¿Puede la policia registrar un vehiculo vivienda ?

Iniciado por Taka, Febrero 09, 2012, 22:11:30 pm

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pantxo13

Estoy deacuerdo en que tengan que hacer controles de todo tipo, en teoría están para velar por la seguridad de todos, pero esto es cierto, y también es posible que ofenda a más de uno, pero hay veces que mandan los estereotipos... y por tener furgo, pintas de hippie, etc... te paran y van a recaudar, no ha inspeccionar... y eso es así ... le pese a quien le pese... a mí me han parado tres veces en 20 mínutos... y en tres controles diferentes, símplemente por ir en una furgoneta y por mi aspecto...

También os digo que muchas veces, seguro que harán bien su trabajo, aunque haya muchos de nosotros que pensemos que es por joder... y también la gran mayoría de veces tenemos razón.... ni tanto ni tampoco......
" El camino del hombre recto está por todos lados rodeado por las injusticias de los egoístas y la tiranía de los hombres malos... "

Ezequiel 25.17 Pulp Fiction

gigi

Cita de: pantxo13 en Febrero 14, 2012, 16:23:30 pm
a mí me han parado tres veces en 20 mínutos... y en tres controles diferentes, símplemente por ir en una furgoneta

cuando fue el atentado de barajas (que el vehiculo en cuestion fue una vito) te puedo decir que desde Galicia a Avila y solo parando en Valladolid a recojer aunos amigos me pararon 5 veces y seguramente por que conduzco una vito que le voy a hacer nada me paran les explico que estoy de viaje les contesto amablemente lo que quieran y me dejan ir
que perderia en total 30 o 40 min bueno, como cuando estoy de viaje por ocio nunca llevo prisa llegue un poco mas tarde


los estereotipos son malos para todo
los trajeados tambien fuman hierba da igual que vayan en audi o en furgo  ;)

yo llevo muchos años con furgo y nunca he fumado e incluso a veces me tengo que poner traje  .meparto

devil

En lo referente a la pregunta, si el vehículo está estacionado en un camping o similar no, los miembros de las FFCCSE no pueden hacer un registro ya que se constituye como domicilio particular y no es "legal" entrar en él.
Si por otro lado el vehículo vivienda está en carretera, circulando si que pueden entrar, es como si te dicen: "POR FAVOR, BAJESE Y ÁBRAME EL MALETERO" es lo mismo, el vehículo pasa de ser vivienda a vehículo y nos guste o no, pueden hacerlo.

A mi me han parado unas cuantas veces y mira, no consumo, no bebo y si me preguntan contesto, nunca me han registrado nada más que lo que viene siendo el maletero de la furgo, nada más, ni guantera ni compartimentos ni nada.
Los estereotipos están para cambiarlos y ellos hacen su trabajo, yo me alegro que estén ahí, y eso que por suerte o por desgracia siempre he sido de los estereotipos que buscan (jajajaja, antes con el tuning y ahora con la furgo), jajaja.

Pupilons

Pues como se trata de una pregunta (el hilo digo)  aqui tenemos unas respuestas de profesionales http://www.foropolicia.es/foros/viewtopic.php?f=13&t=57096
XVI KDD FURGOVW 2025
DEL 1 AL 4 DE MAYO
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INCRIPCIONES ABIERTAS AQUI.


devil

Si, las respuestas de los del CNP que he leido siempre se refieren a la furgo parada, estacionada y con la suposición de que les digas que es tú vivienda, ahí no se entra, si no es como bien dicen ellos sin mandamiento judicial o en caso de delito flagrante (pero eso en la furgo y en tu casa y en la de mi tía también, jeje)
Otra cosa es que sea tú vivienda pero la estés trasladando de un lado a otro..... ahí es cuando se puede hacer el registro, cuando está en movimiento y es interceptada por las FFCCSE.
De todos modos si no hay nada que esconder, no se, pero no creo que se pongan a abrir todos los compartimentos a no ser que vean algo extraño.... quemadas en el asiento, olor a sustancia verde (marijuana), nerviosismo de los ocupantes, posibles vaciles y salidas de tono, jejeje.

vis

Cuantas vueltas para llegar al tema principal! La explicación para registrar los vehículos vivienda en función de si están circulando o no, tiene un planteramiento un tanto incierto. Porque si están estacionados en la vía pública también tienen consideración de vehículo, y no de vivienda, que sería cuando está acampados. Y como no hay muchas zonas de la geografía en las que se permite la acampada libre, pues tendríamos que ir a zonas autorizadas (como los camping) para que tuvieran la consideración de vivienda.

