Nueva frecuencia de ITV tras el 20 de Mayo para Furgos viviendas.

Iniciado por HomologastuR, Mayo 11, 2018, 11:11:03 am

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pabgarde

Esto es el cuento de nunca acabar. De nuevo día informaciones totalmente diferentes sobre un mismo tema, y eso que la normativa está clarísima...

Bueno la mía es Euro6... A ver en qué queda el comunicado ese a todas las ITV y laboratorios...

alexpower

Cita de: francisn en Febrero 22, 2019, 00:00:01 am
Es que en esa todavía no les habría llegado la circular, interpretaron bien y sonó la flauta... solo espero que al dueño le dure la clasificación durante muuuucho tiempo, porque como en otra circular digan a las ITV que miren todo bien, hasta en lo ya"legalizado", empezarán a salir más problemas de los que imaginamos...
Efecto mariposa o algo así.

Eso no va a pasar. No se como andaran por otro sitio para pasar itv. Aqui menos de 20 dias para la cita no hay quien la pille. Para pasar el furgon a vivienda se tiraron casi dos meses solo para ver los papeles porque no daban a basto con el trabajo que tenian.
Ni van a contratar mas genten para rebuscar. Ni los que estan se van a poner a perder el tiempo.
Lo hecho hefho se va a quedar.
Y hasta aqui, mi aportacion de hoy.  ;D ;D ;D

CIMA

Este hilo está empezando a ser un dislate y está en un tris de ser cerrado ¿tan difícil es ceñirse al asunto y no enviar mensajes que solo sirven para crispar y provocar?

Alepitty

Cita de: CIMA en Febrero 28, 2019, 13:08:05 pm
Este hilo está empezando a ser un dislate y está en un tris de ser cerrado ¿tan difícil es ceñirse al asunto y no enviar mensajes que solo sirven para crispar y provocar?


Ya cerraron el otro hilo... Lo que siempre he pedido ayuda... No engordar los hilos... Y si algo esta mal redactado.... Ayudar a redactarlo bien... Al final cerraran este hilo también, es una pena...
Vito 110cdi del 2001 homologada 3100/2448 N1

francisn

Febrero 28, 2019, 13:17:10 pm #1669 Ultima modificación: Febrero 28, 2019, 13:19:38 pm por francisn
.

CIMA

Febrero 28, 2019, 13:19:15 pm #1670 Ultima modificación: Febrero 28, 2019, 13:21:06 pm por CIMA
Cita de: francisn en Febrero 28, 2019, 13:17:10 pm
.meparto .meparto .meparto .meparto
URDULIZ: .ereselmejor

Este es el tipo de posts de los que hablo, francisn, último aviso, ya empiezo a estar cansado de tener que estar pendiente de este hilo.
P.D. Y para los demás lo mismo digo.

francisn

Lo acabo de quitar, CIMA, cuando estaba escribiendo no estaba todavía tu aviso ;)

CIMA

Cita de: francisn en Febrero 28, 2019, 13:21:09 pm
Lo acabo de quitar, CIMA, cuando estaba escribiendo no estaba todavía tu aviso ;)

Me parece bien, pero sobraba igualmente, es una lástima que un hilo que podría servir de información y ayuda a los foreros al final se pierda por ciertas actitudes cuyos motivos no alcanzo a entender.

pabgarde



Cita de: Honguneta en Febrero 28, 2019, 14:36:34 pm
Para zanjar el tema, a día de hoy la cosa está así: turismos y autocaravanas, a partir de diez años, ITV anual.  Mixtos y furgones, a partir de diez años, ITV semestral.  Da igual el uso.  Esa es la realidad, y darle vueltas y más vueltas sin pasar a la acción no sirve de nada

Tema zanjado, ya has puesto, por enésima vez, la ley actual que todos sabemos y lleváis repitiendo meses...

Vale ya lo sabemos.

Ahora intentemos ver las 2 alternativas:
- quejarse para que cambie la ley
- buscar interpretaciones diferentes

Por supuesto todo con el visto bueno de una ingeniería, un laboratorio y una ITV, nada de triquiñuelas ni chanchullos ni cosas alegales.

