¿Se puede transportar una bombona de butano en la Fula?.

Iniciado por bikerman, Noviembre 04, 2011, 14:01:02 pm

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arctos

Cita de: PAYO en Noviembre 06, 2011, 19:24:12 pm
si llevas vehiculo vivienda y en ficha tecnica te sale reflejado: instalación de gas, no tienen por qué.

ahora lo que no sé, es si tenemos marcada una cantidad maxima de bombonas.


Ya me parecia a mi raro... vehiculo vivienda con instalación de gas y contrato con "repsol" y que nos pudiesen multar  .nono
Por la cantidad, pues supongo que sera las que esten debidamente guardadas en el armario ventilado y estanco que se homologo en su momento.
Saludos

surfjoker

Hola veo que hay algunas dudas al respecto sobre el transporte de botellas de 12,5kg de gas butano, si tienes el contrato de suministro, si te paran se lo enseñas y tu lo unico que estas haciendo es cambiar botellas vacias por llenas!! no veo donde esta el problema.

TXOSEBA

http://www.boe.es/boe/dias/2003/10/0...6413-36428.pdf

25.2 Carecer del certificado de aprobación del
vehículo expedido por el organismo competente
donde se acredite que el mismo responde a las
prescripciones reglamentariamente exigibles para
el transporte al que va destinado, llevarlo caducado
o llevar uno distinto al exigido reglamentariamente.



25.3 Utilizar vehículos que no cumplan las condiciones
técnicas reglamentarias exigidas para el
transporte de determinadas mercancías.


25.4 No llevar a bordo del vehículo los documentos
de transporte o acompañamiento o no indicar
en éstos la mercancía peligrosa transportada.


25.5 Transportar mercancías peligrosas, en
condiciones distintas a las fijadas por la reglamentación
sobre el transporte de este tipo de materias,
sin la correspondiente excepción o permiso excepcional.


25.6 Carecer de paneles, placas o etiquetas
de peligro o cualquier señalización exigible.


25.7 No llevar en la cabina del vehículo las
instrucciones escritas para casos de accidentes
correspondientes a la materia que se transporta.


25.8 Incumplir las prohibiciones de cargamento
en común en un mismo vehículo.


25.9 Incumplir las limitaciones de las cantidades
a transportar.



25.10 Utilizar envases o embalajes no homologados,
gravemente deteriorados, que presenten
fugas o que carezcan de alguno de los requisitos
técnicos exigidos.


25.11 Incumplir las normas de embalaje en
común en un mismo bulto.


25.12 Incumplir las normas sobre el grado de
llenado.


25.13 Indicar inadecuadamente en los documentos
de transporte o acompañamiento la mercancía
peligrosa transportada.


25.14 Entregar al transportista instrucciones
escritas para casos de accidentes inadecuadas en
relación con la materia que se transporta, así como
la falta de certificación del expedidor sobre el cumplimiento
de la normativa vigente en el transporte.


25.15 Transportar mercancías sujetas a autorización
previa careciendo de la misma.


25.16 Utilizar paneles, placas o etiquetas de
peligro inadecuadas en relación con la mercancía
transportada.
:P :P :P
SOLO HE DADO UN PASO Y YA NECESITO EL GPS. Y COMO SIEMPRE, EL MAPA ESTÁ MAL.

Suzuka

Cita de: caldero en Noviembre 06, 2011, 19:17:11 pm
Pues por desgracia no.
Hace unos años, los repartidores de butano de repsol, hicieron una huelga para revindicar mejores condiciones laborales. Esta creó un desabastecimiento, y obligó a los usuarios a acudir al depósito a comprar directamente las bombonas. Los "agentes del orden" se hincharon a poner multas por transportar en vehiculos particulares bombonas que segun ley, han de ir en tranporte de mercancias peligrosas. "Casualmente", hacian el control de maleteros a 500 m del depósito de distribución de butano. :roll: :roll:   Siempre actaundo por nuestro bien !  .lengua2


Lo mismo si tuvieras un familiar que es embestido por un coche que lleva esas bombonas en su interior y por H o por B revienta y lía una de "cojones" en lo que podría haber sido un simple accidente, quizás....pensarías de forma distinta... Qué nunca pasa nada hasta que pasa...
Y si las bombonas tienen que ir en un lugar ventilado es porque está visto y comprobado que minimiza todos  los riesgos
Ey.....¡¡¡¡¡¡¡Sosiegaaaaaaaaaa!!!!!!!!!!

6q6q

No asusteis al personal,

  Real Decreto Ley 15/1999, art. 1, ap. 2:
"Se autoriza el transporte de envases que contengan gases licuados del petróleo, de hasta 15 kg. de capacidad unitaria, en vehículos de uso particular y con un máximo de dos envases, siempre que se transporten en posición vertical cuando estén llenos y se adopten las medidas adecuadas para evitar su caída".

un saludo

clemendelape

denuncian con las grandes por que la valvula no es ta protegida con un aro porque en caso de vuelcoexplotaria  sin embargo  las de cepsa que  si llevan el aro y no deberiamos tener problema  esto es por normativa

El_Navarro_Errante

Cita de: 6q6q en Noviembre 11, 2011, 21:15:21 pm
No asusteis al personal,

  Real Decreto Ley 15/1999, art. 1, ap. 2:
"Se autoriza el transporte de envases que contengan gases licuados del petróleo, de hasta 15 kg. de capacidad unitaria, en vehículos de uso particular y con un máximo de dos envases, siempre que se transporten en posición vertical cuando estén llenos y se adopten las medidas adecuadas para evitar su caída".

un saludo


Aqui teneis la respuesta a la denuncia mediante el corespondiente recurso. No olvideis que al recurrir perdeis la opcion del 50% de reduccion
Lo importante es llegar. Cuando sea, pero llegar.

Seguridad en toldo Fianma
http://www.furgovw.org/index.php?topic=241433.msg2601344#msg2601344

bikerman

Entonces si se pueden transportar, las naranajas de toda la vida, asi como las de Repsol plateadas. Genial.
Todos a una...