Legislación en tiempos de COVID

Iniciado por kirikino, Noviembre 04, 2020, 16:01:37 pm

Tema anterior - Siguiente tema

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

Peiboltroxeno

Cita de: RMR91 en Febrero 23, 2021, 23:11:24 pmBuenas, uns pregunta para los compañeros galegos. Podemos movernos en las áreas sanitarias a  partir de viernes ok, pero podemos pernoctar fuera de nuestro lugar de residencia siempre que respetemos el toque de queda y a las 22:00 estemos dentro de nuestras furgos? Gracias

Enviado desde mi Mi A3 mediante Tapatalk


me uno a la pregunta.

CAMPERVOY

Yo no conozco,
     exactamente el decreto, pero en Euskadi y Navarra, al menos es así; puedes pernoctar donde quieras, respetando las limitaciones de movilidad. Como al fin y al cabo, las autonomías modulan un mismo decreto, imagino que en su aplicación son iguales, pero no te lo puedo asegurar.
Un saludo,
Anton

GL

Febrero 24, 2021, 12:43:07 pm #77 Ultima modificación: Febrero 24, 2021, 12:57:26 pm por GL
Cita de: CAMPERVOY en Febrero 24, 2021, 12:36:19 pmYo no conozco,
    exactamente el decreto, pero en Euskadi y Navarra, al menos es así; puedes pernoctar donde quieras, respetando las limitaciones de movilidad. Como al fin y al cabo, las autonomías modulan un mismo decreto, imagino que en su aplicación son iguales, pero no te lo puedo asegurar.
Un saludo,
Anton
Me he informado el miércoles consultando a una persona cuyo trabajo sería multar a todos los que vean pernoctando en la furgo. Él me dijo que él sólo estaba avisando de momento, pero que no es legal. Y esta persona, además es furgonetera de los de salir semanalmente todo el tiempo que puede.

Hizo alusión al punto 84 de un documento que me enseñó y que se que es publico, pero ahora mismo no tengo enlace. Era el documento este de preguntas y respuestas que sacaron.

No me parece bien afirmar que se puede, cuando no se puede. Está recogido que se ha de pasar el toque de queda en el domicilio habitual.

Edito: Lo he encontrado: https://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/preguntas_medidas_especificas/es_def/adjuntos/preguntas_y_respuestas_medidas-15-02-2021.pdf

Punto 84:

84.Una persona,  cumpliendo  los  horarios  en  los  que  está  permitido circular, ¿puede pernoctar en su caravana en un municipio distinto al de su residencia?No,  únicamente  si  se  encuentra  en  tránsito y  siempre  que  estacione  en  lugares autorizados para caravanas o autocaravanas.


Sólo en tránsito.

Ahora si quereis, empezamos con lo de 'yo es que lo mio es turismo con reformas'. Pero vamos, que no es cierto lo de que se pueda.

Añado algo más: sólo hablo de Euskadi. El resto lo desconozco.
Pésima experiencia oscurecedores BARNACAMPERS: http://www.furgovw.org/index.php?topic=298008.0

Personalizando y camperizando mi Transporter T4 de 1994 - http://furgoatope.wordpress.com/

Carmen ·HiruKa·

Pues ya te digo yo que en Navarra se puede pernoctar en turismo con reformas, sin reformas, AC o lo que tenga cada uno, y no sólo en las áreas de AC autorizadas.  Si no, a todos los que hemos estado pernoctando en parkings que no son áreas de AC nos hubieran multado los florales, y no fue el caso.

Han multado, sí, pero por estacionar mal y no dejar pasar a otros vehículos, como fue el caso de las nevadas..
Colabora con la compra del "CALENDARIO FURGOVW-2024"
Ayúdanos a mantener el foro gratuito y abierto al mundo

kirikino

Febrero 24, 2021, 14:46:47 pm #79 Ultima modificación: Febrero 24, 2021, 16:35:13 pm por kirikino
Cita de: GL en Febrero 24, 2021, 12:43:07 pmEstá recogido que se ha de pasar el toque de queda en el domicilio habitual.

Por curiosidad, ¿Dónde está recogido esto? Es que esta semana entrevistaron a la propietaria de un agroturismo de Zumaia y decía que legalmente los únicos que podrían hacer uso de su alojamiento son sus convecinos, por lo que no tenía ningún sentido tenerlo abierto. En el decreto únicamente hace referencia a la limitación de movilidad nocturna.

Primero.- Limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno.

Se da nueva redacción al artículo 1 del Decreto 44/2020, de 10 de diciembre, que queda redactado como sigue:

«Artículo 1.- Limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno.

1.- Se mantiene durante la vigencia del estado de alarma declarado por Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, la hora de comienzo de la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno en la Comunidad Autónoma de Euskadi a las 22:00 horas y la hora de finalización de dicha limitación a las 06:00 horas.


