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Multa por circular a mas de 90km/h

Iniciado por txusko, Diciembre 30, 2008, 17:45:55 pm

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Manolín

Vamos a ver, porque si no nos das más datos todo son conjeturas.

El Reglamento General de Circulación establece los siguientes límites de velocidad para las autocaravanas:

• En autopistas y autovías: 100 km/h.
• En carreteras convencionales señalizadas como vías para automóviles y carreteras (con arcén pavimentado de al menos 1,50 m de anchura o más de un carril para alguno de los sentidos de la circulación): 90 km/h.
• En el resto de vías fuera del casco urbano:
80 km/h.
Estos límites son aplicables a las autocaravanas que circulan sin remolque (vehículo mixto vivienda; autocaravana sin especificar o vivienda de MMA menor o igual a 3.500 kg), en tanto que las autocaravanas de tipo furgón-vivienda o de MMA mayor de 3.500 kg se rigen por los límites aplicables a los camiones y al resto de los furgones: 90 km/h en autopistas y autovías, y 80 km/h en las carreteras convencionales.

Por lo tanto, de no decir tu lo contrario con respecto a la clasificación de tu vehículo, se entiende que tu furgo es una autocaravana o vehículo vivienda, por lo tanto el límite de velocidad en autopista es de 100 kms/h y no de 90.

Si la multa te la ponen por ir a más de 90 hay 3 opciones:

1.- Que la multa esté mal puesta

2.- Que en dicha via exista una limitación de velocidad de 90 kms/h por la razón que sea (aunque sea una autopista), por obras, accidente o por ser una limitación en un determinado punto.

3.- Que exista un control de gálibo y haya saltado el radar por la altura del vehículo.

Yo me inclino a pensar en el punto 2, que al ir a 120 teniendo la velocidad limitada a 90 te haya saltado la foto.

Pero insisto, si no das toda la información no podemos ayudarte y si elucubrar distintas causas.

txusko

 Los datos q poseoo son estos : Via A-231P.klm:29 sentido:leon (Leon) en la cual la limitacion es de 120 km/h, yo iba a 121km/h lo q nose si en este punto enconcreto hay alguna limitacion de ir a 90km/h,puede q sea un tunel,obras ... ni idea pero lo q si es cierto es q ese tramo es de autovia leon galicia y la velocidad es de 120.
T4 California Tdi dio paso a  Fiat Ducato Roller Team livisngtone 2 y hemos dado el salto knaus sun linner 658 lg Integral
http://i79.photobucket.com/albums/j145/txusko/IMG_0861.jpg

http://www.furgovw.org/index.php?topic=199974.0

Jákar

Cita de: txusko en Diciembre 30, 2008, 22:22:59 pm
En la multa que llega a casa pone: Circular a 121km/h teniendo limitada la velocidad a 90km/h.Existe una limitacion generica en via interurbana.cinemometro multanova 6f mr 784.aprobado el 08/07/94.para el calculo de excesos de velocidad y sancion aplicable,se han tenido en cuenta los margenes de error estipulados en la norma une 26444.-limite de velocidad por razon del vehiculo.no se pudo notificar por estar haciendo lo

El radar tiene q estar en :Via A-231P.klm:29 sentido:leon (Leon)


Entiendo que efectivamente existe una limitación de 90km/h para todos los vehículos en el punto en el que te cazaron.

En cualquier caso la DGT puede saber, cruzando tu matrícula con su base de datos, el tipo de vehículo infractor sin necesidad de pararte.

Un saludo a todos, Jákar.
Yo también soy de la MaFyA (F4)
Pegatas de la MaFyA. ¡¡ Dale un toque de distinción a tu furgo !!  Chuck Norris lleva en su Explorer, Chanquete dos en su barco, Mr Spok se la ha puesto a la Enterprise y hasta Marco le ha cascado una a su mono

Eretza

por si os puede servir.
En la actualidad hay un centro central de control de los radares, que activa, desactiva, programa los radares fijos de todas las carreteras, excepto las de aquellas comunidades con competencias en trafico.
En algunas ocasiones se podria estar controlando la velocidad de vehículos de ottras caracteristicas diferentes a los turismos, y la forma es muy sencilla. Se pone el radar a la velociad maxima de los camiones, por ejemplo 90. El radar fotografia a todos " todos" los vehiculos que pasan por encima de esa velocidad, y un operador ( tenened en cuenta que son digitales), desde un ordenador visuliza matrículas..... si son turismos y van a su velocidad, pasa, si son furgos, camiones,.... comprueba la clasificacion del vehículo(20 segundos) y si lleva exceso, da "INTRo" y el ordenador formula la denuncia.... cosas de la informatica.
No se si he sido claro con la explicación, pero la moraleja es cuidado con las autopistas que ya no se puede ir a 130.

MURIEL

Hola a tod@s;
El otro día le llegó a un amigo mío una denuncia de un radar fijo aquí en Asturias. El tiene una 4 latas y en la foto sálía un R-19, que tenía la misma matrícula a excepción de un número (confundieron un 8 con un 6).
¿¿Solución??
1- Llamar a la central esa de radares que, si no me equivoco está en León; donde no te solucionan nada.
2- Ir a la DGT a ver que te cuentan.
3- Perder un día de curro y dar más vueltas que un hijoputa el día del padre.
El optó por la 3; y lo arregló, pero a base de ir y venir y ponerse tonto en tráfico.
Yo creo que lo más lógico es: que llames y digas lo que pasa y te la quiten sobre la marcha, porque es evidente.
Si no distinguen una 4L de un R-19, ¿Qué vas a pensar? Pues que lo único quue quieren es llenar la hucha.
En este país, primero pagas; y luego te defiendes de algo que ni tan siquiera es culpa tuya. Y para cobrar, ya puedes esperar.

