MULTAS: Muebles camper en vehículo mixto o turismo (no homologado como vivienda)

Iniciado por Tierras_Insólitas, Abril 07, 2012, 09:30:22 am

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Furgomerv

Hola, Urduliz gracias por responder no importa, si acertadamente o no.Parece que ahora te entiendo un poco mejor por lo menos yo que soy un poco zoquete.
Pero volvemos a lo mismo.Yo si se algo, sé que no sé nada, procuro decirlo claramente,
precisamente para que todos se enteren.

? No sabes mi caso? No eres tú el que dice que no hay que repetir, una y otra y otra vez lo mismo, te voy a hacer caso no lo vuelvo a repetir más.
El de la itv  a no se que sea ciego ve la carga que llevo. El que me para lo mismo, me puede echar una multa por llevar carga en forma de muebles, pero no hay que relacionar esta multa por esta carga, por que me la puede echar por otra carga cuálquiera, si no va correctamete estibada en el palé que corresponda o en su caja de embalaje o llevar muebles campers sueltos.

La policía no es tonta supone para que se utilizan todas las cargas, sobre todo unos muebles cámpers pero eso no impide que siga siendo carga legal.
Las normativas o las leyes, no se sustentan en las presunciones que puedan hacer policías, operarios de itv.organismos oficiales..... ELLOS te pueden poner multas incumpliendo leyes y normativas vayas bien  o vayas mal pero nos las tenemos que tragar de las dos maneras.
Para que vamos hablar del seguro lo tiene que hacer un profesional del gremio el mio sabe que llevo una furgo mixta no sigo.
No sabes mi caso ya te he contestado,no sabes el de los demás entonces como sabes que no llevan cinchas a continuación cinchas para arriba cinchas para abajo cinchas para no se donde.
Si vas a la itv y te dicen que tienes que quitar la carga, aunque vaya correctamente embalada y estibada vuelves mas tarde u otro día, esto no significa que hayas transformado el vehículo. Las itvs también incumplen normativas.Alas itvs todo el mundo va con su furgo descargada menos las de 3500k nueva normativa.

Esto es todo lo que tengo que decir mensaje sencillo fácil de entender y corto.

Saudos.

llovarro

Esto de homologar es como lo de sacar el toldo la mesa y las sillas en lugares no habilitados todos sabemos lo que hay que hacer pero buscamos las excusas para no hacerlo o mas bien para convencernos de que lo que hacemos no es ilegal unicamente alegal. Pongo cinchas, solo saco la mesa si estoy solo etc.
¿por cierto y regresando al tema?
¿Un ingeniero homologara unos arcones hechos por cualquiera con cuatro tablas? (dicho sea de paso es lo que tengo yo en la furgo)
¿Que significa exactamente homologar una instalación? ¿que consecuencias/responsabilidades conlleva?
SAludos

URDULIZ

Lo siento, no puedo contestar mensajes privados, estoy muy ocupado.

llovarro

Ok, entonces cuando una empresa nos "homologa" los muebles "caseros" ¿hace trampas? Ya que no creo que hagan esas pruebas. ¿o es que si es vehiculo vivienda todo vale?
Si muevo los asientos de sitio utilizando los anclajes originales de la furgo y respetando los puntos de cinturon? ¿hay que homologar, como?


Cita de: URDULIZ en Agosto 22, 2014, 10:02:03 am
Furgomerv, os basais de nuevo en los desconocimientos de los demás y en los fallos de los demás para dar como buenas actuaciones que también son malas, no completas, o defectuosas, etc.

Tu vehículo con esa carga, va ilegal porque no tienes protección para los pasajeros. Para poder llevar carga debes de llevar protección además de ir bien estibada.

(Respuesta corta)


Para los que les parece demasida corta y les apetezca leer y pasar el tiempo, entonces respuesta más larga:
Si fuese yo policia que sabe esto de que la carga con mampara, te multo, y si estuviese en otras labores pasaría de tí.
Si fuese yo policia que  descononzco el tema , ya vería lo que hago, posiblemente te multe por una raya en el intermitente, porque ya que te he parado no me quedo con las ganas.

En la itv:
Si fuese estricto, te mandaría quitar y me negaría a pasarte la ITV. El de la itv no multa.
Si fuese pasota directamente te cobro y hacemos el paripé.

Te he puesto dos mundos y formas de ver las cosas. Lo siento, yo no quiero vivir en  ese 2º mundo. Y menos si se hace como en algunos casos de forma descarada.
Respecto a lo de preguntar, lo siento de nuevo, ahora si que pareces nuevo. No he dicho que no se repita la pregunta, no he mandado " no repetir", sino que he hecho una afirmación , y es que se repite la pregunta.

