Nos quieren prohibir en toda España

Iniciado por Iguázel, Abril 14, 2010, 12:11:06 pm

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carlosmorcin

Intentaré "traducir" las palabras del compañero Arsenio en lenguaje coloquial.

Sanciones por acampada consejera de turismo..
Estando bien estacionado el vehiculo, se considera el acto de acampada a todos sus ocupantes con un sancion leve de 60, 10. Repito a todos sus ocupantes.
Costas..
Se están metiendo incluso en terrenos de acceso a playas infringiendo la norma de trafico, en aparcamientos, que son de acceso publico. Esta pasando mucho en aparcamientos debidamente declarados como tal en la comunidad autónoma de Cantabria
Las cuantías están relacionados por metro lineal 40 euros (no recuerdo la cifra exactamente) Suelen rondar las sanciones y al propietario o a quien está a nombre del vehiculo, independientemente, de si hubiera pernoctado en el, por importes superiores a 300 euros.
Parques naturales:
Cualquier vehículo de estas características, que este estacionado en las vias publicas o acceso rodado para cualquier vehículo y que haya pernoctado (el vehículo, independientemente de la persona) es motivo de sancion por acampada. No en los accesos restringidos. La sanción supera los 600 euros
Están las reservas naturales, que aquí los guardias forestales hace uso de su profesionalidad... Llegando a sancionar al propietario del vehículo, debidamente estacionado al igual que el resto de los vehículos y en las accesos señalizados como aparcamientos.. La sanción ronda los 100 euros.
Ante estas cuantías y el compañero que tenga que pasar por un proceso de estas características. Primero traga saliva y luego, si puede paga la sanción, acordándose de la familia y de aquellos que lo engendraron y luego paga  muy religiosamente la sanción. Al que no le toca por circunstancias del destino, esta la frase y sencilla de  "A mi como no me toca, pues el Plus al salooooon..." Y aqui no pasa nada, con no ir por allí..
Como muy bien dice Arsenio, estamos desprotegidos por unas leyes donde las propias administraciones, nos tienen cogidos, por lo hue... y lo curioso es que ellos lo saben. y de ellos depende actuar de una forma u otra, sin que halla un regulación especifica y concreta, para la regulación de este tipo de vehículos a nivel de tratar con la justicia.
Y concluyo, si esa fuerza estuviera unida, desde dentro y desde fuera, desde las negociaciones o movilizaciones y si todas esas voces, fuesen encauzadas en una misma linea. Posiblemente, posiblemente repito, hablaríamos ahora mismo de otros temas.. Pero mientras unos o otros, intenten poner su bandera en la luna o intenten demostrar, quien fue el primero en pisarla...

ave fenix


arsenio

Gracias Carlos por haber traducido mis palabras con exactitud. El reconocimiento de una situación es el primer paso para encontrar una solución y no basta con reconocer un problema, además hay que actuar.

Nos tienen cogidos por los huevos relativamente. Tenemos nuestra fuerza, poca pero real, y es necesario identificar esa fuerza.

En primer lugar, conociendo el problema es necesario tener objetivos posibles. En relación al uso de las camper, furgonetas acondicionadas o autocaravanas como vivienda (en lo sucesivo vehículos vivienda) tenemos que llegar a la conclusión de que no se trata de acampar ni de estacionar, hay una tercera vía. Los argumentos que avalan este criterio es la indivisibilidad de un vehículo vivienda y la imposibilidad de separar el uso de los diferentes elementos que es la base de una autocaravana, un vehículo diferente que aporta condiciones diferentes para viajar y que requiere una reglamentación diferente.

El objetivo es conseguir que un ayuntamiento no pueda realizar prohibiciones generales y que los usuarios tengamos garantizado el derecho a una plaza para pernoctar en un lugar digno fuera de los camping  mediante una reglamentación que establezca las condiciones de tiempo de permanencia, lugar de la estancia y forma de estacionamiento. Esto es lo que ocurre en Francia y en Italia que cualquier que viajero por estos países y sea observador puede constatar http://www.autocaravanismo.es/2010/opinion/ste-eulalie-in-born-y-las-autocaravanas/

Cualquier otro objetivo conseguible que tenga en cuenta estas circunstancias es válido y merece la pena que el colectivo contraste los objetivos para concentrarse en ellos por el bien del futuro, pero la inclusión de los vehículos vivienda en la normativa de Seguridad Vial es simplemente imposible por una serie de razones legales que se pueden debatir.

