Furgovw

Zona Técnica => Papeleos => Mensaje iniciado por: Pupilons en Noviembre 03, 2016, 20:03:10 pm

Título: Tributar GV como camión y no como turismo.
Publicado por: Pupilons en Noviembre 03, 2016, 20:03:10 pm
Bueno pues como pongo en el título he conseguido que mi Furgo una Citröen Jumper tribute , o eso espero, como camión y no como turismo como venia haciendo desde hace un par de años.
He de decir que el Impuesto de circulación lo fija cada ayuntamiento (en mi caso el de Valladolid) y que sólo valdrá en los Aytos. que tenga en mismo articulado en el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y su vehiculo sea Furgón vivienda (clasificación 2448)

La ordenanza de Valladolid podéis bajarla de aquí y la de vuestro ayuntamiento supongo que en la web correspondiente o poniendos en  contacto con el.

http://www.valladolid.es/es/ayuntamiento/ordenanzas-fiscales/ordenanzas-fiscales-2016/ordenanza-fiscal-reguladora-impuesto-vehiculos-traccion-mec

En el caso que expongo no aparece reflejado por ningún lado ni: Autocaravana, ni vehicluo vivienda , ni furgón vivienda ni nada que se le parezca, se que esto ocurre en otros aytos. pero porque si, por costumbre o por la orden 27 se sacan de la manga que debemos tributar como un turismo, pagando en mi caso 179,22€ en lugar de los 84,56€ que pagaría tributando como camión de menos de 1000kg de carga útil. Y es que ahí esta la solución según el  Artículo 5.3: 


-3. Para la aplicación de las tarifas anteriores se estará a lo dispuesto en el
Código de Circulación sobre el concepto de las diversas clases de vehículos,
teniendo en cuenta, además, las siguientes reglas:

1.ª Se entenderá como furgoneta el resultado de adaptar un vehículo de
turismo a transporte mixto de personas y cosas mediante la supresión de
asientos y cristales, alteración del tamaño o disposición de las puertas u otras
alteraciones que no modifiquen esencialmente el modelo del que se deriva.
Las furgonetas tributarán como turismo, de acuerdo con su potencia fiscal,
salvo los siguientes casos:

a) Si el vehículo estuviese habilitado para el transporte de más de nueve
personas, incluido el conductor, tributará como autobús.

b) Si el vehículo estuviese habilitado para transportar más de 525 kgs. de
carga útil, tributará como camión.

Yo fuí al ayto. y con un formulario solicite que se me aplicase la tarifa de camión mencionando lo que os he puesto antes, adjunté una fotocopia de la ficha técnica y unos meses después he tenido la notificación favorable, y es que ... si tenemos que circular como un camión ... lo justo es que tributemos como tal.

Os animo ha reclamar los que podáis ya que me consta que en algunos ayuntamientos si que incluyen los vehiculos vivienda en su articulado.

Título: Re:Tributar GV como camión y no como turismo.
Publicado por: pabgarde en Noviembre 03, 2016, 21:02:07 pm
Cita de: Pupilons en Noviembre 03, 2016, 20:03:10 pm
Bueno pues como pongo en el título he conseguido que mi Furgo una Citröen Jumper tribute , o eso espero, como camión y no como turismo como venia haciendo desde hace un par de años.
He de decir que el Impuesto de circulación lo fija cada ayuntamiento (en mi caso el de Valladolid) y que sólo valdrá en los Aytos. que tenga en mismo articulado en el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y su vehiculo sea Furgón vivienda (clasificación 2448)

La ordenanza de Valladolid podéis bajarla de aquí y la de vuestro ayuntamiento supongo que en la web correspondiente o poniendos en  contacto con el.

http://www.valladolid.es/es/ayuntamiento/ordenanzas-fiscales/ordenanzas-fiscales-2016/ordenanza-fiscal-reguladora-impuesto-vehiculos-traccion-mec

En el caso que expongo no aparece reflejado por ningún lado ni: Autocaravana, ni vehicluo vivienda , ni furgón vivienda ni nada que se le parezca, se que esto ocurre en otros aytos. pero porque si, por costumbre o por la orden 27 se sacan de la manga que debemos tributar como un turismo, pagando en mi caso 179,22€ en lugar de los 84,56€ que pagaría tributando como camión de menos de 1000kg de carga útil. Y es que ahí esta la solución según el  Artículo 5.3: 


-3. Para la aplicación de las tarifas anteriores se estará a lo dispuesto en el
Código de Circulación sobre el concepto de las diversas clases de vehículos,
teniendo en cuenta, además, las siguientes reglas:

1.ª Se entenderá como furgoneta el resultado de adaptar un vehículo de
turismo a transporte mixto de personas y cosas mediante la supresión de
asientos y cristales, alteración del tamaño o disposición de las puertas u otras
alteraciones que no modifiquen esencialmente el modelo del que se deriva.
Las furgonetas tributarán como turismo, de acuerdo con su potencia fiscal,
salvo los siguientes casos:

a) Si el vehículo estuviese habilitado para el transporte de más de nueve
personas, incluido el conductor, tributará como autobús.

b) Si el vehículo estuviese habilitado para transportar más de 525 kgs. de
carga útil, tributará como camión.