gigi

Cita de: vis en Febrero 14, 2012, 18:33:33 pm
Cuantas vueltas para llegar al tema principal! La explicación para registrar los vehículos vivienda en función de si están circulando o no, tiene un planteramiento un tanto incierto. Porque si están estacionados en la vía pública también tienen consideración de vehículo, y no de vivienda, que sería cuando está acampados. Y como no hay muchas zonas de la geografía en las que se permite la acampada libre, pues tendríamos que ir a zonas autorizadas (como los camping) para que tuvieran la consideración de vivienda.


es cierto salvo:

nosotros NO acampamos nosotros estacionamos

REMBRANDT

Cita de: Taka en Febrero 11, 2012, 00:28:08 am
Creo que para que la policia actue debe existir por lo menos una infraccion. Y asi funciona en los paises europeos mas punteros como inglaterra o alemania. En estos paises la policia NO puede pedirte que te identifiques, porque si, como ocurre en España. Por no tener no tienen ni DNI. En este pais si no lo llevas ya te pueden calzar.



Perdón,pero hasta donde yo sé no existe ningún tipo de sanción por no llevar encima el DNI. Lo único es que si por lo que sea no hay forma de comprobar la identidad o el agente no se cree los datos que le dices pues te puede llevar a comisaría para identificarte. Supongo que será aquí donde entre el cómo contestes a los agentes, si te pones borde pues te llevan, te hacen perder el tiempo que ellos necesiten para las comporobaciones y te vas. Si dialogas con normalidad pues la situación pede ser diferente.

Otro tema que he leido es lo de yo de fumar conduciendo. El problema es que la ley penaliza el consumo y la tenecia en la vía pública ( ya sea caminando, en coche, en bici...) o edificios públicos. Mientras que el consumo y tenencia (PARA CONSUMO PROPIO) no lo hace. Claro, se supone que a no ser que seas un mini-narco y te fabriques la droga, tendrás que ir a a lgún sitio a buscarla...Pues si te pillan en el camino te pueden sancionar por ello, pero en tu casa puedes hacer lo que te de la gana.
La cosa es que no se puede ir fumando un may en la furgo pk si te paran te pueden crujir por dos sitios: por tenencia y consumo y por conducir bjo los efectos ( si te hacen el test).
Así k para el ke fume k lo haga antes de salir y k no lleve nada en la furgo para evitar situaciones que luego no nos gusta.

A veces hay que hacer un poco de abogado del diablo para evitar que la cosa se desmadre, porque como bien ha dicho alguien antes " puede que haya un dia que los necesitemos y entonces sí que les llamaremos y querremos que hagan bien su trabajo" (mas o menos era así)

UN SALUDO .rasta .rasta (aprovecho aquí que no es sancionable... .meparto .meparto .meparto) .meparto

Bakoa

Cita de: REMBRANDT en Febrero 14, 2012, 18:43:41 pm
Perdón,pero hasta donde yo sé no existe ningún tipo de sanción por no llevar encima el DNI. Lo único es que si por lo que sea no hay forma de comprobar la identidad o el agente no se cree los datos que le dices pues te puede llevar a comisaría para identificarte. Supongo que será aquí donde entre el cómo contestes a los agentes, si te pones borde pues te llevan, te hacen perder el tiempo que ellos necesiten para las comporobaciones y te vas. Si dialogas con normalidad pues la situación pede ser diferente.

Otro tema que he leido es lo de yo de fumar conduciendo. El problema es que la ley penaliza el consumo y la tenecia en la vía pública ( ya sea caminando, en coche, en bici...) o edificios públicos. Mientras que el consumo y tenencia (PARA CONSUMO PROPIO) no lo hace. Claro, se supone que a no ser que seas un mini-narco y te fabriques la droga, tendrás que ir a a lgún sitio a buscarla...Pues si te pillan en el camino te pueden sancionar por ello, pero en tu casa puedes hacer lo que te de la gana.
La cosa es que no se puede ir fumando un may en la furgo pk si te paran te pueden crujir por dos sitios: por tenencia y consumo y por conducir bjo los efectos ( si te hacen el test).
Así k para el ke fume k lo haga antes de salir y k no lleve nada en la furgo para evitar situaciones que luego no nos gusta.