Una vez trazados los objetivos es necesario recurrir a los métodos, la movilización puede ser un medio de apoyo en coordinación con iniciativas tendentes a la negociación, pero, en mi opinión no es un método definitivo ni excluyente tal como se plantea en la organización de la marcha incluyendo que los objetivos tampoco están estudiados. Los resultados de una negociación nunca pueden estar garantizados porque, como he dicho, la última palabra es la de la administración que responde a una voluntad política, sin embargo el diálogo con la administración debe ser el primer paso y nunca debe agotarse aunque se utilicen además medios más radicales como la movilización o la reclamación judicial.

El segundo paso solo puede ser la vía legal. El derecho, para que exista, tiene que estar escrito en las leyes. En algunos estados de EEUU llevar armas en un derecho, en España este derecho no existe y el hecho de la autodefensa y de la propiedad tiene la misma base ética en ambos países. Si el derecho existe y está contenido en las leyes y ese derecho, de hecho,  no es reconocido por algunas administraciones, la única forma es plantear el conflicto en el campo jurídico porque el conflicto es de índole legal. Si ese derecho no existe entonces queda la vía política para que ese derecho se incluya en las leyes.

Como he dicho la movilización es un medio auxiliar que puede ser útil cuando se coordina y se le da un sentido, se establece una estrategia y se analizan las posibilidades. Ninguna Administración se va ir por las patas porque 400 autocaravanas se manifiesten en Madrid, y mucho menos la Consejería de una CCAA que está mediatizada por el criterio de unos agentes sociales como los empresarios de una actividad económica y ningún ayuntamiento va a ceder sus criterios políticos por una manifestación a 500 kilómetros alejados de los ciudadanos que les otorgan sus votos para estar en el pesebre.

Y menos de 400 autocaravanistas talludos sin espíritu de lucha que cree problemas sociales luchando por algo diferente a un puesto de trabajo, por una justicia de género o por la defensa de la biodiversidad o medio ambiente tiene el espíritu necesario para crear la necesidad social que se plantea en la convocatoria. La prueba es que después de 10 meses de convocatoria solo se ha conseguido interesar a 400 AC, habrá que comprobar cuando y cuantas acuden a la segunda o a la vigésimo primera necesaria para que comiencen a tenernos en cuenta. Sin esa vigesimo primera, las veinte anteriores no tendrán sentido y antes de embarcar a 400 compañero son temas que ellos deben conocer de antemano.

Nuestra única fuerza es la razón de la ley, si la tenemos tenemos la obligación de buscar el camino, dentro del sistema, para que prevalezca y para ello necesitamos entender en primer lugar cuál es el origen de nuestros problemas y su dimensión real y a continuación actuar de forma coherente en busca de soluciones y no de secundar la ideas por las ideas antisistema de corte anarco-sindicalista, muy respetables pero inútiles e ineficaces para avanzar en la solución de los problemas que podamos tener los autocaravanistas.

arsenio

Cita de: mahou1979Quizás algunos conceptos como recurso de alzada o contencioso sean nuevos si nunca has recurrido una multa o cosas similares pero tienes herramientas como la wikipedia que lo explican razonablemente bien.


El trámite de un expediente por una supuesta infracción administrativa, desde que comienza con una denuncia hasta que se hace ejecutiva tiene una serie de pasos.

Primero está la fase administrativa que culmina con el sobreseimiento o con una propuesta de sanción después de que un instructor o instructora escuche los argumentos o alegaciones del denunciado y exponga las razones por las que considera que debe ser sancionado por haber cometido una infracción, en nuestro caso por acampada ilegal o sobreseído el expediente.

Si el sancionado no está conforme puede recurrir a una instancia superior, se llama recurso de alzada o a la misma instancia en cuyo caso se llama recurso de reposición aportando nuevos argumentos. En el caso de un expediente de Costas ante la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, que resolverá si el Instructor (designado por la Demarcación de Costas correspondiente, la instancia anterior o inferior), ha juzgado en base a la normativa correctamente.

Con este recurso se cierra la fase administrativa y la sanción se hace firme, sin embargo el sancionado puede iniciar una fase judicial ante un juzgado Superior de lo Contencioso, aleganzo las razones, generalmente apelando a garantías constitucionales que presuntamente hayan podido ser vulneradas en el proceso, por ejemplo derecho de presunción de inocencia, indefensión o inseguridad jurídica. Este recurso requiere un abogado y un procurador cuyos honorarios (en Gipuzkoa) son de 3000€ y 400€ respectivamente, dinero irrecuperable y con el riesgo, remoto, se en caso de fallar en contra ser condenado a pagar las costas, una pasta.

Espero haber aclarado algún punto.

Me agrada informar que hemos ganado el primer recurso a Costas, precisamente de una furgoneta acondicionada, iniciada por la Demarcación de Cantabria. Pienso publicarlo porque abre vía de defensa, la misma que avala el hecho de que un vehículo vivienda es diferente. No podemos echar las campanas al vuelo porque Costas aprenderá de esta resolución y podrá tratar otros argumentos para sancionar, sin embargo, nos abre también unas vías que deberían ser consolidadas con jurisprudencia, algo difícil por la falta de medios y por la falta de unidad del sector.

