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ayuda con la garantia

Iniciado por pitomorau, Abril 14, 2008, 18:43:26 pm

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pitomorau

Buenas, hace cuatro meses me compre una vitoII de segunda mano, y supuestamente tenia todavia garantia de 9 meses en un concesionario k no era mercedes (fiat creo), el k me la vendio dijo en el taller k la iva a vender y le dijeron k no habia ningun problema con la garantia, esta semana pasada me empezo a fallar, al salir en primera me salta a punto muerto y llame al taller que la iva a llevar me dijo ke si, y esta mañana me a llamao diciendo k no, k la garantia no es para el vehiculo sino para la persona k la compra una vez que se vende que ya no cubre, joder pues vaya gracia, ¿alguien sabe si esto es asi o como va el asunto? si me echais una mano os lo agradeceria. Venga un saludo.

Yudealf

Preguntales en que ley y articulo se basan para decir eso, y si no te saben decir les dices que la garantia de dos años que tienen los productos es la que da el fabricante sobre el bien, no sobre el usuario. Les pides hoja de reclamaciones pidiendo intervención mediatica, no se te olvide leer la hoja por detrás por si tienes que adjuntar alguna fotocopia de algún papel, y dejalo claro en la hoja de reclamaciónes, adjunto tal y tal.

Para hacerte más el duro con ellos, te cojes y te imprimes la ley de consumidores y usuarios, y los dejas en su sitio, te subrayas a todo lo que tienes derecho, y que te enseñen ellos la suya en la que diga que no tienes ese derecho.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdleg1-2007.html

A por ellos tigre.... que son unos sinvergüenzas.



cukiyo25

la garantia en ningun caso se basa en la persona ke tiene el vehiculo,si no en el vehiculo en si,kilometros o años,el taller tuvo ke darle algun documento donde se refleja el tiempo de garantia,ya digo kilometros o años.consigue ese documento y a por ellos.

pistacho

  Segun la nueva ley de garantias tiene un año de duración ,observa el contrato por si existe alguna salvedad, es sobre bien adquirido,la reparacion habra de llevarse a cabo en un plazo razonable y sin mayores inconvenientes para el consumidor,habida cuenta de la naturaleza y necesidad de los bienes.
No hay mejor forma de agradecer lo que otros hicieron por ti,que ayudar en todo lo que puedas a los demas y que ese espiritu siga vivo para siempre.

Yudealf

Cita de: pistacho en Abril 15, 2008, 02:27:56 am
  Segun la nueva ley de garantias tiene un año de duración ,observa el contrato por si existe alguna salvedad, es sobre bien adquirido,la reparacion habra de llevarse a cabo en un plazo razonable y sin mayores inconvenientes para el consumidor,habida cuenta de la naturaleza y necesidad de los bienes.


Pistacho, esta hablando aún de garantia de fabricante, por tanto son dos años, no uno. Y lo que diga el contrato da igual, es decir, las letras pequeñas de los contratos que van en contra de leyes empiricas se dan como no puestas.

Tetr3s

Ala!!! y si cuela cuela no? hace falta tener cojones para decir que la garantia es para la persona... .loco1

denunciales y explicales como la caja nueva que te monten, TAMBIEN TIENE GARANTIA.

tutatis

creo que por ley debe tener al minimo 1 año o 6 meses ahora no lo se segura, pero vete a consumidores que te lo resuelven rapido, que jeta tienen algunos conce

pistacho

 Si el seguro es para la persona que lo adquiere,¿tambien le cubrira las facturas del odontologo?
  Yudealf, el vehiculo es marca Mercedes y la garantia la da un concesionario fiat ,creo por lo tanto que garantia oficial...no es.La letra pequeña de un contrato es aceptada con la firma del mismo ¿no? y en ciertos contratos de garantia se excluye tacitamente las piezas desgastadas por un uso normal del vehiculo.
No hay mejor forma de agradecer lo que otros hicieron por ti,que ayudar en todo lo que puedas a los demas y que ese espiritu siga vivo para siempre.

Yudealf

Cita de: pistacho en Abril 17, 2008, 00:53:39 am
Si el seguro es para la persona que lo adquiere,¿tambien le cubrira las facturas del odontologo?
  Yudealf, el vehiculo es marca Mercedes y la garantia la da un concesionario fiat ,creo por lo tanto que garantia oficial...no es.La letra pequeña de un contrato es aceptada con la firma del mismo ¿no? y en ciertos contratos de garantia se excluye tacitamente las piezas desgastadas por un uso normal del vehiculo.


Entonces estas hablando de que fiat le vendio un producto de segundamano al que tu se lo compraste, debiendo tener este creo un año de garantia.
La letra pequeña de un contrato no es aceptada con la firma del mismo, ya que como te he dicho anteriormente, toda letra pequeña que vaya en contra de leyes empiricas se da como no puesta, aunque este firmada.