A veces hay que hacer un poco de abogado del diablo para evitar que la cosa se desmadre, porque como bien ha dicho alguien antes " puede que haya un dia que los necesitemos y entonces sí que les llamaremos y querremos que hagan bien su trabajo" (mas o menos era así)

UN SALUDO .rasta .rasta (aprovecho aquí que no es sancionable... .meparto .meparto .meparto) .meparto



pues aki os comento yo lo que se bastante de buena mano...

primero que si te pueden multar por no llevar DNI, 80 pavazos!

en el tema multas hablamos de Trafico, donde la tinencia i trafico no entran en nada que ver, pero si los drogotest para determinar si estas conduciendo bajo los efectos de alguna droga ( por cierto el drogotest quenta 5 drogas no 4) el problema es que el aparato que usan no dice exactamente si estas bajo lso efectos, pk un fumador de hirba habitual, fume por la noche i a la mañana siguiente conduce, NO ESTA BAJO LOS EFECTOS pero si tiene restos en su metabolismo... aqui esta la cagada por su parte, si podieran dosificar la dosis en el cuerpo seria otra cosa ( rollo tienes un x% i asta no se cuanto no es sancion)

Por otra parte deciros que los agentes solo pueden haceros la prueba si exsiste algun simptoma ( pero vamos que si ellos decian que tienes los ojos rojos ya vale...)

La sancion consta de:

6 puntazos!

600 eurazos!

i 24 horas de cepo en la furgo/coche, te lo ponen i al dia siguiente vienen i te lo quitan sin acerte ninguna prueba....POR QUE? pues porque en el organismo segiriamos tiniendo restos i el drogotest volveria a dar positivo...i claro... se descubriria demasaido la cagada!

o sea que si os pillan i os teneis que joder 24 en la furgo ACED LO QUE QUERAIS ya que de todos modos al dia siguiente tendran que volver a quitaros el cepo i no te aran la prueba...

Esta claro que es un metodo inservible para todo o casi todo, ya que el recaudo monetario es increible...

REMBRANDT

Cita de: AfricaTwin en Febrero 13, 2012, 21:33:11 pm
Pues yo si me dicen que abra la puerta, como no tengo nada que esconder, la abro, porque como se pongan tontos, me paran a la derecha y me tienen 48 horas hasta que el juez emita la orden, si les da la gana.


Bueno...cito esta, porque es la última que he leido, pero no la única.
Decir que nadie se preocupe que no le van a tener la furgo aparcada/immovilizada esperando una orden judicial por diferentes motivos:
1.- Esta el juez como para perder tiempo en dictar oficio de entrada para solventar un tema administrativo. Que no es que lo vaya a perder, simplemente no lo hará porque no hay infracción penal, y no creo que haya agente tan torpe como para hacer  la solicitud.
2.- El agente te immovilizará el vehículo por otros motivos y NUNCA por este. (Alcoholemia positiva sobretodo) .bebemucho
En el caso que se quisiera immovilizar para obtener una orden juducial porque se ha observado la comisión de un delito grave...pues. .hacha..homicidio, trafico de drogas .rasta, secuestro. .caballo..entonces se haría, pero ya te digo yo que no la dejaría en la cuneta, sino que se trasladaría con grua a dependencias policiales o judiciales.
Y tú ( la persona que lleva la furgo) SEGURAMENTE  detenida .policia.
Por lo tanto...lo de la orden entiendo que será una treta de la policia para dar un poco de miedo al conductor, pero por algo nimio como son dos porros no hay orden que valga!!! .nono .nono

Bueno he comenzado esta tarde a leer el hilo y he visto que ha estado a punto de irse al traste, pero se ha sabido reconducir. Casi al final he visto la sentencia del Supremo (creo) que ha aclarada mucho las cosas.
Porque aquí cada uno contará su historia o el me han dicho que un amigo le dijo a fulano que....Pero lo que realmente importa al final son los documentos.
Esto viene al caso de lo de la multa por el DNI: si han multado a una persona cercana creo que no sería difícil que le enseñara la multa y leer lo que pone para así poder aclararlo aquí en el foro. Porque yo estoy con el forero (no recuerdo nick) que NO SE PUEDE MULTAR POR NO LLEVAR EL DNI. Otra cosa es que al pedírselo el agente en cuestión se negara de malas maneras y la sanción sea por falta de respeto a agente de la autoridad y no por no llevar el DNI.( Es una suposición )

Bueno, de buen rollo todo, eh! .inocente

Espartano

Cita de: Bakoa en Febrero 14, 2012, 20:26:28 pm

Por otra parte deciros que los agentes solo pueden haceros la prueba si exsiste algun simptoma ( pero vamos que si ellos decian que tienes los ojos rojos ya vale...)