Y como se repite la pregunta, yo repito de nuevo la respuesta. Verás que practicamente es lo único que hago últimamente en el foro, repetir.
(Respuesta un poco más larga)


Llovarro,  para hacerse una idea de lo que es homologar, coges el mueble lateral bajo, que se suele instalar el las VWT5 cali beach de dos plazas.
Lo sacas, miras sus sujecciones, el cierre de su puerta , lo pesas e intentas desmontarlo. Está fabricado pensando en que puede desprenderse y que la carga interior, pueda ser lo suficientemente grande como para abrirse el cajón. Y de cualquiera de las dos maneras pueda salir despedido.

Para poder venderlo, Vw no se la juega, asi que hace las pruebas de lanzamiento. Si es demasido peso lo reducen hasta casi lo mínimo necesario. Hacer las pruebas de lanzamiento, asegura que si se mantiene la fabricación y no se modifica el mueble, ese mueble no se desprende ni él ni la carga que metas dentro, ni la suma de los dos.
Así que con esas pruebas, vw te puede vender y tu colocar en una vw beach que hayas comprado sin mueble, siempre y cuando no alteres otras movidas.

Por contra, compara ese mueble con otro de los que hablamos aquí. Y ahora carga el mueble con los utensilios.

El mueble de vw hecho en una fábrica donde se hacen 100 000 unidades, cuesta uno o dos duros, todos perfectos e iguales.
Ese mismo mueble hecho por un taller dedicado a montar furgonetas, además de no parecerse en nada, caro, y muy lento de fabricación. Y además sin ningún tipo de análisis técnico y por supuesto sin pruebas.
Ese mismo mueble hecho por nosotros en el garaje de casa, con la caladora y el taladro.

El de vw se puede homologar y pagar por ello 2000 euros, donde 2 000/100.000 = 0,02 euros por mueble, ese sería el coste de homologación.
En un taller de furgonetas, se intentaría rentabilizar la prueba y llevar un conjunto de muebles, donde siempre deben ser iguales. Y no estoy seguro del todo pero posiblemente iguales, lo que se dice iguales, solo se monte tres al año. Por lo tanto es mejor decir que es carga.

Y respecto a los que hacemos nosotros en el garaje, pues si tuviesemos suerte, nos costaría ir y los 2000 euros. Pero eso de superar las pruebas es otro cantar.

Eso es homologar, saber que un mueble o conjunto de muebles, no se desmonta por las vibraciones ni se rompe en un impacto.

Saludos,

Aramos

Cita de: llovarro en Agosto 22, 2014, 13:31:02 pm
Ok, entonces cuando una empresa nos "homologa" los muebles "caseros" ¿hace trampas? Ya que no creo que hagan esas pruebas. ¿o es que si es vehiculo vivienda todo vale?


Por supuesto que hacen trampas..., trampas "legales" hasta que ocurra un problema y del que tu te tendrás que hacer responsable.

He visto CC de homologaciones por correo en el que te hacen la ficha técnica de instalación eléctrica y de gas, así como de todos los elementos instalados sin ver el vehículo..., ¿la instalación de gas esta hecha correctamente?, ¿y la eléctrica?, ¿los muebles están anclados y no representan ningún peligro?, etc... y si despues hay un problema no sirve con decir que esta homologado ya que el ingeniero dirá que has hecho alguna modificación desde la "inspección que realizo".

Aramos



Furgomerv

Tu vehículo con esa carga, va ilegal porque no tienes protección para los pasajeros. Para poder llevar carga debes de llevar protección además de ir bien estibada.
Hola, Urdulliz como puedo repetir la pregunta, haber si eres tan amable de repetir la respuesta.
Tengo una vito mixta cdi 111 año 2007 donde pueden viajar 6 y dormir 2 habitualmente viajamos 2. En el supuesto que la carga salga despedida tiene que atravesar primero la segunda fila de asientos de 3 de atras a cotinuacion la primera fila de asientos de 3 de cabina que es donde viajamos.
Se puede poner mampara en la fila de asientos de atras que por logica es donde se debe poner. No veo ninguna rosca empotrada en sitios de refuerzo de la chapa para ponerla ? se puede o no¿ cueste lo que cueste.Gracias

Saludos

jonymepeino

No conocia este post, pero por lo que leo en las ultimas paginas...debo ser de los pocos que antes de liarse con el mobiliario y camperizacion general consulto con varios homologadores...

