Multa por ser la T4 una autocaravana?

Iniciado por Waps, Mayo 31, 2012, 11:57:09 am

Tema anterior - Siguiente tema

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

templario

Julio 02, 2012, 09:27:41 am #15 Ultima modificación: Julio 02, 2012, 09:29:52 am por templario
Cita de: aballana en Junio 28, 2012, 11:40:46 am
Puede que haya californias con distintas clasificaciones.
Mi caso es Vwt t4 california del 98 : 3200 autocaravana

O sea que si que son autocaravanas (Igual no todas pero sí en mi caso)

Las T4/ T5 o vito/ viano si no son california o marcopolo es logico que no sean autocaravanas (32XXX)

Saludos

Pues me quedo flipauuu .loco2 .loco2. Jamás he visto una ficha técnica de un vehículo con una carrocería de lo que llamamos "furgoneta" que esté clasificada como 32xx. Y he visto unas cuantas .confuso2 .confuso2. Conclusión: no hay una norma para todo el mundo., cada fabricante hace lo que quiere.

ararquia

Joder, que diferencias comtempla la ley para definir un vehículo como furgoneta industrial, mixto, de pasajeros, vehiculo vivienda o autocaravana??

Me interesa mucho el tema, quiero comprarme una furgoneta, pero si voy a tener los mismo problemas legales para la pernoctación para eso me pillo una autocaravana, no?

un saludo

aballana

Hola! "copia-pega" de otro hilo:

¿Qué tipo de vehículo tengo?
Pues es fácil. Tienes que mirar en la ficha técnica de tu vehículo. Para los más despistados, la ficha técnica es una especie de cartulina verde del tamaño de una cuartilla de papel y que debe de ir siempre en la documentación del vehículo junto con el permiso de circulación. En ella encontrarás un código de 4 cifras de las cuales las 2 primeras indican la clasificación del vehículo por su construcción y las 2 siguientes indican  su utilización.

¿Para que quiero saber que clase de vehículo tengo?
Pues para las periodicidades de las inspecciones de ITV, para los límites de velocidades, para impuestos, seguros, etc.

Si la clasificación de tu vehículo comienza por:
-   10 es un turismo
-   32 o 33 es una autocaravana
-   30 o 31 es un vehículo mixto
-   24 es un furgón

Códigos de la clasificación por su construcción (las que nos interesan a nosotros)

10 Turismo
Automóvil distinto de la motocicleta, especialmente concebido y construido para el transporte de personas y con capacidad hasta 9 plazas, incluido el conductor

24 Furgón / Furgoneta MMA 3.500 kgs
Automóvil destinado al transporte de mercancías cuya cabina está integrada en el resto de la carrocería con masa máxima autorizada igual o inferior a 3.500 k

25 Furgón 3.500 kgs < MMA 12.000 kg
Camión en el que la cabina está integrada en el resto de la carrocería, con masa máxima autorizada superior a 3.500 Kg. e igual o inferior a 12.000 Kg.

30 Derivado de turismo
Vehículo automóvil destinado a servicios o a transporte exclusivo de mercancías, derivado de un turismo del cual conserva la carrocería y dispone únicamente de una fila de asientos

31 Vehículo mixto adaptable
Automóvil especialmente dispuesto para el transporte, simultáneo o no, de mercancías y personas hasta un máximo de 9 incluido el conductor, y en el que se puede sustituir eventualmente la carga, parcial o totalmente, por personas mediante la adición de asiento

32 Auto-caravana MMA 3.500 Kg.
Vehículo construido con propósito especial, incluyendo alojamiento vivienda y conteniendo, al menos, el equipo siguiente: asientos y mesa, camas o literas que puedan ser convertidos en asientos, cocina y armarios o similares. Este equipo estará fijado al compartimento vivienda: los asientos y la mesa pueden ser diseñados para ser desmontados fácilmente

33 Auto-caravana MMA > 3.500 Kg.
Vehículo construido con propósito especial, incluyendo alojamiento vivienda y conteniendo, al menos, el equipo siguiente: asientos y mesa, camas o literas que puedan ser convertidos en asientos, cocina y armarios o similares. Este equipo estará rígidamente fijado al compartimento vivienda: los asientos y la mesa pueden ser diseñados para ser desmontados fácilmente

