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Multa en Almeria

Iniciado por villavenia, Mayo 28, 2014, 11:25:52 am

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villavenia

Me acaba de llegar una multa de cabo de gata de agosto.El tema es  que no me pone ni donde pagarla ni nada,tengo 10 dias para recurrirla.Bueno al tema es por la ley de costas no me pone por acampar solo pone por estacionar lo que pasa que me pone en la multa que mi furgo es una autocaravana y yo la tengo como turismo vivienda 1048.Creeis que puedo recurir por eso??

Un saludo



Estos hechos constituyen una infracción admi-nistrativa tipificada en e1
articulo 90 .2 , i) en rel-ación con el- articulo 33 . 5 de la Ley 2 / 2073 , de 29
de mayo, de protección y uso sostenible del litoral- y de modificación de
la Ley 22 / 798 I , de 28 de j u1io, de Costas, como grave, estando sancionada
en los articulos 119 y 183 y siguientes del- Reglamento General para
desarrollo y ej ecución de la Ley de Costas / aprobado por Real Decreto
7417/7989, de 1 de diciembre, con una multa de CIENTO VEINTE EUROS (120,00
€) .
Considerando que su actuación no se encuentra amparada ni legitimada por
autori-zacíón alguna, conforme exige el art. 40 de Ia Ley 2/2073, de 29 de
mayo, de protección y uso sostenible del litoral.
Considerando que 1a tutela y policia deI dominio púb1ico maritimo
terrestre y de sus servidumbres de tránsito y acceso aI mar corresponde a los Servicios y Demarcaciones de Costas como Órganos del Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, conforme a 1o establecido en
el art . 110 de la menc j-onada Ley de protección y uso sostenible del
litoral y 203.3 del- Reglamento General para desarrollo y ejecución de

CIMA

Te he movido el tema al hilo de multas, que se corresponde mejor con tu consulta, respecto del recurso lo tienes bastante mal, desde luego por el hecho de que hayan denominado a tu vehículo autocaravana en vez de turismo vivienda no conseguirás nada, siempre que la matrícula (que es lo que realmente lo identifica) esté correcta.
De momento no te dice donde pagar porque te dan plazo de 10 días para que presentes pliego de descargos (también podrías recusar a los instructores del expediente -que supongo no sea el caso- o conformarte con la denuncia), yo alegaría simplemente falta de señalización (si es que es cierto), que tu intención fue únicamente estacionar tu vehículo por breve tiempo, que nadie te avisó que estabas en zona de servidumbre, que al día siguiente abandonaste la zona sin haber causado perjuicio alguno, etc., solicitando la consideración de la infracción como leve y que se te reduzca la multa a la mínima, a ver si tienes suerte.
Ya contarás que tal te fue.

GL

Mayo 29, 2014, 13:46:28 pm #2 Ultima modificación: Mayo 29, 2014, 16:13:41 pm por GLazcano
Estoy en las mismas compañero. Recibida hoy la multa.


No recuerdo cartel de prohibido aparcar la verdad, es donde aparcarias normalmente para ir a esa laya entiendo yo. Vas a recurrir?


Lo mío fue el 5 de Octubre. Y lo tuyo?

Pésima experiencia oscurecedores BARNACAMPERS: http://www.furgovw.org/index.php?topic=298008.0

Personalizando y camperizando mi Transporter T4 de 1994 - http://furgoatope.wordpress.com/

Nm

Mayo 29, 2014, 14:18:56 pm #3 Ultima modificación: Mayo 18, 2020, 15:11:33 pm por Nm
-

GL

Cita de: Primastarbeige en Mayo 29, 2014, 14:18:56 pm
Que poca verguenza tienen.
Lastima de tuberculosis para algunos.



Vergüenza ni personalidad, ni saber estar, ni modales ni respeto.


Qué menso que decirme que ahí no podía aparcar, que yo al menos no vi ninguna señal (que no quiere decir que no la hubiera, no puedo jurar eso, pero no la vi).


Y los municipales más de lo mismo, que yo tuve que verles dandose paseos por la playa y esnifando agua de mar para sacarse los mocos y sin decirme nada.
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miglangl

Hola, siento mucho lo de las multas. Espero que con un buen asesoramiento consigas reducir o quitar la multa.

Yo también frecuento en el invierno la zona y conozco la fabriquilla. ¿Recuerdas exactamente donde estabas aparcado?

Yo siempre he estado al entrar a la izquierda de la carreterila en zona de asfalto, entre el transformador y unas pistas que hay. Pero ya me ha entrado el miedo que ahora me pueda llegar una multa al cabo de tropecientos meses como parece que os ha llegado.

Suerte.


