pensáis?
El rango es la medida de dispersión más sencilla. Es la diferencia entre el valor máximo y mínimo de un conjunto.

MOXK

Es que entonces estariamos en las mismas, en un coche en el centro de la ciudad, te podrias comer un bocadillo y en una camper o demas no podrias porque te lo cuentan como acampada. La cosa es poder estar dentro y legales.
Aiooo
La primera virtud es saber frenar la lengua, y es casi un dios quien teniendo razón sabe callarse.

paque

Pues lo dicho yo no lo veo claro si no se hace ninguna referencia sobre lo que se considera estacionamiento aunque el vehículo este ocupado interiormente. En definitiva, nos dejan aparcar pero. . . . . . .  ¿No entiendo nada podéis aclararmelo?. Gracias.
En cualquier caso agradecer a LA PACA por su implicación.

tranquilmen

Despues de meditar sobre el tema del techo esta última comunicación me deja frío.
Por favor, alguien me lo aclara?.
Se trata de conseguir una ley que no se preste a interpretaciones o volveremos a policias y ayuntamientos que lo hacen a su antojo.

Piernodoyuna

Marzo 11, 2013, 18:16:50 pm #207 Ultima modificación: Marzo 11, 2013, 18:25:37 pm por Piernodoyuna
Cita de: Vielvagén en Marzo 11, 2013, 17:07:14 pm
El tema del techo es delicado, pero como se ha dicho, es mejor una norma clara para saber a qué atenerte,


Protesto señoría. Eso es coacción al jurado. Se ha dicho eso, pero tambien lo contrario (no te mosquees que estoy de broma, pero da la impresión que ese punto ya se ha aclarado, y precisamante es la cuestión que no tenemos clara, y sobre la que hay dos opiniones contrarias).



Cita de: Vielvagén en Marzo 11, 2013, 17:07:14 pm
Bastaría con que hicieran esta norma de caracter general sin que ninguna ordenanza municipal o autonómica  pueda cambiarla o interpretarla de otra forma, aclarando eso del "perímetro del vehículo".


En realidad yo creo que con eso no bastaría, sino dejan claro que estando de ese modo no se está acampado. Nada cambiará mucho si no dejan claro eso, porque el guarda forestal te seguirá diciendo que el está de acuerdo en que estás bien aparcado, sólo te dice que también estás haciendo otras cosas: estabas en bolas bailando frente a la ventana, así que cuenta como escándalo público, y estabas... ahí dentro, así que cuenta como acampada. Y en ninguno de las dos multas estarán incumpliendo la ley de tráfico, a no ser que en ella digan algo que impidan multarte por acampada (en lo de estar en bolas bailando ya no se meterán).

Cita de: MOXK en Marzo 11, 2013, 17:45:06 pm
No se podria cambiar por algo como sin extender elementos propios que se excedan de la planta del vehiculo o algo asi (pero bien escrito).


Esa debería ser una de las sugerencias, solicitar que expresen de forma distinta lo que sea que quieran decir con eso de no exceder el perímetro. El perímetro es una concepto aplicable a cosas de dos dimensiones: una moneda, una parcela, un término municipal, etc... No es algo aplicable a cuerpos sólidos tridimensionales, como un balón, que no tiene perímetro, ni por supuesto un vehículo.

Que sea un término incorrecto hace que cada uno lo tenga que traducir, entendiendo cosas distintas. Y eso ocurre tanto en los que tienen que cumplir la norma como los que tienen que multar su inumplimiento. Algunos lo entienden como el perímetro del vehículo visto en planta, y otros como la superficie del vehículo. Para estos últimos simplemente sacar la antena telescópica de la radio, o levantar los limpiaparabrisas porque va a helar, supondía exceder el perímetro.

La verdad es que parece mentira que usen ese término tan inapropiado, que no es que sea ambiguo, sino completamente incorrecto.

En las sugerencias, aparte de como se oriente eso, diría que lo expresen de otro modo, que está claro que tal como lo dicen no queda claro.

MOXK

Cita de: Piernodoyuna en Marzo 11, 2013, 18:16:50 pm
Esa debería ser una de las sugerencias, solicitar que expresen de forma distinta lo que sea que quieran decir con eso de no exceder el perímetro. El perímetro es una concepto aplicable a cosas de dos dimensiones: una moneda, una parcela, un término municipal, etc... No es algo aplicable a cuerpos sólidos tridimensionales, como un balón, que no tiene perímetro, ni por supuesto un vehículo.


Ahora protesto yo..... Pero solo por tocar los co...es un poquito.

Pero la moneda sera tridimensional no? largo x ancho x alto aunque sea redonda y plana. .meparto .meparto

Venga que esto va bien.

Aiooo
La primera virtud es saber frenar la lengua, y es casi un dios quien teniendo razón sabe callarse.

Vielvagén

Cita de: Palleter en Marzo 11, 2013, 17:52:23 pm
Y con lo que propone la DGT, lo escrito en rojo en el mensaje anterior de la P.A.C.A, ¿no es suficiente?, sin hacer referencia a la actividad interior que trascienda, etc.....Es como lo del techo, parece que quede un vacío, sin concretar nada.

¿Qué pensáis?


Es mejor que aparezca redactado en la norma, así no hay dudas ni distintas interpretaciones. Ese es el punto vital de todo esto, que pongan claramente en una norma general  que en un vehículo vivienda estacionado, pueden estar sus ocupantes dentro, sin importar su actividad, mientras no trascienda al exterior, y que no se podrá prohibir su estacionamiento por sus características específicas del vehículo.
Que lo pongan bién clarito ya, y que dejen de marear la perdiz.

Esto significaría ni más ni menos, que la pernocta, dejaría de ser sinónimo de acampada. Un pequeño paso para el hombre, pero un gran paso para el autocaravanista  .ereselmejor  .ereselmejor