Como apostilla, el ejemplo de una gestión es la rectificación de las OOMM de Castro, y antes las de Toledo y algunas otras más realizadas por la vía de las alegaciones, estos resultados son más tangibles que los obtenidos por las manifestaciones realizadas.

arsenio

Octubre 22, 2010, 13:09:35 pm #379 Ultima modificación: Octubre 22, 2010, 13:14:09 pm por arsenio
Más contestaciones a más intervenciones:

Cita de: 78arsenio, el tema de costas es diferente, ya que está prohibido circular y estacionar con cualquier tipo de vehículo.


Disculpa que puntualice tu aportación que es un tema importante que los que acuden a las playas deben tener en cuenta.

La ley de Costas es compleja, muy compleja, cuyo fin, no nos olvidemos, es garantizar el uso de la costa por todos los ciudadanos, includos los que acuden con vehículos vivienda (al margen de su cumpla o se vulnere que esa es otra cuestión).

En la Ley de Costas hay un terreno que no se puede circular ni estacionar vehículo denominado "dominio público marítimo terrestre" y que comprende únicamente la playa y el terreno que queda al descubierto entre mareas, las playas tienen unos límites descritos en el Reglamento de Costas que son las dunas o el acantilado.

El terreno donde incide la Ley de Costas es una franja que oscila entre los cien o doscientos metros desde donde llega el agua en la pleamar (allá donde llegan las aguas en las mareas más vivas o en los temporales históricos), terreno generalmente amojonado.

Detras de las playas hay zonas como una franja de protección de seis metros, vías de servidumbre, pero en este terreno lo que el artículo 68 del Reglamentas prohibe es la acamapada y la define como la instalación de vehículos vivienda. En esta franja llamada "zona de influencia", se puede circular y estacionar y, el mismo Reglamento, dicta normas que indican la necesidad de espacios de acceso y estacionamiento de vehículos.

En estos espacios es donde nos sancionan ya que muchos de estos espacios son paseos marítimos asfaltados o estacionamientos autorizados de vehículos. La primera línea de defensa en el caso de una posible denuncia es la seguridad que el terreno en que nos hallamos es un lugar donde el estacionamiento de vehículos está autorizado, constatado por la presencia habitual de otros vehículos o especialmente por estar asfaltado o acondicionado y disponer de señalización vertical u horizontal.

Las denuncias por acampada apelando a la ley de Costas es mucho más frecuente y en mi opinión es uno de los problemas más graves que tenemnos y que solo podemos enfrentarnos mediante el diálogo con la Administración del Ministerio de Medio Ambiente, aspecto que no ha sido abordado seriamente por nadie.

URDULIZ, en tu finca, además de los manzanos hay otros aspectos que es necesario tener y que hacen la vida más complicada, el derecho de paso a otras fincas, los planes de urbanización, etc. Emn cualquier caso ya explicarás si las manzanas son motelas para sidra o reinetas.

AVE Fenix, las leyes son complicadas y las explicaciones derivadas lo tienen que ser a la fuerza, menos mal que hay ersonas como Carlos que saben desbrozar las palabras,  :D

p

Yo he decidido que en un plazo muy corto voy a deshacerme de la furgoneta, han ganado.

arsenio

Pues no has opuesto mucha resistencia. Personalmente te puedo decir qie hace nueve años comenzamos con una California (Coach, T4), luego, después de unos 250.000 kilómetros y haber pateado toda la Peninsula Ibérica, aparte de Toda Europa Cental, Países Escandinavos, Grecia y Marruecos, incluida Polonia, Hungría, eslovaquia, Eslovenia. Estamos cada día más enganchados, nunca hemos tenido un problema y una de mis hijas se ha comprado una Camper y otro hijo está en trámites.

El uso sostenible de una autocaravana es posible y, además fácil. Piénsatelo.

gussi

Se me revuelven las tripas de seguir este hilo. Vamos de mal en peor. No tenemos nada que hacer, ni por la via judicial, ni politica  .vomito. Somos unos mierdas en manos de toda esta gentuza que nos manda y manipula. O duermes en camping ó la llevas clara. Si estacionas, te joden por ser camper. Da ganas de salir pitando del pais y borrarse hasta del carnet de identidad.
De verdad Arsenio, me gustaría ser igual de optimista que tu, pero he dejado de creer en el sistema y no le veo solución, al menos en lo que a esta cueva de ladrones donde nos ha tocado vivir  se refiere.
Saludos y gracias por vuestras explicaciones.
Soy una ciudadana del mundo.
Free camping is not a crime.
Mi furgo  http://www.furgovw.org/index.php?topic=176329.0

arsenio

Hay que vivir la vida. Sin necesidad de ser optimista solo realista se comprueba que hay infinidad de lugares donde podemos disfrutar plenamente de los placeres que nos proporcionan nuestros bichos.

