Legalizaciones y homologaciones tras el 14 Enero de 2011: el fin de la mentira

Iniciado por babuino, Febrero 01, 2011, 13:39:21 pm

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mkrtxindoki

bueno, y que se considera carga?

si voy con mi vehiculo mixto de 5 plazas, con 4 plazas ocupadas a hacer compras al super y hago las compras:

2 barras de pan
1 caja de leche
pañales para el crio
etc....
Lo meto en la parte trasera amarrada,¿es carga?

si tambien me compro unas sillas de madera ¿es carga?

y si en vez de sillas de madera me compro unos tableros de madera ¿es carga?

y si en vez de llevar los tableros, los ensamblo y llevo arcones amarrados con pulpos ¿es carga?

que es carga?, el pan ,los pañales, las sillas de madera, los tableros, los arcones?

con que baremo se mide que es carga
si no paso del limite de peso que mas da llevar 1 barra de pan que 200 barras de pan
villabona-Gipuzkoa

chuspu

En el tema de lo de los seguros hay algo que no te va a cubrir claramente por que no lo as asegurado todo lo que le metas y sobretodo tv equipos de musica etc ya que te pagaran el de la casa, por ejemplo mi modelo de coche viene con tv de serie con lo cual el seguro me sube 50€ mas anuales lo demás estaras cubierto igual.

yachi

Cita de: mkrtxindoki en Febrero 21, 2011, 20:51:17 pm
bueno, y que se considera carga?

si voy con mi vehiculo mixto de 5 plazas, con 4 plazas ocupadas a hacer compras al super y hago las compras:

2 barras de pan
1 caja de leche
pañales para el crio
etc....
Lo meto en la parte trasera amarrada,¿es carga?

si tambien me compro unas sillas de madera ¿es carga?

y si en vez de sillas de madera me compro unos tableros de madera ¿es carga?

y si en vez de llevar los tableros, los ensamblo y llevo arcones amarrados con pulpos ¿es carga?

que es carga?, el pan ,los pañales, las sillas de madera, los tableros, los arcones?

con que baremo se mide que es carga
si no paso del limite de peso que mas da llevar 1 barra de pan que 200 barras de pan


con la factura, si vienes de comprarlo te va a pedir factura como le pide a un transportista que va a entregarlo

Raúl del Moral Vico

Estais sacando las cosas de contexto, es decir, si llevas un vehículo mixto con maletas y demás enseres... simplemente llevas equipaje, pero si llevas tablas u sillas...llevas carga, ¿u es que te vistes con  las maderas?,seamos un poco sensatos, sorpresas..., te puedes llevar muchas, yo pase la itv de mi scenic con los asientos traseros quitados(vomito el enano y los lleve a limpiar), y me echaron para atras alegando que mi vehículo llevaba 2 plazas cuando era de 5, les explique el caso y les enseñe el sistema de quita y pon de los asientos de la scenic y me dijeron que muy bien, pero que era un turismo de 5 plazas y que tenia que llevar siempre los 5 asientos y punto,

Pero el problema real que veo aquí es que todo el mundo quiere llevar su furgo bien y eso es complicado, es decir, legalizar y HOMOLOGAR, que es parecido pero no lo mismo, vale dinero, mucho dinero, pues el ingeniero que firma y con ello corrobora lo que pone el papel, esta poniendo que lo que llevas es válido, pase lo que pase más su responsabilidad, lo que pasa es que todos queremos justicia que no por nuestra puerta, queremos una furgo legal como las que vienen de serie tipo cali u tipo gran volumen , pero pagando la mitad del total y eso es complicado, pues los otros vehículos ,han pasado una serie de pruebas para vendense al publico que valen una pasta de la buena y con esto no los defiendo , pero si digo que hemos de usar un poco el sentido común.


edutoma2

Cita de: ignacioborr en Febrero 21, 2011, 19:22:02 pm
te recuerdo que tu mismo dices que tienes un turismo y lo llamas furgo.


Me parece que, tu, no te enteras mucho de las cosas, Topic. Yo poseo una furgoneta Fiat Scudo 120 pero, a la hora de matricularla, pagué el impuesto de matriculación (9,75 % del valor de compra) para que figure clase 1000=Turismo.
Espero no te molestes con lo de "no te enteras mucho".
Saludos
Eduardo

Raúl del Moral Vico

Cita de: edutoma2 en Febrero 21, 2011, 23:02:30 pm
Me parece que, tu, no te enteras mucho de las cosas, Topic. Yo poseo una furgoneta Fiat Scudo 120 pero, a la hora de matricularla, pagué el impuesto de matriculación (9,75 % del valor de compra) para que figure clase 1000=Turismo.
Espero no te molestes con lo de "no te enteras mucho".
Saludos

Pues entonces tienes un  turismo, tú lo puedes llamar como quieras, pero lo que tienes es un turismo a cualquier efecto.


Pottokina

no creo ke ekipaje sea solo las prendas con ke uno se viste ,habra ke ver la definicion de ekipaje en ke consiste ,si son maletas,bolsos,cajones ect

,
,lo mejor seria saber si existe alguna ley, articulo legal o varemo emitido por las autoridades pertinentes donde se explike ke cosas son consideradas como ekipaje o ke es considerado como carga,asi en caso de cualquier problema con la GC uno saber a ke atenerse y no estar aki tirando piedras al aire.un saludo a todos
HASTA LA VICTORIA SIEMPRE.VIVA CUBA LIBRE

URDULIZ

Febrero 22, 2011, 07:57:14 am #397 Ultima modificación: Septiembre 30, 2018, 19:00:26 pm por URDULIZ
A
Lo siento, no puedo contestar mensajes privados, estoy muy ocupado.

