hola, tengo una Transit del 2007, con 8 asientos(ficha tecnica de 9), catalogada como 3100 vehiculo mixto adaptable sin especificar.
El uso basico es transportar ropa(tenemos tiendas), y amigos para salir de finde. hasta aquí todo sería correcto y legal, pero...
Si pienso en hacer una cama trasera transversal(con cajoneras debajo) y un mueble delantero con frigo y sitio para comida y enseres, ademas de un WC quimico portatil. ya me salgo de lo legal porqeu si quiero conservar la categoria de mixto no puedo anclar nada al chasis.
Mi idea es la siguiente: montar todo esto sin anclar nada al suelo, y durante los viajes, juntar el mueble y el potty a la cama, cubrirlo todo con una red de proteccion de carga(tipo cubre palets) que he visto en la pagina de Wurth, y mediante unas eslingas enrollables tirar de las 4 esquinas hasta anclar en las argollas del suelo de la furgo.
En ele techo llevaría unas barras transversales para sujetar un cofre(sillas,mesas ropa de la moto) y al lado llevaría un toldo fiamma, sujeto a estas barras, de manera que se abriria desde aqui si necesidad de anclar a la carroceria de la furgo.
Tecnicamente sería carga,puesto que va sin anclar y sujeto debidamente con material homologado.
Lo veis factible o pensais que me estoy pasando de listo??
Detras llevo un remolque con la moto y asi podria disfrutar de mis dos aficiones favoritas, moto y turismo.
Un saludo.
Me imagino que para montar todo eso ,quitaras filas de asientos, si los quitas y pones esos muebles sin anclar ninguno,creo que neceitarias una regilla separadora de carga detras de los asientos delanteros. ???
Si, por supuesto que los asientos quedan en el garaje de casa, y sobre la rejilla separadora, se podria poner alguna de lona que fuese facilmente desmontable (si fuese obligatoria), aunque al llevar todo cubierto por la lona de palets, puede que no sea necesario.Ah, gracias por la respuesta.
Si es mixto adaptable puedes quitar los asientos que necesites y la carga debe ir siempre por detras de la ultima fila de asientos, nada delante. No necesitarias rejilla separadora. En principio todo legal. Lo del toldo, si va sujeto con tornillos a las barras del techo, ya no me atreveria a decirte.
La furgo iria solo con los asientos delanteros. y el toldo tengo pensado sujetarlo con unos herrajes lo mas disimulados posible, y pasarle por encima un par de cinchas para dar al sensacion de ir atado a las barras.
Me figuro que este tipo de transformacion es atipica, pero no puedo homologarla como vivienda, ya que perdería asientos, y carga, pues tengo entendido que los turismos no pueden llevar nada de mercancia,aunque sea propia.
Pues creo que lo de la regilla es obligatorio y evidentemente tiene que ser homologada,pero creo que la normativa o el manual de la ITV dice( que si la carga no supera el plano longitudinal de la altura del asiento) o algo asi,no es necesario llevarla,me traduzco si los muebles que quieres llevar(carga)no superan en altura el "culo" del asiento no es obligatorio.Pero para estar bien seguro mirate el manual de la ITV y te aclararas menos .panico .loco1,a mi por ejemplo por llevar unos arcones en los pasos de rueda anclados a la carroceria ,como no superaban esa altura no me han dicho nada,pero eso ya sabemos que es quien te toque,y otra vez me paro la GC y llevaba carga sin regilla ni mamparo ni nada y me advirtio que me podria multar pero como lo que llevaba no superaba la altura del "culo" del asiento no paso nada,ahora que leyendo bien el manual y si lo aplican a rajatabla,en un vehiculo mixto cualquier cosa que lleves tiene que tener regilla,a no ser que el fabricante halla homologado los asientos como retencion de carga.Vaya lio ??? .loco2 .loco1 .confuso2
Atipica? que va... si es bastante habitual. Ya nos pondras fotos del resultado.
En cuanto a lo de la rejilla... si es mixto adaptable se supone que le puedes quitar y poner asientos segun necesidades, la rejilla la vas moviendo tambien? si para anclar un cajon te piden certificado de montaje... como para andar quitando y poniendo una rejilla de seguridad...
Si, la idea es que los muebles nunca superen en altura a los asientos, de hecho, el mueble lateral iria dividido en dos para cumplir con este requisito.
A pesar de ser un trabajito el montar y desmontar es la unica solucion que veo para poder hacerlo.
Me voy a poner en contacto con algun concesionario de Ford, para ver si existen rejillas de separacion de material textil. como el de las Mercedes.