GL

Cita de: miglangl en Mayo 29, 2014, 14:47:06 pm
Hola, siento mucho lo de las multas. Espero que con un buen asesoramiento consigas reducir o quitar la multa.

Yo también frecuento en el invierno la zona y conozco la fabriquilla. ¿Recuerdas exactamente donde estabas aparcado?

Yo siempre he estado al entrar a la izquierda de la carreterila en zona de asfalto, entre el transformador y unas pistas que hay. Pero ya me ha entrado el miedo que ahora me pueda llegar una multa al cabo de tropecientos meses como parece que os ha llegado.

Suerte.



En la parte de la playa, así que nada que ver con donde dices tú. Respira tranquilo.
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Chero

Lo que sería interesante saber es si estabais aparcados vosotros solos o si había mas turismos a vuestro lado que no fueron denunciados, me da a mi que os han denunciado solo por ser Camper  y además lo teneis jodido porque la denuncia solo es por "aparcar" cosa que si hicisteis (probablemente a la vez que otros muchos turismos que no fueron denunciados), lo que os han dicho, alegar lo que se os ocurra pero ir preparando la cartera, os ha tocao la china, suerte compañeros.

GL

Cita de: Chero en Mayo 29, 2014, 17:30:06 pm
Lo que sería interesante saber es si estabais aparcados vosotros solos o si había mas turismos a vuestro lado que no fueron denunciados, me da a mi que os han denunciado solo por ser Camper  y además lo teneis jodido porque la denuncia solo es por "aparcar" cosa que si hicisteis (probablemente a la vez que otros muchos turismos que no fueron denunciados), lo que os han dicho, alegar lo que se os ocurra pero ir preparando la cartera, os ha tocao la china, suerte compañeros.



No, si yo ya veo que toca pagar porque es un hecho que estaba ahí aparcado. Lo que me fastidia es que no vi ninguna señal prohibiéndolo (que igual la hay, pero yo no la recuerdo y mi novia tampoco) y que fue el 5 de Octubre y me llega ahora...


En la denuncia pone que es un vehículo-vivienda, y es una Transporter mixto-adaptable. Estos sumaron: furgoneta + de Bilbao = fiesta de la recaudación.


Que multaran a los otros o no es anecdótico, no puedo rascar por ahí.


Encima si os fijáis en la multa no pone cómo tengo que pagarla ni dónde.
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isladelobos

Yo conozco a uno que alegó que se le quedó enterrada la furgo y fue en busca de la grua, que los accesos estaban en mal estado bla bla bla, pero como no es el caso.

Pero donde aparcastes encíma de un nido de aguila imperial?, :D joder que se estropea el litoral por no usarlo.


GL

Cita de: alpesur en Mayo 29, 2014, 17:52:05 pm
http://www.viajarenautocaravana.com/legislacion_detall.php?idg=8111

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No es aplicable no? Lo mío no es una AC ni la multa es por acampar.
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barbijo

En las sanciones de tráfico hay un plazo de prescripción en lo que se refiere al tiempo que transcurre desde que se comete la infracción, hasta que se comunica de forma fehaciente al responsable de la misma (es verdad que el plazo de  prescripción se puede suspender por diferentes motivos).
Para infracciones leves son tres meses, para graves seis.

No se si se podrá aplicar en este caso, habría que ver que dice la legislación de costas al respecto, pero parece una vía posible.

Un saludo.

Elfossie

Cita de: GLazcano en Mayo 29, 2014, 17:37:23 pm

No, si yo ya veo que toca pagar porque es un hecho que estaba ahí aparcado. Lo que me fastidia es que no vi ninguna señal prohibiéndolo (que igual la hay, pero yo no la recuerdo y mi novia tampoco) y que fue el 5 de Octubre y me llega ahora...


En la denuncia pone que es un vehículo-vivienda, y es una Transporter mixto-adaptable. Estos sumaron: furgoneta + de Bilbao = fiesta de la recaudación.


Que multaran a los otros o no es anecdótico, no puedo rascar por ahí.


Encima si os fijáis en la multa no pone cómo tengo que pagarla ni dónde.



No hacen falta señales, ley de costas.
La resurrección de los mamuts conducirá, afortunadamente, a la revolución iconoclasta.
Gran porra Denunciados Cabo de Gata 2016 a pesar de las advertencias:
Elfossie +10 y subo otros +10
GLazcano +15

Mreliicas

En derecho administrativo sancionador puede operar la caducidad o la prescripción, para un estudio mas detallado os pongo un enlace que seguro será de vuestro interés y podreis alegar lo que mas os convenga o incluso las dos... suerte
http://contencioso.es/2009/08/13/la-caducidad-del-procedimiento-sancionador-hablando-claro-y-con-apoyo-en-la-jurisprudencia-reciente/