Alepitty

Cita de: pabgarde en Febrero 28, 2019, 16:24:00 pm
Tema zanjado, ya has puesto, por enésima vez, la ley actual que todos sabemos y lleváis repitiendo meses...

Vale ya lo sabemos.

Ahora intentemos ver las 2 alternativas:
- quejarse para que cambie la ley
- buscar interpretaciones diferentes

Por supuesto todo con el visto bueno de una ingeniería, un laboratorio y una ITV, nada de triquiñuelas ni chanchullos ni cosas alegales.


Se pronunciará el sector profesional sobre...

Quejas para que cambie la ley?

Buscar interpretaciones diferentes?

Que opinan los foreros del sector ordinario y no profesional(como yo) que leen?

Estáis invitados a expresaros, vuestra opinión es muy importante y valorada por el sector No profesional.
Vito 110cdi del 2001 homologada 3100/2448 N1

eneko

Se ha cambiado, entre otro montón inimaginable de puntos, el procedimiento de inspecciones donde se ha incluido un cambio de periodicidades


Antes la periodicidad tenía en cuenta los criterios de utilización de los vehículos:

= Qué uso tiene un vehículo? taller... vivienda...etc =



Eso ha cambiado


Con los nuevos cambios, se establecen como criterios únicamente los constructivos:

= Para qué se fabricó el vehículo? = un furgón, un mixto adaptable, un coche (turismo)... etc y en etc añadimos la autocaravana* =





Entonces...

A) es de entender que tengan X motivos en tomar un criterio diferente para establecer periodicidades

B) hay una cosa que es clara... que alguien me corrija pero creo que los únicos afectados son los **48 vivienda (furgón vivienda, mixto vivienda, etc)

C) o no se han percatado y pensaban que realmente no afectaba a nadie y era un pequeño cambio de matiz en el criterio o lo han hecho a sabiendas de tener que hacerlo por algún motivo




Eso solamente tiene dos vías:

1º .- Lo han hecho conscientes de que afectaría (únicamente) a los vehículos reformados a vivienda por lo que sus motivos tendrán y nadie les va a bajar del burro

2º .- No se han percatado de ello y pueden decir: Oops! cierto... a estos vehículos les hemos jodido...

Lo que está claro y es así.... tiene una finalidad clara que es el control del vehículo profesional ligero en carretera pero también y muy importante, la renovación del parque móvil y sacar motores contaminantes de circulación.

Verdad?

Bien... en ningún caso de los expuestos veo factible rebatir las motivaciones que han tenido para el cambio de periodicidad por el uso que se le da.. porque aún con el uso en la mano, sigue siendo un vehículo "comercial ligero altamente contaminante"

Exponer que haces menos kms que un MRW... entenderéis que es absurdo.. por esa regla de 3 el que tiene el coche aparcado en cada y hace 500kms al año podría exigir lo mismo y todos comprendemos que en base a kms recorridos carece de todo sentido




Mi opinión sincera y siendo afectado también:

Pues lo han cambiado y ya está..me tengo que joder punto pelota.. hay mil cosas que puedo y mil que no puedo hacer en esta vida..se determinan por legislación y en este caso es reglamentación técnica y como técnico que soy, no tengo un mínimo argumento técnico para exigir que cambien la periodicidad de mi vehículo en concreto

La opción de que no... que es eso de 6 meses? estamos locos? pues me parece más "justificable"..sencillamente me parece un trámite excesivo para cualquier vehículo y más aún sabiendo que ambulancias, transporte escolar, etc tiene un tratamiento propio y un un tiempo limitado de uso y por tanto solo afecta a vehículos de particulares y pequeños autónomos en su gran mayoría

Seguir aduciendo que tiene un uso de vivienda no es un argumento ni sólido ni válido ni que se sostiene por ningún sitio para pedir cambios del manual de procedimientos de la ITV

Esto no hay que entenderlo... no hay que estar de acuerdo...se debe cumplir...y ya está! no es resignarse ni nada de eso.. hay una ley y si quieres bien y sino también... las pataletas? frente al ministerio de industria y energía? pero qué pensamos que el manual ese es algo q hn hecho tres colegas en el bar?


