Aclaración sobre límite de velocidades e ITV

Iniciado por edort, Noviembre 20, 2007, 11:30:12 am

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edort

Buenas por la mañana.

Voy a dar la información que tengo con respecto a las velocidades, itvs...de nuestras furgos, porque tras comentarlo en alguna kedada creo que lo que alguno decía esta mal y le puede acarrear problemas de multas....Esta información me la han dado de acuerdo al último decreto a pesar de lo cual NI LOS MISMOS DE TRAFICO (por lo menso los de Gasteiz) se aclaran:

-La velocidad de los vehículos mixtos adpatables (31.00), de los furgones vivienda (en mi caso el 24.48) y las autocaravnas (creo que la 32.00)  es de 90 Km/h en carrteras normales y de 100 km/h en autovías y autopistas.
Si fuéramos a 120 km/h en una autopista en principio no nos saltaría el radar porque nuestros vehículos están más o menos "camuflados" lo que no les pasa a las autocaravanas. Pero mejor levantar el pedal y pasar a 100.

-La ITV pasa de dos años a 4 años. Sobre esto debe a ver un lio del copón porque sólo sería válido para Euskadi según me han dicho en tráfico. En el resto del estado sería como hasta ahora es decir cada 2 años.Según ellos si me para la guardia civil en la Rioja por ejemplo y me ve que la ITV no la he pasado en esos 2 años me multa.
Los de Sinter me dicen que en tráfico NO SE ENTERAN y que lo de la ITV de los 4 años es para TODO el estado.

- Por último el impuesto de matriculación que hasta ahora los vehículos mixtos adaptables no pagámos (el 12% creo) le deben quedar los días contados así que si alguien le interesa mucho comprar una furgo que lo haga antes del 31 de diciembre.

Espero que esta información os haya valido de algo.
Un saludo

jamjam

aups, el tema de la itv cada 4 años, de que va?, no me he enterado del tema, lo puedes precisar un poco, saludos .confuso2

edort

Pues que hasta hace no demasiado teniámos que pasar la ITV (la pegatina que te ponen en el parabrisas) cada dos años, pero con la nueva normativa ahora es cada 4 años.
Algo que hemos ganado. Antes con mi Renault Express la tenía que pasar cada 2 años y partir del 10º año cada 6 meses!!!

manué

Tendrás que concretar más lo de la ITV yo la acabo de pasar y esta la misma normativa anterior (1 año) a lo mejor habrá camabiado  para vehículos de 5 años
/index.php?topic=8400.0]Das Boot[/url] VW T3 multivan[/size

edort

Pues según lo que pones va a tener razón la funcionaria de tráfico de Vitoria-Gasteiz que me ha dicho que estos nuevos plazos SOLO se aplican en EUSKADI.
Seguro que hay alguien por ahí más enterado que yo, pero en mi tarjeta técnica me dice que la próxima ITV la tengo que pasar dentro de 4 años.

manué

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edort

Primero tienes razón en cuanto a lo de "Aclaración". Me he precipitado en el título; y en cuanto a lo de la ITV en trafico de mi ciudad (vitoria-gasteiz) me han asegurado que sólo es aplicable a EUSKADI!,  es decir que si la hubiera matriculado en La Rioja por ejemplo tendría que pasar la ITV a los 2 años y no a los 4.

Manda narices que ni ellos mismos se aclaren!!!!

manué

yo creo que eso no puede ser la ley es a nivel estatal , no hay transferencia estatal a nivel autonómico en materia itv
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edort

No sé si esta ley está transferida. Según tráfico es el Gobierno Vasco el que ha determinado los plazos, pero estoy contigo en que es muy muy raro.

manué

yo creo que esto no es más que una mala interpretación o lectura del real decreto por esa itv,ahora eso a ti te da igual tu tienes sellada la itv y la pegatina, a mi una vez me la sellaron por 1 año cuando tenía que ser por 6meses, y no veas que alegría
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edort

Si estoy con vostr@s en lo que no puede ser que solo sea aplicable a Euskadi pero os recuerdo que NO he hablado con ninguna ITV sino con TRAFICO, es decir con los que ponen las normas. De locura vamos.....
No hay ningún forero que trabaje en tráfico y nos pueda aclarar definitavemente esta duda???

Manolín

Manué, este enlace http://www.dgt.es/dgt_informa/normativa/FOLLETONORMAS.pdf está super-anticuado, los de Tráfico están a otras cosas y actualizar la web no será uno de sus prioridades

En cuanto a velocidades está el tema un poco en el aire, podeis leer lo más actual aqui
http://www.furgovw.org/index.php?topic=4118.0

En cuanto a la periodicidad de la Itv, es a nivel nacional es decir, no debería de haber diferencias de una Comunidad a otra, aquí
http://www.furgovw.org/index.php?topic=4229.0

Yo creo, que salvo el tema de la velocidad, aunque debería de estar claro por los documentos que circulan y por el post que he puesto más arriba, con el tema ITV no hay ninguna duda. Leeros el otro enlace que he puesto que está muy clarito.

Manolín

Cita de: edort en Noviembre 20, 2007, 12:25:20 pm
Si estoy con vostr@s en lo que no puede ser que solo sea aplicable a Euskadi pero os recuerdo que NO he hablado con ninguna ITV sino con TRAFICO, es decir con los que ponen las normas. De locura vamos.....
No hay ningún forero que trabaje en tráfico y nos pueda aclarar definitavemente esta duda???


Tráfico no tiene capacidad para legislar, es decir, no puede cambiar las leyes, eso lo hacen los ministerios.

manué

Cita de: Manolín en Noviembre 20, 2007, 12:36:43 pm
Manué, este enlace http://www.dgt.es/dgt_informa/normativa/FOLLETONORMAS.pdf está super-anticuado, los de Tráfico están a otras cosas y actualizar la web no será uno de sus prioridades



aciasss me lo estaba leyendo ahora todo pues tuvimos una discusión en el curre, pq llevamos siempre furgos o de carga o vehículo mixto
saludos
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tra´fi:k

Cita de: Manolín en Noviembre 20, 2007, 12:38:11 pm
Tráfico no tiene capacidad para legislar, es decir, no puede cambiar las leyes, eso lo hacen los ministerios.


   Los ministerios son parte del poder ejecutivo. Legislar lo hace el poder legislativo, que en España es bicameral y lo componen el congreso y el senado.

Un saludo
Declaración Universal de los Derechos del Hombre:
Art.4: la libertad consiste en poder hacer todo aquello que no cause perjuicio a los demás.
(...)



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