¿legislacion, normativa para descuento por minusvalia y movilidad reducida?

Iniciado por Yocapi, Diciembre 17, 2008, 18:31:14 pm

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Yocapi

Estimados amigos:
Haber si alguien sabe en que consiste y como aplican los descuentos por minusvalia y movilidad reducida.

La informacion que yo tengo es, que a aprtir de 33 de grado de minusvalia, te descuentan el impuesto de matriculacion y que con un 07 de movilidad, te hacen el iva reducido 4%. Esto me lo han confiamado en la hacienda de Bizkaia, ¿pero hasta cuando y donde esta legislado para que vehiculos si y que vehiculos no? Para auto caravanas no y para los turismo-vivienda que.

En el concesionario de leioa (bizkaia) me dicen que aqui la estan aplicando pero que en guipuzcoa no, esto esta regulado en algun sitio. ¿las competencias de esto son de las haciendas provinciales, como es en el resto, o lo decide el director de turno?.

muchas gracias.

rnieto

Pues si, a partir del 33 (Aunque no recuerdo si era el 30) te ahorras el impuesto de matriculación.

Con el P.M.R ( Certificado de Persona Movilidad Reducida ) presentando en hacienda, esta te da un certificado para que el concesionario solo te aplique un 4% de IVA.

El P.M.R. tiene que concederlo tu Comunidad Autonoma, en concreto en Andalucia es Asuntos Sociales, pero cada Comunidad tiene su Consejeria ...

rnieto

se me olvidaba, el concesionario también suele hacer el Max descuento ...