Hola;

¿en que te basas para decir esto???, tienes algún fundamento FIABLE????, no será lo mismo que cuando te paran en un control de alcoholemia que te hacen soplar aunque no andes hasiendo eses??

gracias, es una curiosidad interesante??,

...yo no lo dejo que mira lo de ami winehouse y la witnie huston,....uish que yuyu, :'(
no hace falta divertirse para beber

REMBRANDT

Cita de: Bakoa en Febrero 14, 2012, 20:26:28 pm

pues aki os comento yo lo que se bastante de buena mano...

primero que si te pueden multar por no llevar DNI, 80 pavazos! Siento mucho ser pesado, pero por favor, y ya por una cosa personal de curiosidad: me puedes decir exactamente que artículo de qué reglamento se aplica???Merci!!
en el tema multas hablamos de Trafico, donde la tinencia i trafico no entran en nada que ver, pero si los drogotest para determinar si estas conduciendo bajo los efectos de alguna droga ( por cierto el drogotest quenta 5 drogas no 4) el problema es que el aparato que usan no dice exactamente si estas bajo lso efectos, pk un fumador de hirba habitual, fume por la noche i a la mañana siguiente conduce, NO ESTA BAJO LOS EFECTOS   En este caso entiendo que una persona alcohólica, que está acostumbrada a beber de noche, de día, de tarde...se bebe dos cervezas, se pone a conducir y no pasa nada??? porque no está bajo los efectos??? Pregunto ???pero si tiene restos en su metabolismo... aqui esta la cagada por su parte, si podieran dosificar la dosis en el cuerpo seria otra cosa ( rollo tienes un x% i asta no se cuanto no es sancion)





REMBRANDT

Bufff....por fin...menuda tarde me he pasado con el hilo.... .loco2 .loco2 .loco2 .loco2.
Y aún tengo pendiente el de VIANO DE DOCUMENTACIÓN TB.... .loco1 .loco1 .loco1

Resultado: de todo se aprende en esta vida y nunca está de más preguntar.

Un saludo a todos/as que han participado en el hilo que aunque ha habido momentos exaltados ha sido muy interesante, aunque espero que algún día alguien nos haga ver la luz en el tema .ovni

manuelcastagnal

Cita de: REMBRANDT en Febrero 14, 2012, 18:43:41 pm
Perdón,pero hasta donde yo sé no existe ningún tipo de sanción por no llevar encima el DNI.

Dije que no iba a meterme mas en este debate, pero veo que seguis a vueltas con lo de si te pueden multar por llevar dni o no, yo ya dije que a mi hermano lo habian multado por eso (y no estaba haciendo nada, ni tomando nada, ni conduciendo, ni tenia pintas, ni me oculta nada nunca), y en internet encuentras testimonios,
como dato llamativo en foropolicia http://www.foropolicia.es/foros/dni-sancion-o-no-t76467.html tienen un debate similar incluso entre policias unos dicen que no se puede multar por eso y otros dicen que si, incluso me parecio entender que hay uno que cuenta las multas que el ha puesto, ¿conclusion? yo creo que sabiendo entender las leyes (y no voy a soltar un rollo aqui) no se puede, pero se que lo hacen, (no todos pero si algunos)
no quiero filosofar para no alargar el debate, por eso solo aporto un dato que me parece esclarecedor sobre un tema., ya que como comente aqui no paran de aparecerme en lo de respuestas y al pinchar voy leyendo sin querer .... queriendo....mi conclusion sobre el debate...ya la expuse y no quiero aburrir .panico .panico pero me parece que conclusiones no se sacan mas, que este foro es para hablar de furgonetas y que ya hemos dicho lo que habia que decir. .malabares
asi que intentemos disfrutar...que para disgustos y malos tragos ya tenemos el dia a dia y este foro es para disfrutar y aprender(y ya no se va a aprender mas sobre esto) o asi lo veo yo
Salud y kilometros para todos
e= m*c^2
furgonetear sin parar es mi ideal, siempre quiero mas,

sergio198020

Es de lógica, si no pudieran registrar la furgo, la caravana, la autocaravana, etc... cuando va en movimiento, todos los traficantes se harían eco de esto y se dedicarían a dar portes en estos vehículos en lugar de los Ford Sierra 2.5 gasolina de los 80.

Incluso te la podrían registrar cuando estás parado ya que no puedes acampar solo estacionar, y si te preguntan, está usted estacionado o acampado??

RESPUESTA 1- acampado:

Denuncia por acampar fuera de la zona habilitada, multita, y mueva usted el vehículo, ahora que está en movimiento registro. JAAAAAJAAAAA

RESPUESTA 2- estacionado:

Registro, si te pillan algo bien y si no pues aquí no ha pasado nada.

Yo sinceramente soy de los que colaboran hay que tener en cuenta que ellos están currando y a nadie le gusta que le toquen los .......... currando no?