Pottokina

Febrero 22, 2011, 14:02:07 pm #398 Ultima modificación: Febrero 22, 2011, 14:10:39 pm por Pottokina
hola ,hoy he estado con la dgt y me remitieron a una abogada ke se dedica a temas de trafico ect ect (807450015 un telefono de estos ke te meten buena ostia ,pero me atendio de lo mas bien)y le hice la pregunta ke anteriormente formule por aki y me comentaba ,ke como definicion de carga no hay ningun documento ke especifike lo ke es carga ,ni varemo ni listado de articulos.


al hacerle la pregunta me explico ke todo akello ke no sea en animo de lucro ect ect y cumpla las normas legales ,vease dimensiones ,peso de la carga asi como su sujecion no debe de causar problema ninguno ante las autoridades .

ahora,ya saben ke cada cual tiene sus conceptos de las cosas,su propia ley  y maneras distintas de interpretar las cosas .

al final me remitio a varios enlances ke imagino ke muchas de las personas por aki ya habran visto,pero fue lo ke ella me enseño.buscar los capitulos ke se refieren a :De la carga de vehículos y del transporte de personas y mercancías o cosas


http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/normas_legislacion/reglamento_trafico/reglamento_trafico063.pdf

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1428-2003.t1.html#c2

http://www.dgt.es/educacionvial/recursos/dgt/anexos/TALLER_DE_EDUCACION_VIAL.pdf


a kien le sirva de algo un saludo .
HASTA LA VICTORIA SIEMPRE.VIVA CUBA LIBRE

URDULIZ

Febrero 22, 2011, 14:13:17 pm #399 Ultima modificación: Septiembre 30, 2018, 19:00:56 pm por URDULIZ
A
Lo siento, no puedo contestar mensajes privados, estoy muy ocupado.

furgomaniaco

Señores,mi caso en particular:tengo 2 claraboyas fiamma de 40x40 y me hacen homologarlas y ponerlas en documentación,también lo mismo con los antinoeblas,les comenté lo de la cale estática webasto y que era bueno meterla en ficha también por si luego la exigen como reforma
estoy en pleno papeleo otra vez con toda la molestia que supone el conseguir los certificados e taller y esas cosas,luego con todo eso a la itv a pagar y te lo ponen,fin se acabó el problema?de momento y hasta que modifiquen la puta ley otra vez si!

Pottokina

al final es un tema ke tiene su tela y como no hay definicion de lo ke es carga como tal,pues como te dije anteriormente ,la ley ke tenga cada poli.
ahy cosa ke vamos ,ke son evidentes si llevas todo lo ke lleva una camper y le dices ke eso no es carga,vamossss.

al final la abogada me comento del tipiko caso de ke si sale de compras de ikea y llevas un sofa en tu turismo no tenian por ke multarte si va todo ok bien atado cumpliendo las normas establecidas ok.

por eso es ke esta bien lo ke comentas ,pa eso estan las categorias y definiciones,pero al final ,vale no puedo llevar carga,pero donde lo dice?`ke cargas?por ke articulo o ley podrian multarme si llevo algo ke no sea ekipaje?? cuando vea eso,vamos termino de convenserme del todo.un saludo
HASTA LA VICTORIA SIEMPRE.VIVA CUBA LIBRE

Raúl del Moral Vico

Cita de: Pottokina en Febrero 22, 2011, 14:43:22 pm
al final es un tema ke tiene su tela y como no hay definicion de lo ke es carga como tal,pues como te dije anteriormente ,la ley ke tenga cada poli.
ahy cosa ke vamos ,ke son evidentes si llevas todo lo ke lleva una camper y le dices ke eso no es carga,vamossss

al final la abogada me comento del tipiko caso de ke si sale de compras de ikea y llevas un sofa en tu turismo no tenian por ke multarte si va todo ok bien atado cumpliendo las normas establecidas ok.


Estamos derivando el tema del hilo, pero al comentario que haces... si una letrada te dice eso... mal asunto, (por la letrada, vamos.....), un turismo es para llevar personas y equipaje y si tu letrada considera que los muebles del ikea son equipaje........., un poco más de seriedad y sentido común


Mejiasmg

leyendo el manual mas detenidamente me surge una duda..rectificarme si me equivoco, mi caso:
Reduzco las plazas de 7 a 5, con lo que supone la ampliacion de la zona de carga, levanto dos muebles laterales que superan la altura de los cabezales traseros, bien , casi todos nosotros somos categoria M1, la reforma de instalar muebles (sin nombrar los asientos) es la 8.22 (acondicionamiento interior)
¿¿¿porque para esta reforma solo te piden conformidad del concesionario y certificado de taller??? tengo que seguir leyendo para lo de 3148 pero si solo se quiere homologar dejando la clasificacion como esta, no se tiene porque presentar proyecto tecnico

lavrita

Yo después de todo tengo una duda:
He pensado en poner los arcones sujetos con cerrojos(lo he visto en uno de los campers) con lo que seria de quita y pon rápidamente, y el portabicis que tenia atornillado a la puerta, apañarlo de tal forma que lo pueda quitar cuando tenga la puerta abierta, parecido a los que son de tiras, ¿Eso estaría permitido? Porque me acaban de tirar de la itv y la explicación que me han dado es que no puedo llevar nada que este anclado, que no sea de quita y pon con pulpos por ejemplo.
¿Que opináis?
Gracias!!!