Códigos de la clasificación por su utilización (las que nos interesan a nosotros)

00 Sin especificar
Sin especificar

33 Todo Terreno
Automóvil dotado de tracción a dos o más ejes, especialmente dispuesto para circulación en terrenos difíciles, con transporte simultáneo de personas y mercancías, pudiéndose sustituir la carga, eventualmente, parcial o totalmente, por personas, mediante la adición de asientos, especialmente diseñados para tal fin

48 Vivienda
Vehículo acondicionado para ser utilizado como vivienda


Resto de clasificaciónes por construcción
http://www.aeat.es/AEAT/Contenidos_Comunes/Ficheros/Informacion_Institucional/Campanias/IMPUESTO_ESPECIAL_SOBRE_DETERMINADOS_MEDIOS_DE_TRANSPORTE/Otros_Servicios/dr576_clasvehic.pdf

Resto de clasificación por uso
http://www.aeat.es/AEAT/Contenidos_Comunes/Ficheros/Informacion_Institucional/Campanias/IMPUESTO_ESPECIAL_SOBRE_DETERMINADOS_MEDIOS_DE_TRANSPORTE/Otros_Servicios/dr576_clasvehic2.pdf

CATEGORIAS DE VEHÍCULOS

a) Categoría M: Vehículos a motor destinados al transporte de personas y que tengan como mínimo cuatro ruedas, o bien tres ruedas y un peso máximo superior a una tonelada:

- Categoría M1: Vehículo destinados al transporte de personas con capacidad para ocho plazas sentadas, como máximo, además del asiento del conductor;

- Categoría M2: Vehículos destinados al transporte de personas con capacidad de más de ocho plazas sentadas, además del asiento del conductor, y que tengan un peso máximo que no exceda de 5 toneladas; - Categoría M3: Vehículos destinados al transporte de personas con capacidad de más de ocho plazas sentadas, además del asiento del conductor, y que tengan un peso máximo superior a 5 toneladas;

b) Categoría N: Vehículos a motor destinados al transporte de mercancías y que tengan como mínimo cuatro ruedas, o bien tres ruedas y peso máximo superior a una tonelada:

- Categoría N1: Vehículos destinados al transporte de mercancías que tengan un peso máximo que no exceda de 3,5 toneladas;

- Categoría N2: Vehículos destinados al transporte de mercancías que tengan un peso máximo superior a 3,5 toneladas pero que no exceda de 12;

- Categoría N3: Vehículos destinados al transporte de mercancías que tengan un peso máximo superior a 12 toneladas;

c) Categoría O: Remolques (incluidos los semirremolques):

- Categoría O1: Remolques cuyo peso máximo no exceda de 0,75 toneladas;

- Categoría O2: Remolques cuyo peso máximo sea superior a 0,75 toneladas pero que no exceda de 3,5;

- Categoría O3: Remolques que tengan un peso máximo superior a 3,5 toneladas pero que no exceda de 10;

- Categoría O4: Remolques que tengan un peso máximo superior a 10 toneladas.
vw t4 california coach '98
Weinsberg carabus 601k

aballana

Julio 09, 2012, 18:02:53 pm #18 Ultima modificación: Julio 09, 2012, 18:09:29 pm por aballana
Con esto, entiendo cada clasificación tiene ventajas/desventajas

A "groso-modo":

Si 3200 (Autocaravana): No tienes que homologar segun que equipamiento: porta-bicis, calefación estática, toldo,  etc..
                                        Desventajas: Te pueden denunciar en un estacionamiento por ser autocaravana (de dudosa legalidad esta denuncia). Igual tambien en caso de no ser 3200(autocaravana)  en aparcamientos exclusivos de autocaravanas te podrian denunciar por ser vehculo mixto o turismo, no??
Por lo que leo por el foro, las denuncias por pernoctar son por eso; no por ser autocaravana. No te libras ni en función de la clasificación del vehiculo; pero igual si los papeles pone "turismo" o "vehiculo mixto" te podrías librar. Por contra, con según què equipamiento, en la itv es mas jodido si no eres 3200 autocaravana.
En la mia, como autocaravana(entiendo que es por eso), no tengo ni certificado de gas, ni na de na i en la itv no me han dicho nunca nada.
En resumen, cada clasificacón tiene ventajas y desventajas.