Yo fuí al ayto. y con un formulario solicite que se me aplicase la tarifa de camión mencionando lo que os he puesto antes, adjunté una fotocopia de la ficha técnica y unos meses después he tenido la notificación favorable, y es que ... si tenemos que circular como un camión ... lo justo es que tributemos como tal.

Os animo ha reclamar los que podáis ya que me consta que en algunos ayuntamientos si que incluyen los vehiculos vivienda en su articulado.

Tienes toda la razón, por un lado no podemos circular a más de 90km/h y luego te hacen para como turismo... No tiene sentido.
¿Como tienes homologado tu vehículo? ¿Furgón vivienda 2448?
Me estudiaré el de Murcia. Gracias por el apunte.
Título: Re:Tributar GV como camión y no como turismo.
Publicado por: Pupilons en Noviembre 03, 2016, 21:07:55 pm
Si furgón vivienda 2448, lo que me alucina es que el primer año tribute como camión ya que sólo era furgón, y al hacer la homologación 24 (que significa furgón) y 48 (uso como vivienda), por arte de magia se convirtió en un turismo.   
Título: Re:Tributar GV como camión y no como turismo.
Publicado por: JKN en Noviembre 03, 2016, 22:46:44 pm
Yo reclame en mi ciudad, merida y me lo denegaron. La mia esta clasificada como autocaravana. Aplican la normativa q mas les conviene...
Título: Re:Tributar GV como camión y no como turismo.
Publicado por: pabgarde en Noviembre 03, 2016, 22:54:04 pm
Cita de: JKN en Noviembre 03, 2016, 22:46:44 pm
Yo reclame en mi ciudad, merida y me lo denegaron. La mia esta clasificada como autocaravana. Aplican la normativa q mas les conviene...

¿Te refieres a que tu homologación es 3248? Pregunto todo esto porque acabo de comprar un furgón cerrado Fiat Ducato y no se si una vez camperizado solo se puede homologar como furgón vivienda, o si también se puede homologar como autocaravana vivienda, o incluso como turismo vivienda..
Título: Re:Tributar GV como camión y no como turismo.
Publicado por: eltoni en Noviembre 04, 2016, 00:50:51 am
Interesante
Título: Re:Tributar GV como camión y no como turismo.
Publicado por: JKN en Noviembre 04, 2016, 07:57:44 am
Si, la mia es una benivan 110 clasificada como autocaravana 3248. En la sentencia que me enviaron del ayuntamiento se acogen al edicto 15/5/2003 del Ministerio de Hacienda en el que dice que las autocaravanas se deben considerar como turismos.
yo en su dia, quiza no lo argumenté bien y no idique lo de la carga máxima que pueden transportar, solo solicité que me lo cambiaran a autocaravana y nada.

Un saludo
Título: Re:Tributar GV como camión y no como turismo.
Publicado por: Elgranelias en Noviembre 04, 2016, 09:40:55 am
Pues yo en mi caso (Madrid capital) tenía un 3100, después del proyecto 1048 y creo k pagaré unos 20€ menos.
Importante realizar el cambio en la DGT ya k el Ayuntamiento extrae su información de la base de datos de tráfico.
En mi caso el cambio fue más bien x el límite de velocidad k x el impuesto de circulación, pero bienvenida la rebaja.
Título: Re:Tributar GV como camión y no como turismo.
Publicado por: Pupilons en Noviembre 04, 2016, 12:59:40 pm
Por aclarar un poco O tal vez para liarlo mas, cualquier "furgo" que no tenga cristales o ventanas detrás es furgón 24, si le ponéis ventanas o las trae de fábrica será mixto o turismo 31 ó 10.
Título: Re:Tributar GV como camión y no como turismo.
Publicado por: Elgranelias en Noviembre 04, 2016, 18:13:17 pm
Y no tiene k ver con la MMA y los pesos la clasificación de vehículo mixto o furgón??

