Bicicleta en carro ¿Legal?

Iniciado por iosu_etxetxo, Abril 18, 2012, 20:21:36 pm

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Txóóko

Buf, pues que cagada. La semana que viene tengo que ir donde lo compre a por unos pilotos y les preguntare.

En cuanto a llevar las bicis en la lanza del carro no se si sera legal o no pero se suele ver muchas caravanas con un portabicis en ese mismo sitio, otra cosa es que esto es un carro mas pequeño.
42 points

ENANO

Lo de la legalidad de peso vertical ni lo sabia, lo k si se es k hay carabanas henormes k seguro k pesan mucho mas k mi carro y en esas si k les ponen 4bicis en la lanza, y la bonbona de butano naranja......  No se como ira el tema.... Mirare en los papeles de mi carro haber k pone.

;)


Pon tu grano de arena.

1000KM

Entonces la documentación solamente es en España?

De cuantos € estamos hablando por no tener los papeles del remolque?

lamebot

hola otra vez , pues en eso van los pesos por eje  y esas cosas.

ya aprovechando que escribo algo, tambien decir que cualquier vehiculo con remolque , legalmente no puede superar los 90 km/hora en autopista.

es lo que dice el reglamento.

y que muchos remolques no pueden ser llevados por eso mismo .

para un turismo o furgon de 3500 kg entre el vehiculo  y el remolque cargado no se pueden superar los 3500kg salvo excepciones con autorizacion .

ENANO

Cita de: lamebot en Abril 20, 2012, 11:36:41 am
hola otra vez , pues en eso van los pesos por eje  y esas cosas.

ya aprovechando que escribo algo, tambien decir que cualquier vehiculo con remolque , legalmente no puede superar los 90 km/hora en autopista.

es lo que dice el reglamento.

y que muchos remolques no pueden ser llevados por eso mismo .

para un turismo o furgon de 3500 kg entre el vehiculo  y el remolque cargado no se pueden superar los 3500kg salvo excepciones con autorizacion .


Je je je eso le paso a un amiguete el todo contento con su caranbana de segunda mano recien pintadita, le paran le meten en la vascula y catapun !!!  Multazo !! Se ha tenido k sacar el carne de camion.......

Lo de los 90 es cierto...... Aunque no se meten con eso, Demomento...


Pon tu grano de arena.

Txóóko

Algo me sonaba, pero hasta que no lo he encontrado no lo queria poner:

Art 4.2e Real Decreto 818/2009

El permiso de conducción de la clase B autoriza para conducir los siguientes vehículos:

Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.

Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.


En cuanto a la documentacion de mi remolque, en Francia no tienen documentacion ( ni matricula propia) si el PTC es Menor o igual a 500Kg
42 points

URDULIZ

Abril 20, 2012, 14:00:01 pm #21 Ultima modificación: Octubre 02, 2018, 10:00:09 am por URDULIZ
A
Lo siento, no puedo contestar mensajes privados, estoy muy ocupado.

lamebot

matriculas puede que no (aqui tampoco)  pero documentacion y placa de caracteristicas fijo que si tiene que llevar .

y tu seguro tiene que tener constancia de que llevas remolque.

como minimo en la factura tiene que poner un numero contraseña o algo para identificar que lo que llevas detras es un remolque homologado y no una lavadora con ruedas.

barbatxano

Cita de: ENANOLo de los 90 es cierto...... Aunque no se meten con eso, Demomento...


Te aseguro que alguna vez sí que se meten ...  ;D  ;D

*imagen borrada por el servidor remoto

Iba a 100 en vez de a 90 ...

La documentación del remolque me la ha pedido la GC una vez ...

Se fijan también el el PMR (peso máximo remolcable), que nunca debe ser menor que la PMA del remolque. A mi remolque, que era de 750, lo tuve que bajar a 675 (o algo así) para poder remolcarlo con un Meriva ...
Sí que es cierto que no se meten mucho con el tema, y que mucha gente va de ilegal, bastantes sin saberlo ...  .malabares


Txóóko

Que culo mas bonito  ;)

En cuanto a las bicis:

   - Dimensiones de la carga

         Como norma general, la carga no puede sobresalir de la proyección en planta del vehículo.

No se si la lanza del remolque se considerara planta del vehiculo, pero algunas caravanas llevan las bicis en la lanza, otra cosa es que te pidan que el portabicis este homologado especificamente para que se coloque en ese lugar.

http://www.fiamma.com/ES/productos/carry-bike/caravana/caravan_xl_a/

Mientras no entorpezca la maniobrabilidad del conjunto no te deberian poner pegas.

Tan correcto iria Enano como tú. Digo yo, otra cosa es lo que diga el señor agente.


   - Excepcionalmente, podrá sobresalir en los supuestos y condiciones siguientes:

          Lateralmente. Para que la carga pueda sobresalir lateralmente se requiere que la dimensión menor de la carga indivisible sea superior al ancho del vehículo. Si se da esta condición, la carga podrá sobresalir hasta 0,40 metros por cada lateral.

42 points

lamebot

pero en esto tambien tienes una trampa:

¿que es lo que se considera carga indivisible?

una bicicleta puede ser desmontada en partes para hacer que no sobresalga, y por tanto es divisible.

cuidadin por que los agentes interpretan lo que dice la normativa y eso es una loteria.

Blasterwizard

Cita de: barbatxano en Abril 21, 2012, 09:27:02 am
Te aseguro que alguna vez sí que se meten ...  ;D  ;D

*imagen borrada por el servidor remoto

Iba a 100 en vez de a 90 ...

La documentación del remolque me la ha pedido la GC una vez ...

Se fijan también el el PMR (peso máximo remolcable), que nunca debe ser menor que la PMA del remolque. A mi remolque, que era de 750, lo tuve que bajar a 675 (o algo así) para poder remolcarlo con un Meriva ...
Sí que es cierto que no se meten mucho con el tema, y que mucha gente va de ilegal, bastantes sin saberlo ...  .malabares


Esa fotografía la ha tomado el radar por la altura de la furgoneta. Los tienen preparados para saltar a partir de cierta altura, y que los camiones que van con exceso no se escapen. Ese furgón es bastante alto, si iba a más velocidad, sólo tienen que comprobar si está calificado como vehículo de carga y entonces envían la denuncia.

lamebot

de carga o turismo, con remolque a mas de 90 en autovia no es legal.

y lo digo claramente para aquellos que tienen furgonetas como turismos y llevan remolque.

si como furgon mixto son 100 km
como furgon 90km
y con remolque cualquiera 90km


elite

Cita de: iosu_etxetxo en Abril 18, 2012, 20:21:36 pm
Hola a todos, Tengo una duda, a ver si alguno me la puede aclarar.


Tengo intencion de colgar la bici entre el remolque y la fugoneta. más o meno encima de la lanza del carro.
El tema es que la longitud de la bicicleta es mayor que la anchura del carro (Se sale un poco por las esquinas).
Pero el conjunto es más estrecho que la furgoneta.
No excedería la anchura de la furgoneta, pero sí la del carro.,
Sabe alguien si esto sería legal?
Gracias por adelantado y un saludo.


No encuentro el porque te tengan que decir algo mientras que no sobrepase el remolque yo creo que no pasara nada.

Saludos!

inixio

Junio 23, 2012, 00:55:16 am #29 Ultima modificación: Junio 23, 2012, 00:58:29 am por inixio
Os pongo unas fotos de como voy yo










La estructura es abatible, bajo las bicis y accedo al carro, no puedo viajar sin el