Saludos!
vw t4 california coach '98
Weinsberg carabus 601k

ararquia

Pues sígo sin entender. Ejemplo para melones cómo yo:
Esriy en el Palmar, Cádiz, he pasado el día en la playa y me apetece quedarme a dormir en los arcenes de la calzada con otras furgonetas y auto caravanas.
Tengo una furgoneta industrial /vehículo mixto/ al que le he puesto con mis manos una cama, una mesa unas cortinas y un cubo de gua para ducharme.

Mi vecino tiene una auto caravana /3200 en su ficha tecnica/ y ha pensado lo mismo que yo.

Por la noche viene la guardia civil y esta noche le apetece conversar.....

Legalmente y sabiendo que tienen ganas de gastar bolígrafo, que ocurriría? C:-)

Enviado desde mi GT-I9100 usando Tapatalk 2

chachek

Cita de: ararquia en Julio 09, 2012, 17:19:21 pm
Joder, que diferencias comtempla la ley para definir un vehículo como furgoneta industrial, mixto, de pasajeros, vehiculo vivienda o autocaravana??

Me interesa mucho el tema, quiero comprarme una furgoneta, pero si voy a tener los mismo problemas legales para la pernoctación para eso me pillo una autocaravana, no?

un saludo


Si no me equivoco la Ford Transit Nugget solo la venden con clasificación de autocaravana y no deja de ser una furgo

www.ConTablas.com y a lo loco! Tu Web de Skateboard, Snowboard, Surf y cada día de más gente!

templario

Cita de: ararquia en Julio 10, 2012, 21:13:11 pm
Pues sígo sin entender. Ejemplo para melones cómo yo:
Esriy en el Palmar, Cádiz, he pasado el día en la playa y me apetece quedarme a dormir en los arcenes de la calzada con otras furgonetas y auto caravanas.
Tengo una furgoneta industrial /vehículo mixto/ al que le he puesto con mis manos una cama, una mesa unas cortinas y un cubo de gua para ducharme.

Mi vecino tiene una auto caravana /3200 en su ficha tecnica/ y ha pensado lo mismo que yo.

Por la noche viene la guardia civil y esta noche le apetece conversar.....

Legalmente y sabiendo que tienen ganas de gastar bolígrafo, que ocurriría? C:-)

Enviado desde mi GT-I9100 usando Tapatalk 2



Pues para empezar, el policía puede pensar que el dueño de la furgo la ha dejado aparcada y se ha ido a pescar. En cambio, ve la autoca con bicis de niños en el portabicis y como son las 4 de la madrugada, cree que estarán durmiendo. Va y le calza la multa a la AC pero no a la furgo. .confuso2. Es injusto, pero está ocurriendo.

aballana

Cita de: ararquia en Julio 10, 2012, 21:13:11 pm
Pues sígo sin entender. Ejemplo para melones cómo yo:
Esriy en el Palmar, Cádiz, he pasado el día en la playa y me apetece quedarme a dormir en los arcenes de la calzada con otras furgonetas y auto caravanas.
Tengo una furgoneta industrial /vehículo mixto/ al que le he puesto con mis manos una cama, una mesa unas cortinas y un cubo de gua para ducharme.

Mi vecino tiene una auto caravana /3200 en su ficha tecnica/ y ha pensado lo mismo que yo.

Por la noche viene la guardia civil y esta noche le apetece conversar.....

Legalmente y sabiendo que tienen ganas de gastar bolígrafo, que ocurriría? C:-)

Enviado desde mi GT-I9100 usando Tapatalk 2



Entiendo que la cama estaria anclada al chasis de la furgo.(importante para lo siguiente)

Pues... igual te librarías de la multa.
Por contra, en caso que los verdes te parasen por la mañana circulando, y vieran la cama y todo el montaje, al no estar homologado, te pusieran otro tipo de multa (No por pernoctar sino por no estar homologado)
Segun que tipo de montaje en vehiculo mixto (montaje anclado al chasis) no pasa la ITV.
Creo que en caso de accidente, el seguro podría lavarse las manos al no estar homologado.

En fin, viendo por el foro, las multas no siguen un "patron" especifico en todos los casos.

Saludos a todos!
vw t4 california coach '98
Weinsberg carabus 601k