http://itvcitaprevia.es/clasificacion-vehiculos-ficha-tecnica/
Título: Re:Tributar GV como camión y no como turismo.
Publicado por: Pupilons en Noviembre 04, 2016, 18:25:01 pm
No tiene que ver el peso en mi caso hasta 3500kg , si no el uso llevar carga , carga y viajeros ... pero la diferencia física a parte de los asientos es que los furgones no llevan cristales atrás , y eso te obliga a ir a 90 km/h por autovía.
Título: Re:Tributar GV como camión y no como turismo.
Publicado por: pabgarde en Noviembre 04, 2016, 21:07:37 pm
Cita de: Pupilons en Noviembre 04, 2016, 18:25:01 pm
No tiene que ver el peso en mi caso hasta 3500kg , si no el uso llevar carga , carga y viajeros ... pero la diferencia física a parte de los asientos es que los furgones no llevan cristales atrás , y eso te obliga a ir a 90 km/h por autovía.

Todos los furgones deben ir a 90kmph, no? Da igual si tienen ventanas o no.
Título: Re:Tributar GV como camión y no como turismo.
Publicado por: kalvitero en Noviembre 04, 2016, 21:13:33 pm
Cita de: Elgranelias en Noviembre 04, 2016, 09:40:55 am
Pues yo en mi caso (Madrid capital) tenía un 3100, después del proyecto 1048 y creo k pagaré unos 20€ menos.
Importante realizar el cambio en la DGT ya k el Ayuntamiento extrae su información de la base de datos de tráfico.
En mi caso el cambio fue más bien x el límite de velocidad k x el impuesto de circulación, pero bienvenida la rebaja.

No se tu caso en  concreto, pero en Madrid normalmente son 40€ de diferencia entre mixto/camión y turismo
Yo como camión pago 80€ y si fuese turismo serían 120€
Título: Re:Tributar GV como camión y no como turismo.
Publicado por: Elgranelias en Noviembre 04, 2016, 22:04:31 pm
Pues no se.... 150 lereless pague de 2015 (3100) y una amiga k curra en el Ayuntamiento me dijo k ahora me baja 20€ (1048)
Título: Re:Tributar GV como camión y no como turismo.
Publicado por: Pupilons en Noviembre 05, 2016, 13:22:21 pm
Cita de: pabgarde en Noviembre 04, 2016, 21:07:37 pm
Todos los furgones deben ir a 90kmph, no? Da igual si tienen ventanas o no.


Todos los furgones en efecto, y todos van cerrados atrás. Lo que quiero decir es que el mismo vehiculo con los mismos caballos y motor si su clasificación el por ejemplo mixto ya puede ir a más velocidad, a pesar de que tienen el mismo MMA. 3500kg   :-\
Título: Re:Tributar GV como camión y no como turismo.
Publicado por: Speed Master en Noviembre 06, 2016, 19:16:21 pm
Todos los furgones que lo llevan ventanas atrás y por tanto tampoco asientos, normalmente de origen llevaran separador de carga y están catalogados como 2420 (su limite de velocidad es 90 km/h)
Todos los furgones que lleven ventanas atrás, normalmente llevaran al menos una fila de asientos y no llevaran separador de carga, serán vehículos mixtos osea 3100 o 3200 (su limite creo que es 110km/h)

Ninguno de las furgonetas GV va a poder ser nunca un 1048, como mucho serán 2448, 3148 o 3248, en función de que vehículo deriven inicialmente.

El caso de Elgranelias, es diferente, su furgoneta no es GV, y posiblemente ya de inicio era un turismo, osea 1000, o era mixto, es decir 3100, y como algunas de esas furgonetas salen como turismo se la han podido cambiar a 1048, pero son casos contados.



En cuanto a lo que nos expone Pupilons...

Cuando yo compre la furgo ya equipada como GV, y catalogada para trafico como 2448, el primer año me cobraron como camión en mi municipio (quiero recordar que habia discordancia entre lo que trafico tenia recogido sobre mi vehículo y lo que decía la documentación, pero eso es un error de funcionarios de trafico que quedo aclarado) curiosamente al anterior propietario en otro municipio de la misma provincia le cobraban como turismo, poco espabilado que debía ser el chico.

Al año siguiente me llego un aviso del ayuntamiento de que desde la Diputación foral se cambiaba la norma y las autocaravanas tributarían como turismo, es decir según potencia fiscal, y claro el plastazo se iba a mas del doble.

Inmediatamente busque la norma foral a la que hacia referencia y descubrí que solo hacia referencia las autocaravanas y en otro apartado a las furgonetas de uso privado y no profesional.