Durante la fase de desescala se permitió el desplazamiento dentro de la Comunidad y, con anterioridad, en los territorios historicos en los mismos términos, o casi similares, que comenta Carmen ·HiruKa·.

 Pero a nivel municipal entiendo que es completamente legal, que es de lo que tratamos en  este tema del foro.
"CALENDARIO FURGOVW-2024" ya disponible en la tienda
Ayúdanos a mantener el foro gratuito y abierto al mundo

munoki

Febrero 25, 2021, 07:46:37 am #80 Ultima modificación: Febrero 25, 2021, 08:13:09 am por munoki
A nosotros nos dijeron que podíamos pernoctar en la camper siempre que no saliéramos del termino municipal (cierre perimetral) y respetáramos el toque de queda y eso es lo que hacemos. Por supuesto usando mascarilla, respetando distancias, poco contacto social, etc...

CAMPERVOY

Claro!!
      ..obviamente, puedes pernoctar en la furgo, pero no puedes vulnerar los límites perimetrales.
       Yo la verdad es que no he leído el decreto, pero me guío por las fases anteriores de cierre perimetral, en los que no había ningún problema por pernoctar en la furgo, primero en el límite de tu municipio, luego la provincia y posteriormente, la comunidad autónoma..
Un saludo,
Anton

Lasai

Siguiendo con el tema, en Euskadi no se puede pernoctar fuera de un domicilio mientras dure el toque de queda. Alguien lo consultó en Gobierno Vasco y está colgada la respuesta en Irekia. No sé cómo será en otras comunidades, pero imagino que algo similar. Es posible que la policía no esté multando, pero nos arriesgamos a ello, según con quien demos.
No creéis que estamos discriminados? Llegó Navidad y se podía ir a una segunda residencia o invitado a casa de alguien. Sin embargo, no nos dejaron pernoctar en nuestro vehículo. Y ahora viene Semana Santa y el buen tiempo.
Si nos comprometemos a no salir del vehículo para nada durante el toque de queda, deberían permitirnos viajar como a los demás, cumpliendo toda la normativa.
No se le ha ocurrido a nadie reclamar estos derechos? Unos estamos en casa y otros salen con miedo, pero seguimos pagando impuestos por un vehículo que no nos dejan disfrutar. Alguien se anima? Se podrían recoger firmas, por ejemplo.

kirikino

Febrero 25, 2021, 15:30:30 pm #83 Ultima modificación: Febrero 25, 2021, 15:45:19 pm por kirikino
Cita de: Lasai en Febrero 25, 2021, 12:18:28 pmSiguiendo con el tema, en Euskadi no se puede pernoctar fuera de un domicilio mientras dure el toque de queda. Alguien lo consultó en Gobierno Vasco y está colgada la respuesta en Irekia.
...

Bienvenido a furgovw.org. veo que es tu primer mensaje en el foro.


¿Puedes enlazar ese documento de Irekia?

Este tema está para recoger el marco legal en el que nos movemos con nuestros vehiculos en estos tiempos de COVID. Echa un vistazo al primer mensaje.

Cita de: Lasai en Febrero 25, 2021, 12:18:28 pm...
 Llegó Navidad y se podía ir a una segunda residencia o invitado a casa de alguien. Sin embargo, no nos dejaron pernoctar en nuestro vehículo.
...

???

Durante todo este tiempo de confinamiento municipal hay gente pernoctando en su vehículo vivienda dentro de su término municipal. Con el confinamiento provincial también fue posible en todo el territorio histórico. Y durante el confinamiento autonómico se pudo pernoctar por toda la CAV.

En los tres casos, la única variación legal fue la ampliación de los límites de movilidad; municipal, provincial y autonómico.

Aunque tal vez, es importante que el vehículo sea vivienda para cumplir la normativa y no ser denunciado.

"CALENDARIO FURGOVW-2024" ya disponible en la tienda
Ayúdanos a mantener el foro gratuito y abierto al mundo

Lasai

Gracias por la bienvenida. Adjunto el enlace a Irekia que me pedías: https://www.irekia.euskadi.eus/mobile/es/proposals/3505
Aunque es de mayo, después no se ha publicado más, es decir, no han nombrado los vehículos-vivienda.
Ya he leído que el tema es la normativa. Yo propongo luchar por una

Lasai

Gracias por la bienvenida. Aquí está el enlace a Irekia, la página del Gobierno Vasco que os decía: https://www.irekia.euskadi.eus/mobile/es/proposals/3505
Aunque es de hace tiempo, es lo último que se ha publicado; es decir, después no se han nombrado los vehículos-vivienda.
Ya he visto que el tema es la normativa. Lo que sugiero es luchar por una normativa estatal que nos permita pernoctar siempre que haya movilidad entre territorios; pedir que nos dejen dormir en una furgo en cualquier localidad.

tra´fi:k

Febrero 25, 2021, 17:30:47 pm #86 Ultima modificación: Febrero 25, 2021, 19:54:27 pm por tra´fi:k
Lo que pone en ese enlace se presta a intepretaciones.