Hablamos de ésto:
https://www.aeca-itv.com/wp-content/uploads/2018/12/Manual-de-procedimiento-de-inspeccion-de-estaciones-ITV_v733_def.pdf




más....



Categoría N Vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de mercancías.

El principalmente se le suele olvidar a pagbarde con facilidad... principalmente para eso.. no solo para eso ok?



OTROS VEHÍCULOS NO CONTEMPLADOS EN LAS CATEGORÍAS ANTERIORES
Otros vehículos asimilables a los M1

Derivado de turismo:
Vehículo automóvil destinado a servicios o a transporte exclusivo de mercancías, derivado de un turismo del cual conserva la carrocería y dispone únicamente de una fila de asientos.
CLASIF. POR CRITERIOS DE CONSTRUCCIÓN ANEXO II R.G.V.
30

Vehículo mixto adaptable:
Automóvil especialmente dispuesto para el transporte, simultáneo o no, de
mercancías y personas hasta un máximo de 9 incluido el conductor, y en el
que se puede sustituir eventualmente la carga, parcial o totalmente, por
personas mediante la adición de asientos.
CLASIF. POR CRITERIOS DE CONSTRUCCIÓN ANEXO II R.G.V.
31

Autocaravana
Vehículo construido con propósito especial, incluyendo alojamiento vivienda
y conteniendo, al menos, el equipo siguiente: asientos y mesa, camas o
literas que puedan ser convertidos en asientos, cocina y armarios o
similares. Este equipo estará rígidamente fijado al compartimento vivienda:
los asientos y la mesa pueden ser diseñados para ser desmontados
fácilmente.
CLASIF. POR CRITERIOS DE CONSTRUCCIÓN ANEXO II R.G.V.
32

CRITERIOS DE CONSTRUCCIÓN + Vehículo construido con propósito especial


Un vehículo construido NO es un vehículo reformado.. a ver si os lo grabáis a fuego...




1.1 Reformas de vehículos Pag. 466

Reforma de vehículo es toda modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión efectuada
en un vehículo después de su matriculación

La reglamentación exigible al vehículo reformado se indica en el Manual de Reformas de Vehículos.




Todo eso qué significa.. que un vehículo reformado ajustado en forma al manual de reformas NUNCA podrá tener la categoría de un vehículo fabricado con propósito especial.

No es necesario que pegue la parte de "reglamentación exigible" para matricular un vehículo verdad?









eneko

Cita de: HomologastuR en Mayo 11, 2018, 19:03:13 pm
Así para no liarte mucho y haciendo un resumen muy resumido:

N1- Furgón y Vehículos Mixtos Adaptables.
M1- Turismos y Autocaravanas.


hay una errata al principio del hilo en una respuesta de HomologastuR

un Mixto Adaptable es M1




(madremía que el Señor nos pille confesados...)




eneko

Cita de: HomologastuR en Mayo 11, 2018, 11:11:03 am
Buenos días a todos.

Abro un post nuevo, ya que creo que es importante y aun no se ha dicho, si se ha dicho disculpas. Además pondré esta información en el post con chincheta correspondiente.

Tras el RD 920/2017, de 23 de Octubre, que entra en vigor el 20 de Mayo de este mes, se cambian las periodicidades de este tipo de vehículos.

Ahora las periodicidades pasarán a ser por CATEGORIA  y no por uso como hasta ahora.

Que quiere decir? Antes sería por uso, viviendas, taller, etc......pero ahora va por la categoría, por lo cual, si tenemos un N1 vivienda....pasará la ITV como N1...es decir cada 6 meses.

Yo creo q es importante.....algo q le decimos a los clientes q les toca ahora, pues es pasarla antes del 20, adelantar unos días para tener el año.




Obviamente a día de hoy eso no es así....

Ahora las periodicidades pasarán a ser por CRITERIOS CONSTRUCTIVOS CATEGORIA  y no por uso como hasta ahora.

Un N1 Vivienda no... un furgón o un mixto adaptable con independencia del uso y categoría de uso...



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