En este caso la culpa no es de los de la Heinneken, jeje.

Salu2

MURIEL

Y sobre lo de cruzarse datos entre sí.....
No creo que Industria, Fomento y Hacienda tengan los datos de la matriz o la ficha técnica de cada coche; simplemente, recaudan y punto. Si no estás conforme con la sanción, recurres y punto. Así está montado.
Si ni siquiera las policías se cruzan los datos bien....¿creéis que lo va a hacer tráfico? Yo no.
Feliz año a tod@s

EA1EF

pues que me expliquen mejor lo del 90 en autovía-autopista!!

que yo sepa es igual si la vivienda esta como mixto o turismo, todo vehiculo modificado M1 segun norma europea debe de ie GENERICAMENTE a:

maximo 100 autopista autovía (turismos 120)

maximo 90 carretera 1.5m arcen etc (turismos 100) *** duda si puedes adelantar a mas de 90?

maximo 80 carreteras dos carriles separados mas arcen etc (turismos a 90)

maximo 70 carreteras sin marcar separacion carriles (turismos a 80)

me queda la duda del adelantamiento a +20 para nacionales anchas


este tema se ha hablado mucho en el foro...
www.meteocampoo.es

No es síntoma de buena salud estar plenamente adaptado a una sociedad enferma (Jiddu krishnamurti)
http://www.youtube.com/watch?v=mponpV_GZG0&feature=player_embedded

Eretza

Creo que al adelantar solo se puede superar la genérica si el vehículo a adelantar va a menos velocidad de ésta, osea si el de delante va a 90 y la genérica es 90 tu no puedes rebasar los 90 km/h. Si va a menos de 90, si.

Mutil

al final va a ser que pillaste algun tramo en obras, vaya regalo..
a partir de ahora ya sabes, el tempomat en modo T3  ;D

CIMA

Como dice Jakar si el texto de la denuncia es "Circular a 121km/h teniendo limitada la velocidad a 90km/h.Existe una limitacion generica en via interurbana es porque en esa zona hay una limitación en la vía a 90 Km/hora (tramo en obras o de especial peligrosidad, o que por cualquier otra característica tiene esa limitación) es decir no se refiere a la limitación especifica del vehículo por sus características técnicas sino a la genérica de la vía, por los motivos que sean.
Yo t e aconsejo en todo caso recurrir identificando al conductor (sino tendrás otra denuncia por 300 €.) y solicitando el envio de la fotografía, a ver si tienes suerte y sale borrosa o con mas vehículos en la foto que pudieran haber hecho "saltar" el radar etc.
Ya nos contarás.

jmbotula

Cita de: CIMA en Enero 05, 2009, 10:52:49 am
Como dice Jakar si el texto de la denuncia es "Circular a 121km/h teniendo limitada la velocidad a 90km/h.Existe una limitacion generica en via interurbana es porque en esa zona hay una limitación en la vía a 90 Km/hora (tramo en obras o de especial peligrosidad, o que por cualquier otra característica tiene esa limitación) es decir no se refiere a la limitación especifica del vehículo por sus características técnicas sino a la genérica de la vía, por los motivos que sean.
Yo t e aconsejo en todo caso recurrir identificando al conductor (sino tendrás otra denuncia por 300 €.) y solicitando el envio de la fotografía, a ver si tienes suerte y sale borrosa o con mas vehículos en la foto que pudieran haber hecho "saltar" el radar etc.
Ya nos contarás.

Yo tengo una multa en tramite con lo de "limitacion generica en via interurbana", y te aseguro que me sacaron la foto en la autopista (limitacion de 120 km/h), luego puede que la zona de la multa de este hilo tampoco este limitado a 90 km/h.

Cita de: Manolín en Enero 02, 2009, 10:11:00 am
El Reglamento General de Circulación establece los siguientes límites de velocidad para las autocaravanas:

• En autopistas y autovías: 100 km/h.
• En carreteras convencionales señalizadas como vías para automóviles y carreteras (con arcén pavimentado de al menos 1,50 m de anchura o más de un carril para alguno de los sentidos de la circulación): 90 km/h.
• En el resto de vías fuera del casco urbano:
80 km/h.
Estos límites son aplicables a las autocaravanas que circulan sin remolque (vehículo mixto vivienda; autocaravana sin especificar o vivienda de MMA menor o igual a 3.500 kg), en tanto que las autocaravanas de tipo furgón-vivienda o de MMA mayor de 3.500 kg se rigen por los límites aplicables a los camiones y al resto de los furgones: 90 km/h en autopistas y autovías, y 80 km/h en las carreteras convencionales.



Manolin, con todos mis respetos  :) , discrepo de ti.
El R.G.C. no especifica limitacion alguna para las autocaravanas.
Antes si existia y era de 90 km/h en Autopista, pero desde el R.D. del 2006 (que ahora no me acuerdo cual es), se elimino esa limitacion.
Ahora mismo estamos en un vacio legal.
Otra cosa distinta, es que la D.G.T. haya emitido una circular interna (que no es ley, ni es vinculante para otros cuerpos de seguridad),y que este aplicando las limitaciones que tu has comentado. Pero reitero que en la Reglamento General de Circulacion, la limitacion no existe.

A mi me estan tocando las narices con otra multa similar (cazado a 106 km/h en autopista), pero esta vez por la Ertzaintza http://www.furgovw.org/index.php?topic=151464.0

salu2