Asi que me fui al ayuntamiento con la documentación de la furgo, y tras exponer todo directamente al funcionario responsable rápidamente llego a la conclusión de que tenia razón, y mi furgo siguió tributando como camión de menos de 1000 de carga.

Dos años después, por cuestiones que no vienen al caso me tuve que mudar al municipio vecino, y como tanto el coche como la furgo eran nuevos alli, un día recibí el aviso de lo que debía pagar de impuestos por ellos. Mi sorpresa fue que para ellos la furgo volvía a tributar como autocaravana.

En esta ocasión, ayuntamiento mas grande, me toco presentar la instancia correspondiente reclamando la diferencia y presentando mis alegaciones, presentando los precedentes, todo ello después de pagar.

Un par de meses después el ayuntamiento me respondió que mi reclamación no se aceptaba y que mi furgo era autocaravana.

Pero la sorpresa llego tres años después cuando recibí una segunda notificación del ayuntamiento, dándome la razón, cambiando la furgoneta de autocaravana al grupo de camiones de menos de 1000kg y sobretodo devolviéndome la diferencia cobrada de mas durante los tres años anteriores. la diferencia, de 150€ a 72€
Título: Re:Tributar GV como camión y no como turismo.
Publicado por: Elgranelias en Noviembre 06, 2016, 22:28:31 pm
Pues mi furgo era una trafic de 8 plazas 3100 según su código de homologación se podía pasar a turismo así k aprovechando k hice proyecto la pasé directamente a 1048.
No se si es un caso aislado la verdad, en furgones rollo GV vale, pero furgonetas tipo transporter, Vito, trafic y hermanas, etc muchas pueden ser 3100 o 1000 (esto está más k hablado en muchos hilos del foro.
Lo k si flipo es con lo de pagar menos como 3100, a mi al menos en Madrid pague 150 pavazos, y xa el año k viene como turismo (1048) me dijeron k unos 130, así k a no ser k este confundido o me lo hallan mirado mal en Madrid capital al menos se paga más como vehículo mixto.
X cierto el límite xa autovía de los 3100 es 100km/h
Título: Re:Tributar GV como camión y no como turismo.
Publicado por: Elgranelias en Noviembre 06, 2016, 22:36:58 pm
Esto es xa el caso de Madrid capital

Cuotas del Ayuntamiento de Madrid para 2016

Turismos:
Menos de 8 caballos fiscales: 20 euros.
De 8 a 11,99 caballos fiscales: 59 euros.
De 12 a 15,99 caballos fiscales: 129 euros.
De 16 a 19,99 caballos fiscales: 161 euros.
De 20 caballos fiscales en adelante: 202 euros.

Camiones:
De menos de 1.000 kilogramos de carga útil: 73 euros.
De 1.000 a 2.999 kilogramos de carga útil: 149 euros.
De más de 2.999 a 9.999 kilogramos de carga útil: 213 euros.
De más de 9.999 kilogramos de carga útil: 266 euros.

Nunca había mirado estas tablas, claro a mi como mixto, me aplicaban el segundo caso, ahora como turismo estoy en 129€.

Miradlo x k cada ayuntamiento es distinto puede variar de año en año.
Título: Re:Tributar GV como camión y no como turismo.
Publicado por: pabgarde en Noviembre 06, 2016, 22:48:33 pm
Yo voy a camperizar un furgón cerrado Fiat Ducato y supuestamente habria que homologar como furgon vivienda 2448. ¿Seria posible homologarlo como turismo vivienda 1048? ¿Y como vehículo mixto vivienda 3148? ¿Y como Autocaravana vivienda 3248?
Título: Re:Tributar GV como camión y no como turismo.
Publicado por: Elgranelias en Noviembre 06, 2016, 22:51:53 pm
Como autocaravana vivienda...... autocaravana ya es vivienda, una autocaravana SOLO lo es de origen.
En resto depende del código de homologación de la tarjeta de ITV, pero vamos creo k como turismo seguro k no, lo normal es k sea 2448
Título: Re:Tributar GV como camión y no como turismo.
Publicado por: pabgarde en Noviembre 06, 2016, 22:54:15 pm
Eso es lo que yo entiendo pero me esta pareciendo entender que hay gente que lo ha hecho y por eso lo pregunto.
Lo de la autocaravana "vivienda" es porque así se denomina la categoría 3248. Aunque supongo que la 3200 será lo mismo.
Título: Re:Tributar GV como camión y no como turismo.
Publicado por: Elgranelias en Noviembre 06, 2016, 23:13:43 pm
Pero 3248 existe???