Lo de la regilla es asi nos guste o no ,ahora bien la tienes que homologar en un principio,el nuevo reglamento dice que "algunos elementos" tales como bacas, portabicis se pueden poner y quitar con las herramientas suministradas por el fabricante del vehiculo, osea un destotnillador reversible y una llave combinada de 13 (en mi caso) la regilla la pones la homologas te consta en la ficha,cuando te haga falta la pones y la quitas ,igual que los asientos.
Lo de la reilla textil existe para la mercedes,yo estoy en la misma situacion que tu y tengo una Vito del 2001,seria preguntar en la Mercedes.
He visto que en este hilo se habla tambien del tema pero creo que no he aclarado mis dudas, al contrario me he liado mas.
http://www.furgovw.org/index.php?topic=280211.0 (http://www.furgovw.org/index.php?topic=280211.0)
Por cierto, argibay, veo que tambien andabas por alli. ;)
A que esto de los papeleos es divertidisimo ;D
Ante cualquier duda lo mejor es acudir a una ITV y hablar con el ingeniero jefe,y como todo en esta vida si tocas con uno que sabe de su trabajo mejor,porque a mi me paso con los depositos de agua,antes de comprarlos voy pregunto ,no hay ningun problema, asi durante 5 años,ahora homologo o los quito
Cita de: argibay en Marzo 05, 2014, 16:11:22 pm
A que esto de los papeleos es divertidisimo ;D
Tienes razón en esto,y ayuda a ir alerta y bien despierto en los viajes.
como vehiculo mixto y como te han dicho puedes variar la disposicion y cantidad de asientos. El tema de fijar la carga lo que no puedes es fijarla al chasis, pero si pones suelo de contrachapado lo puedes fijar al suelo, ya que no forma parte de la furgo y el suelo en si tambien es considerado carga, lo unico importante es que te quedes en una altura por debajo de los asientos y asi no bordeas la legalidad. 100% legal y a la carretera.
Animo y esperamos las foticos .fotografo .fotografo .fotografo
Un mixto adaptable si que puede pasarse a vivienda sin perder su categoria, pasaria a ser mixto adaptable vivienda creo que son los 3148 y lo tendrias todo a la vez.
Pienso que el plantemiento es válido a falta del necesario separador de carga el cual no te exime de tener que amarrar la carga.
Yo, por necesidades parecidas soy de tu estilo ;)
Por cierto, cuanto cuesta esa red de amarre? imagino que es uno al estilo que vende la VW y sortimo, no? en la VW sobre 300€ .panico
Un saludo!
Cita de: perroflautero en Marzo 05, 2014, 20:27:32 pm
Un mixto adaptable si que puede pasarse a vivienda sin perder su categoria, pasaria a ser mixto adaptable vivienda creo que son los 3148 y lo tendrias todo a la vez.
Creo que en esto te equivocas, en un mixto adaptable 3100 las dos primeras cifras es una categoría por cuestiones constructivas, las dos últimas son por el uso. Y el uso como vivienda 3148 invalida el uso como mixto adaptable el 31 queda como origen de partida del vahículo que se uso para usar como 48.
Un saludo!
Modifico porque me confindí en la codificación por uso.
Cita de: +gvr en Marzo 05, 2014, 21:26:44 pm
Creo que en esto te equivocas, en un mixto adaptable 3100 las dos primeras cifras es una categoría por cuestiones constructivas, las dos últimas son por el uso. Y el uso como vivienda 3124 invalida el uso como mixto adaptable el 31 queda como origen de partida del vahículo que se uso para usar como 24.
Un saludo!
yo lo quiero mantener com 3100,para mantener las 8 plazas, si lo transformas en mixto vivienda,pierdes por lo menos la última fila, y me quedaría con 5 plazas,lo cual , de momento, no me interesa.
Cita de: +gvr en Marzo 05, 2014, 21:26:44 pm
Creo que en esto te equivocas, en un mixto adaptable 3100 las dos primeras cifras es una categoría por cuestiones constructivas, las dos últimas son por el uso. Y el uso como vivienda 3124 invalida el uso como mixto adaptable el 31 queda como origen de partida del vahículo que se uso para usar como 24.
Un saludo!
Pues ahora si que estoy liado ¿una furgo con clasificacion "3148 vehiculo mixto adaptable vivienda", no es un vehiculo mixto adaptable? ¿o no es vivienda? y entonces que significa esas clasificacion en la ficha tecnica... ???
Por favor pasate por este hilo que igual estoy liando a un nuevo forero http://www.furgovw.org/index.php?topic=283139.msg3366603#msg3366603 a mi en principio la logica me dice que si la clasificacion especifica claramente ambos usos es que esta autorizada en ambos sentidos
Corrijo mi anterior mensaxe porque me confundí en la codificación por uso.
Un saludo!
yo lo quiero mantener com 3100,para mantener las 8 plazas, si lo transformas en mixto vivienda,pierdes por lo menos la última fila, y me quedaría con 5 plazas,lo cual , de momento, no me interesa.
