¡¡¡IMPORTANTE!!! Noticias sobre el Impuesto de Matriculación

Iniciado por Manolín, Diciembre 21, 2006, 09:33:31 am

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expedicion_malaespina

Cita de: Frankie en Enero 04, 2007, 12:31:47 pm
Pero si se matricula como vehiculo mixto adaptable..3148  se paga o no? ???

No, yo he martriculado así a finales de noviembre y así no se paga.
¡¡¡YO DUERMO EN MI FURGO!!!
Marruecos crónica: www.marioru.blogspot.com
Ex-Yugoslavia:  https://picasaweb.google.com/110362126442606347452/ExYugoslavia

Toxic_3

Enero 05, 2007, 13:27:35 pm #16 Ultima modificación: Enero 05, 2007, 13:31:53 pm por Toxic_3
y mi t3 es mixto adaptable  y l queria homologar como vivienda..pero viendo lo visto ..prefiero dearlo asi y desmontar en itv y jugarmelacon los civiles...

aunque es triste...que habiendo paises aqui a lado que tengan hace años solucionados estos problemas  aqui estemos asi..que pais de ¡¡ladrones y sinverguenzas!!!

expedicion_malaespina

Mandahuevos!!
Pues yo no pienso ir por la ITV hasta los 4 años y voy a ir a 120 por la autopista y voy a poner por aquí un brico de como instalar un lanzamisiles en la furgo por si alguien os quiere mirar un dia la ficha técnica  .ametralla
  Es broma eh!! que nadie se me ofenda  ;)
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Manolín

Pues Eneko, tener, tienes razón en todo, pero joder lo que jode. La regulación del sector conllevará unas obligaciones y unos derechos y estoy seguro que de los primeros serán mucho más que los segundos. Tal vez si se hubiesen estado callados y se hubieran dejado las cosas en paz, estos asuntos no los estariamos hablando ahora. La Ley Chacón probablemente nos traerá reconocimiento pero a cambio de.... más impuestos por ejemplo.

Manolín

Los siguientes en ponerse a pedir, en cuanto se enteren, serán los Ayuntamientos. Ahora, muchos pagan el impuesto de circulación famoso como vehículos mixtos por su carga util, que es bastante más barato que pagarlo por turismo por su potencia fiscal. Ya vereis como lo siguiente será esto.

tontitron

Eneko!!
Toenes razón.
Angeles!!
También tienes razón
.loco1 .loco1 .loco2 .loco2
Pero creo que todo lo que se está haciendo y se hará con esta ley, será para recaudar.
El fin justifica los medios, si es así, esto no es justo, pero como algunos han dicho ya, hay que pasar por el aro (por no decir otra cosa).
Yo lo que me fastidia es que luego, si aparcas en cualquier sitio, eres especial y no puedes, si duermes en x sitio, no puedes por que eres diferente y ves coches con los asientos reclinados del todo a tu lado y sobando con mantitas tan agustito y no les digan nada.
Por ahí viene el Kit de la cuestión, si somos iguales, somo s iguales pa tó.
Una opinión mas.

Manolín

Bueno, en cuanto al límite de velocidad y dando la razón a Angeles en todo lo que dice sobre este tema, yo creo que se puede asegurar al 99,99% que los límites son de 120 en autopista, aunque es cierto que no se menciona el término autocaravana y todo el texto y en el anterior si que se hacía mención a la autocaravanas.

Podemos trasladar este debate sobre velocidades a hilo que está abierto y dejar este para el tema del impuesto de matriculación, ¿os parece?

Ok, se han trasladado los mensajes de Enekoy otros  a http://www.furgovw.org/index.php?topic=4118.0

cresteo

yo tb la he matriculado como mixto vivienda y he ido personalmente a pedir el certificado de no sujecion, el cual me han expedido sin ningun problema (3148) eso si, tenemos las mismas condiciones que antes del 16 oct- velocidad limitada y demas... pero a mi los papeles ya me los entregó vw con este numero 3148...

Manolín

Copiado de la página de ICA Industrias Caravaning Asociadas

NOTA INFORMATIVA

Sobre la actual situación de la aplicación del Impuesto de Matriculación a las autocaravanas


La semana pasada, nada más conocer la última reacción del Ministerio de Hacienda, ICA adelantó a sus distribuidores la presente publicación a fin de procurar informar sobre los términos exactos de la situación.

