Categoria N-1, a que se refiere?

Iniciado por malkoo, Octubre 03, 2008, 12:38:32 pm

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NachoT3

Amo a ve si no me equivoco Roulot te vende el asiento con el cercificado de homologación correspondiente al propio asiento
Vamos que vas allí le dices que tu furgo cumple los requisitos que te piden, te dan el asiento con su certificado , les pagas y a correr
Bueno a correr, depende, a lo mejor te dicen que lo montan ellos
Pero vamos que quien mejor te va a solventar las dudas son ellos

malkoo

si nachomon , ellos te dan el certificado de homologacion del asiento, pero ese asiento esta homologado para furgonetas de categoria N-1, q segun la definicion, esta categoria son furgos para transporte de mercancias de menos de 3.5 toneladas.
entonces: para que kiero un asiento en una furgo en la que solo puedo transportar mercancias?
esto segun la teoria, pero claro ellos venden estos asientos y no he leido tdv que nadie se halla quejado al respecto en este foro, asi que supongo que habra alguna alternativa, mañana hablo con una empresa q instala estos asientos a ver lo que me cuentan.
VETERINARIO (por si teneis alguna consulta... ya que de furgos no entiendo muxo)

VITO: http://www.furgovw.org/index.php?topic=132016.0

TRANSIT: http://www.furgovw.org/index.php?topic=244602.0

Amedio

La cosa no es tan sencilla como que los N1 son solamente para llevan conductor y acompañante. De hecho muchos de los mixtos son N1 y por definición del Reglamento General de Vehículos:

"31 Vehículo mixto adaptable: Automóvil especialmente dispuesto para mixto el transporte, simultáneo o no, de mercancías y personas hasta un máximo de 9 incluido el conductor, y en el que se puede sustituir eventualmente la carga, parcial o totalmente, por personas mediante la adición de asientos."

Un mixto sería inclasificable si nos limitamos a la división M1 y N1. Pero a la hora de hacer la homologación de tipo tiene que clasificarlos como uno de ellos. De hecho en el manual de reformas de importancia, reforma 19, distingue los mixtos M1 (B-e) y mixtos N1(C). Y aunque unos sería para transporte de mercancías y otros para personas, el caso es que ambos admiten los dos usos por la definición del reglamento de circulación. Por cierto, según el manual de la ITV todos los mixtos, sean M1 o N1, se inspeccionan como M1. Ojo que esto vale solamente para las inspecciones normales de ITV, no para reformas.

El caso es que las multas nos las ponen normalmente por la legislación de tráfico (reglamento de circulación, reglamento de vehículos,...). Y si tenemos un mixto podemos llevar pasajeros sea M1 o N1. De hecho en el anejo de DEFINICIONES Y CATEGORÍAS DE LOS VEHÍCULOS del reglamento de vehículos, donde los clasifica según construcción y utilización, no se habla de M1 y N1 (si lo menciona cuando se refiere a las homologaciones). Si habla de turismos, mixtos, furgones,.... Yo matizaría la afirmación de Urduliz diciendo que en un furgón (en vez de N1) no se pueden llevar pasajeros. Me llama la atención en el foro que hay varios furgones vivienda con 4 o 5 plazas. Cuando yo quise ampliar las plazas en mi T3 de 2 a 5 me exigieron pasar a vehículo mixto.

En general los vehículos de transporte de mercancías tienen más plazas que las del conductor. Por ejemplo un mini camión como el KIa K2500 tiene dos filas de asientos y 6 plazas. Supongo que tenía sentido para sus acompañantes y nosotros lo hemos retorcido para adaptarlo a nuestras necesidades.

La mayor parte de los vehículos camper y autocaravanas se desarrollaban, al menos antes, sobre bases originalmente diseñadas para transporte de mercancías. Lo cual por cierto tenía además la ventaja de permitir escaquearse del impuesto de matriculación.

Conclusión, yo de ti no me preocuparía por el tema. Si en la ficha técnica te anotan el número de plazas y firman la reforma, la responsabilidad pasa a ser de ellos. El reglamento de circulación  Capítulo II, sección 1 viene diciendo que no puedes llevar más personas que las autorizadas y que tienen que ir en los lugares acondicionados para ello. Así que si en tu ficha técnica y tu permiso de circulación tienes X plazas, yo no dudaría en usarlas. Incluso el artículo 10 dice:

"2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, en los vehículos de transporte de mercancías o cosas podrán viajar personas en el lugar reservado a la carga, en las condiciones que se establecen en las disposiciones que regulan la materia."

No me imagino en que condiciones se podrá cargar gente fuera de asientos, imagino que solamente en emergencias o en aplicaciones muy concretas, no en nuestro caso.


Por si a alguien le interesa el reglamento:
Circulación
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1428-2003.t1.html#a9
Vehículos
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd2822-1998.t4.html#anexo2

malkoo

Octubre 06, 2008, 16:25:36 pm #18 Ultima modificación: Octubre 07, 2008, 11:32:15 am por malkoo
muchas gracias Amedio, ya estoy mas tranquilo, y era de suponer que la cosa no seria taaan estricta, supongo que será una de tantas incongruencias de la legislacion
VETERINARIO (por si teneis alguna consulta... ya que de furgos no entiendo muxo)

VITO: http://www.furgovw.org/index.php?topic=132016.0

TRANSIT: http://www.furgovw.org/index.php?topic=244602.0

joserra

yo les pregunte en su dia...y conozco un chico que tuvo problemas al homologar,aunque ya se sabe...depende de la itv,el proyecto..
El armazon como tal esta homologado,esto solo significa que ES POSIBLE homologar el conjunto una vez construido el asiento,pero no que montemos el asiento y ya esta..
En un mixto la cosa deberia ser mas sencilla pues ya tiene homologacion de plazas,es homologar el asiento y sus anclajes(con todas sus dificultades) y en principio vale.
El problema viene al pasar de furgon a mixto o vehiculo vivienda de mas de 2 plazas con ese asiento..se puede dar el caso de llevarte la sorpresa y no pasarla porque a un amargado ingeniero de itv no le parece seguro  .lengua2
supongo que ya lo has mirado,pero no sale nada barato...
-coste del armazon
-anclajes y cinturones
-reposacabezas
-asiento+respaldo+espumas
-tapizado
-proyecto tecnico
-autorizacion fabricante
-certificado taller(gran problema si lo hacemos nosotros mismos)
-itv
-jamon para el ingeniero de la itv  .meparto
Si sumas todo...un paston

malkoo

hombre esta claro que barato y legal en este mundillo..... pero creo que es la opcion mas optima, ya que la banqueta de la Master mixta, así en un primer vistazo rapido lo he visto complicado de hacer abatible y si lo modifico demasiado tendria que retirarlo cada vez que pase la ITV.
No se, la verdad que tengo los asientos de una Renault Space y de mi Vito que esas si que son abatibles, pero pueden llegar a dar mucho el cante a la GC... lo miraré bien bien cuando compre la furgo, aunq el primer plan era colocar los de la Space que son individuales y super comodos (100% abatibles, y la fijacion me la podria hacer un amigo soldador por 0 euros), pero si al final lo quiero pasar a vehiculo vivienda... creo que se complicaria la cosa en cuanto al proyecto.
VETERINARIO (por si teneis alguna consulta... ya que de furgos no entiendo muxo)

VITO: http://www.furgovw.org/index.php?topic=132016.0

TRANSIT: http://www.furgovw.org/index.php?topic=244602.0