Primero hay una pregunta, que es la siguiente:
"Querría solicitar la posibilidad de poder pernoctar en furgoneta o autocaravana en los lugares debidamente habilitados dentro de la provincia. A fin de cuentas, es una segunda residencia para muchos y muchas ciudadanas. Si damos por hecho que las personas con segundas viviendas respetarán las medidas sanitarias, lo mismo debemos hacer para quienes poseen estos vehículos."


Y a la respuesta es la siguiente:
"Egun on, Gracias por la utilización de este servicio. En relación a su consulta indicar que la autocaravana no tiene consideración de segunda vivienda, por lo que el uso y disfrute de dicha caravana, como si fuese un alojamiento no estaría permitido. La autocaravana se puede utilizar exclusivamente para realizar desplazamientos que están permitidos, similar al uso de un vehículo turismo. Desconocemos cuáles serán los criterios en próximas fases. Un saludo"

  En la respuesta se habla de qiue en esa fase de la pandemia una autocaravana no podía asimilarse a una segunda residencia. Nada mas
Ni de lejos se puede extrapolar a la situación actual.
Ese texto por si mismo no prohíbe la pernocta dentro del area es la que estes confinado (a día de hoy tu municipio de residencia).


Cita de: Lasai en Febrero 25, 2021, 17:29:21 pm(...)
Ya he visto que el tema es la normativa. Lo que sugiero es luchar por una normativa estatal que nos permita pernoctar siempre que haya movilidad entre territorios; pedir que nos dejen dormir en una furgo en cualquier localidad.

  Es dificil afirmar nada en estos tiempos de normativa cambiante, pero yo creo que eso ya lo tenemos.
Podemos pernoctar dentro del territorio en el que estamos confinados (a día de hoy nuestro municipio de residencia). Cuando se abra el confinamiento a otros territorios podremos pernoctar en esos territorios (respetando el toque de queda si lo hubiera).
  Vamos, yo creo que es así ;)
Declaración Universal de los Derechos del Hombre:
Art.4: la libertad consiste en poder hacer todo aquello que no cause perjuicio a los demás.
(...)



Mis viajes

kirikino

Febrero 25, 2021, 17:32:12 pm #87 Ultima modificación: Febrero 25, 2021, 17:35:10 pm por kirikino
Cita de: Lasai en Febrero 25, 2021, 17:19:21 pm..
Aunque es de mayo, después no se ha publicado más, es decir, no han nombrado los vehículos-vivienda.
Ya he leído que el tema es la normativa. Yo propongo luchar por una

De mayo a aquí ha habido varias pronunciamientos al respecto desde la administración.

Entre ellas el 23 de diciembre cuando se abrieron los límites interprovinciales de la CAV. Aquí ya se informó de ello.
Mira el post #27 de este tema. Hay un pdf adjunto donde aparece en el punto  n° 85

Aunque nombre caravanas es extensible y así se reflejó en los comunicados de SORBELTZ.

Desde antes de esa fecha fue posible pernoctar en el municipio, despues en la provincia, y desde el 23 de diciembre hasta este último confinamiento municipal se pudo en toda la CAV.

Antes de iniciar una lucha mejor estar informados. No sea que en lugar de lograr beneficios salgamos perjudicados.
"CALENDARIO FURGOVW-2024" ya disponible en la tienda
Ayúdanos a mantener el foro gratuito y abierto al mundo

kirikino

Febrero 25, 2021, 17:41:10 pm #88 Ultima modificación: Febrero 25, 2021, 17:43:22 pm por kirikino
"Querría solicitar la posibilidad de poder pernoctar en furgoneta o autocaravana en los lugares debidamente habilitados dentro de la provincia. A fin de cuentas, es una segunda residencia para muchos y muchas ciudadanas. Si damos por hecho que las personas con segundas viviendas respetarán las medidas sanitarias, lo mismo debemos hacer para quienes poseen estos vehículos."

Curiosamente, esta apreciación sobre "lugares debidamente habilitados"  ha aparecido en muchas respuestas de la administracion desde que se realizó esta consulta. Y me tiene un tanto mosqueado por la ambigüedad de interpretación que puede generar. Mi vehículo estaciona donde esté permitido salvo restricciones de tráfico, independientemente de su catalogación como vivienda.



"CALENDARIO FURGOVW-2024" ya disponible en la tienda
Ayúdanos a mantener el foro gratuito y abierto al mundo

tra´fi:k

Chiiist!
Ni lo menciones!  .nono  ;)

Esa coletilla tiene mucho peligro.
Mejor hablar de ella lo minimo posible, no sea que deje "poso" en algún sitio.
Declaración Universal de los Derechos del Hombre:
Art.4: la libertad consiste en poder hacer todo aquello que no cause perjuicio a los demás.
(...)



Mis viajes