Mirate la garantia en productos de segundamano en el texto que te pase en el mensaje inicial a ver que dice, pero te sigo repitiendo, si tiene un año de garantia es sobre el bien, y no sobre la persona, otra cosa es la garantia de kilometraje que ya ahi no te sabria decir, cuestion de leerse la ley.

pitomorau

Buenas gente, gracias a todos por vuestra ayuda pero ayer estuve ablando con una asesora de la OCU (organizacion de consumidores y usuarios)creo que era asi el nombre. Bueno estos me dijeron k el del concesionario tiene razon a mi no me cubre y k la garantia me la tiene k dar el vendedor k en ventas de particular a particular por ley es un año de garantia (un dia antes me dijeron seis meses pero esto ya lo aclarare) y k el k me la vendio tiene k acerse responsable, yo me e kedao flipao eso no lo sabia pero si es asi me conformo aunke de todas formas alguien me lo tenia k pagar uno o el otro por k kuando yo la compre yo mire mucho a la garantia y !a mi k no me jodan!
¿Alguien sabia lo de la garntia en ventas de particular a particular?
Venga un saludo

Amedio

La ley de garantías del 2003 solo rige para compras a profesionales, pero de particular a particular hay algo "parecido a garantía". Lo pongo entre comillas, porque aunque los abogados dicen que no es lo mismo, yo no sé distinguirlo. Algo parecido a lo que pasas con el dinero y la felicidad.

Además esta "garantía" entre particulares no es nada nuevo, que creo que lleva más de 40 años en el código civil. Quien quiera que se lo lea y saque sus propias conclusiones.

Del código civil:

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/cc.l4t4.html

"Del saneamiento por los defectos o gravámenes ocultos de la cosa vendida.

Artículo 1484.

El vendedor estará obligado al saneamiento por los defectos ocultos que tuviere la cosa vendida, si la hacen impropia para el uso a que se la destina, o si disminuyen de tal modo este uso que, de haberlos conocido el comprador, no la habría adquirido o habría dado menos precio por ella; pero no será responsable de los defectos manifiestos o que estuvieren a la vista, ni tampoco de los que no lo estén, si el comprador es un perito que, por razón de su oficio o profesión, debía fácilmente conocerlos.

Artículo 1485.

El vendedor responde al comprador del saneamiento por los vicios o defectos ocultos de la cosa vendida, aunque los ignorase.

Esta disposición no regirá cuando se haya estipulado lo contrario, y el vendedor ignorara los vicios o defectos ocultos de lo vendido.

Artículo 1487.

Si la cosa vendida se perdiere por efecto de los vicios ocultos, conociéndolos el vendedor, sufrirá éste la pérdida, y deberá restituir el precio y abonar los gastos del contrato, con los daños y perjuicios. Si no los conocía, debe sólo restituir el precio y abonar los gastos del contrato que hubiese pagado el comprador.

Artículo 1490.

Las acciones que emanan de lo dispuesto en los cinco artículos precedentes se extinguirán a los seis meses, contados desde la entrega de la cosa vendida."



Yudealf

Abril 18, 2008, 14:56:46 pm #11 Ultima modificación: Abril 18, 2008, 14:58:17 pm por Yudealf
Cita de: pitomorau en Abril 17, 2008, 19:50:45 pm
Buenas gente, gracias a todos por vuestra ayuda pero ayer estuve ablando con una asesora de la OCU (organizacion de consumidores y usuarios)creo que era asi el nombre. Bueno estos me dijeron k el del concesionario tiene razon a mi no me cubre y k la garantia me la tiene k dar el vendedor k en ventas de particular a particular por ley es un año de garantia (un dia antes me dijeron seis meses pero esto ya lo aclarare) y k el k me la vendio tiene k acerse responsable, yo me e kedao flipao eso no lo sabia pero si es asi me conformo aunke de todas formas alguien me lo tenia k pagar uno o el otro por k kuando yo la compre yo mire mucho a la garantia y !a mi k no me jodan!
¿Alguien sabia lo de la garntia en ventas de particular a particular?
Venga un saludo


Si también tienes la garantia del que te la vendio, pero al no tratarse de un concesionario, si no de un particular, yo ya no se si la unica garantia que te puede dar es por vicios ocultos. Osea, que no tendrias garantia, ya que los vicios ocultos.... son 6 meses???? y aún así no se yo si te valdria más la pena liarte de abogados para que te lo arregle el vendedor o pagar la reparación.
Y respecto a la garantia del fabricante, si aún le quedan unos meses, que yo sepa te la tienen que arreglar aunque no te lo vendieran a ti. Estas seguro de que te han entendio bien los de la OCU ???
Que una cosa es la garantia de segunda mano, y otra es la del fabricante.

pitomorau

Pero la garantia no es del fabricante sino la k le daba el concesionario al comprador



pitomorau

Cita de: Yudealf en Abril 18, 2008, 14:56:46 pm
Si también tienes la garantia del que te la vendio, pero al no tratarse de un concesionario, si no de un particular, yo ya no se si la unica garantia que te puede dar es por vicios ocultos. Osea, que no tendrias garantia, ya que los vicios ocultos.... son 6 meses???? y aún así no se yo si te valdria más la pena liarte de abogados para que te lo arregle el vendedor o pagar la reparación.
Y respecto a la garantia del fabricante, si aún le quedan unos meses, que yo sepa te la tienen que arreglar aunque no te lo vendieran a ti. Estas seguro de que te han entendio bien los de la OCU ???
Que una cosa es la garantia de segunda mano, y otra es la del fabricante.