VELOCIDAD MAXIMA PERMITIDA EN UNA VW CALIFORNIA T5

Iniciado por ireber, Noviembre 04, 2009, 16:45:58 pm

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ireber

Tengo una VW California T5 del 2005, ayer le pase la ITV y me surgió una duda, esta homologada como vehículo vivienda y les pregunte cual es la velocidad máxima permitida para mi furgoneta, me respondieron que el máximo es ir a 100 km/h.

¿Entán en lo cierto?


Gon QM

Noviembre 04, 2009, 16:51:00 pm #1 Ultima modificación: Noviembre 04, 2009, 16:54:23 pm por Troglodito
Si está homologada como furgón vivienda la velocidad máxima en autopista es 100 km/h.

Un saludete!

Kama

para circular a 120 tiene que estar homologada como turismo vivienda

saludos.

ireber


iñigo_

LA T5 California de serie puede circular cómo cualquier otro turismo. 120 en autopista de máxima.

Manolín

Cita de: iñigo_ en Noviembre 04, 2009, 19:40:59 pm
LA T5 California de serie puede circular cómo cualquier otro turismo. 120 en autopista de máxima.


.nono .nono
Podemos entrar en discusiones varias sobre este tema pero hoy por hoy la velocidad máxima de una California clasificada como autocaravana o vehículo vivienda es de 100 kms/h en autovía.

sirvillo

No voy a discutir con Manolín, que no me cabe ninguna de que sabe más que yo.  ;)

Entiendo que gran parte del tema irá en la clave del vehículo:

3148 vehículo mixto vivienda=camión= 100km/h
2148 turismo vivienda... ???

Manolín aclaranos así, a grandes rasgos.

Manolín

Ni yo ni nadie entiende este tema pues la ley parece que dice una cosa y otros documentos dicen otra pero por lo que se comenta en este foro sobre las multas recibidas en este tema parece que a día de hoy se está aplicando lo que dice en estos documentos:

http://www.furgovw.org/index.php?topic=163626.0 en la página 18

y

http://www.furgovw.org/index.php?topic=163516.0 en la página 2

No es que yo esté de acuerdo con esto ni mucho menos pero parece que es lo que hay a día de hoy.

iñigo_

Pero esos dos documentos hacen referencia a las Autocaravanas, no? Las California (suponiendo como California lo que sale de fábrica, es decir techo elevable, y chasis corto) no son consideradas Autocaravanas, no?? Son Turismos-Vivienda...  Una California en modo de marcha, es igual que una multivan o una transporter, o que?
Es lógico que para los monstrancos de las autocas tengan ésas limitaciones, sin embargo para las Calis.... no sé....

Yo con la mía ciruclo siempre cómo si fuera un coche, 120 en Autopista, y nunca nunca e tenido ningún problema, ni de radares, ni de policía...

sirvillo

El tema de las Kalis, depende de como se matriculara en su dia. Hace algún tiempo, podías elegir entre pagar o no pagar el impuesto de matriculación... como era mucha pasta, pues todos lo dejábamos en NO, osea, mixto 3148. Por lo que su velocidad máxima es 100.

Luego se podía pasar, a los 4 años a vehículo 2148, sin pagar nada. Si lo haces... pues 120.

Otro tema son las nuevas, que ahora hay que pagar si o si el impuesto... así que volvemos a lo mismo, depende de cómo se haya matriculado.

iñigo_

Gracias Sirvillo. Bien explicado!!! el rollo es ese, con las Calis antiguas y tal, que han dado mil vueltas, que son traidas de Alemania y tal, que cada una tiene una matriculacion diferente. Pero a día de hoy, como bien dices, hay que pagar el impuesto sí o sí, así que todas vienen de serie para 120 que yo sepa...

sirvillo

Eso no lo tengo yo tan claro, porque aún pagando el impuesto, pueden salir con varias claves distintas... las que decía más arriba.

Supongo... esto ya no lo se, pero vamos, que las furgos de los paqueteros no creo que salgan con clave de vehículo...

iñigo_


elmoscón

Noviembre 06, 2009, 00:34:58 am #13 Ultima modificación: Noviembre 06, 2009, 02:15:22 am por elmoscón
A las californias les pilla la rebaja del 30% sobre el impuesto de matriculación al que desde hace un tiempo se acogen las autocaravanas, así que...

Manolín

Pues es fácil (en teoría) saber a que velocidad puede circular una California o una Marco Polo y es mirando su clasificación en la ficha técnica. Sobre este código podeis leer este hilo para aclararos un poco: http://www.furgovw.org/index.php?topic=4142.0

Como bien dice Sirvillo depende de como se matriculara para que su límite de velocidad sea uno o sea otro y algo tiene que ver en la fecha en la que se realizó la matriculación pero no es un factor determinante para que esté clasificada de una forma o de otra.

Mirar vuestro códigos. Si dicho código empieza por 10xx pues a 120 kms/h. Si empieza por otro distinto habrá que mirar a ver cual es para saber que velocidad corresponde.

No es un tema para pasar de él porque una multa por exceso de velocidad, dependiendo de tu clasificiación, puede suponer mucho dinero y puntos de diferencia.