I.- Como bien conocerá quien lea estas líneas, a final del mes de octubre, terminada la Feria de Barcelona, de forma sorpresiva, y en contra de la práctica mantenida durante los últimos dieciocho años, fue imposible matricular una autocaravana sin el pago del impuesto de matriculación al tipo del doce por ciento.

Después, otras Delegaciones de Hacienda, adoptaron el mismo criterio, y, en la práctica, de forma casi unánime, fue prácticamente necesario liquidar el doce por ciento para tramitar la matriculación del vehículo.

Investigada la razón de tal repentino cambio, sin el menor preaviso, apareció un informe del Sr. Escobar, Subdirector General de Impuestos Especiales, que negaba el criterio anterior de hacienda acreditado mediante la aceptación de las autoliquidaciones como no sujetas durante los citados dieciocho años.

Con el fin de garantizar la más absoluta transparencia, se adjunta el informe del mismo y la fecha en la que al parecer fue emitido. Este informe habría sido enviado a las distintas delegaciones, y, desde éstas, se habría procedido a exigir el pago del impuesto, si bien tal reacción no ha sido uniforme en todas ellas.

La noticia causó muy seria alarma en el sector y las reacciones no se hicieron esperar.

Reunidos todos los representantes de las empresas vinculadas a este mercado, y presentes fabricantes, importadores y distribuidores, acordaron crear una comisión de urgencia, formada por un representante de cada uno de estos mercados, para trabajar de forma intensa a fin de procurar solucionar el problema.

II.- En una semana se obtuvo una reunión con el Subdirector General de Técnica Tributaria, que con amable atención, y previo escuchar la absoluta hecatombe y ruina de muchas familias que la decisión adoptada suponía, negó la posibilidad de solventar el asunto, remitiéndo a la comisión al Director General de Tributos por entender que era éste quien tenía competencia para ello.

Transcurrida otra semana, se logró una segunda reunión, esta vez con el Director General de Tributos, máxima instancia administrativa en la interpretación de las normas fiscales, y con asistencia del Sr. Escobar autor del informe de tan relativo rigor y escasa sensibilidad.

Se le reiteraron los argumentos en el escaso tiempo que se concedió a la comisión, y se le explicó la desastrosa trascendencia que la exigibilidad del doce por ciento suponía, apercibiéndole de que iba a suponer la ruina del sector y de las empresas que lo componen, dejando a España en una situación de absoluta discriminación dentro de los países de la unión, rompiendo su competitividad, disuadiendo a los no residentes, y perdiendo ingresos muy significativos para el erario público. De forma igualmente amable, se contestó a la comisión que la normativa era ineludible pero que procurarían encontrar una solución.

Se acompaña para mejor información la sinopsis de todos los argumentos empleados, además de las razones jurídicas.

Como no se recibía respuesta, y previamente se había explicado que cada día era fatal ante la nueva situación, se insistió casi diariamente hasta que se obtuvo, la semana pasada, el comunicado que igualmente se adjunta para conocimiento público.

Según podrá comprobarse con su lectura, la Administración fiscal estatal, haciendo gala de una nula sensibilidad y de un incomprensible afán recaudador, contrario a la interpretación lógica de la norma, ha ignorado y orillado absolutamente todas las razones expuestas y ha prescindido del severo riesgo de desaparición del sector.

III.- Nuestra opinión es, pues, que la administración fiscal contraría, en la práctica, y de forma absoluta el espíritu de las instrucciones del pueblo español, manifestadas mediante una moción presentada en el Senado y aprobada por unanimidad de todos los grupos políticos, interesando la promoción del sector y de los autocaravanistas, que, con la actitud ilógica e insensible demostrada por la Dirección General de Tributos y particularmente por el Sr. Escobar, autor del informe, se ve abocada a la más estrepitosa crisis.

IV.- La reacción, pues, de todos los afectados, debe ser contundente y enérgica, si se quiere proteger no ya el desarrollo ordenado por el Senado, sino al menos la pervivencia del sector.

Deben desarrollarse todos los medios que el Estado de Derecho concede a los ciudadanos y a las empresas para combatir la actuación administrativa y lograr el reconocimiento que ésta niega y que, el Senado en pleno, como representante de todos, nos ha otorgado.

