Pernocta en Playa Liencres

Iniciado por Sikjoy420, Marzo 13, 2020, 15:44:42 pm

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Sikjoy420

Saludos Amigos,

Tengo planes de ir este o el proximo finde a Liencres y dormir en mi furgo T5..
La cual no Tiene techo elevable, seria dormir dentro..

La veces que he ido = sin Furgo ) he visto AC ahi paradas..y otras furgos tambien...pero ni idea si han dormido ahi parados en ese parking de Liencres ..

Alguien tiene idea como es el tema ahi ?

Gracias  ;)

AlvarA

¿Hablas de las Dunas de Liencres? Hay señal explícita, pero yo también he visto gente pernoctando (y montando chiringuito incluso  :-X )

Sikjoy420

Cita de: AlvarA en Marzo 13, 2020, 17:25:50 pm¿Hablas de las Dunas de Liencres? Hay señal explícita, pero yo también he visto gente pernoctando (y montando chiringuito incluso  :-X )
Si Exacto Playa Liencres..que tiene un camino para llegarle Impresionante con Arboles altisimos y llegas a esa belleza de playa..
Hacen Surf, Kite Surf... verdaderamente un espectaculo de lugar de muy facil acceso...

Por eso pregunto de alguien Local de la Zona que tenga conocimiento del tema..

A ver quien ha dormido ahi ?

Ahmed

O sea que el lema quédate en casa.....

No creo oportuno pensar en viajar en estos momentos...

montanes68

Hola,
Para tu conocimiento futuro, las dunas de Liencres estan dentro del Parque Natural de las Dunas De Liencres, tiene figura recogida en el Boc por el Gobierno de Cantabria https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=317212 , en el articulo 33, apartado f se prohibe el aparcamiento nocturno:

Artículo 33. Usos prohibidos.
Son usos prohibidos en la Zona de Uso Limitado los siguientes:
a) Los crecimientos urbanísticos.
b) Salvo las edificaciones e infraestructuras contempladas entre las permitidas o
autorizables, la construcción de edificaciones o infraestructuras correspondientes a:
- Nuevos viales privados.
- Instalaciones recreativas o turísticas.
- Nuevas urbanizaciones, edificaciones, construcciones e instalaciones
destinadas al uso residencial, hostelería, camping, hospedería, restauración o
similares.
c) Las nuevas instalaciones agroganaderas y agroalimentarias complementarias,
teniendo esa consideración, entre otras, las que tengan por objeto la transformación
y venta directa de los productos de la explotación.
d) La construcción o instalación de campamentos de turismo (campings).
e) La acampada o el vivaqueo, así como la instalación de infraviviendas, viviendas
portátiles (módulos, caravanas, vagonetas, remolques, etc.) o las construidas con
materiales de desecho.
f) La circulación o estacionamiento de vehículos fuera de las vías y lugares
señalados para tal fin, especialmente la circulación campo a través y el "moto-cross",
el estacionamiento nocturno, considerando como tal el realizado en la franja horaria
comprendida entre la 01:30 y las 07:00 horas de la mañana, de caravanas,
furgonetas y vehículos similares, así como la circulación por pistas y caminos
prohibidos y señalados al efecto. No estarán sujetos a tal prohibición, siendo por
tanto un uso permitido, la circulación o estacionamiento de los vehículos que
accedan a fincas de propiedad privada o en régimen de concesión, los asociados a
los aprovechamientos o actividades permitidas, ni los adscritos a las actividades de
gestión, servicios de emergencia, vigilancia o Cuerpos de Seguridad.
g) Las áreas de servicio o acogida para autocaravanas o vehículos equivalentes.

Un saludo.
Mercedes Viano Marco Polo 2.2 CDI 150 cv