También es bueno enfrentarse con los problemas que surgen. En mi weblog acabo de publicar los detalles del sobreseimiento de uin expediente por acampar contra un usuario de una camper en Noja.

http://www.autocaravanismo.es/sanciones/denuncias-por-acampar/expediente-de-costas-sobreseido/

Espero que los datos y las reflexiones como consecuencia de los mismos sean de utilidad a los compañeros, un saludo, Arsenio

dezano

yo voy a Madrid a defender una idea en la que creo
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arsenio

Y eres coherente con lo que crees. Si lo que quieres defender es el derecho a un uso sostenible de un vehículo vivienda hay muchas formas de hacerlo, muchos compartimos esa idea y la defendemos de otras formas más eficientes. Si lo que crees que nos asiste es el derecho al uso indiscriminado y sin control de un vehículo vivienda, te diré que ese derecho no existe.

Para que un derecho exista tiene que estar respaldado en la ley porque el derecho es el orden normativo e institucional de la conducta humana inspirado en postulados de justicia (wikipedia=derecho).

El derecho a utilizar una autocaravana (camper o furgón acondicionado) como alojamiento en las mismas condiciones que un turismo no está escrito en un texto legal. Que sepas que acudes a Madrid a defender una idea, de acuerdo, pero no un derecho.

ac-nuca

Para empezar, decir que yo también voy a Madrid.

Cita de: arsenio en Octubre 27, 2010, 15:16:52 pm
El derecho a utilizar una autocaravana (camper o furgón acondicionado) como alojamiento en las mismas condiciones que un turismo no está escrito en un texto legal. Que sepas que acudes a Madrid a defender una idea, de acuerdo, pero no un derecho.


Conforme a tu tesis, supongo que los turismos tampoco tienen derecho a ser utilizados para pernoctar, dormir, comer, (y otras que no quiero poner aquí) porque tampoco tienen una ley que los respalda. Sin embargo, solo se ceban con las AC y dejan manga ancha y a su libre albedrío al resto.
¿Crees que es equitativo?¿Por qué a unos sí y a otros no?¿No te parece a tí que esto es una discriminación?¿No crees que es una razón más que suficiente para decir "ya está bien"?

Salud2

arsenio

Totalmente de acuerdo contigo ac-nuca, sin embargo me atengo a lo que dice la ley y la ley que se nos aplica está relacionada con el acondicionamiento del vehículo como vivienda y la acampada.

Tenemos que partir de la base de que una autocaravana, (incluidas las de tipo camper), no son turismos. Ni desde un punto de vista legal de acuerdo con la Directiva 2007/46/CE ni de acuerdo con la funcionalidad para servir como vivienda. Y ese aspecto lo deja bien claro la DGT aunque con razones equivocadas, como puedo demostrar.

La composición y equipamiento de un turismo carece de la funcionalidad para servir de vivienda que tiene un vehículo vivienda y su uso como tal es algo esporádico y marginal a diferencia de una autocaravana que ha sido concebida precisamente para ello.

A pesar de todo el agravio comparativo solo serviría para exigir que se aplique la misma ley a las personas que pernoctan en un turismo o... en un camión, algo completamente inútil para nuestros fines.

El problema real es que el mismo hecho: pernoctar en el interior de un vehículo acondicionado se somete a dos ámbitos legales simultáneamente. Al vehículos se le aplican las leyes de tráfico y a las personas que permanecen en el interior las leyes de acampada.

Lo cierto es que ni uno ni otro ámbitos legales corresponden al hecho. Hay un vacío legal que es necesario llenar. Y ese vacío legal hay que llenarlo en las Comunidades Autónomas al amparo de las leyes de Turismo.

Para realizar este trabajo es necesario hacer razonando y a través de los cauces legales. Una manifestación en Madrid no abre las puertas de negociación de las CCAA y creo un precedente negativo para el colectivo.

carlosmorcin

Cita de: dezano en Octubre 27, 2010, 14:55:39 pm
yo voy a Madrid a defender una idea en la que creo


Y yo Dezano y Ac-nuca y bastantes mas... Nos vemos en Madrid. .fotografo
Un saludo.

arsenio

Que tengáis un viaje sin novedades Carlos y que seas testigos imparciales objetivos frío y equilibrado de los resultados, como intentaremos serlo los demás (después de nuestras tomas de postura es lo máximo que se puede pedir).