Aun con todo, hasta que no se lleve a cabo el proyecto, no tengo la tranquilidad y certeza de que no haya problemas, no obstante, a medida que el proyecto avanza, voy haciendo nuevas consulta y pidiendo confirmacion, enviando fotos por si precisase modificar algo. Pregunte lo que podia y no podia poner de lo que me interesaba, y si asi, reunia los requisitos para la clasificacion que queria para mi furgo

Los que conoceis mi caso, sabeis que tras comprar la furgo tuve que desechar la idea inicial, y buscar una alternativa satisfactoria
NO RESPONDO CONSULTAS TÉCNICAS POR MP                         -------LO SIENTO-----

                    ¡¡Change to Camper!!

Californication:
http://www.furgovw.org/index.php?topic=299876.0
 CaliFORDnication custom: https://www.furgovw.org/index.php?topic=351899.0

+gvr

Cita de: Furgomerv en Agosto 22, 2014, 16:23:04 pm
Se puede poner mampara en la fila de asientos de atras que por logica es donde se debe poner. No veo ninguna rosca empotrada en sitios de refuerzo de la chapa para ponerla ? se puede o no¿ cueste lo que cueste.


Hola, te respondo hasta donde sé:

Tus asientos son considerados como parte del sistema de retención? La respuesta la tiene la marca fabricante del vehículo, pero lo dudo. Porbablemente los asientos corridos con chapa detras al estilo de las Berlindo, pues sí.
Si la respuesta es afirmativa podrías complementar con un dispositivo de retención que iría desde la parte superior del asiento hasta el techo; estos suelen ser flexible y enrollables (de red textil).
Si la respuesta es no tendrás que poner un dispositivo de retención total que suele ser de rejilla metálica (vw T4 y T5, mercedes...) o textil (vw T5 multivan, opel vivaro...)
Tanto en un caso como en el otro el fabricante deberá indicar los elementos de unión apropiados para el anclaje o la fijación del dispositivo de retención cuando no se incorpore el dispositivo de retención como parte del vehiculo al venderlo.
El fabricante solo está "obligado" a vender con separador los vehículos de mercancías (furgones) pero para el resto debe de proveer de accesorios, las carrocerías debe de tener preinstalación o anclajes o fijaciones para los dispositivos de retención (refuerzos roscados, anillas, ganchos, remaches, etc.).

En las T4 los puntos de fijación de los separadores desmontables son unos roscados que están en la parte superior del pilar B donde van reguladores de altura de los cinturones de la primera fila. La parte baja se retien contra el escalón y se fija con unos tensores en las bases de los asientos delanteros. Las otras posiciones posibles de colocación tras la 2ª y 3ª fila, los separadores se filan donde los tornillos y donde las pletinas a los que se fijan el 3 punto, respectivamente. La T5 tiene puntos de filación superiores específicos.

En las Vito no tengo ni idea como va ya que cada vehículo es un mundo...pero el fabricante tiene que saberlo porque para homologar el vehículo para la venta tubo que instalarlos y testarlos, y para sacar esa información creo que lo más cómodo es que recurras a los catálogos de accesorios del fabricante por si acaso se aprecia por las fotos.

Y tendrás suerte ya que al ser tu modelo de hace menos de 8 años podrás conseguir el separador. El mayor problema es para los modelos a los que la marca no tiene obligación de atender, por ejemplo la T4, que se dejo de fabricar hace 11 años.

Espero haberte ayudado.

Un saludo!
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

MoriendiArs

Agosto 24, 2014, 11:25:20 am #158 Ultima modificación: Agosto 24, 2014, 11:27:58 am por MoriendiArs
Hola, aprovecho para hacer un apregunta... En mi furgón con separador de carga llevo una cama y unos cajones, están amarrados con cinchas, pero lo único que tiene para ello son unos orificios alargados en uno de los nervios en cada lateral ,a una altura baja, los oricifios están cada 30cm. No lleva anclajes ni originales ni nada. Yo sujeto las cosas con cinchas a esos agujeros porque no hay ninguna otro sitio donde amarrar.
¿Lo estoy haciendo bien? es que la furgo no tiene ni anclajes ni agarraderas ni nada. No he perforado nada por lo que decís que no se puede tocar la chapa. ¿voy bien así, es lo legal? pongo una foto, gracias..
Ah! como el nervio es hueco, paso la cincha de un agujero a otro para sujetar..




+gvr

Está en esas situaciones de absurdo legal. Tu vehículo cumple con el Reglamento General de Vehículos (RGV) por que este determina que en los furgones (24XX) se pueden homologar para la venta sin los puntos de amarre, pero a tí comprador y responsable de su uso te impide cumplir con el Reglamento General de Circulación (RGV) ya que te cuesta cumplir con sus artículos 13, 14 y 15.