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Yo lo tengo mixto con tres filas de asientos y he pasado la itv con la ultima y sin ella
El tema de pasar la itv con menos filas de asientos no es problema,,pero si lo legalizas como vivienda si pierdas plazas.
En relación al precio de la red de sujeccion de carga, la he visto en Wurth,rondando los 200 eur. Con unas medidas de 120 x180. Creo que con eso y unas eslingas hasta las argollas de la fuego sería suficiente para amarrar la "carga".
En cuanto a lo de la red esa para separar la carga,habría que homologarla como la regilla?,si es así por mi perfecto,y esto me hace hacernos una pregunta..... Ponemos nuestros "inventos" en modo camper ,detrás de los asientos delanteros la red,vamos legales? Yo creo que si,paramos quitamos la red y a disfrutar de nuestra furgo,te pones en ruta vuelves a poner la red y todo resuelto?Si esa red es posible homologarla por 300€ se acabaron nuestros problemas no me jo..... .baba .ereselmejor .ereselmejor
Creo que quizas no me me he explicado bien. Yo pretendo agrupar junto a la cama (posocion trasera tranversal)un mueble con el frigo y cajones para enseres(medidas aprox. 100 cm largo x 60 cm ancho x 100 cm alto) y el mueble con el potty. Al no sobrepasar ninguno la altura de los asientos delanteros e ir sujetos con la malla y las eslingas(homologadas) a las anillas de carga de la furgo, supongo que no se consideraria vivienda,puesto que no se puede hacer uso de ello sobre la marcha.
Luego ya, en el destino es cuestion de mover el mueble, colocar el potty y disfrutar de la estancia.
la red de sujeccion (lo siento,pero aun no se colgar fotos) es una malla de seguridad de la marca wurth http://www.wurth.es/media/catalog/product/cache/1/image/200x/9df78eab33525d08d6e5fb8d27136e95/m/a/mallacarga.jpg.
Como quiera que voy a hacerlo asi, si tengo algun problema con los agentes del orden, os lo cuento.
Cita de: sambuca en Marzo 09, 2014, 20:17:43 pm
Creo que quizas no me me he explicado bien. Yo pretendo agrupar junto a la cama (posocion trasera tranversal)un mueble con el frigo y cajones para enseres(medidas aprox. 100 cm largo x 60 cm ancho x 100 cm alto) y el mueble con el potty. Al no sobrepasar ninguno la altura de los asientos delanteros e ir sujetos con la malla y las eslingas(homologadas) a las anillas de carga de la furgo, supongo que no se consideraria vivienda,puesto que no se puede hacer uso de ello sobre la marcha.
Luego ya, en el destino es cuestion de mover el mueble, colocar el potty y disfrutar de la estancia.
la red de sujeccion (lo siento,pero aun no se colgar fotos) es una malla de seguridad de la marca wurth http://www.wurth.es/media/catalog/product/cache/1/image/200x/9df78eab33525d08d6e5fb8d27136e95/m/a/mallacarga.jpg.
Como quiera que voy a hacerlo asi, si tengo algun problema con los agentes del orden, os lo cuento.
Tal como lo tienes pensado es completamente legal, asi me lo estoy haciendo yo (pero un pelin mas exagerado) y lo he consultado y no hay problema, es carga y punto, con que vaya bien estibada es suficiente.
Si al final vamos a ser muchos los que tiremos de esta manera... ;D
Logico, es mas barato, no te pueden impedir aparcar por ser autocaravana o vehiculo vivienda, puedes usar la furgo para el trabajo y el ocio, nunca estas acampado porque una furgo no acampa, y con un poco de ingenio se puede llevar practicamente el mismo equipamiento que quiza no sea tan estetico pero cumple a la perfeccion.
Entonces si la carga va amarrada con esa red,no tendrías que llevar separador?
Yo hasta hace bien poco tenia un mixto adaptable y nunca me han dicho nada de la mampara, creo (solo creo porque todo cambia muy deprisa) que en un mixto no es obligatoria, solo llevar la carga sujeta y que no sobrepase el respaldo de los asientos.
El separador es necesario y obligatorio. Si no llevas carga no te pueden decir nada pero en el caso de llevarla es obligatorio llevarlo y tener la carga perfectamente estivada y fijada a las argollar de carga.
Los furgones matriculados antes de enero del año 2000 tampoco tienen porque llevarlo pero en caso de ir con carga pues si.
Otra cosa es que no multe muchas veces por eso o que no lo hagan por la interpretación errónea de la norma, en los mixtos adaptables, respecto de la colocación de un separador parcial que complemente la función de dispositivo de retención que pudiera ser asumido por los asientos y que sería una función dada por el diseño, fabricación y homologación de los mismos.
un saludo!