Multa con fecha incorrecta = ¿defecto de forma?

Iniciado por eskalextric, Mayo 30, 2011, 12:15:29 pm

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eskalextric

Os comento un caso cercano a ver si alguien sabe qué hacer.

Se trata de una multa (radar), entregada en mano y sin firmar por parte del denunciado.

Al ir a pagarla (dentro del plazo de 20 días naturales que se establece para el "descuento" del 50%) el interesado ve que la fecha de la sanción es incorrecta, está fecha un mes ANTES de lo que supuestamente debería estar.

Alguien sabe si eso es un defecto de forma que pueda suponer la no ejecución la sanción?
Qué pasa con el plazo del descuento?
Como se puede demostrar que la fecha está mal?
Solicitando la foto del radar?
Pero en ese caso, al considerarse un recurso se perdería automáticamente el descuento?!

Alguien sabe algo?

 

Gorrivan


Recurrela, puede ke te libres de la multa,suerte
Vivir no es lo mismo k saber vivir!!

beep-beep

Si el recurso de defecto de forma es en base al dato fecha, al comprobar con la foto del radar esto quedará claro y a mi entender deberian de aceptarlo, pero no soy abogado. De todos modos espera a recibir la multa o notificacion por correo y a ver que fecha aparece allí. De una forma u otra, el defecto es por parte de ellos.
Una vez le pegué una patada a una lampara, salió el genio y como deseo le pedí mucha y buena salud. El cabrón me hizo autónomo.

eskalextric

Gorrivan, beep-beep: gracias por responder. A ver en qué queda la cosa...
Saludos

 

TRUMAM

Junio 06, 2011, 23:36:50 pm #4 Ultima modificación: Junio 06, 2011, 23:47:26 pm por TRUMAM
Artículo 105 de la Ley 30/1992. Revocación de actos y rectificación de errores. Redacción según Ley 4/1999, de 13 de enero.

2. Las Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Si lo alegas lo que corresponde es que la Administración lo compruebe y rectifique, en ningún caso anularán la infracción/sanción por ese motivo. Otra cosa es que esa fecha errónea la utilices para defenderte pero diciendo y probando que ese día ese coche no circuló o que estaba en Finlandia y que, por tanto, no pudo cometerse la infracción y la sanción es improcedente. Pero eso no quita que se den cuenta de que es un error del que te quieres aprovechar y te lo desestimen. Tacho, que me he dado cuenta ahora que se la entregaron en mano.  .loco2

eskalextric

Gracias por la información TRUMAM, muy claro!
Saludos!