En ese sentido, ICA:

a) Planteará la viabilidad de una demanda de responsabilidad patrimonial contra la Administración por el claro funcionamiento anormal de la misma que supone el cambio de criterio, sin preaviso, y en contra de una situación mantenida catorce años.

b) Analizará el recurso generalizado de las liquidaciones del impuesto ordenadas por la Administración tributaria.

c) Procurará la recalificación de nuestros vehículos de forma que se obtenga sin la dificultad que nos imponen la situación fiscal que la Ley previene.

d) Adoptará las medidas necesarias para la adecuada difusión de la anterior información, de forma que el público y los ciudadanos conozcan la actuación de la administración fiscal y la fulminación sectorial que su comportamiento conlleva.

e) Demandará la necesaria cooperación de la prensa especializada, implicada en el desarrollo del sector y partícipe del mismo.

f) Buscará la aplicación de un criterio uniforme por la Agencia Tributaria, de manera que no se discrimine a unos concesionarios de otros, en función del criterio de cada delegación.

g) Interesará de usuarios y asociaciones que los integran las reacciones que éstos juzguen convenientes, siempre dentro de los cauces legales, objetivamente informados, y víctimas finales del cambio de criterio de la administración.


V.- En fin, desde esta página ICA quiere reiterar su voluntad firme de luchar por sus distribuidores y por los usuarios de autocaravanas, tendiendo su mano a todas las asociaciones para que la unidad se traduzca en la mayor fuerza que permita alcanzar los objetivos fijados.

Un cordial saludo,

ICA
Industrias del Caravaning Asociadas.


Petición e informe del Ministerio de Economía y Hacienda sobre el Impuesto Especial de determinados medios de Transporte
http://www.icaiberica.com/img_noticias/informe.pdf

expedicion_malaespina

¡¡¡YO DUERMO EN MI FURGO!!!
Marruecos crónica: www.marioru.blogspot.com
Ex-Yugoslavia:  https://picasaweb.google.com/110362126442606347452/ExYugoslavia

autocamping

mucho pero ke mucho cuidado con el ultimo anuncio  sobre este tema que sale en webcampista.com,la verdad es que no se si es que las varias administraciones quieren que en vez de ir en autocaravana o camper durmamos en una furgo con un colchon.........en el suelo....si siguen con esta historia del 12% mas homologaciones unitarias etc......

roca82

Yo hoy e ido a la itv de mi zona, estoy a la espera de matricular mi nueva marcopolo, seguramente la semana que biene ya la tenga matriculada y seguro tambien que vendra como mixto adaptable, pues bien, segun la itv puedo cambiarla a autocarabana tan pronto como quiera, siempre y cuamndo, tenga un certificado del fabricante especificando que esta diseñada como autocaravana, esto, o bien lo pone en la documentacion o lo tengo que pedir a fabrica para que me lo envien. Bien el tema esta en que una vez este cambiada la documentacion en la itv como autocarabana ellos (ITV) envian una copia a trafico donde lo archivan sin mirar nada y que si nosotros no vamos a trafico a notificar dicho cambio, no se percatan del suceso y por lo tanto no `pagas el 12%, ahora bien, mi pregunta es: y que pasa si te hechan una foto de radar, que velocidad te aplican? la de autocaravana o mixto adaptable?
La fortuna llega en algunos barcos que no son guiados.

roca82

[es: y que pasa si te hechan una foto de radar, que velocidad te aplican? la de autocaravana o mixto adaptable?
[/quote]

añado si en la documentacion tienes como autocaravana pero claro en trafico no tienen dicho cambio porque no lo has comunicado, que pasa? supongo que te aplicaran como mixto pero es facil recurrir la denuncia, se daran cuenta de la trampa? que opinais
La fortuna llega en algunos barcos que no son guiados.


Frankie

Desde luego,los que matriculen en Navarra tienen suerte....están exemtos como dice bien clarito su Hacienda:
Autocaravanas
¿Cuál es el tratamiento de las autocaravanas, furgones con casa y carritos que se transforman en tiendas de campaña a efectos del impuesto especial sobre determinados medios de transporte?
Las autocaravanas y furgones con casa no están sujetos al impuesto. Los carritos que se transforman en tiendas de campaña no son vehículos accionados a motor y no tienen una matricula diferente de la del vehículo que los remolca.
http://www.navarra.es/home_es/Gobierno+de+Navarra/Organigrama/Los+departamentos/Economia+y+Hacienda/Organigrama/Estructura+organica/Hacienda/Informacion+Fiscal/Preguntas+mas+frecuentes/Impuestos+especiales/Impuesto+especial+sobre+determinados+medios+de+transporte+%28Impuesto+de+matriculación%29/autocaravanas.htm