Que es correcto amarrarla a los huecos? yo creo que no, porque si no para que hacen las pruebas:

4.1. Puntos de amarre.
Se escogerá un punto de amarre arbitrariamente en el vehículo.
Se someterá el punto de amarre a una fuerza de tracción de 250 daN y en un ángulo de aplicación no superior a 15° con respecto a la vertical.
El punto de amarre debe soportar el esfuerzo especificado en el punto anterior durante al menos 3 minutos.


Que te puede pasar llegado a un caso extremo...que se coja la balanza y el fiel va de un lado a otro y en un platillo los pros de no amarrar por imposibilidad legal y en el otro los beneficios de hacerlo así. Quien va a hacer la pesada? la GC y a discrección del agente, o un juez si hay un accidente en el que se valore si eres o no culpable de provocar un accidente porque la desestabilización de la carga originó la perdida del control del vehículo. Caso extremo si, pero también pasa...

Que puedes hacer? mirar si hay furgones iguales al tuyo que tengan puntos de amarre (las típicas argollas), si los hay pues informe de conformidad del fabricante, compre de argollas (y pletinas de refuerzo, tuercas, casquillos....), certificado de taller y ITV. Todo esto debería ser muchos más fácil que lo que le pasó a rokoneta http://www.furgovw.org/index.php?topic=251801.0

Que no hay furgones como el tuyo con argollas  .malabares ensayos (pruebas de laboratorio) y mucho papeleo...imagino.

A todo esto, que furgón es?
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

MoriendiArs

Gracias +gvr por el interés...pues alucino entonces si no puedo amarrar nada porque no tiene argollas o puntos originales de anclaje, ¿que hago compro una baca y llevo las cosas arriba y la caja vacía?  .loco2
pues ya no sé que hacer...
El furgón es Mb407D del año 83, por si sirve esta información...no creo que haya ese modelo con argollas o anclajes de fábrica, lo que sí trae de fábrica es separador de carga soldado..un saludo

MoriendiArs


+gvr

Como todo en la vida todo tiene varios puntos de vista...

La carga siempre ha de ir bien estivada y dispusta con criterio. Las cosas más pesadas en la parte baja, lo más uniformemente repartida y teniendo en cuenta la capacidades máximas de cada uno de los ejes, teniendo en cuenta las consecuencias de las posibles situaciones peligrosas (curvas cerradas, frenadas de emergencia...) y esto vale con puntos de amarre como sin ellos.
Que pasa, pues que llevar, por poner un ejemplo, una caja fuerte de pie (porque por lo que sea no puede ir tumbada...) en tu caso sería una imprudencia temeraria.

Artículo 14 Disposición de la carga

1. La carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, sujetos de tal forma que no puedan:

a) Arrastrar, caer total o parcialmente o desplazarse de manera peligrosa.
b) Comprometer la estabilidad del vehículo.
c) Producir ruido, polvo u otras molestias que puedan ser evitadas.
d) Ocultar los dispositivos de alumbrado o de señalización luminosa, las placas o distintivos obligatorios y las advertencias manuales de sus conductores.


Si ahí no estuviera lo puesto en negrita directamente no podrías llevar nada. Al estar puedes llevar algo pero no desde luego una caja fuerte de pie  .meparto y ahí es donde entra la discreccionalidade del agente  ;)

Lo que es carga siempre según la responsabilidad de uno mismo y es  una infracción grave "Conducir vehículos con la carga mal acondicionada o con peligro de caída." sancionada con 200€

Siendo to furgón alemán, me extraña que allí se vendiese con algollas. Desde luego muchas cosas fabricadas allí pero vendidas aquí tenían menos equipamiento (argollas, cinturones traseros...) porque en España siempre fuimos a remolque en normativa pero fabricar es más barato usar un mismo chasis/carrocería y no meterle extras (por llamarlo de alguna manera). Ahora, por estar en la CEE tenemos la misma directiva pero aun así  .meparto

Revisa documentación/catálogo alemanes...seguro que aparece algo.

PD: y en el techo podrías llevar parte en una baca casera (porque de momento no hay homologación para las barras de carga y bacas) porque tienes vierteaguas universal, pero siempre dentro de las capacidades máximas que determina el fabricante y que seguramente no sabras cuanto es porque te compreaste el furgón pero no tenían el libro de instrucciones de manejo y uso que se debía de acompañar con la venta.

Muy chula tu furgo!

Un saludo!
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

MoriendiArs

Hola,  agradezco muchísimo tu información, me queda todo mas claro  .palmas

Furgomerv